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DE FORMACION PARA EL TRABAJO
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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
DIRECCION GENERAL
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACION
PROFESIONAL
SISTEMA NACIONAL DE FORMACION
PARA EL TRABAJO
REGLAMENTO PARA LA OPERACION DE MESAS Y GRUPOS DE
DIRECTIVOS SECTORIALES
VERSION REVISADA
Bogotá, D.C. Diciembre 200.1
• SISTEMA NACIONAL DE FORMACION PARA EL TRABAJO 1 S ENA 1 Versión Revisada
7A\ REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE Diciembre de 2001
DIRECCION DEL MESAS Y GRUPOS DIRECTIVOS SECTORIALES SIS"TEMA NACIONAL
Página 2 de 14 DE FORMACION PROFESIONAL
CONTENIDO
PAG.
INTRODUCCION 4
l. NATURALEZA DE LA MESA Y DEL GRUPO DIRECTIVO SECTORIAL 4
( 2. OBJETIVO DE LA MESA Y/0 GRUPO 4
3. FUNCIONES DE LA MESA Y/0 GRUPO 4
4. MIEMBROS DE LA MESA Y/0 GRUPO 4
4.1 MESA SECTORIAL 4 4.2 GRUPO DIRECTIVO SECTORIAL 5 4.3 NUMERO 5 4.4 REQUISITOS 6
5. REQUISITOS PARA LOS REPRESENTANTES DE LOS MIEMBROS 6
6. DEBERES Y DERECHOS DE LOS MIEMBROS 6
7. DOMICILIO DE LA MESA O GRUPO 7
8. ORGANOS DIRECTIVOS DE LA MESA O GRUPO 7 (
9. SESIONES DE LA MESA O GRUPO 9
10. DECISIONES DE LA MESA O GRUPO 9
11. FINANCIACIÓN DE LA MESA O GRUPO 9
12. EQUIPOS TECNICOS 10
13. INST ANClAS ASESORAS DE LA MESA O GRUPO 11
14. DISOLUCION DE LA MESA O GRUPO l3
15. ASOCIACIONES DE MESAS Y GRUPOS DIRECTIVOS SECTORIALES 14
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• SENA
7A\ DIRECCION DEL
SISTEMA NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL
SISTEMA NACIONAL DE FORMACION PARA EL TRABAJO
REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE MESAS Y GRUPOS DIRECTIVOS SECTORIALES
REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE MESAS Y GRUPOS DIRECTIVOS
SECTORIALES
INTRODUCCION
Versión Revisada
Diciembre de 2001
Página 3 de 14
El presente Reglamento es el resultado del ajuste efectuado al que regía desde 1999, y recoge las experiencias vividas desde ese entonces, en la constitución de nuevas mesas y otro tipo de agrupaciones, como los Grupos Directivos de Sectores, Subsectores o Cadenas Productivas, constituidos por exigencias de la dinámica de los procesos en nuevos sectores atendidos. Algunas Mesas y Grupos efectuaron ajustes al documento inicial, buscando dar respuesta a particularidades e' intereses del sector, subsector o área, manteniendo, sin embargo, el marco general del mismo.
El Reglamento de funcionamiento para las Mesas Sectoriales y los Grupos Directivos, es una herramienta importante para la gestión de los mismos, ya que sirve de guía para su acción, sin pretender encasillar ésta en un marco rígido.
1. NATURALEZA DE LA MESA Y DEL GRUPO DIRECTIVO SECTORIAL
La Mesa Sectorial, es una estructura funcional de nivel nacional, de carácter voluntario, donde participa el sector empresarial, sus gremios más representativos, las organizaciones de los trabajadores, el mundo académico en sus diferentes niveles y el sector gubernamental.
El Grupo Directivo Sectorial es, igualmente, una estructura funcional de nivel nacional, también de carácter voluntario, pero donde sólo participan el sector empresarial, el gremio más representativo de éste, el mundo académico y el sector gubernamental.
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2. OBJETIVO DE LA MESA Y/0 GRUPO DIRECTIVO SECTORIAL
El objetivo tanto de la Mesa como del Grupo Directivo, es servir de instancia de concertación entre los diversos sectores que los conforman, para proponer y formular políticas, estrategias, planes y proyectos que propendan por la cualificación del talento humano, dentro del marco del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, con miras al mejoramiento de la productividad y competitividad de cada uno de ellos.
3. FUNCIONES DE LA MESA Y/0 GRUPO
• Determinar las áreas de desempeño y los niveles ocupacionales prioritarios del Sector, Cadena o Area, para la elaboración de los estándares de desempeño o unidades de competencia laboral, por parte de los equipos técnicos.
• Aprobar los productos de los equipos técnicos, en particular el estudio de caracterización, el Mapa Funcional y las Unidades y Titulaciones de Competencia Laboral, y dar el visto bueno para su divulgación.
• Formular y poner en marcha la certificación laboral del Sector, Cadena o Area respectiva.
• Formular lineamientos que faciliten la articulación de la oferta educativa, así como programas nacionales de capacitación para responder a las necesidades que surjan de la certificación laboral.
• Definir y gestionar políticas para mejorar la cualificación del talento humano en las organizaciones del Sector, Cadena o Area respectiva.
4. MIEMBROS
4.1 MESA SECTORIAL
• Gremios nacionales • Empresas con operación en todo el país • Organizaciones Sindicales de carácter nacional • Entidades educativas formales y no formales, de los niveles Medio
Técnico, Técnico, Tecnológico y Superior
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Versión Revisada
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PROFESIONAL
• Ministerios relacionados con el Sector, Cadena o Area. • Institutos y Centros· de Investigación y Desarrollo, especializados en el
Sector, Cadena o Area. • Centros del SENA relacionados con el Sector, Cadena o Area,
seleccionados de común acuerdo por las Direcciones de Formación Profesional y del Sistema Nacional de Formación Profesional.
4.2 GRUPO DIRECTIVO SECTORIAL
Los mienbros deben ser, como mínimo:
• Dos empresas líderes en el sector o área • Un gremio representativo del sector o área • Una institución educativa diferente del Sena. • La División de Estudios Ocupacionales del Sena • La División de Aprendizaje y Reconocimiento del Sena. • Un Centro del SENA relacionado con el Sector, Cadena o Area,
seleccionado, de común acuerdo, por las Direcciones de Formación Profesional y del Sistema Nacional de Formación Profesional.
4.3 NUMERO
4.3.1 Mesa Sectorial
El número de miembros no debe ser superior a 30, para una mayor funcionalidad y efectividad en la operación. En Mesas con un número mayor, se debe establecer un Comité Ejecutivo, que se desempeñe como equipo de Gestión.
4.3.2 Grupo Directivo Sectorial
El número de miembros no debe sobrepasar de 12. En caso contrario se debe organizar como Mesa, siempre y cuando participe una organización sindical.
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4.4 REQUISITOS DE LOS MIEMBROS
• Ser organizaciones de nivel nacional, de alta representatividad en el Sector, Cadena o Area
• Tener reconocimiento y liderazgo dentro del Sector, Cadena o Area • Manifestar expresamente interés por el mejoramiento y desarrollo del
talento humano de su organización. • Firmar el "Acuerdo de Voluntades". • Comprometerse a asignar expertos de su organización, a los equipos
Técnicos que se conformen y a cubrir los gastos que su participación y la de su representante en la Mesa o Grupo, demande.
5. REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS MIEMBROS
• Ser personas del nivel Directivo, preferiblemente del área de Gestión del Talento Humano, que puedan tomar decisiones y adquirir compromisos, para garantizar efectividad y resultados. La representación es indelegable· y, para casos de ausencia por fuerza mayor, el principal tendrá un suplente con poder de decisión.
• Disponer del tiempo necesario para las sesiones de la Mesa o Grupo, así como para las demás actividades que puedan ser programadas.
• Tener liderazgo, capacidad de trabajo en equipo y de negociación. • Tener interés por el mejoramiento de la calidad del talento humano.
6. DEBERES Y DERECHOS DE LOS MIEMBROS
6.1 DEBERES
• Participar en la elaboración del plan anual de trabajo • Asistir cumplidamente a todas las reuniones de la Mesa o Grupo. • Participar activamente en el desarrollo de la sesiones • Aceptar cargos directivos de la Mesa o Grupo • Suministrar información relacionada con los objetivos de la Mesa o Grupo • Ejecutar los compromisos que adquiera • Designar miembros para los Equipos Técnicos • Participar en la formulación de proyectos pertinentes con las actividades
de la Mesa o Grupo.
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• Controlar la ejecución del Plan de Trabajo anual. • Proponer mecanismos de financiación para la Mesa o Grupo • Legalizar los gastos reconocidos por la Mesa o Grupo, para su
participación en la sesiones u otras actividades. • Comunicar oportunamente la imposibilidad de asistir a las sesiones o de
participar en las actividades que se programen.
6.2 DERECHOS
• Participar con voz y voto en las deliberaciones. • Ocupar la Presidencia u otros cargos directivos de la Mesa o Grupo • Participar en comisiones y equipos de trabajo • Recibir toda la información generada por la Mesa o Grupo, o captada por
éstos, relacionada con el sector • Participar en eventos de información, divulgación o capacitación
organizados por la Mesa, Grupo o por el SENA, relacionados con los objetivos de la Mesa o Grupo.
• Proponer nombres de personas para integrar la Dirección, los Equipos Técnicos y la Coordinación de la Mesa o Grupo.
7. DOMICILIO DE LA MESA O GRUPO
La Mesa o Grupo tendrá domicilio en la ciudad donde se encuentre la sede de la mayoría de los miembros.
8. ORGANOS DIRECTIVOS DE LA MESA O GRUPO
8.1 LA PRESIDENCIA
8.1 .1 Designación y Período
La Mesa Sectorial o el Grupo Directivo, designará entre sus miembros un Presidente para un período de un año, pudiendo ser reelegible. Su elección se debe buscar por consenso, pero si ello no se logra, se definirá por mayoría simple. La mesa nombrará un vicepresidente, quien reemplazará al presidente en sus ausencias totales o parciales y cumplirá todas las funciones de aquel. Los cargos de Presidente y Vicepresidente son personales e indelegables.
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PROFESIONAL
8.1.2 Funciones
• Convocar, de común acuerdo con la Secretaría Técnica, a las sesiones de la Mesa o del Grupo
• Presidir las sesiones de la Mesa o del Grupo • Velar por el cumplimiento del reglamento • Ejercer la representación de la Mesa o del Grupo, ante el Sena y el medio
externo • Participar en la organización y desarrollo de las diferentes estructuras del
Sistema Nacional de Formación para el Trabajo. • Planificar, con la Secretaría Técnica, las acciones necesarias para el
cumplimiento y desarrollo del plan de trabajo. • Organizar, con la Secretaría Técnica, las agendas, documentos y la
logística necesaria para las sesiones. • Controlar la efectiva ejecución de las decisiones tomadas por la Mesa y/o
el Grupo. • Coordinar el proceso de conformación de los Equipos Técnicos y demás
grupos de apoyo definidos por la Mesa. • Someter a consideración de la Mesa o Grupo, la vinculación de nuevos
miembros.
8.2 SECRETARIA TECNICA
Es el soporte técnico para la Mesa. Será ejercida por el Jefe del Centro del SENA definido por la Dirección General, para ese propósito.
8.2.1 Funciones
• Designar el Asesor Metodológico de la Mesa o Grupo. • Informar al Comité Técnico de Centro sobre los desarrollos de la Mesa y/o
el Grupo, para la incorporación a las acciones de formación del Centro. • Coordinar la participación de los funcionarios del Sena que hacen parte
de los Equipos Técnicos. • Facilitar el apoyo logístico para las diferentes actividades de la Mesas y lo
Grupos, y de los Equipos Técnicos. • Participar en la formulación de Proyectos de Desarrollo Tecnológico y
Competitividad, que busquen el cumplimiento del Plan de Trabajo de la Mesa y/o Grupo.
• Apoyar los procesos de organización y sistematización de los productos generados por la Mesa y/o Grupo.
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• Liderar, con el apoyo de la División Sectorial respectiva, los procesos de apropiación de los resultados de las Mesas y Grupos, por parte de los Centros del Sena.
• Ejercer la Secretaría General de la Mesa o Grupo y, como tal, es el responsable de las actas de las sesiones de Mesa o Grupo.
9. SESIONES DE LA MESA O GRUPO
Las Mesas o Grupos realizarán sesiones ordinarias, como m1mmo, cada cuatro meses en su domicilio, o en ciudades alternas con número importante de miembros, en el sitio y hora que definan conjuntamente la Presidencia y la Secretaría Técnica.
También podrán realizar sesiones extraordinarias cuando así lo consideren sus miembros.
Cuando las Mesas y Grupos establezcan estructuras funcionales, como Comités Ejecutivos, éstas se reunirán según las necesidades.
10. DECISIONES DE LA MESA O GRUPO
La Mesa o Grupo podrá deliberar con la presencia de la mitad más uno de sus miembros y tomar decisiones válidas por mayoría simple de los asistentes.
El quórum no se desintegra por el retiro de uno o varios de los miembros presentes al inicio de la sesión, siempre y cuando se mantenga la mitad más uno de los asistentes.
Se debe buscar, en todo caso, el consenso para garantizar el compromiso y el logro de los propósitos de la Mesa o Grupo.
11. FINANCIACION DE LA MESA O GRUPO
La Mesa o Grupo se financia con recursos de presupuesto del SENA, en su carácter de estructura de apoyo a la formación de los trabajadores, y con recursos de la Ley 344 de 1996, mediante la formulación de proyectos de Desarrollo Tecnológico y Competitividad.
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El aporte de los miembros está representado en tiempo, trabajo, apoyo logístico y otros aportes en especie.
12. EQUIPOS TÉCNICOS
Son estructuras operativas especializadas, responsables de ejecutar los trabajos que determine la Mesa o Grupo. Sus integrantes, designados por los miembros de estos, son expertos en cada uno de los campos o áreas a las que correspondan tales trabajos.
12.1 Funciones
• Elaborar la caracterización ocupacional del sector, cadena o área o, en su defecto, los términos de referencia específicos para contratarla, total o parcialmente, con base en los lineamientos metodológicos dados por la División de Estudios Ocupacionales de la Dirección General del SENA; en el último caso, hacer la evaluación del estudio realizado y emitir concepto para su aprobación por parte de la Mesa o Grupo.
• Elaborar el Mapa Funcional del Sector, Cadena Productiva o Area, de acuerdo con la metodología del Análisis Funcional.
• Elaborar las unidades de competencia laboral que determine la Mesa o Grupo utilizando la metodología establecida por la División de Estudios Ocupacionales, de la Dirección General del Sena.
• Recomendar la realización de estudios específicos sobre el sector, en aspectos críticos relacionados con la capacitación, evaluación y certificación del desempeño del Talento Humano.
• Elaborar y someter a aprobación de la Mesa o Grupo, los planes de trabajo para el desarrollo de los diferentes estudios o proyectos.
• Determinar los procedimientos e instrumentos necesarios y mas adecuados para la validación de los productos elaborados, de conformidad con la metodología establecida por la División de Estudios Ocupacionales de la Dirección General del Sena.
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12.2 CONFORMACIÓN
El Equipo Técnico estará integrado así:
• El asesor metodológico, formado por la División de Estudios Ocupacionales de la Dirección General del Sena, y designado por el Jefe del Centro del Sena que desempeñe la Secretaría Técnica, entre los funcionarios que tengan la formación metodológica respectiva. El Jefe de Centro del Sena podrá solicitar apoyo de otros funcionarios formados en la metodología, cuando se establezcan dos o más Equipos Técnicos.
• Expertos de niveles directivos de la operación (Vgr. Jefes de Producción, Jefes de Calidad, Jefes de Mantenimiento), de las empresas del sector productivo, seleccionados por los miembros de la Mesa o Grupo, con base en perfil determinado por estos, acorde con los trabajos a realizar. Estas personas deben tener amplia experiencia y visión integral de los procesos del respectivo sector, cadena o área.
• Expertos del sector académico, conocedores del respectivo Sector, Cadena o Area.
El número de miembros debe ser determinado por la Mesa o Grupo, según la conveniencia para el trabajo proyectado.
13. INSTANCIAS ASESORAS DE LA MESA O GRUPO
13.1 Asesor de la Dirección del Sistema Nacional de Formación Profesional del SENA
Funciones:
o Asesorar a la Mesa o Grupo en aspectos conceptuales, administrativos, de gestión y de enfoque general del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
o Apoyar la gestión de la Mesa o Grupo, colaborando en la consecución de recursos y medios para el cumplimiento de los planes de trabajo definidos por ellos.
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o Efectuar seguimiento a la ejecución de dichos planes y al logro de los resultados propuestos.
o Mantener informado al Jefe de la División de Aprendizaje y Reconocimiento de la Dirección del Sistema Nacional de Formación Profesional del Sena, sobre la gestión de la Mesa o Grupo, de los resultados y avances, así como de los problemas que se presenten, con el fin de colaborar a su solución.
o Suministrar información a la miembros de la Mesa o Grupo, relacionada con el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo (SNFT).
o Apoyar a la Presidencia, a la Secretaría Técnica y al asesor metodológico, para el logro de los objetivos propuestos.
13.2 Asesor de las Divisiones Sectoriales del Sena
Funciones:
• Orientar la Mesa en los aspectos técnicos, de política y estrategia sectorial.
• Asesorar en aspectos sectoriales a las Secretaría Técnica y a los Asesores Metodológicos de los Equipos Técnicos.
• Recopilar y suministrar información actualizada a los Equipos Técnicos, para el desarrollo de los trabajos determinados por la Mesa o Grupo.
• Participar en la formulación y gestión de Proyectos de Desarrollo Tecnológico y Competitividad, contemplados en el Plan de Trabajo de la Mesa o Grupo.
• Apoyar al Equipo Técnico en el desarrollo de los estudios ocupacionales y mapas funcionales, en especial en lo relacionado con el entorno tecnológico.
• Propiciar la divulgación y apropiación de los resultados de las Mesas o Grupos, hacia los Centros de Formación del Sena.
• Participar en eventos de capacitación técnica convocados por la Mesa o Grupo por la Dirección General del Sena.
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13.3 Asesor Metodológico
Es un profesional con formación en las metodologías diseñadas por la División de Estudios Ocupacionales de la Dirección General del Sena. La asignación de este funcionario a la Mesa o Grupo, es responsabilidad del Centro del Sena que ejerce la Secretaría Técnica, concertadamente con las Divisiones de Estudios Ocupacionales y de Aprendizaje y Reconocimiento de la Dirección General del Sena.
Funciones principales:
• Capacitar a los Equipos Técnicos en la metodología para elaboración del Mapa Funcional, Unidades de Competencia Laboral y Titulaciones.
• Orientar a los Equipos Técnicos para la elaboración de la Caracterización Ocupacional, el Mapa Funcional, las Unidades de Competencia Laboral y las Titulaciones, aplicando la metodología propuesta por el Sena.
• Preparar la versión final del Mapa Funcional y las Normas de Competencia Laboral, así como los informes respectivos para la Mesa o Grupo.
• Presentar informes de avance y de resultados a la Mesa o Grupo y a la División de Aprendizaje y Reconocimiento de la Dirección General del SENA.
• Verificar la calidad y dar la validación metodológica a las Normas de Competencia Laboral y las Titulaciones de Competencia Laboral.
• Efectuar la validación técnica de los productos, de conformidad con el mecanismo aprobado por la Mesa o Grupo
• Coordinar, orientar y participar en la verificación técnica y la validación de las Unidades y Titulaciones de Competencia Laboral.
14. DISOLUCION DE LA MESA O GRUPO
La Mesa o el Grupo, se disolverá cuando:
• El 50% de los miembros firmantes del Acuerdo de Voluntades, dejen de asistir en forma continua a más de 2 reuniones.
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REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DE Diciembre de 2001 DIRECCION DEL
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• Por lo menos el 70% de los firmantes del Acuerdo de Voluntades, decidan su disolución.
• Los resultados de su gestión no sean satisfactorios, a juicio de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
15. ASOCIACIONES DE MESAS Y GRUPOS DIRECTIVOS SECTORIALES
Las Mesas o Grupos Directivos Sectoriales participarán con voz y voto en las instancias de asocia~ión que se generen, en las cuales se analizarán aspectos de interés general para las mismas y para el desarrollo del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Una vez determinada la instancia de integración, ésta definirá sus propios reglamentos de funcionamiento.
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DIRECCION GENERAL DIRECCION SISTEMA NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL
DIVISION DE APRENDIZAJE Y RECONOCIMIENTO Calle 57 No. 8-69 Torre Norte Piso So.
Tels: 594 20 81 - 594 20 83- Conmutador: 546 15 00 Ext: 2206 E-mail: snft@sena.edu.co
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