camara en lo criminal y correccional de...
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EXPEDIENTE: 948056 - - GOMEZ, CLAUDIO MARCELO - NAVARRO, CARLOS - OLMOS, PABLO -
PEROTTI, PABLO DANIEL - SCIENZA, VICTOR ENRIQUE - SEVESO, HUGO ALBERTO - VALLE, OMAR ALFREDO -
VALLE, RICARDO ALBERTO - CAUSA CON IMPUTADOS
SENTENCIA NUMERO
En la Ciudad de Crdoba, a los quince das del mes de septiembre de dos mil diecisiete,
siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la lectura de los fundamentos de la
Sentencia dictada el da treinta y uno de marzo del ao en curso en la presente causa
caratulada caratulados "GOMEZ, Claudio Marcelo y otros p.ss.aa. homicidio culposo
agravado por resultado mltiple, etc. (Expte. S.A.C N 948056), se constituye en la Sala
de Audiencias de esta Excma. Cmara Primera en lo Criminal y Correccional, la Sra. Vocal
Susana B. Cordi Moreno, en ejercicio unipersonal de la Jurisdiccin de conformidad a lo
normado por el art. 34 quater del CPP., con la asistencia de la Seora Fiscal de Cmara Dra.
Mara Dolores Romero Daz; del apoderado de los querellantes particulares Jorge Ariel Lpez
y Luisa Aida Reartes, Dr. Alejandro Zevern Escribano, del apoderado de la Municipalidad de
Crdoba en su calidad de Querellante Particular, Dr. Marcelo Rodrguez Fracaro, de los
codefensores de los imputados Claudio Marcelo Gmez, Carlos Navarro y Pablo Olmos,
Dres. Alejandro Prez Moreno y Germn Matheu, de los del imputado Ricardo Alberto Vall,
Dres. Daro Vezzaro y Gustavo Barcellona, de los del acusado Hugo Alberto Seveso Dres.
Maximiliano Orlando Garca y Julio Cesar Ochoa; del defensor del imputado Vctor Enrique
Scienza, Dr. Juan Pablo Bastos y del acusado Pablo Daniel Perotti, Dr. Domingo Carlos
Cangelosi y de los acusados CLAUDIO MARCELO GOMEZ, D.N.I. N 21.391.266,
argentino de 46 aos de edad, divorciado, mdico, sin especialidad, naci en Crdoba
14/3/1970, domiciliado en Teniente Candelaria 140 B Jorge Newery, actualmente no ejerce su
CAMARA EN LO CRIMINAL Y
CORRECCIONAL DE 1NOM.
Protocolo de Sentencias
N Resolucin: 29
Ao: 2017 Tomo: 3 Folio: 802-1109
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profesin en el mbito de la Municipalidad, pero s en forma particular. En la Municipalidad
trabaj 18 aos, 16 en la parte asistencial, en el Hospital de Urgencias y en el rea de
Ginecologa en un dispensario de B Fragueiro de esta ciudad y en Direccin de Atencin
Primaria de la Salud. Tiene dos hijas menores de edad, de 13 y 14 aos, es sano, no es afecto
al consumo de alcohol ni drogas. Es hijo de Manuel Gmez (f) y de Nlida Rosa Lpez (v),
no tiene antecedentes penales, a preguntas de la fiscal dijo que trabaja en la municipalidad
pero no como mdico desde el 2014, actualmente se desempea en el Centro de Control de
Trnsito, tiene funciones mdicas. Fue subdirector de polticas administrativas en salud, y fue
el creador del programa de extensin de prevencin de accidentes, cuyas tareas las realiz
entre los aos 2007 y 2010. Para estas actividades no realiz ningn curso, slo requiri de su
experiencia. El servicio del 107 se crea en la poca de la intendencia del Dr. Mart. Tomaban
los cursos en el Hospital de Urgencias, se origin como algo muy precario, con 14 personas a
cargo del servicio. Asisti a cursos de soporte vital pre hospitalario, consisten en la asistencia
de una persona desde que sufre el accidente hasta que es trasladado al hospital. Preguntado
por el letrado apoderado del querellante particular Dr. Zeverin para que diga en que poca
fue nombrado Sub Director de desastres y Catstrofes, responde que fue en el ao 2005.
Preguntado el acusado por su letrado defensor Dr. Prez Moreno para que mencione las
carpetas psiquitricas que le fueron asignadas, el motivo y la duracin de las mismas, como
as tambin mencion la causa por la que cambi el destino laboral, responde que la causa fue
el estrs postraumtico crnico. Dur 1 ao. La segunda fue por el mismo motivo por lo cual
decidi no continuar trabajando en salud. El estrs post traumtico tuvo su origen en lo
sucedido en esta causa. Las carpetas psiquitricas cree que fueron, la primera en 2008 y la
segunda en 2014. Todo lo ocurrido trajo como consecuencia el divorcio de su pareja y estar
en terapia en forma continua y discontinua, el estrs post traumtico crnico fue el
diagnostico Prontuario N 726.281, Seccin A.G. A continuacin se identifica a CARLOS
ALBERTO NAVARRO, D.N.I. N23.194082, ser argentino, de 44 aos de edad,
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divorciado, naci en la ciudad de Crdoba el 29/12/1972, Almirante Brown n420 Alberdi,
tiene dos hijos de 10 aos y 1 ao, hijos de su segunda pareja, es empleado municipal, y tiene
estudios incompletos terciarios como tcnico de emergencias mdicas, curs estos estudios en
IDEM entre los aos 1998 y 2000. No obtuvo certificado de estudios, no tiene habilitacin
oficial. Trabaja en la Municipalidad desde el ao 2000 hasta la fecha, y hasta el 2007 prest
servicios en el 107 luego, particip en el programa de extensin comunitaria, pertenecan a la
secretaria de salud. La capacitacin la recibi de sus estudios y de la experiencia en la
ambulancia. Cumpla la funcin de paramdico sin matrcula. Trabaj desde el ao 1998 al
2007. Antes del 2000 trabaj en EMI y en una empresa de emergencias de Totoral, creo que
se llamaba SEMI, y tambin en otra empresa que estaba en la Av. Coln como chofer y
operador telefnico. Es hijo de Carlos Navarro (f) y Mara Susana Aruf (f) . No tiene
antecedentes penales. Antes del 2000 trabaj como chofer de ambulancia, que en la
municipalidad cuando ingres trabajaba de chofer. Estudi tcnico en emergencias mdicas,
por eso dice que era paramdico. No era un ttulo reconocido, la carrera que curs constaba de
6 mdulos asisti hasta el 5 y no continu. En el 107 trabaj como chofer. Actualmente
trabaja en el dpto. Semforos. Despus del accidente estuvo con carpeta psiquitrica un ao
con diagnostico de estrs postraumtico y depresin con medicacin para ambas patologas
que le ocasion su segunda separacin. Era coordinador de logstica para solucionar trmites
administrativos de las ambulancias. Prontuario N 308.659, Seccin A.G. y 873.780, Seccin
A.G.; PABLO FEDERICO OLMOS, D.N.I. N 21.966.566, argentino, 46 aos, casado, de
profesin radilogo. Hizo una pasanta en el Hospital de Urgencias, donde se interes por el
servicio de Emergencias e inici un curso en IDEM, despus lo capacitaron en EMI. Se
recibi de auxiliar de enfermera, hizo una tecnicatura en la Cruz Roja sobre desastres
naturales. Es voluntario en la Cruz Roja actualmente. Poda dictar cursos de primeros auxilios
con su formacin, naci el 03/12/1970, domiciliado en calle n1340 B Olivos. Tiene un hijo
de 12 aos de edad. Es hijo de Elio Alfredo Olmos (f) y de Elba Quiones (v). No tiene
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antecedentes penales. Que actualmente trabaja en la Municipalidad en un Centro de atencin
Primaria de la Salud de B Rosedal. Trabaja como enfermero. Asisti al curso de auxiliar de
enfermera en la Escuela de Enfermera ATSA; Prio. N 875.176. Secc. A.G., de RICARDO
ALBERTO VALLE, D.N.I. N11.841.426, argentino, de 61 aos, casado, sin profesin,
empresario, naci en Chaar Ladeado Provincia de Santa fe, domiciliado en Lote 20 Manzana
50 Bario Manantiales. Tiene dos hijos de 22 y 21 aos de edad. Ha cursado hasta 3er. Ao de
estudios Universitarios en la carrera de Cs. Econmicas. Es hijo de Alfredo Luis (f) y de lida
Maria Gili (v). No tiene antecedentes penales. Tiene una empresa en la que trabaja hace 35
aos. Se trata de una empresa familiar creada hace 60 aos por su padre, que continuaron con
su hermano fallecido. Prontuario N 649.989, Seccin D.P. PABLO DANIEL PEROTTI,
D.N.I. N 25.380.066, argentino, de 40 aos de edad, casado, nacido en la Ciudad de Corral
de Bustos, Pvcia. de Crdoba el da uno de Noviembre de mil novecientos setenta y seis
Ingeniero mecnico aeronutico, recibido en el ao 2003, trabaja en VALL Equipamientos
en el Dpto. de Ingeniera, desde fines del 2001, en el rea de productos. Tiene dos hijos de 7 y
3 aos de edad. Hijo Daniel Alberto (v), mecnico textil, casado, y de Stella Maris
Emigliocci, ama de casa. No tiene antecedentes penales. Vive en Lote 18 Manzana 186 B
Los Aromas de Valle Escondido de esta ciudad. que en Valles siempre trabaj en el rea de
ingeniera, que hay dos partes diseo de vehculos y productos, que el dicente trabaja en
productos a partir del 2004. No registra antecedentes penales, Prio. ENRIQUE VCTOR
SCIENZA, D.N.I. N 24.319.073, argentino, nacido el 3/9/1965 en Crdoba, casado, cuatro
hijos de 22, 18, 17 y 13 aos de edad, domiciliado en Monseor de Andrea n35, Anisacate.
Sin profesin, con estudios terciarios incompletos de ingeniero hasta 2do. Ao. Trabaja en
VALL en el rea de presupuesto. Trabaja en esa firma desde el ao 1987, antes trabaj en
logstica y en Calidad para la fecha del hecho. Se trataba de control de calidad final y control
de proceso. Hijo de Rodolfo Vctor, casado, independiente, y de Juana Mara Gmez,
jubilada, no registra antecedentes penales. Reside con tres de sus hijos, y su mujer que es
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instructora de Pilates. No tiene antecedentes penales, Prio. N 135.309. Secc. A.G. y HUGO
ALBERTO SEVESO, D.N.I. N 11.724.143, argentino, de 61 aos, casado, nacido en
Sastre, Pcia. de Sta. Fe el 30/1/1953, vive en Lote 2 Manzana 61 Las Corzuelas, Unquillo.
Tiene dos hijos de 31 y 29 aos. Es ingeniero mecnico, se recibi en 1981. Trabaja en la
firma VALLE, en el laboratorio desde 2011, y antes en Desarrollos de Alta Complejidad. Hijo
Eriko Emilio (f) y Belkis Beruto (f). No registra antecedentes penales; Prontuario N
1.094.806, Seccin A.G a quienes los Autos de Elevacin a Juicio les atribuye el hecho que a
continuacin se transcribe: El veintisis de Setiembre de dos mil seis, siendo
aproximadamente las 11:30 hs, en circunstancias en que la ambulancia del servicio de
emergencias municipal 107, identificada dentro del servicio como interno 1539 y
denominada Alfa 51 (vehculo Fiat Ducado, dominio FNO-530) que era conducida en la
oportunidad por el chofer Rubn Alberto PERALTA y tripulada por el mdico de emergencias
Eduardo Gustavo BOTTA y la enfermera Clelia Ada CAMOZZI, quienes previo comenzar la
guardia introdujeron dos cilindros de oxgeno, lleg a la interseccin de calles Tulumba y
Entre Ros de nuestra ciudad donde se haba producido un accidente de trnsito con heridos.
En tales circunstancias, tras brindar los servicios de emergencia bsicos y catalogar los
heridos, se decidi trasladar en esa unidad emergentolgica y con destino al Hospital de
Urgencias, a la Cabo Primero Mara Jos del Valle PADILLA de la Polica de la Provincia
de Crdoba, y al Oficial Ayudante Rodrigo LPEZ, quienes ascendieron al habitculo
trasero de la unidad junto al mdico y la enfermera mencionados, en tanto que el agente de
polica Luis Fernando MONSERRAT se ubic en la cabina delantera del vehculo junto al
chofer Rubn Alberto PERALTA. Por lo que siendo aproximadamente las 12:15 hs, cuando se
desplazaba en sentido este-oeste por la Avenida Sabattini a la altura del 3650 (pasando calle
Leartes, conocida como Bajada Ferreira) de Barrio Villa Argentina de esta ciudad, a causa
del elevado enriquecimiento de oxgeno del ambiente interior de la unidad (lo que determin
una drstica reduccin de la energa de activacin necesaria para iniciar un proceso de
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fuego) sorpresivamente, sin permitir a sus ocupantes reaccin alguna, se propag a
sorprendente velocidad (tipo flash) fuego por todo el interior del compartimento trasero, que
alcanz rpidamente altsimas temperaturas, y que se inici por algn aporte gneo de
energa no determinado con precisin, posiblemente originado en alguna de las mltiples
deficiencias de tal instalacin elctrica correspondiente al carrozado de la unidad,
generndose una explosin primaria que corresponde a un aumento de presin como
consecuencia de la inflamacin y combustin sumamente rpida de una masa de material
combustible con el consecuente incremento trmico y de presin que fue soportado por la
estructura de la carrocera sin gran deformacin y que posiblemente dificult la liberacin
de las puertas de la unidad. Luego de ello se produjeron dos nuevas explosiones; ahora por
efecto trmico (debido a las altas temperaturas alcanzadas) correspondientes a sendos
cilindros porttiles de oxgeno que se hallaban en la unidad, uno de ellos entre las piernas de
la cabo de polica. Por ello, a causa de extensas quemaduras por exposicin directa al
fuego, ocurrieron las siguientes muertes: del Dr. Eduardo Gustavo BOTTA, quien falleci el
da 27/09/2006 en el Instituto del Quemado de esta ciudad, siendo la causa eficiente de su
muerte quemaduras extensas; del Oficial Ayudante Rodrigo Maximiliano LPEZ, quien
falleci el da tres de Octubre del ao dos mil seis en el Hospital Crdoba, siendo la causa
eficiente de su muerte las quemaduras extensas; de la enfermera Clelia Ada CAMOZZI, quien
falleci el treinta de Setiembre de dos mil seis en el Instituto del Quemado ,siendo la causa
eficiente de su muerte insuficiencia cardiorrespiratoria; y de la Cabo Primero Mara Jos del
Valle PADILLA , quien falleci en el mismo momento en que se produjo el hecho narrado
precedentemente, siendo la causa eficiente de su muerte quemaduras extensas con posterior
carbonizacin. Por su parte, el chofer Rubn Alberto PERALTA, que ingres al Instituto del
Quemado con quemadura tipo A del 5% en brazo derecho, pulgar izquierdo y oreja derecha,
result con lesiones por las que se le asignaron veinte das de curacin e inhabilitacin para
el trabajo. Asimismo, Rubn Alberto PERALTA sufri lesin psicolgica de trastorno por
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stress postraumtico. Las consecuencias psicolgicas producto del hecho investigado,
constituyen un dao psquico de carcter grave. Por su parte Luis Fernando MONSERRAT,
polica de la Provincia de Crdoba, sufri como consecuencia del hecho narrado
precedentemente, trastorno de stress postraumtico. Las consecuencias psicolgicas del
hecho que se investiga en autos, constituyen un dao psquico de carcter grave. La causa
primordial y eficiente del siniestro fue el elevado enriquecimiento de oxgeno del ambiente
interior de la ambulancia, debido a las deficiencias en la red de distribucin del oxgeno, lo
que llev a una drstica reduccin de la energa de activacin necesaria para iniciar un
proceso de fuego y un cambio en la velocidad de propagacin de llama de los materiales que
constituyen el mobiliario, revestimiento e instalaciones de la ambulancia, ms un aporte de
energa de origen elctrico, fsico o mecnico (aunque ms precisamente originado en alguna
de las mltiples deficiencias detectadas en la instalacin elctrica de la unidad). Ello se
relaciona de manera directa y causal con la realizacin negligente, imperita, imprudente y
antirreglamentaria (violando las normas IRAM FAAA AB37217: 1997 del ao 1997 que
regula la red de distribucin de gases medicinales no inflamables y la norma internacional
ISO10524-1 del mes de febrero del 2006) del carrozado de la ambulancia como tal, realizado
por la empresa VALL S.R.L. ubicada en Avenida Renault N 2221 del Barrio Santa Isabel,
Primera Seccin de esta ciudad de Crdoba. Entre los errores grotescos se pueden
enumerar: a) la utilizacin de bridas desmontables, lo que ocasionaba prdida de oxgeno,
cuando la norma IRAM FAAA AB37214 que regula los conectores y mangueras flexibles
para baja presin, requiere que los conectores de los tubos que transportan oxgeno deben
ser de tipo no desmontable, no desarmable, no reusable, aplicada mediante herramienta
especial. b) La tubera de oxgeno estaba en fcil contacto unida con la conexin elctrica. c)
La espiga de acoplamiento de la ficha DISS estaba bajo medida (la espiga es el conector
metlico que se une a la manguera de oxgeno de baja presin), el dimetro de la espiga era
ms chico de 7, 5 mm, cuando debi ser de 9 mm, lo que provocaba que la manguera se
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soltara con facilidad y as se perdiera oxgeno. d) La adopcin de reguladores de presin de
tipo industrial no adecuados para equipar ambulancias, con elevada sensibilidad al cambio
de la presin de alta, generando oscilaciones en la presin de baja excesivas, siendo que la
norma exige que la ambulancia tenga un regulador que garantice un rango muy ajustado,
entre 3,6 kg/ cm2 a 5,5 kg/cm2 (5.4.3.1 norma ISO 10524-1). e) Otro defecto grosero del
regulador colocado en la ambulancia siniestrada eran las caractersticas de la vlvula de
alivio del mismo, ya que la norma ISO 10524-1 en el tem 5.4.8 establece que la vlvula
debe ser instalada de manera tal que el gas debe ser descargado de manera segura, y la
vlvula del regulador de Arcaduplex usado en la ambulancia siniestrada, funciona de manera
similar a un disco de ruptura cuya descarga la realiza dentro del habitculo. A la vez, la
vlvula de alivio segn la ISO 10524-1 debe abrirse como lmite de presin 5,5 kg/cm2,
mientras que las vlvulas de alivio del regulador de la ambulancia siniestrada (segn lo
declarado por el fabricante) la liberacin es cuando se superan los 10 kg/cm2. Asimismo,
adems de las deficiencias mencionadas, estn todas las inadecuadas y deficientes
instalaciones y materiales utilizados para tal fin y de las que dan cuenta las conclusiones
expuestas y desarrolladas en la pericia tcnico-cientfica realizada. Siendo estas notables
deficiencias aprobadas por el imputado ingeniero mecnico a cargo del rea de desarrollo e
ingeniera de la mencionada empresa Hugo SEVESO, quien estuvo a cargo de elaborar y
controlar el formato, el estndar, diseo original, la orden de produccin para las
ambulancias coronarias de alta complejidad como la siniestrada y se expidi respecto a la
viabilidad del tipo y calidad de los materiales a colocar en la ambulancia de referencia. Por
su parte los socios gerentes y responsables de la empresa de carrocera mencionada, son los
imputados Ricardo Alberto VALL y Omar Alfredo VALL, quienes por el cargo que
ocupaban y el objeto social, deban conocer la norma del ao 1997 Red de distribucin de
gases medicinales no inflamables IRAM-FAAA AB37217, la cual regula todo lo relativo
para hacer la distribucin de oxgeno, aprobaron luego de asesorarse con el Ingeniero
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mecnico Alberto SEVESO- el proyecto, presupuesto, la orden de produccin de la
ambulancia siniestrada, el cual no cumpla con los requisitos bsicos, pero lo hicieron con el
propsito de abaratar costos. Siendo la conducta del imputado SEVESO causa directa de las
muertes acaecidas como consecuencia del accidente, toda vez que si hubiera aprobado la
utilizacin de materiales de la calidad adecuada para las ambulancias coronarias de alta
complejidad, las mismas no hubieran perdido oxgeno y como consecuencia se hubieran
evitado los resultados mortales y lesivos. Asimismo el imputado Vctor SCIENZA sin ttulo
habilitante- a cargo del rea de control de calidad y mantenimiento de la ambulancia, no
cumpli correctamente con los regmenes de control exigidos, no cumplimentando
correctamente la prueba de hermeticidad de la red de oxgeno para controlar que la
ambulancia siniestrada no perdiera oxgeno, y adems cuando las ambulancias
mencionadas, entre ellas la ambulancia siniestrada, luego de ser entregadas a la
Municipalidad eran llevadas a la empresa VALL por problemas de prdida de oxgeno, no
propuso el cambio de regulador y/o alguna otra medida necesaria, por uno adecuado para
ambulancias y solucionar as el problema de la prdida de oxgeno. Siendo la conducta del
imputado Vctor SCIENZA causa directa de las muertes acaecidas como consecuencia del
accidente, toda vez que si hubiera realizado las pruebas de calidad, hubiera constatado la
prdida de oxgeno y ante ello hubiera ordenado el cambio de materiales utilizados en la
carrocera de la ambulancia por materiales adecuados para las ambulancias coronarias de
alta complejidad, las mismas no hubieran perdido oxgeno y como consecuencia se hubieran
evitado los resultados mortales y lesivos; y por su parte, los imputados Ricardo Alberto
VALL y Omar Alfredo VALL no objetaron la falta del correcto cumplimiento de control
de calidad de la ambulancia siniestrada por parte del imputado SCIENZA. Y adems
negligentemente no contrataron para la realizacin de la ambulancia siniestrada, adems de
un ingeniero mecnico, un ingeniero con la especialidad elctrica o electrnica, ya que al
realizarse en la ambulancia siniestrada adecuaciones de tipo elctrico y/o electrnico, se
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requera la intervencin de un profesional con la especialidad mencionada. Como asimismo
los imputados Ricardo VALL y Omar VALL negligente e imprudentemente delegaron la
funcin de control de calidad a Vctor SCIENZA, quien carece de ttulo habilitante para
ejercer tal responsabilidad. Especial relevancia por ser causa inmediata del suceso, es lo
relativo a la instalacin para la distribucin del gas medicinal, los materiales usados para
ello y el insuficiente sistema de ventilacin predispuesto. Cadena de conductas negligentes,
imprudentes e imperitas que fueron causa directa y primordial de las muertes y lesiones
acaecidas como consecuencia del siniestro. Por otra parte, el cudruple mortal resultado y
las lesiones sufridas por PERALTA y MONSERRAT tuvieron lugar -cuando poda y deba ser
evitado- porque el responsable del Servicio de Emergencias Municipal 107, Sub Director
Claudio Marcelo GMEZ, incumpli los deberes y obligaciones inherentes a su cargo de
funcionario pblico, obviando imprudente y negligentemente proveer al mantenimiento
adecuado de las unidades y ordenar su no uso hasta tanto se solucionara de manera
definitiva el problema de la prdida de oxgeno (segn lo normado por el art. 3 del
Reglamento de uso y mantenimiento de los vehculos de la flota municipal Decreto 2369/03;
Decreto 2321 de la Municipalidad de Crdoba de fecha 15 de Junio del 2005, art. 3; Decreto
3100, art. 1 y cc), ya que le constaba por numerosos reclamos, que tanto la ambulancia
siniestrada como otras cuatro de idntico modelo y caractersticas, presentaban serias
deficiencias (continuamente perdan oxgeno por la red de distribucin de la carrocera) que
haban sido reiteradamente informadas por el personal que las utilizaba brindando el
correspondiente servicio. Y ms an, en forma imprudente autoriz que los imputados
Carlos Alberto NAVARRO coordinador de logstica- y Pablo Federico OLMOS su
colaborador- realizaran el procedimiento de enclavamiento del regulador (procedimiento
que favoreci la prdida de oxgeno en la red de distribucin del mismo) sacando la perilla
del regulador y colocando una tuerca de bloqueo, enclavando la presin de baja en 40 PSI
para que la presin no subiera ms, imposibilitando la regulacin de la presin de baja, ya
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que esta regulacin ocasionaba que saltaran los flowmeters y las ambulancias perdieran
oxgeno, cuando lo correcto hubiera sido no maniobrar el regulador de oxgeno sin
conocimientos tcnicos y exigir a la empresa VALL que colocara reguladores aptos para
equipar ambulancias que garanticen un rango muy ajustado. El imputado Carlos Alberto
NAVARRO, coordinador de logstica (responsable del rea de logstica) tena a su cargo
arbitrar los cuidados necesarios para la reparacin y el mantenimiento adecuado de la
ambulancia, tanto en lo mecnico, como del equipamiento mdico de la unidad, incumpliendo
sus deberes de funcionario pblico regulados por el art. 5, tercer prrafo y 14 del Decreto
3100 de la Municipalidad de Crdoba (24 de noviembre de 2000), toda vez que frente al
reclamo por prdida de oxgeno de las ambulancias nuevas, realizado de manera permanente
por parte de los profesionales que prestaban servicios, negligente e imprudentemente y sin el
conocimiento cientfico especfico, no breg por la solucin correcta y definitiva de la
prdida de oxgeno en la red de distribucin de la carrocera de la ambulancia Fiat Ducado,
y ms an negligente e imprudentemente no solicit al imputado GMEZ que declarara no
operables las ambulancias nuevas Fiat Ducado hasta tanto se solucionara definitivamente el
problema. Asimismo el imputado GMEZ, ante los reiterados reclamos de los profesionales
relativos a la prdida de oxgeno de las ambulancias nuevas, negligente e imprudentemente
no dio la orden que las mismas no sean operables. Por su parte Pablo OLMOS, colaborador
de NAVARRO, quien negligentemente no breg por una solucin definitiva de la prdida de
oxgeno, sino que, ms an, realiz de manera imprudente, sin conocimiento cientfico
adecuado, el procedimiento de enclavamiento de los reguladores, lo que colabor con la
mayor prdida de oxgeno; no solicitando ni a NAVARRO ni a GOMEZ que declararan a
las ambulancias nuevas no operables hasta tanto se solucionara definitivamente el problema
de la prdida de oxgeno, incumpliendo de esta manera Pablo OLMOS, empleado de la
Municipalidad de Crdoba, funcionario pblico, las obligaciones y deberes inherentes a su
funcin, violando los arts. 14 y 34 del Decreto 3100 de la Municipalidad de Crdoba de
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fecha 24/11/00. Que la conducta de los imputados GMEZ, NAVARRO y OLMOS ha sido
causa directa, eficiente, de las muertes y lesiones sufridas como consecuencia del siniestro,
toda vez que si hubieran bregado por la solucin definitiva de la prdida de oxgeno de las
ambulancias frente a los numerosos reclamos recibidos del personal del 107- y hasta tanto
ello ocurriera hubieran declarado a las mismas como no operables, el siniestro se hubiera
evitado. Con relacin a Perotti y Seveso el Auto del Sr. Juez de Control fija el hecho de modo
similar y en relacin a la accin endilgada expresa: Que el veintisis de septiembre de dos mil
seis, siendo aproximadamente las 11:30hs., en circunstancias en que la ambulancia del
servicio de emergencia municipal 107, identificada dentro del servicio como interno 1539 y
denominada Alfa 51 (vehculo Fiat Ducatto, dominio FNO-530) que era conducida en la
oportunidad por el chofer Rubn Alberto PERALTA y tripulada por el mdico de emergencias
Eduardo Gustavo BOTTA y la enfermera Clelia Ada CAMOZZI, quienes previo comenzar la
guardia introdujeron 2 cilindros de oxgeno, lleg a la interseccin de calles Tuluma y Entre
Ros de nuestra ciudad, donde se haba producido un accidente de trnsito con heridos. En
tales circunstancias, tras brindar los servicios de emergencia bsicos y catalogar los heridos,
se decidi trasladar en esa unidad emergentolgica y con destino al Hospital de Urgencias, a
la Cabo Primero Mara Jos del Vall PADILLA, de la polica de la Provincia de Crdoba, y
al oficial Ayudante Rodrigo LOPEZ, quienes ascendieron al habitculo trasero de la unidad
junto al mdico y la enfermera mencionados, en tanto que el agente de Polica Luis Fernando
MONSERRAT se ubic en la cabina delantera del vehculo junto al chofer Rubn Alberto
PERALTA. Por lo que siendo aproximadamente las 12:15hs. cuando se desplazaba en sentido
este-oeste por la Avenida Sabattini a la altura del 3650 (pasando calle Leartes, conocida
como bajada Ferreyra) de B Villa Argentina de esta ciudad, a causa del elevado
enriquecimiento de oxgeno del ambiente interior de la unidad (lo que determin una drstica
reduccin de la energa de activacin necesaria para iniciar un proceso de fuego),
sorpresivamente, sin permitir a sus ocupantes reaccin alguna, se propag a sorprendente
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velocidad (tipo flash) fuego por todo el interior del compartimiento trasero, que alcanz
rpidamente altsimas temperaturas, y que se inici por algn aporte gneo de energa no
determinado con precisin, posiblemente originado en alguna de las mltiples deficiencias de
tal instalacin elctrica correspondiente al carrozado de la unidad, generndose una
explosin primaria-que corresponde a un aumento de presin como consecuencia de la
inflamacin y combustin sumamente rpida de una masa de material combustible con el
consecuente incremento trmico y de presin que fue soportado por la estructura de la
carrocera sin gran deformacin y que posiblemente dificult la liberacin de las puertas de
la unidad. Luego de ello se produjeron dos nuevas explosiones; ahora por efecto trmico
(debido a las altas temperaturas alcanzadas) correspondiente a sendos cilindros porttiles de
oxgeno que se hallaban en la unidad, uno de ellos entre las piernas de la cabo polica. Por
ello, a causa de extensas quemaduras por exposicin directa al fuego, ocurrieron las
siguientes muertes: del Dr. Eduardo Gustavo BOTTA, que falleci el da 27/09/2006 en el
Instituto del Quemado de esta ciudad, siendo la causa eficiente de su muerte las quemaduras
extensas que sufri, del Oficial Ayudante Rodrigo Maximiliano LPEZ quien falleci el tres
de octubre del dos mil seis en el Hospital Crdoba, siendo la causa eficiente de su muerte las
quemaduras extensas, de la enfermera Clelia Ada CAMOZZI, que falleci el treinta de
septiembre del dos mil seis, en el Instituto del Quemado, siendo la causa eficiente de su
muerte insuficiencia cardiorespiratoria, y de la cabo primero Mara Jos del Vall PADILLA
quien falleci en el mismo momento en que se produjo el hecho narrado precedentemente,
siendo la causa eficiente de su muerte quemaduras extensas con posterior carbonizacin. La
causa primordial y eficiente del siniestro fue el elevado enriquecimiento de oxgeno del
ambiente interior de la ambulancia, debido a las deficiencias en la red de distribucin de
oxgeno, lo que llev a una drstica reduccin de la energa de activacin necesaria par
iniciar un proceso de fuego y un cambio en la velocidad de propagacin de llama de los
materiales que constituyen el mobiliario, revestimiento e instalaciones de la ambulancia, ms
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un aporte de energa de origen elctrico, fsico o mecnico (aunque ms precisamente
originado en algunas de las mltiples deficiencias detectadas en la instalacin elctrica de la
unidad). Ello se relaciona de manera directa y causal con la realizacin negligente, imperita,
imprudente y antirreglamentaria (violando las normas IRAM FAAA AB37217:1997, del ao
1997 que regula la red de distribucin de gases medicinales no inflamables y la norma
internacional ISO10524-1- del mes de febrero del 2006), del carrozado de la ambulancia
como tal, realizado por la empresa Vall S.R.L. ubicada en Av. Renault n 2221 del B Santa
Isabel Primera seccin de esta ciudad; entre los errores grotescos se pueden enumerar: a) la
utilizacin de bridas desmontables, lo que ocasionaba prdida de oxgeno, cuando la norma
IRAM FAAA AB37214, que regula los conectores y mangueras flexibles para baja presin,
requiere que los conectores de los tubos que transportan oxgeno deben ser de tipo no
desmontable, no desarmable, no re-usable, aplicada mediante herramienta especial, b)Que la
tubera de oxgeno estaba en fcil contacto con la conexin elctrica, c)Que la espiga de
acoplamiento de la ficha DISS estaba bajo medida (la espiga es el conector metlico que se
une a la manguera de oxgeno de baja presin),ya que el dimetro de la espiga era ms chico
-de 7,5 mm-, cuando debera ser de 9 mm, lo que provocaba que la manguera se soltara con
facilidad y as se perdiera oxgeno, d)la adopcin de reguladores de presin de tipo
industrial, no adecuados para equipar ambulancias, con elevada sensibilidad al cambio de la
presin de alta generando oscilaciones en la presin de baja excesivas. Siendo que la norma
exige que una ambulancia tenga un regulador que garantice un rango muy ajustado, entre
3,6 kg./cm2 a 5,5 kg/cm2 (art. 5,4,3,1 2, norma ISO 10524-1); e)otro defecto grosero del
regulador colocado en la ambulancia siniestrada era las caractersticas de la vlvula de
alivio del mismo, ya que la norma ISO 10524-1 en el tem 5.4.8 establece que la vlvula
debe ser instalada de manera tal que el gas debe ser descargado de manera segura, y la
vlvula del regulador de Arcaduplex, usado en la ambulancia siniestrada, funciona de
manera similar a un disco de ruptura cuya descarga la realiza dentro del habitculo. A la vez
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la vlvula de alivio, segn la ISO 10524-1, debe abrirse como lmite de presin 5,5 k/cm2,
mientras que las vlvulas de alivio del regulador de la ambulancia siniestrada, segn lo
declarado por el fabricante, la liberacin es cuando se superan los 10 K/cm2.- Asimismo
adems de las deficiencias mencionadas, estn todas las inadecuadas y deficientes
instalaciones y materiales utilizados para tal fin y de las que dan cuenta las conclusiones
expuestas y desarrolladas en la pericia tcnico cientfica realizada. Siendo todas estas
deficiencias y errores conocidos por el Ingeniero mecnico Hugo Alberto SEVESO , a
cargo del rea de Ingeniera de desarrollo de la mencionada empresa. Ya que al ser
consultado por el Ingeniero PEROTTI -a cargo del rea de Ingeniera de Produccin de la
empresa Vall SRL- sobre las modificaciones que se iban a realizar en los planos standar
diseados por l en aos anteriores, para el carrozado de la ambulancia siniestrada,
advirtiendo que estas modificaciones eran de carcter sustancial y que se apartaban de las
normas que regulan la fabricacin segura de ambulancias (normas IRAM FAAA
AB37217:1997, del ao 1997 que regula la red de distribucin de gases medicinales no
inflamables y la norma internacional ISO10524-1- del mes de febrero del 2006), de forma
negligente, imperita e inobservando dichas reglamentaciones, consinti, supervis y aprob
las modificaciones sustanciales efectuadas y luego ejecutadas por el Ingeniero Pablo
PEROTTI, quien tambin conoca la referida normativa y la existencia de las deficiencias
sealadas ut supra y no obstante ello, de manera imperita, negligente, imprudente y
antirreglamentaria modific los planos standar diseados con anterioridad por SEVESO y
dirigi el carrozado de la ambulancia siniestrada. Siendo la conducta de SEVESO y
PEROTTI causa directa y eficiente de las muertes acaecidas como consecuencia del
siniestro, porque si el primero de los nombrados no hubiera consentido las modificaciones
antirreglamentarias y sustanciales que PEROTTI efectu sobre los planos standar
diseados por l, y el segundo no hubiera dirigido el carrozado antirreglamentario de la
ambulancia siniestrada (que comprende la instalacin de la red de distribucin de oxgeno y
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la instalacin elctrica), se hubiera evitado el siniestro. Por su parte los socios gerentes y
responsables de la empresa de carrocera mencionada, que son los imputados Ricardo
Alberto VALL y Omar Alfredo VALL, quienes por el cargo que ocupaban y el objeto
social deban conocer la norma del ao 1997 Red de distribucin de gases medicinales no
inflamables IRAM-FAAA AB37217, la cual regula todo lo relativo para hacer la distribucin
de oxgeno, aprobaron -luego de asesorarse con los Ingenieros Alberto SEVESO y Pablo
PEROTTI- el proyecto, presupuesto y la orden de produccin de la ambulancia siniestrada,
todo lo cual no cumpla con los requisitos bsicos, pero lo hicieron con el propsito de
abaratar costos. Asimismo el imputado Vctor SCIENZA -sin ttulo habilitante- a cargo del
rea de control de calidad y mantenimiento de la ambulancia, no cumpli correctamente con
los regmenes de control exigidos, no cumplimento correctamente la prueba de hermeticidad
de la red de oxgeno, para controlar que la ambulancia siniestrada no perdiera oxgeno y
adems cuando las ambulancias mencionadas -entre ellas la ambulancia siniestrada-, luego
de ser entregadas a la Municipalidad eran llevadas a la empresa VALL por problemas de
prdida de oxgeno, no propuso el cambio de regulador y/o alguna otra medida necesaria,
por uno adecuado para ambulancias y solucionar as el problema de la prdida de oxgeno.
Siendo la conducta del imputado Vctor SCIENZA causa directa de las muertes acaecidas
como consecuencia del accidente, toda vez que si hubiera realizado las pruebas de calidad,
hubiera constatado la prdida de oxgeno y ante ello hubiera ordenado el cambio de
materiales utilizados en la carrocera de la ambulancia por materiales adecuados para las
ambulancias coronarias de alta complejidad, las mismas no hubieran perdido oxgeno y
como consecuencia se hubiera evitado los resultados mortales; y por su parte, los imputados
Ricardo Alberto VALL y Omar Alfredo VALL no objetaron la falta del correcto
cumplimiento de control de calidad de la ambulancia siniestrada por parte del imputado
SCIENZA. Y adems negligentemente no contrataron para la realizacin de la ambulancia
siniestrada adems de un ingeniero mecnico, un ingeniero con la especialidad elctrica o
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electrnica, ya que al realizarse en la ambulancia siniestrada adecuaciones de tipo elctrico
y/o electrnico se requera la intervencin de un profesional con la especialidad mencionada.
Como asimismo los imputados Ricardo Vall y Omar Vall negligente e imprudentemente
delegaron la funcin de control de calidad a Vctor Scienza, quien carece de ttulo habilitante
para ejercer tal responsabilidad. Especial relevancia por ser causa inmediata del suceso es
lo relativo a la instalacin para la distribucin del gas medicinal, los materiales usados para
ello y el insuficiente sistema de ventilacin predispuesto. Cadena de conductas negligentes,
imprudentes e imperitas que fueron causa directa y primordial de las muertes acaecidas
como consecuencia del siniestro.
Y CONSIDERANDO: El Tribunal se plante las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA Existe el hecho y es su autor penalmente responsable?; SEGUNDA En su caso
Qu calificacin legal corresponde?; TERCERA Qu sancin debe imponerse? y
Corresponde la imposicin de costas?;
A LAPRIMERA CUESTION LA SRA. VOCAL SUSANA B. CORDI MORENO DIJO:
I. El requisito previsto por el art. 408 inc. 1 del C.P.P. ha sido satisfecho mediante la
trascripcin al comienzo de esta Sentencia del hecho relatado en la correspondiente Pieza
Acusatoria.
II. En oportunidad de ser invitados a ejercer su defensa material
Y CONSIDERANDO: El Tribunal se plante las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA Existe el hecho y es su autor penalmente responsable?; SEGUNDA En su caso
Qu calificacin legal corresponde?; TERCERA Qu sancin debe imponerse? y
Corresponde la imposicin de costas?;
A LAPRIMERA CUESTION LA SRA. VOCAL SUSANA B. CORDI MORENO DIJO:
I. El requisito previsto por el art. 408 inc. 1 del C.P.P. ha sido satisfecho mediante la
trascripcin al comienzo de esta Sentencia del hecho relatado en la correspondiente Pieza
Acusatoria.
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II. En oportunidad de ser invitados a ejercer su defensa material, previo a consulTar con sus
respectivos defensores los imputados dijeron.
El acusado CLAUDIO MARCELO GOMEZ, niega los hechos y se remite a lo declarado,
por lo que S.S. dispone que se incorporan por su lectura las declaraciones de fs.
1384/1386,1518/1521, 2012/2016, 2423/2427, y 2649/2653; as en la primera dijo que
niega terminantemente las imputaciones que se le efectan, y afirma categricamente que se
ha desempeado en todo momento con la probidad y diligencia que requera la funcin que
se le asignara. En la segunda expres que desea expresar que fue elegido Sub director de
emergencias en mayo de 2005 por votacin interna del 107, mediante asamblea gremial,
asumiendo el cargo el 14 de junio de 2005. Que a nivel estructural el servicio 107 era regido
por el Decreto 3100, decreto que contempla un servicio regido por dos direcciones, la
Direccin de Hospital de Urgencias y la Direccin de Defensa Civil. El mismo contempla
roles y funciones especficas para cada una de las reas que componen el servicio a saber,
mdicos, choferes y enfermeros. Que el declarante al sumir no se deroga el Decreto 3100, y
no se le establecen las funciones a manifestante. Al no contar con un detalle preciso de las
funciones a cumplir, el declarante bas las mismas en lo estrictamente mdico profesional,
sobre el funcionamiento de un sistema de emergencias. Que el declarante manifiesta que
para tener algo de soporte estructural, el personal vot internamente a dos encargados de
reas, chofer, 2 encargados mdicos y 2 de enfermera; a excepcin de un cargo de jefe de
enfermera (cargo 09-03) fue designado el Sr. Martn Alberto Toranzo por parte del
declarante decide nombrar a un encargado o coordinador del rea logstica con la finalidad
y funcin de acelerar los procesos administrativos ante los proveedores para solucionar los
problemas que surgieran con las unidades, de nombre Carlos Navarro. Que desde que
asumi el declarante, se llev a cabo una divisin interna en el servicio, motivo por el que se
realizan ms de 30 asambleas en un lapso de 3 meses, lo que determina que presente la
renuncia el declarante el da 03 de agosto de 2006, sin obtener respuesta desde Secretara de
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Salud Municipal. Que la manera de comunicar las novedades sobre los mviles o cualquier
otra rea del servicio, es mediante nota escrita con copia y suscripta; y que en este sentido
jams recibi el declarante de esa manera o de algn modo informal noticia alguna sobre
supuestos desperfectos elctricos, prdidas de oxgeno o problemas de aluna ndole en la
unidad siniestrada. Que el declarante, manifiesta que tiempo despus de la tragedia, tomo
conocimiento por compaeros, que la unidad siniestrada haba sufrido un choque menor en
uno de sus laterales Que lo nico que espera el declarante es que se esclarezca esta situacin
en la que se encuentra incorrectamente involucrado como imputado, pero como dijo en un
principio, tambin se encuentra comprometido emocionalmente como ser humano por este
trgico accidente, en el que perdieron la vida sus compaeros. Por su parte consta que en
tercera declaracin dijo que negaba el hecho y se remita a lo declarado con anterioridad. En
la cuarta declaracin expres que niega categricamente los hechos que se le imputan,
ratifica lo declarado anteriormente en su otra indagatoria, aclarando que el mantenimiento
de las unidades nuevas, lo realizan las firmas Valles y Fiat, que quienes deban dejar
inoperables a los mviles, era la tripulacin de los mismos, siendo el mdico el jefe de la
unidad. Que existan tres unidades Mercedes Benz, como muleta o de reemplazo, y que
solicita se llame a declarar a la secretaria general del gremio del SUOEM, Mirta Alonso, la
que se domicilia en calle 27 de abril 739 b Centro de esta ciudad, al Sr. Sub Secretario
Requena Luis Daniel, quien se domicilia en calle 27 de abril 739 del mismo barrio y a
Lencina Nstor delegado gremial del 107-, domicilio en calle Defensa esquina Bermejo del
B Villa Libertador de esta ciudad, en razn de las 30 asambleas que aproximadamente se
llevaron a cabo en contra del dicente durante dos meses, jams se denunci algn tipo de
hecho, relacionado a dichas asambleas, por algn riesgo laboral. Finalmente, en la sexta
oportunidad manifest que se remita a lo declarado a fs. 2423/2430.
El imputado CARLOS ALBERTO NAVARRO, niega los hechos y se remite a lo declarado.
Atento a ello S.S. dispone que se incorporen por su lectura las declaraciones de fs.1993/1997,
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2408/2414, 2605/2609, 2634/2638. En este Sentido en la primera declaracin expuso que
negaba el hecho que se le imputaba, abstenindose de continuar prestando declaracin. En la
segunda declaracin sostuvo que quiere expresar el dolor por la prdida de sus compaeros
y dems victimas por el hecho acaecido en el siniestro del 2006. Que el dicente cumpla
funciones de chofer en el servicio 107 desde diciembre del 2000, habiendo realizado guardias
en todas las bases y todos los mviles que componen el sistema hasta aproximadamente
octubre del 2006, por el mes de agosto del 2005, el Intendente de Crdoba, dictamina que el
servicio 107, deje ser tal para convertirse en una subdireccin, denominada Subdireccin de
Emergencias pre hospitalarias, y es all que por voto secreto de todo el personal se elige por
mayora como Subdirector al Dr. Marcelo Gmez, das despus por el mismo mecanismo son
elegidas las distintas coordinaciones de mdicos, chferes y enfermeros, excepto el cargo de
Jefe de enfermera el cuales estaba a cargo de Martin Toranzzo, ya que era el nico cargo
rentado y dependa directamente del Hospital de Urgencias. Que la subdireccin no posea
un organigrama aprobado por la Municipalidad de Crdoba. A partir de all, se genera una
interna gremial, debido a que el Dr. Gmez, inicia una serie de investigaciones por hechos de
corrupcin, cuyas denuncias fueron presentadas en tiempo y forma a la direccin del
Hospital como corresponda. Luego el Intendente propone jerarquizar el servicio,
convirtindolo en Direccin, y es all cuando se produce una fractura an mayor, derivando
en la separacin del rea de enfermera, fsica y administrativamente, retirndose a una
oficina aparte, a la cual slo tienen acceso el jefe de enfermeros y su segunda al mando Lie.
Marcela Jurez. Alli es donde desembocan todas las inquietudes, quejas, denuncias y hojas
de cambio de guardia de enfermera, provenientes del rea de enfermera, sin tener acceso a
las mismas, la subdireccin propiamente dicha; ya que los lunes se realizaban reuniones
donde se informaba de todas las novedades de las distintas reas al Subdirector, excepto el
rea de enfermera que no se presentaba. Quiere aclara que su funcin como coordinador de
logstica era realizada ad honorem, e intercalada con su funcin de chofer la que nunca dejo
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de realizar. No ostentando en su persona, el cargo que se le acredita en la imputacin, de
director operativo logstico ni el de jefe de logstica, solamente cumpla funciones de
coordinador de logstica que es un cargo que no esta encuadrado en ningn organigrama de
la Municipalidad de Crdoba. Como chofer su funcin en el campo de operaciones consista
en transportar a la tripulacin en forma segura, con balizas luces y sirenas, hasta el lugar
del accidente, en donde colaboraba con el camillado del paciente, la apertura de los portones
traseros del vehculo los cuales permanecan abiertos, hasta finalizar la atencin. Tambin
era responsable en cierta forma de constatar que no se transportara personas de ms, ya que
esto estaba regulado por el seguro; cuando se trataba de personal de seguridad, que estas no
subieran con armas al vehculo, y que no se transportaran tubos de oxigeno de mas, ya que
no habla espacio para el enclavado de los mismos, y en caso de un accidente, un choque, se
convertiran los mismos en proyectiles dentro de las cabinas traseras. Recuerda el dicente,
que unos das antes de ser entregados los vehculos al personal, el dicente se encontraba
investigando, acerca del funcionamiento del sistema de oxigeno terapia de los mviles nuevos
marca Ducato, y al abrir los tubos de oxgenos, grandes que van en tubos de 2 en la
ambulancia, se o rompe la cpula de uno de los flowmeter, debido a la alta O presin a la
que haba sido sometida, aproximadamente 15 kg por cmt cuadrado, esto se debi a que la
regulacin del mano reductor, esta abierta al mximo, supone el dicente que por el manejo,
de alguien que no tena conocimiento acerca del cierre y apertura de la salida de baja de
estos reguladores, ya que la apertura en sentido horario y el cierre en sentido anti horario;
ya que das antes todo el personal de la subdireccin haba estado conociendo los vehculos,
y alguien pudo manipular de esta manera dichos reguladores. Luego de este incidente se
dirige al rea de biomedicina, del Hospital de Urgencias en donde le cuenta lo sucedido, al
ING. Daniel Verra, y el Cristian Sap, y ellos le informan que segn los manuales la presin
de trabajo, de esto accesorios, era entre 3 y 5 ks por cmt 2, y que una presin mayor podra
derivar en la rotura de los flowmeter, el respirador o algn otro artefacto del sistema de
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oxigeno terapia. Consultado esto, el dicente se dirige a la empresa Valle para la reposicin
del flowmeter roto, siendo atendido por el Ing. Seveso y Pablo Perotti, a los que le comenta
lo sucedido, y le solicita el cambio de los reguladores, por otros en los que se encuentren
prefijado, la salida de la presin de baja, ellos le informan que por el momento, y hasta que
se solucione en forma definitiva el problema se podran realizar el enclavamiento de los
manos reductores que ya tenan. Una vez informado verbalmente el tema a Valle, y sin
obtener una respuesta inmediata, el dicente se avoca a la tarea de investigar sobre el tema
del enclavamiento, y se dirige a la Empresa Samacor, con una muestra de un regulador, en la
empresa lo atiende al dicente Eduardo Samaha, al cual el dicente le pregunta cul era la
forma para que estos reguladores tuvieran una salida en baja fija, y le muestra un regulador
que ellos tenan fabricado, en el cual se enclavaba el sistema mediante un buln de bronce,
que no se consigue en cualquier lado, ya que lo fabrican ellos, con una contra tuerca, que
impide la regulacin manual, de la salida de baja antes mencionada; y es eso lo que se le
coloca a los reguladores de las ambulancias. Recuerda el dicente, que al salir los mviles a
la calle una vez que fueron entregados al personal, un da estando de guardia en logstica se
le informa desde el callcenter, que una de las unidades tena problemas, dicha unidad Alfa
11, a cargo del Dr. Elas Ahumada; se encuentra con que la misma, tena una prdida de
oxgeno, por detrs de los paneles, debido a un incremento de la presin de baja de forma
manual, ya que en este mvil no se haba realizado el enclavamiento; inmediatamente se
informa al callcenter va radial, que el mvil quedaba inoperable, y con la tripulacin
completa, se dirigieron a la empresa Valle, en donde le solucionaron el problema. Esto debe
haber quedado asentado en la planilla del chofer Luis Iriarte. Como chofer del servicio 107,
realiz sus tareas en los mviles nuevos, no teniendo nunca ningn problema, por prdida de
oxgeno, ni recibiendo denuncia por su cargo en logstica, de sus compaeros de guardia,
con los que comparta en el mvil. Con respecto al da del accidente, recuerda el dicente que
estaba de guardia, desde las 07 hs, y recuerda que el chofer de la unidad, Rubn Peralta,
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retir las llaves del mvil, y que no recibi ninguna queja, ni reclamo, ni por va radial, ni
va escrita, acerca de algn problema, con el vehculo 1539, ya que de existir algn
problema, tanto el chofer, Peralta como la enfermera Camozzi, deberan haber avisado al
Dr. Botta, para que este, ya se va radial o escrita, informe sobre el problema, y el mvil
quede inoperable, hasta que se resuelva el inconveniente, o sea cambiado, por otro llamado
Muleto. Que el dicente quiere aclarar, sus funciones, en logstica, era la de agilizar en la
medida de lo posible, los trmites administrativos, para resolver, los distintos problemas que
se generaban en las unidades, cambio de lmparas, reposicin de fluidos, realizar el cambio
de las unidades cuando se rompan o quedaban inoperables, por cualquier motivo, y a la
hora que sea; quiere destacar, que las unidades podan ser detenidas en cualquier momento,
ya sea por motivos mecnicos, o motivos que pusieran en peligro la seguridad de la
tripulacin, siendo las mismas, las que decidan este accionar. Que el dicente quiere que se
cite a declarar, las personas nombradas, Samaha, se domicilia en calle Garzn Maseda 1073
de B Alberdi de esta ciudad, quien puede declarar sobre el perno de enclavamiento,
tratativa previa fabricacin y venta para el servicio de emergencias del 107. Las otras dos
personas se compromete a aportar el domicilio, pero se los puede ubicar en el Hospital de
Urgencias. Que estas personas pueden declarar sobre las consultas realizadas por el dicente
en funcin de la presin de trabajo, de la aparatologa del sistema de Oxigenoterapia. Que la
maniobra de enclavar los reguladores, se realizaba siempre con los tubos grandes con carga
completa, que era de 150 kg/cmt2; una vez colocados estos tubos, se fijaba la presin de
salida de baja de los reguladores, en 4 kg/cmt2, de manera tal que al disminuir la presin de
los tubos grandes, por su uso, la presin de salida de baja tambin disminuirla, impidiendo
algn problema en el sistema de oxigeno terapia. Esto fue realizado as, ante la posible
eventualidad, en que al realizar las distintas emergencias durante el da, al ir bajando la
presin de los tubos grandes, los enfermeros y o mdico, incrementaban la regulacin
manualmente, olvidndose luego de corregir la misma y al colocar un tubo de oxgeno con
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carga completa se era incrementada por ende, la presin de salida de baja de los
reguladores, pudiendo ocasional algn problema con el sistema de oxgeno-terapia. En la
tercera declaracin expuso que con respecto a la tratativa de compra de los bulones de
bronce con tuerca, ratifica lo declarado anteriormente y reitera que fueron provistos por la
empresa SAMACOR previa consulta personalmente al sr. Samaha, en su local de la calle
Garzn Maceda 1073 de B Alberdi de esta ciudad; debiendo aclarar tambin que los
bulones con tuerca mencionados no fueron fabricados ni tampoco pagados de mi bolsillo y si
solicitados, a la empresa SAMACOR; puntualmente quiere dejar en claro que la tratativa de
compra fue la siguiente: el dicente se dirigi a la empresa SAMACOR; con uno de los
reguladores que traa las ambulancias FIAT Ducato, en la empresa lo atiende al dicente el
Sr. Samaha, al cual le pregunta cual era la forma para fijar la salida de presin de baja de
dicho reguladores. En ese momento Samaha le muestra un regulador que ellos tenan
terminado, en el cual se haba reemplazado la perilla de regulacin manual por un bulon de
bronce con contratuerca, y le manifiesta al dicente que esa era la forma en que se poda fijar
la presin de salida de baja, en forma segura; acto seguido el dicente le encarga la
fabricacin de estos bulones para el servicio del 107 de la municipalidad de Crdoba. Esta
tratativa era conocida por los compaeros de la subdireccin puesto que haba sido
mencionado por su persona en las reuniones que se realizaban los das lunes por la maana
en la subdireccin, a fin de informar las novedades del servicio. As mismo, los compaeros
del dicente, tienen conocimiento que en caso de requerir insumos y/o reparaciones de
reguladores para el servicio se deba contactar a la empresa SAMACOR, que era con la cual
se trataban todos estos temas, inclusive el Hospital de Urgencias, contaba con cuenta
corriente en la misma. El dicente tiene entendido a travs de su defensa que Samaha niega
esta tratativa por lo que solicita se realice un careo con el mismo a fin de establecer la
veracidad de sus dichos, ya que Samaha niega la tratativa, fabricacin y posterior venta de
los bulones de bronce con sus tuercas al servicio de emergencias del 107. Que previamente,
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el dicente se dirigi a la Emrpesa Vall que no le brindo respuesta inmediata, ya que las
ambulancias estaban en garanta, por eso luego se dirige a SAMACOR, que era la empresa
con la que trataban estos temas. Agregando que no contesta preguntas. Finalmente, en
ltima oportunidad de comparecer por ante la Instruccin dijo que se remita a lo ya declarado
a fs. 2408/2414 y 2605/2609.
A continuacin el acusado PABLO FEDERICO OLMOS, niega los hechos y se remite a lo
declarado, en razn de ello, S.S. dispone que se incorporen por su lectura las declaraciones de
fs. 2006/2010, 2415/2421 y 2644/2648, siendo que en la primera de ellas expres que negaba
el hecho que se le imputaba; en tanto que en la segunda ocasin manifest que no contesta
preguntas; que en primer lugar quiere expresar su dolor por la muerte de las personas del
accidente de la ambulancia. Que el dicente ingresa a la Municipalidad, al servicio del 107 en
diciembre del 2000, contando con 5 aos de experiencia anterior, en un servicio privado EMI
Emergencias. Al tiempo de que el Dr. Gmez, es elegido por votacin secreta como Sub
Director del servicio 107, por los mismos compaeros, al tiempo de que ocurre esto, el Dr.
Gmez, lo invita a formar parte de la logstica del sistema sin cargo administrativo. Un
tiempo antes de la entrega de las ambulancias Ducato, surge la posibilidad desde el
Ejecutivo Municipal, de jerarquizar esta Subdireccin y transformarla en Direccin; all se
produce la separacin sobretodo del Staff de mdicos y enfermeros, tan es as que el encargo
de enfermera Martn Toranzzo y la Lic. Marcela Jurez toman distancia tanto fsica como
Administrativamente, separndose de la oficina central del 107, abriendo una oficina aparte
y perdiendo en ese momento todo canto con ello, en lo referido a novedades, puesto que no
participan ms de las reuniones de los lunes a la maana, donde se comunicaban todas las
novedades del servicio. Que la funcin del dicente era la logstica, estaba bajo las rdenes de
Roque Varela y Claudio Garca, que eran los encargados de los chferes, por lo que el
dicente responda a ellos; siendo su funcin especfica, agilizar los trmites administrativos,
para la reparacin de las unidades, en la subdireccin de automotores; haciendo lavado de
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las unidades, reparto de almuerzo y cena, y si alguna unidad quedaba inoperable en
cualquier parte de la ciudad, se dirigan al lugar, con la unidad muleto y le hacan el
recambio. Tambin se realizaba con conocimiento de la Subdireccin de automotores, la cual
el provea de materiales, agregados de fluidos tales como aceites, lquido de frenos etc.
Aclara el dicente que unidad inoperable, es aquella que por criterio de la tripulacin queda
fuera de servicio por cualquier motivo, que pudiera ser peligroso para la circulacin y la
vida de los tripulantes, por Ej., el dicente par una unidad en la gestin de Kamerath, ya que
se le vean las telas a la cubiertas, y recuerda que otra vez, tambin el dicente paro una
unidad porque no tenan suspensin delantera; como as tambin el mdico puede parar una
unidad, cuando considere que es peligro circular en ella, tambin se pude parar cuando
faltan insumos, o la camilla esta floja, etc. Que quiere aclarar el dicente que con respecto a
las unidades nuevas Ducato, que no tuvieron problemas mecnicos nunca, salvo, dos
unidades que tuvieron problemas con el burro de arranque, y fueron cambiadas por mviles
muleto, y fueron reparadas en la concesionaria motcor, porque estaban bajo garanta. Que
nunca el dicente recibi, ninguna novedad en forma oral o escrita, sobre perdidas de
oxgeno, paralelamente a sus guardias en logstica, que eran los das mircoles y viernes de
09 a 21 hs, realizaba su guardia como chofer, los das lunes de 19 a 07 hs, en la base del
CPC Monseor Pablo Cabrera, Alfa 41, siendo la funcin del dicente como chofer, era
transportar en forma segura la tripulacin hacia el lugar del accidente, colaborar con el
mdico, bajo sus rdenes, en todo lo que fuera la atencin del accidentado, y controlar el
estado general de la ambulancia; el chofer se encargaba de toda la parte exterior del
vehculo, y el enfermero se encargaba de la parte de gabinete del mvil. Como chofer, y por
un memorandun, el dicente lo acompaa en este acto, no poda permitir transportar ms de 5
personas dentro del mvil, es decir, si haba un paciente, poda llevar un familiar del
paciente, si llevaba dos pacientes, no poda llevar otro tripulante ms, porque el seguro
cubre solamente a 5 personas dentro de los mviles. Como as, tambin el dicente no poda
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permitir que hubiera tubos de oxigeno sueltos, dentro del habitculo, porque en caso de
accidentes estos se convierten en efectos contundentes, ya que la ambulancia tiene todos los
anclajes para llevar los tubos de oxigeno fijos. Que al poco tiempo de la llegada de las
Ducato, Carlos Navarro le comenta, que exista la posibilidad de sobrecarga en el sistema de
presin de baja, porque los manmetros provistos por la firma Valle tenan la posibilidad de
regulacin manual, y al no haber sido capacitados los enfermeros por sus respectivos jefes,
en lo que se refiere al sistema de distribucin de oxgeno, poda haber por mal manejo de los
enfermero incremento en la presin de baja, con la consiguiente ruptura de la cpula del
flowmeter; se hace el reclamo a la firma Valle, por parte de Navarro, de manera telefnica
hablando con el Ing. Seveso, y contestando este que no haba posibilidad de cambio de
manmetro por no tener en existencia. Al poco tiempo, el dicente se dirige personalmente a la
firma Valle y consultando con Pablo Perotti, por el tema de los manmetros, este le expresa
me bajaron lnea de arriba, de que no le demos tanta bola a Uds. Porque ya hemos perdido
mucha plata con esa ambulancia y no queremos seguir perdiendo ms, lo saco a un costado
al dicente y le manifest lo consignado; Ing. Seveso le comunica a Navarro que al no tener
manmetros de reemplazo exista la solucin en el enclavamiento de los mismos. Luego de
ello, se consulta con el Departamento de Bioingeniera del Hospital de Urgencias, con el Ing.
Verra Daniel, y el Tcnico Sapp Cristian, de cuanto era la presin de baja necesario para el
correcto funcionamiento de los aparatos de las ambulancias, y ellos manifiestan que debe ser
entre 3 y 5 kg/cmt2; el dicente y Navarro, consultaron con la firma Samacor, que era
proveedora y reparadora de manmetros del Hospital de Urgencias, y ellos son los que
fabrican los bulones con la correspondiente contratuerca, el dicente personalmente lo retira
de la firma (10 bulones y 10 contratuerca); que Navarro hablo con el dueo de SAMACOR,
de apellido SAMAHA, quien manifiesta que era normal el enclavamiento de los manmetros,
y que ellos fabricaban el baln para tal fin. Por lo que luego de retirados lo bulones se
colocan en las ambulancias enclavando la presin de baja en 4kg/cmt2, tal como se lo haban
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referido los de bioingeniera del Hospital de Urgencias; con esa presin de baja se impeda
la rotura de la cpula del flowmeter, al no sobrecargar el sistema de presin evitaban las
prdidas de oxgeno, que provocaba la rotura del flowmeter, aclarando el dicente que al no
estar enclavados los manmetros, los enfermeros suban manualmente la presin de baja y se
produca la rotura de la cpula del flowmeter, para evitar eso se realiza el enclavamiento.
Con posterioridad al accidente, la Empresa PRAXAIR sito en calle Concejal Belardinellli y
Circunvalacin de esta ciudad, comienza a proveer de oxgeno al servicio del 107, y manda a
un farmacutico, Miranda Diego, el cual explica, el tema del enclavamiento de los
manmetros y hace alusin del mal manejo que hacen los enfermeros cuando tiene
manmetros con regulacin manual. En tanto que en la ltima oportunidad se remiti a lo
declarado a fs. 2415/2421.
RICARDO ALBERTO VALLE, dijo que no va a declarar y se remite a las declaraciones
efectuadas precedentemente. Disponiendo S.S. la incorporacin de las obrantes a fs.
1357/1360, 2028/2032, 2235/2241, 2396/2402 y 2680/2685, en la primera de ellas expres
que antes que nada de la trayectoria de la Empresa, de muchos aos y de gran prestigio en
el medio. Que durante este lapso, han equipado miles de Unidades, y que nunca ocurri algo
como lo sucedido o similar. Que la Empresa est Certificada por la Empresa TUV, en
relacin a las normas de calidad, las que no son renovadas ao, tras ao. Cuentan con
personal idneo, y cada una de estas personas tiene sus responsabilidades de acuerdo a un
organigrama. Que dicho personal es capacitado permanentemente, y que su fbrica tiene
todos los medios necesarios para construir estos vehculos. Dentro del personal capacitado,
hay, personal tcnico, con 3 Ingenieros, uno del rea de desarrollo, otro en produccin y otro
en compras. El ingeniero de compras debe tener conocimiento tcnico de los elementos
comprados. Los proveedores, han sido seleccionados por el tiempo que llevan en el medio, y
responden estos elementos a las norma de seguridad respectivas, o sea que estn controlados
estos objetos desde la compra. Al ingresar a la Empresa, los inspeccionan en un
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departamento de calidad, los que dicen si esos elementos son aptos o no. Si pasan esta
prueba, estos elementos ingresan a la lnea de produccin, donde se hace un doble control de
calidad dando el ok o rechazando la unidad. Luego de ello, la unidad es probada tanto
mecnicamente como en el rodado de la misma. En relacin a estas unidades equipadas para
la municipalidad, aclara que el cliente fue una terminal automotriz y que fueron equipadas
segn el pliego y detalle tcnico pedido por la Municipalidad. Que la Municipalidad las
controla peridicamente en su construccin supervisando desde el principio hasta el final la
construccin de las unidades. Al terminar las unidades, fueran entregadas a la Empresa que
los contrato, aceptando esta unidades tanto Empresa automotriz como la Municipalidad. Que
nunca la empresa del declarante se comprometi al mantenimiento de la unidad, aunque s de
la garanta sin costo alguno por e trmino de un ao, si era reclamado algn desperfecto.
Que luego de entrega la ambulancia siniestra nunca tuvieron reclamo aluno, ni fue llevada a
control a la Empresa. Respecto, a los tubos de oxgeno, manifiesta que esta unidad llevaba 4
tubos, 2 grandes y 2 chicos, siendo estos dos de hierro y 2 de aluminio, con las respectivas
certificaciones; y toda la aparatologa mdica tambin constaba con sus certificaciones. El
declarante manifiesta ser responsables de los elementos agregados, ya que no han hecho
anclaje paras los mismos. Que el declarante no interviene en el armado de las ambulancias,
ya que est a cargo del rea comercial de la empresa. En la segunda ocasin neg el hecho
que se le atribuy. En la tercera sostuvo Que si partimos de la hiptesis de la pericia que
habla de la sobre saturacin de oxgeno en la ambulancia, sumado a un problema elctrico
pudo hipotticamente generar el accidente del cual se est investigando. Aclarando el
dicente, que la ambulancia en todo su recorrido, desde que subi a los pacientes para
trasladarlos, con todas sus puertas abiertas recorri 2500 mts; aproximadamente entre 3 a 5
minutos, en ese lapso es imposible que por una prdida de oxigeno normal se sobresature el
rea sanitaria como se afirm. Por lo que el dicente cree que lo que pudo haber ocurrido, es
que dado que la ambulancia estaba dotada O de 4 tubos de oxigeno segn el equipamiento
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inicial, segn el =3 pedido de la Municipalidad de Crdoba, dos tubos de 2 mts. cbicos cada
uno y dos tubos de 0,680 litros cada uno con los amarres correspondientes, segn como sali
de fbrica; pero adems llevaba dos tubos de oxigeno sueltos, que no fueron provistos por la
empresa Valle SR1, los cuales carecan del amarre correspondiente, hipotticamente lo que
pudo haber ocurrido, es que esos tubos pueden haberse caldos y golpear contra un elemento
duro pudieron fracturar o romper la vlvula, y ah si producir una emanacin sbita de
oxigeno; lo que sumado a un posible foco igneo y el tercer elemento que se desconoce que
debe ser un combustible, pudo provocar ese incendio tipo flash, que aduce la pericia oficial.
Es importante recalcar que siempre deben existir esos tres elementos para que esto ocurra, es
decir el comburente que es el oxgeno, un foco igneo y el combustible tipo ter, muy voltil.
Por razones obvias, luego de que ocurri el accidente en nuestra empresa nos avocamos a
hacer todas las pruebas necesarias para saber que pudo haber ocurrido, es por eso que se
fabric un mdulo rectangular, que simula el volumen de una ambulancia y dentro del mismo
se revisti con los mismos revestimientos y elementos que se utilizan en una ambulancia
convencional; es decir fibra de vidrio, poliuretano expandido, piso de goma, muebles de
madera, asientos, camilla e inclusive trapos embebidos en grasa, y procedimos a travs de un
orificio a suministrarle oxgeno paulatinamente con un dispositivo elctrico generamos
chispas permanentes dentro del mdulo y adems se pusieron velas encendidas dentro del
mdulo, y adems se puso un perro, llegaron a saturar el ambiente en un 80% de oxgeno y
nada ocurri; esto es algo que se hizo en reiteradas oportunidades sea que con las
condiciones que hipotticamente nombr las pericias en la prctica no sucedi nada. Que la
prueba se puede reiterar con o sin el perro, en el caso que la Fiscala lo considere til. Hay
un punto que es importante recalcar que es la cantidad de tubos de oxigeno que llevaba la
ambulancia en el momento del accidente, como ya se explic la ambulancia sali de la
fbrica con 4 tubos de oxgeno, 2 conectados a la red principal de oxigeno que tiene 4 bocas
de distribucin y 2 tubos de aluminio que se denominan tubos auxiliares los cuales son
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utilizados para trabajar fuera del mvil; todos esos tubos deben ir amarrados. Pero adems
existan dos tubos ms que no tienen una explicacin prctica de porque se llevaban dentro
del mvil, pero es evidente y pudo haber ocurrido, que si esos tubos se llevaban, segn
ensean las fotos de la pericias y eran los que se estaban utilizando, esto pudo haber
ocurrido por dos causa, primero, porque los tubos originales no tenan oxigeno o porque por
alguna causa tcnica no eran utilizados y las vlvulas estaban cerrados. Por eso considera el
dicen te que es muy importante que se verifique si los tubos tenan oxigeno o tenan sus
vlvulas cerradas. El otro punto que alude la pericia oficial, es el tema de la instalacin
elctrica, por lo que aclara que la instalacin elctrica viene ya pre armada se utilizan
cables de primer calidad, antillama y tienen adems los correspondientes fusibles de
proteccin, esos fusibles, ante un problema en cualquier parte de la instalacin elctrica lo
que hacen es cortarla inmediatamente evitando cualquier sobrecalentamiento. Quiere
aclarar el dicente que no existen en el mercado cables de mala calidad y que obviamente no
se puede hablar de envejecimiento de la instalacin cuando estas ambulancias tenan entre 3
y 4 meses de uso, tambin quiere aclarar que han verificado unidades ha pedido de la
Municipalidad e Crdoba, que funcionaba en el mismo sistema que fueron armadas en el ao
2000 y no se encontr ningn inconveniente en el sistema ni envejecimiento alguno. Que la
empresa del dicente tiene una trayectoria de ms de 50 aos, fueron los primeros en
certificar normas de calidad en la Repblica Argentina, tienen una poltica de calidad que
hace que el personal se perfeccione constantemente con curso de ~ capacitacin externos e
internos, y que los cursos se certifican O y que oportunamente acompaaran los certificados.
Que tienen ms m de 6000 ambulancias equipadas y no existe ningn antecedente aunque sea
menor de ste tipo de accidente, que conocen el armado de estas ambulancias en Europa y en
varios pases de Amrica Latina y el armado de stas es similar a lo que hacen en la empresa
del dicente. Que hacen ambulancia para el mercado internos (Argentina) y para otros pases
e inclusive han exportado unidades hasta Sudfrica. Que tiene sistema de franquicia con las
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que se equipan estas unidades por Ej. . , en Uruguay y no han tenido nunca un antecedente
similar. Adems esto no tiene antecedentes en el mundo, que la empresa particip
activamente en la confeccin de la norma IRAM 16030, que uno de sus ingenieros estuvo
prcticamente un ao viajando semanalmente al IRAM en BS As, ya que son referente s en el
armado de ambulancia en el pas. Que esta norma que se respeta y aplica en la actualidad en
la empresa, sin embargo no es exigible en su aplicacin, ya que no tiene poder de polica, no
obstante se aplica en la empresa. Quiere aclarar el dicente que la ambulancia del 107 fue
armada segn especificaciones tcnicas aportadas por la Municipalidad de Crdoba,
respetndose el 100% lo exigido en el armado. Que el armado de estas unidades fue
permanentemente controlado por el personal designado por la Municipalidad de Crdoba, y
en el momento de ser entregadas fueron controladas y aceptadas con un control final por la
misma Municipalidad. Que la empresa tiene un sistema de registros, de no conformidades del
cliente, en donde se registran los problemas que puede llegar a tener un vehculo para luego
darle una solucin y evitar que suceda en otra unidad similar; en la empresa no existe ningn
registro de anomala alguna en estas unidades. Que en cualquiera de las ambulancias que se
equipen el sistema que suministra oxigeno lo hace a travs de un respirador o a travs de
mscaras faciales, construidas en material a toxico, que aportan aproximadamente entre un
20 o 25 % del oxgeno que se le suministra al paciente el resto lo libera al ambiente, a travs
de unos orificios laterales que tiene la mscara; que estas ambulancias tienen 4 salidas de
oxgeno. Hay unidades de este tipo que hacen traslado de pacientes de una ciudad a otra, por
lo que tienen antecedentes que han recorrido ms de 800 KM en muchos de los casos
suministrndole oxgeno al paciente, y nada ocurri. Que el sistema de ventilacin de esta
ambulancia consta de un inyector de aire, que no es extractor, que inyecta aire del ambiente
externo para crear una presin positiva dentro del mvil, esto sirve para que cuando el
vehculo se detenga y al abrir las puertas, no permita el ingreso de polvillo al interior, y
adems cuenta con dos extractores que son de mano regulables, y que son utilizados en
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funcin del criterio del personal, que se pueden abrir y cerrar totalmente. Que la empresa es
una empresa mediana, que consta de aproximadamente 70 personas distribuidas entre rea
administrativa y rea productiva, y el dicente es director de la empresa al igual que Ornar
Valle; en el caso del dicente la funcin es comercial, el trato con el cliente, organizar su
sistema de marketing, de venta, viajar permanentemente en el pas y al exterior y obviamente
no tiene participacin directa en el rea productiva; al igual que Ornar Valle que est en la
direccin industrial y que organiza la produccin en cuanto a la prioridad de entrega de los
vehculos. Que la empresa cuenta segn organigrama con mandos medios, en donde cada
uno es responsable de un sector, toda esta gente es totalmente idnea y capacitada y de la
total confianza. Que a preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de quin es el encargo de calidad
de la empresa? Contestando que es Vctor Scienza, el que hace 20 aos que trabaja en la
empresa, y que este hombre hizo cursos de capacitacin de calidad, internos y externos en la
empresa certificado TUV. Que a preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de los elementos que se
utilizan en la empresa sobre la calidad? Manifiesta que son de primera calidad, comprados a
empresas de renombre comercial, y adems, la empresa tiene un sistema que a travs del
INTI verifican que esos materiales cumplan con los requerimientos del armado de las
ambulancias, las mangueras de oxigeno son atxicas, resisten una presin de 20 kg, cuando
en realidad en el uso se le da un mximo de 5, H kg y todos los materiales de revestimiento
tiene un sistema de retardo de llama, y fueron aprobados en los laboratorios del INTI. Que a
preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de si conoce que en el mercado existen cables o
materiales elctricos que se deterioren a los 3 o 4 meses? Manifiesta el dicente que no conoce
que exista este tipo de material en el marcado. Solicita el Dr. Cangelosi, que el dicente como
se compone la red de oxgeno, explica el dicente que tiene un sector de alta presin que tiene
una manguera especial, cuyos acoples son roscados, y esta manguera resiste el doble de la
presin a la que es sometida y termina en el panel de oxigeno terapia; a partir de ah, se
pone una manguera de baja presin que distribuye a las bocas de oxgeno y adems poseen
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reguladores que son comprados, exclusivamente como reguladores de uso medicinal, de la
mejor calidad que se consigue en el mercado. A preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de qu
diferencia hay entre la alta y la baja?, que la alta presin es la que sale directamente del
tubo de oxgeno, y la baja presin es la que se controla a travs de un regulador de oxgeno.
A preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de que en caso de que haya una prdida de oxgeno en
la alta si se puede detectar por el ruido? Contestando que si hubiera una prdida de oxgeno
en la alta, producirla un ruido muy fuerte, que se percibe inmediatamente. A preguntas del
Dr. Cangelosi, acerca de que si el dicente tiene algn ttulo Universitario o terciario?
Manifiesta el dicente que no posee ningn ttulo ni universitario ni terciario, que comenz la
carrera Universitaria de Ciencias econmicas pero no la termino. Que el dicente quiere
agregar que le resulta inexplicable que sin noticias previas de prdidas de oxgeno, se les
impute penalmente. Que a preguntas del Dr. Cangelosi, acerca de que si el dicente arma las
ambulancias? Manifiesta el dicente que segn consta en el organigrama, ni su hermano ni el
dicente tienen participacin en el rea de produccin, ya que hay en cada una de las reas
responsables, y que en cada rea es toda gente idnea y de total confianza del dicente. Que
es de confianza ya que es gente de muchos aos en la empresa, que la persona que menos
aos tiene en la empresa trabajando es 10 o 12 aos. Que no existe ningn tipo antecedentes
de este tipo, ni menores. Que la empresa trabaja con casi todas las terminales automotrices
del pas, y que para poder trabajar con esta clase de clientes se necesita una gran capacidad
tcnica y una gran honestidad comercial.. En la cuarta declaracin se abstuvo de efectuar
manifestacin alguna remitindose a lo expresado precedentemente. Finalmente, en la quinta
ocasin de comparecer por ante la Instruccin dijo que niego el hecho que se le imputa y se
remite a lo ya declarado con anterioridad en autos a fs. 2396/2400 y agrega que con respecto
a los reguladores de oxgeno que se utilizan en las ambulancias, estos son provistos por la
empresa Arcaduplex, la cual los provee desde hace mucho tiempo, y esta empresa conoce de
reguladores, y por otro lado, la empresa del dicente nunca ha tenido problemas de tipo
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tcnico con estos reguladores y es importante aclarar que no existen reguladores para
oxgeno medicinal y para oxgeno comn, que existe un solo tipo de regulador, que cumple
una funcin mecnica y que no detecta que tipo de gas est regulando. Por otro lado, de las
fotografas de las pericias, se ve claramente que los tubos de oxgeno, tienen cortada la
vlvula de entrada y salida de oxgeno, por lo cual evidentemente se debe a un golpe fuerte
en la misma, y no a una que hubiera ocurrido. La empresa desde el momento del accidente,
trato a travs de personal idneas y de profesionales, de hacer pruebas, de reproducir de
manera que se pueda el hecho, y de llegar a alguna conclusin y lamentablemente no se
pudieron hacer, ya que no quedo para nada claro. Por otro lado, se solicita que considere la
fiscala, la posibilidad de verificar los tubos de oxgeno, y los tanques de combustible de la
unidad siniestrada, para ver si con eso se puede arribar a una conclusin. Por otro lado,
quiera manifestar que de resultar tan peligro como lo manifiestan los perito oficiales Baldi,
Oldani, la emanacin de oxgeno en una ambulancia, evidentemente estaramos hablando
hoy de muchos accidentes de este tipo, gracias a dios no hay antecedentes de este tipo de
accidentes. Por otro parte, es importante que se tenga en cuenta, que las ambulancias,
normalmente suministran oxgeno a las personas transportadas, en algunos casos, se
trasladan pacientes de una localidad a otra, por cientos de kilmetros y por horas se le esta
suministrando oxgeno, y se debe tener en cuenta que el oxgeno que absorbe el paciente es
aproximadamente un 20 o 25 % de lo suministrado, o sea que el 80 o 75 % restante, se aloja
en el mdulo de la ambulancia. Por otro lado, los elementos con que se arma una
ambulancia, son en muchos casos ignfugos, o tienen retardador de llama, por lo que se
desprende que ninguno de estos elementos puede ser combustible, que genere un desenlace
tan rpido respecto al fuego, como lo que ocurri en esta unidad. A preguntas del Dr.
Cangelosi, acerca de que si todos los elementos que se utilizaron para armar la ambulancias,
podran ser suficiente combustible, para provocar un incendio de la magnitud del producido
en tan corto plazo de tiempo?, no, es imposible por lo que se expuso ms arriba. Que el
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imputado quiere ver con personal idneo y con gente capacitada los restos de los elementos
que puede haber desencadenado el incendio, y el tanque de combustible, ya que es algo muy
inflamable, y quiere ver si esta entero.
En el curso del debate ampli su declaracin y dijo que: Simplemente quera aclarar un tema
del que habl el testigo, que o no conoce o estaba faltando a la verdad, respecto a la
provisin que hace nuestra empresa respecto a las empresas es esta ciudad. Este seor dijo
que a partir de este accidente las empresan dejaron de comprar Vall y pasaron a comprar a
la otra empresa, Navarro, en realidad no es as, lo pueden verificar sin problemas. Quiero
aclarar que nuestra empresa es lder en la construccin de ambulancias en la Repblica
Argentina. Las empresas ms importantes de Crdoba ECCO, EMI, URGENCIAS,
EMERGENCIAS, todas equipan con nosotros. Lo siguieron haciendo despus del siniestro y
lo siguen haciendo hoy. Es ms, la mayora de esas empresas equipan exclusivamente con
nosotros. Hay una error en la apreciacin de este seor al respecto. Parece que a partir de
este siniestro nosotros dejamos de hacer ambulancias y no es as. Quiero que sepan que
nosotros hacemos un promedio de 500 a 600 por ao, que no baj en ningn momento, lo
seguimos haciendo. Tenemos producidas estimo ms de 10.000 ambulancias en el pas. En
ningn momento estas empresas dejaron de comprarnos y las ms importantes del pas,
adems de los Estados, los distintos Estados provinciales y nacionales hoy nos compran y nos
siguieron comprando en esa poca Quera dejarlo aclarado porque no corresponde a la
verdad. Les siguieron comprando porque siempre trabajamos con una calidad de
equipamiento. Nosotros trabajamos con todas las terminales automotrices del pas, con
Renault, con Fat, con Mercedes Benz, con Toyota, con la Gabetta que representa a Ford, le
equipamos a todas esas empresas, para que le equipemos a una empresa de esas
caractersticas tenemos que pasar por distitntas pruebas y tenemos que ser homologados por
esas empresas, es decir, no cualquiera le equipa a una terminal automotriz, la mayora de las
empresas que nombr equipan casi exclusivamente con nosotros. Aseguramos a travs de
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esto una calidad en la prestacin. Evidentemente, siguieron contratando con nosotros
despus del accidente de la ambulancia porque no es lo que dicen que pas, ese tema de la
explosin se puede probar que no es lo que dicen que pas, con la gente de estas empresas
hemos hablado y seguimos hablando que no es as.
Por su parte HUGO ALBERTO SEVESO, dijo que niega el hecho y se remite a las
declaraciones anteriores y S.S. dispone se incorporen por su lectura las declaraciones de fs.
2074/2078, 2383/2388, 2756/2763, y 3792/3796. En la primera se abstuvo de declarar,
mientras que en la segunda expres que se desempea en el rea de ingeniera de la
Firmar Valle, pero desde todo punto de vista niega las imputaciones que se le hacen. Tanto
de la elaboracin y control del formato, el estndar la orden de produccin para las
ambulancias de alta complejidad con la siniestrada, de la viabilidad, del tipo y calidad de los
materiales colocada en las ambulancias siniestrada. La oficina esta integrada por dos
ingenieros, el Ing. Pablo Perotti, y el dicente, la gerencia de dicha oficina es Adrin
Mangieri, bajo cuya orden se encuentra el dicente y su compaero-. Que las tareas
realizadas por los ingenieros, Perotti y - eso, se realizan en reas completa
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