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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA Tiraje: 850 ejemplares DIARIO OFICIAL Teté fonos : - 2283791 Apartado Postal 86 Valor C$ 10.00 Córdobas Oro AÑO CI Managua, Miércoles, 12 de Marzo de 1997 No. 50 SUMARIO Reg. No. 1794 - M. /2030565 - Valor C$ 360.00 Pág. MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Fundación el Nuevo Pacto 1245 MINISTERIO DE FINANZAS LicenciadeAgenteAduanero 1250 ALCALDIA DE NAGAROTE C ertificac ión de Declaratoria de Utilidad Pública 1251 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA Titulos Profesionales 1252 Incorporacion Profesional 1262 Reposicion deTitulos 1266 Incorporacion de Titulos 1266 FINANCIERA INTERNACIONAL, S.A. Estado de Resultado 1267 Balance General 1268 SECCION JUDICIAL Si iha CtiS 1270 Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 MINISTERIO DE GOBERNACION ESTATUTOS FUNDACION EL NUEVO PACTO Certificación. La Suscrita Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua. Certifica. Que bajo el Número ciento veintisiete, de la página ciento cuarenta y uno a la página ciento cincuenta, Tomo III, Libro Seguno de Registro de Asociaciones que este Departamento lleva a su cargo se inscribió la entidad denominada Fundación "El Nuevo Pacto".- Conforme Autorización de Resolución del día Quince de Enero de mil novecientos noventa y siete.- Managua, Veintiuno de Enero de mil novecientos noventa y siete.- Carmen Castillo Ordoftez.- Directora Depto. Registro y Control de Asociaciones.- ESTATUTOS DE FUNDACIÓN "EL NUEVO PACTO". CAPITULO I: CONSTITUCIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y NATURALF7A.- Artículo I: Esta Fundación es de naturaleza Religiosa, no lucrativa, apartidista y de duración indefinida, y dedicada principalmente al área de atención, promoción y desarrollo integral de la niñez nicaragüense se denomina Fundación "El Nuevo Pacto", abreviadamente "El Nuevo Pacto". La misma tiene su domicilio en la ciudad de Managua y podrá establecer filiales, capítulos, dependencias o agencias en cualquier otro lugar del territorio nacional y de ser necesario fuera de él cuando las cir cunstancias lo permitan.- 1245

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REPUBLICA DE NICARAGUA

AMERICA CENTRAL

LA GACETA Tiraje: 850 ejemplares

DIARIO OFICIAL Teté fonos : - 2283791 Apartado Postal 86

Valor C$ 10.00 Córdobas Oro

AÑO CI Managua, Miércoles, 12 de Marzo de 1997 No. 50

SUMARIO Reg. No. 1794 - M. /2030565 - Valor C$ 360.00 Pág.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Fundación el Nuevo Pacto 1245

MINISTERIO DE FINANZAS

LicenciadeAgenteAduanero 1250

ALCALDIA DE NAGAROTE

C ertificac ión de Declaratoria de Utilidad Pública 1251

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA

Titulos Profesionales 1252 Incorporacion Profesional 1262 Reposicion deTitulos 1266 Incorporacion de Titulos 1266

FINANCIERA INTERNACIONAL, S.A.

Estado de Resultado 1267 Balance General 1268

SECCION JUDICIAL

Si iha CtiS 1270 Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272

MINISTERIO DE GOBERNACION

ESTATUTOS FUNDACION EL NUEVO PACTO

Certificación.

La Suscrita Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua.

Certifica.

Que bajo el Número ciento veintisiete, de la página ciento cuarenta y uno a la página ciento cincuenta, Tomo III, Libro Seguno de Registro de Asociaciones que este Departamento lleva a su cargo se inscribió la entidad denominada Fundación "El Nuevo Pacto".-

Conforme Autorización de Resolución del día Quince de Enero de mil novecientos noventa y siete.-

Managua, Veintiuno de Enero de mil novecientos noventa y siete.- Carmen Castillo Ordoftez.- Directora Depto. Registro y Control de Asociaciones.-

ESTATUTOS DE FUNDACIÓN "EL NUEVO PACTO".

CAPITULO I:

CONSTITUCIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y NATURALF7A.-

Artículo I: Esta Fundación es de naturaleza Religiosa, no lucrativa, apartidista y de duración indefinida, y dedicada principalmente al área de atención, promoción y desarrollo integral de la niñez nicaragüense se denomina Fundación "El Nuevo Pacto", abreviadamente "El Nuevo Pacto". La misma tiene su domicilio en la ciudad de Managua y podrá establecer filiales, capítulos, dependencias o agencias en cualquier otro lugar del territorio nacional y de ser necesario fuera de él cuando las circunstancias lo permitan.-

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CAPITULO II:

Objetivos.-

Artículo 2: Esta entidad tendrá como objetivos fundamentales: Unir esfuerzos para lograr de manera efectiva el cumplimiento de los anhelos de cada uno, y los objetivos comunes y generales de todos, como organismo No lucrativo, que promueve y fomente el desarrollo e inserción como niños nuevos a la sociedad, a todos los niños nicaragüense movilizando recursos financieros y en especie propios, y de entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras. Capacitando y, enseñando y adiestrando, en todos los aspectos de la vida social, laboral, económico, cultural, técnica, espiritual, artesanal y de manualidades permanentemente a la niñez nicaragüense, con la ejecución de proyectos y programas.- Expresando en este sentido una solidaridad responsable y concreta, ante las necesidades urgentes, que tiene y merece la niñez, tomando conciencia de los problemas y desafíos que enfrentan los niños en Nicaragua fundamentalmente.- Esta entidad dará prioridad a la atención a la niñez desvalida y necesitada de Nicaragua, sin discriminación alguna. Sin embargo, la misma podrá ser extensiva a la Juventud.-

Artículo 3: Para el logro de estos objetivos "El Nuevo Pacto" podrá valerse de establecimiento de Centros Educativos en todos los niveles de enseñanzas; centros de recreación y esparcimientos y formación técnica de manualidades preescolares. construir puestos y centros médicos y de salud permanentes y dehambulantes, orfanatorios, comedores, centros de Restauración espiritual, talleres de carpintería, ebanistería, mecánica, eléctrica, sastrerias, panadería, mecanografía, computación, costura, construcción y demás que sean congruentes con la naturaleza no lucrativa de esta fundación.-

Artículo 4: "El Nuevo Pacto", podrá ejecutar todos los actos y operaciones que correspondan a su carácter de Persona Jurídica y que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.-

CAPITULO III:

DE LOS MIEMBROS,

Artículo 5: Para ser miembro de El Nuevo Pacto, se requiere tener especial atención a los niños de Nicara-gua, además de ser voluntariamente partícipes en los Objetivos y actividades de la fundación y de ser admitidos por los miembros fundadores.-

Artículo 6: Son miembros de El Nuevo Pacto, sus Fundadores cuyos nombres registra el Acta Constitutiva, y aquellos a quienes los miembros fundadores lo admitan a ella.- También podrán exila miembros Honoríficos, y

cuyas calidades estarán definidos en el Reglamento Interno de esta entidad.

Articulo 7: La calidad de Miembro se pierde por: muerte, renuncia, expulsión, disolución, y por los demás casos contemplados por la Ley que rige a esots tipos de entidades.- Los procedimientos y regulaciones de estos casos, de pérdida de membresia, estarán contemplados en el Reglamento Interno.-

Artículo 8: Deberes de los Miembros - Entre otros están:

a) Contribuir al sostenimiento económico de El Nuevo Pacto, según lo establezcan los presentes Estatutos, reglamento interno y sus órganos de Dirección,

b) Cada miembro es responsable de cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y las Resoluciones que determine la Asamblea General de Miembros, la Junta Directiva o Comité Directivo, siendo celosos de guardar el orden y disciplina emanados de sus propios principios y de las reglamentaciones específicas.

c) Representar a El Nuevo Pacto, dentro y fuera del país, previo acuerdo adoptado por la Junta Directiva,

d) Cada miembro deberá evitar las polémicas de cualquier otro carácter, que no sean sino los de la propia índole y naturaleza de esta entidad que pudieran producir altercados, divisiones agravios a la paz unidad y estabilidad de la Fundación.-

Artículo 9: Derechos de los Miembros.- Entre otros están:

a) La Convocación a la Asamblea General de Miembros y de la Junta Directiva o Comité Directivo.

b) Formar parte de los Organos de Poder y Comisiones con que cuente la Fundación, en complemento de las disposiciones estatutarias.

c) Participar con voz y voto en las Asambleas y actividades que realice la Fundación.- Se exceptúan a los socios o Miembros Honoríficos los cuales sólo podrán tener voz, pero no voto.

d) Apelar al órgano superior de la Fundación El Nuevo Pacto, cuando se considere que se ha cometido una injusticia notoria en su caso.-

CAPITULO IV:

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GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.-

EL Nuevo Pacto tendrá como órgano de Gobierno:

a) La Asamblea General,

b) La Junta Directiva o Comité Directivo.-

Artículo 10: La Asamblea General, es el máximo órgano de gobierno de la Fundación, y en todo estará sujeto a los Estatutos y leyes pertinentes y aplicables y estará constituida por los comprendidos en el Arto. 6 de los presentes Estatutos.-

Artículo 11: Son Atribuciones de la Asamblea General, entre otras las siguientes:

a) Elegir cada cuatro años la Junta Directiva o Comité Directivo,

b) Recibir, discutir y aprobar o no los informes de todo tipo que le sea sometido por la Junta Directiva,

c) Aprobar o no los informes financieros, contables, administrativos y de toda índole que le sean presentados,

d) Aprobar o no el Presupuesto anual de la Fundación,

e) Aprobar o no los proyectos de trabajo, actividades y programas o de cualquier otra índole que se le presente,

f) Aceptar nuevos miembros a El Nuevo Pacto,

g) Dictar los lineamientos generales para el desarrollo de las actividades programas, proyectos y objetivos de la Fundación,

h) Aprobará y modificará los Estatutos de la Fundación y suplir sus vacíos, parcial o totalmente,

i) Conocer y resolver los casos de Apelación,

j) Conocer y resolver de los asuntos que concretamente les señalen los presentes Estatutos, Reglamento Interno, y de cualquier otro asunto que le fuere sometido a su consideración y resolución.-

Artículo 12: La Asamblea General Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año, en la hora, día, lugar que la Junta Directiva decida; y las reuniones Extraordinaria serán convocadas cuando sean necesarios a juicio de la Junta Directiva o a solicitud de por lo menos del treinta por ciento (30%) de los miembros de la Fundación.- En las

Asambleas Extraordinarias deberá emitirse la Agenda a tratar, y en caso no se llene el quórum legal se podrá celebrar, en segunda citación, con los que asistan.-

Artículo 13: La Asamblea General Ordinaria, tendrá quórum con la mitad más uno de sus miembros inscritos de la Fundación, y las resoluciones será de acuerdo a la mayoría de votos simples,. Las resoluciones tomadas por la Asamblea General son obligatorias para todos los miembros de la Fundación aunque no hayan asistido o votaren contra ellas.-

Artículo 14: La Junta Directiva, estará compuesta por siete miembros elegidos todos por la Asamblea General de miembros, y estará integrada por: Un Presidente; Un Vice-presidente; Una Secretaria; Un Tesorero; y tres Vocales.-

Artículo 15: En receso de la Asamblea General, es la máxima autoridad, y llevará a cabo todos los acuerdos, resoluciones tornadas por la Asamblea General y tendrá las decisiones que sean necesarias y congruentes a la naturaleza de esta fundación para la mejor marcha de la institución, si el caso la amerita, estarán sujetos a ratificación por la Asamblea General.-

Artículo 16: La Junta Directiva tendrá entre otras siguientes atribuciones:

a) Dirección y Administración de la Fundación en concordancia a los lineamientos establecidos por la Asamblea General;

b) Velar porque las actividades de El Nuevo Pacto se desarrollen conforme a sus objetivos, estatutos y reglamentos interno;

c) Acordar las convocatorias de la Asamblea;

d) Nombrar, sustituir o dejar sin efecto las Comisiones, Comités, Sociedades, Tipos de Secretariados, y otros organismos locales, regionales, nacionales e internacionales para el mejor desarrollo de la Fundación, así como de sus Emes y objetivos;

e) Elaboración del Reglamento Interno;

f) Delegar la Administración diaria de la Fundación en algún Secretariado Ejecutivo, o algún miembro de la Junta Directiva que podrá ser nombrado de acuerdo a lo normado en el Reglamento Interno;

g) Autorizar los salarios de todos los empleados administrativos que se requieran, o bien de servicios o asesorías,

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h) Otorgar y revocar poderes con las más amplias facultades.

i) Presentar a la Asamblea General Ordinaria de cada año, informe de las actividades que se hubieren realizados durante el período de la situación financiera;

i) Realizar operaciones de créditos para edificación, reparación o ampliaciones de Inmuebles, ya sea en instituciones bancarias o créditos oficiales o particulares;

k) Asumir la defensa de la Fundación en juicios de cualquier naturaleza o jurisdicción por si o por medio de apoderado;

I) Control sobre el capital o patrimonio, de las entradas o salidas de fondos, disponiendo que se lleven rubricados los Libros que prescribe la Legislación Nacional vigente y sus modificaciones.-

c) Es el representante legal judicial y extrajudicial de la Fundación, con facultades de Apoderado General Judicial o de Administración y con la autorización que la ley determina, pudiendo sustituir su representación legal en otra persona, cuando lo estime conveniente.

d) Hacer cumplir y cumplir estos Estatutos y resoluciones, así como desempeñar todas las funciones y misiones de la Asamblea General y Junta Directiva.

e) Convocar a la Asamblea General y Junta Directiva para sus sesiones.

f) Vigilar la buena marcha de la fundación en todas y cada una de sus actividades.

g) Todas las demás atribuciones y funciones propias de la índole del cargo.-

Artículo 22: Atribuciones del Vice-presidente: Artículo 17: La Junta Directiva tendrá la

representación legal de la entidad con las facultades de un Apoderado generalísimo que ejercerá por medio de su Pres idente

Artículo 18: La Junta Directiva se reunirá como mínimo una vez cada tres meses, en forma ordinaria, y en forma extraordinaria cuantas veces lo considere necesario el Presidente o cuando lo soliciten la mayoría de sus miembros.-

Artículo 19: La Junta Directiva, tendrá quórum y sus resoluciones han de tomarse con la simple mayoría de votos.-

Artículo 20: En caso de duda sobre a que órgano de gobierno de Dirección competa o corresponda un asunto relacionado con la Fundación El Nuevo Pacto, la Junta Directiva los elevará al conocimiento de la Asamblea General.-

CAPÍTULO V:

ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA.-

Artículo 21: Atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Dirimirá con su voto los casos en empate, cuando después de tres votaciones en la misma sesión, no se hubiere producido una decisión por mayoría.

a) Sustituir al Presidente cuando por cualquier causa este no ejerza sus funciones, y sin necesidad de acreditar [ales extremos en los casos de representación legal. Además de ser un estrecho colaborador en el desempeño de sus funciones,.

Artículo 23: Atribuciones de la Secretaria:

a) Ser el órgano de comunicación de la fundación y sus órganos.

b) Levantar las Actas de Acuerdos, resoluciones y demás de las sesiones de la asamblea General y de la Junta Directiva.

c) Llevar los libros de Actas de la Asamblea General y de la Junta Directiva y el Registro de los Miembros, con especificaciones de todos los pormenores de identificación y de siguimiento, así como llevar un archivo metodizado de los documentos y correspondencias.

d) Extender las certificaciones y documentación constancias con su firma y la del presidente.

e) Realizar cualesquiera otras actividades que le encarguen las leyes, las regulaciones y convencionalismos sociales.

f) Todas las demás propias de la índole de su cargo.-

Artículo 24: Atribuciones del Tesorero:

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a) Es el respondable de los fondos y patrimonio de la fundación entegados a su custodia,

b) Firmar junto con el Presidente los cheques o instrumentos de giros o créditos en general,

e) Llevar los libros contables prescritos por las leyes y la mejor práctica contable.

d) Colectar las cuotas, aportes, donaciones, legado , herencias u otros de los miembros mismos y demás personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras

e) Llevar la contabilidad y situación financiera que de forma legal exija la fundación ,

f) Rendir informe a la Junta Directiva y Asamblea General de todas las Actividades financieras que se hubiesen realizado desde la última sesión,

g) Todas las demás propias de la índole del cargo.-

Artículo 25: Atribuciones del Vocal:

a) Asistir a la sesiones de la Junta Directiva, y están llamados a llenar o reemplazar, en el orden de su elección, las vacantes que se produzcan en los otros integrantes de ellos, excepto la del Presidente que será llenado por el Vice-presidente.-

CAPITULO VI:

De los Comités, Comisiones, Sociedades, Tipo de Secretariados y otros Organismos.-

Artículo 26: La Junta Directiva o Comité Directivo, para coadyuvar en sus labores podrá nombar Comisiones, Comités Tipos de Sociedades y de Secretariados, las que tendrán un carácter auxiliar de las misma, con el propósito de lograr el buen funcionamiento de la Fundación El Nuevo Pacto, y para la ejecución y consecución de sus objetivos y fines, y para gartmsnr el trabajo responsable y armonioso de la entidad.- El Carácter permanente, número de integrantes, sus funciones y demás regulaciones necesarias estarán fijadas en el reglamento interno y normas complementarias que para tal efecto elaborará la Junta Directiva.-

CAPITULO VII:

DEL PATRIMONIO.-

Artículo 27: El Patrimonio social de fundación "El Nuevo Pacto" estará constituido por los bienes existentes y futuros muebles e inmuebles o de cualquier maturaleza adquiridos para esta institución.- Las cuotas y aportaciones

voluntarias de sus miembros y otros que sean voluntarios pero fijas en un monto y periocidad, donaciones, legados, subvenciones, herencias de persona naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas.- Los demás bienes apreciables en dinero o a cualquier título de origen lícito o conocido.-

CAPITULO VIII:

DISPOSICIONES FINALES.-

Artículo 28: Los presentes Estatutos podrán ser modificados o Reformados total o parcialmente, por la Asamblea General en sesión extraordinaria con el quórum o votación de las dos terceras partes y un sestenta y cinco de sus miembros respectivamente de igual manera sc requerirá para los casos casos de cambio de objeto, razón social domicilio y disolución.

Artículo 29: El Nuevo Pacto podrá disolverse por los casos contemplados en la parte final del Arto. anterior y demás por los casos de cancelación contemplados por la Ley Sobre personas Jurídicas sin fines de Lucro, Ley 147.- Los mismos miembros de la Fundación el Nuevo Pacto decidirán el destino de los bienes de la misma , toda una vez liquidada sus obligaciones económicas, y la Junta Directiva se constituira el Liquidadora.-

Artículo 29: la Interpretación de los Estatutos, así como las situaciones o casos no previstos por los mismos serán resueltos por la Junta Directiva o Comité Directivo de El Nuevo Pacto, ajustados a los fines o propósitos, Estatutos y Reglamentos de esta entidad.-

Articulo 30: Los miembros Honoríficos son todas aquellas personas o entidades de probado testimonio altruista y cristiano, que contribuyan a la consecución de los objetivos y propósitos de El Nuevo Pacto, o que habiendo prestado servicios meritorios a la misma sean designados con tal carácter por la Junta Directiva o a comité Directivo y no tendrán derecho a votos en las reuniones, como tampoco podrán desempeñar cargos electivos.-

Artículo 31: Los miembros de El Nuevo Pacto están conforme en regirse por estos Estatutos, los cuales podrán ser modificados en cualquier tiempo conforme a lo estipulado en el Arto. 28 de los presentes Estatutos.-

Artículo 32: Según la legislación vigente sobre la materia, El Nuevo Pacto, está eximida del pago de impuestos sobre bienes de capital, muebles e inmuebles sobre excedentes e impuestos de importación de bienes, equipos mobiliarios y otros propios para el uso de la entidad.

Solicitud presentada por el señor Ronald Bravo el y uno de Julio de mil novecientos noventa y seis, los

que fueron debidamente inscritos bajo el número ciento

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veintisiete, de la página ciento cuarenta y uno a la página ciento cincuenta, Tomo III, Libro segundo de Registro ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones, Ministerio de Gobernación, República de Nicaragua.- Carmen Castillo Ordofiez.- Directora Depto. de Registro y Control de Asociaciones.-

MINISTERIO DE FINANZAS

LICENCIA DE AGENTE ADUANERO

Reg. No 1743 - M. 030719 - Valor C$ 67.50

El Ministerio de Finanzas, en uso de las facultades que le confiere los Título X del Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento, denominados CAUCA y RECAUCA, respectivamente, y que se refiere a los Agentes Aduaneros, publicados en La Gaceta, Diario Oficial, No. 41 del 18 de Febrero de 1966.

Aduanero Uniforme Centroamericano y su reglamento y actuará como su Agente el señor Oscar Jacinto Cuevas Pérez con Licencia No. 348.

Segundo.

La firma "Agencia Aduanera Cuevas y Cia Ltda " para actuar en su propio nombre deberá rendir caución por la cantidad de C$ 2.240.000.00 (Dos millones doscientos cuarenta mil córdobas netos), cantidad que estará a favor del Fisco y de los comites, previo desempeño de sus funciones como Agente Aduanero en las Administraciones de Aduana; Selim Shible 'Aduana Augusto César Sandino"

Managua, a los siete días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y nueve.- William Hüper Arguello.- Ministerio de Finanzas.

Reg. No. 1744 - M. 030667 - Valor C$ 67.50

Vista. Resolución No. 05-96

La solicitud presentada por la firma "Agencia Aduanera Cuevas y Cia. Ltda.," acompañada de todos los documento legales exigidos en la sección 10 01, párrafo Primero del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

Considerando.

Que la citada firma cumplió con todos los requisitos por el código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento en la presentación de su solicitud la cual fué enviada a la Dirección General de Aduanas para que emitiera su dictamen.

El Ministerio de Finanzas de la República de Nicaragua.

En uso de sus facultades que le confiere el Arto. 129 del CAUCA, sección 10.0) del RECAUCA, publicado en U Gaceta, Diario Oficial No. 41 del 18 de Febrero de 1966.

Vista:

La solicitud presentada por el Sr. Uriel José Zúniga Aguilar.

Considerando: Considerando.

Que la Dirección General de Aduanas, en oficios DGA/ALE-066/89 del 6 de Noviembre de 1989 dictaminó sobre el cumplimiento satisfactorio de la sección 10,01, No. 2 del RECAUCA.

Por Tanto.

De acuerdo con el Arto. 129 del código Aduanero Uniforme Centroamericano, y de la sección 10,08 del título y del Reglamento al código Aduanero Uniforme Centroamericano .

Acuerda

Primero.

Conceder autorización para que actúe como Agente Aduanero 'Agencia Aduanera Cuevas y Cia. Ltda, .", de acuerdo con lo prescrito en el Código

Que el citado señor cumplió con todos los requisitos exigidos por el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento en la presentación de su solicitud, que fue enviada a la Dirección General de Aduanas de éste Ministerio.

Considerando:

Que la Dirección General de Aduanas, dictaminó sobre el cumplimiento satisfactorio de los requisitos establecidos por el CAUCA y RECAUCA.

Por Tanto:

De acuerdo con el Título X, capítulo XXVI del código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), Título 10, capítulo I sección 10.00 del Reglamento (RECAUCA).

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Acuerda:

Primero:

Conceder Licencia de Agente Aduanero al Sr. Uriel Zúniga Apilar, que será efectiva a partir del lo. de Enero de 1997, siempre y cuando no labore en la Dirección General de Aduanas.

Segundo:

Líbrese Certificación al interesado para guarda de sus derechos cópiese, y notifíquese a la Dirección General de Aduanas .

Ministerio de Finanzas Managua República de Nicaragua, a los dieciseis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y seis.- René Vallecillo Quíroz.- Viceministro.

ALCALDIA MUNICIPAL DE NAGAROTE

Reg. No. 1735 - M. 026896 - Valor C$ 135.00

CERTIFICACIÓN.

Rectifiación de Declaratoria de Utilidad Pública.

La Suscrita Secretaria del Consejo Municipal de la ciudad de Nagarote en uso de sus facultades que la Ley le confiere,

Certifica.

Que en el Libro de Actas que lleva esta Alcaldía, que en folios 151 al 156, se encuentra el Acta No. 106, que iruegra y literalmente dice:

Acta No. 106.- Sesión Extraordinaria No. 2-97. Reunidos en Sesión Extraordinaria los Miembros del Consejo Municipal de Nagarote, Señores Rolando Palacios, Oscar Solís, Miguel Macias, Rodolfo Mayorga, Gioconda Zapata, Juan Gabriel Hernández, Elizabeth Rivas, Danilo López, Margarita Velásquez y María Teresa Montes.

A las seis de la tarde del día veinticinco de Febrero de mil novecientos noventa y siete, en el salón de Sesiones de la Alcaldía de esta ciudad de Nagarote. Una vez confirmado el quórum legal para sesionar se dió por abierta la reunión por el Señor Alcalde Rolando Palacios, para tratar único punto de Agenda:

Rectificación de Declaratoria de Utilidad Pública de Terreno donde se construirán e instalarán las torres de

líneas de transmisión que servirán de conexión entre la planta AMFELS,INC y el sistema de Interconección Nacional (SIN) de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, Localizadas en la Planta Nicaragua.

Considerando.

1

Que con fecha nueve de Noviembre de mil novecientos noventa y seis, y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 217 el quince de Noviembre de mil' novecientos noventa y seis se publicó la Declaración de Utilidad Publica, decretada por esta Alcaldía de Nagarote, nombrándose en la misma como unidad ejecutora a la Empresa AMFELS,INC.-

II

Que no es intención de la Alcaldía Municipal de Nagamte desmembrar o segregar un lote de terreno del señor José Abohasen Nahra, quien es propietario del terreno que se declaró de utilidad Pública para beneficio de la comunidad, en vista de que lo que se requiere es la servidumbre de paso de electroductos y otras conexas y no la adquisición de estas tierras por la via de la expropiación y solamente se pretende la adquisición de la Servidumbre de paso de electroductos y otras conexas para que esta se conecte al Sistema Interconectado Nacional.-

Por Tanto•

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, Ley de Expropiación, y la Ley de Municipios.-

Acuerda:

Articulo 1.- Queda confirmada la Declaratoria de Utilidad Pública del terreno en donde se instalarán las torres de líneas de alta tensión las cuales quedarán afectas con Servidumbre de Paso de Electoductos y otras conexas, y no como aparece contemplada en el Arto. 1 del Decreto de Utilidad Pública, en donde se desmembraba un lote del inmueble propiedad del Señor José Abohasen Nahra, emitido por esta Alcaldía, quien nombró como Unidad Ejecutora a la Empresa AMFELS, Inc., la que consta en Acta No. 98 de Declaración de Utilidad Pública, fechada el nueve de Noviembre de mil novecientos noventa y seis y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 217 del quince de Noviembre del año de mil novecientos noventa y seis.-

Artículo 2.- Que el área afectada por la Servidumbre será de cuatro manzanas nueve mil cuatrocientos ochenta y seis punto setecientos noventa y ocho de varas cuadradas ( 4 Mnzs 99.486.98 vrs) descrita y deslindada de la siguiente forma.

1251

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Partiendo del Este que linda con el Cerco de la Propiedad del Señor José Abohasen Nahra con una longitud de Un mil setecientos cincuenta y cuatro metros con cuarenta centímetros de metros por un ancho de veinte metros (I.754.40 mis x 20 mts de ancho) con rumbo al lindero Oeste teniendo como lindante el cerco de la planta Nicaragua.

Artículo 3.- Que el acuerdo No. 98, queda con su mismo valor y vigencia en cada una de sus panes solamente con la rectificación anteriormente señalada.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial o cualquier medio de comunicación.

Artículo 4.- Líbrese certificación para los fines de Ley.-

Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía de Nagarote, a los veinticinco dfas del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- (O Ilegible.- R. Mayorga.- G.M.Z.- J.G.H.- Teresa M.- M.V.- Dando A. López Aguilar.- Oscar Solís P.- E. Rivas.- M. Macfas.-

Extiendo la presente Cenifiación para los fines de ley, en tres hojas de papel membretado, las que firmo, sello y rubrico, a los veintiseis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Gioconda Zapata Calero.-Secretaria.- Concejo Municipal de Nagarote -

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Ciencias de la Educación en la especialidad de Matemática. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-El Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P. El Secretario General Miguel A. Avilés.-

Es conforme, Managua, 28 de Enero de 1997.-Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg.----------------------

No. 1747 - M. 026940 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 163, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónonia de Nicaragua"

Por Cuanto: UNIVERSIDAD NACIONAL

AUTONOMA DE NICARAGUA

TITULOS PROFESIONALES

Reg. No. 1533 - M. 12031003 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 30, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Centro Universitario Regional del Norte, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Pablo José Badilas Ríos. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

Por Tamo:

Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-El Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P. El Secretario General Miguel A. Avilés.-

Es conforme, Managua, 28 de Enero de 1997.-Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg. No. 1748 - M. 005211 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION Marlen Gutiérrez Barreda. Ha cumplido con

todos los requisitos establecidos por la Facultad de Centro Universitario Regional del Norte.

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

1252

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12-3-97

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

Certifica

Que a la Página 174, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Alvaro José Altamirano Torres. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua a los veinte y ocho días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.-El Rector de la Universidad: Lic. Sergio Denis García; El Secretario General: Ing. Emerson Pérez Sandoval.-

Es conforme, Managua, cuatro de Noviembre de 1996.- Lic. Roger Joaquín Murillo, Director Departamento de Admisión y Registro.-

Reg. No. 1750 - M. 030661 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION Por Tanto:

Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veinte días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.-E1 Rector de la Universidad: Francisco Guzman P. El Secretario General Miguel A. Aviles.-

Es conforme, Managua, 20 de Febrero de 1997.-Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg.--------------------

No. 1749 - M. 030660 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de UNAN.

Certifica

Que a la Página 490 Tomo 1, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Instituto Politécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Marta Lidia Martínez. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Instituto Politécnico de la Salud

Por Tanto: El Suscrito Director del Departamento de Admisión

y Registro de la Upoli.

Certifica:

Que en el Folio 139, Tomo 2, del libro de Registro de Título de Graduados en la Escuela de Enfermería, que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Politécnica de Nicaragua"

Por Cuanto:

Mima Rosa Morales García, Natural de Belén, Departamento de Rivas, República de Nicaragua. Ha cumplido todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Enfermera Profesional. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veintidos días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.-E1 Rector de la Universidad: Francisco Guzman P. El Secretario General Miguel A. Aviles.-

Es conforme, Managua, 22 de Octubre de 1996.-Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg. No. 1751 - M. 030717 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de a UNAN.

Certifica Le extiende el Título de Enfermera Profesional.

Para que goce de las Prerrogativas que las leyes y Que a la Página 134, Tomo II, del Libro de Registro

1253

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

de Título de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Es conforme, León, 30 de Enero de 1997.- Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.-

Reg.------------------

No. 1753 - M. 12030681 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

Lesly Hernández Maradiaga. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

Certifica Por Tanto

Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P.; El Secretario General: Miguel A. Avilés.-

Es conforme, Managua, 7 de Octubre de 1996.-Rosario Gutiérrez Ortega. Directora.-

Reg. No. 1752 - M. 780869 - Valor C$ 40.00 Complemento 030718 - Valor C$ - 5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 226, Tomo VI, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Marcia Ileana Espinoza. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

Que a la Página 308 Tomo VI, del Libro de Registro de Titulo de la Facultad de Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

Nidia Corina Peralta Zamora. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas .

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Economía. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los quince días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.-El Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P. El Secretario General Miguel A. Avilés.-

Es conforme, Managua, 15 de Noviembre de 1996.- Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg. ---------------

No. 1754 - M. 12030650 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería.

Certifica Por Tanto.

Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nica-ragua, a los treinta días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina 5.- El Secretario General: Ramiro Guevar a Ríos.-

Que bajo el No. 333, Página 168, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de la Universidad correspondiente a la Facultad de Tecnología de la Construcción, y que ésta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

República de Nicaragua, América Central

Por Cuanto:

1254

Page 11: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

El Señor Fernando José Medina Guadamuz. Natural de Rivas, Departamento de Rivas, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de la Construcción para obtener el grado correspondiente.

Por Tanto:

Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.- Reg.No. ---------------------

1756 - M. 12030671 - Valor C$ 40.00 Complemento M. 800060 - Valor C$5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la En virtud de lo prescrito en las disposiciones

orgánicas y Reglamentos Universitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Civil para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del Ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: Ing. Arturo Collado Maldonado; Secretario General: Ing. Aldo Urbina Villalta; Decano de la Facultad: Ing. Bernardo Calvo Rojas.-

Es conforme, Managua, quince de Noviembre de 1996.- C. Sánchez .Director de Registro.-

Reg.---------------------

No. 1755 - M. 11046916 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro d la UNAN.

Certifica

Que a la Página 134, Tomo 11, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

JustIna del Carmen Valle Mejía. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Doctora en Medicina y Cirugía Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.-E1 Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P. El Secretario General Miguel A. Avilés.-

Es conforme, Managua, 7 de Octubre de 1996.-

UNAN.

Certifica

Que bajo Número 38, Página 19, Tomo V, del Libro de Registro de Títulos de graduados en El Instituto Politécnico de la Salud Perla María Norori, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua

Por Cuanto:

La Señora María Yanett Miranda Téllez. Natu-ral de León, Departamento de León, República de Nicara-gua. Ha aprobado en el Instituto Politécnico de la Salud Perla María Norori, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

Por Tanto -

Le extiende el Titulo de Enfermera Profesional. Para que goce de las Prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua a los veinte días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S.- El Secretario General: Ramiro Guevara Ríos.-

Es conforme , León 20 de Diciembre de 1996.-Gonzalo Alvarado Acetuno. Director.-

Reg. No. 1757 - M. 026997 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 27, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Instituto Politécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

1255

Page 12: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua

Por Cuanto:

Margarita del Socorro Gutiérrez Mendoza. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Instituto Politécnico de la Salud.-

Es conforme , León 10 de Febrero de 1997.-Gonzalo Alvarado Acetuno. Director.-

Reg. ------------------

No. 1546 - M. 12026889 - Valor C$ 40.00 Complemento M. 606142 - Valor C$ - 5.00

CERTIFICACION Por Tanto:

Le extiende el Título de Enfermera Profesional. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-E1 Rector de la Universidad: Francisco Guzmán P. El Secretario General Miguel A. Avilés.-

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la página 145, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

“ La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua "

Por Cuanto: Es conforme, Managua, 28 de Enero de 1997.-

Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

Reg. No. 1758 - M, 027000 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN.

Certifica

Que bajo Número 66, Página 33, Tomo V, del Libro de Registro de Títulos de graduados en El Instituto Politécnico de la Salud Perla María Norori, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Titulo que dice .

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

La Señorita Ileana del Carmen Benard Sequelra. Natural de Estelí, Departamento de Estelí, República de Nicaragua. Ha aprobado en el Instituto Politécnico de la Salud Perla María Norori, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Técnica en Anestesiología. Para que goce de las Prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S.- El Secretario General: Ramiro Guevara Rios.-

Gloria Esperanza Soza Valdivia. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias.

Por Tanto:

Le extiende el título de Licenciada en Biología. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua a los tres días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S., El Secretario General: Ramiro Guevara Ríos.-

Es conforme, León, 3 de Julio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno. Director.-

Reg.

No. 1696 - M. 800760 - - Valor C$ 40.00 Complemento M. 022961 -Valor C$ 5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la página 237, Tomo VI, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Titulo que dice:

" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua

Por Cuanto:

Yadlra Teresa Malespín Zapata. Ha cumplido

1256

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

Por Tamo:

Le extiende el título de Doctor en Medicina y Cirugía. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua a los treinta días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete .- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S., El Secretario General: Ramiro Guevara Ríos.-

Es conforme, León, 30 de Enero de 1997.- Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.-

UNA

Reg. No. 1697 - M. 024402 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la N.

Certifica

Que bajo el Número 27, Página 14, Tomo V, del Libro de Registro de Títulos de graduados en la Escuela de Enfermería Perla María Norori que ésta oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

La Señora Graciela Aguilera Aragón, Natural de Bluefields, Departamento de Zelaya República de Nicaragua. Ha aprobado en la Escuela de Enfermería Perla María Norori todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

Por Tanto:

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 550, Partida No. 3152, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Jorge Alfonso Moreno Chávez, Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiun días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: José Alberto Idiaquez, S. 1.- El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Dra. . Martha Lacayo Saballos.-

Es conforme, Managua, Veintiún de Noviembre de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugazma, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana . -

Reg. No. 1803 - M. 12030750 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION Le extiende el Título de Enfermera Profesional.

Para que goce de las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S. El Secretario General: Ramiro Guevara Ríos.-

Es conforme, León 13 de Diciembre de 1996.-Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.-

Reg.

No 1805 - M. 12030603 - Valor C$ 45.00

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 699, Partida No. 3449, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

1257

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50 12-3-97

Jasmina Judith Vargas Navarrete, Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diecinueve días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: P. Xabier Gorostiaga, S. .1.-E1 Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Saerrz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Dra. . Martha Lacayo Saballos.-

Es conforme, Managua, veinte de Febrero de 1997.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1804 - M. 12026970 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 692, Partida No. 3435, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Carolina Verónica Mayorga Marenco, Natu-ral de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce días del mes de Febrero de mil

novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: E José Alberto Idiaquez.-El Secretario General: Lic. lose Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Dra. Martha Lacayo Saballos.-

Es conforme, Managua, catorce de Febrero de 1997.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg.

No. 1808 - M. 12030532 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 576, Partida No. 3204, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Wanda Doribel Oporta Tórrez, Natural de Boaco, Departamento de Boaco, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiseis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. 1.-El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.-El Decano de la Facultad: Lic. Alvaro Javier Sánchez Porras.-

Es conforme, Managua, veintisiete de Noviembre de 1996: Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1649 - M. 12026992 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 584, Partida No. 3221, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Ricardo Antonio Espinoza Díaz, Natural de Masaya, Departamento de Masaya, República de Nicara-gua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Carolina del Carmen Rivera, Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cinco días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. 1.-El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Dra. . Martha Lacayo Saballos.-

Es conforme, Managua, cinco de Septiembre de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg, No. 1641 - M. 12026994 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION Dado en la Ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los veintiseis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. 1.-El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Lic. Alvaro Javier Sánchez Porras.-

Es conforme, Managua, veintisiete de Noviembre de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1607 - M. 12029833 - Valor C$ 45.00

CERTIFICAC ION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 453, Partida No. 2959, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroame ricana

Certifica

Que Bajo el Folio No. 638, Partida No. 3328, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Freddy Danilo Acevedo Llanes, Natural de gua, Departamento de Managua, República de Nica-

ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas. para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de

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Page 16: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

Nicaragua, a los cuatro días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. J.- El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Saenz de Viguera,- El Decano de la Facultad: Lic. Alvaro Javier Sánchez Porras.-

Es conforme, Managua, cuatro de Diciembre de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1642 - M. 12026928 - Valor C$ 45.00

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 694, Partida No. 3439, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto: CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 695, Partida No. 3441, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

Blanca Gibresca D' Ciofalo Rojas, Natural de Jinotepe, Departamento de Carazo, República de Nicara-gua, ha aprobado en la Facultad de Humanidades, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Psicología, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. J.- El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Lie, Ligia Arana García.-

Es conforme, Managua, dieciocho de Febrero de 1997.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1548 - M. 12026822 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

Antonio José Rocha Cabezas, Natural de Granada, Departamento de Granada, República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas con Mención en Administración Industrial, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Lic. Alvaro Javier Sánchez Porras.-

Es conforme, Managua. catorce de Febrero de 1997.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

Reg. No. 1802 - M. 12026952 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana.

Certifica

Que Bajo el Folio No. 693, Partida No. 3437, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Centroamericana"

Por Cuanto:

1260

Page 17: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

Lesbia Amanda Navarro Collado, Natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.-

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Rector de la Universidad: P. Xavier Gorostiaga S. 1.-El Secretario General: Lic. José Antonio Sanjines Saenz de Viguera.- El Decano de la Facultad: Dra. . Martha Lacayo Saballos.-

Es conforme, Managua, catorce de Febrero de 1997.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana.-

---------

Reg. No. 542 - R/F 12014053 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN,

Certifica

Que bajo el número 315 página 158 tomo V del libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

La Universidad Nacional Autónoma de Nicargua

Por Cuanto

La Señorita Soraya del Rosario Molina Picado natural de Rvia.s, Departamento de Rivas, República de Nicaragua ha aprobado en la Universidad Centroamericana todos los requisitos académicos del plan de estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

Por Tanto

Le extiende el Título de Licenciada en Psicología para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden .

Dado en la ciudad de León, República de Nic

gua, a los dos días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y siete.-E1 Rector de la Universidad O. Martínez 0.-El Secretario General G. Rodríguez O.-

Es conforme León 6 de Julio de 1987.-Manuel ayorga Gonzalez.-Director

Reg. No. 1212 - M. 12022780 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 285, Tomo III, del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Odontología que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice.

" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

María Mercedes Lindo Rodríguez. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Odontología.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Cirujano Dentista, para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua, a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete. El Rector de la Universidad: Ernesto Medina S. El Secretario General: Luis Hernández León, a.i.-

Es conforme, León, 10 de Febrero de 1997.-Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.-

Reg. No. 1759 -M. 21879 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN.

Certifica

Que a la Página 165, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Médicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice'

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"

Por Cuanto:

1261

Page 18: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97 1 IARIO OFICIAL 50

Mauricio Javier Paniagua López. Ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.

Por Tanto:

Le extiende el Tíralo de Doctor en Medicina y Cirugía. Para que goce de los Derechos y Prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de Managua. República de Nicaragua a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-El Rector de la Universidad: Francisco Guzman P. El Secretario General Miguel A. Aviles.-

Es conforme, Managua, 28 de Enero de 1997.-Rosario Gutiérrez Ortega.- Directora.-

INCORPORACION DE TITULOS

Reg. No. 1237 M. 018719 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Médico Cirujano, presentada por Alberto Eduardo Morales Molina, de nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Nacional Autónoma de México, el 6 de Enero de 1978 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15Y 17, del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.- Unan-Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria número tres, del ocho de Febrero de 1997, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN, Managua, examinó la Solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Alberto Eduardo Morales Medina. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones, El Consejo Universitario decidió aceptarla declarando en consecuencia dicho Título legalmente válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diez dias del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua UNAN-Managua. Certifica que:

El Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Alberto Eduardo Morales Molina y el Certificado de Incorporación, fueron registrados en el libro de Incorporaciones de la Unan- Managua, Inscripción No. 292, Folios 394, 395, Tomo I, Managua, 11 de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los once días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario Gutiérrez Ortega, Directora.-

Reg. No. 1302 - M. 018760 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina, presentada por Jaime González Viamonte, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fue otorgado por la Universidad de La Habana, el 8 de Junio de 1979 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15 y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nica-ragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN, Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria número veinticuatro del ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan- Managua, examinó la Solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Jaime González Viamonte. Habiendo dictaminado favorablemente la Solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario decidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los veinticinco días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua Certifica que:

El Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Jaime González Viamonte y el Certificado de Incorporación

1262

Page 19: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la Unan- Managua; Inscripción No. 289, Folios 390, 391, Tomo I, Managua, seis de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario Gutiérez Ortega, Directora.-

Reg. No. 1303 - M. 018761 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Especialista en Primer Grado en Psiquiatría, presentada por Jaime González Viamonte, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad de La Habana, el 2 de Mayo de 1983 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número veinticuatro, del ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN- Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Especialista en Psiquiatría, de Jaime González Viamonte. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los veinticinco días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretado General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, Certifica que:

El Título de Especialista en Psiquiatría, de Jaime González Viamonte y el Certificado de Incorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la UNAN- Managua, Inscripción No. 290, Folios 391, 392, 393, Tomo I, Managua, seis de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los seis dlas del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario tiutiérrez Ortega, Directora.-

Reg. No. 1356 - M. 022859 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Licenciado en Psicología, presentada por Aland Adonis Medal Medal, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Nacional Autónoma de México, el 13 de Junio de 1996 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del. Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN- Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número veintinueve, del dieciocho de Diciembre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Licenciado en Psicología, de Aland Adonis Medal Medal . Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diecinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, Certifica que:

El Titulo de Licenciado en Psicología, de Aland Adonis Medal Medal y el Certificado de Incorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la UNAN- Managua, Inscripción No. 296, Folios 2%, 399, 400, Tomo 1, Managua, trece de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los trece días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario Gutiérrez Ortega, Directora.-

--------------

Reg. No. 1468 - M. 022957 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Titulo de Doctor en Medicina, presentada por Walter Antonio Castillo Estrada, de Nacionalidad Nicaragüense,

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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mismo que fué otorgado por la Universidad Thracian, Satra Zagora, República de Bulgaria, el 24 de Octubre de 1996 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan- Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número tres, del ocho de Febrero de 1997, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Walter Antonio Castillo Estrada. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua UNAN-Managua, Certifica que:

El Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Walter Antonio Castillo Estrada y el Certificado de Incorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la UNAN- Managua, Inscripción No. 297, Folios 400, 401, Tomo I, Managua, 13 de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los trece días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario Gutiérrez Ortega, Directora.-

Reg, No. 1509 - M. 12031012 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Doctora en Medicina, presentada por Argelia Cristina Rivera Ruiz, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Thracian, Satra Zagora, República de Bulgaria, el 24 de Octubre de 1996 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN- Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número tres, del ocho de Febrero de 1997, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Doctora en Medicina y Cirugía de Argelia Cristina Rivera Ruiz. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, Certifica que:

El Título de Doctora en Medicina y Cirugía, de Argelia Cristina Rivera Ruíz y el Certificado de Incorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la UNAN- Managua, Inscripción No. 298, Folios 401, 402, Tomo I, Managua, 14 de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.-Rosario Gutiérrez Ortega, Directora,-

Reg. -------------

No. 1508 - M. 12031015 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina, presentada por Luis Alberto Quintero Vásquez, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Thracian, Satra Zagora, República de Bulgaria, el 24 de Octubre de 19% y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN- Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número tres, del ocho de Febrero de 199'7, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Unan-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina y Cirugía, de Luis Alberto Quintero Vásquez. Habiendo dictaminado favorablemente la

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Page 21: AMERICA CENTRAL LA GACETA · Certificado a Plazo Fijo 1271 Citación de Accionistas 1271 GuardaclorAd-Litem 1271 NulidaddeTtulos 1271 Declaratoriade Herederos 1272 ... espiritual,

12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua. a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Miguel Angel Avilés Carranza Secretario General.-

Certificación

La Suscrita Directora de Registro y Estadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, Certifica que:

El Título de Doctor en Medicina y Cirugía de Luis Alberto Quintero Vásquez y el Certificado de Incorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de la UNAN- Managua, Inscripción No. 299, Folios 402, 403, 404, Tomo 1, Managua, 14 de Febrero de 1997.-

Dado en la Ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Rosario Gutiérrez Ortega, Directora.-

Reg. No. 1811 - M. 12030576 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Especialista en Oftalmología, presentada por Luis Antonio Bustamante Narváez, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por el Instituto Barraquer de la Universidad Autónoma de Barcelona, España, el 12 de Enero de 1987 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número veinticuatro, del martes ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Titulo de Especialista en Oftalmología, del Doctor Luis Antonio Bustamante Narváez. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diecisiete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés

Carranza, Secretario General.-

Reg. No. 1812 - M. 12030575 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Médico Cirujano, presentada por Luis Antonio Bustamante Narváez, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Nacional Autónoma de México, el 19 de Noviembre de 1985 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15 y , 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, Unan- Managua.-

Cer ca

Que en Sesión Ordinaria Número veinticuatro, del martes ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Titulo de Doctor en Medicina y Cirugía, del Doctor Luis Antonio Bustamante Narváez. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diecisiete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Reg. No. 1809 - M. 12030578 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Especialista en Cirugía General, presentada por Matilde María Reyes Lacayo, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad de Costa Rica, el 2 de Febrero de 1995 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número veinticuatro, del martes ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Especialista en

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Cirugía General de la Doctora Matilde María Reyes Lacayo. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diecosoete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis .- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

Reg. No. 1810 - M. 12030572 - Valor C$ 45.00

CERTIFICADO

En relación a la Solicitud de Incorporación de Título de Doctora en Medicina, presentada por Matilde María Reyes Lacayo, de Nacionalidad Nicaragüense, mismo que fué otorgado por la Universidad Autónoma de Centro América, Costa Rica, el 24 de Enero de 1990 y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10, 15, y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN- Managua.-

Certifica

Que en Sesión Ordinaria Número veinticuatro, del martes ocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación de Título de Doctora en Medicina y Cirugía, de la Doctora Matilde María Reyes Lacayo. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiendo observaciones el Consejo Universitario dicídió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título Legalmente Válido e Incorporado en Nicaragua.-

Managua, a los diecisiete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Miguel Angel Avilés Carranza, Secretario General.-

REPOSICION DE TITULOS

Reg. No. 911 - M. 12015923 - Valor C$ 45.00

La Universidad Nacional Autónoma de Nicara-gua, UNAN - Managua, informa que se ha solicitado la Reposición de Título de Arquitecto, extendido por esta Universidad a nombre de Ivania Mercedes Ocampo Alvarado, en el mes de Abril de 1987:

Los Interesados pueden oponerse dentro del plazo de diez días contados a partir de la fecha de esta

publicación.-

Managua, a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Miguel Angel Avilés Carraanza, Secretario General.-

INCORPORACION PROFESIONAL

Reg. No. 716 - M. 778722 - Valor C$ 40.00 Complemento 12014316 - Valor C$ - 5.00

CERTIFICACION

El Infrascrito Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- León ( UNAN- León) Certifica que en Sesión Ordinaria del No. 148 del Consejo Universitario del veinte de Diciembre de mil novecientos noventa y seis, adoptó el Acuerdo que íntegra y literalmente dice:

1.- El Consejo Universitario aprueba:

a) La Solicitud de Incorporación Profesional del Licenciado José Aparicio Guillén Herrera, de nacionalidad Nicaragüense, y en consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado en Nicaragua el Título de Licenciado en Derecho, obtenido en la Universidad de San José Costa Rica, el día 29 de Enero de 1996, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Título XI de los Estatutos de la UNAN- León; La Secretaría General extenderá Certificación del presente Acuerdo para su inscripción en la Oficina de Registro Académico y ulterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial a instancia y por cuerna del solicitante.-

Se le previene al solicitante que para el Ejercicio Profesional debe incorporarse a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.-

Dado en la Ciudad de León, República de Nicara-gua, a los catorce días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.- Ramiro José Guevara Ríos.- Secretario General.-

El Suscrito Director de la Oficina de Registro Académico de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León, hace constar que la presente certificación fué inscrita bajo el Acta No. 467, Página No.388 Tomo 11, del Libro de Incorporación que lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.- León, 30 de Enero de 1997. Gonzalo Alvarado Aceituna, Director.-

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12-3-97

LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

FINANCIERA INTERNACIONAL, S.A.

Reg. No. 2224 - M. 337484 - Valor C$ 45.00

Financiera Internacional, S.A. Estado de Resultados.

Del 1 ° de Agosto de 1995 al 31 de Diciembre de 1995. (Expresado en Miles de Córdobas).

1- Ingresos Financieros C$ 2,095.0 Por Disponibilidades 238.0 Por Inversiones 170.6 Por Créditos 1,490.9 Otros Ingresos Financieros 195.5

11- Gastos Financieros 497.2 Intereses por Depósitos 473.4

Por Depósito de Ahorro 202.7 Por Depósito a Plazo 270.7 Intereses por otros Depósitos 0.0

Por otras Oblig. y Financ con Inst. Financieras 23.8 Cargos por Préstamos del F.N.I. 0.0 Cargos por Préstamos del Exterior 11.9

Otros Cargos 11.9

Por Obligaciones Con el B.C.N. 0.0 Por Oblig. Suborninadas o convertib.en capital 0.0 Otros Intereses y Gastos Financieros 0.0

Resultado Financiero antes de Ajustes Monetario C$ 1,597.8

III- Ingresos por ajustes Monetarios 1,312.4

IV- Egresos por ajustes Monetarios 368.1

Resultado Financiero Bruto C$ 2,542.1

V- Ingresos por Recuperación de Activo Financiero 0.0

VI- Gastos por Incobrab. y Desv. de Activo Financ. 112.9 Resultados Financiero Neto C$ 2,429.20

VII-Ingresos Operativos Diversos 256.9 Comisiones por Servicios 0.5 Otros Ingresos Operativos 756 4

VIII- Gastos Operativos Diversos 6.8 Comisiones por Servicios 0.0 Otros Gastos Operativos 6.8

Resultados Operativos Bruto C$ 2,679.2

1267

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

IX- Gastos de Administración 2,099.0

Resultados Operativo antes de I.R. C$ SKI

X- Gastos por I.R. 174.1

Resultados Operativo Después del I.R. C$

XI- Ingresos Extraordinarios 0.0

XII- Gastos Extraordinarios 0.0

Resultado Neto del Periodo C$ 406.2

José Morales &- Guillermo Obando P. losé D. Gómez R.- Contador General.- Gerente Admtivo y Financiero.- Gerente General.-

Reg. No. 2223 - M. 337483 - Valor C$ 45.00

FINANCIERA INTERNACIONAL, S.A. Balance General al 31 de Diciembre de 1995. (Expresados en Miles de Córdobas).

ACTIVO TOTAL C$ 33,515.7

I- Disponivilidades Moneda Nacional

Caja 5.3 Depósito en el B.C.N. 508.7 Documentos al Cobro 0.0

Otros. 441.3

Moneda Extranjera Caja 1.2 Depósito en el B.C.N. 3,242.3

Depósito Inst. Finan. Exterior 473.3 Otros. 1,064.6

955.3

4,781.4

5,736,7

II- Inversiones 3,191.1

DI- Cartera de Crédito Neta

19,334.4 Cartera de Crédito Bruta

19,236.0 Créditos Corrientes

19,236.0 Créditos Vencidos

0.0

bits y comisiones x cobrar s/cartera 211.2 Provisión para Cartera de Crédito -112.9

IV- Otras Ctas. por Cobrar 483.7

1268

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

V- Bienes de Uso

VI- Otros Activos

Pasivo Total I- Depósito

2,121.9

2,647.9

C$ 17.611.5 15,263.5

Moneda Nacional 2,973.9

Depósito a la Vista 0.0 Depósito de Ahorro 797.3 Deposito a Plazo 2,176.6 Otros Depósitos 0.0

Moneda Extranjera 12 2 9. Depósito a la Vista 0.0 Depósito de Ahorro 4,238.7 Depósito a Plazo 8,050.9 Otros Depósitos 0.0

II- Otras Obligaciones con el Publico 0.0

III- Otras Oblig. con Inst. Financ. y por otros Financ. 1,739/ Préstamos del F.N.I. 0.0

Préstamos de lnst. Financieras del Ext. 1,189.9 Otros 549.8

IV- Obligaciones con el B.C.N. 0.0

V- Otras Cuentas por Pagar y Provisiones

456.7

VI- Otros Pasivos

151.6

VII- Oblig. Subordinadas y/o Convertibles en Capital

0,0

Patrimonio 1- Capital Social

U- Aportes Patrimoniales no Capitalizables

III- Ajustes al Patrimonio

IV- Reservas Patrimoniales

V- Resultado Acum. de Ejercicios Anteriores

VI- Resultado del Período

Total Pasivo y Patrimonio

José Morales B.-Contador General.-

C$ 15 904 7

15,471.3

26.7

0.0

0.0

0.0

406.2

C$ Vi 515 7

Guillermo Obando P.- losé D. Gómez.- - Gerente Admtivo. y Financiero.- Gerente General.-

1269

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12-3-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 50

SUBASTAS

Reg. No. 1781 - M. 12030612 - Valor C$ 135.00

Diez de la mañana, dos de Abril del presente año, Subastase Bienes Inmuebles consistentes en:

a) Bien Inmueble ubicado en el Barrio de Guadalupe de ésta Ciudad, compuesto de casa y solar de cinco varas de

sur a norte por noventa y siete de fondo, de oriente a poniente, Linderos:Norte: Esther Téllez MairenaSur:

Felipe Baca Este: María Figueroa y Oeste: Calle en medio, Herederos de Alberto Hernández

Inscrita con el Número 28.625, Asiento lo, Folio 187,

Tomo 383.

b) Bien Inmueble ubicado en el Barrio de Guadalupe consistente en casa y solar de diez varas de frente por noventa de fondo, Linderos: Norte: Esther Téllez Sur: Ercilia Loalsiga Este: María Figueroa y Oeste: Calle en

medio Alberto Hernández

Inscrita bajo el Número 15.684, Asiento 5o, Folio 102, Tomo 291.

c) Bien Inmueble ubicado en Telica, Jurisdicción

de éste Departamento, aproximadamente con un área total de setecientas cincuenta varas cuadradas, Linderos:Norte. Lilliam MolinaSur: Calle en medio Rastro Público Este: Herederos de Josefa Milina y Oeste - Junta Municipal de Telica

E inscrito con el Número 17.309, Asiento 2o, Folio 103 y 15, Tomo 231 y 486. Todos de la Sección de Derechos Reales del Registro Público de la Propiedad

Inmueble de éste Departamento. Así mismo en la misma audiencia Vendase al Martillo dos Vehículos :

a) Vehículo Camión Placa LI0061, Marca Motor 410308, Color Rojo.-

b) Vehículo Rastra, Placa LU- 0065, Marca Odaz, Chasis 218070, Color Celeste.-

Ejecuta: Banco de Crédito Popular Sucursal León.- Ejecutados: Abraham Rigoberro Vega Baca, Zelmira María Reyes, Felipa Vega Baca, Francisco Salomón Quedo

y Efraín Reyes Pasos.-

Base de las Posturas: Noventicinco Mil Quini Treintinueve Córdobas con Sesemitres Centavos.-

Se Oiran Posturas.-

Juzgado Segundo de Distrito Civil, León,

veinticuatro de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Josefina Toruno Parajón, Juez Segundo de Distrito Civil de León.-

3 2

Reg. No. 1783 - M. 12030593 - Valor C$ 135.00

Diez mañana, tres de Abril mil novecientos noventisiete, Local éste Juzgado Subastarse Finca Urbana, identificada Número A- 21 Colonia Diez de Junio, Area

ciento cincuentinueve metros cuadrados, ochenticuatro centésimas metros cuadrados; Area construcción

cincuenticinco metros cuadrados diecinueve centésimas metro cuadrado.- Linderos:None: Lote A- 20, Sur: Lote

A- 22 Este: Lotes A- 523, A- 525, veinticinco Avenida

Sureste;Oeste: Lotes A- 88, A- 90 Inscrito Número 87,775, Tomo 1499, Folio 6, Asiento: 2o. Sección de Derechos Reales, Libro Propiedades Registro Público, Managua.-

Ejecuta: Banco Nicaragüense de Industria y Comercio a Luby García Soto y Ramón Díaz Chang

Base Remate: Cincuenta Mil Córdobas Oyense Posturas.-

Dado Juzgado Cuarto Civil Distrito, Managua,

veintiseis de Febrero de mil novecientos noventa y siete.-Dr. Medardo Mendoza Yescas, Juez Cuarto Civil Distrito

Managua.- 32

Reg. No 1784 - M. 12030732 - Valor C$ 135.00

Abril 25 de 1997, 3:00 PM. En el Local de éste Despacho Judicial Sáquese a Subasta el Bien Inmueble ubicado en ésta Ciudad dentro de los siguientes Linderos:Oriente: Leopoldo Díaz Poniente: Sucesión de

Guadalupe Sánchez Norte: Calle en medio, Sucesión de Honoran, Caldera y Sur: Juan Vásquez.Inscrito bajo el No.

3,457, Asiento lo, Folios 214- 215, del Tomo XII del Libro de Propiedades Sección de Hipotecas del Registro Público de éste Departamento, el cual es Propiedad de la Señora Martha Pitarte. Se Señala como base de la Subasta la suma de Once Mil Cuarenta Córdobas ( C$ 11,040.00 ) Todo dentro de la ejecuCión seguida contra la Señora Pilarte por parte de la Señora Lidia Blandón de Carrasquilla.-

Oyense Posturas.-

Dado en el Juzgado para lo Civil del Distrito de Masaya a los veinte días de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Belde María Cárcamo Sánchez, Juez Civil del Distrito de Masaya.- Manuel Ignacio liban Ubau, Secretario de Actuaciones.-

3 2

Reg. No. 1780 - M. 12030566 - Valor C$ 135.00

1270

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

50

Once de la mañana del próximo uno de Abril de mil

novecientos noventa y siete, Subastarse Propiedad Urbana

ubicada en el Reparto Bello Horizonte, Casa Número 6- D-

IU, inscrita bajo No. 62.498, Tomo 1000, Folios 62 y 63, Asiento 3o. con un área de Doscientas Cincuenta varas

Cuadradas y Cuarenta Milésimas de varas Cuadradas,

comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte:

Calle FSur: Lote No. 14 de la Manzana D- III Este Lote

No. 5 de la Manzana D- III y Oeste: Lote No. 7 de la

Manzana D.Ill

1.- Informe del Presidente

2.- Aumento de Captial

3.- Reforma a los Estatutos

4.- Elección de los Vigilantes

5.- Varios

Managua. 10 de Marzo de 1997.-Dulce María Mayorga.-Secretaria INTRAFSA

1

GUARDADORA AD-LITEM Base: Once Mil Ochocientos Dollares o su

equivalente en Córdobas.-

Estricto Contado.-

Ejecuta: Armando Nuñez Rodríguez.-

Ejecutado: Miguel Angel Mora y Auxiliadora del

Socorro Barberena.-

Dado Juzgado Primero Civil de Distrito.- Managua,

tres de Marzo de mil novecientos noventa y siete,- Dra.

Yelba Aguilera Espinoza, Juez Primero Civil de Distrito de Managua.- 3 2

CERTIFICADO A PLAZO FIJO

Reg. No. 1294 - M. 12018746 - Valor C$ 135.00

Blas Santiago Cerda Calero de este domicilio, solicita por pérdida Certificado a Plazo Fijo No. 960166-0 con valor de ocho mil dólares netos (U.S. 8.000) manejado sucursal Banco Nacional Masaya, sea cancelado y repuesto por uno nuevo. Todo interesado presentarse personalmente esta Sucursal dentro de un término de treinta días (30 ds.) a partir de fecha de última publicación Diario Oficial La Gaceta. Pasado dicho término certificado quedará anulado por cancelación y se procederá a su reposición.-

Dado en la Sucursal del Banco Nacional. Masaya, a los doce días de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Lic. Evenor Ortega G., Gerente.-

3 3

CITACION DE ACCIONISTAS

Reg. No. 2241 - M 12033074 - Valor CR

Se cita por segunda vez, a los accionistas de lntrafsa (Inversiones de Trabajadores de la Fosforera S.A., ) para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, la que se llevará a efecto el día 28 de Marzo de 1997 a las 2.00 P.M. en el Local casa Club de la Fosforera situada en Managua, Barrio Altagracia contíguo o Copasa para tratar asuntos según Agenda:

Reg. No. 1779 - M. 12030592 - Valor C$ 72.00

Convoquese a los socios de Mercantil

Internacional, S.A, para que comparezcan a este despacho al vigésimo primer día contados a partir de la publicación de los Edictos y en Junta elijan un representante, que le represente en Juicio que en su contra interpone el Sr. Jorge Huezo Castrillo, bajo los apercibimientos de que si no hay mayoría o de no asistir ningún miembro se le nombrará un Guardador Ad Litem.-

Dado en el Tercero Civil Local de Managua, a los veintiocho días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Juzgado Tercero Local Civil de Managua.-

3 1

Reg. No. 1714 - M. 026900 - Valor C$ 72.00

Habiendo evacuado la audiencia favorablemente el Señor Procurador Departamental de Justicia de los Señores: Rodrigo Lanuza López y Nohemí Zelaya Rugama, Cítase por tres veces consecutivas día a día a la Señora : Aleyda Amanda Ubau Andino para que comparezca a oponerse en el Juicio Civil Ejecutivo de Inmisión en la Posesión interpuesta por -la Sra. Dora Gómez Ramos, bajo apercibimiento de nombrarle Guardador Ad Litem, si no comparece, publíquese el Edicto en La Gaceta, Diario Oficial. Notifíquese. A. Mairena R. R. Yadira Tórres M. Sría.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil a los veitiun días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- Dr. Alfredo Mairena Rizo, Juez de Distrito Civil.-

31

NULIDAD DE MULOS

Reg. No. 1710 - 12030652 - Valor C$ 135.00

Juzgado de Distrito para lo Civil de Juigalpa,

veintiuno de Febrero de mil novecientos noventa y siete.

Las dos y treinta minutos de la Tarde .- Visto el escrito que antecede, téngase como parte actora a la Lic. René Lucía Delgado Sánchez, mayor de edad, soltera, abogada y de éste domicilio, en su calidad de Procuradora Auxiliar de

1271

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2-3-97

LA GACETA - D O OFICIAL o

Justicia de ésta Ciudad, la cual demanda en la vía Especial Sumaria, y con acción de Nulidad de Título, Restitución de Inmueble al Estado de la República de Nicaragua y Cancelación de Asientos Registrales a los Señores: Martín Romero Hurtado, Cipriano Duarte Hernández, Guillermo Blandón Arroyo, Pedro Alvarez Hurtado, Mercedes Valle Ráudez, Napoleón López Hurtado, Vicente Romero Suazo, Roger Oporta Robles), Martín Machado Lumbí Benigno Machado Monge, Ernesto Machado Monge, José Adán Chavarría Hurtado, Heyener Machado Hurtado, Alejandro Hurtado López, Augusto Medina Opona, Miguel Galeano Silva, Elf López Midence, Isidro Medina Oporta, Juan Guevara Solís, Pedro Hernández Amador, Catalina Hernández Duarte, Concepción Medina Obando, Ralada Hurtado Romero, Raúl Blandón Arroyo, Mauro Villega Oporta, César Martínez Lumbí, Dolores Guevara Solís, Trinidad López Sequeira, Luis Aragón Aguirre, Wilfredo Oporta Hurtado, Martha L. Rosales, Joaquín Morales Martínez y Brenda Galeano Silva.

En vista que los demandados no tienen domicilio conocido De conformidad con el decreto No. 181 del 29 de Noviembre de 1979, corrásele traslado a los demandados para que en el término de veinte días comparezcan a éste despacho a estar a Derecho y a Contestar la Demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de Ley si no lo hacen.- Publíquese los Edictos correspondientes en el Diario Oficial La Gaceta, y en un periódico de circulación nacional por una sola vez, Notifíquese.- A. Hernández S. M. Suárez M. Sria.-

Dado en el Juzgado de Distrito para lo Civil de Juigalpa a los veinticuatro días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Lic. Angela Hernández Saavedra, Juez de Distrito para lo Civil de Juigalpa.- Maritza Suárez Martínez, Secretaria.-

31

DECLARATORIA DE HEREDEROS

Reg. No. 1786 - M. 12026947 - Valor C$ 24.00

Elga María Bonilla Delgado, Unión Hermanos: Sergio y Gerardo Bonilla Delgado, Ruth y José María Bonilla Reyes, Yader y Fredy Urbina Bonilla, Carlos Manuel y Oneyda Bonilla Pérez, Mercedes Bonilla Quiroz y María Celeste Bonilla Lainez Solicitan ser Declarados Herederos de los Bienes, Derechos, Acciones que al fallecer dejara su padre el señor Sergio Alberto Bonilla Huembes.-

Opónganse.-

Juzgado Primero Civil de Distrito, León, etnuuno de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Socorro García, Sria.-

Reg. No. 1785 - M. 786328 - Valor C$ 29.00

Armando Víctor Carcache, Solicita Declaratoria de Heredero, Bienes, Derechos, Acciones, Sucesión Intestada difunta esposa Elida Gómez Castillo.-

Opónganse.- Juzgado Distrito :Rivas, dieciocho de Febrero de

mil novecientos noventa y siete.- Fátima Beteta Canales, Sria.-

Reg. No. 1778 - M. 02159 - Valor C$ 45.00

Socorro Rodríguez de Rojas, soltera por viudez, María Danicela Rojas, soltera, Jorge Rojas, casado, y Claudia Verónica Rojas, soltera, todos mayores de edad, Nicaragüenses con domicilio en Estados Unidos de América por medio de su apoderada María Esthela Zapata Mendez Solicitan se les Declare Unicos y Universales Herederos de todos los Bienes, Derechos y Acciones que a su muerte dejó Jorge Antonio Rojas Cisneros, sin perjuicio de la Proporción conyugal para Socorro Rodríguez Suárez que como cónyuge sobreviviente le. corresponde.-

Interesados Opónganse en el Término de Ley.-

Dado en el Juzgado Primero Civil de Distrito de Managua, a los doce días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis. Dr. Antonio Aguilar Leiva, Juez Primero Civil de Distrito, Managua.- Olinda Ramírez, Secretaria.-

Reg. No. 1726 - M. 09014556 - Valor C$ 24.00

Violeta Pérez Narváez y hermanos Silvio Gerardo Martín, Gladys Benita del Socorro, Jose Luis e Isabel Pérez Narváez, Solicitan Decláreseles Herederos Bienes difunta Luisa Narváez

Señala Bienes.-

Opónganse.-

Juzgado Civil de Distrito, Jinotepe, veinticinco Febrero mil novecientos noventisiete.- Dr. Mario J vis

Soto Quiroz, Juez Civil de Distrito de Jinotepe.-

Reg.

No. 1727 - M. 030710 - Valor C$ 24.00

Claudio José Reyneris Rivas Martínez, Solicita Declaresele Heredero Unico, Bienes, Derechos, Acciones, difunta madre Ramona Martínez o Ramona Antonia Martínez de Rivas, sín perjuicio porción conyugal señor Manuel Rivas.-

Oponerse Juzgado Civil del Distrito, Masaya, Febrero

catorce, mil novecientos noventa y siete.- Manuel Ignacio Ubau, Srio.-

1272