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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y
ORGANISMO LEGISLATIVO
FUNCIONES
Congreso de la República de Guatemala y Organismo Legislativo
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES DE PRESIDENCIA
Jerarquía y Funciones. El Presidente del Congreso de la República es el funcionario de
más alta jerarquía del Organismo Legislativo, y como tal, ejerce la dirección, ejecución y
representación de dicho Organismo. El Presidente del Congreso es a su vez Presidente del
Organismo Legislativo, de la Junta Directiva, de la Comisión de Régimen Interior y de la
Comisión Permanente. Le corresponden las preeminencias, consideraciones y rangos que
establecen las leyes, el ceremonial diplomático y las prácticas internacionales por ser
Presidente de uno de los tres Organismos del Estado.1
Son atribuciones del Presidente del Congreso de la República:2
a. Abrir, presidir y cerrar las sesiones del Pleno del Congreso, de la Junta Directiva, de la
Comisión de Régimen Interior y de la Comisión Permanente.
b. Convocar a sesión al Congreso de la República, a la Junta Directiva, de la Comisión de
Régimen Interior y de la Comisión Permanente.
c. Velar por la pronta resolución de los asuntos que conozcan en el Congreso de la
República y sus Comisiones.
d. Exigir que se observe corrección y dignidad en los debates y discusiones del Congreso
de la República, dirigiéndolos con toda imparcialidad y con apego estricto a las normas y
prácticas parlamentarias. Cuando algún diputado faltare al orden, deberá llamarlo
comedidamente al mismo.
e. Velar por que sean escuchadas las opiniones de las minorías.
f. Someter a consideración del Pleno del Congreso cualquier duda que surja en la
aplicación de la presente ley, así como los casos no previstos por la misma. También
deberá someter al mismo Pleno, el conocimiento de las apelaciones que presenten los
Diputados en contra de las decisiones de la Presidencia. En estos casos el Presidente
expresará su opinión.
1 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94y sus reformas. Artículo 17. 2 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas. Artículo 18.
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g. Ejecutar las disposiciones adoptadas por el Pleno del Congreso, la Junta Directiva, la
comisión Permanente, las comisiones ordinarias o extraordinarias, cuando así le
corresponda.
h. Resolver cualquier otro asunto que no estuviere previsto en la presente ley, por
delegación de la Junta Directiva.
i. Con el refrendo de dos Secretarios de la Junta Directiva, firmar los decretos, actas,
acuerdos, puntos resolutivos o resoluciones aprobadas por el Pleno del Congreso o por la
Junta Directiva, debiendo entregar copia de los mismos a los Diputados, previo a
remitirlos al Organismo Ejecutivo para su diligenciamiento.
j. Representar al Congreso con las preeminencias que le corresponden conforme al
ceremonial diplomático, las prácticas internacionales y las leyes de República.
k. Nombrar, remover y trasladar al personal del Organismo Legislativo, de conformidad con
la Ley de Servicio Civil, debiendo observarse como mínimo, que se cumpla con un
proceso de oposición calificada cuando proceda.
l. En caso de urgencia, podrá designar comisiones específicas o encargar determinadas
funciones a uno o más Diputados. De estos actos dará cuenta al Pleno del Congreso
dentro de las primeras dos sesiones siguientes.
m. Vigilar que sean correctamente llevados los libros de actas del Pleno del Congreso, de la
Junta Directiva, de la Comisión Permanente y cualesquiera otros.
n. Fiscalizar y auditar las erogaciones y gastos del Organismo Legislativo, vigilar la
ejecución del presupuesto y dar cuenta de lo actuado al Pleno del Congreso. Velar
porque todo gasto y erogación sea debidamente justificado.
El Presidente, bajo su responsabilidad, podrá delegar las funciones que establecen la
Constitución Política de la República o esta ley, en uno o más integrantes de la Junta
Directiva, de la Comisión Permanente o en el Director General del Congreso de la
República, cuando corresponda.
o. Conjuntamente con la Junta Directiva, es responsable de informar y dar cuenta a las
Jefaturas de Bloque y Contraloría General de Cuentas, de cualquier hallazgo que se
detecte en la administración del patrimonio del Congreso y que pueda perjudicar a dicho
Organismo.
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FUNCIONES DE VICEPRESIDENCIAS
Los Vicepresidentes del Congreso se designan por el orden de su elección como Primer
Vicepresidente, Segundo Vicepresidente y Tercer Vicepresidente, respectivamente.
Corresponde a los Vicepresidentes, en su orden, sustituir al Presidente del Congreso en
caso de ausencia o falta temporal del mismo, ejerciendo sus atribuciones. Asimismo deben
auxiliar al Presidente del Congreso en el ejercicio de sus funciones y cumplir cualesquiera
otras labores que dispongan el Pleno del Congreso o la Junta Directiva.3
Sustituir como lo estipula la ley, al Presidente del Congreso de la República, en caso de
ausencia o falta temporal del mismo, asumiendo las atribuciones normadas en las literales
a), b), d), e), f), g), h), i), j), l) y ñ) del artículo 18 de la Ley Orgánica del Organismo
Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República;
3Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 19.
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FUNCIONES DE SECRETARÍAS
La Junta Directiva tendrá cinco secretarios que por el orden de su elección, serán
nombrados del primero al quinto.
Los Secretarios tienen iguales derechos y prerrogativas, así como las obligaciones que
establece esta ley y las que se deriven de su cargo. En las comunicaciones oficiales que
deban hacer o recibir, únicamente se identificarán como Secretarios del Congreso de la
República.4
Atribuciones y Responsabilidad de los Secretarios:5
a) Supervisar la redacción de las actas, acuerdos, puntos resolutivos y resoluciones del
Pleno del Congreso y de la Junta Directiva.
b) Velar por la adecuada y correcta redacción de los decretos aprobados por el Pleno del
Congreso.
c) Después de su calificación por la Junta Directiva, dar cuenta al Pleno del Congreso de los
memoriales y peticiones que se presenten al Congreso.
d) Cuando le corresponda, realizar los escrutinios en las votaciones del Congreso de la
República e informar al Pleno del resultado.
e) Supervisar el trámite de los expedientes administrativos del Organismo Legislativo.
f) Cuidar de la conservación, recopilación, registro y archivo de las actas, decretos, acuerdos
o resoluciones aprobados por el Congreso de la República.
g) Refrendar las actas, decretos, acuerdos, puntos resolutivos o resoluciones, aprobados
por el pleno del Congreso o por la Junta Directiva previa firma del Presidente del
Congreso.
h) Comprobar que el Diario de Sesiones y versiones taquigráficas y de trabajo parlamentario
se realicen con eficiencia y prontitud y porque su publicación y entrega se efectúen dentro
del plazo que señala esta ley.
4Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 20.
5Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 21.
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i) En las sesiones del Pleno del Congreso dar cuenta de su desarrollo y responder a las
preguntas que hagan el Presidente o cualquier Diputado, así como clasificar y ordenar
correctamente las enmiendas que se propongan para ser sometidas a votación en el
orden que les corresponda.
j) Colaborar con el Presidente y los Vicepresidentes en la atención y recepción de las
personas que soliciten audiencia y tengan otros negocios que tratar con el organismo
Legislativo.
k) Recibir las propuestas de mociones o proposiciones que presenten los diputados las
cuales deberán tramitar sin demora.
l) Velar por el pronto y efectivo traslado de las iniciativas de ley conocidas por el Pleno a la
Comisión que corresponda conocerlas.
m) Ejercer cualquier otra función que le sea asignada por el Pleno del Congreso, por la
Junta Directiva o por el Presidente.
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NATURALEZA Y FUNCIONES COMISIONES DE TRABAJO
Naturaleza y Funciones de las Comisiones. Para el cumplimiento de sus funciones, el
Congreso de la República integrará comisiones ordinarias, extraordinarias y específicas.
Las Comisiones constituyen órganos técnicos de estudio y conocimiento de los diversos
asuntos que les someta a consideración el pleno del Congreso de la República o que
promuevan por su propia iniciativa.
Para su funcionamiento, las comisiones tendrán irrestricto apoyo de la Junta Directiva del
Congreso y podrán requerir la presencia y la colaboración de funcionarios, representantes o
técnicos de cualquier institución pública o privada, de conformidad con el artículo 4 de la
presente ley.6
Comisión de Apoyo Técnico. La Comisión de Apoyo Técnico del Congreso de la
República estará integrada por un Diputado de cada uno de los bloques legislativos que
conforman el Congreso.
Con la finalidad que estudie los temas que contribuyen a la consolidación y fortalecimiento
de la institucionalización del sistema democrático, estudiará como mínimo los temas
siguientes:
a. La revisión de Ley Orgánica del Organismo Legislativo, para facilitar el desarrollo de un
proceso ágil en la formación de la ley, en las etapas que corresponden a su iniciativa,
discusión y aprobación, y de la Ley del Servicio Civil del Organismo Legislativo y su
reglamento.
b. Proponer las medidas legislativas necesarias para el fortalecimiento del trabajo de las
comisiones.
6Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas. Artículo 27.
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Sin perjuicio del derecho de las demás comisiones de gestionar el apoyo para optimizar su
trabajo, la Comisión de Apoyo Técnico tendrá facultades para gestionar asesoría externa
para la ejecución de proyectos específicos y temporales; y, para tal efecto podrá promover
por iniciativa propia, o bien, a petición fundada de algún órgano del Congreso de la
República, convenios con entidades nacionales o internacionales, para la prestación de
dichas asesorías, los que en definitiva, deberán ser aprobados por Junta Directiva y
suscritos por el Presidente del Congreso o por quien lo sustituya de conformidad con la ley.7
7Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas. Artículo 27 bis.
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FUNCIONES DIRECCIÓN GENERAL
El Director General es el enlace entre la Junta Directiva y los directores de recursos humanos,
administrativo, financiero, de protocolo, comunicación social y las demás unidades administrativas.
Tendrá, además de las delegadas por el Presidente del Congreso de la República, las siguientes
funciones:
a) La representación legal para suscribir contratos administrativos y de personal;
b) Coordinar, supervisar e informar cuando se le requiera o como mínimo mensualmente,
sobre las funciones generales de las Direcciones, en materia financiera, administrativa, de
recursos humanos, de protocolo, comunicación social y de las demás unidades
administrativas;
c) Revisar y elevar para su aprobación, de conformidad con la ley, y bajo su responsabilidad,
los procesos de contratación, compras de bienes y servicios y otros aspectos generales,
debiendo informar con detalle de todas sus actuaciones a la Junta Directiva del Congreso de
la República;
d) Atender todos los requerimientos de la Contraloría General de Cuentas;
e) Suscribir mancomunadamente con el Director Financiero, los cheques y transferencias del
Organismo Legislativo;
f) Velar porque a las comisiones, a los bloques legislativos y a los diputados, les sean
prestados pronta y eficazmente los servicios que requieran para el buen cumplimiento de
sus funciones;
g) Todas las funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva”.8¯9
8 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 156 Bis.
9 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 162 Ter.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro del área
administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que permitan
mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de trabajo a su
cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que se le
requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos en
ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.10
10
Manual de Puestos, Actualización Julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la
República, Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN,
ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS
1. Apoyar en el diseño planes y estrategias para el fortalecimiento, modernización y
desarrollo institucional y facilitar su implementación en coordinación con las Direcciones
de este Organismo.
2. Coordinar la formulación de Planes Operativos Anuales, Multianuales y los Estratégicos
Institucionales.
3. Participar con las dependencias que corresponda, la formulación del presupuesto anual y
multianual, con base en el plan estratégico de este Organismo, en el marco del
presupuesto por programas con énfasis en resultados.
4. Evaluar el impacto del plan estratégico institucional.
5. Impulsar la implementación del Sistema de Gestión de Calidad en los diferentes procesos
de este Organismo, asegurando su sostenibilidad para la mejora continua, que permita la
satisfacción del usuario.
6. Coordinar y facilitar la elaboración de los manuales de organización, manuales de
normas, administrativos, de procesos y procedimientos de las direcciones a solicitud de
las ellas, verificando que los mismos sean debidamente actualizados y correspondan con
el Reglamento Orgánico Interno del Organismo.
7. Brindar asistencia técnica y asesoría a las Direcciones del Congreso de la República para
la planificación y formulación de resultados estratégicos, resultados institucionales, en el
marco de gestión por resultados.
8. Desarrollar otras funciones que sean asignadas por la ley y la Autoridad inmediata
superior.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
Es el responsable de planificar, organizar, coordinar y ejecutar acciones, normas y procedimientos,
como medidas de prevención, control y seguridad necesarias, para brindar protección y seguridad
a los dignatarios, trabajadores y visitantes dentro de las instalaciones del Congreso de la
República y que permitan el normal desarrollo de las actividades en el Organismo Legislativo; así
también es responsable de la protección y resguardo del patrimonio y los bienes en general.
1. Elaborar normas, procedimientos y acciones de seguridad para prevenir y resguardar la
integridad física de los dignatarios, trabajadores y visitantes en el interior del Congreso de la
República y velar por que se cumplan.
2. Elaborar, normas, procedimientos y acciones de seguridad para prevenir y resguardar el
patrimonio y los bienes e infraestructura del Congreso de la República y velar por que se
cumplan.
3. Realizar periódicamente las revisiones de los controles y procedimientos de seguridad que
eviten los riesgos y amenazas dentro de las instalaciones del Organismo Legislativo.
4. Coordinar con las fuerzas de seguridad del Estado, las medidas para salvaguardar la
integridad de los Dignatarios, trabajadores y visitantes, en el perímetro del Congreso de la
República, así como las instalaciones del Congreso de la República durante la manifestación
de fenómenos sociales o cuando sea necesario.
5. Coordinar con Presidencia del Congreso de la República las políticas de seguridad durante
el desarrollo de las actividades ordinarias y extraordinarias propias.
6. Elaborar periódicamente, estudios de seguridad para prevenir riesgos y amenazas dentro de
las instalaciones del Organismo Legislativo.
7. Registrar, controlar, coordinar y supervisar las actividades del personal de seguridad para
que se conduzcan con orden, disciplina respeto y decoro hacia los funcionarios, trabajadores
y visitantes del Organismo Legislativo.
8. Administrar, planificar, coordinar y registrar los permisos, vacaciones, suspensiones por el
seguro social y el proceso de capacitación, roles de turno, entre otros, del personal de la
Guardia Parlamentaria.
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9. Administrar, gestionar y coordinar la logística para la ejecución de las actividades del
Departamento de Seguridad.
10. Registrar y controlar el movimiento de los visitantes para evitar cualquier acto ilícito que
atenten contra la integridad física de las personas dentro de las instalaciones del Organismo
Legislativo.
11. Registrar y controlar el movimiento de trabajadores propios y de empresas privadas
contratadas en días y horas inhábiles, que permita resguardar la seguridad física de las
instalaciones, mobiliario y equipo bajo el servicio del Organismo Legislativo.
12. Registrar y controlar la movilización o traslado de material, mobiliario y/o equipo dentro de
las instalaciones o anexos del Organismo Legislativo, con el fin de resguardar los bienes
materiales.
13. Proponer a las autoridades del Organismo Legislativo, mejoras en los procedimientos
relacionados con la seguridad parlamentaria.
14. Control, supervisión y coordinación de la capacitación de los Guardias Parlamentarios II,
asignados directamente a los Señores Diputados.
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FUNCIONES UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
De conformidad a la Ley de Acceso a la Información Pública, las funciones a su cargo son:
1. Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública;
2. Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública;
3. Orientar y capacitar a estudiantes y usuarios sobre el uso y manejo de la página web;
4. Proporcionar para su consulta la información pública solicitada por los interesados o
notificar la negativa de acceso a la misma, razonando dicha negativa;
5. Expedir copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se
encuentre en los archivos del sujeto obligado; y
6. Coordinar, organizar, administrar, custodiar y sistematizar los archivos que contengan la
información pública a su cargo, respetando en todo momento la legislación en la
materia;
7. Realizar la digitalización de toda la información a la que tiene acceso, creando con esto,
una base de datos de información pública;
8. Capacitar a los enlaces de conformidad con el Artículo 1º. (Artículo 51 de la Ley de
Acceso a la Información Pública, Decreto No. 57-2008;
9. Realizar constante monitoreo a la página Web, con la finalidad de verificar el
cumplimiento de los artículos 10 y 13 de la Ley;
10. Realizar diariamente un monitoreo a los medios de comunicación escrito, relacionados
con publicaciones que aludan a este Alto Organismo; y
11. Elaborar informe anual de actividades para la Procuraduría de los Derechos Humanos.
(Artículo 48 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto No. 57-2008).
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FUNCIONES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
El Director de Asuntos Jurídicos tiene a su cargo y responsabilidad las funciones:
1. Brindar asesoría legal a las autoridades y dependencias del Organismo Legislativo, en
los asuntos que sean sometidos para su consideración.
2. Atención de consultas y elaboración de dictámenes, opiniones, contratos, convenios,
proyectos de acuerdos y resoluciones, solicitadas por las autoridades y dependencias
del Organismo Judicial.
3. Asesoría y asistencia en los procesos administrativos sometidos a su consideración.
4. Asesoría y asistencia legal en los procesos judiciales relacionados con asuntos del
Organismo Legislativo.
5. Proponer estrategias de litigio a seguir en los distintos procesos judiciales.
6. Elaboración de actas y documentos notariales requerida por el Presidente, Junta
Directiva o Director General, para uso el Organismo Legislativo.
7. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que permitan
mejorar los procedimientos administrativos.
8. Realizar cualquier otra función de apoyo que le sea requerida por las autoridades y
dependencias del Organismo Legislativo.
9. Elaborar informe solicitados por las autoridades competentes.
10. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de trabajo a
su cargo.
11. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
12. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
13. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos en
ejecución.
14. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
15. Coordinar y supervisar al personal que le sea asignado.
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16. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro del
área administrativa.
17. Otras que sean congruentes con la naturaleza de sus funciones.
18. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.11
11Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES
SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro
del área administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que
permitan mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de
trabajo a su cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que
se le requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos
en ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.12
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
12 Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Director de Recursos Humanos tiene bajo su responsabilidad todo lo relativo a la
administración del personal del Congreso de la República, la selección y evaluación de
candidatos para ocupar puestos y cargos, excluyendo los referidos en los artículos 153 y
154 Bis de esta ley, y la organización, preparación y capacitación del personal.13
Además de las ya descritas, las siguientes funciones:
1. Planificar, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de administración de personal
proponiendo mejoras y correctivos de conformidad con los informes presentados por
las distintas dependencias de la Institución y Junta Directiva.
2. Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y las disposiciones del Organismo
Legislativo y organismos en materia de personal.
3. Dirigir la aplicación de las normas y de los procedimientos que en materia de
administración de personal señalen las Leyes y sus Reglamentos.
4. Coordinar los programas de desarrollo y capacitación del personal.
5. Coordinar los procesos de evaluación de desempeño del personal.
6. Organizar y realizar los concursos que se requieren para el ingreso o ascenso de los
funcionarios o funcionarias de carrera.
7. Coordinar los procesos de evaluación del desempeño del personal.
8. Velar porque cada dos años se realice la Auditoría de evaluación del desempeño.
9. Velar porque los manuales de Puestos, Salarios y Evaluación del Desempeño, sean
actualizados.
10. Instruir los expedientes en caso de hechos que pudieren dar lugar a la aplicación de
las sanciones previstas en las Leyes.
11. Proponer a Junta Directiva la implantación y aplicación de políticas y procedimientos
de administración de personal.
13 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94, y sus reformas, Artículo 158.
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12. Realizar estudios e investigaciones con el objeto de mejorar la eficiencia, productividad
y calidad de vida del personal.
13. Establecer relaciones con organismos nacionales e internacionales, públicos y
privados, para lograr intercambios que beneficien el desarrollo de actividades propias
del área de personal.
14. Asesorar a las autoridades, directores y jefes de dependencias en la solución de
problemas vinculados a su personal.
15. Las demás que señalen las Leyes y los reglamentos que al efecto se dicten.
16. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
1. Apoya al Director de Recursos Humanos en todo lo relativo a la administración del
personal del Congreso de la República, la selección y evaluación de candidatos para
ocupar puestos y cargos, excluyendo los referidos en los artículos 153 y 154 Bis de esta
ley, y la organización, preparación y capacitación del personal.14
2. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
Dentro del ámbito de sus funciones, tiene la coordinación de las siguientes áreas, departamentos y unidades de trabajo: Departamento de Compensaciones.
Departamento de Bienestar Laboral.
Departamento de Clasificación de Puestos y Salarios.
Departamento de Evaluación del Desempeño.
Departamento de Formación y Capacitación.
Departamento de Gestión de Personal.
Departamento de Informática en Recursos Humanos.
Unidad de Bienestar Laboral.
Clínica Médica.
Jardín Infantil.
Unidad de Trámites de Personal.
Unidad de Selección de Personal.
Unidad de Nombramientos y Contrataciones.
Unidad de Archivo.
14 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 158.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE COMPENSACIONES
1. Recibir, revisar, coordinar, dirigir, controlar y operar el proceso de contratación de los
diferentes renglones de pago.
2. Recibir, operar, generar y revisar las diferentes solicitudes de los señores diputados y el
personal en las en las diferentes renglones.
3. Operar los diferentes procesos en los sistemas informáticos.
4. Operar los descuentos de ley, ISR en las nóminas que correspondan.
5. Recibir verificar, clasificar y operar los descuentos del Banco de los Trabajadores y otros
con convenios debidamente aprobado.
6. Recibir y operar los descuentos judiciales.
7. Recibir y operar indemnizaciones y prestaciones de ley.
8. Recibir y operar subvenciones generadas por suspensión IGSS.
9. Recibir y operar solicitudes de retiro voluntario.
10. Organizar, dirigir y controlar todas las actividades referentes a los procesos de nóminas y
prestaciones.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR LABORAL
1. Aplicar leyes, reglamentos, normas y demás disposiciones, (Código de Trabajo, Pacto
Colectivo, Reglamento Interno, Reglamento Higiene y Seguridad, Clínica Médica, etc.),
velando por su fiel cumplimiento.
2. Velar por la actualización de las normas, reglamentos y demás disposiciones propias del
Organismo Legislativo.
3. Generar orden de compra para la dotación anual de uniformes.
4. Entregar uniformes a Personal contratado bajo el renglón 011.
5. Observa y revisar uniformes e implementos de protección personal.
6. Establecer condiciones que garanticen el bienestar social de los empleados.
7. Administrar eficientemente los programas de beneficios sociales, otorgados por el
Organismo Legislativo a través del Pacto colectivo.
8. En coordinación con la unidad de Seguridad e Higiene laboral mantener un adecuado
ambiente de trabajo a través del establecimiento y manejo de programas de Higiene y
Seguridad.
9. Investigar, dictaminar y actuar conforme a ley en todo lo referente a conflictos laborales
con empleados.
10. Asesorar a la Gerencia de Recursos Humanos en la materia de su competencia.
11. Elaborar Plan Operativo y presupuesto Anual.
12. Coordinar actividades con el Jardín Infantil.
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FUNCIONES UNIDAD DE BIENESTAR LABORAL
1. Revisar y aprobar las políticas de seguridad.
2. Realizar inspecciones periódicas de seguridad.
3. Establecer normas adecuadas de seguridad, deben concordar con las disposiciones
legales.
4. Poner en funcionamiento y mejorar el programa de seguridad.
5. Asesorarse y actualizare sobre las normativas legales de seguridad.
6. Ocuparse del control de las enfermedades ocupacionales.
7. Asesorarse sobre problemas del medio ambiente.
8. Identificar los riesgos contra la salud que existen.
9. Ejecutar el plan de primeros auxilios en coordinación con la clínica médica.
10. Desarrollar y promover programas culturales, recreativos, de salud y asistenciales a los
trabajadores.
11. Representar y apoyar a la Dirección de Recursos Humanos en todos los actos que
requieran su intervención.
12. Elaborar y ejecutar el programa anual de Actividades Socioculturales.
13. Proponer a la Dirección de Recursos Humanos la celebración de convenios a nivel
nacional e internacional con instituciones relacionadas a bienestar laboral.
14. Coordinar con el apoyo de clínica médica de Visitas Domiciliarias a trabajadores
suspendidos por el IGSS.
15. Promover becas para trabajadores.
16. Programar la implantación de talleres y pláticas de desarrollo personal, higiene mental y
salud.
17. Programar, organizar y realizar paseos y visitas recreativas dentro y fuera del área
metropolitana y zonas aledañas.
18. Promover el interés por la lectura a través del Libro Club.
19. Gestionar ante diversas instituciones prestadoras de servicios asistenciales, recreativos
y culturales, el otorgamiento de beneficios a favor de los trabajadores.
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FUNCIONES CLÍNICA MÉDICA
1. Atender consultas de funcionarios y personal del Organismo Legislativo. 15
2. Llevar record clínico, registros y estadísticas del estado de salud física de cada
paciente.
3. Efectuar visitas a domicilio a los trabajadores que se reporten enfermos o por ausencia
injustificada, a solicitud de la Dirección de Recursos Humanos.
4. Elaborar programas de medicina preventiva en coordinación con otras instituciones.16
5. Elaborar programas de educación en salud conjuntamente con el área encargada de
salud del Jardín Infantil y Departamento de Servicios Sociales.
6. Informar y prevenir al Director de Recursos Humanos sobre situaciones que pongan en
riesgo la salud del personal.
7. Solicitar y llevar el control de los medicamentos y equipo médico.
8. Elaborar informes escritos mensuales y anuales sobre las atenciones médicas y
consultas de escritorio, realizados a los pacientes.
9. Integrar y coordinar el Comité de Salud que velará por la salud de los trabajadores.
15 Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, Artículo 28. 16 Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, Artículo 28.
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FUNCIONES JARDÍN INFANTIL
1. Proponer Dirección de Recursos Humanos el presupuesto de funcionamiento del Jardín
Infantil.
2. Aprobar la planificación operativa anual –POA- de conformidad con los objetivos y
metas establecidas.
3. Planificar, aprobar, actualizar, desarrollar, adecuar, dirigir y orientar el proceso de
enseñanza-aprendizaje.
4. Realizar reuniones de trabajo periódicas con la Comisión Coordinadora, el personal del
Jardín Infantil y Padres de familia.
5. Coordinar actividades con la Secretaria de Bienestar Social y Ministerio de Educación.
6. Planificar y ejecutar actividades que involucren a los padres de familia.
7. Planificar y ejecutar actividades educativas, culturales y deportivas.
8. Capacitar al personal del Jardín Infantil, en coordinación con el Departamento de
Capacitación
9. Aplicar sanciones de acuerdo con el régimen disciplinario del Congreso de la República
y Reglamento Interno del Jardín Infantil.
10. Rendir informe de trabajo semanalmente solicitado por Dirección de Recursos
Humanos, según el Reglamento del Jardín Infantil y normas internas establecidas.
11. Otras actividades inherentes a las funciones del Jardín Infantil.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE CLASIFICACIÓN DE PUESTOS Y
SALARIOS
Es el departamento encargado de organizar en forma técnica, los diferentes puestos de
trabajo del Organismo Legislativo, con el objeto de facilitar la administración de personal,
definiendo deberes, responsabilidades, requisitos mínimos y experiencia que se requiere en
cada puesto de trabajo. También es responsable de realizar estudios técnicos, estructurales
tendentes a eficiente la administración del Organismo Legislativo: Estudios de Organización,
Clasificación y Valoraciones de Puestos y Estudios Saláriales. Para tales propósitos realiza
las siguientes funciones:
1. Desarrolla el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de conformidad a la ley de
Servicio Civil del Organismo Legislativo.
2. Administrar el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de conformidad a su
Reglamento y disposiciones legales.
3. Realizar los estudios técnicos, de organización y asignación de funciones, conforme a
necesidades de funcionamiento de la institución.
4. Realizar estudios de clasificación, reclasificación, valoración y supresión de puestos
mediante los procedimientos establecidos en el Reglamento aprobado por Junta
Directiva.
5. Efectuar los estudios ordenados por la autoridad superior, de reorganización y traslados
de puestos.
6. Practicar auditorias de trabajo para verificar periódicamente la congruencia del título,
especialidad y salario asignado al puesto en relación a las funciones que efectivamente
realiza el trabajador.
7. Coordinar con la Gerencia Financiera las asignaciones y reasignaciones de puestos y
elaborar el detalle analítico de puestos.
8. Coordinar con la Dirección de Recursos Humanos, la asignación de
puestos, salarios y la observancia de disposiciones legales.
9. Elaborar los Estudios Técnicos relacionados a la administración de Recursos Humanos.
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10. Actualiza los manuales de salarios, puestos y funciones.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
1. Coordinar, controlar, administrar y planificar todo el proceso de Evaluación del
Desempeño en el Organismo Legislado y llevar datos estadísticos sobre los mismos.
2. Desarrollar talleres prácticos sobre Evaluación del Desempeño a los directores, jefes,
subjefes de las áreas sujetas a Evaluación del Desempeño.
3. Elaborar instructivos y demás instrumentos a ser aplicados en los procesos de
evaluación del desempeño de personal en el Organismo Legislativo.
4. Gestionar la evaluación del desempeño de los servidores.
5. Realizar los estudios técnicos necesarios para la implantación del Desempeño de
Personal correspondiente a la aplicación de la Ley de Servicio Civil del Organismo
Legislativo.
6. Supervisar el cumplimiento de las instrucciones emanadas por Junta Directiva en
cuanto al proceso de gestión de recursos humanos en materia de Evaluación del
Desempeño de Personal.
7. Elaborar los informes sobre las áreas con necesidades de capacitación a partir de los
resultados de las evaluaciones de desempeño y los planes de desarrollo de recursos
humanos, los cuales contribuyan a que el Organismo Legislativo oriente a sus planes y
programas hacia la profesionalización de la Función de los empleados y desarrollo de
la Carrera Administrativa.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
Es el Departamento encargado de programar y ejecutar el Plan Anual de Capacitación, con
el objeto de mantener constantemente capacitado al personal de las diferentes áreas del
Organismo Legislativo.
Las funciones que tiene asignadas son las siguientes:
1. Planificar, programar y coordinar la capacitación anual de los Recursos Humanos.
2. Coordinar con entidades del sector público cursos y seminarios, programas y otros
eventos de capacitación.
3. Efectuar las relaciones de cooperación de intercambio y comunicación con entidades
capacitadoras Nacionales e Internacionales.
4. Preparar y coordinar las actividades relacionadas con el desarrollo de eventos de
Capacitación.
5. Coordinar con el departamento de Evaluación del Desempeño programas de
investigación y diagnóstico que permita detectar necesidades de Capacitación.
6. Ejecutar las políticas de Capacitación dictadas por las Autoridad Superior, así como
divulgar y sensibilizar al personal de la empresa en temas o implementación de los
Sistemas de Gestión.
7. Realizar la evaluación y seguimiento de los programas de formación y capacitación.
8. Representar al Organismo Legislativo ante Instituciones de Capacitación.
9. Mantener actualizado el control académico de formación y Capacitación del Recurso
Humano.
10. Ejecutar las actividades derivadas de Junta Directiva.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE PERSONAL
1. Realiza los nombramientos conforme los términos de contratación.
2. Atiende los trámites y gestiones presentadas por el personal.
3. Resguarda toda la documentación relativa al historial laboral de los trabajadores.
4. Recluta la fuerza de trabajo requerida, de forma que cuando se exista una vacante
disponible, se pueda seleccionar al personal más idóneo para ocupar el puesto.
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FUNCIONES UNIDAD DE NOMBRAMIENTOS Y CONTRATACIONES
1. Generar los contratos de los diferentes renglones presupuestarios
2. Obtener la firma en los contratos
3. Recibir, revisar, coordinar, dirigir, controlar operar el proceso de contratación de los
diferentes renglones de pago.
4. Operar y generar actas y / o contratos de conformidad con el renglón respectivo.
5. Recibir, operar, generar y revisar las diferentes solicitudes de los señores diputados y el
personal en las diferentes nóminas de pago.
6. Operar los diferentes procesos en los sistemas informáticos.
7. Organizar, dirigir y controlar todas las actividades referentes a los procesos de nóminas
y contratos.
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FUNCIONES
UNIDAD DE SELECCIÓN DE PERSONAL
1. Prepara convocatorias y las eleva a Dirección de Recursos Humanos
2. Ejecutar el proceso de reclutamiento y selección del personal que postula al Organismo
Legislativo
3. Prestar apoyo al Área de Recursos Humanos en los diversos procesos de
reclutamiento y selección que se requiera
4. Realizar del proceso de reclutamiento de personal, mediante diferentes canales
informativos (Oficina de partes, páginas web, entre otros)
5. Revisar hojas de vida de los postulantes.
6. Agendar entrevistas de selección y evaluación psicométrica.
7. Practicar entrevistas y evaluaciones psicométrica.
8. Realizar de informes psicolaborales.
9. Informar al Área sobre los resultados de las evaluaciones.
10. Prestar apoyo al Área de Recursos Humanos.
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FUNCIONES UNIDAD DE TRÁMITES DE PERSONAL
1. Elaborar de actas administrativas, de procesos administrativos, dictámenes.
2. Coordinar con Asesoría Jurídica en los casos que sea necesario.
3. Coordinar con el Despacho la aplicación y ejecución de las sanciones administrativas.
4. Control sobre el ingreso y egreso de las labores del personal.
5. Visitas domiciliares.
6. Coordinar la función de los supervisores de personal.
7. Dar visto bueno a los resultados de la evaluación POA.
8. Recepción de solicitudes para la emisión y entrega de Certificados de trabajo en los
Renglones presupuestario 011- y 0-22.
9. Elaboración de formularios para la actualización y / o reposición de carnet en el IGSS de
los trabajadores.
10. Inscripción electrónica de números de afiliación para registro en base de datos.
11. Determinar en coordinación con el Subdirector de Personal corridas de audiencias,
llamados de atención verbal o escrito, aceptación de excusas, sanciones administrativas,
etc.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA EN RECURSOS
HUMANOS
1. Registra y administra los datos personales de los laborantes bajo los diversos renglones
presupuestarios, competencias, títulos, y otros estudios.
2. Registra los datos del currículum vitae entre otros.
3. Registra las diversas nominas de pago.
4. Registra y actualiza las ubicaciones del personal
5. Programa las diversas plantillas para realizar el proceso de evaluación del desempeño.
6. Lleva registro y estadísticas de los procesos de evaluación del desempeño
7. Llevar el registro de los méritos y deméritos del personal
8. Atender solicitudes de información del personal que ingresan por acceso a la
información pública.
9. Atender las solicitudes de información relativas al personal planteadas por los Señores
Diputados.
10. Escanear y crear una base de datos de los contratos realizados bajo los diversos
renglones presupuestarios.
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FUNCIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
El Director Administrativo tendrá a su cargo la gestión y ejecución de los asuntos
administrativos del Congreso de la República, y coordinara la atención a las comisiones de
trabajo, bloques legislativos y el personal que deba apoyarlos para asegurar la eficiencia de
los servicios. Sus funciones serán coordinadas con la Dirección General del Organismo
Legislativo…17
Entre sus principales funciones están:
1. Coordinar y supervisar el proceso de compras de bienes, servicios, equipos, materiales y
suministros en general, para que se realicen con apego a la Ley de Contrataciones del
Estado y a la distribución racional de los recursos.
2. Velar porque se cumplan las disposiciones del plan de distribución de materiales y
suministros y por la prestación de servicios a todas las dependencias del Organismo
Legislativo.
3. Velar por la correcta aplicación de las disposiciones del plan operativo anual, para lograr
los objetivos y metas propuestas, y por el análisis y evaluación correspondiente de cada
unidad en pro del beneficio institucional.
4. Promover planes y programas de desarrollo y mejoramiento administrativo que proyecte
la eficiencia y eficacia de las funciones del Organismo Legislativo.
5. Velar porque la actividad administrativa se desarrolle dentro del plazo legal que le otorga
la Constitución Política de la República, la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, y
otras disposiciones de carácter legal que cumplan con los requisitos pertinentes en los
procedimientos técnico-científicos en materia administrativa.
6. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
17
Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 157.
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FUNCIONES
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
1. Establecer y coordinar la ejecución de un programa de mantenimiento, remodelación,
conservación y modernización de los edificios del Organismo Legislativo.
2. Revisar y supervisar la planificación de los trabajos del departamento de conserjería.
3. Coordinar la logística de actividades administrativas de la Subdirección.
4. Atender todos los requerimientos de los diferentes Diputados, Departamentos,
Comisiones, y Bancadas del Organismo Legislativo.
5. Planificar, coordinar, supervisar las tareas de los diferentes departamentos y
unidades a su cargo. 6. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE REDUCCIÓN DE RIESGOS
1. Participar en la implementación y aplicación de las Normas de reducción de
desastres.
2. Cumplir con las especificaciones técnicas que establecen las Normas Mínimas de
Seguridad en Edificaciones e Instalaciones del Congreso de la República y
Organismo Legislativo.
3. Mantener un registro actualizado de las estadísticas de accidentes del trabajo.
4. Emitir las recomendaciones necesarias para la reducción de probabilidades de riesgo
en el Congreso de la República y Organismo Legislativo.
5. Otras asignadas por el Jefe inmediato.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE COMPRAS
1. Programar, coordinar, ejecutar y controlar la adquisición de insumos y materiales, a
ser suministrados en las diferentes áreas del Organismo Legislativo, de acuerdo a las
normas y procedimientos establecidos.
2. Velar por la calidad, cantidad y precio justo de las adquisiciones.
3. Establecer procedimientos a seguir en los procesos de compras.
4. Atender los pedidos de compras en el plazo adecuado.
5. Velar por el cumplimiento de los procedimientos administrativos y legales.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE BODEGA GENERAL
1. Recibir, almacenar, preservar, custodiar y controlar los bienes, materiales y
suministros adquiridos en Bodega.
2. Realizar la entrega de los bienes, materiales y suministros que sean requeridos por
todas las unidades solicitantes del Organismo Legislativo; previa realización del
trámite interno respectivo.
3. Administrar y controlar inventarios de bodega. 4. Mantener actualizados los parámetros de reposición. 5. Mantener actualizada la información en los sistemas. 6. Dar cumplimiento a procedimientos y estándares establecidos.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE INVENTARIOS
1. Administrar un registro consolidado, fehaciente y eficaz de los bienes que conforman
el patrimonio de bienes muebles e inmuebles del Congreso de la República.
2. Registrar en el Sistema SICOIN WEB de la Dirección de Bienes del Estado del
Ministerio de Finanzas Públicas, todos los bienes muebles e inmuebles del
Organismo Legislativo.
3. Registrar en el Libro General de Inventarios autorizado por la Contraloría General de
Cuentas, todos los bienes muebles e inmuebles del Organismo Legislativo.
4. Mantener en custodia y archivo los documentos que sustenten el ingreso de un bien,
como: Fotocopias legibles de facturas, Orden de Compra, pedido y/o ampliación de
factura si hubiere.
5. Mantener en custodia y archivo los documentos que sustenten el registro de asientos
contables como: Libro de Actas, Tarjeta de Responsabilidad, Libro de Inventarios y
otros.
6. Coordinar la elaboración del inventario físico anual del mobiliario y equipo del
Congreso de la República.
7. Elaborar el Inventario de Bajas de los bienes muebles en desuso y/o mal estado.
8. Registrar donaciones de bienes muebles e inmuebles que la Dirección General
reporte por escrito al Departamento de Inventarios.
9. Elaborar solvencias de inventarios, solicitadas por la Dirección de Recursos
Humanos.
10. Realizar la documentación de los traslados de bienes muebles de una oficina y/o
persona a otra, con previa solicitud autorizada y firmada por el jefe de la oficina
solicitante.
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11. Elaborar y presentar a la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de
Finanzas Públicas, las formas FINES que requiera y cuando los requiera,
cumpliéndose con el tiempo establecido en ley, así como cualquier información
relacionada con el patrimonio de bienes muebles e inmuebles que soliciten las
autoridades del Organismo Legislativo.
12. Trasladar mensualmente a la Dirección Financiera el reporte de bienes inventariables
que fueron ingresados al Sistema SICOIN WEB.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO
Realizar los trabajos de reparación y de mantenimiento de todas las instalaciones físicas
del Organismo Legislativo:
Carpintería
Electricidad
Plomería
Albañilería
Tabla yeso
Pintura
Aire acondicionado
Instalaciones varias.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE CONSERJERÍA
1. Apoyar en la limpieza, preparación del Hemiciclo Parlamentario y atención a los señores
Diputados en las sesiones plenarias, solemnes, prolongaciones y sesiones programadas.
2. Brindar el servicio de mantelería, mesas plegables, sillas, cafeteras y pantallas en los
salones del Organismo Legislativo.
3. Efectuar limpieza en todas las áreas de los diferentes edificios anexos del Organismo
Legislativo.
4. Realizar traslado de mobiliario y equipo de cómputo, traslado de agua pura, en las
diferentes oficinas, comisiones y Bancadas del Organismo Legislativo.
5. Ejecutar mensajería interna.
6. Coordinar y distribuir papel higiénico, secamanos y jabón en todos los baños de los
diferentes edificios del Organismo Legislativo.
7. Llevar los controles de:
Lavado de mantelería.
Lavado de prendas de vestir que utilizan los señores ujieres que ingresan, para
atender las Sesiones Plenarias.
Control de los trámites de orden de compras para facturación de las empresas de
lavandería.
Control de reportes del personal de conserjería y archivo.
Controles de la existencia de producto misceláneo para uso del hemiciclo.
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FUNCIONES DIRECCIÓN FINANCIERA
El Director Financiero tiene a su cargo la correcta aplicación de las asignaciones financieras
del Congreso de la República, llevando cuenta exacta y comprobada de cuanto ingreso y
egreso se opere en la contabilidad del Organismo Legislativo, hacer las retenciones
impositivas correspondientes y firmar conjuntamente con el Director General, los cheques y
transferencias que emita el Congreso de la República…18
Además de las ya descritas, las siguientes funciones:
1. Registrar y pagar todas las obligaciones financieras adquiridas por la institución.
2. Elaborar el presupuesto anual y rendir informes periódicos sobre su ejecución.
3. Resguardar los expedientes que soportan cada una de las transacciones financieras del
Congreso de la República.
4. Supervisar la ejecución y llevar un control adecuado de las actividades administrativas
propias de la Dirección Financiera, buscando siempre la eficiencia en todas las
operaciones.
5. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
18 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 161.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN FINANCIERA
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro del
área administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que
permitan mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de trabajo
a su cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que
se le requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos en
ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.19
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
1919 Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
1. Coordinar e integrar la formulación del proyecto de presupuesto de ingresos y egresos
del Organismo Legislativo para el ejercicio fiscal que corresponda.
2. Presentar a consideración de la Autoridad Superior las solicitudes de modificación
presupuestaria, que solicitan las diferentes direcciones del Organismo Legislativo, para la
aprobación correspondiente, por los canales administrativos correspondientes.
3. Efectuar análisis de los diferentes renglones de gasto del presupuesto asignado, e
informar sobre los saldos en el proceso de ejecución presupuestaria.
4. Rendir informes gerenciales mensuales para la toma de decisiones en materia
presupuestaria.
5. Elaborar el Estado de Liquidación Presupuestaria de Ingresos y Egresos del presupuesto
de cada ejercicio fiscal de conformidad con la Ley Orgánica del Presupuesto.
6. Efectuar la carga presupuestaria en el Sistema Integrado de Administración Financiera–
SIAF-, dentro de la red programática presupuestaria de conformidad con el presupuesto
aprobado.
7. Operar dentro del Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental –SICOIN- la
apertura del presupuesto por programas y actividades para el ejercicio fiscal
correspondiente.
8. Someter a consideración y aprobación del Director Financiero en forma conjunta con el
Departamento de Tesorería, la programación financiera cuatrimestral que deba remitirse
al Ministerio de Finanzas Públicas.
9. Efectuar la aplicación de los códigos de ingresos y renglones de gasto de la ejecución
presupuestaria del Congreso de la República.
10. Revisar los CUR de ingresos y CUR de gastos en el Sistema de Contabilidad Integrada
Gubernamental -SICOIN- de la ejecución presupuestaria.
11. Supervisar la ejecución y llevar un control adecuado de las actividades administrativas
propias del departamento de presupuesto, buscando siempre la eficiencia en todas las
operaciones.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
1. Operar la apertura contable de la Institución.
2. Registrar, liquidar, devengar y aprobar en el SICOIN la ejecución presupuestaria de
gastos.
3. Registrar y aprobar en el SICOIN la ejecución presupuestaria de ingresos.
4. Registrar y aprobar en el SICOIN las operaciones de origen extra-presupuestario.
5. Enviar al Departamento de Presupuesto los estados financieros para ser incluidos en el
informe mensual para su envío a la Dirección General.
6. Mantener actualizado el registro contable integrado de los bienes de la Institución.
7. Elaborar mensualmente las conciliaciones bancarias de la Institución.
8. Revisión de saldos a nivel de auxiliar, verificando que las operaciones contables estén
correctamente aplicadas.
9. Rendición electrónica mensual de ingresos y egresos de la Institución a la Contraloría
General de Cuentas.
10. Operar el cierre contable de la Institución.
11. Mantener el archivo de documentación financiera de la Institución.
12. Supervisar la ejecución y llevar un control adecuado de las actividades administrativas
propias del departamento de contabilidad, buscando siempre la eficiencia en todas las
operaciones.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE TESORERÍA
1. Someter a consideración y aprobación del Director Financiero en forma conjunta con el
Departamento de Presupuesto, la programación financiera cuatrimestral que deba remitirse
al Ministerio de Finanzas Públicas.
2. Someter a consideración y aprobación del Director Financiero, la programación cuatrimestral
de fondos y traslados para cubrir los distintos grupos de gasto.
3. Gestionar y coordinar la recepción de los ingresos mensuales que le corresponden al
Organismo Legislativo, de conformidad con su presupuesto de Ingresos y Egresos.
4. Coordinar el sistema de pagos.
5. Custodiar la documentación administrativa relacionada con el departamento de Tesorería.
6. Elaborar los informes que sean solicitados por el jefe inmediato, órganos de fiscalización
internos, externos concurrentes.
7. Llevar un control adecuado de las actividades administrativas propias del departamento de
Tesorería, buscando siempre la eficiencia en todas las operaciones.
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FUNCIONES DIRECCIÓN DE PROTOCOLO
Y ATENCIÓN CIUDADANA
Las funciones de los directores de Protocolo y de Comunicación Social, serán fijadas por la
Junta Directiva y serán coordinados por la Dirección General del Organismo Legislativo...20
La Dirección de Protocolo y Atención Ciudadana tienen las siguientes funciones:
1. Planificar, organizar, supervisar y ejecutar todos los actos oficiales, protocolarios y
ceremoniales del Organismo Legislativo, asistiendo a Junta Directiva, jefes de bloques
legislativos y diputados en general, en las sesiones solemnes, condecoraciones y actos
protocolarios que realice el Congreso de la República dentro y fuera de las instalaciones
del Palacio Legislativo.
2. Planificar, organizar y ejecutar las visitas oficiales y de cortesía de los Jefes de Estado,
delegaciones parlamentarias y funcionarios del exterior que visitan el Congreso de la
República.
3. Organizar, coordinar y ejecutar el Acto solemne de Condecoración del Soberano
Congreso Nacional.
4. Ser el enlace entre el Congreso de la República y las diferentes misiones diplomáticas
acreditadas ante el Gobierno de Guatemala, otros Organismos de Estado, instituciones
de gobierno, organizaciones en general y mantener vigentes las relaciones bilaterales y
multilaterales con los países, parlamentos u organismos nacionales e internacionales a
los cuales el Congreso de la República pertenece.
5. Documentar y preparar internacionalmente las delegaciones oficiales al exterior que
realicen los diputados; asimismo, facilitar la obtención de pasaportes y visas oficiales.
6. Brindar atención protocolaria de recepción y despedida en el Aeropuerto Internacional “La
Aurora” a los diputados en viajes oficiales, y a las honorables delegaciones del exterior
que visitan el país en un ámbito parlamentario.
20
Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 del Congreso de la República, Artículo 162. Bis
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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7. Atender las visitas que realiza la sociedad en su conjunto y personas en general al
Congreso de la República, para dar a conocer la historia, estructura y funcionamiento del
Organismo Legislativo, promoviendo así, la participación ciudadana.
8. Coordinar y ejecutar anualmente las actividades de Niños Diputados por un Día y
Parlamento Juvenil.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE PROTOCOLO Y ATENCIÓN
CIUDADANA
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro del área
administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que permitan
mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de trabajo a su
cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que se le
requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos en
ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.21
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
21
Manual de Puestos Actualización Julio 2016, según artículo 153 BIS del Decreto 63-94 del Congreso de la
República
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN CIUDADANA
1. Atender las visitas que realiza la sociedad en su conjunto y personas en general al
Congreso de la República, para dar a conocer la historia, estructura y funcionamiento del
Organismo Legislativo, promoviendo así, la participación ciudadana.
2. Coordinar y ejecutar anualmente las actividades de Niños Diputados por un Día y
Parlamento Juvenil.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS
Las funciones de la Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas serán fijadas
por la Junta Directiva y coordinadas por la Dirección General del Organismo Legislativo…22
La Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas tiene las siguientes funciones:
1. Dirigir el trabajo articulado de las distintas unidades que conforman la Dirección.
2. Plantear campañas informativas, divulgativas y educativas según los resultados
esperados y líneas estratégicas de comunicación institucional.
De manera general, se listan:
1. Desarrollar la estrategia de comunicación, que incluya campañas que fomenten la
participación ciudadana y que generen cambio en la percepción negativa del ente,
promoviendo la institucionalidad del Organismo Legislativo.
2. Fortalecer los departamentos de comunicación con que cuenta el Congreso de la
República de Guatemala (Información, Redacción, Televisión y Radio).
3. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
22
Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 del Congreso de la República y sus reformas, Artículo 162.
Bis
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Y RELACIONES PÚBLICAS
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro
del área administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que
permitan mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de trabajo
a su cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que
se le requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos en
ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.23
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
23
Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN
UNIDAD DE INFORMACIÓN Es la encargada de planificar, programar, dar cobertura, procesar y analizar toda la
información que se genere en el Organismo Legislativo, incluyendo a Junta Directiva,
Comisiones, Bancadas y Diputados, con el propósito de trasladarla a la población de
manera objetiva, veraz e inmediata a través de los medios propios, así como atender los
requerimientos de los periodistas y medios ajenos.
UNIDAD DE BASE DE DATOS Es la encargada de recopilar datos e información numérica y estadística de la actividad
legislativa, con el propósito de contar con datos exactos, importantes y trascendentales que
contribuyan a enriquecer estudios y análisis del Organismo legislativo, así como darlos a
conocer a la población.
UNIDAD DE MONITOREO
1. Elaborar diariamente monitoreo de medios escritos, radiales y televisivos, enviados por base
de datos a través de correo electrónico.
2. Obtener declaraciones de las conferencias de prensa y actividades.
3. Escanear los medios escritos para mantener archivo digital.
4. Monitorear radios y canales televisión nacional.
UNIDAD DE VIDEOTECA
Es la encargada de recibir, revisar, archivar y resguardar todo el material compuesto por
imágenes de video generadas en las sesiones plenarias, junta directiva, comisiones de
trabajo, bancadas y diputados.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE REDACCIÓN
UNIDAD DE WEB Y REDES SOCIALES
1. Obtener y redactar declaraciones de las conferencias de prensa y actividades.
2. Redactar los boletines que se publican en la página web.
3. Elaborar y redactar copias en CD de las fotografías de las diferentes actividades de
los señores diputados.
4. Redactar boletines informativos y notas de prensa para los medios de comunicación
y la radio del Congreso de la República.
5. Redactar boletines informativos y notas de prensa y cápsulas informativas para el
canal de televisión del Congreso de la República.
6. Redactar reportajes y cápsulas informativas según lo determinen las campañas que
se desarrollen.
7. Convocar a medios de comunicación según sea el requerimiento en las actividades
que se realicen.
8. Atender las solicitudes de material, de periodistas o medios de comunicación.
9. Proponer productos comunicacionales que se incluyan en campañas informativas y
divulgativas que gestione la Dirección.
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UNIDAD AGENCIA DE INFORMACIÓN PÚBLICA
1. Es una agencia que recoge noticias de sus integrantes y colaboradores, periodistas,
comunicadores y equipos de información del Congreso de la República de
Guatemala, para divulgar a través de distintos formatos.
2. Sistemas de Información Pública del Congreso (SIPC): Es función del SIPC fortalecer
la institucionalidad del Congreso de la República de Guatemala, a través del Sistema
de Información Pública, que busca transparentar, rendir cuentas y orientar a la
ciudadanía para su participación activa. Bajo su responsabilidad tendrá la Agencia
de Información Pública del Congreso (AIPC), la televisión pública del Congreso
(TVPC) y la Pagina Web Oficial en materia de comunicación, cuyas directrices de su
trabajo emanarán de un Consejo Editorial.
UNIDAD DE FOTOGRAFÍA
1. Cubrir las diferentes actividades de los señores diputados.
2. Fotografiar los diferentes eventos que se realizan dentro y fuera del Congreso.
3. Realizar copias en CD de las fotografías de las diferentes actividades de los señores
diputados.
4. Editar fotos para los boletines publicados en la página del Congreso.
UNIDAD DE DISEÑO GRÁFICO
1. Desarrollar el Manual de Imagen Gráfica del Congreso de la República aplicable en
todos los productos comunicacionales, y replicable en todos los entes que conforman
el Congreso.
2. Diseñar formatos, plantillas para el sitio web y sitio web para niños.
3. Apoyar todo lo necesario para la elaboración de diseños para la agencia de
información pública, unidad web y redes, unidad de T.V., unidad de radio y unidad de
monitoreo.
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4. Diseñar todo lo requerido por la Dirección para la divulgación y promoción de los
productos que impulse la Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas.
5. Actualizar noticias y fotografías en el sitio web, para actividades de:
6. Junta Directiva.
7. Presidencia.
8. Diputados y Diputadas.
9. Comisiones que soliciten el apoyo a la Dirección de Comunicación Social y Relaciones
Públicas.
10. Actualizar noticias o eventos en el sitio web y sitio web para niños.
11. Publicar noticias en las redes sociales principalmente Facebook y Twitter.
12. Monitorear e informar diario de noticieros en redes sociales.
13. Cubrir y garantizar la actualización de noticias en redes sociales de eventos, tales como:
Sesiones Parlamentarias.
Actividades especiales.
Otra información a requerimiento de Junta Directiva.
UNIDAD DE ARCHIVO
1. Es la encargada de recibir, revisar, clasificar y resguardar todo el material compuesto por
fotografías y otras ilustraciones generadas en sesiones plenarias, junta directiva,
comisiones de trabajo, bancadas y diputados.
2. Archivar y actualizar la fototeca como biblioteca para la Dirección.
3. Archivar cronológicamente las fotografías.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE TELEVISIÓN
Para el funcionamiento de este departamento se dividen en:
Unidad del Canal de Televisión.
Unidad de Programación de Televisión.
Unidad de Transmisión de Televisión.
Unidad de Edición de Televisión.
Unidad Técnica de Televisión.
1. Grabar y cubrir las actividades que sean solicitadas por Presidencia, Junta Directiva y
los señores Diputados.
2. Cubrir la programación de cobertura a funcionarios del Congreso de la República
enviada por la dirección.
3. Elaborar Cápsulas informativas y spots institucionales.
4. Archivar todas las actividades que se cubren, y proporcionar copia a los señores
diputados cuando las soliciten.
5. Grabar y transmitir las sesiones plenarias vía internet por los medios posibles.
6. Cubrir conferencias de prensa.
7. Crear piezas publicitarias para medios televisivos.
8. Grabar y editar reportajes como parte de las acciones comunicacionales de las distintas
campañas que desarrolle la Dirección.
9. Grabar y editar notas periodísticas de las acciones realizadas dentro y fuera de las
instalaciones.
10. Grabar y editar spots radiales y televisivos para emisiones propias.
11. Documentar para divulgar por los medios con que cuenta el Congreso de la República,
las actividades que realizan los distintos entes integrantes del Congreso.
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12. Grabar y resguardar copia de las Sesiones Plenarias que se desarrollan en el Congreso
semanalmente.
13. Proponer acciones comunicacionales que permitan el desarrollo de campañas de
información, divulgación y educación, con el objetivo del cambio de percepción y la
participación ciudadana.
14. Producir reportajes, spots, documentales, noticieros, transmisiones en vivo y producir
nuevos programas que podrían implementarse en el futuro.
15. Alimentar la videoteca como biblioteca al alcance de medios de comunicación y a los
entes que integran el Congreso.
16. Atender de manera inmediata y eficiente las solicitudes, en materia técnica, de las
Unidades de la Dirección.
17. Garantizar que se mantenga control del estado de los equipos y en caso de ser posible
reparar fallas.
18. Coordinar la asistencia y control del estado de las transmisiones.
19. Transmitir la programación generada por la Unidad de Producción Tv.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE RADIO
Para el funcionamiento de este departamento se dividen en:
Unidad de Radio.
Unidad de Programación de Radio.
Unidad de Transmisión de Radio.
Unidad de Edición de Radio.
Unidad Técnica de Radio.
1. Desarrollar la programación diaria para la Radio del Congreso de la República.
2. Producir material divulgativo, informativo, educativo que fomente el cambio en la
percepción del oyente ante el Congreso de la República y fomente la cultura de
participación.
3. Realizar programas radiales y entrevistas.
4. Realizar programas radiales y foros participativos.
5. Editar del resumen semanal “Espacio Legislativo”.
6. Cobertura de las actividades y sesiones plenarias.
7. Grabar y cubrir las actividades que sean solicitadas por los señores diputados.
8. Editar spots informativos de los señores.
9. Transmitir las sesiones plenarias vía internet.
10. Crear spots con mensajes positivos y educativos.
11. Estudio de grabación con tecnología y equipo moderno para grabaciones, producción
radial.
12. Cabina de transmisión de radio. Programa de software para cabina de radio.
13. Locutores para conducción y grabaciones.
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FUNCIONES
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
El Director de Informática y Comunicaciones tiene a su cargo y responsabilidad las funciones
siguientes:
1. Atender las necesidades y el buen funcionamiento de los sistemas del hemiciclo
parlamentario y las bases de datos de servicios al mismo.
2. Presentar a la Junta Directiva dentro de la segunda quincena del mes de enero, un plan
de tecnología para el Organismo Legislativo.
3. Custodia de los servidores y de la información del Congreso de la República.
4. Crear las bases de datos y protocolo de resguardo de los sistemas de video y vigilancia.
5. Orientar a los diputados, funcionarios y personal de apoyo sobre el uso correcto de los
equipos de cómputo.
6. Coordinar el personal de apoyo para las presentaciones.
7. Administrar usuarios de sistemas locales y externos.
8. Coordinar el soporte técnico relacionado con programas informáticos y equipo.
9. Coordinar el mantenimiento preventivo y correctivo, según el caso, a los equipos de
cómputo y a los sistemas electrónicos del hemiciclo parlamentario durante las sesiones.
10. Coordinar la instalación y configuración de conexiones en sistemas internos y externos.
11. Verificar los contenidos y datos de las bases de datos y protegerlo de las diversas
amenazas informáticas.
12. Administrar enlaces de redes locales y externas.
13. Coordinar la instalación de equipos que garanticen la conectividad a la red del Congreso
de la República.
14. Establecer políticas de seguridad en todo lo relacionado a informática.
15. Velar por el buen funcionamiento de servicio telefónico, instalación de líneas,
reparaciones y brindar mantenimiento preventivo y correctivo a la planta eléctrica y red
de telefonía.
16. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
Y COMUNICACIONES
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro
del área administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades en la elaboración de propuestas que
permitan mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento del área de
trabajo a su cargo.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que
se le requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato superior en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento conforme a las leyes o asignaciones administrativas a los asuntos
en ejecución.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.24
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
24Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
1. Orientar a los trabajadores sobre el uso y manejo de los equipos de cómputo.
2. Coordinar las presentaciones, digitalización de documentos oficiales.
3. Administrar usuarios de sistemas locales y externos.
4. Brindar soporte técnico relacionado con el software y hardware.
5. Brindar mantenimiento preventivo y correctivo, según el caso, a los equipos de cómputo.
6. Instalar y configurar conexiones en sistemas internos y externos.
7. Brindar soporte técnico preventivo o correctivo, según el caso, a los sistemas
electrónicos del Hemiciclo Parlamentario durante las sesiones.
8. Verificar los contenidos y datos de las bases de datos de las páginas web ante diversas
amenazas.
9. Administrar los enlaces de redes locales y externos.
10. Instalar puntos de red alámbricos y equipos inalámbricos para garantizar la conectividad
a la red del Congreso de la República.
11. Establecer políticas de seguridad en todo lo relacionado a la informática.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE TELECOMUNICACIONES
1. Velar por el buen funcionamiento del servicio telefónico.
2. Atender las demandas de reparaciones telefónicas.
3. Instalar líneas telefónicas.
4. Brindar mantenimiento preventivo y correctivo a la planta telefónica y la red de
telefonía.
5. Atender al público en recepción y transferencias de llamadas telefónicas.
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FUNCIONES DIRECCIÓN LEGISLATIVA
El Director Legislativo tiene a su cargo y responsabilidad las funciones:
1. Recibir las iniciativas de ley, y trasladarlas a la Presidencia del Congreso en orden
cronológico de recepción, para su ordenada presentación al pleno.
2. Tramitar los expedientes relativos a la función legislativa del Congreso de la República.
3. Cuidar de la conservación, recopilación, registro y archivo de las actas, de las
grabaciones por medio de sistemas electrónicos de audio y audiovisuales, de los diarios
de las sesiones del Congreso de la República, iniciativas de ley, decretos, acuerdos,
puntos resolutivos y cualesquiera resoluciones aprobados por el pleno del Congreso.
Asimismo, de la redacción, conservación, registro, archivo y custodia de las actas de
Junta Directiva y de Comisión Permanente, Acuerdos de Presidencia y de la instancia de
Jefes de Bloque.
4. Supervisar, controlar y coordinar al personal técnico legislativo, de taquigrafía
parlamentaria, y demás servicios al pleno.
5. Recibir memoriales, expedientes o peticiones, propuestas de mociones, y proposiciones
que presenten los Diputados en el Pleno del Congreso, las cuales deberá registrar y
cursar al Secretario del Congreso en funciones; asistir a la Junta Directiva y a los
Diputados en la presentación de asuntos ante el Pleno, y en la preparación de los
decretos, acuerdos, puntos resolutivos y resoluciones.
6. Ejercer cualquier otra función que le sea asignada por el Presidente del Congreso o la
Junta Directiva…25
7. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
25 Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto 63-94 y sus reformas, Artículo 159.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN LEGISLATIVA
1. Dirigir al recurso humano a su cargo para optimizar los recursos disponibles dentro
del área administrativa.
2. Coordinar y participar con otras unidades para la elaboración de propuestas que
permitan mejorar los procedimientos administrativos.
3. Proponer normas complementarias para mejorar el funcionamiento de su área.
4. Asesorar a los subalternos para la continuidad de las actividades propias y otras que
se le requieran.
5. Apoyar al jefe inmediato en la elaboración de estudios o planes solicitados.
6. Desarrollar el marco normativo y procedimientos establecidos en su área de trabajo.
7. Dar seguimiento a los asuntos en ejecución conforme a las leyes o asignaciones
administrativas.
8. Evaluar periódicamente las actividades realizadas en su área.
9. Otras asignadas por el jefe inmediato.26
10. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
26Manual de puestos, actualización julio 2016, según artículo 153 Bis del Decreto No. 63-94 del Congreso de la República,
Ley Orgánica del Organismo Legislativo y sus reformas.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE GESTIÓN LEGISLATIVA
1. Coordinar y supervisar la conservación, recopilación, registro y archivo de actas,
iniciativas de ley, decretos, acuerdos, puntos resolutivos y otras resoluciones
aprobadas por el Congreso de la República.
2. Coordinar y supervisar las actividades técnicas legislativas y de asistencia solicitada
por los señores diputados.
3. Asistir a la Junta Directiva y a los diputados en la presentación de asuntos ante el
pleno.
4. Ejercer y realizar cualquier otra función que le sea asignada por el Señor Presidente
del Congreso de la República o por la Junta Directiva del mismo.
5. Asistir técnicamente las sesiones de Jefes de Bloque.
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FUNCIONES UNIDAD DE ACTAS
1. Elaboración, control y archivo de Actas de Junta Directiva y/o Comisión Permanente,
así como de los documentos de soporte para las mismas.
2. Elaboración y trámite de certificaciones a direcciones sobre decisiones adoptadas por
Junta Directiva y/o Comisión Permanente.
3. Elaboración, control y archivo de agendas para las sesiones de Junta Directiva y/o
Comisión Permanente.
4. Elaboración, control y archivo de acuerdos de Junta Directiva y/o Comisión
Permanente.
5. Elaboración, control y archivo de Actas de Sesiones Plenarias.
6. Elaboración, certificaciones de Actas de Sesiones Plenarias.
7. Remitir a los diputados el borrador de las Actas de Sesiones Plenarias vía correo
electrónico.
8. Elaboración, control y archivo de acuerdos de Presidencia.
9. Elaboración, control y archivo de resoluciones de Presidencia.
10. Elaboración, control y archivo de correspondencia, enviada y recibida.
11. Elaboración, control y archivo de convocatorias a sesiones de la Instancia de Jefes de
Bloques Legislativos, verificando su distribución respectiva, tanto física como vía
correo electrónico.
12. Coordinación de reuniones de Instancia de Jefes de Bloques con funcionarios de
otras instituciones.
13. Elaboración, control y archivo de las agendas de las sesiones de la Instancia de Jefes
de Bloques Legislativos.
14. Tomar nota, elaborar y resguardar las actas de las sesiones de la Instancia de Jefes
de Bloques Legislativos.
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15. Elaboración, control y archivo de asistencia de las sesiones de la Instancia de Jefes
de Bloques Legislativos y enviar informe a las direcciones correspondientes para
fines de pagos de dietas.
16. Llevar el control y actualización de listados de Jefes de Bloques Legislativos.
17. Elaboración, control y archivo de correspondencia enviada a Jefes de Bloques
Legislativos.
18. Coordinar con los departamentos correspondientes la realización de las sesiones de
la Instancia de Jefes de Bloques Legislativos.
19. Actualizar la base de datos de los debates de las iniciativas de ley en trámite.
20. Atender consultas telefónicas y personales, relacionadas con la Instancia de Jefes de
Bloques Legislativos.
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FUNCIONES UNIDAD DE INFORMACIÓN GESTIÓN LEGISLATIVA
1. Recibir iniciativas de ley, presentadas por los entes facultados de conformidad con la
Constitución Política de la República de Guatemala y Ley Orgánica del Organismo
Legislativo.
2. Facilitar información de forma física y electrónica a los ciudadanos.
3. Facilitar información a las dependencias privadas y de Gobierno.
4. Facilitar información a los diputados.
5. Recibir correspondencia.
6. Recepción y trámite de solicitudes de acceso a información pública.
7. Trámite de certificaciones de solicitudes de acceso a la información y de otras
entidades del Estado.
8. Recibir despacho calificado.
9. Ingreso de documentos a las bases de datos correspondientes.
10. Solucionar dudas e inquietudes sobre los procedimientos legislativos.
11. Proporcionar información a los entes periodísticos.
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FUNCIONES UNIDAD DE TRÁMITE
1. Trasladar a la Presidencia en orden cronológico de recepción las iniciativas de ley,
para su ordenada presentación en el pleno del Congreso.
2. Coordinar el trámite de expedientes relativos a la función legislativa ordenados por el
pleno del Congreso de la República.
3. Recibir memoriales, expedientes o peticiones, propuestas de mociones y
preposiciones que presenta los diputados en el pleno del Congreso de la República,
ordenando su registro para cursarlo al Secretario del Congreso de la República en
funciones.
4. Recibir los informes de viajes del Presidente de la República y elaborar la respectiva
Acta de Toma de Posesión del Vicepresidente de la República.
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FUNCIONES UNIDAD DE QUÓRUM
1. Elaborar la lista actualizada de diputados para efectos de asistencia parlamentaria.
2. Resguardar la circular de convocatoria a sesiones plenarias a los señores diputados.
3. Llevar el control del quórum en las sesiones plenarias.
4. Elaborar listas de asistencias e inasistencias con excusas y sin excusas, para Junta
Directiva y diputados en particular, para los efectos legales.
5. Elaborar reportes mensuales de asistencia a sesiones plenarias para ser entregados al
Secretario de Junta Directiva encargado de la calificación de excusas.
6. Entregar el reporte de asistencias a Unidad de Taquígrafas Parlamentarias y al
responsable de la elaboración del acta plenaria, para los efectos de la elaboración de
documentos.
7. Llevar el registro actualizado de direcciones para recibir notificaciones de los honorables
diputados para efectos de convocatoria a sesiones plenarias.
8. Recibir y sistematizar las excusas a sesiones plenarias.
9. Actualizar el listado de bloques legislativos.
10. Desarrollar otras funciones específicas que sean asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA TÉCNICA
1. Asistir al Director Legislativo y a miembros de Junta Directiva en el Hemiciclo
Parlamentario.
2. Elaborar propuestas, mociones, enmiendas, fondos de revisión, proyectos de
acuerdos, resoluciones, puntos resolutivos, iniciativas de ley, oficios y descripción de
trámite durante el desarrollo de la sesión.
3. Llevar el trámite legislativo del despacho calificado, iniciativas de ley y sus
respectivos dictámenes.
4. Informar a los interesados sobre trámites de las sesiones.
5. Apoyar a los señores diputados en cualquiera de sus distintas solicitudes.
6. Asistir al Director Legislativo en sesiones de la Instancia de Jefes de Bloques
Legislativos.
7. Llevar el control de las órdenes del día propuestas para las sesiones plenarias.
8. Actualizar el registro de trámite de las iniciativas de ley.
9. Actualizar la recopilación de leyes que se imprime anualmente a los señores
diputados con todas sus respectivas modificaciones, de conformidad con las
instrucciones de Junta Directiva.
10. Actualizar el listado de comisiones de trabajo.
11. Coordinar publicación en la página web de las iniciativas.
12. Realización de publicaciones sobre el trabajo legislativo –Boletín semanal-.
13. Diagramación para la publicación de documentos o compendios de leyes.
14. Actualización de base de datos de iniciativas y decretos.
15. Asistir a reuniones y seminarios a requerimiento de las comisiones legislativas de
trabajo, con el objeto de apoyar con la respectiva técnica legislativa de redacción y
estilo, así como recomendar cambios a los dictámenes y proyectos de ley a los
miembros de comisión.
16. Atender consultas telefónicas y personales, relacionadas con el trámite de las
Sesiones plenarias.
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17. Transcribir, tramitar y redactar decretos, enviándolos al Organismo Ejecutivo para su
sanción, publicación o veto.
18. Proporcionar asesoría parlamentaria a las distintas instancias y unidades del
Congreso de la República.
19. Asistir la actividad legislativa desarrollada durante las sesiones parlamentarias para
verificar que se lleven a cabo con prontitud y esmero.
20. Coordinar con Protocolo atención a Sesiones Solemnes y otros eventos.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DIARIO DE SESIONES
1. Editar el Diario de Sesiones con eficacia y eficiencia, para su publicación, impresión
y distribución.
2. Llevar un control estricto en la revisión de las versiones taquigráficas.
3. Agilizar el trabajo individual de cada integrante de la unidad.
4. Distribuir a cada bloque de diputados varios ejemplares del Diario de Sesiones.
5. Proporcionar la información que se requiera en cuanto al contenido del Diario de
Sesiones.
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FUNCIONES UNIDAD DE TAQUÍGRAFAS PARLAMENTARIAS
1. Ingresar al hemiciclo parlamentario para tomar la versión taquigráfica, asignada por
turnos de diez minutos cada uno, en las sesiones plenarias ordinarias,
extraordinarias y solemnes que el pleno del Congreso de la República celebre.
2. Escribir literalmente, en taquigrafía, cada una de las sesiones que el pleno del
Congreso de la República realice. Al transcribirlas es necesario tomar en cuenta
ortografía, signos de puntuación y estilo.
3. Transcribir y confrontar de su original todos los documentos leídos en el pleno.
4. Para integrar la versión taquigráfica debe verificarse que los documentos transcritos
tengan correlación con el tuno anterior y posterior.
5. Recopilar los documentos necesarios con respecto a leyes, acuerdos, puntos
resolutivos, resoluciones y otros, con el objeto de realizar consultas para
complementar la transcripción taquigráfica en el sistema computarizado.
6. Entregar versión taquigráfica de cada sesión celebrada por el pleno del Congreso de
la República a la Unidad de Diario de Sesiones, tanto impresa como vía red
informática.
7. Realizar otras tareas que sean asignadas por el Director Legislativo, así como otras
inherentes al cargo.
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FUNCIONES UNIDAD DE EDICIÓN DIARIO DE SESIONES
1. Recibir vía red informática, las versiones taquigráficas que componen una sesión
parlamentaria.
2. Revisar y corregir los turnos indicados tomando en consideración los aspectos
principales que forman parte de la gramática, como la sintaxis y la ortografía, entre
otros.
3. Confrontar todos los documentos que acompañan las versiones taquigráficas, para
verificar que dichos textos, tanto los documentos como las versiones, sean idénticos.
4. Dar el formato respectivo al documento final, gestionando la reproducción del
mismo.
5. Confirmar la publicación y distribución de los documentos, así como su integración a
la base de datos de la página Web del Congreso.
6. Desarrollar otras tareas que le sean asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE ARCHIVO
1. Recepción de transferencias documentales.
2. Clasificación, organización e instalación de documentos.
3. Elaboración de inventario documental.
4. Digitalización de documentos.
5. Actualización de bases de datos.
6. Atención a usuarios, internos y externos del Congreso de la República.
7. Apoyo a unidades administrativas en materia de organización de documentos.
8. Elaboración de informe anual de acceso a la información a ser publicado en el Diario
Oficial.
9. Actualización de información en materia de Archivo en la Página Web del Congreso
de la República.
10. Realizar otras tareas que sean asignadas por el Director Legislativo, así como otras
inherentes al cargo.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECA
1. Recepción de bibliografía.
2. Elaboración de Catálogo Electrónico.
3. Indexación de libros.
4. Atención a usuarios, internos y externos del Congreso de la República.
5. Realizar proyectos de promoción sobre la existencia de la Biblioteca.
6. Realizar otras tareas que sean asignadas por el Director Legislativo, así como otras
inherentes al cargo.
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN LEGISLATIVA
1. Recopilar información de los diarios oficiales que se publican diariamente.
2. Clasificar información de los diarios oficiales que se publican diariamente.
3. Preparar resúmenes de las normas y otros documentos oficiales que se publican en
el diario oficial.
4. Establecer las relaciones que se dan con los diferentes documentos que se publican
en el diario oficial.
5. Ingresar a la base de datos las normas y otros documentos oficiales que se publican
en el diario oficial.
6. Digitalización de las normas y otros documentos oficiales publicados en el diario
oficial.
7. Edición de los diarios oficiales digitalizados.
8. Conservación de la parte legal del diario oficial.
9. Atención de las consultas de los usuarios que visitan el departamento de información
legislativa.
10. Atención de consultas telefónicas de usuarios internos y externos.
11. Atención de consultas por correo electrónico de usuarios internos y externos.
12. Integración de las leyes con el objeto de tener los textos de las normas con sus
respectivas reformas, conforme han sido aprobadas.
13. Digitalización de iniciativas de ley.
14. Digitalización de dictámenes.
15. Digitalización de actas de las sesiones plenarias.
16. Subir a la página del Congreso de la República los documentos siguientes:
Iniciativas de ley.
Dictámenes.
Actas de las sesiones plenarias.
Orden del día.
Decretos.
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Acuerdos Legislativos.
Puntos resolutivos.
Resoluciones.
17. Creación y actualización de las legislaturas dentro del portal del Congreso de la
República, con el objeto de que el mismo se mantenga actualizado.
18. Creación y actualización de los diputados dentro de la página del Congreso de la
República, con el objeto de que el mismo se mantenga actualizado.
19. Creación y actualización de los bloques legislativos dentro del portal del Congreso
de la República, con el objeto de que el mismo se mantenga actualizado.
20. Velar por el buen funcionamiento de la base de datos de decretos y tratar de
encontrar vías de factibilidad para mejorarla.
21. Creación y actualización de las comisiones de trabajo dentro del portal del Congreso
de la República, con el objeto de que el mismo se mantenga actualizado.
22. Atender las diferentes solicitudes provenientes de la unidad de acceso a la
información, solicitadas por Dirección Legislativa.
23. Realizar otras atribuciones que sean asignadas por el jefe inmediato.
24. Creación y mantenimiento de los sistemas electrónicos (en Access) siguientes:
Recepción de documentos de Dirección Legislativa.
Control de despacho calificado que ingresa para ser conocido y se encuentra
a cargo de Dirección Legislativa.
Archivo legislativo de Dirección Legislativa.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE SONIDO
1. Manejar computadora del Hemiciclo Parlamentario.
2. Apoyar con audio y grabación de sesiones plenarias del Hemiciclo Parlamentario.
3. Apoyar con audio y grabación de sesiones de jefes de bloques.
4. Apoyar con audio y grabación de sesiones de comisiones.
5. Apoyar con audio en sesiones en salones del Congreso de la República.
6. Apoyo de grabación para sala de taquígrafas.
7. Proporcionar equipo, micrófonos y lo necesario para una buena función en dichas
sesiones.
8. Desarrollar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES DIRECCIÓN DE ESTUDIOS E
INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA
El Director de Estudios e Investigación Legislativa tiene a su cargo y responsabilidad de las
funciones siguientes:
a) Proporcionar los servicios de su competencia a las comisiones sobre los asuntos propios e
inherentes a las mismas y sobre los procedimientos parlamentarios a desarrollar por éstas
en el ejercicio de sus funciones.
b) Asesorar y adecuar a la lógica y técnica jurídica, en congruencia, coherencia y
concordancia con la técnica legislativa, toda iniciativa de ley que se conozca y discuta en
las comisiones de trabajo, orientándoles sobre normas legales vigentes que podrían ser
afectadas, las que deban derogarse o reformarse. Así como las posibles
inconstitucionalidades, incongruencias o incompatibilidades que pudieran observarse, en
relación directa con el ordenamiento jurídico nacional.
c) Seleccionar asesores parlamentarios que cumplan con el perfil requerido, velando por
mantener un recurso humano calificado.
d) Designar a las comisiones de trabajo el personal especializado requerido y que cumplan
con el perfil adecuado para desempeñarse en la misma.
e) Asistir a las sesiones de las comisiones, cuando sea convocado por cualquiera de éstas.
f) Asistir a las sesiones plenarias para evacuar las consultas técnicas relacionadas con las
iniciativas, que surjan durante los debates.
g) Brindar asesoría técnico-parlamentaria objetiva y profesional a las comisiones de trabajo,
diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad de
mejorar el quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
h) Supervisar, controlar, evaluar y coordinar al personal que tuviere asignado en carácter de
personal permanente que se encuentra a su cargo.
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i) Estar en permanente contacto con la Dirección Legislativa para informarse sobre las
iniciativas a efecto que sobre tales instrumentos realice las sugerencias y observaciones
que correspondan.
j) Propiciar la gestión y el acopio de conocimiento técnico, científico y jurídico que sirva
como herramienta pera su función esencial en la prestación de servicios especializados
en materia legislativa permanente.
k) Proponer y gestionar soluciones técnicas para la investigación e innovación legislativa,
haciendo uso de recursos tales como tecnologías de la información, alianzas con centros
académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros parlamentos, cooperación,
organismos nacionales e internacionales, para el efecto debe presentar a Junta Directiva
un programa anual de actividades de actualización y formación parlamentaria.
l) Gestionar la capacitación constante del personal bajo su cargo.
m) Ejercer cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva.
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN FORMACIÓN LEGISLATIVA
1. Gestionar y desarrollar programas de capacitación y formación para el personal técnico,
asesores, asistentes y profesionales del Congreso, en coordinación con la Dirección de
Recursos Humanos.
2. Elaborar el plan actualización anual de formación parlamentaria.
3. Diseñar y actualizar currículo educativo así como metodologías para los programas de
formación y capacitación.
4. Coadyuvar a la gestión de apoyos necesarios para el desarrollo de los programas
formativos.
5. Coadyuvar a la celebración de convenios interinstitucionales con entidades académicas o
centros de estudios e investigación, tanto nacional como internacional.
6. Gestionar y desarrollar el diseño y elaboración de instrumentos necesarios para la
actividad formativa, tales como manuales, textos y aplicaciones.
7. Actualizar de manera permanente al recurso humano del Congreso, con especificidad en el
personal técnico asesor, buscando especialización en temas legislativos y de investigación
de las diferentes funciones constitucionales asignadas al Congreso de la República, con el
objetivo de optimizar la gestión pública dentro de la Institución.
8. Presentar a la Junta Directiva un Programa Anual de Actividades de Actualización y
Formación Parlamentaria, e implementar un Plan de Capacitación y Actualización,
adecuado a las necesidades de las Comisiones y personal profesional y técnico del
Congreso, mediante cursos, diplomados e intercambios.
9. Promover actividades educativas y de formación, en coordinación con universidades y
centros de pensamiento para estudiantes y sociedad en general, sobre temas pertinentes a
la construcción de modelos nuevos en el quehacer de las leyes.
10. Elaborar y actualizar el perfil del personal responsable de la actividad educativa, en función
de las necesidades de capacitación expresadas por las Comisiones de Trabajo, Bloques
Legislativos y Junta Directiva, sujetas a las funciones y atribuciones de la Dirección.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
Página 89
11. Establecer mecanismos de socialización y comunicación sobre lo gestionado en la Sub
Dirección a su cargo y de la Dirección de Estudios e Investigación Legislativa, utilizando
plataformas tecnológicas de última generación.
12. Implementar de manera permanente, módulos de capacitación sobre la dinámica
parlamentaria para atender la rotación de personal. Hacer alianzas con centros de estudio
y de pensamiento para impulsar estudios sobre la temática legislativa (diplomados,
licenciaturas, maestrías, etc.).
13. Establecer los mecanismos presenciales y virtuales para desarrollar los procesos
formativos.
14. Desarrollar la inducción a los diputados y asesores parlamentarios de Comisiones de
Trabajo, con el objeto de facilitar las labores de cada Comisión al inicio de año.
15. Otras asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE FORMACIÓN LEGISLATIVA E
INTERCAMBIOS ACADÉMICOS
1. Apoyar la gestión y el desarrollo de programas de capacitación y formación para el
personal técnico del Congreso, en coordinación con la Dirección de Recursos
Humanos.
2. Gestionar y aportar soluciones técnicas para la investigación e innovación legislativa,
en el mediano y largo plazo.
3. Diseñar y actualizar currículo educativo así como metodologías para los programas de
formación y capacitación.
4. Coadyuvar el proceso de actualización permanente del recurso humano del Congreso,
con especificidad en el personal técnico asesor, buscando especialización en temas
legislativos y de investigación de las diferentes funciones constitucionales atribuidas al
Congreso de la República, con el objetivo de optimizar la gestión pública dentro de la
Institución.
5. Coadyuvar a la gestión de apoyos necesarios para el desarrollo de los programas
formativos.
6. Coadyuvar a la celebración de convenios inter institucionales con entidades
académicas o centros de estudios e investigación, tanto nacional como internacional.
7. Elaborar y actualizar el perfil de los asesores de Comisiones de Trabajo, Bloques
Legislativos y Junta Directiva, sujetas a las funciones y atribuciones de la Dirección.
8. Articular propuestas de trabajo con otras direcciones del Organismo Legislativo.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE TÉCNICA LEGISLATIVA
1. Desarrollar una cultura corporativa de la asesoría técnica del Congreso, con el fin de
establecer capacidades instaladas de carácter técnico y profesional, mediante
procesos de actualización y especialización en Lógica Jurídica, Técnica Jurídica y
Constitucionalidad.
2. Apoyar en la elaboración del plan actualización anual de formación parlamentaria en
materia de técnica legislativa.
3. Apoyar el desarrollo y el diseño y elaboración de instrumentos necesarios para la
actividad formativa, tales como manuales, textos, aplicaciones, especialmente
enfocados a trasladar conocimiento sobre la técnica legislativa.
4. Apoyar la implementación del Plan de Capacitación y Actualización Parlamentaria,
adecuado a las necesidades de las Comisiones y personal profesional y técnico del
Congreso, mediante cursos, diplomados e intercambios.
5. Coadyuvar la actividad de promoción de actividades educativas y de formación en
coordinación con universidades y centros de pensamiento para estudiantes y sociedad
en general, sobre temas pertinentes a la construcción de modelos nuevos en el
quehacer de las leyes.
6. Desarrolla con apoyo de la Dirección de Comunicación Social, publicaciones impresas
(Revista Legislativa), programas radiales y televisivos que contribuyan a la
actualización y especialización de la formación parlamentaria como aporte a la
formación ciudadana, así como otras actividades que puedan apoyar la difusión del
trabajo realizado por la DEIL. Se deberá incluir en este proceso, la elaboración y
publicación de la Memoria Anual de Labores de la Dirección.
7. Articular propuestas de trabajo con otras direcciones del Organismo Legislativo.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
1. Impulsar procesos de investigación académica con aplicación a las dimensiones social,
jurídica, política y económica, que generen conocimiento de trascendencia, de utilidad y de
aplicación a la producción de leyes, así como para las funciones constitucionales
asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Promover la generación de conocimiento académico a través de la innovación tecnológica,
haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en línea, alianzas con
centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros parlamentos, cooperación,
Organismos Nacionales e Internacionales
3. Promover el estudio, sistematización y análisis de las sentencias de la Corte de
Constitucionalidad, para proponer la armonización y los medios de implementación o
adecuación de los cuerpos normativos que desarrolle el Congreso. Dicho conocimiento
sistematizado permitirá que las leyes del país cuenten con el debido peritaje y respaldo
constitucional.
4. Estudio, sistematización y análisis de jurisprudencia producida en distintas Cortes, tanto
nacional como regional o internacional, en materia de protección a los derechos humanos.
5. Proponer y gestionar soluciones técnicas, objetivas y profesionales a las comisiones de
trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la comisión de estilo, con la finalidad
de mejorar el quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
6. Promover investigaciones sobre temáticas específicas, tomando en cuenta experiencias
comparadas en temas o problemáticas estructurales o de coyuntura, vinculadas a las
funciones del Congreso de la República.
7. Desarrollar estudios y análisis especializado y constante sobre la política fiscal del país; así
como de la configuración del presupuesto nacional, como insumos esenciales para la
elaboración de dicho instrumento de Estado.
8. Desarrollar estudios sociológicos, políticos o económicos que atiendan distintos retos del
Estado para el diseño de sus políticas públicas.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
Página 93
9. Desarrollar de manera permanente y oportuna, análisis estratégico nacional así como
estadísticas, que sirvan en elementos para la toma de decisiones en el nivel superior del
Poder Legislativo.
10. Desarrollar estudios e investigaciones en distintas disciplinas académicas, que aporten
conocimiento para la elaboración de cuerpos normativos aplicados al ámbito de la justicia y
la seguridad.
11. Otras asignadas por su jefe inmediato.
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Y DERECHOS HUMANOS
1. Apoyar los procesos investigación académica con aplicación a la dimensión constitucional
y de derechos humanos que generen conocimiento de trascendencia, de utilidad y de
aplicación a la producción de leyes, así como para las funciones constitucionales
asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Apoyar las acciones para promover conocimiento académico a través de la innovación
tecnológica, haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en línea,
alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros parlamentos,
cooperación, Organismos Nacionales e Internacionales
3. Apoyar al desarrollo de estudios y análisis especializado, y constante sobre la política fiscal
del país; así como la configuración del Presupuesto Nacional en la tutela de los derechos
humanos garantizados constitucionalmente.
4. Apoyar al diseño e implementación de instrumentos técnicos que analicen la ejecución del
Presupuesto Nacional, como insumos de utilidad para la función fiscalizadora del
Congreso.
5. Apoyar el desarrollo de estudios sociológicos, políticos o económicos que atiendan
distintos retos del Estado para el diseño de sus políticas públicas.
6. Proponer y gestionar soluciones técnicas, objetivas y profesionales a las comisiones de
trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad
de mejorar y articular de manera oportuna la doctrina constitucional en el quehacer
legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
7. Coadyuvar la implementación de investigaciones sobre temáticas específicas o
coyunturales vinculadas al derecho constitucional y de derechos humanos, tomando en
cuenta experiencias comparadas en temas o problemáticas vinculadas a las funciones del
Congreso de la República.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE POLÍTICA FISCAL Y ANÁLISIS
PRESUPUESTARIO
1. Apoyar los procesos investigación académica con aplicación a la dimensión
presupuestaria y de la política fiscal que generen conocimiento de trascendencia, de
utilidad y de aplicación a la producción de leyes, así como para las funciones
constitucionales asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Apoyar las acciones para promover conocimiento académico a través de la innovación
tecnológica, haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en
línea, alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros
parlamentos, cooperación, Organismos Nacionales e Internacionales
3. Apoyar al desarrollo de estudios y análisis especializado, y constante sobre la política
fiscal del país; así como la configuración del Presupuesto Nacional y el desarrollo de
medidas de transparencia, calidad del gasto, y rendiciones de cuentas entre otros
aspectos.
4. Apoyar al diseño e implementación de instrumentos técnicos que analicen la ejecución y
la calidad del gasto del Presupuesto Nacional, desarrollando insumos y herramientas de
utilidad para la función fiscalizadora del Congreso.
5. Apoyar el desarrollo de estudios sociológicos, políticos o económicos que atiendan
distintos retos del Estado para el diseño de sus políticas públicas.
6. Proponer y gestionar soluciones técnicas, objetivas y profesionales a las comisiones de
trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad
de mejorar y articular de manera oportuna los elementos de política fiscal, económica y
presupuestaria en el quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
7. Coadyuvar la implementación de investigaciones sobre temáticas específicas o
coyunturales vinculadas a la política fiscal, económica, presupuestaria y de transparencia,
tomando en cuenta experiencias comparadas en temas o problemáticas vinculadas a las
funciones del Congreso de la República.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE POLÍTICA ECONÓMICA SOCIAL
Y DE DESARROLLO
1. Apoyar los procesos investigación académica con aplicación a la dimensión de la política
económica, social y de desarrollo que generen conocimiento de trascendencia, de utilidad
y de aplicación a la producción de leyes, así como para las funciones constitucionales
asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Apoyar las acciones para promover conocimiento académico a través de la innovación
tecnológica, haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en
línea, alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros
parlamentos, cooperación, Organismos Nacionales e Internacionales
3. Apoyar al desarrollo de estudios y análisis especializado, y constante sobre la política
fiscal del país; así como la configuración del Presupuesto Nacional para el cumplimiento
de la política social y de desarrollo del país.
4. Apoyar al diseño e implementación de instrumentos técnicos que analicen la ejecución y
la calidad del gasto del Presupuesto Nacional, desarrollando insumos y herramientas de
utilidad para la función fiscalizadora del Congreso.
5. Apoyar el desarrollo de estudios sociológicos, políticos o económicos que atiendan
distintos retos del Estado para el diseño de las políticas públicas vinculadas al desarrollo
social y humano del país.
6. Proponer y gestionar soluciones técnicas, objetivas y profesionales a las comisiones de
trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad
de mejorar y articular de manera oportuna los elementos de política de desarrollo social y
humano en el quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
7. Coadyuvar la implementación de investigaciones sobre temáticas específicas o
coyunturales vinculadas a la política económica, social o de desarrollo, tomando en
cuenta experiencias comparadas en temas o problemáticas vinculadas a las funciones del
Congreso de la República.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE ANÁLISIS ESTRATÉGICO Y
ESTADÍSTICAS
1. Apoyar los procesos investigación académica con aplicación a la dimensión del análisis
estratégico y estadístico que generen conocimiento de trascendencia, de utilidad y de
aplicación a la producción de leyes, así como para las funciones constitucionales
asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Apoyar las acciones para promover conocimiento académico a través de la innovación
tecnológica, haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en
línea, alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros
parlamentos, cooperación, Organismos Nacionales e Internacionales
3. Apoyar al diseño e implementación de instrumentos técnicos que analicen la ejecución y
la consolidación y mejora de las estadísticas del Presupuesto Nacional, desarrollando
insumos y herramientas de utilidad para la función fiscalizadora del Congreso.
4. Apoyar el desarrollo de estudios de coyuntura, de amenazas, riesgos y oportunidades
tanto del Organismo Legislativo como del país en general con la finalidad de tener
referentes para la toma de decisiones y agenda estratégica.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE ESTUDIOS SOBRE
SEGURIDAD Y JUSTICIA
1. Apoyar los procesos investigación académica con aplicación a la dimensión en los temas
vinculados al sistema de seguridad y justicia del país que generen conocimiento de
trascendencia, de utilidad y de aplicación a la producción de leyes, así como para las
funciones constitucionales asignadas al Congreso de Guatemala.
2. Apoyar las acciones para promover conocimiento académico a través de la innovación
tecnológica, haciendo uso de recursos como sistemas de información, programas en
línea, alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros
parlamentos, cooperación, Organismos Nacionales e Internacionales
3. Apoyar al desarrollo de estudios y análisis especializado, y constante sobre la política
fiscal del país; así como la configuración del Presupuesto Nacional en la aplicación y
fortalecimiento del sistema de seguridad y justicia del país.
4. Apoyar al diseño e implementación de instrumentos técnicos que analicen la ejecución y
la calidad del gasto en el Presupuesto Nacional en los temas ya enumerados,
desarrollando insumos y herramientas de utilidad para la función fiscalizadora del
Congreso.
5. Apoyar el desarrollo de estudios sociológicos, políticos o económicos que atiendan
distintos retos del Estado para el diseño de las políticas públicas vinculadas a la seguridad
democrática, acceso y fortalecimiento del sistema de justicia e investigación criminal.
6. Proponer y gestionar soluciones técnicas, objetivas y profesionales a las comisiones de
trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad
de mejorar y articular de manera oportuna los elementos vinculados a la seguridad
democrática, acceso y fortalecimiento del sistema de justicia e investigación criminal. en el
quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República.
7. Coadyuvar la implementación de investigaciones sobre temáticas específicas o
coyunturales vinculadas a la seguridad democrática, acceso y fortalecimiento del sistema
de justicia e investigación criminal, tomando en cuenta experiencias comparadas en temas
o problemáticas vinculadas a las funciones del Congreso de la República.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES SUBDIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO
LEGISLATIVO
1. Responsable de brindar soporte logístico y técnico al Director de la DEIL en su función de
consulta técnica dentro del Pleno del Organismo legislativo.
2. Brindar apoyo logístico y analítico, al Director en su función de asistencia a consultas del
Pleno.
3. Brindar soporte técnico jurídico de su competencia a las Comisiones, sobre asuntos
propios e inherentes a las mismas, en relación con los procedimientos parlamentarios que
estas desarrollan en el ejercicio de sus funciones.
4. Garantizar el análisis de las iniciativas de ley en cuanto a temas estructurales o de
coyuntura asignadas a las Comisiones de Trabajo.
5. Elaborar y sistematizar estudios que sirvan de antecedentes, fundamento y apoyo para la
elaboración de dictámenes y leyes respecto de las iniciativas encomendadas a las
Comisiones de Trabajo, y priorizadas por Junta Directiva y el Consejo Académico de la
Dirección.
6. Promover e implementar procesos y ejercicios de diálogo y debate entre el Congreso y
distintos actores de la sociedad, en relación al desarrollo, efecto y contenido de distintas
leyes.
7. Proponer a los profesionales idóneos para las asesorías en las Comisiones y otros órganos
que lo requieran, velando por mantener recursos humanos calificados.
8. Proponer los procedimientos, términos de referencia y plazos en la contratación de
asesores especializados que apoyen o respalden la labor de las Comisiones de Trabajo
desde la DEIL.
9. Otras asignadas por su jefe inmediato.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA AL
PLENO DE DIPUTADOS
1. Apoyar de manera directa a la Subdirección de Apoyo Técnico, para brindar soporte
logístico y técnico al Director de la DEIL en su función de consulta técnica dentro del
Pleno del Organismo legislativo.
2. Coadyuvar con el análisis de las iniciativas de ley en cuanto a temas estructurales o de
coyuntura asignadas a las Comisiones de Trabajo.
3. Articular con la Coordinación de Derecho Constitucional con la finalidad de contar con los
precedentes legislativos así como los precedentes que la Corte de Constitucionalidad ha
emitido como correctivos a la función legislativa.
4. Proponer y apoyar la gestión de soluciones técnicas, objetivas y profesionales que sean
de utilidad por órganos como la Comisión de Estilo, la Dirección de la DEIL o incluso
Dirección Legislativa, con la finalidad de mejorar el quehacer legislativo y parlamentario
del Congreso de la República.
5. Apoyar el desarrollo de un mecanismo de diálogo sistemático entre la DEIL y la Dirección
Legislativa para una eficiente coordinación entre ambas entidades, atendiendo la
diferenciación de sus funciones con sentido de complementariedad.
6. Sistematizar los requerimientos que van surgiendo de la actividad legislativa,
especialmente de los que se deriven de la actividad en el Pleno, para que la DEIL a través
de sus órganos, pueda desarrollar respuestas de pertinencia técnica.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA A
COMISIONES Y ESTUDIO DE ANTECEDENTES
1. Coadyuvar a las acciones para brindar soporte técnico jurídico de su competencia a
las Comisiones, sobre asuntos propios e inherentes a las mismas, en relación con los
procedimientos parlamentarios que estas desarrollan en el ejercicio de sus
funciones.
2. Apoyar la garantía del análisis de las iniciativas de ley en cuanto a temas
estructurales o de coyuntura, asignada a las Comisiones de Trabajo.
3. Apoyar la elaboración y sistematización de estudios que sirvan de antecedentes,
fundamento y apoyo para la elaboración de dictámenes y leyes respecto de las
iniciativas encomendadas a las Comisiones de Trabajo, y priorizadas por Junta
Directiva y el Consejo Académico de la Dirección.
4. Apoyar la tarea de identificar a los profesionales idóneos para las asesorías en las
Comisiones y otros órganos que lo requieran, velando por mantener recursos
humanos calificados.
5. Proponer los procedimientos, términos de referencia y plazos en la contratación de
asesores especializados que apoyen o respalden la labor de las Comisiones de
Trabajo desde la DEIL.
6. En coordinación con la subdirección de formación, apoyar el desarrollo de la
inducción a los diputados y asesores parlamentarios de Comisiones de Trabajo, con
el objeto de facilitar el inicio de labores de la Comisión cada inicio de año.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES COORDINACIÓN DE DIÁLOGO Y DEBATE
CIUDADANO
1. Coadyuvar a la promoción e implementación de procesos y ejercicios de diálogo y debate
entre el Congreso y distintos actores de la sociedad, en relación al desarrollo, efecto y
contenido de distintas leyes.
2. Diseñar metodologías e instrumentos, que faciliten el ejercicio público deliberativo del
Congreso con la sociedad, mediante mecanismo de consultas legislativas, audiencias
públicas y procesos de rendición de cuentas.
3. Sistematizar las experiencias de diálogo entre Congreso y sociedad civil, que ha habido o
que existen, con el objetivo de ofrecerle seguimiento o para el debido apropiamiento de
esos ejercicios.
4. Brindar soporte técnico de su competencia a las Comisiones y bloques legislativos, sobre
las acciones de diálogo que pueden tener al alance, para desarrollar los mismos
alrededor de determinadas leyes.
5. Coordinar con otros órganos del Congreso, para la debida inclusión, difusión y
comunicación de las iniciativas de diálogo.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA
1. Realizar auditorías a las distintas unidades, departamentos, y Direcciones del
Organismo Legislativo, de conformidad con el Plan Anual de Auditoría aprobado por
la Junta Directiva.
2. Elaborar el Plan Anual de Auditoria –PAA-, estipulando tiempos y prioridades, de
conformidad con las Normas de Auditoría Gubernamental Interna y Externa emitidas
por la Contraloría General de Cuentas, el cual deberá ser aprobado por la Junta
Directiva.
3. Orientar el cumplimiento de la aplicación de las normas y procedimientos
administrativos y financieros según competencia y funciones de cada Dirección, con
el fin de obtener resultados eficientes.
4. Verificar el estricto apego de las Normas Generales de Control Interno
Gubernamental y Normas de Auditoría Gubernamental Interna y Externa, leyes,
acuerdos y normas que rijan la organización y actividad de cada área del Congreso
de la República; así como, la ejecución del gasto público.
5. Presentar informes a la Junta Directiva del Congreso de la República, con respecto a
los resultados de las auditorías realizadas, formulando las recomendaciones
respectivas.
6. Todas aquellas que de acuerdo con la Ley y por instrucción de las Altas Autoridades
le corresponde por razones de su competencia.
7. Realizar otras funciones que le sean asignadas por su jefe inmediato.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES
SUBDIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA
1. Analizar y aprobar los oficios, notas e informes de Auditoría, elaborados como
resultado de las auditorías realizadas.
2. Revisar y aprobar en el Sistema de Auditoría Gubernamental SAG-UDAI, los informes
de Auditoría, de conformidad con los lineamientos emitidos por la Contraloría General
de Cuentas.
3. Coordinar la elaboración del Informe Gerencial que se presentará a la Junta Directiva,
respecto a los resultados establecidos en las auditorías realizadas, las
recomendaciones derivadas de los mismos y su implementación, así como, el
seguimiento de las recomendaciones de auditorías anteriores.
4. Analizar la documentación de respaldo que el Director trasladará a la Junta Directiva,
que servirá de base para presentar la denuncia ante las autoridades competentes,
respecto a situaciones que podrían tipificarse como posibles delitos o faltas que
afecten los intereses del Estado, como resultado de las auditorías realizadas.
5. Coordinar la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de gastos, para la
realización de las actividades de la Dirección de Auditoría Interna para el siguiente
ejercicio fiscal.
6. Fomentar conjuntamente con el Director, la capacitación y profesionalización del
Recurso Humano de la Dirección de Auditoría.
7. Coordinar con los supervisores de las áreas de Auditoría Financiera, Auditoría
Administrativa y Auditoría de Gestión, la modificación de los Manuales de
Organización y Funciones que sean necesarios para incrementar en forma sostenida
la eficiencia y eficacia de las auditorías, trasladándolos a consideración del Director
de Auditoría Interna para su aprobación.
8. Coordinar la elaboración de la memoria anual de labores, el Plan Anual de Auditoría y
Plan Operativo Anual, considerando los criterios de importancia relativa, revisión
selectiva, administración del riesgo, relación costo-beneficio y estándares técnicos
definidos.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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9. Coordinar, dirigir y supervisar las actividades técnicas y administrativas que desarrolla
el personal a su cargo.
10. Recibir y tramitar las peticiones de permisos, vacaciones y otros asuntos planteados
por el personal subalterno.
11. Atender la Dirección de Auditoría Interna, en caso de ausencia del Director.
12. Todas aquellas que por instrucciones de la Dirección de Auditoría Interna
correspondan de conformidad con su competencia.
13. Asumir las funciones del Director en ausencia de este.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES
DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA FINANCIERA
1. Definir el número de Auditorías Financieras, Especiales y Actividades Administrativas,
que se realizarán en las Unidades y de Departamentos de las Direcciones del
Organismo Legislativo durante el período de un año.
2. Incorporar al Sistema de Auditoría Gubernamental SAG-UDAI, el cronograma de
Auditorías Financieras y Especiales planificadas, así como, la información textual
respectiva de conformidad con los lineamientos de Contraloría General de Cuentas.
3. Elaborar el Nombramiento de Auditoría para Auditores y Supervisor de Auditorías
Financieras y Especiales con el Visto Bueno del Director o Subdirector de Auditoría
Interna.
4. Notificar mediante nombramiento a los auditores y supervisor de Auditoría que
realizarán Auditorías Financieras y Auditorías Especiales de conformidad con el Plan
Anual de Auditoría.
5. Analizar y aprobar en el Sistema SAG-UDAI de conformidad con los lineamientos de
la Contraloría General de Cuentas, los Documentos siguientes: Cédula de Auditoría,
Memorando de Planificación, Programa de Auditoría y Cuestionarios de Control
Interno.
6. Supervisar el avance y cumplimiento de las Auditorias Financieras y Especiales para
su registro y control.
7. Analizar, aprobar y presentar al Subdirector y Director, las Notas de Auditoría, Oficios
e Informes de las Auditorías ejecutadas.
8. Aprobar en el Sistema SAG-UDAI, los resultados y solicitar al Subdirector y Director,
la autorización del Informe de Auditoría.
9. Elaborar Informe Gerencial que se presentará a la Presidencia del Congreso de la
República, respecto a los resultados establecidos en las auditorías realizadas, las
recomendaciones derivadas de los mismos y su implementación, así como, el
seguimiento de las recomendaciones de auditorías anteriores.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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10. Revisar la documentación de respaldo que se trasladara a la Subdirección de
Auditoría, que servirá de base para presentar la denuncia ante las autoridades
competentes, respecto a situaciones que podrían tipificarse como posibles delitos o
faltas que afecten los intereses del Estado, como de las auditorías realizadas.
11. Coordinar la realización de Actividades Administrativas de conformidad con el Plan
Anual de Auditoría.
12. Coordinar, dirigir y supervisar las actividades técnicas y administrativas que desarrolla
el personal a su cargo.
13. Recibir y tramitar las peticiones de permisos, vacaciones, y otros asuntos planteados
por el personal subalterno.
14. Proponer, cuando corresponda, la capacitación del personal a su cargo, para el buen
desempeño de sus labores.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y ORGANISMO LEGISLATIVO
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA
ADMINISTRATIVA
1. Definir el número de Auditorias y Actividades Administrativas, que se realizaran en las
unidades y departamentos de las Direcciones del Organismo Legislativo durante el
período de un año.
2. Incorporar al Sistema de Auditoria Gubernamental SAG-UDAI, el cronograma de
Auditorias y Actividades Administrativas; así como, la información textual respectiva
de conformidad con los lineamientos de la Contraloría General de Cuenta.
3. Elaborar el Nombramiento de Auditoria para Auditores y Supervisor de Auditorias con
visto bueno del Director o Subdirector de la Dirección de Auditoría Interna.
4. Notificar mediante nombramiento a las Auditores y Supervisor que realizaran
Auditorias de conformidad con el Plan Anual de Auditoría.
5. Analizar y aprobar en el Sistema SAG-UDAI de conformidad con los lineamientos de
Contraloría General de cuentas, los documentos siguientes: Cedulas de auditoría,
Memorando de Planificación, programa de Auditoría y Cuestionarios de Control
Interno.
6. Supervisar el avance y cumplimiento de las Auditorias, de conformidad con los
Nombramientos emitidos, para su registro y control.
7. Analizar, aprobar y presentar al Subdirector y Director, las notas de Auditoría, oficios
e Informes de las Auditorias efectuadas.
8. Aprobar en el Sistema SAG-UDAI, los resultados y solicitar al Subdirector y Director,
la autorización del informe de Auditoría.
9. Elaborar el informe Gerencial que se presentara al Despacho de la Dirección,
respecto a los resultados establecidos en las auditorías realizadas, las
recomendaciones derivadas de los mismos y su implementación, así como, el
seguimiento de las recomendaciones de auditorías anteriores.
10. Revisar la documentación de respaldo que se trasladara a la Subdirección de
Auditoría Interna, que servirá de base para presentar la denuncia ante las
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autoridades competentes, respecto a situaciones que podrían tipificarse como
posibles delitos o faltas que afecten los intereses del Estado, como resultado de las
auditorías realizadas.
11. Coordinar la realización de Actividades Administrativas de conformidad con el Plan
Anual de Auditoría.
12. Coordinar, dirigir y supervisar las actividades técnicas y administrativas que desarrolla
el personal a su cargo.
13. Recibir y tramitar las peticiones de permisos, vacaciones y otros asuntos planteados
por el personal subalterno.
14. Proponer, cuando corresponda, la capacitación del personal a su cargo, para el buen
desempeño de sus labores.
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FUNCIONES DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA
DE GESTIÓN
1. Definir el número de Auditorias y Actividades Administrativas, que se realizaran en las
unidades y departamentos de las Direcciones del Organismo Legislativo durante el
periodo de un año.
2. Incorporar al Sistema de Auditoria Gubernamental SAG-UDAI, el cronograma de
Auditorias y Actividades Administrativas; así como, la información textual respectiva de
conformidad con los lineamientos de la Contraloría General de Cuenta.
3. Elaborar el Nombramiento de Auditoria para Auditores y Supervisor de Auditorias con
visto bueno del Director o Subdirector de la Dirección de Auditoría Interna.
4. Notificar mediante nombramiento a las Auditores y Supervisor que realizaran Auditorias
de conformidad con el Plan Anual de Auditoría.
5. Analizar y aprobar en el Sistema SAG-UDAI de conformidad con los lineamientos de
Contraloría General de cuentas, los documentos siguientes: Cedulas de auditoría,
Memorando de Planificación, programa de Auditoría y Cuestionarios de Control Interno.
6. Supervisar el avance y cumplimiento de las Auditorías, de conformidad con los
Nombramientos emitidos, para su registro y control.
7. Analizar, aprobar y presentar al Subdirector y Director, las notas de Auditoría, oficios e
Informes de las Auditorías efectuadas.
8. Aprobar en el Sistema SAG-UDAI, los resultados y solicitar al Subdirector y Director, la
autorización del informe de Auditoría.
9. Elaborar el informe Gerencial que se presentara al Despacho de la Dirección, respecto a
los resultados establecidos en las auditorías realizadas, las recomendaciones derivadas
de los mismos y su implementación, así como, el seguimiento de las recomendaciones de
auditorías anteriores.
10. Revisar la documentación de respaldo que se trasladara a la Subdirección de Auditoría
Interna, que servirá de base para presentar la denuncia ante las autoridades
competentes, respecto a situaciones que podrían tipificarse como posibles delitos o
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faltas que afecten los intereses del Estado, como resultado de las auditorías realizadas.
11. Coordinar la realización de Actividades Administrativas de conformidad con el Plan
Anual de Auditoría.
12. Coordinar, dirigir y supervisar las actividades técnicas y administrativas que desarrolla el
personal a su cargo.
13. Recibir y tramitar las peticiones de permisos, vacaciones y otros asuntos planteados por
el personal subalterno.
14. Proponer, cuando corresponda, la capacitación del personal a su cargo, para el buen desempeño de sus labores.
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