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GOBERNACIÓN DEL PUTUMAYO
INSTITUTO DEPARTAMENTAL DEPORTES, RECREACIÓN Y EDUCACIÓN FÍSICA DEL
PUTUMAYO
FORMATO RENOVACION CLUB DEPORTIVO
FORMATO “CONSTITUCION CLUB DEPORTIVO”
2008
INDEPORTES
FORMATO CONSTITUCION CLUB DEPORTIVO”
2008
ACTA No. 001
REUNION DE ASAMBLEA ORDINARIA
CONSTITUCIÒN DEL CLUB DEPORTIVO _____________________
En la ciudad de __________ siendo las _________. del día ________del año _______, en
la casa de habitación de __________________previa convocatoria y con el fin de
constituir el organismo deportivo, se reunieron las siguientes personas, como fundadores
del club:
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
_____________________________ C.C. No. _____________de ______________
Los asistentes a la reunión acordaron elegir dos personas para moderar y dirigir la
Asamblea. Por unanimidad fueron elegidos como Presidente y Secretario ad - hoc los
señores _________________________ y _________________ respectivamente.
Acto seguido el presidente ad - hoc sometió a votación a la Asamblea el siguiente orden del
día, que fue aprobado:
1. Llamado a lista y verificación del quórum.
2. Constitución del organismo deportivo.
3. Adopción del nombre, objeto y domicilio del club.
4. Proposiciones y varios.
A continuación se procedió a desarrollar el orden del día:
1. El secretario ad - hoc procede a confirmar la asistencia, comprobando la presencia de las
personas relacionadas inicialmente quienes constituyen quórum para sesionar y decidir.
2. El presidente toma la palabra para dar ejecución al siguiente punto del orden del día y
manifiesta que el objeto de la reunión es crear un organismo deportivo, sin ánimo de
lucro, que cumpla funciones de interés público y social, cuyo objeto sea el fomentar y
patrocinar la práctica del deporte de FUTBOL Y FUTBOL DE SALON , la recreación y
el aprovechamiento del tiempo libre.
3. A continuación el Presidente pidió proponer el nombre para el club, se propusieron
varios nombres, la Asamblea aprobó el siguiente: CLUB DEPORTIVO ESCAM Como
sede y domicilio del Club fue aprobado el municipio de ________________________.
4. Proposiciones y varios.
Habiéndose agotado el orden del día el Presidente ad - hoc, levantó la sesión y citó para el
día _________ de __________ del año _____________, a los miembros de la Asamblea,
con el fin de aprobar el reglamento del club y hacer las respectivas elecciones.
_________________________ ______________________PRESIDENTE AD - HOC. SECRETARIA AD - HOCC.C. No _______________ C.C. No._______________
ACTA No. 002
APROBACION DE REGLAMENTO Y ELECCION DE DIGNATARIOS
DEL CLUB
En la __________________, siendo las ___________. del día ____ de _______ del año
_________, previa convocatoria efectuada el día _______ de _______ del ______, se
reúne la Asamblea para continuar el trámite de su constitución legal del Club Deportivo.
Los asistentes consideraron que las personas que desempeñaron los cargos de Presidente y
Secretario ad - hoc en la pasada Asamblea sean designadas nuevamente para moderar ésta
reunión.
Acto seguido el Presidente sometió a consideración de la Asamblea el siguiente orden del
día :
1. Llamado a lista y verificación del quórum.
2. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea de constitución.
3. Aprobación del reglamento del Club
4. Elección del Responsable o Representante del club.
5. Elección de dos miembros del Tribunal deportivo.
6. Elección de órgano de Control.
Al orden del día se le dio el siguiente desarrollo:
1. El secretario procedió a confirmar la asistencia de los siguientes fundadores:
_________________________ C. C. No. _____________ de ______________
_________________________ C. C. No. _____________ de ______________
_________________________ C. C. No. _____________ de ______________
_________________________ C. C. No. _____________ de ______________
_________________________ C. C. No. _____________ de ______________
Comprobando el quórum reglamentario para sesionar, el Presidente instaló la Asamblea.
2. El secretario dio lectura al Acta de constitución efectuada el día _______ de _________
del año ________________________, siendo aprobada por unanimidad.
3. En cuanto aprobación del reglamento que regirá el destino del club. El Presidente
informó que en la Asamblea pasada fue repartido un proyecto que se ajusta a los
lineamientos propuestos para el funcionamiento del club y los somete a consideración de
la Asamblea. El secretario da lectura al artículo por artículo, luego de lo cual la
Asamblea le impartió su aprobación por unanimidad.
4. Procediendo conforme al reglamento y a lo dispuesto en la legislación deportiva vigente,
se realiza la siguiente votación para elegir a los responsables del club.
Se postularon los siguientes Señores, obteniendo el número de votos que se relacionan:
Señor _____________________________________ con _______________votos
Señor _____________________________________ con _______________votos
Señor _____________________________________ con _______________votos
Señor _____________________________________ con _______________votos
Señor _____________________________________ con _______________votos
En ésta forma se declara elegido el órgano de administración del Club, a los Señores arriba
citados, para un período de cuatro (4) años comprendido entre el día _______ del mes de
_________ del año ________ y el día ______ del mes de _____ del año _________, por
haber obtenido la mayoría de los votos.
Se deja constancia de que las personas elegidas obtuvieron el voto favorable de por lo
menos la mitad mas uno de los fundadores del club presentes en la Asamblea.
5. Como miembros del Tribunal Deportivo en representación de la Asamblea, fueron
elegidos los Señores: ___________________ y __________________, para un período
igual al del órgano de administración.
6. Para los cargos de Fiscal Principal y Fiscal Suplente son designados las siguientes
personas:
Fiscal Principal a ________________________________ con ____ Votos
Fiscal Suplente a ________________________________ con ____ Votos
Habiéndose agotado el orden del día el Señor Presidente ad - hoc, levantó la sesión.
______________________________ _________________________PRESIDENTE AD - HOC. SECRETARIA AD - HOCC.C. No. ________________ C.C. No. _________________
REUNION DEL ORGANO DE ADMINISTRACIONACTA DE DESIGNACION DE CARGOS
Siendo las __________ del día ________ del mes de __________del año
_______________________, en la Sede de la casa de ________________ se reunió el
órgano de administración del club DEPORTIVO ________________________, con el
objeto de dar cumplimiento a los Art. 42 y 43 del reglamento, en el sentido de asignar los
cargos de Presidente, Tesorero, Secretario y de elegir el tercer miembro del Tribunal
Deportivo.
Comprobando el quórum con la asistencia de la totalidad de los integrantes del órgano de
administración, y además estando presentes los fiscales, se efectuó la asignación de cargos
quedando conformado el comité ejecutivo de la siguiente manera:
Presidente : Sr. _______________________________________
Vicepresidente : Sr. _______________________________________
Tesorero: Sra. ______________________________________
Secretaria : Sra. ______________________________________
Vocal : Sr. _______________________________________
De conformidad con el art. 45 del reglamento, el Presidente será el representante legal del club.
Acto seguido el órgano de administración elige al Señor: __________________, para integrar el tribunal deportivo del Club.
No siendo otro el objeto de la presente reunión, se da por terminada a las ______.
____________________________ _______________________________PRESIDENTE SECRETARIA C. C. No. ___________________ C.C. No.________________________
PREAMBULO
El Club DEPORTIVO____________,fundado el día _______, del mes de ______ del
______, en el Municipio de _______________, Departamento del Putumayo, es una
entidad de derecho privado sin ánimo de lucro, constituido con el fin de fomentar la
práctica del deporte de_________ y sus modalidades deportivas con deportistas aficionados
y desarrollar actividades cívicas y sociales, que se regirá por el siguiente:
REGLAMENTO
CAPITULO I
NOMBRE, DOMICILIO, JURISDICCION Y DURACION, OBJETO Y COLORES
ARTICULO 1. DEL NOMBRE: Con el nombre del “CLUB DEPORTIVO
_____________________, funcionará este organismo deportivo, que en adelante, y para los
efectos de este Estatuto, se denominará el CLUB.
ARTICULO 2. DEL DOMICILIO Y JURISDICCION: La sede administrativa y
domicilio legal del Club estará ubicada en el Municipio de _______________,
Departamento del Putumayo, territorio dentro del cual ejercerá jurisdicción.
ARTICULO 3. El Club es un organismo deportivo sin ánimo de lucro, dotado de reconocimiento deportivo por el Ente Deportivo Municipal de ______________, que cumple funciones de interés público y social.
ARTICULO 4. DURACION: El término de duración del Club es indefinido.
ARTICULO 5. DEL OBJETO: El objeto del Club es fomentar, reglamentar y patrocinar
la práctica del deporte de Fútbol y /o modalidades, la recreación y el aprovechamiento del
tiempo libre en el Municipio, e impulsar programas de interés público y social.
ARTICULO 6. Los colores oficiales de Club serán: Azul, Blanco y Verde.
CAPITULO II
DE LAS ACTIVIDADES GENERALES
ARTICULO 7. El cumplimiento del objeto par el cual fue creado, el Club desarrollará
entre otras, las siguientes actividades:
A. Cumplir las normas del presente reglamento, además de sus reformas efectuadas.
B. Obtener y mantener el reconocimiento deportivo vigente y la personería jurídica si fuere
necesario.
C. Obtener y mantener la afiliación al organismo Departamental correspondiente.
D. Velar porque la práctica del deporte se desarrolle de manera que no perjudique la salud
de los deportistas, disciplina y decoro.
E. Todas las demás que estén permitidas por las normas legales, estatutarias y
reglamentarias.
F.
ARTICULO 8. DE LA INTEGRACION: El club estará integrado por afiliados
mayoritariamente deportistas en un número mínimo de 15 deportistas, en el caso de
deportes de conjunto se deberá tener en cuenta lo reglamentado por la Federación
correspondiente.
Los afiliados podrán ser a). Contribuyentes; b) Competidores; y c) Honorarios.
ARTICULO 9. DE LOS AFILIADOS CONTRIBUYENTES: Son socios
contribuyentes las personas que sin ser competidores o siéndolo desean coadyuvar al
sostenimiento financiero del Club y participar en sus actividades generales; estos socios por
disposición de la Asamblea General, tendrán derecho a voz y voto.
ARTICULO 10. DE LOS AFILIADOS COMPETIDORES O DEPORTISTAS: Son
afiliados competidores y deportistas las personas que cumpliendo los requisitos exigidos,
son aptos para practicar el deporte en el nivel competitivo y desean representar al Club en
competiciones oficiales; los cuales por disposición de la Asamblea tendrán derecho
únicamente a voz y voto.
ARTICULO 11. DE LOS AFILIADOS HONORARIOS: La calidad de afiliado
honorario es una distinción que el Club otorga a las personas que en alguna forma le han
prestado importantes servicios, sean al Club o al deporte en general; los cuales por
disposición de la Asamblea tendrán derecho únicamente a voz.
ARITUCO 12. DE LA ADMISION DE NUEVOS AFILIADOS: Para que el órgano de
Administración considere la solicitud de admisión de un nuevo
afiliado, se requiere:
A.) Petición escrita donde conste: 1o. Nombres y apellidos completos del solicitante;
2o Clase y número de documento de identificación; 3o Dirección de su domicilio; 4o. Día,
mes, año y lugar de nacimiento.
B.) Certificado médico sobre salud en general y aptitud físico deportiva.
C.) Autorización de transferencia expedida por el Club de origen, si el peticionario
tuviere registro deportivo anterior.
D.) Declaración firmada en la que conste que el interesado conoce el Reglamento del
Club que regula las actividades, deberes y derechos de los socios y la aceptación de
participar en actividades deportivas organizadas.
E.) Manifestación expresa de sometimientos a las normas dela Ley 181 y el Decreto
Ley 1228 de 1995 y a las obligaciones económicas para con el Club.
ARTICULO 13. El órgano de Administración dispondrá de un termino de treinta (30) días
para resolver la admisión de nuevos afiliados, previo el cumplimiento de la totalidad de los
requisitos establecidos en el reglamento.
CAPITULO III
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS
ARTICULO 14. DERECHOS: Los afiliados adquieren los siguientes derechos
A. intervenir con voz y voto en las reuniones de la Asamblea.
B. Elegir y ser elegido para cargos cuya provisión corresponde a la Asamblea
C. participar en las actividades generales del Club.
D. Solicitar la convocatoria de la Asamblea o reunirse por derecho propio.
E. Los demás consagrados en el presente reglamento, los acuerdos de la Asamblea, las
resoluciones del Órgano de Administración, como también las disposiciones legales
vigentes.
ARTICULO 15. OBLIGACIONES: Los afiliados están obligados a:
A. Cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, los acuerdos y las resoluciones.
B. Asistir a las reuniones de la Asamblea.
C. A pagar cumplidamente las cuotas que se fijen.
D. Participar en las actividades generales del Club.
PARAGRAFO. Los afiliados deportistas se obligan a:
A. Asistir puntualmente a los entrenamientos, reuniones técnicas y participar en las
competencias internas u oficiales en las cuales estén inscritos.
B. observar una conducta personal que les permita obtener el más alto nivel competitivo.
C. Cumplir lealmente las normas de competición y competir sin ayudas extradeportivas.
ARTICULO 16. DE LA SUSPENSION DE LA AFILIACION: Los afiliados podrán ser
sancionados con la suspensión de sus derechos de afiliación por las siguientes causales:
A. por incumplimiento en el pago oportuno de sus compromisos económicos para con la
Liga y por el vencimiento, suspensión o cancelación del reconocimiento deportivo, caso
en que se produce automáticamente y no requiere conocimiento del Tribunal deportivo.
B. Por no participar, sin justa causa, en estas competiciones o eventos deportivos oficiales
programados y organizados por el Club.
C. por impedir que los deportistas de su registro atiendan la convocatoria a integrar las
preselecciones y selecciones Departamentales.
D. Por no asistir, sin justa causa, a cinco (5) reuniones consecutivas de la Asamblea del
Club.
E. Por reiterada violación a las normas legales, estatutarias o reglamentarias.
ARTICULO 17. PERDIDA DE LA AFILIACION: La afiliación se pierde por las
siguientes causales:
A. Por no contar con el número mínimo de afiliados requeridos para su creación.
B. Por disolución del organismo afiliado.
C. Por no poder cumplir su objeto deportivo.
D. Por acuerdo de la Asamblea del organismo deportivo organizado comunicado a la Liga,
con la firma de su Presidente.
E. Por deliberada inasistencia en mantener vigente seis (6) meses la situación que ha
motivado la suspensión de la afiliación.
F. Cundo un deportista afiliado desea retirarse del Club, para cambiar su afiliación a otro
club deberá presentar Paz y Salvo por todo concepto para con el Club y renuncia escrita
ante el órgano de administración del mismo. (Para este se dará cumplimiento a lo
estipulado en el Decreto No. 886 del 10 de mayo de 1976).
ARTICULO 18. AUTORIDAD COMPETENTE PARA IMPONER ESTAS
SANCIONES: Salvo el incumplimiento con el pago, vencimiento, suspensión o
cancelación del reconocimiento deportivo, casos en el cual es automática, cuando un
afiliado desea retirarse del Club su solicitud es resuelta por el Órgano Administración, en
los demás el único órgano competente para conocer y resolver los casos en que debe
imponerse la sanción de suspensión o de pérdida de afiliación, es el tribunal Deportivo del
Club.
El Órgano de Administración del Club dispondrá de un término de 30 días para resolver las
peticiones de retiro.
CAPITULO IV
DE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL
ARTICULO 19. El club tendrá como mínimo la siguiente estructura funcional:
A. Un órgano de Dirección, representado por la Asamblea de afiliados
B. Un órgano de Administración, constituido por 5 miembros, uno de los cuales será el
representante legal.
C. Un órgano de Disciplina, constituido por el Tribunal Deportivo.
D. Un órgano de control, constituido por un fiscal principal y un suplente
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA
ARTICULO 20. DEFINICION Y FUNCIONES
La Asamblea de afiliados es el máximo órgano de dirección, deliberación, decisión y
tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
A. Adoptar el presente reglamento y las reformas.
B. Aprobar las Actas de sus propias reuniones.
C. Establecer las políticas que orienten la gestión de los asuntos del Club.
D. Analizar las actividades generales, financieras y administrativas del Club.
E. Aprobar o improbar los informes de cuentas y balances que debe presentarle el órgano
de administración.
F. Revisar los actos del órgano de administración.
G. Elegir, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias a la persona que han de
ejercer cargos en los Órganos de Administración y Disciplina.
H. A probar la programación de actividades y el presupuesto de gastos e inversión par el
siguiente año.
I. Fijar la cuantía y forma de pago de las cuotas de admisión y de sostenimiento ordinaria o
extraordinaria, a cargo de los afiliados.
J. Fijar la cuantía de los gastos que como ordenador podrá autorizar el Presidente del Club.
K. Aprobar los actos, contratos e inversiones no previstos en el presupuesto.
L. Decidir sobre los asuntos que sometan a su consideración el Órgano de Administración,
Control (si lo hay) o los afiliados.
M. Las que le fije la Ley y todas aquellas que reglamente no le estén asignadas a otro
órgano.
ARTICULO 21. CONSTITUCION DE LA ASAMBLEA: La Asamblea del Club se
constituye con la presencia física de la mitad mas uno, como mínimo, de la totalidad de los
afiliados, en pleno uso de sus derechos.
ARTICULO 22. PRESIDENCIA: La Asamblea será presidida por el Representante
Legal del Club, y en su defecto, por el Vicepresidente si lo hubiere. A falta de ambos, los
asistentes designarán un Presidente Ad - Hoc.
ARTIUCLO 23. SECRETARIA: La Secretaria de la Asamblea estará a cargo del
Secretario del Club. En caso de ausencia de éste, quien preside la Asamblea, designará un
Secretario Ad - Hoc.
ARTICULO 24. DE LAS ACREDITACIONES: Los afiliados se acreditan mediante su
documento de identidad.
ARTICULO 25. CLASES DE ASAMBLEA: Habrá dos (2) clases de Asamblea:
a. ordinaria
b. Extraordinaria
PARAGRAFO 1. La Asamblea Ordinaria se reunirá cada año, durante el último sábado
del mes de _____________.
PARAGRAFO 2. La Asamblea Extraordinaria podrá reunirse en cualquier época, con el
fin de resolver asuntos específicos.
ARTICULO 26. DE LAS CONVOCATORIAS: El responsable o representante legal del
Club convocará a Reunión Ordinaria de la Asamblea, mediante resolución que se
comunicará a todos los afiliados y al Ente Deportivo Municipal correspondiente, por
escrito, con 20, días hábiles de antelación a la fecha fijada para la reunión. La resolución
indicará la fecha, hora, lugar y orden del día de la reunión, tendrá la relación de los
afiliados y la fecha de gracia para que se pongan a paz y salvo, los que no cumplan este
requisito.
PARAGRAFO.- A la convocatoria se anexarán los informes de labores, de cuenta y
balances, copia del acta de la última reunión de Asamblea, los proyectos de los programas
de actividades, de presupuestos de ingresos y gastos del siguiente ejercicio y toda la
información sobre los asuntos que se deben tratar por la Asamblea. Se incluirá la relación
de los afiliados que no pueden participar con voto en dicha Asamblea y la causa de ésta.
ARTICULO 27. ORDEN DEL DIA PARA LA ASAMBLEA ORDINARIA: El orden
del día para la Asamblea Ordinaria constará de los siguientes puntos:
1. Llamado a lista, recepción y revisión de credenciales.
2. Verificación del quórum e instalación
3. Lectura y aprobación del Acta de la Asamblea anterior.
4. Análisis y aclaraciones a los informes de labores y de cuentas y balances, presentados
por el Órgano de Administración.
5. Análisis del informe del fiscal y aprobación o importación del estado de cuentas y
balance.
6. Estudio y adopción de programas y presupuestos.
7. presentación, discusión y votación de proposiciones y varios.
8. Elección del responsable o Representante Legal, Control y de dos (2) miembros del
Órgano de Disciplina.
PARAGRAFO.- El Punto 8o. se incluirá únicamente cuando corresponda.
ARTICULO 28. DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA: La Asamblea del Club se
reunirá extraordinariamente para tratar y resolver sobre asuntos urgentes y específicos.
Podrá ser convocada por :
A. Decisión del responsable o representante Legal del club.
B. Petición del Fiscal
C. Petición escrita, debidamente sustentada, de cuando menos una tercera parte de los
socios en pleno uso de sus derechos.
D. Por el Ente Deportivo Municipal.
ARTICULO 29. OBLIGATORIEDAD Y TERMINOS PARA RESOLVER
PETICIONES DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA.: El representante legal del Club,
dispondrá de 10 días hábiles para aceptar o negar la petición de convocatoria a Reunión
Extraordinaria de Asamblea formulada por el Fiscal o los afiliados. Solo podrá negarla
cuando los temas propuestos sean contrarios a las normas legales, reglamentarias o al
objeto del Club.
En todos los casos, la reunión extraordinaria se convocará como lo establece el articulo 26
de este estatuto, teniendo en cuenta las variaciones requeridas en el orden del día, pero la
antelación conque debe comunicarse es de solo cinco ( 5 ) días hábiles.
ARTICULO 30. REUNION POR DERECHO PROPIO: Cuando sin justa causa el
Responsable o representante del club niegue la petición de convocatoria a reunión
extraordinaria, o cuando se trate de la ordinaria, no la convoque o la haga fuera de la época
y con la antelación señalada, el Fiscal o los afiliados la convocarán dando cumplimiento a
los requisitos que este reglamento establece. La reunión se hará en el local donde funcione
la Sede del Club salvo decisión diferente, a partir de las 19 horas.
ARTICULO 31. QUORUM: La Asamblea del Club, reunida ordinaria o
extraordinariamente, podrá instalarse, deliberar y decidir válidamente, cuando estén
presentes la mitad mas uno, como mínimo de los afiliados en pleno uso de sus derechos.
ARTICULO 32. TIEMPO DE ESPERA: A la hora fijada para iniciar la reunión, se
llamará a lista y se verificar la existencia del quórum, luego de lo cual se continuará el
desarrollo del orden del día.
Si se comprueba la inasistencia del quórum, se dispondrá un aplazamiento hasta de dos (2)
horas, contadas a partir de la fijada en la convocatoria.
Si vencido el aplazamiento no se completa el quórum, la reunión quedará automáticamente
convocada para el día siguiente, a la misma hora inicial, circunstancia en la cual la
Asamblea podrá instalarse, deliberar y decidir con la presencia de una cuarta (¼) parte de
los afiliados en uso de sus derechos.
ARTICULO 33. NUEVOS ASISTENTES: Si una vez instalada y en desarrollo de la
reunión, se presentan nuevos afiliados con derecho a participar, el hecho se hará constar en
el acta y se informará a la Asamblea para que se tenga presente en el número de votos
emitibles, siempre que tenga derecho a éste.
ARTICULO 34. DE LOS VOTOS: En las reuniones de Asamblea cada afiliado que este
en uso de sus derechos, tendrá derecho a voz y a un voto.
ARTICULO 35. DE LA ADOPCION Y DENOMINACION DE LAS DECISIONES:
Las decisiones de la Asamblea se adoptarán con el voto afirmativo de la mitad mas uno,
como mínimo, de los votos emitibles en la reunión y se denominará “ACUERDOS”.
ARTICULO 36. VOTACIONES: Las votaciones podrán ser secretas o públicas, según lo
determine la propia Asamblea cuando sean secretas, la Secretaria llamará a uno por uno de
los socios con derecho a voto par que depositen su papeleta en la urna dispuesta al efecto.
La presidencia designará una comisión que se encargue de escrutar los votos y anunciar los
resultados.
ARTICULO 37. LIMITACIONES DE LA ASAMBLEA: En las reuniones, ordinarias o
extraordinarias, de la Asamblea no se podrán tratar asuntos diferentes a lo establecidos en
el orden del día, pero si se trata de la ordinaria y en la convocatoria se ha omitido uno o
mas de los puntos contemplados en el artículo 27 del presente Reglamento, es de
obligatorio cumplimiento el mandato reglamentario.
PARAGRAFO.- La Asamblea carece de atribuciones para imponer, disminuir, suspender
o levantar sanciones o acordar amnistías.
ARTICULO 38. ACTOS INCONVENIENTES: El Presidente de la Asamblea es el
responsable de que este órgano del Club cumpla las disposiciones legales y reglamentarias.
Por lo tanto no dará curso a proposiciones o proyectos de acuerdo que contravengan esas
normas o que lesionen los intereses del club o del deporte en general, pero explicará las
razones de la negativa.
El Presidente, como moderador de los debates, evitará que los debates se desvíen del tema
que trata, degeneren al terreno de intereses particulares o personas y el uso de expresiones
descomedidas.
ARTICULO 39. CONTINUIDAD DE LA REUNION: La asistencia de las reuniones de
la Asamblea es un derecho y una obligación de los afiliados, como se establecen en los
artículos 14 y 15 de este Estatuto. Permanecerán en el recinto donde se realiza la reunión
desde la hora de iniciación hasta que se agote el orden del día, salvo durante los recesos que
se ordenen.
Instalada la Asamblea, ésta se puede realizar en una o mas sesiones, en el mismo o en
diferentes días, sin que se rompa la unidad de la reunión. De igual manera, cada uno de los
puntos del orden del día es indivisible, y si por alguna circunstancia se interrumpe el
debate, al reanudarse las deliberaciones se decidirá si se continúan a partir de donde se
interrumpió o desde su iniciación.
ARTICULO 40. Si se instala una reunión de Asamblea, ordinaria o extraordinaria, los
debates se prolongan hasta las 12:00 de la noche del día fijado, las deliberaciones podrán
seguir sin solución de continuidad, o podrá declararse un receso.
ARTICULO 41. Si en desarrollo de una reunión ordinaria o extraordinaria de la
Asamblea, el quórum se desintegra, el Presidente la declarará en receso y citará para
reanudarla en nueva oportunidad.
CAPITULO VI
ORGANO DE ADMINISTRACION
ARTICULO 42. CARGOS Y JERARQUIA: El órgano de administración: constará de
los siguientes cargos y orden jerárquico:
1. Un Presidente, quien será el representante legal del Club.
2. Un Vicepresidente
3. Un Tesorero
4. Un Secretario
5. Un vocal
ARTICULO 43. PERIODO: El periodo del órgano de administración es de cuatro (4)
años, contados a partir del día ________ del mes de __________ del año ________.
ARTICULO 44. INSTALACION, ELECCION DE CARGOS: Las personas elegidas
para ejercer el cargo de Miembros del órgano de administración se reunirán y entre si
elegirán a quienes deban ejercer los diferentes cargos.
ARTICULO 45. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad conjunta o individual de los
miembros del órgano de administración no cesa ni disminuye cundo tenga necesidad de
delegar alguna de sus funciones.
DE LAS FUNCIONES DE LOS CARGOS
ARTICULO 46 DEL PRESIDENTE: El Presidente es el responsable o representante
legal del Club. En el ejercicio de su cargo tendrá, entre otras, las siguientes funciones
generales:
A. Presidir las reuniones de la Asamblea.
B. Convocar y presidir las sesiones del órgano de administración.
C. Presentar a la Asamblea los informes, anualmente o cuando ésta los solicite.
D. Suscribir los actos y contratos que comprometan al Club y los que señale este Estatuto,
los reglamentos, la Asamblea o el órgano de administración los acuerdos, resoluciones,
actas y demás documentos.
E. Ordenar los gastos y firmar, conjuntamente con el Tesorero, los giros sobre los fondos
del Club.
F. Representar al Club, por si o por delegación, en los actos públicos y privados.
G. Las demás que correspondan a la naturaleza del cargo.
PARAGRAFO.- El Presidente no se someterá a la consideración de la Asamblea o del
órgano de administración, los asuntos contrarios a las disposiciones legales y
reglamentarias.
ARTICULO 47 VICEPRESIDENTE: El Vicepresidente ejercerá las funciones generales
de miembro del órgano de administración y reemplazará al Presidente en sus ausencias
temporales o definitivas.
ARTICULO 48. DEL TESORERO: El Tesorero es responsable directo del manejo de
los bienes y fondos del Club y tendrá las siguientes funciones generales:
A. Recaudar la totalidad de los ingresos del Club, cualquiera que sea su origen y expedir los
comprobantes respectivos.
B. Velar porque los socios, o terceros, paguen cumplidamente sus compromisos
económicos para con el Club.
C. Informar al órgano de administración, con la periodicidad reglamentaria o cuando se les
solicite, sobre el estado financiero del Club.
D. Elaborar y suscribir los informes de cuentas y balances que el órgano de administración
debe presentar a la Asamblea con el visto bueno del Fiscal.
E. Llevar permanentemente actualizado los libros de contabilidad e inventarios.
F. Preparar, conjuntamente con los demás miembros del órgano de administración, el
proyecto de presupuestos de ingresos y gastos que debe presentarse a la Asamblea.
G. Girar, conjuntamente con el Presidente, sobre los fondos del Club.
H. Presentar las finanzas y seguros exigidos para el ejercicio de su posición, con cargo a los
fondos del Club.
I. Las demás que de acuerdo con la naturaleza de su cargo, le asignen la Asamblea, el
órgano de administración o el Presidente.
ARTICULO 49. DEL SECRETARIO: El Secretario, como el Tesorero, ejercerá las
funciones generales de Miembro del órgano de administración y ser responsable de las
siguientes:
A. El manejo de la correspondencia y conservación de los archivos.
B. Llevar las actas de las reuniones de Asamblea y del órgano de administración.
C. Llevar el registro de afiliados, para lo cual deberá expedir los carnets correspondientes y
la memoria de actividades.
D. Velar por el oportuno cumplimiento de las labores de los empleados del Club, si los
hubiere.
E. Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en cada caso,
los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general, divulgar las
actividades generales del Club.
F. Diligenciar los asuntos de carácter oficioso.
G. Todas las demás que correspondan a la naturaleza del cargo y las que le asignen la
Asamblea, el órgano de administración o el Presidente.
ARTICULO 50 VOCAL: El Vocal ejercerá las funciones generales de miembro del
órgano de administración y las especiales que le asigne la Asamblea o el órgano de
administración.
ARTICULO 51. DE LAS REUNIONES DEL ORGANO DE ADMINISTRACION: El
órgano de administración se reunirá ordinariamente una vez al mes, en el local donde
funcione la sede administrativa del Club o en el lugar donde se acuerde y
extraordinariamente cuando lo convoquen el Presidente o el Fiscal.
ARTICULO 52. DEL QUORUM: El órgano de administración podrá deliberar y decidir
validamente cuando estén presentes por lo menos tres (3) de sus miembros.
PARAGRAFO 1. Los actos proferidos por el órgano de administración, se denominaran
“RESOLUCIONES”.
PARAGRAFO 2. Cuando las circunstancias lo justifiquen, el órgano de administración
podrá reorganizarse internamente, mediante la redistribución de los cargos sin importar su
naturaleza.
PARAGRAFO 3. Cuando la vacancia de un cargo del órgano de administración obedezca
a inasistencia injustificada o a deliberado y persistente descuido en cumplimiento de las
funciones, la conducta del inculpado será puesta en conocimiento del Tribunal Deportivo.
PARAGRAFO 4. Cuando un Miembro del órgano de administración renuncie o sin justa
causa, deje de asistir a 5 reuniones consecutivas o 7 no consecutivas, los demás miembros
designaran su reemplazo, quien terminará el período.
En caso de que el órgano de administración quede con menos de tres (3) miembros, el
Presidente, Fiscal o en su defecto el Ente deportivo municipal, convocará a Asamblea para
que elija los reemplazos.
ARTICULO 53. Al reglamentar su propio funcionamiento, el órgano de administración
indicará el día de la semana o mes y la hora de iniciación de sus reuniones ordinarias.
DEL ORGANO DE CONTROL
ARTICULO 54. CALIDAD Y ORIGEN
El Fiscal es el representante permanente de la Asamblea ante el órgano de Administración.
es elegido por la Asamblea en la misma reunión en que se elige a los miembros del Órgano
de Administración, junto con su suplente.
ARTICULO 55. PERIODO
El fiscal Principal y Suplente, son elegidos para ejercer sus funciones por un período de
cuatro (4) años, cuya fecha de iniciación es la misma señalada para el órgano de
administración.
ARTIUCLO 56 DE LA ELECCION.
Para la elección del Fiscal y su suplente, se procederá como se dispone en los estatutos 27,
28 y 29 de este reglamento para la de miembros del órgano de administración.
ARTICULO 57 IMPEDIMENTOS ADICIONALES
Para los miembros del órgano de administración, no podrán ser postulados, elegidos ni
ejercer la función de Fiscal, los parientes de los miembros del citado órgano dentro del
cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
ARTICULO 58 FUNCIONES: En el ejercicio de su cargo, el fiscal cumplirá, entre otras,
las siguientes funciones generales:
A. Velar porque los afiliados de cualquier denominación, individualmente, reunidos en
Asamblea, los afiliados, los miembros del Órgano de Administración y del Tribunal
Deportivo, Comisiones y empleados, si los hay, se ajusten en todos sus actos a las
normas legales, reglamentarias y disciplinarias.
B. Velar por que la contabilidad, actas, tesorería, correspondencia, ejecución presupuestal
estén permanentemente actualizadas.
C. Visar con su firma y con anterioridad a su cumplimiento, las órdenes de pago sobre los
fondos del Club.
D. Respaldar con su firma, cuando los encuentre correctos, los estados de cuentas y
balances.
E. Asistir a las reuniones de la Asamblea y del Órgano de Administración y asesorarlos.
F. Informar a la asamblea sobre la gestión administrativa.
G. Solicitar al Órgano de Administración la convocatoria de la Asamblea, o convocar si su
petición no es atendida sin justa causa, cuando por la ocurrencia de irregularidades se
requiera este procedimiento, o en el caso de vacancia de tres (3) o más de los miembros
del órgano de administración, para que se elijan los reemplazos.
H. Constituirse en parte dentro del proceso disciplinario.
CAPITULO VII
DE LA DISCIPLINA DEPORTIVA
ARTICULO 59. El Club, a través de la Asamblea, el responsable o representante legal del
club, Tribunal Deportivo, afiliados y demás personas vinculadas a su organización, velará
por su cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y de competición, por el respeto
a los Símbolos Patrios y Deportivos; por la practica del deporte libre de ayudas o estímulos
antideportivos o perjudícales para la salud y de compromisos con el adversario para
facilitar la victoria o la derrota.
ARTICULO 60. El órgano del Club encargado de juzgar y sancionar las conductas que a
tente o violen una o mas de la normas a que se refiere el artículo anterior y las estipuladas
en el respectivo Código Disciplinario expedido por la Federación correspondiente, es el
Tribunal Deportivo.
ARTICULO 61. El órgano de disciplina de la liga es el Tribunal Deportivo conformado
por tres (3) miembros, dos (2) elegidos por la Asamblea, en la misma reunión en que se
eligen a los miembros del Órgano de Administración y (1) un miembro nombrado por el
responsable o representante legal de club, para un periodo de cuatro (4) años contados a
partir del día ________ del mes de _________ de ____.
Deberán nombrar un secretario y su competencia es la consagrada en la Ley 49 de 1993.
ARTICULO 62. Los miembros del Tribunal Deportivo y las autoridades disciplinarias no
podrán tener ninguna vinculación con el Club ni con los organismos deportivos que le den
afiliación y personas de reconocida solvencia moral.
ARTICULO 63. DISPOSICIONES DEL CODIGO DISCIPLINARIO: El Club
acogerá el Código Disciplinario expedido por la Federación del correspondiente deporte.
ARTICULO 64. DE LAS SANCIONES: Las conductas que dan lugar a ellas, los tipos
de sanciones y en general el procedimiento para imponerlas, la competencia, etc., estarán
consagradas en el respectivo Código Disciplinario.
ARTICULO 65. Las determinaciones del Tribunal Deportivo se denominarán “FALLOS”.
ARTICULO 66. AUTORIDADES DISCIPLINARIAS: Las autoridades disciplinarias
de que trata la Ley 49 de 1993, son Tribunales creados para competiciones o eventos
específicos y tendrán como finalidad garantizar la inmediata aplicación de las sanciones a
que hubiere lugar por las faltas deportivas cometidas en el evento, torneo, etc., con base en
el respectivo reglamento de éste y serán designados por la entidad responsable.
PARAGRAFO.- Estas autoridades tienen competencia sancionadora únicamente para el
evento.
CAPITULO VIII
DEL REGIMEN ECONOMICO
ARTICULO 67. DEL PATRIMONIO: El patrimonio del Club está constituido por lo
bienes muebles o inmuebles, tangible e intangibles, valores, títulos, archivo, elementos de
trabajo, implementos, condecoraciones, trofeos, medallas, distinciones, gallardetes y
recordatorios, de todo lo cual se tendrá un inventario detallado en su número y valores e
identificación.
PARAGRAFO.- El inventario comprenderá todos los bienes de propiedad del Club, los
que perteneciendo a terceros le sean confiados a su administración o custodia.
ARITUCULO 68. DE LOS FONDOS: Los fondos del Club provienen de:
A. El valor de la cuota de admisión que debe cancelar todo aspirante ha afiliado en el
momento de presentar su petición, en la cuantía vigente establecida por la Asamblea; se
paga un sola vez y su valor se devuelve íntegramente en el caso de ser negada la
petición.
B. El valor de las cuotas ordinarias y extraordinarias de sostenimiento a cargo de los socios,
aprobadas por la Asamblea en su cuantía y forma de pago.
C. El valor de los auxilios, subvenciones o donaciones provenientes de personas naturales o
jurídicas, públicas o privadas.
D. Los excedentes provenientes de festivales, fiestas, excursiones, bazares, concursos,
competiciones y en general el producto de todo evento que se organice en beneficio del
Club.
E. El producto de contratos o convenios celebrados con terceros, acordes con el objeto del
Club.
F. Los excedentes de la administración de sus propios bienes.
G. En general, todos los ingresos que por su naturaleza le sea licito percibir.
ARTICULO 69. DEL MANEJO DE LOS FONDOS: La guarda, conservación,
incremento y administración del patrimonio y fondos del Club estará bajo exclusiva
responsabilidad del órgano de administración y para garantizarla se prestaran las fianzas y
se tomarán los seguros y las garantías que cubran los posibles riesgos.
ARTICULO 70. INDIVISIBILIDAD DE LOS BIENES: El patrimonio del Club es
indivisible y a ninguno de los afiliados le asiste derecho particular, parcial o total sobre él.
Los fondos se destinaran exclusivamente a atender el normal funcionamiento y actividades
sociales y deportivas.
Las utilidades que se obtengan de las actividades y servicios se destinaran al incremento del
acervo patrimonial del Club y de ninguna manera habrá lugar al reparto de dividendos,
beneficios personales o ser motivo de lucro para los afiliados.
ARTICULO 71. COMPROBANTES DE INGRESO: De todo ingreso que perciba el
Club, el Tesorero, si lo hubiere, o el responsable o representante legal del Club, expedirá el
recibo correspondiente a nombre de quien hace el pago, con claras indicaciones del valor y
la causa. Los recibos estarán prenumerados en original y copia. El original se entregará al
interesado y la copia se conservará para control y archivo del Club.
ARTICULO 72. DE LOS EGRESOS: Todo pago que deba hacer el Club será ordenado
por el Presidente mediante escrito motivado.
ARTICULO 73. CUIDADO DE LOS FONDOS: Los fondos del Club se manejaran en
su totalidad a través de Instituciones financieras que funcionen en el Municipio donde el
Club tiene su sede administrativa, mediante cuentas abiertas a su nombre. Los giros se
firmarán conjuntamente por el Presidente y el Tesorero si lo hubiere.
CAPITULO IX
DE LA COMPETICIONES
ARTICULO 74. PROGRAMACION INTERNA: En cumplimiento de su objeto, el
Club organizará programas deportivos internos, en los cuales participen los deportistas
afiliados, de carácter recreativo o competitivo, con el fin de proporcionarles sano
esparcimiento y ocupación del tiempo libre, mejoramiento de la salud y preparación
técnica.
Cuando el Club decida participar en competiciones o eventos deportivos oficiales del
deporte asociado, preparará y seleccionará a los deportista que habrán de representarlo;
podrá afiliarse a la liga de su deporte o modalidad o a la Asociaciones Deportivas
Departamental correspondiente.
CAPITULO X
DEL REGLAMENTO
ARTICULO 75. DEFICINICION DE REGLAMENTO: Se entiende por reglamento, el
conjunto de normas básicas que una vez aprobadas por la Asamblea tiene fuerza de ley para
los afiliados, órganos, la totalidad de los miembros y personas vinculadas al Club.
ARTICULO 76. DE LAS REFORMAS: Las reformas al reglamento, únicamente podrá
realizarse en Asamblea extraordinaria convocada para tal fin, a la cual se anexará el
proyecto o proyectos.
Cuando las reformas obedezcan a disposiciones de carácter legal, el órgano de
administración queda expresamente facultado para incluirlas en el texto correspondiente,
citando las normas legales respectivas.
CAPITULO XI
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION
ARTICULO 77. DE LA DISOLUCION: El Club podrá ser disuelto por las siguientes
causales:
A. Por decisión de la asamblea, acordado mediante el voto afirmativo de 2/3 del total de los
votos emitibles por los afiliados.
B. Por imposibilidad de cumplir su objeto.
C. Por no contar con el mínimo de afiliados para seguir funcionando.
D. Por cancelación de la Personería Jurídica.
ARTICULO 78. DE LA LIQUIDACION: Cuando la disolución obedezca a decisión de
la asamblea o ese órgano pueda ser reunido par oficializarla, dicho cuerpo nombrará un
liquidador. En caso contrario, el liquidador será designado por el ente Deportivo Municipal.
La liquidación se hará conforme a los procedimientos legales. Los activos que resulten de
su liquidación y los archivos pasarán a una entidad que cumpla idénticos fines, la cual será
designado por la asamblea.
Dada en la ciudad de ___________ a los ____________ días ( ) del mes de _______ Del año __________.
________________________________ ___________________________PRESIDENTE. SECRETARIA C. C. No. _______________________ C.C. No. ___________________Ciudad y fecha
Señores
INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTEciudad
Apreciado Señores :
Adjunto al presente me permito remitir la documentación del CLUB DE DEPORTIVO
_____________________________, con el objeto de que se nos otorgue el reconocimiento
deportivo conforme a lo dispuesto en las normas Deportivas vigentes.
Atentamente,
_________________________________ ___________________________PRESIDENTE SECRETARIAC.C. No. _________________________ C.C. No. ___________________
CLUB DEPORTIVO _____________________________
RELACION DE SOCIOS DEPORTISTAS
NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA No. EXPEDIDA EN FIRMA
CLUB DEPORTIVO_____________________
Ciudad y Fecha ____________________________
SeñoresInstituto Municipal del Deportes de _________________________Ciudad
Cordial saludo:
Adjunto al presente me permito presentar ante ustedes la documentación del Club Deportivo ________________________________________, con sede en el municipio de :_______________, con el objeto de que se nos otorgue el reconocimiento deportivo.
Atentamente,
____________________________________Presidente
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