analisis ley general de educacion

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BREVE ANALISIS PROYECTO BREVE ANALISIS PROYECTO DE LEY GENERAL DE DE LEY GENERAL DE EDUCACION. EDUCACION. UNAPAC UNAPAC Rodrigo Díaz Ahumada Rodrigo Díaz Ahumada Abogado PUCV Abogado PUCV Especialista en Justicia Constitucional Universidad Especialista en Justicia Constitucional Universidad Castilla La Mancha. Castilla La Mancha.

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Page 1: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

BREVE ANALISIS PROYECTO BREVE ANALISIS PROYECTO DE LEY GENERAL DE DE LEY GENERAL DE

EDUCACION. EDUCACION. UNAPACUNAPAC

Rodrigo Díaz AhumadaRodrigo Díaz AhumadaAbogado PUCVAbogado PUCV

Especialista en Justicia Constitucional Universidad Especialista en Justicia Constitucional Universidad Castilla La Mancha.Castilla La Mancha.

Page 2: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

Antecedentes del Proyecto de Antecedentes del Proyecto de LeyLey

Movilizaciones de los secundarios Movilizaciones de los secundarios Inversión en educación: Proyecciones para Inversión en educación: Proyecciones para

los próximos 3 añoslos próximos 3 años Estado de la Reforma: E. Docente, Estado de la Reforma: E. Docente,

Reforma Curricular, JECD, Programas Reforma Curricular, JECD, Programas Focalizados.Focalizados.

Comité Asesor Presidencial: Modalidades Comité Asesor Presidencial: Modalidades de funcionamiento.de funcionamiento.

Page 3: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

NORMAS POLÉMICASNORMAS POLÉMICAS

La evaluación de los profesionales de la La evaluación de los profesionales de la educación se efectuará en conformidad a la ley. educación se efectuará en conformidad a la ley. (Art. 6º del Proyecto =Artículo 36).(Art. 6º del Proyecto =Artículo 36).

Restricciones a No renovación de Matrícula Restricciones a No renovación de Matrícula (artículo 10º)(artículo 10º)

Selección de Alumnos (Artículo 11º)Selección de Alumnos (Artículo 11º) Imposición de Consejos Escolares.Imposición de Consejos Escolares. No Lucro (Artículo 43º y 44º)No Lucro (Artículo 43º y 44º) Composición de Consejo Nacional de Educación.Composición de Consejo Nacional de Educación.

Page 4: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

COMENTARIO: EVALUACIÓN DOCENTECOMENTARIO: EVALUACIÓN DOCENTE

Artículo 6º Artículo 6º 36º 36º Esta norma afecta el ejercicio del derecho a organizar Esta norma afecta el ejercicio del derecho a organizar

establecimientos educacionales. establecimientos educacionales. Cada institución educacional debe evaluar a su personal Cada institución educacional debe evaluar a su personal

conforme a su proyecto educativo y a su reglamento interno. conforme a su proyecto educativo y a su reglamento interno.

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ARTICULO 10 ARTICULO 10 INCISOS TERCERO Y CUARTO INCISOS TERCERO Y CUARTO

RESTRICCION A NO RENOVACION DE RESTRICCION A NO RENOVACION DE MATRÍCULAMATRÍCULA

Del mismo modo, durante la vigencia del respectivo año Del mismo modo, durante la vigencia del respectivo año escolar o académico, no se podrá cancelar la matrícula, escolar o académico, no se podrá cancelar la matrícula, suspender o expulsar alumnos por causales que se deriven de suspender o expulsar alumnos por causales que se deriven de la situación socio económica o del rendimiento de los alumnosla situación socio económica o del rendimiento de los alumnos

Asimismo, tratándose de alumnos que cursen la educación Asimismo, tratándose de alumnos que cursen la educación básica y media, el rendimiento escolar o repetir un curso o básica y media, el rendimiento escolar o repetir un curso o nivel no será obstáculo para la renovación de su matrícula nivel no será obstáculo para la renovación de su matrícula para el año escolar siguiente.para el año escolar siguiente.

Page 6: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

COMENTARIOCOMENTARIO

Esta norma es un paso más en una tendencia legislativa que Esta norma es un paso más en una tendencia legislativa que busca la inamovilidad de los alumnos.busca la inamovilidad de los alumnos.

Constituye una limitación a la potestad reglamentaria de los Constituye una limitación a la potestad reglamentaria de los establecimientos de educación y al ejercicio de la docencia establecimientos de educación y al ejercicio de la docencia directiva.directiva.

Afecta negativamente la calidad de la educación.Afecta negativamente la calidad de la educación. Matrícula deja de ser anual y pasa a ser indefinida.Matrícula deja de ser anual y pasa a ser indefinida. El contrato de prestación de servicios educacionales se El contrato de prestación de servicios educacionales se

transforma en una especie de contrato de seguro que transforma en una especie de contrato de seguro que garantiza un resultado a todo evento.garantiza un resultado a todo evento.

Page 7: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

ARTICULO 11ARTICULO 11

LA PROHIBICION DE SELECCIONAR ALUMNOS Y LA LA PROHIBICION DE SELECCIONAR ALUMNOS Y LA REGULACION LEGAL DE LOS PROCESOS DE ADMISIONREGULACION LEGAL DE LOS PROCESOS DE ADMISION

Page 8: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

ARTICULO 11ARTICULO 11inciso primeroinciso primero

PROHIBICION DE SELECCIÓN PROHIBICION DE SELECCIÓN Los establecimientos educacionales que reciban subvenciones Los establecimientos educacionales que reciban subvenciones

o aportes del Estado, o aportes del Estado, DEBERÁN ACEPTARDEBERÁN ACEPTAR a todos los a todos los alumnos que postulen al primer y segundo nivel de transición alumnos que postulen al primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia y desde 1 hasta 8 año de la de la educación parvularia y desde 1 hasta 8 año de la educación general básica, dentro de las capacidades educación general básica, dentro de las capacidades autorizadas que tenga el establecimiento.autorizadas que tenga el establecimiento.

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ARTICULO 11ARTICULO 11inciso segundoinciso segundo

RESTRICCION DE ADMISION POR LEYRESTRICCION DE ADMISION POR LEY En el evento que haya una cantidad de postulantes superior a En el evento que haya una cantidad de postulantes superior a

los cupos disponibles, conforme a la capacidad autorizada del los cupos disponibles, conforme a la capacidad autorizada del establecimiento educacional, la incorporación de los alumnos establecimiento educacional, la incorporación de los alumnos se ceñirá estrictamente a un proceso de selección público y se ceñirá estrictamente a un proceso de selección público y transparente, en el marco del proyecto educativo transparente, en el marco del proyecto educativo institucionalinstitucional,, el que en ningún caso podrá considerar la el que en ningún caso podrá considerar la situación económica o social del postulante, su rendimiento situación económica o social del postulante, su rendimiento escolar pasado o potencial, el estado civil, escolar pasado o potencial, el estado civil, la escolaridad o la escolaridad o religión de los padresreligión de los padres, origen étnico del postulante, ni otro , origen étnico del postulante, ni otro criterio que permita la discriminación arbitraria de este. En criterio que permita la discriminación arbitraria de este. En ese caso las vacantes solo podrán asignarse por prioridad ese caso las vacantes solo podrán asignarse por prioridad familiar, o en última instancia, por sorteo, sin perjuicio de las familiar, o en última instancia, por sorteo, sin perjuicio de las discriminaciones positivas establecidas por ley. discriminaciones positivas establecidas por ley.

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ARTICULO 11ARTICULO 11inciso terceroinciso tercero

CRITERIO UNICO PRIORIDAD FAMILIARCRITERIO UNICO PRIORIDAD FAMILIAR Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, se Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, se

entenderá por prioridad familiar que el alumno postulante entenderá por prioridad familiar que el alumno postulante tenga hermanos matriculados o sea hijo de un docente o tenga hermanos matriculados o sea hijo de un docente o asistente de la educación del establecimiento educacional.asistente de la educación del establecimiento educacional.

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Temas CentralesTemas Centrales

““Selección” v/s “discriminación”.Selección” v/s “discriminación”. Se fundamenta en una concepción errónea del contrato de Se fundamenta en una concepción errónea del contrato de

prestación de servicios educacionales.prestación de servicios educacionales. En principio afecta a los siguientes derechos fundamentales:En principio afecta a los siguientes derechos fundamentales:- Libertad de enseñanza (artículo 19 número 11 Constitución)Libertad de enseñanza (artículo 19 número 11 Constitución)- Derecho de propiedadDerecho de propiedad- Libertad de Empresa.Libertad de Empresa.

Page 12: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

ARTICULO 11 inciso cuartoARTICULO 11 inciso cuartoPRESUNCION DE VOLUNTAD Y ACEPTACIÓN DE PRESUNCION DE VOLUNTAD Y ACEPTACIÓN DE

PROYECTO EDUCATIVO PROYECTO EDUCATIVO Y REGLAMENTO INTERNOY REGLAMENTO INTERNO

Asimismo, al concretarse la postulación del alumno al Asimismo, al concretarse la postulación del alumno al establecimiento existirá una aceptación de los padres y establecimiento existirá una aceptación de los padres y apoderados del proyecto educativo y del reglamento del apoderados del proyecto educativo y del reglamento del establecimiento.establecimiento.

Page 13: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

ARTICULO 12ARTICULO 12REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN

II Tratándose de establecimientos educacionales particulares Tratándose de establecimientos educacionales particulares

pagados, o respecto de 1 a 4 año de la educación media de pagados, o respecto de 1 a 4 año de la educación media de establecimientos subvencionados o que reciban aportes del establecimientos subvencionados o que reciban aportes del Estado, cuando sea procedente un proceso de selección de Estado, cuando sea procedente un proceso de selección de alumnos nuevos, este deberá ser objetivo y transparente, alumnos nuevos, este deberá ser objetivo y transparente, asegurando el respeto a la dignidad de los alumnos y sus asegurando el respeto a la dignidad de los alumnos y sus familias, de conformidad con las garantías establecidas en la familias, de conformidad con las garantías establecidas en la Constitución y en los Tratados suscritos por Chile.Constitución y en los Tratados suscritos por Chile.

Page 14: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

ARTICULO 12ARTICULO 12REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN

IIII En todo caso, al momento de una convocatoria, el sostenedor En todo caso, al momento de una convocatoria, el sostenedor

del establecimiento deberá informar:del establecimiento deberá informar: a) Número de vacantes ofrecidas en cada nivel.a) Número de vacantes ofrecidas en cada nivel. b) Criterios generales de selección.b) Criterios generales de selección. c) Plazo de postulación y fecha de publicación de los c) Plazo de postulación y fecha de publicación de los

resultados.resultados. d) Requisitos de los postulantes, antecedentes y d) Requisitos de los postulantes, antecedentes y

documentación a presentar.documentación a presentar. e) Tipos de pruebas a las que serán sometidos.e) Tipos de pruebas a las que serán sometidos. f) Monto y condiciones del cobro por participar en el proceso.f) Monto y condiciones del cobro por participar en el proceso.

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ARTICULO 13 ARTICULO 13 REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN REGULACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN

IIIIII Realizado un proceso de selección, conforme a los artículos Realizado un proceso de selección, conforme a los artículos

precedentes, el establecimiento publicará en un lugar visible precedentes, el establecimiento publicará en un lugar visible la lista de los seleccionados. A quienes no resulten la lista de los seleccionados. A quienes no resulten seleccionados o a sus apoderados, cuando lo soliciten, deberá seleccionados o a sus apoderados, cuando lo soliciten, deberá entregárseles un informe con los resultados de sus pruebas entregárseles un informe con los resultados de sus pruebas firmado por el encargado del proceso de selección del firmado por el encargado del proceso de selección del establecimiento. establecimiento.

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ARTICULO 14 ARTICULO 14 IMPOSICIÓN DE CONSEJOS ESCOLARESIMPOSICIÓN DE CONSEJOS ESCOLARES

Los establecimientos educacionales promoverán la Los establecimientos educacionales promoverán la participación de todos los miembros de la comunidad participación de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial, a través de la formación de Centros de educativa, en especial, a través de la formación de Centros de Alumnos, Centros de Padres y Apoderados y Consejos de Alumnos, Centros de Padres y Apoderados y Consejos de Profesores, con el objeto de contribuir al proceso de Profesores, con el objeto de contribuir al proceso de enseñanza del establecimiento.enseñanza del establecimiento.

Asimismo, en cada establecimiento de educación general que Asimismo, en cada establecimiento de educación general que imparta enseñanza básica y/o media existirá un Consejo imparta enseñanza básica y/o media existirá un Consejo Escolar.Escolar.

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ALCANCESALCANCES

El inciso segundo del artículo 14 del proyecto es El inciso segundo del artículo 14 del proyecto es inconstitucional, ya que fue fallado así en el 2004 por el inconstitucional, ya que fue fallado así en el 2004 por el T. C., y porque al extender los Consejos Escolares a la T. C., y porque al extender los Consejos Escolares a la Educación Particular Pagada limita injustificadamente la Educación Particular Pagada limita injustificadamente la libertad de organizar establecimientos educacionales del libertad de organizar establecimientos educacionales del inciso primero del número 11 del artículo 19 de la inciso primero del número 11 del artículo 19 de la Constitución.Constitución.

El artículo 14 se fundamenta en un concepto de El artículo 14 se fundamenta en un concepto de participación que confunde diversos niveles y que no se participación que confunde diversos niveles y que no se condice con lo que los padres y apoderados condice con lo que los padres y apoderados aparentemente desean.aparentemente desean.

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ARTICULO 30ARTICULO 30MARCO CURRICULARMARCO CURRICULAR

Corresponderá al Presidente de la Republica, por decreto Corresponderá al Presidente de la Republica, por decreto supremo dictado a través del Ministerio de Educación, previo supremo dictado a través del Ministerio de Educación, previo informe favorable del Consejo Nacional de Educación de informe favorable del Consejo Nacional de Educación de acuerdo al procedimiento del artículo 51, establecer las bases acuerdo al procedimiento del artículo 51, establecer las bases curriculares para la educación parvularia y el marco curriculares para la educación parvularia y el marco curricular en el caso de la educación básica y media que curricular en el caso de la educación básica y media que defina por ciclos o años respectivamente, los objetivos defina por ciclos o años respectivamente, los objetivos fundamentales de aprendizaje que permitan el logro de los fundamentales de aprendizaje que permitan el logro de los objetivos terminales formulados para cada uno de dichos objetivos terminales formulados para cada uno de dichos niveles en la presente ley. Las bases y los marcos curriculares niveles en la presente ley. Las bases y los marcos curriculares aprobados deberán publicarse íntegramente en el Diario aprobados deberán publicarse íntegramente en el Diario Oficial. Oficial.

Page 19: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

COMENTARIOCOMENTARIO

El tema se encuentra constitucionalmente acotado por el El tema se encuentra constitucionalmente acotado por el inciso final número 11 del artículo 19 de la Constitución, por inciso final número 11 del artículo 19 de la Constitución, por lo que las “bases curriculares” y el “marco curricular” deben lo que las “bases curriculares” y el “marco curricular” deben tener el carácter de mínimos. El texto no lo dice; pero debería tener el carácter de mínimos. El texto no lo dice; pero debería decirlo porque el Ministerio de Educación, mediante decretos, decirlo porque el Ministerio de Educación, mediante decretos, los ha transformado en máximos. El proyecto no permite una los ha transformado en máximos. El proyecto no permite una mayor libertad curricular.mayor libertad curricular.

Page 20: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

Cambio en el Rol del EstadoCambio en el Rol del Estado

Artículo 43: El reconocimiento oficial del Artículo 43: El reconocimiento oficial del Estado es el acto administrativo en virtud Estado es el acto administrativo en virtud del cual la autoridad confiere a un del cual la autoridad confiere a un establecimiento educacional la facultad de establecimiento educacional la facultad de certificar válida y autónomamente la certificar válida y autónomamente la aprobación de cada uno de los ciclos y aprobación de cada uno de los ciclos y niveles que conforman la educación regular niveles que conforman la educación regular y ejercer los demás derechos que le confiere y ejercer los demás derechos que le confiere la ley.la ley.

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ARTICULO 44 a)ARTICULO 44 a)Prohibición al fin de lucroProhibición al fin de lucro

a) Serán sostenedores las personas jurídicas de derecho a) Serán sostenedores las personas jurídicas de derecho público tales como Municipalidades y otras entidades creadas público tales como Municipalidades y otras entidades creadas por leypor ley, y las Corporaciones y Fundaciones cuyo objeto social , y las Corporaciones y Fundaciones cuyo objeto social único sea la educación. El sostenedor será responsable del único sea la educación. El sostenedor será responsable del funcionamiento del establecimiento educacional.funcionamiento del establecimiento educacional.

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COMENTARIOSCOMENTARIOS

Se aplica a todos los sostenedores del sistema, incluso a Se aplica a todos los sostenedores del sistema, incluso a pagados.pagados.

Excluye personas naturales.Excluye personas naturales. Es inconstitucional pues limita el ejercicio del derecho a abrir, Es inconstitucional pues limita el ejercicio del derecho a abrir,

organizar y mantener establecimientos educacionales, y del organizar y mantener establecimientos educacionales, y del derecho a desarrollar actividades económicas. derecho a desarrollar actividades económicas.

Podrían crearse incluso nuevas personas jurídicas de derecho Podrían crearse incluso nuevas personas jurídicas de derecho público.público.

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LIMITACIONES A PERSONAS NATURALES LIMITACIONES A PERSONAS NATURALES

Los representantes legales, gerentes o administradores de Los representantes legales, gerentes o administradores de entidades sostenedoras de establecimientos educacionales entidades sostenedoras de establecimientos educacionales deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Título deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Título profesional de al menos 8 semestres, b) No haber sido profesional de al menos 8 semestres, b) No haber sido sancionado con inhabilidad para ser sostenedor por infracción sancionado con inhabilidad para ser sostenedor por infracción grave, c) No haber sido condenado por crimen o simple grave, c) No haber sido condenado por crimen o simple delito.delito.

La calidad de sostenedor no podrá La calidad de sostenedor no podrá transferirsetransferirse ni ni transmitirse transmitirse en caso alguno y bajo ningún título.en caso alguno y bajo ningún título.

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ARTICULO 54ARTICULO 54Integración del Consejo Nacional de Integración del Consejo Nacional de

EducaciónEducación Un académico nombrado por Un académico nombrado por Presidente de la República. Presidente de la República. Dos personalidades nombradas por el Dos personalidades nombradas por el Presidente de la República.Presidente de la República. Un académico de universidad privada nombrado por Un académico de universidad privada nombrado por Presidente de Presidente de

la Repúblicala República de una terna elaborada por el Ministerio de Educación. de una terna elaborada por el Ministerio de Educación. Un académico de ITP y CFT designado por Un académico de ITP y CFT designado por Ministro de EducaciónMinistro de Educación Tres docentes de la “organización gremial más representativa que los Tres docentes de la “organización gremial más representativa que los

agrupe” designados por agrupe” designados por Ministro de EducaciónMinistro de Educación. . Un docente designado por Un docente designado por Ministro de EducaciónMinistro de Educación de una terna de una terna

elaborada por la “organización más representativa de elaborada por la “organización más representativa de establecimientos educacionales particulares”.establecimientos educacionales particulares”.

Dos académicos designados por Consejo de Rectores de Dos académicos designados por Consejo de Rectores de Universidades Chilenas.Universidades Chilenas.

Un docente designado por Asociación Chilena de Municipalidades.Un docente designado por Asociación Chilena de Municipalidades. Un representante estudiantil de educación superior.Un representante estudiantil de educación superior.

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COMENTARIOCOMENTARIO

El Colegio de Profesores tiene asegurados tres de los trece El Colegio de Profesores tiene asegurados tres de los trece cupos para integrantes.cupos para integrantes.

Son mayoría los integrantes del sector público, y el Son mayoría los integrantes del sector público, y el nombramiento de los representantes privados depende de nombramiento de los representantes privados depende de decisiones del Poder Ejecutivo.decisiones del Poder Ejecutivo.

No hay Apoderados dentro del sistema.No hay Apoderados dentro del sistema. El Consejo no es independiente del Ministerio de Educación y El Consejo no es independiente del Ministerio de Educación y

carece de capacidad y facultades para fiscalizar y controlar las carece de capacidad y facultades para fiscalizar y controlar las actividades y resoluciones de este, y menos aún para ser actividades y resoluciones de este, y menos aún para ser “única instancia” de reclamo contra sus decisiones. “única instancia” de reclamo contra sus decisiones.

Proposición: Integración similar al Banco Central = Política de Proposición: Integración similar al Banco Central = Política de Estado.Estado.

Page 26: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL PROYECTOPROYECTO

PRIMERA: Se aparta de los principios constitucionales, lo que PRIMERA: Se aparta de los principios constitucionales, lo que que organizan la educación a partir de los principios de que organizan la educación a partir de los principios de subsidiariedad, de libertad de enseñanza y de administración subsidiariedad, de libertad de enseñanza y de administración municipal.municipal.

SEGUNDA: Omite la calidad de la educación que reciben los SEGUNDA: Omite la calidad de la educación que reciben los estudiantes como principio básico para elaborar y aplicar estudiantes como principio básico para elaborar y aplicar leyes que afecten la actividad educacional.leyes que afecten la actividad educacional.

TERCERA: Centra la gestión de la educación en el Ministerio TERCERA: Centra la gestión de la educación en el Ministerio de Educación, otorgándole más facultades, y sin establecer de Educación, otorgándole más facultades, y sin establecer controles a sus actividades y decisiones.controles a sus actividades y decisiones.

CUARTA: Usa el término “calidad de la educación”; pero no CUARTA: Usa el término “calidad de la educación”; pero no lo define ni fija estándares generales y objetivos de calidad.lo define ni fija estándares generales y objetivos de calidad.

Page 27: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

LOS ESTANDARES DE CALIDADLOS ESTANDARES DE CALIDAD

La ley no define los estándares de calidad, y debería hacerlo porque La ley no define los estándares de calidad, y debería hacerlo porque afectan el ejercicio de una garantía constitucional.afectan el ejercicio de una garantía constitucional.

Estos estándares deben ser iguales para todos los colegios, Estos estándares deben ser iguales para todos los colegios, independientemente de quien sea su sostenedor.independientemente de quien sea su sostenedor.

Según al artículo 36 del proyecto los estándares de calidad serán Según al artículo 36 del proyecto los estándares de calidad serán fijado por el Ministerio de Educación mediante Decreto.fijado por el Ministerio de Educación mediante Decreto.

Si se incumplen el Ministerio de Educación puede aplicar sanciones Si se incumplen el Ministerio de Educación puede aplicar sanciones conforme al artículo 48 del proyecto, las que van desde amonestación conforme al artículo 48 del proyecto, las que van desde amonestación hasta revocación del reconocimiento oficial.hasta revocación del reconocimiento oficial.

El procedimiento del artículo 48, en caso de conflicto con lo resuelto El procedimiento del artículo 48, en caso de conflicto con lo resuelto por el Consejo, obliga a judicializar el trámite.por el Consejo, obliga a judicializar el trámite.

Page 28: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

USO DEL TERMINO CALIDAD DE LA USO DEL TERMINO CALIDAD DE LA EDUCACIÓNEDUCACIÓN

principales normas que mencionan el conceptoprincipales normas que mencionan el concepto Artículo 3: Principio de calidad de la educación. La educación Artículo 3: Principio de calidad de la educación. La educación

debe propender a que todos los alumnos, independiente de debe propender a que todos los alumnos, independiente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los estándares de sus condiciones y circunstancias, alcancen los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley.aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley.

Artículo 4: Corresponde al Estado velar por la calidad de la Artículo 4: Corresponde al Estado velar por la calidad de la educación, estableciendo las condiciones necesarias para ello educación, estableciendo las condiciones necesarias para ello y verificando permanentemente su cumplimiento.y verificando permanentemente su cumplimiento.

Artículo 36: El Ministerio de Educación deberá diseñar los Artículo 36: El Ministerio de Educación deberá diseñar los instrumentos y estándares que permitan establecer un sistema instrumentos y estándares que permitan establecer un sistema para evaluar la calidad de la educación que imparten los para evaluar la calidad de la educación que imparten los establecimientos educacionales.establecimientos educacionales.

Page 29: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

El inciso primero del número 21 del artículo 19 El inciso primero del número 21 del artículo 19 de la Constituciónde la Constitución

La Constitución asegura a todas las personas “el derecho La Constitución asegura a todas las personas “el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”.nacional, respetando las normas legales que la regulen”.

Page 30: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

El inciso final del número 11 del artículo 19 de la El inciso final del número 11 del artículo 19 de la ConstituciónConstitución

Una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos Una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos mínimosmínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media, y señalará las normas de la enseñanza básica y media, y señalará las normas objetivasobjetivas, , de general aplicaciónde general aplicación, que permitan al estado , que permitan al estado velar por su cumplimiento. Dicha ley, del mismo modo, velar por su cumplimiento. Dicha ley, del mismo modo, establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel.de los establecimientos educacionales de todo nivel.

Page 31: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

La interpretación del inciso final del número 11 La interpretación del inciso final del número 11 del artículo 19 de la Constitucióndel artículo 19 de la Constitución

¿Se ajusta a derecho que no exista una Ley Orgánica ¿Se ajusta a derecho que no exista una Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza o de Educación?Constitucional de Enseñanza o de Educación?

¿Se cumple con el mandato del inciso final del número 11 del ¿Se cumple con el mandato del inciso final del número 11 del artículo 19 de la Constitución con algunas normas de carácter artículo 19 de la Constitución con algunas normas de carácter orgánico constitucional mezcladas con otras que no tienen ese orgánico constitucional mezcladas con otras que no tienen ese carácter?carácter?

¿La prestación de servicios educacionales es una actividad ¿La prestación de servicios educacionales es una actividad económica más sujeta a la regulación de leyes simples, o tiene económica más sujeta a la regulación de leyes simples, o tiene un “status constitucional especial” conforme al cual un “status constitucional especial” conforme al cual solamente puede ser regulada mediante una Ley Orgánica solamente puede ser regulada mediante una Ley Orgánica Constitucional?, ¿Qué significa el término “mínimos”?Constitucional?, ¿Qué significa el término “mínimos”?

Page 32: ANALISIS LEY GENERAL DE EDUCACION

CONCLUSIONESCONCLUSIONES

““Autogol” en la manera de presentar el proyecto Autogol” en la manera de presentar el proyecto Mezcla materias=QuórumsMezcla materias=Quórums

Tramitación extensaTramitación extensa Calidad y derecho comparadoCalidad y derecho comparado Soluciones: Soluciones:

- Fijar estándares mínimos que en caso de no - Fijar estándares mínimos que en caso de no ser superados permitan cerrar un colegio.ser superados permitan cerrar un colegio.- Introducción de modificaciones en E. Docente - Introducción de modificaciones en E. Docente que permitan velar por la calidad en el aula.que permitan velar por la calidad en el aula.