analisis pacto de san jose

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breve analisis del pacto de san jose de costa rica

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La Convencin Americana Sobre Derechos Humanos (pacto de San Jos) fue suscrito el 22 de noviembre de 1969 consiste en el acuerdo de voluntades entre 26 pases del continente americano todos como Estados soberanos y sujetos de derecho Internacional Pblico que tenan un fin en comn, el cual era generar una serie de efectos jurdicos en beneficio de los derechos humanos inherentes que tenemos todas las personas as como sus garantas de los cuales estn los siguientes:

El derecho al reconocimiento de la personalidad jurdica a todas las personas el cual esta regulado en el Cdigo Civil de Guatemala en su artculo 15.

El Derecho a la vida que se nos da a todas las personas desde el momento de su concepcin este derecho tambin no lo garantiza nuestra Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala en el artculo 3.

El Derecho a la integridad personal tanto fsica, psquica y moral, el derecho guatemalteco tiende a proteger este derecho en el Libros Segundo, Ttulo I de los Delitos Contra la Vida y la Integridad de la Persona del Cdigo Penal.

El derecho a la libertad e igualdad el cual prohbe la esclavitud y la servidumbre, se encuentra regulado en el artculo 4 de la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala.

Derecho a la libertad personal, por cual toda persona no puede ser privada de libertad fsica, salvo por causas ilegales fijadas por leyes del pas. Este derecho esta regulado en el artculo 5 y 6 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala.

Garantas Judiciales nos la proteccin que tenemos todas las persona ante la ley y las razones por las que la ley si se nos puede ser aplicada o no segn sea el caso, en la legislacin guatemalteca estas garantas se encuentran dentro de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala en los artculos 8, 10, 12, 14, 44, 45, 204, as como en leyes ordinarias como en la Ley del Organismo Judicial en artculo 10, 16, En el Cdigo Penal Articulo 1 , Cdigo Procesal Penal Articulo 1, 2, 3, 4

El derecho a indemnizacin el cual la ley nos debe indemnizar pro errores o vicios en procesos judiciales.

El derecho de conciencia y religin, el cual nos da libertad de tener nuestras propias creencias religiosas y culturales, artculo 36 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala.

El derecho de libertad de pensamiento y de expresin el cual est regulado en la Ley de libre Emisin del Pensamiento y artculo 35 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala.

Derecho a reunin, libertad de asociacin, el cual todas las personas pueden reunirse pacficamente y sin armas, artculos 33 y 34 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala

Proteccin a la familia, este est regulado en articulo 47 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala.

Derechos polticos el cual da a todas las personas la liberta de participar en asuntos polticos, regulado en el artculo 135 de la Constitucin Poltica de La Repblica de Guatemala.