adquisiciÓn de bienes y servicios fecha versiÓn 29/06/12...

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MANUAL DE PROCESOS DE APOYO MPA-01-F-01 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS FECHA 29/06/12 VERSIÓN 3 ESTUDIO PREVIO Página 1 de 44 LUGAR Y FECHA: San José de Cúcuta, 02 de Agosto de 2013 DEPENDENCIA SOLICITANTE: Subdirección de Planeación y Fronteras RUBRO PRESUPUESTAL: No Aplica PROYECTO (si aplica): No Aplica FUNCION MISIONAL (si aplica): No Aplica META RELACIONADA PAC (si aplica): No Aplica TIPO DE GASTO (marque con X): Funcionamiento ( ) Inversión ( X ) FUENTE DE FINANCIACION: (marque con X e indique el valor) Recursos Propios ( ) Regalías ( ) Tasas Retributivas ( ) Sobretasa Ambiental ( ) Orden Nacional ( ) Transferencia Termotasajero ( ) Fondo Nacional de Regalías ( ) Convenio (X) No. 000079 GOBERNACIÓN DE NORTE DE SANTANDER CORPONOR del 01 de Octubre de 2012 Cuenta Especial: Cuenta de Ahorros IFINORTE No. 10600082247 denominada CORPONOR OTRO SI No. 1 AL Conv. De Cooperación No. 000079-01/10/2012 Valor: $ 104.600.000 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: Para efectos de reducir el nivel de riesgo a través de acciones de mitigación e intervención correctiva, La Corporación presentó ante la UNIDAD NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES UNGRD los proyectos para la ejecución de obras de protección lateral sobre margen izquierda del río Pamplonita en los Sectores de Asturias, Vegas del Rio y Cárcel Modelo en el Municipio de San José de Cúcuta, los cuales fueron viabilizados. El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Fiduprevisora S.A. y el Departamento de Norte de Santander, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 9677-04-594-2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES y el DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte de Santander conforme lo establece el proyecto de inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación. El citado convenio en el parágrafo de la cláusula primera estableció: “EL DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER en cumplimiento de las funciones de la Ley 1523 de 2.012 deberá realizar las acciones pertinentes para transferir los recursos a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental CORPONOR, quien ejecutará en su calidad de autoridad ambiental el proyecto de Inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad técnica positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte de Santander, garantizando el cumplimiento de las observaciones planteadas como resultado del proceso de viabilidad técnica

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MANUAL DE PROCESOS DE APOYO MPA-01-F-01

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS FECHA 29/06/12

VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 1 de 44

LUGAR Y FECHA: San José de Cúcuta, 02 de Agosto de 2013

DEPENDENCIA SOLICITANTE:

Subdirección de Planeación y Fronteras

RUBRO PRESUPUESTAL: No Aplica PROYECTO (si aplica): No Aplica

FUNCION MISIONAL (si aplica):

No Aplica

META RELACIONADA PAC (si aplica):

No Aplica

TIPO DE GASTO (marque con

X): Funcionamiento ( ) Inversión ( X )

FUENTE DE FINANCIACION: (marque con X e indique el valor)

Recursos Propios ( ) Regalías ( ) Tasas Retributivas ( ) Sobretasa Ambiental ( ) Orden Nacional ( ) Transferencia Termotasajero ( ) Fondo Nacional de Regalías ( ) Convenio (X) No. 000079 GOBERNACIÓN DE NORTE DE SANTANDER – CORPONOR del 01 de Octubre de 2012 Cuenta Especial: Cuenta de Ahorros IFINORTE No. 10600082247 denominada CORPONOR – OTRO SI No. 1 AL Conv. De Cooperación No. 000079-01/10/2012 Valor: $ 104.600.000

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD:

Para efectos de reducir el nivel de riesgo a través de acciones de mitigación e intervención correctiva, La Corporación presentó ante la UNIDAD NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES – UNGRD los proyectos para la ejecución de obras de protección lateral sobre margen izquierda del río Pamplonita en los Sectores de Asturias, Vegas del Rio y Cárcel Modelo en el Municipio de San José de Cúcuta, los cuales fueron viabilizados. El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – Fiduprevisora S.A. y el Departamento de Norte de Santander, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 9677-04-594-2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES y el DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte de Santander conforme lo establece el proyecto de inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación. El citado convenio en el parágrafo de la cláusula primera estableció: “EL DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER en cumplimiento de las funciones de la Ley 1523 de 2.012 deberá realizar las acciones pertinentes para transferir los recursos a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental – CORPONOR, quien ejecutará en su calidad de autoridad ambiental el proyecto de Inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad técnica positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte de Santander, garantizando el cumplimiento de las observaciones planteadas como resultado del proceso de viabilidad técnica

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llevado a cabo por la Subdirección de desarrollo Ambiental Sostenible del DNP sobre el proyecto de inversión…”. El Departamento de Norte de Santander y CORPONOR, suscriben el Convenio de Cooperación No. 000079 DE 2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte de Santander, tal como lo establece el proyecto de inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación. Los proyectos a ejecutar, se encuentran relacionados directamente con las actividades de respuesta, de rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en situación de desastre o calamidad pública, conforme actos administrativos que hacen parte de los antecedentes de la presente contratación y que determinaron la aprobación de los proyectos por parte del Departamento Nacional de Planeación y la asignación de recursos del Fondo Nacional de Gestión de Prevención del Riesgo de Desastres. En virtud de lo anterior y para efectos de reducir el nivel de riesgo a través de acciones de mitigación e intervención correctiva para en los sectores de Asturias, Vegas del Rio y Cárcel Modelo en el Municipio de San José de Cúcuta, se propone la ejecución de obras de protección lateral sobre margen izquierda del río Pamplonita, mediante la construcción de jarillones laterales con roca caliza. Del análisis de estabilidad de taludes para este sector entre el Puente Gaitán Durán y el Puente García Herreros se puede concluir lo siguiente: Las condiciones de inestabilidad presentadas obedecen a la Erosión Lateral y de Fondo o Socavación del río Pamplonita que genera perdida de suelos de la terraza aluvial. La inestabilidad ha sido generada por la Profunda Socavación del suelo de cimentación con la perdida de soporte de la Terraza y su colapso. En esta zona Residencial de Asturias, no existían Jarillones ni Muros de Protección. Los Taludes existentes que han quedado muy deteriorados, se deben protegerse con obras que permitan controlar la socavación; estas obras de Mitigación deben ser de rápida construcción y corresponder a las condiciones de invierno que se pueden presentar en la zona. Desde el punto de vista Geotécnico la zona objeto de estudio corresponde al valle aluvial del Río Pamplonita, en sectores donde La Topografía del terreno es básicamente plana. El riesgo en este sector es alto, el cual está asociado a amenazas hidrometereológicas, las cuales con base en su especificidad (acción del río) se categoriza muy alta y sobre todo en épocas de altas precipitaciones, cuando el río presenta niveles altos, por encima de las características normales. El evento de la ola invernal 2010 – 2011 – 2012 originado por el fenómeno de la Niña ocasiono socavamiento en su margen izquierda originando pérdidas considerables de suelo y colapsando parte del talud, haciendo cada día más vulnerable a la infraestructura existente y a la población asentada en los sectores descritos a continuación:

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SECTOR ASTURIAS

SECTOR AFECTADO ASTURIAS AÑO 2011

Se muestra el estado del Talud Izquierdo aguas abajo del Río Pamplonita, en el Sector ubicado

frente a la entrada del Conjunto Residencial Asturias en la Avenida del Río.

Se observa el Colapso del Talud Izquierdo del Río Pamplonita a lo largo de unos 250 metros,

que afectó las Obras de Amueblamiento construidas y amenazó con la destrucción de la

calzada en la Avenida del Río.

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Este sector corresponde a una curva que recibe de manera directa el Impacto de la Corriente

del agua durante las Crecidas de Caudal, esta causa hizo deteriorar y destruir en forma

progresiva la meseta baja y el talud de protección del sector.

Se considera un hecho prioritario adelantar la protección del sector de esta curva para mitigar la

acción de la Erosión Lateral, ya que el material que compone este talud es arcillo-limoso y

carece de la resistencia para soportar los impactos de las aguas durante las crecidas del Río

Pamplonita.

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ESTUDIO PREVIO Página 5 de 44

Desde el punto de vista Geológico, el Sector del Talud Izquierdo del Río Pamplonita ubicado

frente al Conjunto Residencial Asturias, fue afectado por los efectos concentrados de la

Socavación en la zona de la curva, lo cual provocó el movimiento de la masa que ocupaba la

meseta en esta zona.

En el año 2012 a inicios de la temporada de lluvias se hizo necesario construir un jarillón en

roca de cantera que mitigara el riesgo de socavación del talud.

Es indispensable favorecer la meseta de protección que aún existe en la parte de baja de este

sector, para Mitigar e impedir el avance de la Erosión en este sector. Por lo tanto se requiere

instalar un nuevo enrocado sobre el existente con el fin de ganar mayor altura.

SECTOR AFECTADO ASTURIAS AÑO 2013

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Como se ha ilustrado y narrado anteriormente la situación actual de la estabilidad del talud es de alto riesgo toda vez que en cada periodo de invierno se intensifican las lluvias por el fenómeno de la Niña y el avance del río sobre la margen izquierda es altamente progresivo logrado alcanzar la corona del jarillón construido.

SECTOR VEGAS DEL RIO

SECTOR AFECTADO VEGAS DEL RIO AÑO 2011

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Avance de la Erosión Lateral por el Talud Izquierdo aguas abajo del Río Pamplonita hasta el

Estribo ubicado sobre el mismo costado del Puente Rafael García Herreros, el cual queda en

posición lateral respecto al impacto de la corriente del agua.

El talud izquierdo de este sector frente al Conjunto Residencial Vegas del Río está compuesto

de un material limo-arcilloso, con poca resistencia al impacto del agua y que conforma una

meseta media que aún se conserva con vegetación de mediana altura.

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La meseta antes descrita, está conformada por un ancho de unos 12 metros y su vegetación

separa el talud izquierdo de la zona del andén sobre la Avenida del Río.

SECTOR AFECTADO VEGAS DEL RIO AÑO 2013

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Durante el año 2013 han realizado trabajos de recuperación y protección de la zona afectada como se aprecia en la grafica anterior. Esto permitió la construcción de un jarillón en material de préstamo como protección parcial del talud el cual se va a utilizar como núcleo del enrocado a instalar. Como se ha ilustrado y narrado anteriormente la situación actual de la estabilidad del jarillón construido es de alto riesgo toda vez que en cada periodo de invierno se intensifican las lluvias por el fenómeno de la Niña y el avance del río sobre la margen izquierda es altamente progresivo.

SECTOR CARCEL MODELO

SECTOR AFECTADO CARCEL MODELO O CENTRO PENITENCIARIO AÑO 2011

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SECTOR AFECTADO CARCEL MODELO O CENTRO PENITENCIARIO AÑO 2013

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Las fotos muestran el avance progresivo del río sobre un muro en concreto reforzado, el cual se encuentra en la actualidad socavada y comprometida su estabilidad. La foto anterior también muestra el avance progresivo del río que amenaza con comprometer la infraestructura de la nueva cárcel de máxima seguridad contigua al Centro Penitenciario con cerramiento en malla de color azul. Como se ha ilustrado y narrado anteriormente la situación actual de la estabilidad de la infraestructura del Centro Penitenciario Antiguo y el de máxima seguridad por la acción de las aguas del río Pamplonita es de alto riesgo toda vez que en cada periodo de invierno se intensifican las lluvias por el fenómeno de la Niña y el avance del río sobre la margen izquierda es altamente progresivo. Según el informe presentado por el IDEAM de fecha 6 de diciembre de 2010, el fenómeno de La Niña 2010-2011 alteró el clima nacional desde el comienzo de su formación en el mes de junio del mismo año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias más intensas y abundantes nunca antes registradas en el país en las regiones Caribe, Andina y Pacífica; además hizo que no se presentara la temporada seca de mitad de año en el norte y centro de la región Andina. El mes de agosto y septiembre se comportaron también con lluvias por encima de lo normal en la región Caribe y en el norte de la región Andina. Como consecuencia de ello algunos ríos presentaron niveles nunca antes registrados en la historia de la hidrología colombiana. El Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres según consta en acta de fecha 7 de diciembre de 2010, señaló que la situación presentada a nivel nacional como consecuencia de la ola invernal era constitutiva de desastre, por lo tanto emitió concepto favorable para la declaratoria de desastre nacional. Consecuencia de lo anterior, el Presidente de la República, dispuso mediante Directiva Presidencial No. 027 del 6 de diciembre de 2012, que de conformidad con la normatividad

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vigente y las disposiciones en materia ambiental, es necesario que las autoridades adelanten en el marco de sus competencias todas las actuaciones que se requieran para atender la situación que se viene presentando a raíz de la ola invernal, por lo tanto, deben adoptar mecanismos ágiles que permitan ejecutar las obras que sean necesarias con el fin de evitar pérdida de vidas humanas y perjuicios a la comunidad como consecuencia del fenómeno natural que se presenta. Por lo anterior, de conformidad con el Decreto-ley 919 de 1989, declarada una situación de desastre se aplica un régimen normativo especial que contempla disposiciones excepcionales en materia de contratos; control fiscal de recursos, adquisición y expropiación, ocupación temporal y demolición de inmuebles, imposición de servidumbres, solución de conflictos, moratoria o refinanciación de deudas, incentivos de diverso orden para la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo, administración y destinación de donaciones y autorización, control, vigilancia e inversión de los bienes donados. La Corte Constitucional, mediante Sentencia C193-11 del 18 de marzo de 2011, en revisión oficiosa de constitucionalidad del Decreto Legislativo No. 4702 de diciembre 21 de 2010, “Por el cual se modifica el Decreto Ley 919 de 1989”. La Corte considero exequible artículo 3º del Decreto ley 4702 de 2010, bajo el entendido de que los contratos que celebre la sociedad fiduciaria para la ejecución de los bienes, derechos e intereses del Fondo Nacional de Calamidades y que se someterán únicamente a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, se referirán únicamente a los destinados a conjurar situaciones de desastre o de similar naturaleza y a evitar la extensión de los efectos. En virtud de lo anterior y para efectos de reducir el nivel de riesgo a través de acciones de mitigación e intervención correctiva para los sectores Asturias, Vegas del Rio y Cárcel Modelo, en el Municipio de San José Cúcuta, se está adelantando la contratación de obras de protección lateral sobre margen izquierda del río Pamplonita, mediante la construcción de jarillones laterales con roca caliza. Que en virtud a lo anterior, la Corporación viene adelantando los procesos contractuales Invitación Pública No. 0004, No. 0005 y No. 0006 de 2013, cuyos objetos son: “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR ASTURIAS COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175895 Y/ 1366313, Punto No. 1 X/1175885 Y/1366412, Punto No. 3 X/1175893 Y/1366492, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 00079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”. “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR VEGAS DEL RÍO COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175482 Y/ 1368386, Punto No. 1 X/1175523 Y/1368601, Punto No. 3 X/1175531 Y/1368612, Punto No. 4 X/1175586 Y/ 1368616, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”. “OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, RÍO PAMPLONITA, SECTOR CÁRCEL MODELO, MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”.

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Que por el monto de las obras se requiere de la contratación de una interventoría externa ajena tanto a la entidad como al contratista, para lo cual la Corporación adelantará un proceso de Invitación Pública. Por tratarse de una Obra Civil ésta puede ser adelantada por Personas Naturales y/o Jurídicas, independientemente o conformando Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otro tipo asociativo reconocido por la Ley, con inscripción vigente en la la Cámara de Comercio, en las actividades como consultor.

2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: 2.1 Objeto INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y CONTABLE A LAS OBRAS OBJETO DE LAS INVITACIONES PÚBLICAS No. 0004, No. 0005 Y No. 0006 DE 2013, cuyos objetos son: “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR ASTURIAS COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175895 Y/ 1366313, Punto No. 1 X/1175885 Y/1366412, Punto No. 3 X/1175893 Y/1366492, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 00079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”. “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR VEGAS DEL RÍO COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175482 Y/ 1368386, Punto No. 1 X/1175523 Y/1368601, Punto No. 3 X/1175531 Y/1368612, Punto No. 4 X/1175586 Y/ 1368616, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”. “OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, RÍO PAMPLONITA, SECTOR CÁRCEL MODELO, MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”. 2.2. Condiciones técnicas requeridas:

Por tratarse de actividades de interventoría a Obras Civiles, ésta puede ser adelantada por personas naturales, jurídicas o asociadas de las formas amparadas por la ley, que cumplan con los requisitos y condiciones estipulados en el proceso de selección, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley 1523 de 2012, con sujeción al régimen especial dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, y podrán contemplar cláusulas excepcionales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993. Las actividades a desarrollar en los contratos objeto de la interventoría contemplan lo siguiente: Para el proyecto: “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR VEGAS DEL RÍO COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175482 Y/ 1368386, Punto No. 1 X/1175523 Y/1368601, Punto No. 3 X/1175531 Y/1368612, Punto No. 4 X/1175586 Y/ 1368616, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL

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2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”, comprenden las siguientes actividades:

Ajuste a Estudios y Diseños: Topografía 1:1000 (570 m); Análisis Multitemporal/Fotointerpretación (0.280 Km2); Análisis Hidrológico e Hidráulico; Levantamiento geológico y Geotécnico de Superficie (0.280 Km2); Levantamiento Litológico/estratigráfico (21 m); Perforaciones y análisis de Muestras (10 m); Radar de Penetración Terrestre (80 m).

Conformación de un jarillón lateral en roca caliza de 250 metros de longitud, sobre la margen izquierda del río Pamplonita, a la altura de la Urbanización Vegas del Rio aguas arriba del puente García Herreros. Comprende el suministro e instalación de 4150 M3 de roca caliza revistiendo el jarillón existente con las dimensiones descritas en la siguiente grafica:

MODELO DE OBRA DE MITIGACIÓN PROYECTADA

PROTECCIÓN LATERAL CON ENROCADO PARA EL CONTROL DE SOCAVACIÓN

Suministrar e instalar 1500 M2 de geotextil NT 1600.

Aplicación de 60 horas de maquinaria (retroexcavadora sobre orugas Tipo 320), para

actividades de excavación y desvió temporal del flujo de agua.

Para el proyecto: “OBRAS DE PROTECCIÓN MARGEN IZQUIERDA RÍO PAMPLONITA SECTOR ASTURIAS COORDENADAS PUNTO No. 0 X/1175895 Y/ 1366313, Punto No. 1 X/1175885 Y/1366412, Punto No. 3 X/1175893 Y/1366492, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 00079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”, comprenden las siguientes

actividades:

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VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 15 de 44

Ajuste a Estudios y Diseños: Topografía 1:1000 (1050 m); Análisis Multitemporal/Fotointerpretación (0.200 Km2); Análisis Hidrológico e Hidráulico; Levantamiento geológico y Geotécnico de Superficie (0.200 Km2); Levantamiento Litológico/estratigráfico (21 m); Perforaciones y análisis de Muestras (10 m); Radar de Penetración Terrestre (80m).

Conformación de un jarillón lateral en roca caliza en una longitud de 250 metros, sobre la margen izquierda del río Pamplonita, a la altura de la Urbanización Asturias. Comprende el suministro e instalación de 4022 M3 de roca caliza sobre el jarillón existente conformando uno de mayor altura como lo muestra la siguiente figura:

MODELO DE OBRA DE MITIGACIÓN PROYECTADA

Aplicación de 76 horas de maquinaria (retroexcavadora sobre orugas Tipo 320), para

actividades de excavación, desvió del flujo de agua y corrección del cauce.

Para el proyecto: “OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, RÍO PAMPLONITA, SECTOR CÁRCEL MODELO, MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Nº 000079 DEL 01 DE OCTUBRE DEL 2012, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER Y CORPONOR”, comprenden las siguientes actividades:

Ajuste a Estudios y Diseños: Topografía 1:1000 (500 m); Análisis Multitemporal/Fotointerpretación (0.126 Km2); Análisis Hidrológico e Hidráulico; Levantamiento geológico y Geotécnico de Superficie (0.113 Km2); Levantamiento Litológico/estratigráfico (18 m); Radar de Penetración Terrestre (200 m).

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VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 16 de 44

Conformación de un jarillón lateral en roca caliza en una longitud de 120 metros, sobre la margen izquierda del río Pamplonita intercepción con caño picho, a la altura de la Cárcel Modelo. Comprende el Suministro e instalación de 1900 M3 de roca caliza como lo muestra la siguiente figura:

MODELO DE OBRA DE MITIGACIÓN PROYECTADA

Suministrar e instalar 600 M2 de geotextil NT 1600.

Aplicación de 48 horas de maquinaria (retroexcavadora sobre orugas Tipo 320), para

actividades de excavación, desvió del flujo de agua y corrección del cauce.

CARACTERISTICAS DE LOS ENROCADOS PARA PROTEGER LOS TALUDES La Piedra ha sido utilizada durante muchos años, para la protección de las riberas de los ríos cuando se manifiesta el fenómeno de la Erosión y la Socavación; debido principalmente a que su Peso resiste Fuerzas Tractivas muy altas y además porque su costo es muy inferior al de los productos en Concreto. Por lo tanto es recomendado emplear Enrocados para la protección de Taludes de diversas formas, donde se diseña:

El tamaño de las rocas.

Dimensiones de su tamaño medio.

Gradación de las mismas y las tolerancias permitidas.

Dimensiones en espesor y altura total de la capa del elemento a construir sobre la base de los datos de la Cota de Inundación del sitio.

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VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 17 de 44

DIQUES CONSTRUIDOS EN ENROCADOS Diques y los Espolones construidos en Enrocados se utilizan y se diseñan a lo largo de la orilla de los ríos para Desviar las Corrientes de los mismos hacia el centro de su cauce, cuando en los Períodos de Invierno anteriores se han presentado grandes avenidas de caudal que han deteriorado los taludes laterales y han destruido algunas estructuras existentes como ha ocurrido en algunos muros de protección de la margen izquierda del Río Pamplonita. Su Objeto es: Mitigar e Impedir a bajo costo la acción destructiva de la Erosión por las fuerzas de la Corriente del agua en las siguientes crecidas de la etapa de invierno en las zonas deterioradas, mientras se presenta el período de verano para construir obras adecuadas que mantengan la Estabilidad en las orillas del Río Pamplonita, este Fenómeno Erosivo se manifiesta inicialmente en las zonas de las curvas y se va propagando a lo largo de los muros afectados derribándolos hacia los extremos consecutivamente en ambos sentidos. En la corriente del Río Pamplonita se aprecian los dos (2) tipos de básicos de Erosión, ambas son muy destructivas debido al tipo de material de los taludes y la profundidad de la cimentación en la zarpa de las estructuras existentes:

La Erosión Lateral de los Taludes.

La Erosión por la Profundización del cauce denominada Socavación. El Equilibrio del Cauce está controlado por el Balance entre la Carga de Sedimentos depositada y la Capacidad de transporte de los mismos en el flujo de la corriente en los períodos de invierno durante las avenidas. En todos los casos, aún en las corrientes más estables se presentan estos dos (2) fenómenos de Erosión y se debe requerir de la construcción de Obras de Control Estables tanto: Laterales como de Fondo. ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALIDADES. El elemento principal en la ejecución de las obras de mitigación propuestas son los bloques de roca con los cuales se conformaran dichas obras; es por esto que tienen especial incidencia en el comportamiento esperado de la obra y su calidad debe ser objeto de un estricto control y seguimiento en la obra. Los bloques o fragmentos de roca deben provenir de macizos rocoso sanos de canteras y se obtendrán mediante voladuras. Quedan excluidos para su uso en estas obras los cantos o bloques circulares provenientes de origen aluvial. CARACTERISTICAS GEOMETRICAS El tamaño de los bloques debe estar comprendido entre 60 cm a 1.00 metro medido en la diagonal de sus aristas. La forma más adecuada para los bloques de roca es la aproximadamente prismática. No resulta conveniente la utilización de bloques planos o aciculares no piramidales. Tampoco se admiten las formar redondeadas con baja proporción de superficies trituradas o rotas.

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VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 18 de 44

Para valorar la adecuada forma de los bloques se usa el criterio de determinación del porcentaje de piezas de escollera o Jarillón cuya relación entre longitud y espesor sea superior a tres. El porcentaje de bloques por lote o viaje que supere dicha relación debe ser inferior al 15%. L/E > 3 Debe ser < 15%. L= Longitud: Dimensión máxima de un bloque E= Espesor: Dimensión mínima de un bloque Todas las superficies de los bloques deben ser rugosas. CARACTERISTICAS FÍSICAS:

DENSIDAD

La densidad de los bloques debe ser igual o superior a 2500 kg/m3.

RESISTENCIA A LA COMPRESION SIMPLE Se deben ensayar diez probetas y comprobar que en cada serie se cumplen con los siguientes valores mínimos:

- La resistencia media a la compresión de la serie debe ser mayor a 80 Mpa.

- Al menos ocho de las diez probetas deben presentar una resistencia mayor o igual a 60 Mpa.

INTEGRIDAD DE LOS BLOQUES

Los bloques deben inspeccionarse visualmente en busca de fisuras o cualquier otro irregularidad que afecte la integridad de los mismos.

RESISTENCIA A LA FRAGMENTACION Se evaluará este criterio en base al ensayo de Desgaste Los Ángeles, obteniendo un porcentaje de desgaste igual o inferior al 35%. La muestras se para el ensayo se preparará machacando al menos seis bloques separados cuya deferencia de masa entre si no supere el 25%. CARACTERISTICAS QUIMICAS Y DE DURABILIDAD

ESTABILIDAD QUIMICA Las rocas a emplear tendrán una composición mineralógica estable químicamente y no darán lugar con el agua a disoluciones que puedan causar daños estructurales o contaminar las corrientes de agua.

ESTABILIDAD FRENTE A LA INMERSION EN AGUA

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Se deberán emplear rocas estables frente a l inmersión en agua, entendiéndose por tales aquellas que sumergidas durante veinticuatro horas no manifiesten fisuración alguna o pérdida de masa superior al 2%. La absorción de agua debe ser inferior al 2%.

Para satisfacer la necesidad descrita anteriormente se requiere de la realización de un contrato de interventoría de obra, donde podrán participar Personas Naturales y/o Jurídicas, independientemente o conformando Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otro tipo asociativo reconocido por la Ley, que posea experiencia en obras civiles para la corrección de cauces, además de garantizar un equipo básico conformado por un profesional o técnico con las siguientes calidades: Para mayor información y especificaciones remitirse a los proyectos los cuales reposan en la

Subdirección de Planeación y Fronteras de la Corporación. 2.3 Contrato a celebrar:

Contrato de consultoría para desarrollar la interventoría de los procesos de invitación pública No. 0004, No. 0005 y No. 0006 DE 2013. 2.4 Obligaciones del contratista: El interventor controlará permanentemente el desarrollo de los proyectos, a efectos de constatar el cumplimiento, por parte de los Contratistas, de las condiciones establecidas para la ejecución del servicio y determinar oportunamente las acciones necesarias para garantizar el logro de los objetivos previstos. El contratista se obliga a:

Verificar que el Director de obra, residente de obra y demás personal cumplan las capacidades y calidades ofrecidas en la propuesta.

Se abrirá y llevará diariamente una memoria de obra “bitácora de obra” donde conste las actividades diarias, coordinaciones, comités, verificación calidad de materiales y procesos constructivos, verificación número de trabajadores que laboraron en ese día, verificación seguridad industrial y ambiental, avance programación y ensayos solicitados, la cual deberá ser firmada por los directores o residentes de obra según sea el caso.

Verificar la permanencia y funciones del Director de obra, residente de obra para la cual dejará constancia diaria en la bitácora de obra.

Evaluar todos y cada uno de los planos de la obra, estudios técnicos, especificaciones técnicas, pliego de condiciones, diseños adicionales y complementarios del proyecto que se hayan suministrado al contratista de la obra, así mismo examinará la zona de construcción del proyecto efectuando los ajustes necesarios oportunamente.

Evaluar y aprobar el ajuste a los estudios y diseños; que el contratista de obra cumpla con todas las actividades establecidas para su desarrollo.

Revisar el proyecto de construcción y verificar las condiciones topográficas de pendiente en la instalación de la roca caliza. Así mismo deberá entregar un plano record final de cada obra.

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Revisar el proyecto de construcción y ejecución de las obligaciones contractuales.

Revisar los planos, diseños y especificaciones, complementando lo que hiciere falta, sin desbalancear el presupuesto oficial de la obra, informando oportunamente a la Subdirección de CORPONOR. Así mismo deberá revisar, analizar y aprobar los análisis de precios unitarios presentados por el contratista, los que deben corresponder a lo exigido por CORPONOR.

Dar solución oportuna a los diferentes problemas que se presenten en el desarrollo de la construcción.

Mantener en cada punto de la obra un juego completo de planos actualizados, especificaciones estudios técnicos, programación, registro fotográfico, y demás documentos que se estimen convenientes para el buen funcionamiento del proyecto.

Realizar permanentemente supervisión de las obras controlando factibilidad de los diseños, calidad de ejecución de las obras y control de la programación y reprogramación, según el caso.

Aprobar los sitios de depósito de los materiales sobrantes si fuera el caso, de acuerdo a la normatividad existentes sobre la materia.

Ordenar con la debida antelación las muestras que se requieran y las pruebas de ensayo necesarias para garantizar la calidad de materiales y obras, estos reportes deben presentarse en los comités de obra e informes mensuales.

En forma oportuna rechazará las obras mal ejecutadas o cuando se hayan ejecutado con especificaciones inferiores a las contratadas, de igual manera las obras cuyos resultados de laboratorio no dieren los resultados exigidos.

Verificar que tanto el personal, como los equipos y demás recursos ofrecidos por el contratista de obra, se encuentren debidamente utilizados en los sitios de trabajo y de acuerdo a la programación de las obras. Se dejará constancia diaria en la bitácora de obra.

Solicitar por escrito al contratista de obra el retiro y reemplazo de los equipos que estén dañados o subutilizados.

Durante la ejecución de las obras estará pendiente de la calidad de los materiales rechazando los que no cumplan con la calidad exigida en las especificaciones técnicas, así mismo los procedimientos constructivos.

Cuando las obras deban quedar ocultas, se revisaran y cuantificaran, y se ordenaran las pruebas que sean necesarias. Es preciso que para este tipo de obras quede las memorias e informe técnico y una reseña fotográfica y vídeo.

Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad industrial, seguridad física, seguridad ambiental y contra incendio. Se dejará constancia diaria en la bitácora de la obra.

En forma conjunta con el contratista de obra, semanalmente se realizará la medición de obra ejecutada y el balance con cantidades de obra medidas en planos. Las memorias de medición deben ser anexadas a los informes semanales, a las actas de recibo parcial de obra, al informe mensual de Interventoría y al acta de recibo final del contrato.

En coordinación con la firma contratista se adelantarán los planos récord a las obras que tuvieren cambios y exigirá la presentación definitiva a la firma contratista de los mismos con el último corte de obra. (Si se requiere)

En las actividades y especificaciones técnicas que el interventor desconozca, se asesorará oportunamente con el supervisor designado por la Corporación, los fabricantes, comercializadores y entidades que dominen los temas en duda y presentara las respectivas recomendaciones.

Presentar informes semanales informes semanales o aquellos que requiera la

Corporación, los cuales deberán ser presentados en medio físico impresos a color y en

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VERSIÓN 3

ESTUDIO PREVIO Página 21 de 44

medio magnético en Word y en Excel, según los formatos establecidos por la

Corporación, acompañados de registros fotográficos y videos tomando puntos de

referencia para evidenciar el avance de las actividades realizadas; dos copias de c/u. Al

final se requiere la presentación de un video donde se observe el proceso constructivo de

las obras desde su inicio hasta su culminación señalando las actividades principales

desarrolladas y de acuerdo a las indicaciones dadas por la Corporación.

Mensualmente elaborar un informe completo del avance de la obra, balance financiero, teniendo como soporte las memorias de medición, registro fotográfico de las actividades realizadas; documentos que serán soporte de acta de liquidación de la obra

INFORME FINAL: se debe apoyar al contratista de la obra en la elaboración de un

informe final. La Corporación suministrará la relación de documentos y evidencias que

forman parte del documento final; debe ser presentado antes del último desembolso.

Avalar el control semanal presentado por el contratista del desarrollo de las obras

contratadas en los formatos entregados por la Corporación (Cuadro resumen obra

ejecutada, control de asistencia y cuadro de novedades de personal).

Liderar los comités de obra, elaborando las actas respectivas y anotaciones en el libro bitácora de obra.

Apoyar al contratista y al supervisor de Corponor en la conformación del comité de

veeduría ciudadana con la comunidad beneficiaria del proyecto y diligenciar los formatos

estregados por la Corporación para el desarrollo de esta actividad.

Informar sobre las irregularidades constructivas no corregidas al contratista, con copia a la aseguradora, Veeduría Ciudadana (Si fuere el caso).

Exigir a la firma contratista que los LABORATORIOS para los ensayos de materiales y calidad de los productos estén certificados (Si se requiere).

Verificar y controlar los plazos de ejecución de las obras de acuerdo a la programación de obra presentada por el contratista de obra y aprobada por CORPONOR.

Verificar y controlar la correcta inversión de los recursos asignados.

Verificar el cumplimiento de las cláusulas descritas en el contrato de obra.

Llevar y entregar a Corponor un listado del personal vinculado en la ejecución de la obra indicando el nombre y apellidos, numero de documento de identificación, EPS y ARL al cual se encuentra afiliado y novedades que se presenten.

Estudiar y dar concepto a CORPONOR a las solicitudes de prorrogas presentadas por las firmas contratistas debidamente sustentados.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y pagos de aportes parafiscales a cargo del contratista de obra.

Las demás actividades contempladas en el Manual de Contratación de la Corporación y

las estipuladas en la demás normatividad vigente sobre la materia.

El contratista se obliga a verificar que si en el evento de que trabajen menores de edad,

sean vinculados conforme a la normatividad vigente, es decir con las debidas

autorizaciones del Ministerio de Trabajo.

El contratista se compromete a cumplir con lo establecido en el sistema de gestión integral HSEQ de CORPONOR.

Informar a Salud Ocupacional todo accidente o incidente de trabajo que ocurra en el desarrollo de sus actividades.

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El Contratista está obligados a adoptar durante la ejecución de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente los riesgos a que puedan estar expuestos su propia salud o la de terceros.

El contratista deberá disponer y utilizar los elementos de protección personal de acuerdo a las actividades que realice. Así mismo verificar que el personal que labora en la obra cumpla con este requisito.

El contratista debe cumplir con los aportes del Sistema de Seguridad Social Integral.

El Contratista deberá aplicar los programas de gestión ambiental establecidos por la Corporación.

El contratista debe afiliarse a una ARL al momento de suscribir el contrato

Garantizar dentro de su equipo de trabajo como mínimo un (1) ingeniero civil con experiencia como director de interventoría con tiempo de dedicación del cien por ciento (100%) para los tres proyectos y tres (3) ingenieros civiles como residentes de interventoría, cada uno de ellos con una dedicación del cien por ciento (100%) para cada proyecto asignado.

Las demás que sean de la naturaleza del presente contrato y que se encuentren contempladas en el Manual de Contratación de la Corporación.

2.5 Duración:

Para la ejecución de las obras, LA CORPORACIÓN ha establecido un plazo de cinco (5) meses a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento del perfeccionamiento y los requisitos de ejecución. 2.6 Lugar

El objeto del contrato se desarrollara en los Sectores Asturias, Vegas del Rio y Cárcel Modelo, en el Municipio de San José de Cúcuta y para todos los efectos del contrato se fija como domicilio el Parque Sede de CORPONOR del Municipio de San José de Cúcuta. 2.7 Supervisor del contrato por parte de la corporación:

La Corporación ejercerá la supervisión del presente contrato por medio del medio del Ing. Javier Enrique Trujillo Camacho- Profesional Universitario. El supervisor dará estricto cumplimiento a lo consagrado en el Manual de Contratación, emanado por la Dirección General. PARAGRAFO: En el evento del cambio del supervisor no se requiere modificar el contrato y la designación se efectuará mediante memorando. 2.8 Forma de pago:

CORPONOR se obliga a pagar al contratista, el precio establecido en la oferta escogida, de la

siguiente manera:

En pagos parciales por un valor equivalente al porcentaje de avance de la obras así: Un primer pago del 20% del valor del contrato, una vez el supervisor constate un avance físico y financiero del 20% de las obras contratadas. Un segundo pago del 60% del valor del contrato, una vez el supervisor constate un avance físico y financiero del 80% de las obras contratadas. Un tercer pago equivalente al 20% del valor del contrato, una vez el supervisor constate un avance físico y financiero del 100% de las obras contratadas,

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previa presentación de la certificación por parte del supervisor de haber recibido a satisfacción la entrega del contrato, soportes que acrediten los pagos a salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales (si ha ello hubiere, previo el cumplimiento de los requisitos legales.

2.9 Gastos a cargo del contratista

Todos los gastos de legalización y ejecución del contrato estarán a cargo del contratista: - Los descuentos de Ley. - Lo correspondiente al otorgamiento y prórroga de las pólizas que se exigirán en el

respectivo contrato. - Retención en la Fuente: CORPONOR deberá descontar, en su oportunidad, del monto de

la factura la retención en la fuente y el impuesto de remesas (si a ello hubiere lugar), en el valor que la Ley determine y a las tarifas vigentes, las cuales se entienden aceptadas, contenidas y en el contrato.

- Pagos de seguridad social en salud, pensión, parafiscales y riesgos laborales si hubiere lugar a ello.

- Los impuestos, derechos, tasas y contribuciones que se originen en desarrollo del contrato, sean estos de carácter Nacional, Departamental o Municipal, régimen tributario que manifiesta conocer el contratista si a ello hubiere lugar.

- Los demás a que hubiera lugar. 3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

Al presente proceso de invitación pública a ofertar le son aplicables las reglas del derecho privado sin perjuicio de la aplicación de los principios de la función administrativa y los artículos 14 a 18 de la ley 80 de 1993 y 13 de la Ley 1150 de 2007, de conformidad con lo estipulado en el artículo 66 de la ley 1523 del 2012 bajo los siguientes términos: “Medidas especiales de contratación. Salvo lo dispuesto para los contratos de empréstito interno y externo, los contratos que celebre la sociedad fiduciaria para la ejecución de los bienes, derechos e intereses del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo o los celebrados por las entidades ejecutoras que reciban recursos provenientes de este fondo o los celebrados por las entidades territoriales y sus fondos de gestión del riesgo, relacionados directamente con las actividades de respuesta, de rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en situación de desastre o calamidad pública, se someterán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, con sujeción al régimen especial dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, y podrán contemplar cláusulas excepcionales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993”. Así mismo, la Corte Constitucional, mediante Sentencia C193-11 del 18 de marzo de 2011, en revisión oficiosa de constitucionalidad del Decreto Legislativo No. 4702 de diciembre 21 de 2010, “Por el cual se modifica el Decreto Ley 919 de 1989”, considero exequible artículo 3º. del Decreto ley 4702 de 2010, bajo el entendido de que los contratos que celebren para la ejecución de los bienes, derechos e intereses del Fondo Nacional de Calamidades y que se someterán únicamente a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, se referirán únicamente a los destinados a conjurar situaciones de desastre o de similar naturaleza y a evitar la extensión de los efectos.

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4. ANÁLISIS ECONOMICO: 4.1 Valor estimado de contrato El valor estimado para la contratación es de CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/TE ($ 104.600.000,00), Incluido el valor del IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, costos directos e indirectos en que debe incurrir el proponente para ejecutar el mismo en su ejecución y liquidación. 5. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE VERIFICACION Y SELECCIÓN

Podrán presentar oferta las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el objeto social, puedan ejecutar el contrato, que se encuentren debidamente inscritas en el registro único de oferentes (RUP), no se encuentren incursas en causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y la leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011 juramento que se entiende prestado con presentación de la oferta. Los oferentes de la presente Invitación Pública, también se podrán presentar a través de Consorcios o Uniones Temporales o con Promesa de Constitución de Sociedad futura, siempre que cumplan con los requisitos anteriormente solicitados y que además en cualquiera de los casos estén debidamente inscritas en el Registro Único de Proponente (RUP) y no se encuentren incursas en causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley. Se considerarán HÁBILES aquellas propuestas que obtengan la calificación “ADMISIBLE” en todos los requisitos habilitantes establecidos en este pliego de condiciones, así:

REQUISITO CALIFICACIÓN

De Orden Legal Admisible / No Admisible

Experiencia del Proponente Admisible / No Admisible

Capacidad Financiera Admisible / No Admisible

El proponente que no cumpla estos requisitos, no continuará en el presente proceso, no obstante, la Corporación dando cumplimiento a los principios que rigen la función administrativa, primará lo sustancial sobre lo formal y por lo tanto, no será rechazada una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en el pliego de condiciones. En virtud de esta disposición, la Dirección General podrá solicitar al proponente, en cualquier momento y hasta antes de la adjudicación, que subsane cualquier requisito que no implique la asignación de puntajes. Para ello podrá solicitar las aclaraciones que considere pertinentes y las mismas deberán ser resueltas por el proponente dentro de los términos establecidos por la Corporación al recibo de la comunicación respectiva. En ningún caso se podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.

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En el evento de que el proponente no allegue las aclaraciones o información solicitadas dentro del período establecido, la propuesta será RECHAZADA. 5.1 FACTORES DE VERIFICACION

5.1.1 DOCUMENTOS JURIDICOS

A. PERFIL PARA LAS PERSONAS NATURALES

Si el proponentes es persona Natural deberá acreditar su calidad de: Ingeniero Civil, que acredite experiencia relacionada con el objeto a contratar. Para acreditar la calidad de ingeniero debe presentar copia legible de la tarjeta de matrícula profesional y certificación expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares – COPNIA con una vigencia no mayor de (6) meses.

B. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA DE PERSONA NATURAL O JURÍDICA SEGÚN

SEA EL CASO Y FORMATO DE DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS

El oferente deberá diligenciar el Formato Único de Hoja de Vida establecido por la Ley 190 de 1995 en su art. 1, según formato del Departamento Administrativo de la Función Pública. De igual manera, debe presentar la Declaración de Bienes según formato del Departamento Administrativo de la Función Pública, para el caso de personas naturales. Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus integrantes deberá anexar los anteriores documentos. C. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA Si el proponente es persona natural deberá presentar copia legible de la cédula de ciudadanía o en el evento de que el oferente sea persona jurídica, allegara fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. D. ABONO DE LA PROPUESTA

Si el proponente es persona Natural o Jurídica y quien suscribe la carta de presentación de la propuesta no es un profesional del área requerida, deberá presentar la propuesta abonada por: Ingeniero Civil, para lo cual se adjuntará copia legible de la tarjeta de matrícula profesional y certificación expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares – COPNIA con una vigencia no mayor de seis (6) meses. E. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO RUT.

Para tal efecto se adjuntará la copia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Actualizado. Si se trata de consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes deberá anexar este requisito.

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F. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL PARA PERSONA

JURÍDICA O REGISTRO MERCANTIL PARA PERSONA NATURAL. Las personas naturales que por disposición legal, deban estar inscrito en la Cámara de Comercio, teniendo en cuenta que su actividad mercantil registrada deberá estar relacionada con el objeto del presente proceso de contratación.

El registro mercantil deberá tener una vigencia no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por Cámara de Comercio; cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tenga establecido sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen. El certificado deberá contener la siguiente información: • En caso de personas jurídicas únicamente en cualquiera de sus modalidades, se exige que se encuentren legalmente constituidas con una antelación superior a tres (3) años, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de esta invitación. • Una vigencia no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso.

• El objeto social de la persona jurídica deberá ser relacionado con el objeto a contratar. • La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de cierre del presente proceso de contratación. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización por parte del organismo competente. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados conforme las normas vigentes sobre la materia. Para el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, cada firma integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. G. AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA O ASAMBLEA DE SOCIOS.

Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la cuantía, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano societario competente donde se acredite su autorización para participar en la licitación, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de ser seleccionado.

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La autorización deberá expedirse con fecha anterior al cierre de la Contratación, sin superar treinta (30) días calendario y su vigencia no debe ser inferior al plazo de la ejecución del contrato y seis (6) meses más. La anterior observación también es válida para los miembros del Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa. H. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE LAS UNIONES TEMPORALES, CONSORCIOS

U OTRAS FORMAS ASOCIATIVAS

En caso de consorcios o uniones temporales, deberá anexarse a la propuesta el documento de constitución, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993, y para la presentación de la propuesta deberá tener en cuenta lo siguiente: a. En caso que el proponente sea un Consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. b. En caso que el proponente sea una Unión Temporal indicará el porcentaje de participación y señalará la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de sus integrantes, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Corporación. c. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal responderán solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato; a su vez, designarán el representante del Consorcio o Unión Temporal, acompañando el poder legal que lo constituye como tal. Los consorcios o uniones temporales constituidas se comprometen a permanecer consorciados durante el término de la vigencia del contrato y un año más. Por lo tanto, deberá indicarse expresamente que el consorcio o unión temporal no podrá ser disuelto ni liquidado durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o unión temporal. Los consorcios o uniones Temporales deberán presentar el documento de constitución en los términos señalados por la Ley 80 de 1993, el cual deberá estar suscrito por todos los miembros que lo conforman. Los términos y extensión de la participación en la Unión Temporal no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de CORPONOR Si la propuesta es conjunta, deberá ser presentada por la persona que represente el consorcio o la unión temporal. En todo caso, a la propuesta deberá anexarse el documento de consorcio o unión temporal. La responsabilidad de los miembros del consorcio o la unión temporal se regirá por lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993 y demás normas reglamentarias. Toda la información solicitada acerca de los proponentes debe ser presentada por cada una de las personas que integran el consorcio o unión temporal.

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Cuando se obre en ejercicio de poder especial, es necesario que en el mismo se exprese concretamente que se otorga la facultad de participar en la Contratación, suscribir el contrato o contratos que de ella se deriven, para su ejecución, representación judicial y extrajudicial, por lo menos por el término del contrato y un (1) año más. Las ofertas deberán estar suscritas por el representante legal o su equivalente en la firma, consorcio o unión temporal, quien debe tener facultades específicas y vigentes para contratar y estar autorizado para comprometerla en cuantía igual o superior al valor de la oferta. En caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los miembros o integrantes del respectivo Consorcio o Unión Temporal deberá adjuntar esta certificación. I. GARANTÍA DE SERIEDAD

El proponente debe constituir una póliza que garantice la seriedad de su propuesta a través de un Banco o Compañía de Seguros debidamente establecida y reconocida en la República de Colombia, la cual debe ser expedida en pesos colombianos a favor de CORPONOR por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial. Lo anterior con base en lo señalado por el Decreto 0734 de 2012. La vigencia de la Garantía de Seriedad será de SESENTA (60) días calendario contados a partir de la fecha en que venza el plazo para la presentación de las propuestas. La póliza debe estar correctamente diligenciada, firmada y ajustada al objeto del presente proceso y con la constancia de pago debidamente acreditada por la compañía de seguros, para lo cual debe anexar el recibo de pago de la prima del seguro, salvo el caso de que en la póliza conste tal situación. CORPONOR podrá solicitar a los proponentes que amplíen la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Propuesta por el término que se considere necesario. Cuando la oferta la presente un Consorcio o una Unión Temporal, la Garantía de Seriedad debe ser tomada a nombre del Consorcio o la Unión Temporal (indicando en ella sus integrantes) y no a nombre del representante del Consorcio o de la Unión Temporal. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario o contratista no se allanare a cumplir las condiciones mínimas establecidas en el presente proceso, se hará efectiva a favor de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental CORPONOR, la póliza de seriedad de la propuesta. Lo anterior sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental CORPONOR, la póliza de seriedad de la propuesta, no cubiertos por la cuantía de esta póliza y sin perjuicio de que la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental CORPONOR, pueda optar por adjudicar al proponente calificado en segundo lugar, sí la propuesta presentada es favorable para la Entidad. J. CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES A LA SEGURIDAD

SOCIAL DE LOS EMPLEADOS

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El proponente deberá aportar con la propuesta la correspondiente certificación, para certificar el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera: Para personas jurídicas:

El proponente debe acreditar el pago de los aportes, tanto personal como de sus empleados (si es el caso), a los sistemas de Salud, Pensión, Riesgos Profesionales, Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente no inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. NOTA: En caso que el proponente persona jurídica no tenga personal a cargo y por ende no

estén obligados a presentar pago de seguridad social o parafiscales, en relación a personal, debe indicarlo así en la certificación expedida por el revisor fiscal, contador o represente legal, según sea el caso, estos últimos bajo la gravedad de juramento, lo cual se entiende prestado con la certificación y presentación de la oferta. Para ello debe aportar fotocopia de tarjeta profesional y certificado de vigencia. Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integran deberá certificar que cumple con la anterior obligación. Para personas naturales:

Si el oferente es una persona natural deberá adjuntar copia simple, como mínimo, del pago del último mes efectuado a los Sistemas de Salud y Pensiones donde se acredite su calidad de cotizante. En caso de que el oferente cuente con empleados en el establecimiento de comercio, adicionalmente deberá adjuntar certificación con la cual acredite estar a paz y salvo por concepto de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales con los mencionados empleados. Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus integrantes deberá anexar este requisito. No se aceptará afiliación al Sisben, ni pagos a salud y pensiones a través de terceras personas o cooperativas. K. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

El proponente debe acreditar estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, conforme lo establece la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 0734 de 2012.

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Este certificado deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso. En el caso de Consorcio o Unión Temporal cada uno de los integrantes deberá cumplir con los requisitos anteriores. Los oferentes deberán acreditar que se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, dentro de la siguiente clasificación:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

2 CONSULTOR

10 OTROS

05 SERVICIOS BÁSICOS DE

INGENIERIA

Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un año más. Si por el contrario, el proponente presenta el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio expedido de conformidad con la Resolución No. 039 de Noviembre 21 del 2012 (DIAN), por la cual se Adopta la Clasificación de Actividades Económicas CIUU según documento DANE Rev. 4. Se realizará la verificación en el RUP de la clasificación (CIIU) así:

CODIGO INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME - CIIU

ACTIVIDAD ESPECIFICA

7110 Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica.

NOTA: en el caso en que el proponente haya realzado la modificaciones a las que se refiera el

decreto 734 de 2012 en cuanto a la clasificación CIIU en el RUP, la entidad verificara únicamente dicha clasificación en el RUP. Cumplido lo anterior la entidad no verificará la clasificación establecida en el Decreto 1464 de 2010. De conformidad con el artículo 221 del Decreto 19 de 2012 El Certificado de Registro Único de Proponentes que adjunte el proponente con su propuesta, deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre del presente proceso. L. ADENDAS

Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se incorporarán al pliego que se encuentra en la Secretaría General-Área de Contratación y en la página web de la Corporación. En el evento en el que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda incluirá el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido del acto de apertura del proceso.

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M. CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, el oferente debe acreditar con la oferta lo siguiente:

Para la condición de discapacidad la certificación expedida por la oficina de trabajo de la respectiva zona, las constancias de contratación del personal por lo menos con anterioridad a un año y la condición que deberán mantener por un lapso igual al de la contratación.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes que ostenten las condiciones anteriores, debe acreditarla. N. CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE MYPIMES

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de Mypes, el oferente debe acreditar con la oferta lo siguiente:

Para las Mypes, se acreditara la condición a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial, además deberá presentar el certificado expedido por la cámara de comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes que ostenten las condiciones anteriores, debe acreditarla. O. VISITA DE OBRA.

La Corporación programará visita NO OBLIGATORIA al sitio donde se ejecutará los trabajos, con el propósito de que los oferentes interesados, puedan conocer en detalle todo el alcance del contrato y así elaborar su oferta. La fecha y hora para realizar la mencionada visita será la establecida en el cronograma del proceso y en el lugar de realización de los estudios y diseños. En la visita, se deben inspeccionar detenidamente el sitio de la obra, para obtener la información suficiente sobre las condiciones locales de trabajo y las posibles dificultades que se presenten. CORPONOR no aceptará reclamaciones posteriores al respecto, ya que se entenderá que todos los proponentes, para efectos de la presentación de su propuesta, conocen plenamente el sitio, sus características, accesos, entorno socioeconómico, condiciones climatológicas, geológicas y geotécnicas, y que han tenido en cuenta este conocimiento para la elaboración de la propuesta. 5.1.2 EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA

5.1.2.1 EXPERIENCIA GENERAL:

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El proponente deberá relacionar Tres (3) contratos de Interventoría de obra pública (ejecutado con entidades del estado), cuya suma sea dos veces el valor del Presupuesto Oficial. Los contratos deben encontrarse suscritos después del 01 de Enero del (2008) y debidamente ejecutados a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de Consorcios o Uniones Temporales cualquiera de sus integrantes puede aportar la experiencia requerida en el presente numeral. 5.1.2.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE

Para determinar las propuestas hábiles con respecto a la experiencia, se revisará, que las propuestas contengan todos los documentos solicitados, en el presente numeral, la revisión de los documentos presentados para la verificación de la experiencia no otorga puntaje, sólo se verificará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el pliego de condiciones, las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: La verificación se realizará por parte de CORPONOR, de acuerdo a la información sobre experiencia presentada y la documentación soporte. Para que sea aceptada la propuesta, se debe cumplir las siguientes condiciones:

El proponente deberá relacionar Tres (03) contratos de Interventoría de obra celebrados con una entidad estatal que cumplan los siguientes requisitos:

1. Que su objeto sea la interventoría de obras civiles para la protección de márgenes en ríos. 2. Que su fecha de terminación y/o recibo final, se encuentre comprendida entre el 1 de

enero de 2008 y la fecha de cierre del presente proceso. 3. Que la suma del valor presente de los Tres (3) contratos sea superior a 190 SMMLV.

4. Que en los Tres (3) contratos a los que le realizo interventoría, incluyan el suministro e

instalación de roca caliza cuya suma sea mayor o igual a 10000 m3.

Los contratos relacionados en el presente numeral no pueden ser los mismos a los relacionados en la experiencia general.

Para efectos de verificar la experiencia el proponente deberá acreditarse mediante copia de

contratos y/o acta de recibo final y/o acta de liquidación y/o certificaciones expedidas por el

respectivo contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información: nombre del

Contratista, número y objeto del contrato, plazo de ejecución, descripción y área del proyecto,

fechas de iniciación y de terminación, y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado

en Consorcio o Unión Temporal.

El valor de los contratos se llevará a valor presente dividiendo el monto del contrato entre el

SMMLV del año en que se terminó el contrato y el Número de SMMLV de este resultado se

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multiplicará por el SMLV actual.

PERIODO MONTO (SMLV)

Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 461.500,00 Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 496.900,00 Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 515.000,00 Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 535.600,00 Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 566.700,00 Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 589.500,00

En caso de Consorcios o Uniones Temporales cualquiera de sus integrantes puede aportar toda la experiencia requerida en el presente numeral. Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, el valor del contrato, será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en el mismo. En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuenta aquella que esté demostrada. VERIFICADA LA EXPERIENCIA ESPECIFICA A TRAVES DEL CONTRATO SE CONSIDERA VIABLE POR EXPERIENCIA. NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERA DILIGENCIAR EL FORMATO N°1 EXPERIENCIA GENERAL Y EXPECIFICA

5.1.3 DOCUMENTOS FINANCIEROS

ESTADOS FINANCIEROS

La capacidad financiera del oferente se verificara a través del RUP conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el artículo 6.1.2.2° Inscripción.

Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes, del Decreto 0734 de 2012 y demás

disposiciones que reglamentan la materia. Actualizado y Vigente a la fecha de presentación de las propuestas. Información Financiera con corte a 31 de diciembre de 2012.

Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán aportar la información financiera antes solicitada de cada uno de sus integrantes, con las mismas exigencias. La evaluación de los indicadores financieros se realizará sobre la información financiera reportada en el certificado de inscripción, clasificación y calificación de la Cámara de Comercio. NOTA: Si el RUP no tiene Estados Financieros del año 2012, los oferentes pueden presentar

sus Estados Financieros: El Balance General Clasificado en corriente y no corriente, Estado

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de Resultados y las notas a los mismos para objeto de verificación y evaluación con corte a DIC 31 de 2012, debidamente aprobados y firmados por el órgano competente, No se admiten Estados financieros de prueba. La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes indicadores: INDICE DE LIQUIDEZ (lL)

IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente. IL mayor a 3

Para determinar el Índice de Liquidez se tendrá en cuenta la siguiente fórmula:

Activo Corriente Índice de Liquidez = ----------------------------

Pasivo Corriente

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, el Índice de Liquidez se calculará ponderando los parámetros necesarios de todos los miembros del Consorcio o Unión Temporal de acuerdo al Porcentaje de Participación de cada uno de los miembros y aplicando la siguiente fórmula:

AC1 * (%P)1 + AC2 * (%P)2 +…….. ACn * (%P)n Indice de Liquidez =----------------------------------------------------------------

PC1 * (%P)1 + PC2 * (%P)2 +…….. PCn * (%P)n

Donde: ACn(%P)n = Activo Corriente del miembro n de la Unión Temporal o consorcio, multiplicado por su Porcentaje de participación. PCn(%P)n = Pasivo Corriente del miembro n de la Unión Temporal o consorcio, multiplicado por su Porcentaje de participación. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE)

NE = Pasivo Total / Activo Total NE menor o igual al 50 %

Para determinar el Nivel de Endeudamiento se tendrá en cuenta la siguiente fórmula:

Pasivo Total

Nivel de Endeudamiento = ------------------------ * 100 Activo Total

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En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, el Nivel de Endeudamiento se calculará ponderando los parámetros necesarios de todos los miembros del Consorcio o Unión Temporal de acuerdo al Porcentaje de Participación de cada uno de los miembros y aplicando la siguiente fórmula:

PT1 * (%P)1 + PT2 * (%P)2 + ……PTn * (%P)n

Nivel de Endeudamiento = ------------------------------------------------------------------------- * 100 AT1 * (%P)1 + AT2 * (%P)2 + ……ATn * (%P)n

Donde: PTn*(%P)n = Pasivo Total del miembro n de la Unión Temporal o consorcio, multiplicado por su porcentaje de participación. ATn*(%P)n = Activo Total del miembro n de la Unión Temporal o consorcio, multiplicado por su porcentaje de participación. CAPITAL DE TRABAJO (CT)

CAPITAL DE TRABAJO = ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE Debe ser igual o mayor al 80 % del presupuesto oficial para esta contratación Si el proponente no cumple con el requisito anterior será declarado NO HABILITADO. Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, el capital de trabajo se calculará así: CTI: Capital de Trabajo de cada integrante por el porcentaje de participación. CT= Σ ACi - Σ PCi Dónde: CT= Capital de trabajo del Consorcio o Unión Temporal. ACi= Activo Corriente de cada uno de los integrantes. PCi= Pasivo Corriente de cada uno de los integrantes.

Dónde: ACN*(%P)n = Activo Corriente del integrante N de la Unión temporal o Consorcios, multiplicado por el porcentaje de participación. PCN*(%P)n = Pasivo Corriente del integrante N del Unión Temporal o Consorcios, multiplicado por el porcentaje de participación. PATRIMONIO: Debe ser mayor o igual al 100% del presupuesto oficial.

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PATRIMONIO= ACTIVO TOTAL – PASIVO TOTAL La firma debe acreditar un PATRIMONIO mayor o igual ≥ a la CPR (Capacidad Patrimonial Requerida)

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES CPR = [VTP x 100%] Donde:

CPR = Capacidad patrimonial requerida

VTP = Valor total del presupuesto oficial.

CAPACIDAD PATRIMONIAL REQUERIDA (PATRIMONIO) = ∑ ACTIVO TOTAL – ∑ PASIVO TOTAL

La relación patrimonial de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, es el resultado de la sumatoria de los activos totales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal restando la sumatoria de los pasivos totales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y esta (CPR) deberá ser mayor o igual ≥ al 100% del valor del

presupuesto oficial del ítem o la sumatoria de los ítems al que presente propuesta. En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la propuesta será NO ADMISIBLE, para el proceso. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN

El decreto 019 de 2012 en su artículo 221 que modificó el artículo 6 de la ley 1150 de 2007 que establece lo siguiente: Parágrafo 1. Para poder participar en los procesos de selección de los contratos de obra, la capacidad residual del proponente o K de contratación deberá ser igual o superior al que la entidad haya establecido para el efecto en los pliegos de condiciones. Para establecer la capacidad residual del proponente o K de contratación, se deberán considerar todos los contratos que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta. El desarrollo y ejecución del contrato podrá dar lugar a que los valores que sean cancelados al contratista se consideren para establecer el real K de contratación, en cada oportunidad. El Gobierno Nacional reglamentará la materia

El Decreto 1397 del 29 de junio de 2012 que modifica el 6.1.1.2 del Decreto 0734 de 2012, señala la forma de verificar la capacidad residual dentro de un contrato de obra. Esta capacidad resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la sumatoria de los valores pendientes por ejecutar de los contratos que tenga en ejecución o hayan sido adjudicados y no se hayan iniciado como constructor, incluyendo los que tenga por su participación en sociedades, consorcios o uniones temporales. El proponente deberá tener a la fecha de cierre del presente proceso un CR (Capacidad residual), en SMMLV, igual o superior a 100 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales

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vigentes) colombianos, para el proceso, de lo contrario la Oferta no será considerada ADMISIBLE en la evaluación. Para el efecto el proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica, deberá relacionar en el anexo respectivo, la capacidad de contratación (tomada del Registro Único de Proponentes) y los contratos adjudicados y suscritos o en ejecución como constructor, indicando el valor pendiente por ejecutar en SMMLV, con el fin de obtener la capacidad residual de- contratación en SMMLV. Dicho anexo deberá estar firmado por él proponente persona natural o por el representante legal de la persona jurídica. En caso de Consorcios, Uniones Temporales, cada uno de los integrantes, deberá relacionar los contratos adjudicados y suscritos o en ejecución como constructor, indicando el valor pendiente por ejecutar en SMMLV, para lo cual deberán aportar documento f irmado por el integrante del consorcio, unión temporal (persona natural o por el representante legal de la persona jurídica). Para la determinación de la capacidad residual de contratación de los Consorcios, Uniones Temporales se sumarán las capacidades de contratación residual de sus integrantes. En caso que el oferente no relacione en el correspondiente anexo o manifieste que NO tiene contratos adjudicados y suscritos o en ejecución como constructor, se entenderá para todos los efectos que no posee contratos. Igualmente se recalculará la Capacidad Residual de Contratación de los Consorcios, las Uniones Temporales y Estructuras plurales, para verificar el cumplimiento del Cr (Capacidad residual), el cual deberá ser igual o superior a 100 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes) colombianos. VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN

Con base en la información suministrada en el Formato (que se anexara en los pliego para tal fin) y el valor del capital de trabajo, se comprobara que los proponentes, a la fecha de cierre de el presente licitación, posean una capacidad residual (CR) de acuerdo a lo exigido en el presente estudio. La capacidad residual (CR) para cada proponente se determinará de la siguiente manera: CR= Capital de trabajo - saldos de contratos vigentes y vr. Contratos adjudicados Termino pendiente de ejecución en meses

CR= CT-CE

Donde: Cr= Es el resultado de restar al indicador capital de trabajo del proponerte a 31 de diciembre

del año anterior a la fecha de presentación de la propuesta, acreditado y registrado en el RUP, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedad de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el termino pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos.

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CT= Capital de trabajo calculado con base en la información reportada en el RUP o en el anexo

de información financiera para el caso de empresas constituidas con fecha posterior al 31 de diciembre de 2011. CE= Sumatoria de los saldos de los contratos de obra vigentes y en ejecución, que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios u uniones temporales en el cuales el proponente participe, haya suscrito, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de los contratos, expresado en meses calendario, acorde con la información suministrada por el proponente en el formato a diligenciar para el caso.

Para el caso del cálculo de la Capacidad Residual (CR) de proponentes plurales, si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se verificara la capacidad residual de cada uno de los integrantes la cual será calculada con base en lo establecido en el Decreto 1397 de 2012. Para determinar la capacidad residual del proponente plural, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada integrante en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal, de la siguiente manera:

CR= Capital de trabajo - saldos de contratos vigentes y Vr. Contratos adjudicados X % de participación

Termino pendiente de ejecución en meses

CR= (CT-CE) * %P

Luego de lo anterior, se suman las partidas de cada uno de los integrantes, de acuerdo a la formula señalada, con el fin de obtener en CR del proponente plural. NOTA 1: EL PROPONENTE DEBERA DILIGENCIAR EL FORMATO N°2 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN, PARA RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES O EN EJECUCIÓN AL CIERRE DEL PROCESO. NOTA 2: EN EL CASO DE NO TENER CONTRATOS EN EJEUCUCION EL PROPONENTE DEBE CERTIFICARLO. 6. FACTORES PARA LA EVALUACION DE LAS PROPUESTAS

Posteriormente, al análisis jurídico, financiero y experiencia de las propuestas, respecto de los requisitos habilitantes, la Corporación efectuará la calificación económica y de calidad, y conformará una lista de elegibles según los puntajes obtenidos por cada uno de los proponentes en los criterios de evaluación que se establecen a continuación, otorgando el primer lugar a aquel que haya obtenido la mayor cantidad de puntos, y sucesivamente a los demás, en forma descendente. Las propuestas serán evaluadas teniendo en cuenta los criterios que se enuncian a continuación:

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ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS FECHA 29/06/12

VERSIÓN 3

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CRITERIO PUNTUACIÓN

PRECIO (PR) 70

CALIDAD 20

ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10

PUNTAJE TOTAL (PT) 100

El puntaje total máximo (PT) será de 100 puntos y su valor se calculará sumando los puntajes parciales de Precio (PR), Calidad (CA) y Estimulo a la Industria Nacional (EIN) PT = PR + CA + EIN 6.1 PRECIO: (PR) 70 PUNTOS Se verificarán aritméticamente las propuestas hábiles, mediante la revisión de los valores presentados. El valor total del contrato deberá ser ajustado al peso, bien sea por exceso o por defecto al peso, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al número entero del peso; en caso contrario, la entidad efectuará dicho ajuste. El procedimiento para evaluar el precio es el siguiente: La oferta que esté más cerca por arriba o por debajo de la MEDIA ARITMETICA obtendrá el puntaje máximo de 70 puntos y las demás en forma directamente proporcional, la media aritmética se calculará de la siguiente manera: N PTO = (Σ (Pptoi) +(N x PO)) / (2 x N)

i=1 Donde: PTO = Media Aritmético del Presupuesto Pptoi = Presupuesto de cada uno de los proponentes clasificados PO = Presupuesto oficial N = Número de Propuestas Clasificados A las ofertas se les asignará el puntaje con base en la desviación que tengan con relación a la media aritmética. La formula a aplicar es la siguiente: Dvi = 0.5 * ABS (PTO - Pptoi) PTO PTO = Media aritmética del presupuesto Pptoi = Presupuesto de cada uno de los proponentes clasificados Dvi = Desviación correspondiente a cada uno de los proponentes La fórmula para calcular el puntaje por precio para las ofertas que no tuvieron el máximo puntaje es la siguiente:

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Pri = 70 * (1-Dvi / 2) Pri = Puntaje por precio del proponente Dvi = Desviación correspondiente a cada uno de los proponentes 6.2 CALIDAD: 20 PUNTOS

El contratista deberá acreditar la experiencia del personal a utilizar en el desarrollo de la obra a contratar.

DESCRIPCION PUNTOS

PERSONAL CON EXPERIENCIA 20

El oferente deberá presentar en su oferta un equipo mínimo de trabajo para la ejecución del objeto a contratar, integrado por un (1) Director de Interventoría y Tres (3) Residentes de Interventoría con experiencia como requisito habilitante así:

Director de Interventoría (10 PUNTOS)

Experiencia especifica certificada como Director de Interventoría, donde haya tenido una dedicación mínima del 50% del tiempo de duración del proyecto, se calificara así:

Experiencia Puntaje

De 6 meses hasta 1 año 3 PUNTOS

De 1año hasta 2 años 5 PUNTOS

Más de 2 años 10 PUNTOS

Es el tiempo que se ha desempeñado como Director de Interventoría desde la expedición de la Matricula Profesional, la cual deberá presentar en la propuesta. El ingeniero civil propuesto como Director de Interventoría deberá acreditar, dentro de las certificaciones aportadas como experiencia, mínimo Dos (2) certificaciones de haber desempeñado labores de Director de Interventoría en la ejecución de obras de protección de márgenes en ríos mediante la aplicación de roca caliza. Estas certificaciones serán requisito para habilitación del profesional propuesto, de lo contrario no será tenido en cuenta para la puntuación por este concepto. Las certificaciones deberán contener la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la certificación; objeto, duración y valor del contrato, y anexar el acta de recibo final y/o acta de liquidación de la obra objeto de la interventoría donde de claridad a este requerimiento. La dedicación del Director de Interventoría será del cien por ciento 100% en el desarrollo de los tres proyectos.

Residente de Interventoría (10 PUNTOS)

Experiencia especifica certificada como Residente de Interventoría donde haya tenido una disponibilidad del 100% de duración del proyecto, se calificara así:

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VERSIÓN 3

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Experiencia Puntaje

De 6 meses hasta 1 año 3 PUNTOS

De 1 año hasta 2 años 5 PUNTOS

Más de 2 años 10 PUNTOS

Es el tiempo que se ha desempeñado como Residente de Interventoría desde la expedición de la Matricula Profesional, la cual deberá presentar en la propuesta. Los profesionales propuestos como Residentes de Interventoría, deberán acreditar, dentro de las certificaciones aportadas como experiencia, mínimo una (1) certificación de haber desempeñado labores de Residente de Interventoría en la construcción de obras de protección de márgenes en ríos mediante la aplicación de roca caliza. Esta certificación será requisito para habilitación del profesional propuesto, de lo contrario no será tenido en cuenta para la puntuación por este concepto. La certificación deberá contener la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la certificación; objeto, duración y valor del contrato, y anexar el acta de recibo final y/o acta de liquidación de la obra objeto de la interventoría donde de claridad a este requerimiento. La dedicación de cada uno de los Residentes de Interventoría será del cien por ciento (100%) para cada proyecto asignado. Si el proponente en su propuesta no manifiesta condiciones de calidad, tendrá por calidad, cero (0) puntos. 6.3 ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL (EIN): 10 PUNTOS

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de diez (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el Decreto 0734 del 2012, artículo 4.2.2 que delimita lo relacionado con "servicio de origen nacional", disponiendo que “son servicios de origen nacional aquéllos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. El proponente debe demostrar mediante Certificación expedida por el Representante Legal de la firma, Unión Temporal o Consorcio que los servicios (personal de trabajo que presta el servicio) ofertados son de origen nacional se le asignará 10 puntos. De no presentar la certificación anterior, no se otorgará puntaje por este factor. En caso de contar con personal extranjero, el puntaje se otorgará en conforme a la tabla. La certificación solicitada sobre Apoyo a la industria Nacional deberá ser entregada por el proponente conjuntamente con la propuesta y no será admitida con posterioridad a la fecha y hora de cierre establecida para la entrega de las ofertas.

DESCRIPCIÓN PUNTOS

El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principio de reciprocidad.

10

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El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad

9

El oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional

5

7. NUMERO MÍNIMO DE PROPUESTAS HÁBILES.

La entidad podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta y esta cumpla con los requisitos mínimos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la presente invitación pública. 8. CRITERIOS DE DESEMPATE Si existe empate entre dos o más propuestas, la Corporación utilizará los siguientes criterios: En igualdad de condiciones para contratar, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del precio. Si persiste el empate, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

Si se presente empate o éste persiste y entre los empatados se encuentran Mypimes, se preferirá a la Mypes nacional, sea proponente singular, o consorcio, o unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mypimes nacionales. Si no hay lugar a la hipótesis prevista anteriormente y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mypime, éste se preferirá. En caso de persistir el empate, se preferirá a aquellas empresas que en sus nóminas por lo menos en un mínimo del 10% de sus empleados se encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; condición que deberán mantener por un lapso igual al de la contratación. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás. Si a pesar de lo anterior, persiste el empate se optará por el sistema de sorteo por medio de balotas. 9. RIESGOS PREVISIBLES:

ANÁLISIS, ESTIMACIÓN, TIPIFICACION, ASIGNACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS.

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Con el fin de determinar los riesgos que afecten el equilibrio económico del contrato derivado del presente proceso, durante la ejecución del contrato se podrán presentar los siguientes riesgos:

ESTIMACION TIPIFICACION ASIGNACION

CONTRATISTA CORPONOR

Financiero

Son los efectos provenientes de las variaciones de las tasas de interés, de cambio, devaluación real y otras variables del mercado, frente a las estimaciones iniciales del Contratista, que puedan afectar las utilidades esperadas o generar pérdidas.

X

Modificación de estudios, diseños y especificaciones técnicas

Ocurre cuando se presentan efectos originados por cambios necesarios para la correcta ejecución y operación de las obras.

X

Hurto y vandalismo de materiales y equipos

Hace referencia a los efectos desfavorables o cualquier daño, perjuicio o pérdida de los bienes a cargo del Contratista, causados por terceros.

X

Deficiente Calidad de equipos en obra

Son los efectos derivados del incumplimiento de las especificaciones técnicas y características de los equipos y demás elementos necesarios para la ejecución del contrato

X

Deficiencia de personal Ocurre cuando hay interrupciones o demoras en el inicio de las obras por falta de un trabajador o cualquier persona vinculada a la obra.

X

Accidentes de Trabajo

Se presenta cuando un trabajador sufre algún tipo de lesión o daño a su integridad física, mental o moral.

X

Manejo socio-ambiental de las obras

Es la afectación a los residentes contiguos a las zonas de trabajo, relacionados con movilidad, ruido, disposición de residuos, etc.

X

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Condiciones climáticas adversas

Ocurre en los eventos climáticos extremos o atípicos, certificados por la autoridad competente, que superan las expectativas del ciclo hidrológico normal, y que generan retrasos y sobre costos en la ejecución del contrato.

X

X

10. GARANTIAS QUE DEBEN SER AMPARADAS POR EL CONTRATISTA.

Estos riesgos se ven cubiertos con la extensión de las siguientes garantías: De la celebración del contrato: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de

suscripción del contrato, el contratista deberá constituir a favor de CORPONOR una Garantía Única que consistirá en póliza expedida por Banco o Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. Que ampare los siguientes riesgos surgidos del contrato así: . De cumplimiento: Por el Diez por ciento (10%) sobre el valor del contrato por el plazo del

contrato y cinco (5) años más. . Calidad del servicio: Por el Diez por ciento (10%) sobre el valor del contrato por el plazo del

contrato y cinco (5) años más. . Pago de Salario, Prestaciones sociales e indemnizaciones: por un valor equivalente al 5%

del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del mismo y (3) tres años más. (Firmado Original) MELVA YANETH ALVAREZ VARGAS Subdirector de Planeación y Fronteras

Elaboró: Nidia Peñaranda Torres- Profesional Especializado

Reviso: Ledy Bonett Ortíz – Profesional Especializado