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S u m a r i o Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Martes 6 de octubre de 2009 Número 232 de la provincia de Sevilla Boletín Oficial JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa: Dirección General de Industria, Energía y Minas: Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Delegación Provincial de Sevilla: Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio: Delegación Provincial de Sevilla: Expedientes de descalificación de viviendas de protección ofi- cial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Consejería de Empleo: Delegación Provincial de Sevilla: Modificación de estatutos de la Asociación de Empresas de la Madera y del Mueble de la comarca de Écija . . . . . . . . . . . . . . 7 Consejería de Agricultura y Pesca: Delegación Provincial de Sevilla: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Consejería de Medio Ambiente: Agencia Andaluza del Agua: Solicitudes de autorización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 AUTORIDAD PORTUARIA DE SEVILLA: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.— Sevilla: Sala de lo Social: Recurso núm. 3307/08 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 4: autos 590/09; número 5: autos 594/08 y 1123/08; número 7: autos 758/09 y 109/09; número 10: autos

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Page 1: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

S u m a r i o

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Martes 6 de octubre de 2009 Número 232

de la provincia de Sevilla

BoletínO f i c i a l

JUNTA DE ANDALUCÍA:

— Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa:Dirección General de Industria, Energía y Minas:Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3Delegación Provincial de Sevilla:Instalaciones eléctricas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

— Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio:Delegación Provincial de Sevilla:Expedientes de descalificación de viviendas de protección ofi-cial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

— Consejería de Empleo:Delegación Provincial de Sevilla:Modificación de estatutos de la Asociación de Empresas de la Madera y del Mueble de la comarca de Écija . . . . . . . . . . . . . . 7

— Consejería de Agricultura y Pesca:Delegación Provincial de Sevilla:Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

— Consejería de Medio Ambiente:Agencia Andaluza del Agua:Solicitudes de autorización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

AUTORIDAD PORTUARIA DE SEVILLA:

Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

— Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.— Sevilla:Sala de lo Social:Recurso núm. 3307/08 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8

— Juzgados de lo Social:Sevilla.—Número 4: autos 590/09; número 5: autos 594/08 y1123/08; número 7: autos 758/09 y 109/09; número 10: autos

Page 2: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

138/09, 561/08, 182/09, 134/08, 90/09, 113/08, 28/08,1310/08, 501/08, 79/09, 151/08, 181/09, 377/08, 88/09 y 185/09 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

— Juzgados de Instrucción:Utrera.—Número 3: autos 648/06 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

AYUNTAMIENTOS:

— Sevilla: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . . . . . . . 16Gerencia de Urbanismo: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

— Alcalá de Guadaíra: Estudio de detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20— Burguillos: Ordenanzas fiscales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20— Carrión de los Céspedes: Anuncio de adjudicación de contrato 20— Castilleja del Campo: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . 20— El Castillo de las Guardas: Expediente de modificación de cré-

ditos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21— Cazalla de la Sierra: Proyecto de actuación. . . . . . . . . . . . . . . . 21— Coripe: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . . . . . . . 21— El Coronil: Expedientes de modificaciones presupuestarias . . . 21— Écija: Expediente de modificación de créditos . . . . . . . . . . . . . 22— Estepa: Estudio de detalle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— Gilena: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . . . . . . . . . 23— Mairena del Aljarafe: Innovación urbanística . . . . . . . . . . . . . . 23— Marchena: Adaptación parcial de las normas subsidiarias de

planeamiento a la LOUA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23— La Puebla de Cazalla: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45— La Rinconada: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46— Tocina: Delegación de funciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46

Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47— Tomares: Anuncio de adjudicación de contrato. . . . . . . . . . . . . 47— Valencina de la Concepción: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . 47

Reglamento municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48— El Viso del Alcor: Anuncio de adjudicación de contrato . . . . . . 48

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS:

— Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A.: Notifi-cación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48

— Mancomunidad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urba-nos «Guadalquivir»: Anuncios de licitación . . . . . . . . . . . . . . . 49

Page 3: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

———Dirección General de Industria, Energía y Minas

Instalación eléctricaResolución de la Dirección General de Industria, Energía y

Minas, por la que se concede la autorización administra-tiva de una línea eléctrica de alta tensión de 220 KV conorigen en las plantas termosolares «Palma del Rio I» y«Palma del Río II», hasta la subestación de Villanueva delRey, en los términos municipales de Palma del Río (Cór-doba) y Écija (Sevilla), promovida por Acciona, S.A

Número Expdte: 12.4.1.9.1/13.08.

Antecedentes de hecho:Primero: Con fechas 24 de mayo de 2007 y 29 de mayo de

2007, D. Fermín Gambero Uztárroz, en nombre y representa-ción de Acciona Energía, S.A., presentó en las DelegacionesProvinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia yEmpresa de Córdoba y Sevilla respectivamente, solicitud deAutorización Administrativa para la instalación de una lineaeléctrica aérea de alta tensión 220 KV, para la evacuación delas plantas termosolares Palma del Rio I y Palma del Rio II ala subestación de Villanueva del Rey, en los términos munici-pales de Palma del Río (Córdoba) y Écija (Sevilla).

Segundo: De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 denoviembre del Sector Eléctrico y con el Real Decreto1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las activi-dades de transporte, distribución, comercialización, suministroy procedimiento de autorización de instalaciones de energíaeléctrica, así como con el Decreto 292/1995, de 12 de diciem-bre, por el que se aprueba el Reglamento de EvaluaciónAmbienta! de la Comunidad Andaluza, se sometió el expe-diente a información pública, insertándose anuncios en «Bole-tín Oficial de la Junta de Andalucía» número 188 de fecha 24de septiembre de 2007, «Boletín Oficial» de la provincia deCórdoba no 153 de 22 de agosto de 2007 y «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla número 261 de 10 de noviembre de2007.

Tercero: De acuerdo con el artículo 127 del Real Decreto1955/2000, se remitieron separatas del anteproyecto a losorganismos que se relacionan, al objeto de que manifestasensu conformidad u oposición a la autorización solicitada:

— Excelentísimo Ayuntamiento de Palma del Río.— Excelentísimo Ayuntamiento de Écija.— Enagás, S.A.— Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.— Endesa Distribución Eléctrica.— Dirección General de Aviación Civil.— Diputación Provincial de Sevilla.— Red Eléctrica de España.— Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de

Medio Ambiente (Departamento de Vías pecuarias).Con fecha 17 de septiembre de 2007, don Mariano Aguayo

Fernández de Córdoba, en nombre de don Miguel Ángel deCárdenas Osuna, presentó en la Delegación Provincial de Cór-doba de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,escrito de alegaciones en el que solicita que se deniegue lasolicitud de autorización administrativa por las razones que enel mismo se exponen. Remitido el mismo a los 'promotores,éstos contestaron en escrito de fecha de 16 de noviembre de2007.

De los organismos y entidades, unos contestaron dando suconformidad, otros emitieron condicionados que fueron acep-tados por la empresa peticionaria y otros fue aceptada la pro-puesta det solicitante, ante el silencio producido una vez reite-rada la solicitud de informe.

Hay que hacer constar que en este momento del procedi-miento sólo se está tramitando la autorización administrativa,portante sólo deberá establecerse la conformidad u oposición ala autorización, siendo en fase de aprobación de proyectocuando se establezcan los condicionados técnicos.

Cuarto: Consta en el expediente Declaración de ImpactoAmbiental favorable de fecha 12 de noviembre de 2008 de laDirección General de Prevención y Calidad Ambiental de laConsejería de Medio Ambiente.

Quinto: Con fecha 10 de diciembre de 2008, don FermínGambero Uztárroz, en nombre de Acciona Energía, S.A. pre-sentó escrito en la Delegación Provincial de Sevilla de la Con-sejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el que solicitauna modificación en el trazado de la línea eléctrica referen-ciada, asimismo indica que tras llegar a un acuerdo con lassociedades mercantiles Abengoa Solar y P&T, la línea objetode la presente resolución servirá de evacuación además de lasya mencionadas plantas termosolares «Palma de! Río I» y«Palma del Río II», a las plantas termosoiares denominadas«Helioenergy I», «Helioenergy 2», «Helioenergy 3», «SolarGuzmán» y «Cárdenas Saetilla».

Sexto: De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviem-bre del Sector Eléctrico y con el Real Decreto 1955/2000, de 1de diciembre por el que se regulan las actividades de trans-porte, distribución, comercialización, suministro y procedi-miento de autorización de instalaciones de energía eléctrica,así como con el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por elque se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de laComunidad Andaluza, se sometió el expediente a informaciónpública, insertándose anuncio en «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla no 11 de fecha 5 de enero de 2009.

Séptimo: De acuerdo con el artículo 127 del Real Decreto1955/2000, se remitieron separatas del modificado de! ante-proyecto, a los organismos que se relacionan, al objeto de quemanifestasen su conformidad u oposición a la autorizaciónsolicitada:

— Excelentísimo Ayuntamiento de Écija.— Diputación Provincial de Sevilla.— Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de

Medio Ambiente (Departamento de Vías Pecuarias).— Neo Electro Magnagement, S.L.U.— Delegación Provincial de Sevilla de la Delegación de

Cultura.

De estos organismos y entidades, unos contestaron dandosu conformidad, otros emitieron condicionados que fueronaceptados por la empresa peticionaria y otros fue aceptada lapropuesta del solicitante ante el silencio producido una vezreiterada la solicitud del informe.

Octavo: Consta en el expediente escrito de fecha 29 deenero de 2009, de la Dirección General de Prevención y Cali-dad Ambiental en el que se informa que, en relación con laconsulta realizada sobre leí cambio de trazado en la línea eléc-trica referenciada y una vez recibido informe elaborado por laDelegación Provincial de Sevilla de la Consejería de MedioAmbiente, única provincia afectada por la modificación plan-teada, se ratifica en la Declaración de Impacto Ambientalfavorable de fecha 12 de noviembre de 2008, concluyendo quela modificación de la traza propuesta no se considera modifi-cación sustancial, por lo que no es necesario someterla a unnuevo procedimiento de Autorización Ambiental Unificada.

Fundamentos de derecho:Primero: Esta Dirección General de Industria, Energía y

Minas, es competente para conceder la solicitada AutorizaciónAdministrativa, de acuerdo con to dispuesto en el titulo II,capítulo II, articulo 49.1 a) de la Ley Orgánica 2/2007, de 19de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalu-cía, Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico ycon el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el quese regula las actividades de transporte, distribución, comercia-

Martes 6 de octubre de 2009 Número 232

Page 4: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

lización, suministro y procedimiento de autorización de insta-lación de energía eléctrica, Real Decreto 661/2007, de 25 demayo , por el que se regula actividad de producción de energíaeléctrica en régimen especial, Orden de la Consejería deEmpleo y Desarrollo Tecnológico, de 30 de septiembre de2002, por el que se regula el procedimiento para priorizar elacceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de ener-gía de las instalaciones de generación contempladas en el RealDecreto 2818/1998, Decreto del Presidente de la Junta deAndalucía 10/2008, de 19 de abril, sobre reestructuración deConsejerías y Decreto 117/2008, de 29 de abril, por el que seregula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación.Ciencia y Empresa.

Segundo: La Autorización Administrativa de instalacioneseléctricas de alta tensión viene regulada en los artículos 122 ysiguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta Dirección General de Industria, Energía yMinas, a propuesta del Servicio de Energía,

Resuelve:Primero: Autorizar la linea eléctrica aérea de alta tensión a

220 KV referenciada, solicitada por Acciona Energía, S.A,cuyas características serán:

Origen: Planta solar térmica «Palma del Río I» y «Palmadel Río II» en Palma del Río (Córdoba).Final: S.E.T. «Villanueva del Rey», en Écija..Longitud: 17.880 metros.Términos municipales afectados: Palma del Río (Córdoba)y Écija (Sevilla).Tipo: Aérea D/C.Tensión de servicio: 220 KV.Conductores: LA-455.Apoyos: Metálicos galvanizados.Aisladores: U120BS.

Segundo: Esta autorización se otorga de acuerdo con lodispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,condicionada al cumplimiento de la Declaración de ImpactoAmbiental anteriormente citada y sin perjuicio de los quecorresponden a otros órganos.

La citada instalación no podrá construirse mientras nocuente el peticionario con la aprobación del proyecto de ejecu-ción, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en elarticulo 130 y siguientes del Real Decreto 1955/2000,debiendo iniciarse el procedimiento de la indicada aprobaciónen el plazo de cuatro meses (artículo 128), transcurrido el cualsin haberse solicitado, se producirá la caducidad del expe-diente. El solicitante podrá, por razones justificadas, solicitarprórrogas del plazo establecido.

Contra la presente resolución que no pone fin a la víaadministrativa podrá interponer recurso de alzada ante elExcmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en elplazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notifi-cación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común

Sevilla a 23 de abril de 2009.—La Directora General deIndustria, Energía y Minas, Eva María Vázquez Sánchez.

20F-12212-P

———

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

A los efectos previstos en el artículo 125.º del RealDecreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulanlas actividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica, se somete a información pública la peti-

ción de autorización de la instalación eléctrica cuyas caracte-rísticas principales se señalan a continuación:

Peticionaria: UTE Z3 y MYM Renta, S.L.Domicilio: Calle Mallen 1, Sevilla.

Línea eléctrica:Origen: MT Rasro sub. Calonge.Final: CT proyectado.Término municipal afectado: Arahal.Tipo: Subterránea.Longitud en km: 0,020 KM.Tensión en servicio: 15/20 KV.Conductores: RHZ 18/30 KV.

Estación transformadora:Emplazamiento: Calle Hespérides s/n (MZ UA 14).Finalidad de la instalación: Suministro vvdas y locales.Potencia en KVA: 1260.Relación de transformación: 15-20KV/400-230V.Tipo: Interior.Presupuesto: 24.250 euros.

Referencia: R.A.T.: 23.240.Exp.: 258.686.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada ladocumentación presentada en esta Delegación Provincial, sitaen Sevilla, calle Graham Bell número 5, Edificio Rubén Darío II,5.ª planta, de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 horas,y formularse al mismo tiempo las alegaciones, por duplicado,que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contadosa partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Sevilla a 19 de junio de 2009.—La Delegada Provincial,María José Martínez Perza.

6F-9128-P

———

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Pro vincial,por Renta Antigua López Brea, S.L., en solicitud de autoriza-ción administrativa así como de aprobación del proyecto deejecución, de la instalación eléctrica de distribución de energíaeléctrica en el término municipal de Sevilla con línea subterrá-nea de 0,125 Km de distancia que tiene su origen en caseta10284 y final en CT Proyectado, tensión de servicio 15 (20)KV., conductores tipo RHZ1 18/30 KV y centro de transfor-mación interior de 250 KVA., relación de transformación 15-20 KV+/5% 420-240 V, ubicado en calle Niña, con finalidadde suministro eléctrico edificio vvdas, presupuesto 12.714euros, referencia R.A.T.: 23199 y Exp.: 258270, así como dela transmisión de la misma a una empresa distribuidora deenergía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en lasección I del capítulo II, y el capítulo III del título VII del R.D.1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las activi-dades de transporte distribución, comercialización, suministroy procedimientos de autorización de instalaciones de energíaeléctrica y de acuerdo con la resolución de 17 de enero de2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,por la que se delegan determinadas competencias en materiade instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales dela citada Consejería, esta Delegación Provincial.

Resuelve:

Autorizar la instalación eléctrica citada, aprobar su pro-yecto de ejecución, así como la transmisión de la misma a unaempresa distribuidora de energía eléctrica, con las condicionesespeciales siguientes:

1. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientrasno cuente la peticionaria de la misma, con la correspondienteautorización de explotación, que será emitida por esta Delega-ción Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 5: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

2. En lo referente a la transmisión de la instalación auna empresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el período de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, ysólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribui-das a esta Delegación.

4. La presente aprobación de proyecto de ejecuciónhabilita al titular a la construcción de la instalación proyec-tada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso se solici-ten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la termina-ción de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución, las condiciones impuestas por los Organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente reso-lución en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la administración, previo el oportuno expediente, acordarála anulación de la autorización con todas las consecuencias deorden administrativo y civil que se deriven, según las disposi-ciones legales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante elExcmo. señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa,en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de sunotificación, de conformidad con lo establecido en el artículo107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Sevilla a 6 de agosto de 2009.—P.A. El Secretario General(Decreto 21/1985, de 5 de febrero), Rafael Arévalo Fernández.

6F-11373-P

———

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor don Francisco Prieto Cañete y otros, en solicitud de autori-zación administrativa, así como de aprobación del proyecto deejecución, de la instalación eléctrica de distribución de energíaeléctrica, en el término municipal de La Roda de Andalucía,con línea aérea de 0,02 km de distancia, que tiene su origen enEndesa y final en C.T. proyectado, tensión de servicio 25 KV,conductores tipo Al.-Ac. y centro de transformación intempe-rie de 100 KVA, relación de transformación 25000/420 V, ubi-cado en polígono 6, parcela 32, con finalidad de electrificaciónfinca, presupuesto 10.626,13 euros, referencia R.A.T. 23317 yexpediente 259117, así como de la transmisión de la misma auna empresa distribuidora de energía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII delR.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica, y de acuerdo con la resolución de 17 deenero de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y

Minas, por la que se delegan determinadas competencias enmateria de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provin-ciales de la citada Consejería, esta Delegación Provincialresuelve:

Autorizar la instalación eléctrica citada, aprobar su pro-yecto de ejecución, así como la transmisión de la misma a unaempresa distribuidora de energía eléctrica, con las condicionesespeciales siguientes:

1. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras nocuente la peticionaria de la misma con la correspondienteautorización de explotación, que será emitida por esta Delega-ción Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 132.° del R.D. 1955/2000.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el período de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, ysólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribui-das a esta Delegación.

4. La presente aprobación de proyecto de ejecución habi-lita al titular a la construcción de la instalación proyectada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soli-citen y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta, por escrito, delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la terminaciónde las obras a esta Delegación Provincial, quien podrá practi-car, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta,para su ejecución, las condiciones impuestas por los organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la Administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización con todas las conse-cuencias de orden administrativo y civil que se deriven, segúnlas disposiciones legales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante elExcmo. señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa,en el plazo de un mes, contado a partir del dia siguiente de sunotificación, de conformidad con lo establecido en el artículo107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Sevilla a 7 de septiembre de 2009.—La Delegada Provin-cial, María José Martínez Perza.

7F-12590-P

———

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor Consejería de Igualdad y Bienestar, en solicitud de autori-zación administrativa, así como de aprobación del proyecto deejecución de la instalación eléctrica de distribución de energíaeléctrica en el término municipal de Sevilla, con línea subterrá-nea de 0,070 km de distancia que tiene su origen en Laraña,subest. Cuna y final en C.T. proyectado, tensión de servivio 20

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 5

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kV, conductores tipo RHZ1-K y centro de transformación inte-rior de 400 kVA, relación de transformación 20000/420-242 V,ubicado en calle Viejos, con finalidad de suministro Centro deDía, presupuesto 45.117,70 euros, referencia R.A.T. 23.268 yExp. 258.798, así como de la transmisión de la misma a unaempresa distribuidora de energía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII, delReal Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regu-lan las actividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalaciones deenergía eléctrica, y de acuerdo con la resolución de 17 de enerode 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,por la que se delegan determinadas competencias en materia deinstalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de lacitada Consejería, esta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar la instalación eléctrica citada, aprobar su pro-yecto de ejecución así como la transmisión de la misma a unaempresa distribuidora de energía eléctrica, con las condicionesespeciales siguientes:

1. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientrasno cuente el peticionario de la misma con la correspondienteautorización de explotación, que será emitida por esta Delega-ción Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis meses parala citada transmisión, debiendo presentar el correspondienteconvenio o contrato con la empresa distribuidora. Transcurridoel período de seis meses sin la presentación del citado docu-mento se producirá la caducidad de la presente autorización enlo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos sólotendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas aesta Delegación.

4. La presente aprobación de proyectode ejecución habi-lita al titular a la construcción de la instalación proyectada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyec-to presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten yautoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la termina-ción de las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución las condiciones impuestas por los Organismosque las han establecido, las cuales han sido puestas en conoci-miento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumplimien-to de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, laAdministración, previo el oportuno expediente, acordará la anu-lación de la autorización con todas las consecuencias de ordenadministrativo y civil que se deriven, según las disposicioneslegales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr.Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de unmes contado a partir del día de su notificación, de conformidadcon lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 13de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Sevilla a 8 de septiembre de 2009.—La Delegada Provin-cial, María José Martínez Perza.

20F-12598

Delegación Provincial de SevillaInstalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor el Ayuntamiento de Dos Hermanas, en solicitud de autori-zación administrativa, así como de aprobación del proyecto deejecución, de la instalación eléctrica de distribución de energíaeléctrica, en el término municipal de Dos Hermanas, con líneasubterránea de 0,114 km de distancia, que tiene su origen enC. Trans. Plaza de Abastos y final en C.T. proyectado, tensiónde servicio 15-20 KV, conductores tipo 18/30 RHZ y centro detransformación interior prefabricado de 400 KVA, relación detransformación 15-20 KV/400-230 V, ubicado en calle Purí-sima Concepción, s/n, con finalidad de suministro centro cul-tural, presupuesto 52.470,10 euros, referencia R.A.T. 23220 yexpediente 258474, así como de la transmisión de la misma auna empresa distribuidora de energía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII delR.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica, y de acuerdo con la resolución de 17 deenero de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía yMinas, por la que se delegan determinadas competencias enmateria de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provin-ciales de la citada Consejería, esta Delegación Provincialresuelve:

Autorizar la instalación eléctrica citada, aprobar su pro-yecto de ejecución, así como la transmisión de la misma a unaempresa distribuidora de energía eléctrica, con las condicionesespeciales siguientes:

1. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras nocuente la peticionaria de la misma con la correspondienteautorización de explotación, que será emitida por esta Delega-ción Provincial, previo cumplimiento de los trámites que seseñalan en el art. 132.° del R.D. 1955/2000.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seis mesespara la citada transmisión, debiendo presentar el correspon-diente convenio o contrato con la empresa distribuidora.Transcurrido el período de seis meses sin la presentación delcitado documento se producirá la caducidad de la presenteautorización en lo que a ello se refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, ysólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribui-das a esta Delegación.

4. La presente aprobación de proyecto de ejecución habi-lita al titular a la construcción de la instalación proyectada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soli-citen y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta, por escrito, delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la terminaciónde las obras a esta Delegación Provincial, quien podrá practi-car, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre elterreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta,para su ejecución, las condiciones impuestas por los organis-mos que las han establecido, las cuales han sido puestas enconocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella. En tales supues-tos, la Administración, previo el oportuno expediente,acordará la anulación de la autorización con todas las conse-

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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cuencias de orden administrativo y civil que se deriven, segúnlas disposiciones legales vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante elExcmo. señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa,en el plazo de un mes, contado a partir del dia siguiente de sunotificación, de conformidad con lo establecido en el artículo107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Sevilla a 7 de septiembre de 2009.—La Delegada Provin-cial, María José Martínez Perza.

7F-12599

———

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

———Delegación Provincial de Sevilla

Expediente número 1547/08, de Descalificación deViviendas de Protección Oficial, a instancia de don Juan ReyesBernal Muñoz, de fecha 25 de noviembre de 2008, se remitediligencia de corrección de errores de la resolución de estadelegación, de fecha 13 de marzo de 2009, relativa a la solici-tud de descalificación de vivienda, expediente número1547/08, a los efectos previstos en el artículo 58 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de laAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Sevilla a 28 de agosto de 2009.—La Delegada Provincialde Vivienda y Ordenación del Territorio, Rosario AyalaValiente.—P.A.:El Secretario General, Segundo Muñoz Leal.

20F-12529

———Delegación Provincial de Sevilla

«Expediente número 1152/08, de Descalificación deViviendas de Protección Oficial, a instancia de don ManuelPulido Díaz, de fecha 31 de julio de 2008, se resuelve declararla caducidad del procedimiento de descalificación y ordenar elarchivo de las actuaciones. Contra la presente resolución, queno pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recursode alzada ante la persona titular de la Consejería de Vivienda yOrdenación del Territorio, en el plazo de un mes contado a par-tir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación».

Sevilla a 28 de agosto de 2009.—La Delegada Provincial,Rosario Ayala Valiente.

20F-12530

———Delegación Provincial de Sevilla

«Expediente número 1035/08, de Descalificación deViviendas de Protección Oficial, a instancia de don RicardoLópez Gomez, de fecha 27 de junio de 2008, se resuelve decla-rar la caducidad del procedimiento de descalificación y ordenarel archivo de las actuaciones. Contra la presente resolución,que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerrecurso de alzada ante la persona titular de la Consejería deVivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mescontado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar supublicación».

Sevilla a 28 de agosto de 2009.—La Delegada Provincial,Rosario Ayala Valiente.

20F-12531

Consejería de Empleo

———

Delegación Provincial de Sevilla

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 delDecreto 873/77, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutosde las organizaciones constituidas al amparo de la Ley19/1977, Reguladora del derecho de asociación sindical, y a losefectos previstos en el mismo, se hace público que el día 8 deseptiembre de 2009, a las 11.00 horas, ha sido depositada eneste Centro la modificación de los Estatutos de la Asociaciónde Empresas de la Madera y del Mueble de la Comarca deÉcija (AEMMCE), consistente en la modificación de los artícu-los 5 y 7.

Sevilla a 14 de septiembre de 2009.—El Jefe del Departa-mento CMAC, Luis Javier Moreno Bernal.

7F-12476———

Consejería de Agricultura y Pesca

———

Delegación Provincial de Sevilla

Anuncio de la Delegación Provincial de Sevilla, por el quese publica acto administrativo relativo a procedimiento sancio-nador en materia de depósito de efluentes líquidos o lodos pro-cedentes de actividades agrarias.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, intentada sin efecto la notificación personal en eldomicilio que consta en el expediente, por el presente anunciose notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente actoadministrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá compa-recer en la sede de esta Delegación Provincial de Agricultura yPesca, sita en calle Seda s/n (Polígono HYTASA) de Sevilla.

Nombre y apellidos/razón social: Andaluza de Aceites yCereales, S.L.

N.I.F./C.I.F.: B41850736.Procedimiento: Sancionador expte. n.º SE/0217/09.Identificación del acto a notificar: Propuesta de Resolu-

ción del Procedimiento Sancionador.Recursos o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo

de quince días a partir del día siguiente al de la publicación deeste acto.

Acceso al texto íntegro: C/ Seda, s/n (Hytasa) 41071 -Sevilla.

Teléfono: 955033600. Fax: 955033654.

Sevilla a 13 de agosto de 2009.—El Delegado Provincial,Francisco Gallardo García.

6W-11609

———

Consejería de Medio Ambiente

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Agencia Andaluza del AguaReferencia 41039-0740-2009-01

Nueva Electricidad del Gas, S.A.U., con domicilio enAvda. de la Buhaira, 2 , 41018 - Sevilla tiene solicitado de estaDirección Provincial de la Agencia Andaluza del Agua, autori-zación de instalaciones del Proyecto «Gaseoducto de Interco-nexión Córdoba C1 a Córdoba C1A», afectando al DominioPúblico Hidráulico y Zona de Policía de dos Arroyos innomi-nados por su cruzamiento subterráneos, en el T.M. de FuentePalmera (Córdoba), Écija (Sevilla).

Lo que se hace público para general conocimiento, deacuerdo con lo establecido en el artículo 52.2 del Reglamento

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 7

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de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto849/1986, de 11 de abril, abriéndose un plazo de treinta díashábiles, contados a partir de la fecha de publicación de esteAnuncio, para que los interesados puedan presentar las alega-ciones y reclamaciones sobre la procedencia de la solicitud, através de los Registros y Oficinas reguladas en el art. 38 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, así como en el Ayuntamiento de Écija (Sevilla) oante la Dirección Provincial de la Agencia Andaluza del Aguade Sevilla, en cuyas oficinas y, durante los mismos días y enhoras hábiles está expuesto el citado expediente y a disposi-ción del que desee examinarlo.

Sevilla a 19 de junio de 2009.—La Directora Provincial,Pilar Pérez Martín.

6W-10656-P

———

Agencia Andaluza del Agua

Referencia 41059-0184-2008-01

Gerencia Municipal de Urbanismo, con domicilio en calleNueva, 21, 41927-Mairena del Aljarafe (Sevilla), tiene solici-tado de esta Dirección Provincial de la Agencia Andaluza delAgua, autorización de proyecto de obra de los sistemas gene-rales ASGV-5 sobre el arroyo Porzuna, en zona de DominioPúblico Hidráulico, en el término municipal de Mairena delAljarafe (Sevilla).

Lo que se hace público para general conocimiento, deacuerdo con lo establecido en el artículo 52.2 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto849/1986, de 11 de abril, abriéndose un plazo de treinta díashábiles, contados a partir de la fecha de publicación de esteanuncio, para que los interesados puedan presentar las alega-ciones y reclamaciones sobre la procedencia de la solicitud, através de los Registros y Oficinas reguladas en el art. 38 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, así como en el Ayuntamiento de Mairena delAljarafe (Sevilla) o ante la Dirección Provincial de la AgenciaAndaluza del Agua de Sevilla, en cuyas oficinas y durante losmismos días y en horas hábiles está expuesto el citado expe-diente y a disposición del que desee examinarlo.

Sevilla a 14 de julio de 2009.—La Directora Provincial,Pilar Pérez Martín.

7W-12459

AUTORIDAD PORTUARIA DE SEVILLAIntentada sin efecto notificación a los interesados que a

continuación se relacionan de inicio, propuesta de resolución oresolución de expediente administrativo sancionador, por pre-suntas infracciones tipificadas en la Ley 27/1992, de 24 denoviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Se publica el presente anuncio en el "Boletín Oficial" de laprovincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de R.J.A.P.

Asimismo, se señala el lugar en donde los interesados dis-ponen del expediente completo que, en virtud de la cautelaprevista en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, no se publica en su integridad.

Incoación y pliego de cargos.1) Nombre: Pablo Lora Valverde; C.I.F.: 77.586.888-E;

domicilio: Doctor Antonio Cortés Llado, 3; 41004 – Sevilla.Expediente: número SANC00206/09; artículos: 114.1.a) y114.1.f); importe: 300 euros.

Propuesta de resolución.1) Nombre: Álvaro López Romero; C.I.F.: 48.959.888-

H; domicilio: Avenida Ancha, 11; 41730-Las Cabezas de SanJuan. Expediente: número SANC00116/09; artículos: 114.1.a)y 114.1.f); importe: 300 euros.

2) Nombre: María del Carmen Luque Jiménez; C.I.F.:28.588.153-G; domicilio: Felicidad, 57; 41006-Sevilla. Expe-diente: número SANC00154/09; artículos: 114.1.a) y 114.1.f);importe: 300 euros.

3) Nombre: Construcciones Javicano, S.L.; C.I.F.: B-41960907; domicilio: Emilio Lemos, 2-módulo 407, 3; 41020– Sevilla. Expediente: número SANC00157/09; artículos:114.1.a) y 114.1.f); importe: 300 euros.

4) Nombre: Rafael Muñoz Lalud; C.I.F.: 45.658.725-E;domicilio: Reina de la Paz, bloque 8-3.º A; 41013-Sevilla.Expediente: número SANC00182/09; artículos: 114.1.a) y114.1.f); importe: 600 euros.

5) Nombre: Francisco Ramón Castro Martín; C.I.F.:28.643.271-Z; domicilio: Párroco Antonio Gómez Villalobos,165; 41006-Sevilla. Expediente: número SANC00190/09; artí-culos: 114.1.a) y 114.1.f); importe: 300 euros.

Lugar de consulta de los expedientes: Autoridad Portuariade Sevilla, Departamento de Asuntos Jurídicos, Avenida deMoliní, 6-41012 Sevilla.

Sevilla a 10 de septiembre de 2009.—El Presidente,Manuel A. Fernández González.

20W-12471

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Tribunal Superior de Justiciade Andalucía.—Sevilla

———

SALA DE LO SOCIAL

Don Manuel Varón Mora, Secretario de la Sala de loSocial, con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia deAndalucía.

Hace saber: Que en el Recurso de Suplicación número08/3307-IN, dimanante de los autos número 820/06, seguidospor el Juzgado de lo Social número seis de Sevilla, seguidoentre las partes que se expresará, se ha dictado por esta Sala laResolución cuya parte dispositiva es como sigue.

Con estimación de los recursos de suplicación interpuestopor el Instituto Nacional de la Seguridad Social y BT Exporta-dora de Aceitunas, contra la sentencia de fecha 21 de marzo de2007, dictada por el Juzgado de lo Social número seis de losde Sevilla, en virtud de demanda sobre Seguridad Social, for-mulada por doña Dolores Bermejo García, contra INSS,TGSS, Brugier y Trujillo, S.A., Brugier y Trujillo S.L., BTExportadora de Aceitunas, S.A., debemos anular y anulamoslas actuaciones llevadas a cabo en el juzgado desde la senten-cia incluida esta para que con devolución de los autos al juz-gado sea dictada nueva sentencia, con entera libertad de crite-rio pero completando los hechos probados según se haexpuesto en la precedente fundamentación jurídica, debién-dose de fijar en el fallo, si a ello hubiera lugar, la responsabili-dad que corresponde a cada una de las demandadas y al Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social, así como concretar si aeste Organismo le corresponde o no anticipar toda la presta-ción.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. señorFiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, caberecurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a lanotificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala,así como que transcurrido el término indicado, sin prepararserecurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juz-gado de lo Social de referencia, con certificación de esta reso-lución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación otestimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón yuna certificación de la misma al presente rollo, que se archi-vará en esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, manda-mos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a Bru-gier y Trujillo, S.L., cuyo domicilio o paradero se ignora,expido la presente.

En Sevilla a 21 de septiembre de 2009.—El Secretario,Manuel Varón Mora.

258-13118———

SALA DE LO SOCIALDon Manuel Varón Mora, Secretario de la Sala de lo

Social, con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia deAndalucía.

Hace saber: Que en el Recurso de Suplicación número08/3307-IN, dimanante de los autos número 820/06, seguidospor el Juzgado de lo Social número seis de Sevilla, seguidoentre las partes que se expresará, se ha dictado por esta Sala laResolución cuya parte dispositiva es como sigue.

Con estimación de los recursos de suplicación interpuestopor el Instituto Nacional de la Seguridad Social y BT Exporta-dora de Aceitunas, contra la sentencia de fecha 21 de marzo de2007, dictada por el Juzgado de lo Social número seis de losde Sevilla, en virtud de demanda sobre Seguridad Social, for-mulada por doña Dolores Bermejo García, contra INSS,TGSS, Brugier y Trujillo, S.A., Brugier y Trujillo S.L., BTExportadora de Aceitunas, S.A., debemos anular y anulamoslas actuaciones llevadas a cabo en el juzgado desde la senten-cia incluida esta para que con devolución de los autos al juz-gado sea dictada nueva sentencia, con entera libertad de crite-rio pero completando los hechos probados según se haexpuesto en la precedente fundamentación jurídica, debién-dose de fijar en el fallo, si a ello hubiera lugar, la responsabili-dad que corresponde a cada una de las demandadas y al Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social, así como concretar si aeste Organismo le corresponde o no anticipar toda la presta-ción.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. señorFiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, caberecurso de casación para la unificación de doctrina, que podráser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a lanotificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala,así como que transcurrido el término indicado, sin prepararserecurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juz-gado de lo Social de referencia, con certificación de esta reso-lución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación otestimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón yuna certificación de la misma al presente rollo, que se archi-vará en esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, manda-mos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a Bru-gier y Trujillo, S.A., cuyo domicilio o paradero se ignora,expido la presente.

En Sevilla a 21 de septiembre de 2009.—El Secretario,Manuel Varón Mora.

258-13140

Juzgados de lo Social

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social número cuatro de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en estafecha en los autos número 590/2009, a instancia de don Fran-cisco José Fernández García, contra don José Luis BustosJiménez y don Diego Espinosa Jiménez, sobre social ordina-rio, se ha acordado citar a dicha parte demandada, por tenerignorado paradero, para que comparezcan el próximo día 14de octubre de 2009, a las 9.00 horas, para asistir a los actos deconciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juz-gado de lo Social, sito en calle Vermondo Resta s/n, EdificioViapol, quinta planta, debiendo comparecer personalmente opor persona legalmente apoderada y con los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Igualmente se le cita para que en los mismos día y hora, lareferida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su dis-posición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copiade la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a don José Luis Bustos Jimé-nez y don Diego Espinosa Jiménez, se expide la presentecédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 22 de septiembre de 2009.—El SecretarioJudicial, Alonso Sevillano Zamudio.

258-13211

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número cinco de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 594/2008, a instancia de la parte actora donAndrés Capacete Hermosín, don Adolfo Sanjuán Molina, donManuel Torres Guillén y don Roberto García-Plata Ranconetti,contra Montaysa Construcciones, S.L., sobre social ordinario,se ha dictado Resolución de fecha 4 de marzo de 2009, deltenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrada doña María Amelia Lerdo deTejada Pagonabarraga.

En Sevilla, a 4 de marzo de 2009.

Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de surazón, se tiene por subsanado en tiempo y forma el defecto delque adolecía la demanda y por ampliada la misma frente a losliquidadores-administradores concursales de la sociedad Mon-taysa Construcciones, S.L., don Rafael Pérez Peña, don RafaelMartín Rueda y doña María del Carmen Fernández López, seseñala para que tenga lugar los actos de conciliación y/o juicioel día 26 de octubre de 2009 a las 11,30 horas, en la Sala deVistas de este Juzgado. Cítese a las partes con entrega a lademandada de copia simple de la demanda y del anteriorescrito, advirtiéndoles que es única convocatoria y que debe-rán concurrir con todos los medios de prueba de que intentenvalerse, sin que puedan suspenderse los actos por falta injusti-ficada de asistencia de la demandada, para lo cual líbrense lasoportunas cédulas por correo certificado con acuse de recibo.

Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora deacudir al juicio asistida de Letrado lo que pone en conoci-miento de la demandada a los efectos del artículo 21.3 de laLPL.

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 9

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Cítese a confesión judicial al representante legal de lademandada bajo apercibimiento que de no comparecer ni ale-gar justa causa podrá ser tenido por confeso con los hechos dela demanda.

Requiérase a la demandada para que aporte al acto del jui-cio, los documentos interesados en la demanda.

Se requiere a la parte actora para que dentro del plazo decuatro días aporte direcciones de los citados liquidadores-administradores de la demandada.

Contra la presente resolución, cabe interponer Recurso deReposición, dentro de los cinco días siguientes a su notifica-ción para ante este Juzgado.

Lo mandó y firma S.S.ª, doy fe, ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Montaysa Construccio-nes, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el pre-sente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provin-cia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 12 de marzo de 2009.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

258-3814

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5

Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número cinco de esta capital y su pro-vincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 1123/2008, a instancia de la parte actora donJorge Durán Jiménez y don Óscar Silva Suárez, contra AlarifeSoluciones Constructivas, S.A., sobre social ordinario, se hadictado Resolución de fecha 10 de diciembre de 2008, deltenor literal siguiente:

Cédula de citación.En los autos referidos al margen, seguidos a instancias de

don Jorge Durán Jiménez y don Óscar Silva Suárez, contraAlarife Soluciones Constructivas, S.A., sobre social ordinario,se ha dictado la Resolución del tenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrada doña María Amelia Lerdo deTejada Pagonabarraga.

En Sevilla, a 10 de diciembre de 2008.

Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de surazón, se tiene por subsanado en tiempo y forma el defecto delque adolecía la demanda, se señala para que tenga lugar losactos de conciliación y/o juicio el día 26 de octubre de 2009, alas 10:20 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado. Cítese alas partes con entrega a la demandada de copia simple de lademanda y del anterior escrito, advirtiéndoles que es únicaconvocatoria y que deberán concurrir con todos los medios deprueba de que intenten valerse, sin que puedan suspenderse losactos por falta injustificada de asistencia de la demandada,para lo cual líbrense las oportunas cédulas por correo certifi-cado con acuse de recibo.

Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora deacudir al juicio asistida de Letrado, lo que pone en conoci-miento de la demandada a los efectos del artículo 21.3 de laLPL.

Respecto del interrogatorio del demandado, cítese enforma al representante legal, apercibiéndole que de no compa-recer el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos enque dicha parte hubiese intervenido personalmente y cuya fija-ción como ciertos le sean enteramente perjudiciales, quiendeberá comparecer con todos los documentos solicitados decontrario como prueba documental.

Contra la presente resolución, cabe interponer Recurso deReposición dentro de los cinco días siguientes a su notifica-ción para ante este Juzgado.

Lo mandó y firma S.S.ª, ante mí. Doy fe.

Y en cumplimiento de lo mandado, cito a Vd. para que enel día y horas expresadas comparezca ante este Juzgado paracelebrar el acto de conciliación y en su caso el juicio con lasadvertencias que en la anterior resolución se expresan.

En Sevilla, a 10 de diciembre de 2008.

Y para que sirva de notificación a Alarife SolucionesConstructivas, S.A. y a su administrador único don Juan JoséLópez Collado, actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 19 de marzo de 2009.—La Secretaria Judi-cial, María Amparo Atarés Calavia.

258-4192

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el ilus-trísimo señor Carlos Mancho Sánchez, Magistrado del Juz-gado de lo Social número siete de esta capital y su provincia,en los autos número 758/09, seguidos a instancia de doñaLaura Rojas Cornejo, contra Anaubelleza, S.L., Ives Rocher,S.A., doña María del Rosario Sánchez de Medina Latorre yFogasa, sobre despidos/ceses en general, se ha acordado citar aAnaubelleza, S.L., como parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezca el día 13 de octubre de 2009, alas 10.50 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicioque tendrán lugar ante este Juzgado sito en calle VermondoResta s/n, Edificio Viapol, planta sótano 1, debiendo compare-cer personalmente o por personal que esté legalmente apode-rado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y que no se supende-rán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conoci-miento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secreta-ría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Anaubelleza, S.L., para losactos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula decitación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 1 de octubre de 2009.—La Secretaria Judi-cial. (Firma ilegible).

258-13269

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el ilus-trísimo señor Carlos Mancho Sánchez, Magistrado del Juz-gado de lo Social número siete de esta capital y su provincia,en los autos número 109/09, seguidos a instancia de don Car-los Rivera Moguer, contra Saldaña y Morales, S.L. y Vías yConstrucciones, S.A., sobre social ordinario, se ha acordadosuspender el juicio que venía señalado para el día 8 de octubrede 2009, a las 10.20 horas y citar a Saldaña y Morales, S.L., yen prevención a Vías y Construcciones, S.A., como partedemandada, por tener ignorado paradero, para que comparez-can el día 13 de octubre de 2009, a las 10.20 horas, para asistira los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante esteJuzgado sito en calle Vermondo Resta s/n, Edificio Viapol,planta sótano 1, debiendo comparecer personalmente o porpersonal que esté legalmente apoderado, y con los medios deprueba de que intente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que no se supenderán por falta injustifi-cada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parteque tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgadocopia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Saldaña y Morales, S.L., yen prevención a Vías y Construcciones, S.A., para los actos deconciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 11: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia ysu colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 1 de octubre de 2009.—La Secretaria Judi-cial. (Firma ilegible).

258-13267

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 138/2009, a instancia de la parte actora donJosé Alba Fernández contra Impresiones del Sur, S.L., sobreejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución defecha 16 de julio de 2009 cuyo encabezamiento y parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 16 de julio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución del auto por la

suma de 43.915,21 en concepto de principal, más la de 8.784calculadas para intereses y gastos, y habiendo sido declaradala ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a laparte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en elplazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a suderecho interese o designen bienes, derechos o acciones deldeudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en laforma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Impresio-nes del Sur, S.L., con CIF 41111220515, actualmente en para-dero desconocido, expido el presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertenciade que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 16 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-10977

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el numero 561/2008, a instancia de la parte actora donPablo Valdés Macías, contra The Brainiacs, S.L., sobre SocialOrdinario, se ha dictado sentencia núm. 312/09, de fecha 10 dejulio de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: Con estimación parcial de la demanda interpuestapor don Pablo Valdés Macías, contra la empresa The Brai-niacs, S.L., condeno a la citada entidad a abonar al actor lasuma bruta de 3.391,11 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, The Brai-niacs, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

Asimismo, y en caso de que el recurrente sea el deman-dado, deberá ingresar, conforme establecen los arts. 227 y228 de la Ley de Proc. Laboral, la cantidad a la que se le con-dena en la cuenta número 4029/0000/68/0561/08, abierta anombre de este Juzgado en la entidad bancaria Banesto,sucursal de C/ José Recuerda Rubio núm. 4, de Sevilla, Enti-dad 0030, Sucursal 4325 y además, deberá depositar la canti-dad de 150,25 euros, en la cuenta de consignaciones número4029/0000/65/0561/08, entidad 0030, Sucursal 4325, en lamisma entidad bancaria y dirección que la anterior.

En Sevilla a 24 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-10979

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado,bajo el número 182/2009, a instancia de la parte actora donEmilio Martínez Durán, contra Fabremainsa, S.L., sobre Des-pido Objetivo Individual, se ha dictado resolución del tenorliteral siguiente:

En Sevilla a 7 de julio de 2009.

Doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla y su provincia, trashaber visto los presentes autos sobre despido, seguidos entredon Emilio Martínez Durán, como parte demandante, y laempresa Fabremainsa, S.L., como demandada, en nombre delRey, ha pronunciado la siguiente

Sentencia.—Antecedentes:Primero.—Con fecha 9 de febrero de 2009, tuvo entrada

en el Decanato de los Juzgados de Sevilla la demanda formu-lada por y frente a los expresados, por la que en base a loshechos y fundamentos en ella expuestos, suplica se dicte sen-tencia con arreglo a los pedimentos de su demanda, habiendocorrespondido su conocimiento, por turno de reparto, a esteJuzgado.

Segundo.—Admitida a trámite la demanda y suspendido elseñalamiento inicial por las razones que constan en autos yque, en servicio de brevedad, se dan por reproducidas, se vol-vió a señalar la celebración del acto de conciliación y, en sucaso, juicio que tuvo lugar con la única comparecencia de laparte actora que formuló las alegaciones que se consignan enel acta levantada al efecto e interesó el recibimiento a prueba.

Tercero.—Recibido el juicio a prueba, se practicaron laspropuestas y, oída la parte compareciente en conclusiones,elevó a definitivas las establecidas con carácter provisional,con lo que el juicio quedó concluso y visto para sentencia.

Hechos probados:Primero.—El demandante, don Emilio Martínez Durán, ha

venido prestando servicios por cuenta de la empresa deman-dada, Fabremainsa, S.L., con antigüedad reconocida de 18 denoviembre de 1998, categoría profesional de oficial primera ysalario bruto diario ascendente, en cómputo anual, a 47,03euros.

Segundo.—El 22 de diciembre de 2008, la empresaentregó al trabajador carta fechada ese mismo día, por la quese le comunica la decisión adoptada de prescindir de sus servi-cios, con efectos de ese mismo día, debido a la falta de trabajo.

Tercero.—El demandante no ostenta la condición de repre-sentante legal o sindical de los trabajadores.

Cuarto.—El demandante presentó solicitud de conciliaciónante el CMAC, el 26 de diciembre de 2008, habiéndose cele-brado el acto el 6 de febrero de 2009 de la anualidad en curso,con el resultado de intentado sin avenencia, manifestando laempleadora reconocer la improcedencia del despido.

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 11

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Fundamentos de derecho:Primero.—Reconoce, en nuestro supuesto, la empresa, en

el acto de conciliación ante el CMAC, la improcedencia deldespido operado que además se impondría por no cumplirse enla carta de despido remitida al productor los requisitos forma-les que se contemplan en el art. 55 del Estatuto de los Trabaja-dores -al que ha de hacerse remisión ante la ambigüedad de lamisiva que impide considerar invocada la concurrencia decausas objetivas-, el cual dispone, en su apartado primero, queel despido deberá ser notificado por escrito al trabajador,haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en quetendrá efectos, siendo la finalidad de este precepto que, lacomunicación escrita proporcione al trabajador un conoci-miento claro, suficiente e inequívoco de los hechos que se leimputan, para que, identificándolos en el tiempo y compren-diendo sin dudas racionales el alcance de aquellos, puedaimpugnar la decisión empresarial y preparar los medios deprueba que estime convenientes para su defensa; en nuestrocaso, la empleadora se limita a realizar imputaciones genéri-cas, sin hacer concreción de los hechos imputados que permitala defensa del trabajador.

Se ha producido, pues, la infracción del precepto referido,según entiende la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo,recogida en sentencia de 18 de enero de 2002, en la que se rei-teran las exigencias que el aludido art. 55 ET impone y que yase sintetizaron, en el sentido expuesto al inicio de este ordinal,en la sentencia 3 octubre 1988 que considera incumplidos losfines de la norma cuando la comunicación sólo contiene invo-caciones genéricas e indeterminadas que perturban grave-mente la defensa del trabajador y atentan al principio de igual-dad de partes al constituir, en definitiva, esa ambigüedad unaposición de ventaja de la que puede prevalerse la empresa ensu oposición a la demanda del trabajador, y ciertamente en elsupuesto analizado el actor ve quebrado su derecho a ladefensa por cuanto que al no haberse especificado los hechos,le resulta imposible la práctica de prueba en contrario.

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el art.55.4 TRLET, procede declarar la improcedencia del despidooperado por la empresa respecto del actor, calificación éstaque irá acompañada de las consecuencias que se establecen enel art. 56 ET y 110 de la LPL, siendo, en nuestro supuesto,indiscutidos el salario y la antigüedad que se postulan por elactor y que, además, resultan de la documental aportada.

Vistos los preceptos citados y demás de general y perti-nente aplicación.

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por donEmilio Martínez Durán, contra la empresa Fabremainsa, S.L.,declaro la improcedencia del despido operado por la entidaddemandada respecto del actor, condenando a la empleadora areadmitir al trabajador en las mismas condiciones que regíanantes de producirse el despido o bien a abonarle una indemni-zación por importe de 21.516,23 euros, con abono, en ambossupuestos, de los salarios de tramitación devengados desde lafecha de despido -inclusive-, hasta la de readmisión o comuni-cación de esta sentencia a la empresa, en otro caso -exclusive-,pudiéndose efectuar la opción por la empleadora, por escrito opor comparecencia ante la Secretaría del Juzgado, en el plazode cinco días a partir de la notificación de la presente resolu-ción, entendiéndose si no se ejercitase la misma en el plazoindicado, que la demandada se decanta por la readmisión.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, Fabre-mainsa, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 17 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-10980

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 134/2008, a instancia de la parte actora doñaSara Ramos Rodríguez, contra Sport 14, S.L., sobre ejecuciónde títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 30 dejunio de 2009, que sustancialmente es del tenor literalsiguiente:

Auto:En Sevilla a 30 de junio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Declarar al ejecutado, Sport 14, S.L., en situación de insol-

vencia con carácter provisional por importe de 3.260,05 eurosde resto de principal, más 800 euros que provisionalmente sepresupuestan para intereses legales y costas del procedimiento,sin perjuicio de su ulterior tasación.

Publíquese la declaración de insolvencia del ejecutado enel «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado enel plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notifica-ción, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan ale-gación alguna, se procederá al archivo provisional de lasactuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Sport 14,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 20 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11057

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria del Juzgado delo Social número 10 de Sevilla.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecu-ción número 90/2009, dimanante de autos núm. 371/08, enmateria de ejecución de títulos judiciales, a instancias de JoséJavier Muros García Gil contra Editora Andalucía 24 Horas,S.L., habiéndose dictado resolución de fecha 21 de julio de2009, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenorliteral siguiente:

Auto:En Sevilla a 21 de julio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Declarar al ejecutado, Editora Andalucía 24 Horas, S.L.,

en situación de insolvencia con carácter provisional porimporte de 3.132,02 euros de principal, más 626,40 euros queprovisionalmente se presupuestan para intereses legales y cos-tas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Publíquese la declaración de insolvencia del ejecutado enel «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado enel plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notifica-

12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 13: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

ción, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan ale-gación alguna, se procederá al archivo provisional de lasactuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Editora Anda-lucía 24 Horas, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se des-conocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Bole-tín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención deque las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones leserán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las quedeban revestir la forma de autos, sentencias o se trate deemplazamientos, y todas aquellas otras para las que la leyexpresamente disponga otra cosa.

Dado en Sevilla a 21 de julio de 2009.—La SecretariaJudicial, Carmen Álvarez Tripero.

40-11058

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 113/2008, a instancia de la parte actora donÁngel Macarro Vargas contra Empresa Aircón, S.A., sobre eje-cución de títulos no judiciales, se ha dictado resolución defecha 13 de julio de 2009, cuyo encabezamiento y parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 13 de julio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Declarar al ejecutado, Empresa Aircon, S.A., en situación

de insolvencia con carácter provisional por importe de5.519,15 euros de principal más 1.104 euros presupuestadaspara intereses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado en elplazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto, lo acuerda, manda y fuma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, EmpresaAircon, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes noti-ficaciones se harán en estrados, salvo la que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 13 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11060

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 28/08, ejecución núm. 148/08-J, a instancia dela parte actora don Santiago Jiménez Martín y FranciscoManuel Aguilar Cardona contra Dianto 4, S.L., y ManuelCasado Rojas, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dic-

tado resolución de fecha 21 de julio de 2009 del tenor literalsiguiente:

Auto:En Sevilla a 21 de julio de 2009.Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Declarar al ejecutado, Manuel Casado Rojas y Dianto 4,

S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional porimporte de 6.629,01 euros en concepto de principal (2.760,92para el Sr. Jiménez Martín y 3.868,09 euros para Sr. AguilarCardona), con la responsabilidad solidaria de ConstruccionesDianto 4, S.L., hasta la cuantía de 1.618,12 euros respecto delSr. Jiménez Martín y de 2.922,07 euros respecto del Sr. Agui-lar Cardona, más la de 1.325,80 euros calculadas para intere-ses, costas y gastos del procedimiento, sin perjuicio de su ulte-rior tasación.

Publíquese la declaración de insolvencia del ejecutado enel «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado enel plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notifica-ción, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan ale-gación alguna, se procederá al archivo provisional de lasactuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, ManuelCasado Rojas, actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes noti-ficaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 21 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11066

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-

gado de lo Social número 10 de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 1310/2008, a instancia de la parte actora donAntonio Fernández Carroza contra Latera, S.L., sobre despi-dos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 22 dejulio de 2009 cuyo encabezamiento y parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 22 de julio de 2009.Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral

que ligaba a las partes, con obligación de la empresa conde-nada, Latera, S.L., de indemnizar a don Antonio FernándezCarroza en la suma de 7.783,20 euros.

Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa referidaa que abone al actor los salarios dejados de percibir queascienden a la suma de 11.956,80 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles deque contra la presente cabe recurso de reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado de lo Social y, una vez firmeesta resolución, archívense las presentes actuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña María del Carmen Lucendo González, Magis-trada-Juez del Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doyfe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 13

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Y para que sirva de notificación al demandado, Latera,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia deSevilla, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 22 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11067

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 501/2008, a instancia de la parte actora doñaRosa María Jiménez Guerrero, contra Rafael López García,sobre Social Ordinario, se ha dictado sentencia núm. 313/09,de fecha 10 de julio de 2009, cuyo fallo es del tenor literalsiguiente:

Fallo: Con estimación íntegra de la demanda interpuestapor doña Rosa María Jiménez Guerrero, contra el empresariodon Rafael López García, condeno al demandado a satisfacer ala actora la suma de 7.335,12 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, RafaelLópez García, actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, con la advertencia de que las siguientes notificacionesse harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

Asimismo, en caso de que el recurrente sea el demandado,deberá ingresar conforme establecen los arts. 228 y 227 de laL.P.L., la cantidad a la que se le condena en la cuenta número4029/0000/68/0501/08, abierta a nombre de este Juzgado en laentidad bancaria Banesto, sucursal C/ José Recuerda Rubionúm. 4 de Sevilla, Entidad 0030, Sucursal 4325 y además,deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta deconsignación número 4029/0000/65/0501/08, Entidad 00360,Sucursal 4325, en la misma entidad bancaria y dirección quela anterior.

En Sevilla a 24 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11069

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 79/2009, a instancia de la parte actora doñaMaría José Soria Bailina, contra Macrotelefonía DivisiónAndalucía, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se hadictado auto de insolvencia provisional de fecha 10 de julio de2009, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Auto:En Sevilla a 10 de julio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Declarar al ejecutado, Macrotelefonía División Andalucía,

S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional porimporte de 21.457,42 de principal, más 4.291,48 presupuesta-das para intereses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros deRegistro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienesdel ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado en elplazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Macrotele-fonía División Andalucía, S.L., actualmente en paradero des-conocido, expido el presente para su publicación en el «Bole-tín Oficial» de la provincia se Sevilla, con la advertencia deque las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 10 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11070

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 151/2008, a instancia de la parte actora donMatías Agudo Martínez y Ignacio Manuel Tristancho Aguilar,contra Proveedora de Servicios Eléctricos y de Telecomunica-ciones, S.L., sobre despido objetivo individual, se ha dictadoresolución de fecha 29 de mayo de 2009, cuyo encabeza-miento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 29 de mayo de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral

que ligaba a las partes, con obligación de la empresa conde-nada, Proveedora de Servicios Eléctricos y de Telecomunica-ciones, S.L., de indemnizar a don Matías Agudo Martínez enla suma de 6.921 euros y a don Ignacio Manuel TristanchoAguilar, en la suma de 3.377,7 euros y asimismo, debo conde-nar y condeno a la parte demandada a que abone los salariosdejados de percibir que, una vez practicadas las deduccionespertinentes, ascienden para el Sr. Agudo Martínez a la suma de1.076,60 euros y para el Sr. Tristancho Aguilar a la de4.428,54 euros.

El Fondo de Garantía Salarial únicamente habrá de asumirresponsabilidad en el abono de los salarios de tramitaciónascendentes para don Matías Agudo Martínez a 1.076,6 eurosy para don Ignacio Manuel Tristancho Aguilar a 1.538,73euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles deque contra la presente cabe recurso de reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado de lo Social y, una vez firmeesta resolución, archívense las presentes actuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña María del Carmen Lucendo González, Magis-trada-Juez del Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doyfe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Provee-dora de Servicios Eléctricos y de Telecomunicaciones, S.L.,actualmente en paradero desconocido, expido el presente parasu publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevi-lla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 29 de mayo de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11071

14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 15: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 181/2009, a instancia de la parte actora donAntonio Cortés Ramos contra Fabremainsa, S.L., y Fogasa,sobre despido objetivo individual, se ha dictado sentencia defecha 14 de julio de 2009, cuyo fallo es del tenor literalsiguiente:

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por donAntonio Cortés Ramos, contra la empresa Fabremainsa, S.L.,habiendo sido llamado al procedimiento el Fondo de GarantíaSalarial, declaro la improcedencia del despido operado por laempleadora respecto del actor, condenando a aquélla a read-mitir al trabajador en las mismas condiciones que regían antesde producirse el despido o bien a abonarle una indemnizaciónpor importe de 8.491,31 euros, así como, en ambos supuestos,al pago de los salarios de tramitación devengados desde lafecha del despido -inclusive- hasta la de la readmisión o noti-ficación de la sentencia a la empresa condenada -exclusive-,en otro caso. La entidad condenada podrá optar entre la read-misión o la indemnización, por escrito o comparecencia antela Secretaría del Juzgado, en el plazo de cinco días a contardesde el siguiente a la notificación de la presente resolución,entendiéndose si no se formulara opción que se decanta por lareadmisión.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, Fabre-mainsa, S.L., y a su administrador don José Merina González,actualmente en paradero desconocido, expido el presente parasu publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con laadvertencia de que las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, senten-cia o se trate de emplazamientos.

Asimismo, en el caso de que el recurrente sea el deman-dado, deberá ingresar conforme establecen los arts. 228 y 227de la L.P.L., la cantidad a la que se le condena en la cuentanúmero 4029/0000/68/0181/09, abierta a nombre de este Juz-gado en la entidad bancaria Banesto, sucursal C/ JoséRecuerda Rubio núm. 4 de Sevilla, Entidad 0030, Sucursal4325 y además, deberá depositar la cantidad de 150,25 eurosen la cuenta de consignación número 4029/0000/65/0181/09,Entidad 00360, Sucursal 4325, en la misma entidad bancaria ydirección que la anterior.

Y, durante la tramitación del repetido recurso abonará sussalarios a la parte demandante con obligación de ésta de pres-tar servicios salvo que la empresa condenada prefiera hacertales abonos sin compensación alguna de contrario. Y ello parael caso de que se opte por la readmisión.

En Sevilla a 27 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11256

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 377/2008, a instancia de la parte actora donRafael Cazalla Martínez contra Construcciones Dianto 4, S.L.,sobre despido objetivo individual, se ha dictado auto de extin-ción de fecha 22 de julio de 2009, cuyo encabezamiento yparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto:En Sevilla a 22 de julio de 2009.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral

que ligaba a las partes, con obligación de la empresa conde-

nada, Construcciones Dianto 4, S.L., de indemnizar a donRafael Cazalla Martínez en la suma de 3.787,65 euros.

Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa referidaa que abone al actor los salarios dejados de percibir queascienden a la suma de 26.526,84 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles deque contra la presente cabe recurso de reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado de lo Social y, una vez firmeesta resolución, archívense las presentes actuaciones.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma.señora doña María del Carmen Lucendo González, Magis-trada-Juez del Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla. Doyfe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Construc-ciones Dianto 4, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 22 de julio de 2009.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-11305

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Concepción Díaz Noriega Selles, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 88/2009, a instancia de la parte actora donAntonio Luis Gómez Jiménez, contra Selosa Estructura yMedio Ambiente, S.L., sobre despido objetivo individual, seha dictado sentencia de fecha 21 de abril de 2009 cuyo fallo esdel tenor literal siguiente:

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por donAntonio Luis Gómez Jiménez, contra Selosa Estructura yMedio Ambiente, S.L., declaro la improcedencia del despidooperado por la mercantil demandada respecto del actor, conde-nando a aquélla a abonarle una indemnización por importe de9.450 euros y al pago de los salarios de tramitación devenga-dos desde la fecha del despido hasta la de la presente resolu-ción, que ascienden a 7.320 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra dicha resolución, y de conformidad con el artículo189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, cabe interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía en Sevilla, anunciándoloante este Juzgado en los cinco días hábiles siguientes a la noti-ficación de la sentencia.

Caso de que el recurrente sea el demandado, deberá ingre-sar conforme establecen los arts. 228 y 227 de la L.P.L., lacantidad a la que se le condena en la cuenta número4029/0000/68/0088/09, abierta a nombre de este Juzgado en laentidad bancaria Banesto, sucursal C/ José Recuerda Rubionúm. 4 de Sevilla, Entidad 0030, Sucursal 4325 y además,deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta deconsignación número 4029/000/65/0088/09, entidad 0030,sucursal 4325, en la misma entidad bancaria y dirección que laanterior.

Y para que sirva de notificación al demandado, SelosaEstructura y Medio Ambiente, S.L., actualmente en paraderodesconocido, expido el presente para su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 25 de agosto de 2009.—La Secretaria Judi-cial, Concepción Díaz Noriega Selles.

40-11929

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 15

Page 16: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial Acctal.del Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 185/2009, a instancia de la parte actora donJuan Manuel Roldán Rodríguez contra Maderas Pegaso, S.L.,y Juan Carlos Silva Santome, sobre despidos/ceses en general,se ha dictado sentencia núm. 249/09, de fecha 9 de junio de2009 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por donJuan Manuel Roldán Rodríguez, contra Maderas Pegaso, S.L.,y don Juan Carlos Silva Santome, declaro la improcedenciadel despido operado por la mercantil codemandada respectodel actor, condenando a dicha entidad a readmitir al trabajadoren las mismas condiciones que regían antes de producirse eldespido o bien a abonarle una indemnización por importe de12.949,54 euros, así como, en ambos supuestos, al pago de lossalarios de tramitación devengados desde la fecha del despido-inclusive- hasta la de la readmisión o, en otro caso, notifica-ción de la sentencia a la empresa -exclusive-; pudiendo laempleadora formular opción, por escrito o comparecencia antela Secretaría del Juzgado, en el plazo de cinco días a partir dela notificación de esta resolución, entendiéndose si no reali-zara elección expresa que se decanta por la readmisión. Asi-mismo, absuelvo a don Juan Carlos Silva Santome de las peti-ciones deducidas en su contra.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, MaderasPegaso, S.L., y Juan Carlos Silva Santome, actualmente enparadero desconocido, expido el presente para su publicaciónen el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia deque las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

Asimismo, en caso de que el recurrente sea el demandado,deberá ingresar conforme establecen los arts. 228 y 227 de laL.P.L., la cantidad a la que se le condena en la cuenta número4029/0000/68/0185/09, abierta a nombre de este Juzgado en laentidad bancaria Banesto, sucursal C/ José Recuerda Rubionúm. 4 de Sevilla, entidad 0030, sucursal 4325 y además,deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta deconsignación número 4029/0000165/0185/09, entidad 00360,sucursal 4325, en la misma entidad bancaria y dirección que laanterior.

En Sevilla a 1 de septiembre de 2009.—La SecretariaJudicial, María Amparo Atares Calavia.

40-12020

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Juzgados de Instrucción

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UTRERA.—JUZGADO NÚM. 3

Don Juan Dionisio Curado Dana, Secretario del Juzgadode Primera Instancia e Instrucción número tres de esta ciudad.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas número648/2006 se ha acordado citar a:

Cédula de citación.Órgano que ordena citar: Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción número tres de Utrera.

Resolución que lo acuerda: Resolución de esta fecha dic-tada en el juicio referenciado.

Persona que se cita: Don Alberto Clavero Lobato, en cali-dad de denunciante.

Objeto de la citación: Asistir al juicio de faltas seguido poramenazas.

Lugar, día y hora donde debe comparecer: En la sede deeste Juzgado sito en calle San Juan Bosco número15, Sala deVistas, el día 13 de octubre de 2009, a las 9.00 horas.

Prevenciones legales.De residir en este término municipal, si no comparece ni

alega justa causa puede ser multado en la cuantía que la Leydetermina, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en dere-cho.

Puede acudir al juicio asistido de Letrado, si bien éste noes preciso.

Debe comparecer en el acto del juicio con todos losmedios de prueba de que intente valerse.

En Utrera, a 15 de septiembre de 2009.

Y para que conste y sirva de citación a don Alberto Cla-vero Lobato, actualmente en paradero desconocido, y su publi-cación en el «Boletin Oficial» de la provincia de Sevilla,expido el presente.

En Utrera, a 15 de septiembre de 2009.—El SecretarioJudicial, Juan Dionisio Curado Dana.

258-12772

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLA

Anuncio de adjudicación del contrato administrativo espe-cial para la gestión del Centro de Baja Exigencia con pobla-ción en situación de exclusión social y sin hogar, medianteprocedimiento abierto, en aplicación de las determinacionescontenidas en el art. 138.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octu-bre, de Contratos del Sector Público.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Sevilla.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio

de Administración de los Servicios Sociales. Dele-gación de Bienestar Social.

c) N.º de expdte.: 164/08 (SISCON 2008/0301/1950).

2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Administrativo Especial.b) Descripción del objeto: Instruido para la gestión

del Centro de Baja Exigencia con población ensituación de exclusión social y sin hogar.

c) Lote, en su caso: No procede.d) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del

anuncio de licitación: «BOJA» n.º 16, de 26 deenero de 2009, y «BOJA» n.º 26, de 9 de febrerode 2009 (corrección de errores).

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Varios criterios de adjudicación.

4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación.Importe total: 360.000,00 € (sin IVA).

a) Importe IVA: 25.200,00 €.b) Importe total (IVA incluido): 385.200,00 €.

El valor estimado del contrato, 720.000,00 €, IVAexcluido por importe de 50.400,00 € (7%), incluyendoun año de prórroga.

5. Adjudicación.a) Fecha: 28 de julio de 2009.b) Contratista: «Fundación Internacional Aproni»,

CIF G-91.116.897.

16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 17: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 305.964,00 € (IVA no

incluido).

Sevilla a 5 de agosto de 2009.—El Oficial Mayor, IsidroNicolás y Fernández Pacheco.

7D-12510

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Departamento de Control de la Edificación.Servicio de Disciplina Urbanística.Sección: Administrativa.Expte.: 467/2006-1.Lugar: Calle Adriano número 15. Planta 2.º y ático.Zona 1.CRV.Ref.: Obras particulares.

Habiéndose intentado la notificación de la resolución reca-ída en el expediente instruido en el Servicio de Disciplina,Sección Administrativa, contra las personas que a continua-ción se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausentede su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido elmismo, por medio del presente edicto se hace pública la notifi-cación de la misma conforme a lo dispuesto en el art. 59.4 dela Ley 30/92, Reguladora del Régimen de las Administracio-nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El con-tenido de la Resolución recaída es el siguiente:

«El señor Coordinador General del Área de Urbanismo,por delegación mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 28de septiembre de 2007, n.º 723, con fecha 11 de mayo de2009, (n.º de Resolución 2261), se ha servido disponer lo quesigue:

«Vista la propuesta de Resolución formulada por el Ins-tructor del expediente sancionador n.º 467/2006-1, instruidocontra don Javier Melgarejo Martínez de Abellanosa y en basea los siguientes:

Hechos

Primero.— Se ha podido comprobar que por don JavierMelgarejo Martínez de Abellanosa, en calidad de promotor, haefectuado obras sin licencia, en la finca sita en calle Adrianonúmero 15 planta 2.º y ático, consistentes en:

Planta Segunda.

— Modificación de la distribución entorno a la escaleradel inmueble en la primera y segunda crujía, estableciendo undormitorio y un baño vinculado al anterior, afectando a unasuperficie aproximada de 17.98 m2 ((3.50 x 4.10) + (1.10 x3.30)).

— En la tercera crujía se ejecuta una escalera de comuni-cación desde planta 2.ª a ático, en parte del hueco de la mon-tera de vidrio existente, abriendo otra parte del hueco necesa-rio para dicha escalera en el forjado de cubierta de planta 2.ª ycegado de hueco de la montera, mediante el establecimientode un forjado con viguetas y tablazón de madera, afectando auna superficie de 9.20 m2 (4.00 x 2.30), suponiendo estecegado obras de ampliación para la planta ático.

— Obras de reforma para ejecución de un nuevo núcleohúmedo (aseo) junto al existente anteriormente, de dimensio-nes aproximadas 3.45 m2 (1.50 x 2.30).

Planta ático.

— Obras de ampliación por remonte consistentes en laejecución de un cuerpo edificatorio diáfano en forma de L,ejecutado con estructura metálica, que afecta a una superficieaproximada de 39.38 m2, en la parte posterior de la plantaático, ocupando la zona de montera que se eliminó, formandoestancia dúplex con la planta inferior.

En el espacio ampliado se abre un hueco de ventana en lamedianera con la finca colindante a su izquierda (Adriano, n.º

13) de aproximadamente 5.70 m. de longitud; en su frente pos-terior se cierra con un paramento acristalado, a la azotea reca-yente hacia c/ Gracia Fernández Palacios.

— Se realiza la demolición de la cubierta del cuerpo deático existente en la segunda crujía del inmueble de superficieaproximada de 45.00 m2, para ejecutarla a mayor altura, conestructura metálica y formalizada en dos tramos consecutivoscon pendientes distintas recayentes ambas sobre la finca colin-dante a su izquierda de c/ Adriano, n.º 13.

En este volumen ampliado en altura se ejecuta una entre-planta de aproximadamente 18.00 m2, bajo la que se disponede una altura libre de 1.25 m; sobre dicha entreplanta la alturalibre es de 2.05 m en su parte mas baja (centro de la estancia)y de 2.30 m en la parte más alta (lateral derecho de la estancia)

Este cuerpo de ático también dispone de un acceso inde-pendiente desde la escalera del inmueble.

Segundo.— Se han cumplido los trámites previstos legal-mente, iniciándose expediente sancionador con nombramientode Instructor y Secretario, mediante Resolución n.º 341 defecha 30 de enero de 2009.

Tercero.— Se ha concedido al interesado un plazo dequince días, de conformidad con lo dispuesto en el srt. 16.1.ºdel Reglamento del Procedimiento para ejercicio de la potes-tad sancionadora de 4.8.93, sin que se hayan presentado alega-ciones al efecto o propuesta prueba concretando los medios deque pretenda valerse, por lo que la Resolución de fecha 30 deenero de 2009, por la que se inicia expediente sancionador seconsidera Propuesta de Resolución, de conformidad con el art.13.2 del citado reglamento.

Cuarto.— De todo ello se ha dado traslado al interesado enfecha 12 de febrero de 2009, según consta en el expediente,sin que se hayan presentado alegaciones al efecto.

Fundamentos jurídicos

Primero.— Se ha cometido una infracción calificada comograve en el art. 207.3.a) de la Ley 7/02 de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía (BOJA: 31-12-2.002), alhaberse realizado actos de construcción sin licencia, infrin-giendo lo dispuesto en los artículos 169 y 191 y siguientes dela citada Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urba-nística de Andalucía, modificada por la redacción dada por laLey 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para laVivienda Protegida y el Suelo.

Segundo.— Asimismo las obras realizadas vulneran lo dis-puesto en el incumplir P.G.O.U. aprobado definitivamente el19 de julio de 2006 y publicado en el BOJA n.º 174 de 7 deseptiembre de 2006.

Plan especial del sector 13 «Arenal», aprobado definitiva-mente el 16 de febrero de 2006.

Análisis de la legalidad.

Las obras de reforma interior llevadas a cabo en la fincade referencia en su planta segunda se consideran legalizables,no obstante la licencia de obra menor de que disponen noabarca dichas actuaciones por lo que en todo caso requeriránde la preceptiva licencia de obras para su legalización.

El presupuesto de ejecución material de las obras dereforma interior de planta segunda, en aplicación de la orde-nanza fiscal por prestación de servicios urbanísticos asciendea: Dos mil quinientos seis euros con catorce céntimos de euro.

(17.98 m2 + 9.20 m2 + 3.45 m2) x 81.82 euros/m2 =2.506,14 euros.

Por otro lado en lo referente a las obras de ampliación des-critas en planta ático, éstas se consideran No Legalizablescomo ya se estableció en el informe emitido por este N.T. confecha 30 de noviembre de 2006.

Por todo lo expuesto anteriormente es de aplicación el Art.218.1 y 2 de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Anda-lucía, que establece que se sancionarán con multa del cin-cuenta al cien por cien del valor de la obra ejecutada la reali-zación de obras de construcción o edificación cuando

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 17

Page 18: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

contradigan las determinaciones de la Ordenación Urbanísticaaplicable en materia de usos, edificación y ocupación permi-tida.

El valor de la obra ejecutada se calcula en función delvalor en venta del bien inmueble correspondiente, a tenor de loestablecido en el art. 218.2 LOUA.

Dicho valor se desprende del informe técnico del siguientetenor literal.: La superficie construida no legalizable originaun Valor en Venta al promotor derivado del incremento que haproducido al valor de su patrimonio, en proporción a la super-ficie que ilegalmente realiza.

Dicho aumento de valor de patrimonio se obtiene en apli-cación de la formula Vv = 1,4x (Vc x Ct + Vr) x Fl, que vieneestablecida por el Ministerio de Hacienda en el Real Decreto1.020/93, de 25 de junio, por el que se aprueban las normastécnicas de valoración y cuadro marco de valores del suelo yde las construcciones para determinar el valor catastral de losbienes de naturaleza urbana.

Cálculo del Valor en Venta.

Donde:

Vv = Valor en Venta.

Vp = Valor patrimonial alcanzado en el mercado inmobi-liario. El cual es el 100% cuando la obra no autorizable se ori-gina dentro de un proceso de promoción reglado y cuyo trata-miento de la misma a los efectos de mercado no sufredepreciación.

Si dicha actuación se efectúa fuera de ese marco, se estimaque el valor obtenido sufre una depreciación del 20%.

Promoción no reglada:

Vp = 0,8x[1,4 (Vc x Ct + Vr) xFl]=0,8x[1.4 ( 550,00 eurosx +1,00 + 802,20 euros )x +1,00] = 1.514,46 euros.

Vc = Valor de repercusión de la construcción.= 550,00euros.

Ct = Coeficiente de valor de la construcción.= +1,00.Vr = Valor de repercusión del suelo.= 802,20 euros.Fl = Factor de localización.= +1,00.S = Superficie. = 57,38 m2.B.E. = ( 1.514,46 euros ) x 57,38=61.403,84 euros.

El beneficio económico calculado para obras no legaliza-bles, se estima en unos 86.899,71 euros.

La sanción a imponer es de 65.174,78 Euros resultado deaplicar el grado medio de la sanción es decir, el setenta y cincopor ciento del valor en venta del inmueble correspondiente porcarecer de circunstancias agravantes ni atenuantes que lo con-dicionen, en aplicación del art. 218.1 y 2 de la citada Ley.

Tercero.— Se ha comprobado que don Javier MelgarejoMartínez de Abellanosa es responsable de la infracción come-tida en calidad de promotor con arreglo a lo dispuesto en elart. 193 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de OrdenaciónUrbanística de Andalucía.

Cuarto.— Se han seguido los trámites previstos legal-mente en los artículos 11 al 21 del Reglamento del Procedi-miento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobadopor RD. 1398/1993 de 4 de agosto. (BOE n.º 189, de 9 deagosto).

Por todo lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el art. 10del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de lapotestad sancionadora, y la Resolución de la Alcaldía de fecha28.09.07, n.º 723.

Vengo en disponer:

Primero.— Imponer a don Javier Melgarejo Martínez deAbellanosa, con DNI 28.871.547-S promotor de las obras rea-lizadas sin licencia, en Calle Adriano número 15 planta 2.º yático una sanción por importe de 65.174,78 Euros, (sesenta ycinco mil ciento setenta y cuatro euros con setenta y ocho cén-timos de euro) equivalente al grado medio de la sanción esdecir, el setenta y cinco por ciento del valor en venta del bieninmueble correspondiente por carecer de circunstancias agra-

vantes ni atenuantes que lo condicionen, en aplicación del art.218.1 y 2 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de OrdenaciónUrbanística de Andalucía (BOJA: 31-12-2.002); modificadopor la redacción dada de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre,Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.

Segundo.— Dar traslado literal de la presente Resoluciónal interesado.»

Lo que notifico a usted significándole que contra el actoanteriormente expresado, que es definitivo en la vía adminis-trativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al delrecibo de esta notificación, de acuerdo con lo previsto en losArts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directa-mente y en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente al del recibo de esta notificación recurso conten-cioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el Art. 109.c)de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y Art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si loestimase oportuno.

Asimismo, también se señala, de conformidad con el Art.59.3 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C., que las notificaciones quesean rehusadas por el interesado o su representante se tendránpor válidas y eficaces desde ese momento, una vez que sehaga constar esta circunstancia en las actuaciones administrati-vas del expediente de referencia.

El pago del importe a que viene obligado podrá efectuarlodentro de los plazos establecidos en el art. 62.2 de la Ley58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria, que son losque a continuación se indican:

1.— Notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 decada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

2.— Notificaciones efectuadas entre los días 16 y últimode cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta elinmediato hábil siguiente.

Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos señaladosen los párrafos anteriores, se iniciará automáticamente elperiodo ejecutivo, que producirá el devengo de los siguientesrecargos incompatibles entre sí:

1.— Recargo ejecutivo del 5% que se aplicará cuando sesatisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodovoluntario antes de la notificación de la providencia de apre-mio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán inte-reses de demora.

2.— Recargo de apremio reducido del 10% que será apli-cado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresadaen periodo voluntario y el propio recargo antes de la finaliza-ción del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la LeyGeneral Tributaria para las deudas apremiadas. Cuando resulteexigible este recargo, no se exigirán intereses de demora.

3.— Recargo de apremio ordinario del 20%, que será apli-cable cuando no concurran las circunstancias referidas en lospuntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible conel devengo de intereses de demora a partir de la finalizacióndel plazo voluntario de ingreso.

El pago de la deuda podrá realizarse en cualquiera de lasoficinas de Cajasol en la provincia de Sevilla o del Banco Bil-bao Vizcaya Argentaria, S.A, presentando el documento depago, en horario de apertura al público de oficinas

Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono954.48.02.68, fax: 954.48.02.93 Sevilla a 13 de mayo de 2009,El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefe del Servicio de Dis-ciplina Urbanística, Amparo Guerrero Núñez.»

18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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Destinatario: Don Javier Melgarejo Martínez de Abella-nosa. c/ Adriano n.º 15, 2.º 41001-Sevilla.

Sevilla a 30 de julio de 2009.—El Secretario de la Geren-cia, Luis Enrique Flores Domínguez.

6W-11615———

SEVILLA

Gerencia de UrbanismoMediante acuerdo de fecha 17 de diciembre de 2008, la Co-

misión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo se ha servidoaprobar la siguiente propuesta suscrita por el Sr. Gerente, sien-do el tenor literal el que sigue:

«Girada visita de inspección a las fincas que mas abajo serelacionan, por la Sección Técnica del Servicio de Conserva-ción de la Edificación, se han emitido informes de los que sedesprende que en las mismas deben adoptarse medidas urgen-tes para el mantenimiento de las debidas condiciones de segu-ridad, salubridad y ornato público.

Visto lo dispuesto en los artículos 9 del Real Decreto Le-gislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Suelo y los artículos 51.1,A,a) 155 a159, ambos inclusive, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía, modificada por la Ley13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Pro-tegida y el Suelo así como en el artículo 26 del Reglamento deDisciplina Urbanística.

Visto lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, referenteal preceptivo apercibimiento previo a la ejecución forzosa delos actos administrativos, que deberá quedar modulado en estesupuesto en razón de la urgencia de las medidas de seguridad aadoptar.

Visto lo dispuesto en el artículo 96.3 de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en elartículo 8.5 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, relativos al precepti-vo consentimiento voluntario o, en su defecto, la oportuna au-torización judicial, como requisito indispensable para entrar enel domicilio del afectado y restantes lugares cuyo acceso re-quiera el consentimiento de su titular.

Visto que el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urba-nismo mediante acuerdo adoptado en sesión de 18 de julio de2007 delegó en la Comisión Ejecutiva, entre otras, las atribu-ciones del número 14 del artículo 10 de los Estatutos de la Ge-rencia de Urbanismo, relativas a ordenar la ejecución, suspen-sión o demolición de obras propias de su competencia cuandolo exijan los intereses urbanísticos, en ejercicio de las funcio-nes de inspección urbanística y policía de edificación.

Visto lo dispuesto en el artículo 27-22º de los Estatutos querigen la Gerencia de Urbanismo.

Por todo ello, el firmante, viene en formular la siguientepropuesta:

Primero.—Ordenar a la propiedad de la finca relacionada laejecución de medidas de seguridad que se describen.

Dichas obras, deberán ser ejecutadas bajo dirección técnicacompetente, en los plazos indicados, debiéndose redactar y pre-sentar con la mayor urgencia posible, una vez visada, la docu-mentación técnica necesaria en función de la naturaleza de lasobras ordenadas, y sin necesidad de previa solicitud de licenciaautorizándose igualmente la instalación, en su caso, de los me-dios auxiliares y de protección que se señalen que deberánefectuarse en la forma descrita en los informes técnicos de losque se da traslado, debiéndose, en el supuesto de instalación decuba, cumplir en todo caso lo dispuesto en los artículos 81 a 87de la Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de ResiduosUrbanos en el Municipio de Sevilla («Boletín Oficial» de laprovincia número 112, de 17 de mayo de 2003).

Debiéndose comunicar por escrito a la Sección Técnica deConservación de la Edificación de esta Gerencia de Urbanismola fecha de comienzo y de finalización de las obras, así como elprofesional bajo cuya dirección técnica se ejecuten las mismas,quien deberá presentar a esta Gerencia certificación acreditati-va visada de la finalización correcta de dichas obras.

Segundo.—Las obras que se ordenan deberán dar comien-zo en el plazo de inicio que se señala, apercibiendo a la pro-piedad que en caso de incumplimiento de este plazo de inicio,la Gerencia de Urbanismo podrá decidir la adopción de cual-quier medida de las previstas en el artículo 158.2 de la Ley7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de An-dalucía.

Asimismo las obras, una vez iniciadas dentro del plazo se-ñalado para ello, deberán continuarse a un ritmo adecuado y sininterrupciones, y deberán concluirse en el plazo de finalizaciónigualmente señalado, apercibiéndose de la misma forma que encaso de que el ritmo de las obras sea inadecuado, se interrum-pan las obras, o se incumpla el plazo de finalización, podrá de-cidir la adopción de cualquier medida de las previstas en el ar-tículo 158.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía.

En el caso de que entre las medidas ordenadas se encuentrela apertura de calos, con independencia de la ejecución de la to-talidad de las obras ordenadas dentro del plazo otorgado, loscalos deberán permanecer abiertos hasta su comprobación porlos técnicos de la Sección Técnica de Conservación de la Edi-ficación.

Tercero.—Imputar a los propietarios del inmueble las res-ponsabilidades de todo orden que pudieran derivarse por negli-gencia en los deberes de conservación que le correspondieran,y en el cumplimiento de lo dispuesto en este Acuerdo, y adver-tirle asimismo que deberá responder por los daños que cause enla vía pública durante la ejecución de las obras requeridas.

Cuarto.—Dar cuenta del presente Acuerdo al Servicio deDisciplina Urbanística, a la Sección de Gestión Tributaria delServicio de Economía y Finanzas y al Ilmo. Sr. Delegado delÁrea de Seguridad y Convivencia.

1. Expediente: 428/08.Finca: Torrevelilla número 21.

— Obras:

Inspección de fachada y picado de todos los elementossueltos o abofados, posterior reparación de los elementos dehormigón mediante limpieza, cepillado de armaduras, pasivadoy mortero de reparación, con reposición de los revestimientos.Para la reparación de los dinteles será necesario retirar las rejasde los huecos.

Para la ejecución de las obras antes indicadas es necesariala ocupación de la vía Pública con la colocación de andamio,vallado y cuba.

— Plazo de inicio: Treinta días naturales.— Plazo de finalización: Veinte días naturales.— Presupuesto: 6.945,23 euros.

Informe técnico: 5 de diciembre de 2008.

B) Requerimientos:

— Requerir a la propiedad de la finca, y en su caso posi-bles ocupantes, sólo y exclusivamente en el caso de que no sevaya a proceder por la propiedad a la ejecución de las obras,para que en el plazo señalado para el inicio de las obras, con-cedan, por escrito, autorización voluntaria de entrada, a fin deque puedan acceder a la finca los técnicos de la Gerencia de Ur-banismo y el personal de la empresa designada para realizar lainspección ordenada así como para que, en caso de que dichapropiedad no inicie las obras dentro del mencionado plazo decomienzo, se proceda a la ejecución subsidiaria de las obras re-queridas en la presente, apercibiéndoles que transcurrido el ci-tado plazo sin que se haya concedido la autorización de entra-da, se entenderá denegado el consentimiento para la entrada,

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 19

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procediéndose a solicitar de inmediato autorización judicial deentrada del Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Contencioso-Ad-ministrativo en Sevilla, competente.

No obstante, esa Comisión Ejecutiva resolverá lo que esti-me más acertado.

Sevilla a 17 de diciembre de 2008.—El Gerente, MiguelÁngel Millán Carrascosa. Vista la anterior propuesta elévese ala Comisión Ejecutiva. Sevilla a 17 de diciembre de 2008.—ElTeniente de Alcalde Delegado de Presidencia y Urbanismo, Al-fonso Rodríguez Gómez de Celis.»

Contra la resolución anteriormente expresada podrá inter-poner recurso de alzada, ante el Pleno del Excmo. Ayunta-miento de Sevilla, en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente al del último de exposición del presente edicto, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación alos efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Ad-ministrativo Común.

Sevilla a 7 de septiembre de 2009.—El Secretario de la Ge-rencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

8W-12228———

ALCALÁ DE GUADAÍRA

Don Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que la Corporación Municipal en Pleno de esteAyuntamiento, en su sesión celebrada el día 30 de junio de2009, adoptó entre otros el acuerdo de aprobar definitivamenteel Estudio de Detalle de la avenida Pelay Correa número 76ABETO, (Expte. 000002/2009-URED), conforme al proyectoredactado por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

Que dicho acuerdo ha sido objeto de inscripción y depósi-to en el Registro Municipal de Planeamiento.

Lo que se comunica a los debidos efectos, advirtiendo quede conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, el presente acuerdo pone fin a la vía administra-tiva y que contra el mismo podrá interponerse recurso de repo-sición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto,o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en elplazo de dos meses, contados a partir de esta publicación, ocualesquiera otro que estime por conveniente.

Alcalá de Guadaíra a 9 de julio de 2009.—El Alcalde, An-tonio Gutiérrez Limones.

8W-10203

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BURGUILLOS

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada con carác-ter ordinario el 4 de marzo de 2009, adoptó los siguientesacuerdos:

Aprobar provisionalmente la modificación de las Orde-nanzas Fiscales siguientes

— Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, trata-miento y eliminación de los mismos

— Tasa por servicios de alcantarillado— Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de

enganche y colocación y utilización de contadores e instala-ciones análogas.

Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva,mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios deeste Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial» de la provincia,por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los inte-resados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones queestimen oportunas.

Considerar, en el supuesto de que no se presentasen recla-maciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado,que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

Lo que se hace público de conformidad con lo precep-tuado en los artículos 15 y 17 del citado texto legal.

El Primer Teniente de Alcalde, José Antonio Santos Bri-seño.

6W-13063

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CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

Por resolución de Alcaldía de fecha 4 de agosto de 2009,se aprobó la adjudicación provisional del contrato del serviciode sustituciones temporales de Auxiliar de Clínica y Auxiliarde Geriatría en Residencia Municipal «José M.ª Rivera dePaz» y Servicio de Ayuda a Domicilio. Lo que se publica a losefectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,de Contratos del Sector Público.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Carrión de los Cés-

pedes.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-

Intervención.c) Número de expediente: /2009.

2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Servicios.b) Descripción del objeto: Sustituciones temporales

de personal de Auxiliar de Clínica y Auxiliar deGeriatría en Residencia Municipal «José M.ªRivera de Paz» y Servicio de Ayuda a domicilio.

3. Tramitación, procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Negociado sin publicidad.

4. Precio del contrato.Precio 23.000,00 euros y 3.680,00 euros de IVA

5. Adjudicación provisional.a) Fecha: 4 de agosto de 2009.b) Contratista: «Adomcar».c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación:

En Carrión de los Céspedes a 6 de agosto de 2009.—LaAlcaldesa en funciones, Consuelo Reinoso Vera.

7W-11637

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CASTILLEJA DEL CAMPO

Don Narciso Luque Cabrera, Alcalde Presidente del Ayun-tamiento de esta villa.

Hace saber: Por el Pleno de la Corporación, con fecha 4 deseptiembre de 2009, se ha acordado acuerdo provisional sobreimposición y ordenación de la Ordenanza Municipal regula-dora del Registro de Parejas de Hecho.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, de laLey de Bases de Régimen Local, se expone al público duranteel plazo de treinta días hábiles, para la presentación de lasreclamaciones y sugerencias.

20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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En el supuesto de no presentarse reclamaciones, elacuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado,según lo dispuesto en el artículo 49, c) de la citada Ley.

Castilleja del Campo a 10 de septiembre de 2009.—ElAlcalde Presidente, Narciso Luque Cabrera.

20W-12405

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EL CASTILLO DE LAS GUARDAS

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, al no haberse presentado alegacionesdurante el plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 12 deagosto de 2009, sobre el expediente de modificación de cré-dito-modalidad crédito extraordinario, que se hace públicoresumido por capítulos:

Presupuesto de ingresos:Capítulo Descripción Consignación Consignación

inicial definitiva

931 Pasivos financieros. Prestamos a largo plazo 272.156,88 450.000

Presupuesto de gastos:Capítulo Descripción Consignación Consignación

inicial definitiva

611.627 Inversión por reconversión de deuda 0 444.000511.601.01 Inversión nueva infraestructura uso general 500 6.500

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en elartículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, los interesados podrán interponer directamente recursocontencioso-administrativo en la forma y plazos establecidosen los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artí-culo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sísola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En El Castillo de las Guardas a 24 de septiembre de2009.—El Alcalde en funciones, Gonzalo Domínguez Del-gado.

20W-13169———

CAZALLA DE LA SIERRA

Don Carmelo Conde Chaves, Alcalde-Presidente delExcmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que, en Junta de Gobierno local de fecha 6 demayo de 2009, se acordó admitir a trámite y declaración de uti-lidad pública la solicitud promovida por don Jesús Correa Mo-runo, para la actividad denominada alojamiento rural en fincaLos Polos, polígono 1, parcela 8, según proyecto redactado porel técnico don Francisco Javier García Guevara.

Lo que se hace público para general conocimiento, abrién-dose un plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha dela publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» dela provincia, para que toda persona y/o propietarios de terrenosinteresados en el ámbito del proyecto puedan examinar el ex-pediente y presentar las alegaciones o sugerencias que estimeoportunas, estando la documentación a su disposición en lasoficinas de este Ayuntamiento, en los días hábiles.

En Cazalla de la Sierra a 7 de mayo de 2009.—El Alcalde-Presidente, Carmelo Conde Chaves.

8W-6855-P

CORIPE

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayunta-miento de Coripe (Sevilla) de fecha 23 de septiembre de 2009,se adjudicó definitivamente el contrato de obra de «Instalaciónde Césped Artificial en Campo de Fútbol y Gradas» de Coripe.

Lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Coripe

(Sevilla), CIF n.º P-4103500-G. Plaza de SanPedro, 12. C.P. 41780-Coripe.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-Intervención.

2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Obras.b) Descripción del objeto: Instalación en el campo de

fútbol una nueva base de césped artificial yampliar las gradas, sistema de riego.

c) Boletín o diario oficial y perfil de contratante,fecha de publicación del anuncio de licitación: 24de julio de 2009.

3. Tramitación, procedimiento.a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.

4. Precio del contrato.Precio: 398.696,28 euros y 63.791,40 euros de IVA.

5. Adjudicación definitiva.a) Fecha: 23 de septiembre de 2009,b) Contratista: «Azahar, Jardinerías y Riegos», S.A.,

NIF n.º A-12029559.c) Nacionalidad: Españolad) Importe de adjudicación: 398.696,28.- euros, y

63.791,40 euros de IVA.

En Coripe a 23 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Anto-nio Pérez Yázquez.

7D-13088

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EL CORONIL

Don Jerónimo Guerrero Jiménez, Alcalde-Presidente delExcmo Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el pleno de la Corporación en sesiónextraordinaria y urgente celebrada el nueve de septiembre de2009, acordó la aprobación inicial del expediente de transfe-rencia de créditos, número 64/2009, entre partidas de gastos dedistinto grupo de función que no afectan a las bajas y altas decréditos de personal.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 porremisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de Haciendas Locales, se somete el expediente a informa-ción pública por el plazo de quince días a contar desde el díasiguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, para que los interesados puedan exami-nar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas ante el Pleno.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado ale-gaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoacuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Coronil a 9 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Jeró-nimo Guerrero Jiménez.

20W-13089

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 21

Page 22: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

EL CORONIL

Don Jerónimo Guerrero Jiménez, Alcalde-Presidente delExcmo Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Pleno de la Corporación, en sesiónextraordinaria y urgente celebrada el día veintitrés de septiem-bre de dos mil nueve, acordó la aprobación inicial del expe-diente de modificación de créditos número 65/2009 en lamodalidad de suplemento de crédito financiado mediante unaoperación de crédito a largo plazo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 porremisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, se somete el expediente aexposición pública por el plazo de quince días a contar desdeel día siguiente a la publicación de este anuncio en el «BoletínOficial» de la provincia para que los interesados puedan exa-minar el expediente y presentar la reclamaciones que estimenoportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado ale-gaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoacuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Coronil a 23 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Jeró-nimo Guerrero Jiménez.

———

Don Jerónimo Guerrero Jiménez, Alcalde-Presidente delExcmo Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Pleno de la Corporación, en sesiónextraordinaria y urgente celebrada el día veintitrés de septiem-bre de dos mil nueve, acordó la aprobación inicial del expe-diente de modificación de créditos número 66/2009 en lamodalidad de crédito extraordinario financiado mediante unaoperación de crédito a largo plazo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 porremisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, se somete el expediente aexposición pública por el plazo de quince días a contar desdeel día siguiente a la publicación de este anuncio en el «BoletínOficial» de la provincia para que los interesados puedan exa-minar el expediente y presentar la reclamaciones que estimenoportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado ale-gaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoacuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Coronil a 23 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Jeró-nimo Guerrero Jiménez.

———

Don Jerónimo Guerrero Jiménez, Alcalde-Presidente delExcmo Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el pleno de la Corporación en sesiónextraordinaria y urgente celebrada el veintitrés de septiembrede 2009, acordó la aprobación inicial del expediente de trans-ferencia de créditos, número 67/2009, entre partidas de gastosde distinto grupo de función que no afectan a las bajas y altasde créditos de personal.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 porremisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de Haciendas Locales, se somete el expediente a informa-ción pública por el plazo de quince días a contar desde el díasiguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, para que los interesados puedan exami-nar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas ante el Pleno.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado ale-gaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoacuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Coronil a 23 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Jeró-nimo Guerrero Jiménez.

20W-13090

———

ÉCIJA

Don José Joaquín González Rodríguez, Tte. de AlcaldeDelegado del Área de Administración Municipal y Haciendadel Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad:

Hace saber: A los efectos de lo dispuesto en el artículo169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, al que se remite el art. 177.2 de lamisma Ley, y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2del RD 500/90 de 20 de Abril, se pone en conocimiento gene-ral que en la Intervención de esta Entidad se halla expuesto alpúblico el Expediente de Suplemento de Crédito número1/2009 por importe de 372.272,45 euros que afecta al Presu-puesto vigente de 2009.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuestoen el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, y por los motivos taxativamente enumerados en elnúmero. 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamacio-nes con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones:Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publica-ción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

El acuerdo provisional aprobado por el Pleno de la Corpo-ración en Sesión Ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2009,se considerará aprobado si durante el plazo de exposiciónpública no se hubiesen presentado reclamaciones.

Écija a 29 de septiembre de 2009.—El Alcalde-Presi-dente.—P. D. El Tte. Alcalde Delegado de AdministraciónMunicipal y Hacienda del Ayto. de Écija. (Decreto de29/07/2009), José Joaquín González Rodríguez.

20W-13176———

ESTEPA

Don Juan García Baena, Alcalde Presidente del IlustrísimoAyuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordina-ria celebrada el día 30 de septiembre de 2008, aprobó definiti-vamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución «R-La Muralla» de las NN.SS. de Estepa, redactado por el Arqui-tecto don Francisco Mendoza Sánchez, visado por el ColegioOficial de Arquitectos de Sevilla, con fecha 20 de junio de2008, número de visado 07/006076 T001, a iniciativa de Her-manos Olmedo García.

El instrumento de planeamiento referido ha quedado depo-sitado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planea-miento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Cataloga-dos, con el número de registro 1/2008, de conformidad con elartículo 40.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordena-ción Urbanística de Andalucía.

Lo que se hace público para general conocimiento, con ob-jeto de que quien se considere afectado pueda presentar sus ale-gaciones en el plazo de veinte días, a contar desde la fecha depublicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provin-cia. El expediente se encuentra de manifiesto en la SecretaríaGeneral de este Ayuntamiento, pudiendo ser consultados delunes a viernes, de 9.00 a 15.00 horas.

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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Contra el presente acuerdo, que es definitivo y pone fin a lavía administrativa (artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 52de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal), podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (artículos 10 dela Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, y 107.3 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común), en elplazo de dos mese contados desde el día siguiente a de la noti-ficación o publicación del presente acto (art. 46.1 de la Ley29/98, de 13 de julio).

El plazo para la interposición del recurso es improrrogable.

Estepa a 9 de octubre de 2008.—El Alcalde-Presidente,Juan García Baena.

11F-13673———

GILENA

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 deagosto de 2009, se aprobó la adjudicación definitiva del con-trato de obras de construcción de seis viviendas en esquina decalles San Isidro, La Paloma y Nueva, lo que se publica a losefectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,de Contratos del Sector Público:

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Gilena.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria.

2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Obras de construcción de seis vi-

viendas en esquina de calles San Isidro, La Paloma y Nueva.b) «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, fecha de

publicación del anuncio de licitación: 16 de julio de 2009 (nú-mero 63).

3. Tramitación, procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

4. Precio del contrato:Precio: 488.964,88 euros y 78.234,38 euros de IVA.

5. Adjudicación definitiva:a) Fecha: 11 de septiembre de 2009.b) Contratista: Const. Luis García Cabezas, S.L.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 430.547,41 euros y 68.887,59

euros de IVA.

En Gilena a 11 de septiembre de 2009.—El Alcalde, JoséM. Joya Carvajal.

8W-12539———

MAIRENA DEL ALJARAFE

Don Jerónimo Trujillo Durán, Vicepresidente de la Geren-cia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de estavilla.

Hace saber: Que el Excmo. Ayuntamiento en Pleno, en se-sión celebrada el día 31 de julio de 2009, acuerda por mayoríaabsoluta del número legal de miembros que componen la Cor-poración, aprobar definitivamente la Innovación bis del PlanParcial SR-4 «Carretera de Almensilla 1», habiendo sido ins-crito en el Registro Municipal de Instrumentos UrbanísticosAdministrativos, en la Sección de Planeamiento con el número42 (registro municipal). Y además, habiendo sido solicitado lainscripción y asignación de número registral en la Consejeríade Obras Públicas y Transportes (registro autonómico), confecha de registro de entrada 10 de septiembre de 2009.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecidoen el art. 41 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Mairena del Aljarafe a 11 de septiembre de 2009.— El Vi-cepresidente, Jerónimo Trujillo Durán.

11W-12827

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 23

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MARCHENA

Habiendo sido aprobada definitivamente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha de 30 de abril de 2009, elPGOU. Adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias Municipales, inscrita en el Registro Municipal de Planeamientocon el número de inserción 64 y en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 2.939; para general conoci-miento, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, se hace público el citado acuerdo de aprobación así como el articulado del Anexo a las normas urbanísticas.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la juris-dicción de tal naturaleza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo pre-visto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Marchena a 10 de agosto de 2009.—El Alcalde, Juan María Rodríguez Aguilera.

MEMORIA GENERAL

1. Concepto y contenido de la adaptación parcial.

1.1. CONCEPTO DE ADAPTACIÓN PARCIAL.

El presente documento es una adaptación parcial del planeamiento general vigente en el municipio de Marchena, a la Ley deOrdenación Urbanística de Andalucía 7/2002, de 17 de diciembre, y sus posteriores modificaciones (LOUA). Se inscribe en el marcode las previsiones de la disposición transitoria segunda.2 de la LOUA, y en la regulación especifica, que para las adaptaciones parcia-les, efectúa en sus artículos 1 a 6, el Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a ponersuelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas.

De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley citada en el apartado anterior, tienen la consideración de adapta-ciones parciales aquellas que, como mínimo, alcanzan al conjunto de determinaciones que configuran la ordenación estructural, enlos términos del artículo 10.1 de dicha Ley.

El instrumento de planeamiento general vigente en el municipio esta constituido por las Normas Subsidiarias de Planea-miento Municipal de Marchena, aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo deSevilla, con fecha 27 de septiembre de 1995. Dicho instrumento asimila su denominación a Plan General de Ordenación Urbanística(en adelante PGOU) en virtud de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Cuarta.3 de la LOUA.

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Configuran igualmente el planeamiento general vigente el conjunto de modificaciones aprobadas por los distintos órganosurbanísticos en el periodo de vigencia del PGOU. Además formará parte del mismo, el planeamiento de desarrollo aprobado definiti-vamente que sea considerado como «planeamiento aprobado» por el documento de adaptación, y en consecuencia, contenedor de laordenación detallada de áreas o sectores desarrollados o ejecutados en el periodo de vigencia del planeamiento general municipal quese pretende adaptar.

Sobre este conjunto de instrumentos de planeamiento se realiza el documento de adaptación parcial, estableciendo las corres-pondientes determinaciones de modo único y refundido, con el contenido y alcance que se expresa y justifica en los apartadossiguientes de esta Memoria.

1.2. CONTENIDO Y ALCANCE DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL.

La adaptación parcial de los instrumentos de planeamiento general vigentes contrastará la conformidad de las determinacio-nes del mismo con lo regulado en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, respecto a la ordenación estructural exigida para el Plan Gene-ral de Ordenación Urbanística.

En este sentido, el documento de adaptación parcial establece, como contenido sustantivo, las siguientes determinaciones:a) La Clasificación de la totalidad del suelo del municipio, delimitando las superficies adscritas a cada clase y categorías

de suelo, teniendo en cuenta la clasificación urbanística establecida por el planeamiento general vigente, de acuerdo con lo dispuestoen el Capítulo I del Titulo II de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y según los criterios recogidos en el artículo 4 del Decreto11/2008, de 22 de enero.

b) Disposiciones que garanticen el suelo suficiente para cubrir las necesidades de vivienda protegida, conforme a los dis-puesto en el artículo 10.1 .A).b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y la disposición transitoria única de la Ley 13/2005, de 11 denoviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.

Conforme a lo dispuesto por el articulo 3.2.b del Decreto 11/2008, la reserva de vivienda protegida no será exigible a los sec-tores que cuenten con ordenación pormenorizada aprobada inicialmente con anterioridad al 20 de enero de 2007, de conformidad conlo dispuesto en la disposición transitoria única de la Ley 13/2005, de 11 de septiembre, ni en aquellas áreas que cuenten con ordena-ción pormenorizada, aprobada inicialmente, con anterioridad al inicio del trámite de aprobación de este documento de adaptaciónparcial.

c) Los sistemas generales constituidos por la red básica de terrenos, reservas de terrenos y construcciones de destino dota-cional público. Como mínimo deberán comprender los terrenos y construcciones destinados a:

1) Parques, jardines y espacios libres públicos con los estándares existentes en el planeamiento objeto de adaptación. Si losmismos no alcanzasen el estándar establecido en el artículo 10.1 .A).c).c1) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deberán aumentarsedichas previsiones hasta alcanzar éste.

2) Infraestructuras, servicios, dotaciones y equipamientos que por su carácter supramunicipal, por su función o destinoespecífico, por sus dimensiones o por su posición estratégica integren o deban integrar, según el planeamiento vigente, la estructuraactual o de desarrollo urbanístico del término municipal en su conjunto o en cualquiera de sus partes; entendiendo con ello que, inde-pendientemente de que el uso sea educativo, deportivo, sanitario u otros, por la población a la que sirven o por el área de influencia ala que afectan, superan el ámbito de una dotación local.

A los efectos de lo dispuesto en este párrafo c), en el documento de adaptación se habrán de reflejar las infraestructuras, equi-pamientos, dotaciones y servicios, incluyendo los espacios libres, ya ejecutados o que hayan sido objeto de aprobación en proyectos oinstrumentos de planificación sectorial, cuyos efectos hayan sobrevenido al planeamiento vigente y que resulten de directa aplicaciónconforme a la legislación sectorial.

d) Usos, densidades y edificabilidades globales de las distintas zonas de suelo urbano, sectores ya delimitados en suelourbano no consolidado y suelo urbanizable ordenado y sectorizado, de acuerdo con las determinaciones que sobre estos parámetros seestablezcan en el planeamiento vigente, y sin perjuicio de las previsiones contenidas en el párrafo b) anterior.

e) Para el suelo urbanizable se mantendrán las áreas de reparto ya delimitadas. A todos los efectos, el aprovechamientotipo que determine el planeamiento general vigente tendrá la consideración de aprovechamiento medio, según la regulación contenidaen la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

f) Señalamiento de los espacios, ámbitos o elementos que hayan sido objeto de especial protección, por su singular valorarquitectónico, histórico o cultural. La adaptación recogerá, con carácter preceptivo, los elementos así declarados por la legislaciónsobre patrimonio histórico.

g) Previsiones generales de programación y gestión de los elementos o determinaciones de la ordenación estructuralcuando el planeamiento general vigente no contemplase dichas previsiones o éstas hubiesen quedado desfasadas.

La adaptación parcial no podrá:a) Clasificar nuevos suelos urbanos, salvo los ajustes en la clasificación de suelo en aplicación de lo dispuesto en el artí-

culo 4.1 del Decreto 11/2008.b) Clasificar nuevos suelos como urbanizables.c) Alterar la regulación del suelo no urbanizable, salvo en los supuestos en los que haya sobrevenido la calificación de

especial protección por aplicación de lo dispuesto en párrafo segundo del artículo 4.3 del decreto 11/2008.d) Alterar densidades ni edificabilidades, en áreas o sectores, que tengan por objeto las condiciones propias de la ordena-

ción pormenorizada, las cuales seguirán el procedimiento legalmente establecido para ello.e) Prever nuevas infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos.f) Prever cualquier otra actuación que suponga la alteración de la ordenación estructural y del modelo de ciudad estable-

cido por la figura de planeamiento general vigente.

2. INFORMACIÓN, ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE.

La información necesaria para dar cumplimiento a la motivación de las determinaciones que integren la adaptación parcialdel planeamiento general vigente alcanza al menos a dos ámbitos de actuación:

a) En primer lugar, el núcleo de información principal es el constituido por el propio planeamiento urbanístico general,tanto en lo referente al contenido de sus determinaciones, como al grado de ejecución de las mismas.

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Page 25: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

b) En segundo lugar, los artículos 3.2.c.1 y 4.3 del Decreto 11/2008, establecen que deberán incluirse en las determinacio-nes contenidas en la adaptación, como suelo no urbanizable de especial protección, o como equipamientos, dotaciones o servicios yespacios libres, los terrenos que hayan sido objeto de deslinde o delimitación de proyectos o instrumentos de planificación sectorialcuyos efectos hayan sobrevenido al planeamiento vigente y que resulten de directa aplicación conforme a la legislación sectorial. Enconsecuencia, ello requiere reseñar las aprobaciones en tal sentido realizadas por órganos sectoriales, desde el periodo de vigencia delas NN SS y que afectando al suelo no urbanizable, deban ser integradas por imperativo legal, en el planeamiento urbanístico.

2.1. Descripción del Planeamiento Urbanístico del Municipio

El Planeamiento vigente en el municipio esta integrado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Mar-chena, el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico que regula la zona intramuros definido por el l Conjunto Históricodeclarado, así como por las diversas Modificaciones de las NNSS y los diferentes Planeamientos de Desarrollo que se han ido aco-metiendo en el transcurso de la vigencia de las Normas. En el cuadro adjunto se expresa el planeamiento vigente en el municipio, ypor tanto, el que será considerado por la presente adaptación.

INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO GENERAL VIGENTES FIGURA AD TIPO FECHA ÓRGANO

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL NNSSMM AD 27/09/95 CPOTUModificación número2 de las NSM Cambio de Usos entre Terrenos de c/ Inmaculada Concepción de Polígono Residencial Cerro Gavira. MNNSSMM AD 03/03/00 CPOTUModificación número1 de las NSM "Zona Equipamiento en C/ Milagrosa". MNNSSMM AD 3 1/03/2000 CPOTUModificación número 5 de refinición del sector de suelo Urbanizable número 5 MNNSSMM AD 27/04/01 CPOTUModificación número6 de las NNSSMM, Polígono industrial. MNNSSMM AD 04/10/02 CPOTUModificación número8 de las NSM Cambio de Usos de Parte de las Parcelas Catastrales 524851,1 y 524850,2.( Anexas a estación de Ferrocarril) MNNSSMM AD 27/06/03 PLENOModificación número3 de las NSM Cambio de Clasificación de Terrenos para Posibilitar la Expansión de la Sociedad Industrial TESA. MNNSSMM AD 08/07/05 CPOTUModificación número9 de las NSM Error Material en la Manzana Catastral 63414. MNNSSMM AD 24/02/05 PLENOModificación número4 de las NNSSMM en Relación con los Terrenos Comprendidos entre el Instituto López de Arenas y Ctra. SE-217. MNNSSMM AD 04/10/06 CPOTUModificación número 11 de las NNSSMM en Relación con los Terrenos de Harinera Camacho para obtención de suelo destinado a Vivienda Protegida.MNNSSMM AD 26/09/08 CPOTU

Tabla 1. Planeamiento general y de desarrollo vigente en el municipioINSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO DE DESARROLLO VIGENTES FIGURA A TIPO FECHA ÓRGANO

SECTOR 4 "CTRA A PUEBLA DE CAZALLA" PP AD 27/05/99 CPOTUSECTOR 5 "SAN GINÉS" PP AD 10/05/02 CPOTUSECTOR 9 PP AD 23/05/03 CPOTUSECTOR 1 "CAMINO DEL LORO" PP AD 27/04/06 PLENOCTRA. CARMONA-LA PUEBLA DE CAZALLA, S/N SECTOR 2 "EL PARQUE" PP AD 27/12/07 PLENOPLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO PEP AD 26/10/94 CPOTURELACIÓN CON LAS ACTUACIONES PROGRAMADAS B1 Y D1 MPEP AD 30/11/01 CPOTUSECTOR UA-1 ED AD 28/03/96 PLENOSOLAR EN CTRA A CARMONA KM. 26,45 ED AD 28/03/96 PLENOC/ CARREÑO 1 ED AD 12/09/1 996 PLENOUA-14 ED AD 12/09/1 996 PLENO

C/HERMANOS VACA DE GUZMÁN 9 ED AD 15/07/96 PLENOUA-10 Y UA-45 CTRA.SE-217 ED AD 06/02/97 PLENOUA-5 C/PUEBLA C ED AD 19/06/97 PLENO

CTRA C-339 ED AD 24/07/1 997 PLENOC/ ALONSO CANO, 5 ED AD 25/09/97 PLENOC/ MARIANA PINEDA, 17 ED AD 25/09/97 PLENOC/CANÓNIGO ÁLVAREZ, 94 ED AD 25/09/97 PLENOC/ SAN SEBASTIAN, 6 ED AD 26/03/98 PLENOC/ CANTAREROS, 43 ED AD 26/03/1 998 PLENOC/ FLORIDA, 8 ED AD 26/03/98 PLENOUA-6 PROLONGACIÓN C/ PUEBLA DE CAZALLA ED AD 25/06/98 PLENO

ILLA, 87,89 ED AD 11/02/99 PLENOCAMINO DE LA PORTACHA "LA ABADÍA" ED AD 11/02/99 PLENOC/ BUENDÍA, 27 ED AD 18/03/99 PLENOC/ BUENDÍA, 25 ED AD 18/03/99 PLENOC/ PINTOR ALEJO FERNÁNDEZ UA-23 ED AD 18/03/99 PLENOC/ HUERTA GAVIRA, 9 ED AD 18/03/99 PLENOC/ MADRE CARMEN TERNERO IBARRA, 7 ED AD 29/10/98 PLENOC/ CANÓNIGO ÁLVAREZ TALAVERÓN, 86 ED AD 21/09/99 COM. GOB.C/ ALFÉREZ PROVISIONAL, 15 ED AD 21/09/99 COM. GOB.C/ SANTO DOMINGO, 13 ED AD 21/09/99 COM. GOB.C/ CANTAREROS, 37 ED AD 21/09/1 999 COM. GOB.SOLAR DE USO INDUSTRIAL EN TRAVESÍA DE C/ SAN IGNACIO S/N ED AD 18/04/00 COM. GOB.SOLAR PARA USO INDUSTRIAL EN PROLONGACIÓN C/ SAN SEBASTIÁN Y C/ CANÓNIGO ÁLVAREZ TALAVERÓN ED AD 18/04/00 COM. GOB.C/ CANTAREROS, 5, 7 MANZANA 64, 42, 4 PARCELAS 16, 1 7-b Y 09-b ED AD 02/05/00 COM. GOB.UA-46 SITUADA EL EL PAGO EL JARDAL MARGEN DERECHA DE LA A-92 ED AD 16/05/00 COM. GOB.UA-3 C/ JOSÉ MONTES DE TORRES S/N ED AD 13/06/00 COM. GOB.UA-1 2 CTRA PARADAS, 9 ED AD 05/09/00 COM. GOB.

C/ ANTONIA DÍAZ, 14 ED AD 17/08/00 COM. GOB.CTRA. N-366 UA-28 ED AD 30/07/01 COM. GOB.C/ HORNILLA, 3 ED AD 14/05/01 COM. GOB.C/ MARCOS RUIZ, 35 ED AD 12/11/01 COM. GOB.C/ HUERTA GAVIRA, 35 ED AD 12/11/01 COM. GOB.C/ HUERTA GAVIRA, 14 ED AD 13/11/01 COM. GOB.C/ ESPÍRITU SANTO, 1 7 ED AD 23/07/01 COM. GOB.C/ MADRE DE DIOS, 37 ESQ. C/ LANTEJUELA ED AD 13/11/01 COM. GOB.UA-9 C/ SEVILLA Y CAMINO DEL LORO S/N ED AD 23/04/02 COM. GOB.

C/ MARCOS RUIZ, 55, 57 ED AD 04/12/01 COM. GOB.C/ PEPE PALANCA, 12, 14 ED AD 04/12/01 COM. GOB.

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 25

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C/ MADRE CARMEN TERNERO IBARRA, 7 ED AD 21/05/01 COM. GOB.C/ MARCOS RUIZ 63, 65, 67 ED AD 26/02/02 COM. GOB.UA-15 ED AD 24/09/02 COM. GOB.

C/ ARAHAL, 2 ED AD 19/11/02 COM. GOB.UA-21 ED AD 05/11/02 COM. GOB.

C/ MENDEZ NÚÑEZ 29, 31, 35 ED AD 17/12/02 COM. GOB.C/ MADRE CARMEN TERNERO IBARRA, 17 ED AD 14/01/03 COM. GOB.C/ MARCOS RUIZ, 63, 65, 67 ED AD 11/02/03 COM. GOB.C/ CANTAREROS, 47 ED AD 20/05/03 COM. GOB.MANZANA P2 DE LA UA-49 ED AD 11/11/03 COM. GOB.

INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO DE DESARROLLO VIGENTES FIGURA A TIPO FECHA ÓRGANO

UA-39 C/CAMINO HONDO S/N ED AD 25/03/2004 PLENOC/ NIÑO DE MARCHENA, 25 ED AD 25/03/2004 PLENOC/ NIÑO DE MARCHENA, 27 ED AD 25/03/2004 PLENOC/ SANTA CLARA, 23-A ED AD 27/01/2005 JUN. GOB.C/ PEPE PANCHACA, 10 Y C/ NIÑO MARCHENA, 15 ED AD 28/04/2005 JUN. GOB.UA-18 ED AD 28/04/2005 JUN. GOB.

C/ ARENAL, 21 ED AD 28/04/2005 JUN. GOB.CTRA. 333 UTRERA-ÉCIJA C/ PADRE VICENTE GUERRA ED AD 24/12/2005 PLENOUA-C2 P.E.P.C.H. C/ DOCTOR DIEGO SÁNCHEZ ED AD 24/12/2005 PLENOUA-2 C/ MADRE DE DIOS Y C/ JOSÉ MONTES DE TORRES ED AD 24/12/2005 PLENO

C/ MENDEZ NÚÑEZ, 14 ED AD 26/01/2006 PLENOC/ JULIO ROMERO DE TORRES S/N (SEGREGADA DE C/ CRUZ, 24) ED AD 26/01/2006 PLENOC/ SAN SEBASTIÁN, 38 ED AD 29/12/2005 PLENOC/ MENDEZ NÚÑEZ, 40, 42 ED AD 23/02/2006 PLENOC/ CRUZ, 39 ED AD 23/02/2006 PLENOUA-18 ED AD 30/03/2006 PLENO

C/ EDUARDO FERRERAS, 7 ED AD 27/04/2006 PLENOC/ MADRE CARMEN TERNERO, 42, 44 ED AD 27/04/2006 PLENOC/ SEVILLA, 97 ED AD 25/05/2006 PLENOC/ SOLARES, 10 ED AD 14/08/2006 PLENOC/ SEVILLA, 54 ED AD 26/10/2006 PLENOC/ SAN MIGUEL, 3, 5 ED AD 28/12/2006 PLENOC/ SEVILLA, 13 Y C/ JESÚS, 6 ED AD 28/12/2006 PLENOC/ SAN IGNACIO, 56, 58 ED AD 25/01/2007 PLENOC/ LA CRUZ, 6 ED AD 29/03/2007 PLENOC/ MENDEZ NÚÑEZ, 24, 26 ED AD 29/03/2007 PLENOUA-20 C/ VIRGEN DE LA ESPERANZA ED AD 29/03/2007 PLENOUA-50 ED AD 24/02/2005 PLENO

C/ CID, 42 ED AD 29/03/2007 PLENOC/ JESÚS, 16 ED AD 26/07/2007 PLENOC/ DIEGO LÓPEZ AREANAS S/N ED AD 26/10/2006 PLENOC/ SAN SEBASTIÁN, 17 ED AD 26/07/2007 PLENOC/ SAN PEDRO, 23 Y MENENDEZ PELAYO, 8 ED AD 26/07/2007 PLENOC/ PADRE ROMERO, 6 ED AD 26/07/2007 PLENOC/ CINTERA, 19, 21 ED AD 31/01/2008 PLENOUA-9 PROLONGACIÓN C/ SEVILLA Y CAMINO DEL LORO, S/N ED AD 14/07/2004 PLENO

C/ HOSTELERÍA, 1 ED AD 24/04/2008 PLENO3/98 C/ ARAHAL, 7 ED AD 11/06/1998 PLENO4/98 C/ MESONES, 39 ED AD 11/06/1998 PLENO5/98 C/ HUERTA GAVIRA, 5 ED AD 11/06/1998 PLENO7/98 C/ CANÓNIGO ÁLVAREZ TALAVERÓN, 40 ED AD 10/09/1998 PLENO3/00 C/ CANTAREROS, 7 ED AD 02/05/2000 PLENO2/02 C/ ARAHAL, 2 ED AD 01/11/2002 PLENO1/03 C/ CRUZ, 5 Y 7 ED AD 25/03/2003 PLENO6/03 C/ SAN SEBASTIÁN, 41 ED AD 24/02/2005 PLENO7/03 C/ ROJAS LOBO, 16 ED AD 24/02/2005 PLENO3/04 C/ ARAHAL, 42 ED AD 24/09/2005 PLENO6/04 C/ MARQUÉS DE CÁDIZ, 17 ED AD 30/12/2004 PLENO9/04 RESTO DE FINCA RESIDUAL EN C/ MILAGROSA, 14 ED AD 24/02/2005 PLENO2/05 C/ MARQUÉS DE CÁDIZ, 3 Y 5 ED AD 29/09/2005 PLENO11/05 C/ MADRE CARMEN TERNERO IBARRA, 42 Y 44 ED AD 27/04/2006 PLENO13/06 C/ HUERTA GAVIRA, 25 ED AD 26/10/2006 PLENO15/06 C/ DIEGO LÓPEZ DE ARENAS S/N ED AD 26/10/2006 PLENO

La Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Marchena, establece para la ordenación urbanística del términomunicipal tres clases de suelo: Urbano, Apto para Urbanizar o Urbanizable y No Urbanizable. Como Suelo Urbano se incluye losterrenos consolidados por la edificación, los que han adquirido esta calificación en desarrollo del planeamiento y aquellos otros quese entienden cumplimentan los requisitos exigidos por la legislación urbanística aplicable. Sobre el mismo se recogen y establecenlas zonas edificables, identificándose los terrenos que constituyen el Sistema de Espacios Libres, así como los destinados a Equipa-mientos comunitarios.

Se definen, tanto en Planos como en las Normas, las alineaciones, rasantes y usos para el núcleo, estableciéndose en el planonúmero 2 de «Calificación del Suelo» una división del mismo en cinco zonas de ordenanza: Zona A, residencial intramuros; zona B,residencial arrabales históricos; zona C extensión residencial; zona D, extensión industrial y zona E, extensión almacén agrícola. LasOrdenanzas determinan las condiciones de parcelación, alineaciones, grado de ocupación de la parcela, retranqueos, altura máxima ynumero de plantas, construcciones por encima de la altura máxima permitida, edificabilidad neta, patios, condiciones estéticas, condi-ciones particulares de uso, y dotación de garajes.

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INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO DE DESARROLLO VIGENTES FIGURA A TIPO FECHA ÓRGANO

Page 27: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

Al mismo tiempo se establecen unas Normas de Protección del Patrimonio Edificado dentro del recinto de Arrabales Históri-cos, reguladas como Ordenanza, y completadas con unas Fichas de edificios protegidos, Elementos de interés y Espacios Urbanos deInterés, que recogen datos básicos de situación, nivel de protección, usos, estado de conservación, datos históricos artísticos, afeccióndel planeamiento vigente, otras afecciones, estado actual y criterios de intervención, y elementos catalogados. Las Normas establecencuatro niveles de protección: Nivel 1 catalogación M (Monumentos) propuesta B.I.C. (fichas 1-8 del Catalogo), Nivel 2 catalogaciónP.I. Protección Integral (Fichas 9-12), Nivel 3 P.E. Protección Estructural (Fichas 13-26), Nivel 4 P.A. Protección Ambiental (Fichas27-43) , Elementos de interés, ( Ficha 44) Doble arco Urbano c/ Mesones y Los Espacios Urbanos de Interés (Fichas 45,46, Plaza deSan Sebastián y Plaza de Alvarado.

Los elementos protegidos son los siguientes:

1. CATALOGACIÓN M. PROPUESTAS DE B.I.C.

û Ficha 1. Iglesia de S. Sebastián.û Ficha 2. Iglesia de S. Miguel.û Ficha 3. Iglesia de S. Agustín.û Ficha 4. Iglesia de S. Pedro Mártirû Ficha 5. Iglesia del Convento de Sta. Isabel.û Ficha 6. Iglesia del Convento de S. Andrés.û Ficha 7. Iglesia de Sta. Clara.û Ficha 8. Iglesia del Santo Hospital.

2. CATALOGACIÓN P.I. PROTECCIÓN INTEGRAL.

û Ficha 9. Convento y Claustro de S. Agustín.

û Ficha 10. Convento de Sta. Isabel.

û Ficha 11. Convento de S. Andrés.

û Ficha 12. Asilo y Claustro del Sto. Hospital.

3. CATALOGACIÓN P.E. PROTECCIÓN ESTRUCTURAL.

û Ficha 13. c/ San Pedro 2, 4 y 6.û Ficha 14. " 8.û Ficha 15. " 14.û Ficha 16. " 16.û Ficha 17. c/ Santa Clara, 4.û Ficha 18. " 5.û Ficha 19. " 8.û Ficha 20. " 12.û Ficha 21. c/ Sevilla, 12.û Ficha 22. c/ Rojas Marcos, 34.û Ficha 23. c/ Mesones, 4.û Ficha 24. c/ Compañía, esquina a c/ Torres S. Jerónimo.û Ficha 25. c/ San Miguel, 45.û Ficha 26. c/ Torres, 11.

4. CATALOGACIÓN P.A. PROTECCIÓN AMBIENTAL.

û Ficha 27. Plaza Alvarado, 2.û Ficha 28. c/ Sevilla, 3.û Ficha 29. " , 11.û Ficha 30. c/ San Sebastián, 7.Peña Bética.û Ficha 31. c/ San Sebastián, 8.û Ficha 32. c/ San Pedro, 9.û Ficha 33. " , 13.û Ficha 34. c/ Sta. Clara, 23-B.û Ficha 35. " , 26.û Ficha 36. c/ Rojas Marcos, 28.û Ficha 37. c/ Méndez Núñez, 33.û Ficha 38. c/ Mesones, 2.û Ficha 39. c/ Obispo Salvador Barrera, 10.û Ficha 40. " , 12.û Ficha 41. c/ Olmedo, 2,4,6 y 8.û Ficha 42. c/ Carreño Patio y Portada trasera Iglesia San Miguel.û Ficha 43. c/ San Pedro, 10. Mercado Municipal.

5. ELEMENTOS DE INTERÉS.

û Ficha 44. Doble arco urbano c/ Mesones.

6. ESPACIOS URBANOS DE INTERÉS.

û Ficha 45. Plaza de S. Sebastián.û Ficha 46. Plaza de Alvarado.

Igualmente en el PE de protección de Conjunto Histórico se establecen cinco tipos de protección:

û Protección del carácter del Conjunto Histórico, estableciendo tres niveles de protección, Integral, estructural y ambien-tal para el conjunto de edificios y construcciones incluidas en las fichas de catalogo comprendidas entre la número 1y la

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número 93. Establece además unas protecciones de carácter ambiental y estéticas, (publicidad, colocación de conduc-ciones y cables, fachadas, cubiertas, materiales de acabados en urbanización y características de las demoliciones permi-tidas).

û Protección del entorno en cuencas visuales, área territorial incluida en el vigente PGOU en el sector S-2 de suelo Urba-nizable y actuaciones de renovación en solares con fachada al Conjunto Histórico.

û Protección de Muralla

û Protección de Usos

û Protección del Parcelario Histórico.

Por último se ha aprobado una resolución de 8 de septiembre de 2008 de la Dirección General de Bienes Culturales por la quese incoa el procedimiento para la Inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la modificación de la deli-mitación del BIC, con tipología de Conjunto Histórico, de la población de Marchena. Procediéndose según el apartado cuarto de lacitada resolución a la suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas asícomo de los efectos de las ya otorgadas.

Asimismo se establecen las condiciones de desarrollo para las cincuenta Unidades de Ejecución fijadas, definiéndose paracada una de ellas: Ámbito; Clasificación del suelo; Instrumento de planeamiento; Superficie; Objetivos; Calificación; Cesiones; Yuna ordenación pormenorizada grafiada en planos. Se destinan 29 de ellas (UE 1-26, 45, 49, 50) al uso Residencial, con una superfi-cie total de 214.128 m2. Por otra parte, las UE 27-48, se destinan a uso Industrial, con una superficie global 334.600 m2.

En el plan especial del CH se definen 6 unidades de actuación.

En cuadro siguiente se resumen las determinaciones del planeamiento general vigente en el suelo urbano:

Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable (m2) Total cesiones (m2)

UA-1 RESIDENCIAL 10.600 5.450 5.150UA-2 RESIDENCIAL 5.500 2.700 2.800UA-3 RESIDENCIAL 13.900 7.500 6.400UA-4 RESIDENCIAL 4.100 2.300 1.800UA-5 RESIDENCIAL 12.800 7.100 5.700UA-6 RESIDENCIAL 14.000 8.000 6.000UA-7 RESIDENCIAL 13.600 5.400 8.200UA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380UA-9 RESIDENCIAL 7.800 2.500 5.300UA-10 RESIDENCIAL 5.800 3.400 2.400UA-11 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000UA-12 RESIDENCIAL 2.000 1.100 900UA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500UA-14 RESIDENCIAL 4.625 3.125 1.500UA-15 RESIDENCIAL 5.000 2.900 2.100UA-16 RESIDENCIAL 11.000 5.300 5.700UA-17 RESIDENCIAL 10.700 5.300 5.400UA-18 RESIDENCIAL 11.800 5.800 6.000UA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600UA-20 RESIDENCIAL 2.000 1.500 500UA-21 RESIDENCIAL 7.000 4.000 3.000UA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600UA-23 RESIDENCIAL 1.000 500 500UA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600UA-25 RESIDENCIAL 3.000 1.600 1.400UA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700UA-27 INDUSTRIAL 4.500 3.500 1.000UA-28 INDUSTRIAL 9.000 7.000 2.000UA-29 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600UA-30 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000UA-31 INDUSTRIAL 3.500 0 3.500UA-32 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600UA-33 INDUSTRIAL 6.000 4.850 1.150UA-34 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000UA-35 INDUSTRIAL 9.500 7.000 2.500UA-36 INDUSTRIAL 17.000 13.000 4.000UA-37 INDUSTRIAL 10.500 7.500 3.000UA-38 INDUSTRIAL 13.500 10.000 3.500UA-39 INDUSTRIAL 15.600 12.100 3.500UA-40 INDUSTRIAL 13.000 10.000 3.000UA-41 INDUSTRIAL 3.500 2.600 900UA-42 INDUSTRIAL 2.500 1.750 750UA-43 INDUSTRIAL 10.500 8.000 2.500UA-44 INDUSTRIAL 9.500 7.500 2.000UA-45 RESIDENCIAL 12.000 7.000 5.000UA-46 INDUSTRIAL 39.500 31.000 8.500UA-47 INDUSTRIAL 76.000 56.500 19.500UA-48 INDUSTRIAL 60.000 46.000 14.000UA-49 RESIDENCIAL 16.060 10.160 5.900

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UA-50 RESIDENCIAL 19.493 9.799 9.694UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273UA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175UA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983UA-C2 RESIDENCIAL 2.774 1.665 1.109UA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295UA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287

Tabla 2. Actuaciones en suelo urbano en el núcleo urbano de Marchena.Los Suelos Urbanizables se organizan en nueve sectores, siendo uno de ellos procedente de una modificación de planea-

miento general posterior. Con uso Residencial (PP 1-5) e Industrial (PP 6-9), que junto a los Sistemas Generales configuran el nuevomodelo de crecimiento del núcleo urbano.

Para uso Residencial, se prevé una superficie global de 597.000 m2, con un techo máximo de 338.975 m2. Este suelo se orga-niza en cinco sectores. Los sectores generan un anillo de crecimiento en torno al núcleo residencial configurando un nuevo límiteurbano, situados en la prácticamente totalidad de su perímetro. Refuerzan la tendencia de crecimiento hacia el sur, este y noreste prin-cipalmente, dejando vacíos de crecimiento las cuencas visuales consideradas de importancia por las vigentes NNSSMM. El sector 1es el único que admite la tipología de edificio plurifamiliar de viviendas, albergando un máximo de 500 viviendas. El resto de secto-res, 2, 3, 4 y 5 se destinan a viviendas en la tipología de edificio unifamiliar albergando unos máximos de viviendas de 195, 350, 210y 325 respectivamente.

Para uso industrial se destinan cuatro sectores, siendo uno de ellos procedentes de una modificación de las NNSSMM y noestando por tanto en las previsiones iniciales del planeamiento. No existe un patrón común con respecto a las ubicaciones de los mis-mos ya que dos de ellos (S-6 y S-7) se sitúan en la zona sureste del municipio donde se ubica casi la totalidad del uso industrial delmunicipio. Un tercer sector (S-8) se sitúa en las inmediaciones del municipio de la Puebla de Cazalla, debido a que este municipioentra en contacto con el límite de separación de ambos términos municipales. Por último tenemos un cuarto sector (S-9) el correspon-diente a la modificación de las NNSSMM, el cual se ubica fuera del perímetro del núcleo principal y en una situación estratégica deacceso directo a la ctra A-364 la cual comunica con la autovía A-92.

Todos los datos fundamentales de la ordenación de los sectores referenciados se reflejan en la tabla adjunta.

Actuación urbanística Ámbito Uso Superficie A.medio Edificabilidad Densidad Cesiones

CAMINO DEL LORO S-1 RESIDENCIAL 115300 0,75 0,75 50 49125EL PARQUE S-2 RESIDENCIAL 97400 0,5 0,5 20 40770LA CORTE S-3 RESIDENCIAL 116500 0,6 0,6 30 44450CARRETERA PUEBLA DE CAZALLA S-4 RESIDENCIAL 104800 0,5 0,5 20 52880SAN GINÉS S-5 RESIDENCIAL 155879 0,5 0,5 20 60900CAMINO DE MORÓN 1 S-6 INDUSTRIAL 41200 0,65 1 14420CAMINO DE MORÓN 2 S-7 INDUSTRIAL 39900 0,65 1 13965PUEBLA DE CAZALLA S-8 INDUSTRIAL 235000 0,65 1 82250LOS SALITRALES S-9 INDUSTRIAL 200000 0,65 1 68000

Tabla 3. Actuaciones en suelo apto para urbanizar y urbanizable en el núcleo urbano de Marchena.En Ordenanzas se concretan las determinaciones del régimen del Suelo Apto para Urbanizar, relativas a: Desarrollo, Obliga-

ciones y Cargas, Requisitos para edificar, Planeamiento de Desarrollo, Áreas de reparto y Aprovechamiento Tipo, completadas conlas Fichas de Planeamiento de cada uno de los Sectores y Sistemas descritos anteriormente. En lo relativo a Áreas de Reparto se esta-blecen una por cada Sector; para todos los sectores, por lo que se deduce que el aprovechamiento medio de cada una de ellas es idén-tico a la edificabilidad global al no contener ponderación relativa distinta de la unidad, y no pretender la obtención, mediante adscrip-ción, de sistemas generales.

En relación con el Suelo No Urbanizable es de señalar que a través de las NN SS se efectúa una nueva división en zonas,identificándose como Suelos No Urbanizables de Especial Protección: una serie de elementos catalogados en el Plan Especial de Pro-tección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla, así como las vías pecuarias, cauces públicos y yacimientos arqueológicos entreotros. Para cada categoría de suelo se establece en las Normas la definición, usos permitidos, usos autorizables y usos prohibidos.Regulándose en general, las condiciones de los usos, de la edificación, y las medidas para evitar la formación de núcleo de población;y todo ello con el objetivo de preservarlas del desarrollo urbano, y de actividades incompatibles con los valores objeto de protección.

A efectos de determinar las medidas adecuadas de conservación, protección y mejora del suelo no urbanizable, se establecenlas siguientes zonas, grafiadas en el plano número 5 de ordenación.

ü Zonas de mantenimiento de usos de producción agrícola y ganadera.ü Zonas de Restauración de Elementos naturales.ü Zonas de conservación de vías pecuarias.ü Zonas de conservación de cauces públicos.ü Zonas de protección de carreteras.ü Zonas de protección de servidumbres aéreas.ü Zonas de protección de yacimientos arqueológicos.ü Zonas de huertos familiares.

2.2. Grado de desarrollo del Planeamiento Urbanístico

En el periodo de vigencia del planeamiento general, han sido realizadas diversas actuaciones urbanísticas en desarrollo y eje-cución del mismo, las cuales tras análisis del planeamiento aprobado, de las actuaciones publicas efectuadas, y las comprobacionesde trabajo de campo, permiten obtener el grado de ejecución del planeamiento vigente en relación a la urbanización de sectores ensuelo urbanizable y las distintas Unidades de Ejecución contempladas en el Suelo Urbano, obteniéndose los siguientes datos:

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Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable (m2) Total cesiones (m2)

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Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable (m2) Total cesiones(m2) Figura Tipo de acuerdo Fecha Órgano Fase de ejecución

UA-1 RESIDENCIAL 10.600 5.450 5.150 ED AD 28-mar-96 PLENO EJECUTADAUA-2 RESIDENCIAL 5.500 2.700 2.800 ED AD EJECUTADAUA-3 RESIDENCIAL 13.900 7.500 6.400 ED AD 13-jun-00 COM GOB EJECUTADAUA-4 RESIDENCIAL 4.100 2.300 1.800 EJECUTADAUA-5 RESIDENCIAL 12.800 7.100 5.700 ED AD 19-jun-97 PLENO EJECUTADAUA-6 RESIDENCIAL 14.000 8.000 6.000 ED AD 25-jun-98 PLENO EJECUTADAUA-7 RESIDENCIAL 13.600 5.400 8.200 ED AD EJECUTADAUA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380 SIN EJECUTARUA-9 RESIDENCIAL 7.800 2.500 5.300 ED AD 14-jul-04 PLENO EJECUTADAUA-10 RESIDENCIAL 5.800 3.400 2.400 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTARUA-11 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000 SIN EJECUTARUA-12 RESIDENCIAL 2.000 1.100 900 ED AD 5-sep-00 COM GOB EJECUTADAUA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500 SIN EJECUTARUA-14 RESIDENCIAL 4.625 3.125 1.500 ED AD 12-sep-96 PLENO EJECUTADAUA-15 RESIDENCIAL 5.000 2.900 2.100 ED AD 24-sep-02 COM GOB EJECUTADAUA-16 RESIDENCIAL 11.000 5.300 5.700 ED AD 28-oct-04 PLENO EJECUTADAUA-17 RESIDENCIAL 10.700 5.300 5.400 ED AD 28-oct-04 PLENO EJECUTADAUA-18 RESIDENCIAL 11.800 5.800 6.000 ED AD 30-mar-06 PLENO SIN EJECUTARUA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600 SIN EJECUTARUA-20 RESIDENCIAL 2.000 1.500 500 ED AD 20-mar-07 PLENO SIN EJECUTARUA-21 RESIDENCIAL 7.000 4.000 3.000 ED AD 5-nov-02 COM GOB SIN EJECUTARUA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600 SIN EJECUTARUA-23 RESIDENCIAL 1.000 500 500 ED AD 1 8-mar-99 PLENO EJECUTADAUA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600 SIN EJECUTARUA-25 RESIDENCIAL 3.400 2.000 1.400 EJECUTADAUA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700 SIN EJECUTARUA-27 INDUSTRIAL 4.500 3.500 1.000 SIN EJECUTARUA-28 INDUSTRIAL 9.000 7.000 2.000 ED AD 30-jul-01 COM GOB EJECUTADAUA-29 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600 EJECUTADAUA-30 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000 SIN EJECUTARUA-31 INDUSTRIAL 3.500 0 3.500 SIN EJECUTARUA-32 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600 SIN EJECUTARUA-33 INDUSTRIAL 6.000 4.850 1.150 SIN EJECUTARUA-34 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000 SIN EJECUTARUA-35 INDUSTRIAL 9.500 7.000 2.500 SIN EJECUTARUA-36 INDUSTRIAL 17.000 13.000 4.000 SIN EJECUTARUA-37 INDUSTRIAL 10.500 7.500 3.000 SIN EJECUTARUA-38 INDUSTRIAL 13.500 10.000 3.500 ED AD 11-feb-99 PLENO EJECUTADAUA-39 INDUSTRIAL 15.600 12.100 3.500 ED AD 25-mar-04 PLENO EJECUTADAUA-40 INDUSTRIAL 13.000 10.000 3.000 SIN EJECUTARUA-41 INDUSTRIAL 3.500 2.600 900 SIN EJECUTARUA-42 INDUSTRIAL 2.500 1.750 750 SIN EJECUTARUA-43 INDUSTRIAL 10.500 8.000 2.500 EJECUTADAUA-44 INDUSTRIAL 9.500 7.500 2.000 SIN EJECUTARUA-45 RESIDENCIAL 12.000 7.000 5.000 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTARUA-46 INDUSTRIAL 39.500 31.000 8.500 ED AD 16-may-00 COM GOB EJECUTADAUA-47 INDUSTRIAL 76.000 56.500 19.500 SIN EJECUTARUA-48 INDUSTRIAL 60.000 46.000 14.000 SIN EJECUTARUA-49 RESIDENCIAL 16.060 10.160 5.900 ED AD 11-nov-03 COM GOB EJECUTADAUA-50 RESIDENCIAL 19.493 9.799 9.694 ED AD 24-feb-05 PLENO EJECUTADAUA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273 ED SIN EJECUTARUA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175 ED SIN EJECUTARUA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983 ED SIN EJECUTARUA-C2 RESIDENCIAL 2.774 1.665 1.109 ED AD 24-dic-05 PLENO SIN EJECUTARUA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295 ED SIN EJECUTARUA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287 ED SIN EJECUTAR

Tabla 4. Desarrollo y ejecución del PGOU en suelo urbano en el núcleo urbano de Marchena Actuación Tipo Fase deurbanística Ámbito Uso Superficie A.medio Edificabilidad Densidad Cesiones Figura de acuerdo Fecha ai Fecha Órgano ejecución

CAMINO DEL LORO S-1 RESIDENCIAL 1 15300 0,75 0,75 50 49125 PP AD 27/04/2006 PLENO SIN EJECUTAREL PARQUE S-2 RESIDENCIAL 97400 0,5 0,5 20 40770 PP AD 22/09/2005 27/1 2/2007 PLENO SIN EJECUTARLA CORTE S-3 RESIDENCIAL 1 16500 0,6 0,6 30 44450 PP AI 18/01/2007 SIN EJECUTARCARRETERA PUEBLA DE CAZALLA S-4 RESIDENCIAL 104800 0,5 0,5 20 52880 PP AD 27/05/1999 CPOTU EN EJECUCIÓNSAN GINÉS S-5 RESIDENCIAL 155879 0,5 0,5 20 60900 PP AD 10/05/2002 CPOTU SIN EJECUTARCAMINO DE MORÓN 1 S-6 INDUSTRIAL 41200 0,65 1 14420 PP SIN EJECUTARCAMINO DE MORÓN 2 S-7 INDUSTRIAL 39900 0,65 1 13965 PP SIN EJECUTARPUEBLA DE CAZALLA S-8 INDUSTRIAL 235000 0,67 1 82250 PP SIN EJECUTARLOS SALITRALES S-9 INDUSTRIAL 200000 0,65 1 68000 PP AD 4-10-2002 CPOTU EJECUTADO

Tabla 5. Desarrollo y ejecución del PGOU en suelo urbanizable en el núcleo urbano de Marchena.En cuanto a los sistemas generales las normas establecen en su memoria de información un grado de equipamiento general

suficiente. La Revisión de las N.N.S.S. de planeamiento municipal prevé, no obstante, la formación de un cinturón viario y del Par-que municipal del Cementerio. La adquisición del suelo con destino a dichos sistemas generales, que aún no sea de propiedad muni-cipal, se obtendrá por expropiación forzosa.

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Del análisis de la información anterior se confirma que el planeamiento general vigente se encuentra en plena fase de des-arrollo y ejecución.

2.3. Proyectos o Instrumentos de Planificación Sectorial cuyos efectos hayan sobrevenido al Planeamiento UrbanísticoVigente.

Durante el periodo de vigencia del planeamiento urbanístico general del ayuntamiento de Marchena, se han iniciado seis pro-cedimientos de actuaciones sobrevenidas en el municipio que afectan a suelos clasificados como Suelo No Urbanizable, cuyo estadode tramitación es el siguiente:

ü Proyecto de la Variante de la A-364 actualmente en fase de ejecución ( Resolución del 09/05/07 del Director General deCarreteras).

ü Desdoblamiento del Oleoducto Rota- Zaragoza en el tramo Rota-Adamuz, según proyecto visado por el Colegio Nacio-nal de Ingenieros del ICAI con fecha 29 de mayo de 2006.

ü Proyecto de línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Málaga cuyo trazado se encuentra en fase de ejecución en untramo y en fase de estudio informativo en el resto del trazado por el termino Municipal.

ü Estación Depuradora de Aguas Residuales (aprobada resolución el 20 de febrero de 2006 por la D.G. de Planificación yGestión de la Agencia Andaluza del Agua) y proyecto de trazado de nuevos colectores de acometida (aprobada resolu-ción el 16 de abril de 2008 por la D.G. de Planificación y Gestión de la Agencia Andaluza del Agua).

ü Decreto 429/2008 de 29 de julio, por el que se declaran zonas de especial protección para aves «Campiñas de Sevilla» y«Alto Guadiato». En dichas zonas quedan afectados terrenos comprendidos en el término municipal de Marchena.

ü Río Corbones, declarado Lugar de Interés Comunitario por la Red Natura 2000 (cód. ES61 80011) con un área de341,25 ha.

3. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADAPTACIÓN.

El documento de adaptación parcial conforme a la regulación establecida en los artículos 1 a 6 del Decreto 11/2008, de 22 deenero, establece las siguientes determinaciones de ordenación estructural para el municipio de Marchena:

3.1. Clasificación y categorías del suelo.

La clasificación de la totalidad del suelo del municipio, delimitando las superficies adscritas a cada clase y categorías desuelo, teniendo en cuenta la clasificación urbanística establecida por el planeamiento general vigente, de acuerdo con lo dispuesto enel Capítulo I del Titulo II de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y según los criterios recogidos en el artículo 4 del Decreto 11/2008,de 22 de enero:

A los efectos previstos en el artículo 3.2.a del Decreto 11/2008, los criterios de clasificación son los siguientes:

a) Tiene la consideración de suelo urbano consolidado el que esté clasificado como urbano por el planeamiento generalvigente y cumpla las condiciones previstas en el artículo 45.2.A) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, así como el que estando clasi-ficado como suelo urbanizable se encuentre ya transformado y urbanizado legalmente, cumpliendo a su vez las condiciones del refe-rido artículo:

En este sentido el suelo urbano consolidado esta constituido por:ü Los terrenos incluidos en la delimitación de suelo urbano efectuada en el plano de ordenación número1 del PGOU

vigente, y sus innovaciones, no incluidos en unidades de ejecución sometidas a procesos de urbanización, cesión gra-tuita y obligatoria de dotaciones, y equidistribución entre diversos propietarios de suelo. Presentando a su vez, ordena-ción detallada directa desde el PGOU, contando con calificación de zona de ordenanza, y establecimiento de alineacio-nes y rasantes.

ü Los terrenos incluidos en unidades de ejecución o en sectores delimitados en el plano de ordenación número 3 de Aline-aciones, Calificación, Usos, Rasantes y Sistemas del PGOU vigente, y sus innovaciones, que hayan cumplido todos susdeberes de urbanización, cesión y equidistribución conforme a las exigencias de la legislación urbanística vigente; estasactuaciones urbanísticas son:

Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable (m2) Total cesiones(m2) Figura Tipo de acuerdo Fecha Órgano Fase de ejecución

UA-1 RESIDENCIAL 10.600 5.450 5.150 ED AD 28-mar-96 PLENO EJECUTADAUA-2 RESIDENCIAL 5.500 2.700 2.800 ED AD EJECUTADAUA-3 RESIDENCIAL 13.900 7.500 6.400 ED AD 13-jun-00 COM GOB EJECUTADAUA-4 RESIDENCIAL 4.100 2.300 1.800 EJECUTADAUA-5 RESIDENCIAL 12.800 7.100 5.700 ED AD 19-jun-97 PLENO EJECUTADAUA-6 RESIDENCIAL 14.000 8.000 6.000 ED AD 25-jun-98 PLENO EJECUTADAUA-7 RESIDENCIAL 13.600 5.400 8.200 ED AD EJECUTADAUA-9 RESIDENCIAL 7.800 2.500 5.300 ED AD 14-jul-04 PLENO EJECUTADAUA-12 RESIDENCIAL 2.000 1.100 900 ED AD 5-sep-00 COM GOB EJECUTADAUA-14 RESIDENCIAL 4.625 3.125 1.500 ED AD 12-sep-96 PLENO EJECUTADAUA-15 RESIDENCIAL 5.000 2.900 2.100 ED AD 24-sep-02 COM GOB EJECUTADAUA-16 RESIDENCIAL 11.000 5.300 5.700 ED AD 28-oct-04 PLENO EJECUTADAUA-17 RESIDENCIAL 10.700 5.300 5.400 ED AD 28-oct-04 PLENO EJECUTADAUA-23 RESIDENCIAL 1.000 500 500 ED AD 1 8-mar-99 PLENO EJECUTADAUA-25 RESIDENCIAL 3.400 2.000 1.400 EJECUTADAUA-28 INDUSTRIAL 9.000 7.000 2.000 ED AD 30-jul-01 COM GOB EJECUTADAUA-29 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600 EJECUTADAUA-38 INDUSTRIAL 13.500 10.000 3.500 ED AD 11-feb-99 PLENO EJECUTADAUA-39 INDUSTRIAL 15.600 12.100 3.500 ED AD 25-mar-04 PLENO EJECUTADAUA-43 INDUSTRIAL 10.500 8.000 2.500 EJECUTADAUA-46 INDUSTRIAL 39.500 31.000 8.500 ED AD 16-may-00 COM GOB EJECUTADAUA-49 RESIDENCIAL 16.060 10.160 5.900 ED AD 11-nov-03 COM GOB EJECUTADAUA-50 RESIDENCIAL 19.493 9.799 9.694 ED AD 24-feb-05 PLENO EJECUTADA

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Tabla 6. Ejecución del PGOU en suelo urbano y urbanizable en el núcleo urbano de Marchena.Actuación urbanística Ámbito Uso Superficie A.medio Edificabilidad Densidad Cesiones Figura Tipo de acuerdo Fecha ai Fecha Órgano Fase de ejecución

LOS SALITRALES S-9 INDUSTRIAL 200000 0,65 1 68000 PP AD 4-10-2002 CPOTU EJECUTADO

b) El resto del suelo clasificado como urbano por el planeamiento vigente tiene la consideración de suelo urbano no conso-lidado. En todo caso, se clasifican como suelo urbano no consolidado los ámbitos de las Unidades de Ejecución no desarrolladas deli-mitadas en suelo urbano, debiendo respetar las características y requisitos que se establecen en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Las Unidades de Ejecución no desarrolladas quedan adscritas a la categoría de suelo urbano no consolidado.

Conforme a lo regulado en el artículo 17.4 de la LOUA, las unidades de ejecución delimitadas en el plano de ordenaciónnúmero 3 del planeamiento general vigente , en función de su escasa dimensión, no constituyen vacíos relevantes que resulten idó-neos para su ordenación mediante planes parciales de ordenación. En consecuencia, no son identificados expresamente como sectoresa los efectos previstos en la LOUA. En este sentido, conservaran las determinaciones del planeamiento vigente, conforme a lo regu-lado en la disposición transitoria segunda.1, en relación con el articulo 10.2.A.b, ambos de la LOUA, sin perjuicio de su adscripción ala categoría de suelo urbano no consolidado.

c) Se considera suelo urbanizable ordenado el que esté clasificado como urbanizable o apto para urbanizar por el instru-mento de planeamiento general vigente y cuente con la ordenación detallada, esto es, se haya redactado y aprobado definitivamenteel Plan Parcial de Ordenación correspondiente.

Conforme a la información expresada en el apartado 2.2 de esta Memoria, relativo al desarrollo y ejecución del planeamientogeneral vigente, los sectores PP-1, PP-2, y PP-4 delimitados en el plano de ordenación número 4 de determinaciones de suelo urbani-zable del PGOU vigente, y sus innovaciones, tienen el planeamiento de desarrollo aprobado definitivamente, por lo que son adscritosa la categoría del suelo urbanizable ordenado.

d) Tiene la consideración de suelo urbanizable sectorizado aquel suelo urbanizable o apto para urbanizar que esté com-prendido en un sector o área apta para la urbanización ya delimitado por el planeamiento vigente.

De modo análogo a lo señalado en el apartado anterior, los sectores PP-3, PP-6, PP-7 y PP-8, delimitados en el plano de orde-nación número 4 de determinaciones de suelo urbanizable del PGOU vigente, y sus innovaciones, quedan adscritos a la categoría desuelo urbanizable sectorizado, al no haber aprobado definitivamente su planeamiento de desarrollo.

e) No existen otros suelos urbanizables sin delimitación de sectores, o de suelo urbanizable programado, por lo que no pro-cede en el municipio la adscripción de terrenos a la categoría de suelo urbanizable no sectorizado en el marco de la presente adapta-ción parcial.

f) El suelo clasificado como no urbanizable continua teniendo idéntica consideración, estableciéndose las cuatro catego-rías previstas en el artículo 46.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y manteniendo, asimismo, las características ya definidas paralas actuaciones de interés público.

En este sentido los suelos delimitados en el plano de ordenación número 5 de Clasificación y Categorías en el Suelo NoUrbanizable se consideran adscritos a las siguientes categorías:

ü Categoría de Especial Protección por Legislación Específica: al concurrir en ellos las características descritas en el arti-culo 46.2.a, en relación con el 46.1 .a y b, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de su proteccióncontenidos en la Memoria justificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

û Los cauces y riberas de ríos y arroyos como Dominio Público Natural Hidráulico por el RD legislativo 1/2001 TextoRefundido de la Ley de Aguas.

û Ribera del Corbones, incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como«Complejo Ribereño de Interés Ambiental» RA-6, con una superficie de 661 ha. al que le son de aplicación las NormasParticulares números 35 y 40.

û Río Corbones, declarado Lugar de Interés Comunitario por la Red Natura 2000 (cód. ES61 80011) con un área de341,25 ha.

û Decreto 429/2008 de 29 de julio, por el que se declaran zonas de especial protección para aves «Campiñas de Sevilla» y«Alto Guadiato». En dichas zonas quedan afectados terrenos comprendidos en el término municipal de Marchena.

û Laguna de Sevilla, incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como «ZonaHúmeda Transformada» HT-1 0, con una superficie de 48 ha. al que le son de aplicación las Normas Particulares núme-ros 35 y 41.

û Laguna de los Ojuelos, incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como«Zona Húmeda Transformada» HT-1 3, con una superficie de 201 ha. al que le son de aplicación las Normas Particula-res números 35 y 41.

û Red de Vías Pecuarias, por las características que les reconoce la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias y su Reglamento(Decreto155/1998).

û Yacimientos arqueológicos, por estar incluidos en el Catálogo de Yacimientos Arqueológicos de la Consejería de Cul-tura con las características que les reconoce la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía.

û Zona arqueológica de Montemolín , incoado expediente por la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejeríade Cultura de la Junta de Andalucía, de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor delyacimiento de Montemolín (BOJA Nº1 01 DE 7/11/86; BOE DE 27/2/87).

ü Categoría de Especial Protección por Planificación Territorial o Urbanística: al concurrir en ellos las características des-critas en el articulo 46.2.b, en relación con el 46.1 .c, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de suprotección contenidos en la Memoria justificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

û Zonas de restauración de elementos naturales: Espacios Naturales (N) y espacios susceptibles de proporcionar coberturavegetal (V). La normativa de especial protección se encuentra regulada en el capitulo VI, sección sexta, artículos 105-109 de la normativa urbanística de las Normas subsidiarias en vigor.

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û Zonas de protección de yacimientos arqueológicos. La normativa de especial protección se encuentra regulada en elcapitulo VI, sección sexta, artículos 110-111 de la normativa urbanística las normas subsidiarias en vigor.

ü Categoría de carácter natural o rural: al concurrir en ellos las características descritas en el articulo 46.2.c, en relacióncon el 46.1.f, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de sus valores contenidos en la Memoria jus-tificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

û Zonas de mantenimiento de usos de producción agrícola y ganadera.

û Zona de huertos familiaresü Categoría de Hábitat Rural Diseminado: conforme a lo regulado en el artículo 46.1 .g de la LOUA, en el municipio no

se identifica ningún soporte físico de asentamientos rurales diseminados, vinculados a la actividad agropecuaria, cuyas característicasproceda preservar, por lo que no se identifica ningún terreno adscrito a esta categoría del suelo no urbanizable. Todo ello, con base enla información y justificación de los contenidos en la Memoria justificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

ü A los efectos de lo dispuesto en este apartado, en el documento de adaptación se reflejan como suelo no urbanizable deespecial protección, en la categoría correspondiente, los terrenos que han sido objeto de deslinde o delimitación en proyectos o ins-trumentos de planificación sectorial, cuyos efectos han sobrevenido al planeamiento vigente y que resultan de directa aplicación con-forme a la legislación sectorial.

g) No se contiene en la memoria informativa del PGOU vigente, ni en los inventarios de parcelaciones urbanísticas elabo-rados por la Consejería de Obras Publicas y Transportes, identificación de terrenos sobre los que se hayan realizado irregularmenteactuaciones de parcelación, urbanización, construcción o edificación, instalación o cualquier otro de transformación o uso del suelo,que no hayan sido incorporados al actual modelo urbano. No obstante, en caso de existir conservarán la clasificación establecida en elplaneamiento general vigente.

h) Las actuaciones en suelo no urbanizable referidas a vivienda unifamiliar y a las de interés público contenidas en el capi-tulo VII de la normativa urbanísticas de las normas subsidiarias, se realizarán de acuerdo con los artículos 42, 43 y 52 de la LOUA.

3.2. Disposiciones que garanticen el suelo suficiente para cubrir las necesidades de vivienda protegida

Conforme a lo dispuesto en el articulo 3.2.b del Decreto 11/2008, de 22 de enero, la adaptación parcial debe integrar las dis-posiciones que garanticen el suelo suficiente para cubrir las necesidades de vivienda protegida, conforme a los dispuesto en el artí-culo 10.1 .A).b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y la disposición transitoria única de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, deMedidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. No obstante, la citada reserva de vivienda protegida no será exigible a los sectoresque cuenten con ordenación pormenorizada aprobada inicialmente con anterioridad al 20 de enero de 2007, de conformidad con lodispuesto en la disposición transitoria única de la Ley 13/2005, de 11 de septiembre, ni en aquellas áreas que cuenten con ordenaciónpormenorizada, aprobada inicialmente, con anterioridad al inicio del trámite de aprobación de este documento de adaptación parcial.

En este sentido, y en atención a la información urbanística contenida en el apartado 2.2 de esta Memoria, puede constatarseque tanto los sectores de suelo urbanizable, uso global residencial, cumplimentan los requisitos de excepción de la exigencia de edifi-cabilidad destinada a vivienda protegida prevista en el citado Decreto. En consecuencia, no se alteran las condiciones de ordenaciónde las citadas actuaciones urbanísticas, manteniéndose, por tanto, las del planeamiento vigente. En cuanto al suelo urbano no consoli-dado, que carece de ordenación pormenorizada, se justifica en el siguiente cuadro las disposiciones de edificabilidad que garanticenel cumplimiento de articulo 10.1 .A).b) d la LOUA

Ámbito Uso Superficie Total suelo Total Fase de Clase desuelo Categoría Area Densidad Nº de Edifica- Edificabilidad 30% vpoEdificable(m2) Cesiones(m2) Ejecución homogénea viviendas bilidad total (m2techo)

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 6 0,99 990 297,00UA-11 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 14 0,66 1320 396,00UA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 53 0,66 5115 1534,50UA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 6 34,11 7 0,56 1176 352,80UA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 15 0,99 2277 683,10UA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 10 0,99 1584 475,20UA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 21 0,99 3168 950,40UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 90 1,29 24068,8 7220,65UA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 14 1,29 3676,5 1102,95UA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 24 1,29 6394,53 1918,36UA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 4 1,29 949,44 284,83UA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 3 1,29 927,51 278,25

Se hace necesario por tanto, establecer un coeficiente que relacione la vivienda libre con la vivienda protegida en lo referentea los aprovechamientos. Dicho coeficiente se calculara en base a la relación existente entre el valor de venta del m2 útil de viviendalibre y el de vivienda protegida. Un estudio de mercado nos arroja un valor de venta del m2 útil de vivienda libre, ponderado en latotalidad del municipio de 1.673,55/m2. Teniendo en cuenta que Marchena pertenece al ámbito territorial primero según el anexo 1del Decreto 395/2008, tenemos una horquilla de precios de venta en función del régimen de protección y la iniciativa que va desde1.137,00 /m2 a 1.516,00/m2, lo de nos da un valor ponderado de 1.288,60 lo que nos permite obtener un coeficiente de 0.77 paravivienda protegida.

3.3. Los sistemas generales constituidos por la red básica de terrenos, reservas de terrenos y construcciones de destino dota-cional público.

La adaptación parcial identifica como ordenación estructural, aquellos sistemas constituidos por la red básica de terrenos,reservas de terrenos y construcciones de destino dotacional público que por su función o destino específico, por sus dimensiones opor su posición estratégica integren o deban integrar, según el planeamiento vigente, la estructura actual o de desarrollo urbanísticodel término municipal en su conjunto o en cualquiera de sus partes; entendiendo con ello que, independientemente de que el uso seaeducativo, deportivo, sanitario u otros, por la población a la que sirven o por el área de influencia a la que afectan, superan el ámbitode una dotación local. Ellos comprenden como mínimo los terrenos y construcciones destinados a:

1) Sistemas Generales de parques, jardines y espacios libres públicos constituidos por los espacios libres del núcleo urbanorelacionados en la tabla adjunta:

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Reservas De parques, jardines y espacios libres art. 10 c.1

DATOS DE HABITANTES, CENSO CERTIFICADO............................................... 19652

Nº DE VIVIENDAS EN ZONAS POR DESARROLLAR ( SUNC Y SUBLE.) ........ 2140

Nº DE HABITANTES EN ZONAS POR DESARROLLAR ( 2,4 HAT./VIV) ........... 5137

TOTAL HABITANTES................................................................................................ 24789

DESCRIPCIÓN DEL SGEL SUPERFICIE EN M2

Jardines Avenida Maestro Santo Ruano ....................................................................... 4511

Santa María de la Mota................................................................................................. 3861

Plaza Ducal ................................................................................................................... 2263

Campo ferial ................................................................................................................. 52510

Parque de la concordia.................................................................................................. 4821

Plaza del Ayuntamiento ................................................................................................ 1893

Jardines del Cementerio................................................................................................ 36639

Are Libre Polígono Industrial Camino Hondo ............................................................. 4366

Jardines del pabellón .................................................................................................... 14720

TOTAL SUPERFICIE .................................................................................................. 125584

Nº DE HABITANTES.................................................................................................. 24789

ESTÁNDAR DE SGEL EN M2 POR HABITANTES ................................................ 5,07

Tabla 7. Sistemas Generales de Espacios Libres en el núcleo urbano de Marchena.Este conjunto de espacios libres, con una superficie de 125584 m2 comporta un estándar de 5,07 m2s por habitante (19.652

habitantes en 2007 más los habitantes derivados de los nuevos crecimientos urbanos), superior a los umbrales legales mínimos, de 5 a10 m2s por habitante, establecidos en el artículo 10.1 .A.c.c1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. El número de viviendas estimadoen los nuevos desarrollos se resume en los siguientes cuadros:

Ámbito Uso Superficie Total suelo Total Figura Tipo de Fecha Órgano Fase de Clase Categoría Area Densidad Nº deedificable(m2) cesiones(m2) acuerdo ejecución de suelo homogénea viviendas

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 6UA-10 RESIDENCIAL 5.800 3.400 2.400 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 40UA-1 1 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 14UA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 53UA-18 RESIDENCIAL 11.800 5.800 6.000 ED AD 30-mar-06 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 6 34,11 40UA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 6 34,11 7UA-20 RESIDENCIAL 2.000 1.500 500 ED AD 20-mar-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 14UA-21 RESIDENCIAL 7.000 4.000 3.000 ED AD 5-nov-02 COM GOB SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 48UA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 15UA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 10UA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 21UA-45 RESIDENCIAL 12.000 7.000 5.000 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 82UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 90UA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 14UA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 24UA-C2 RESIDENCIAL 2.774 1.665 1.109 ED AD 24-dic-05 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 13UA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 4UA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 3

Total viviendas 498

Ámbito de ordenación Area Superficie Uso Aprov. Edificabilidades Densidad Nº desde reparto m2s global medio globales global viviendas

CAMINO DEL LORO (S-1) AR-1 1 15300 RESIDENCIAL 0,75 0,75 50 577EL PARQUE(S-2) AR-2 97400 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20 195LA CORTE(S-3) AR-3 116500 RESIDENCIAL 0,6 0,6 30 350CARRETERA PUEBLA DE CAZALLA (S-4) AR-4 104800 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20 210SAN GNES AR-5 155879 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20 312

Total viviendas 1642

ü Y el Sistema General de Áreas Libres en suelo no urbanizable, compuesto por la Red de Vías Pecuarias, Cordeles yCañadas; las áreas libres de dominio público que conforman el cauce y márgenes de los ríos Corbones, Salado y Frío contenidos en elplaneamiento vigente.

2) Infraestructuras, servicios, dotaciones y equipamientos, en dicho sistema se identifica, por su función o destino especí-fico, por sus dimensiones o por su posición estratégica como perteneciente a la ordenación estructural, las siguientes infraestructuras,servicios y dotaciones públicas:

Sistema General de Comunicaciones, compuesto por la Red de Carreteras, caminos y Sistema Ferroviario.

Sistema General de Equipamientos Públicos, compuesto por las instalaciones deportivas municipales en Ctra. de Puebla deCazalla; Polideportivo, los Centros Docentes, Asistenciales, Sanitarios, Administrativos y Culturales.

Sistema General de Servicios Urbanos, compuesto por Cementerio, el Ayuntamiento, Cuartel Guardia Civil, Silos, Mercado,Depósitos reguladores de abastecimiento de agua, , electricidad y alcantarillado.

Sistemas generales de infraestructuras de carácter supramunicipal, oleoducto Rota –Zaragoza.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo c), del artículo 3.2 del Decreto 11/2008, se han reflejado las infraestructuras, equi-pamientos, dotaciones y servicios, descritos en el punto 2.3 de la presente memoria, al haberse producido la ejecución o la aprobaciónde nuevos elementos de estos sistemas, en proyectos o instrumentos de planificación sectorial, cuyos efectos han sobrevenido al pla-neamiento vigente y que resultan de directa aplicación conforme a la legislación sectorial.

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3.4. Usos, densidades y edificabilidades globalesEl articulo 10.1 .A.d de la LOUA, y el articulo 3.2.d del Decreto 11/2008, exige a la adaptación parcial que establezca los

usos, densidades y edificabilidades globales de las distintas zonas de suelo urbano, sectores ya delimitados en suelo urbano no conso-lidado y suelo urbanizable ordenado y sectorizado, de acuerdo con las determinaciones que sobre estos parámetros se establezcan enel planeamiento vigente, y sin perjuicio de las previsiones contenidas en el párrafo b del articulo 3.2. del citado Decreto.

Con base en las condiciones de ordenación de las ordenanzas establecidas en el suelo urbano consolidado, se ha realizado unadelimitación de zonas del suelo urbano consolidado a fin de cumplimentar la exigencia de determinar su uso, edificabilidad, y densi-dad globales. Las zonas delimitadas superan el ámbito estricto de las ordenanzas, pues, conscientemente pretenden encontrar ámbitosurbanos coherentes tanto por su posición en el modelo urbano como por su configuración formal y funcional. Para ello, se han consi-derado los siguientes criterios:

ü Uso global: es un primer criterio diferenciador de espacios urbanos; en el núcleo urbano solo cabe distinguir usos globa-les residenciales, e industriales, conforme a los usos pormenorizados que admiten las zonas de ordenanzas contenidas en el CapituloIV de las Normas Urbanísticas del PGOU vigente.

ü Para la generación de las áreas homogéneas a la hora de asignación de densidades y edificabilidades globales se hanseguido criterios de generación de un modelo urbano en base a criterios de igualdad de trama y sección viaria, volúmenes edificados,coherencia en lo referente a su posición en la ciudad, pertenencia a una misma etapa de evolución histórica del núcleo urbano, todasellas, características que permiten encontrar zonas urbanas con personalidad propia a las que asignarles los parámetros estructuralesexigidos por la Ley.

ü Las zonas del suelo urbano consolidado que provengan de la ejecución de sectores de suelo urbanizable mantendrán losparámetros estructurales establecidos para dicha actuación urbanística en el planeamiento general vigente.

Conforme a la aplicación de los criterios antes explicitados se han delimitado las siguientes zonas, del suelo urbano consoli-dado, en el núcleo urbano del municipio:

Ámbito de ordenación Zona area homogénea Superficie m2s Uso global Densidad global Edificabilidades globales

RESIDENCIAL INTRAMUROS Area 1 184.340 RESIDENCIAL 48,23 1,29ARRABALES HISTÓRICOS Area 2 547.227 RESIDENCIAL 74,14 1,51EXTENSIÓN RESIDENCIAL 1 Area 3 427.612 RESIDENCIAL 64,10 0,99EXTENSIÓN RESIDENCIAL 2 Area 4 283.208 RESIDENCIAL 68,61 0,66EXTENSIÓN RESIDENCIAL 3 Area 5 116.075 RESIDENCIAL 48,68 0,76EXTENSIÓN RESIDENCIAL 4 Area 6 138.666 RESIDENCIAL 34,11 0,56EXTENSIÓN INDUS. ALMACÉN AGRÍCOLA Area 7 298.532 INDUSTRIAL 1,07EXTENSIÓN INDUSTRIAL Area 8 731 .237 INDUSTRIAL 0,73POLÍGONO INDUSTRIAL Area 9 200.000 INDUSTRIAL 0,65

Tabla 8. Zonas en suelo urbano en el núcleo urbano de Marchena.Para la estimación del techo en las zonas «Residencial Intramuros», «Arrabales Históricos», «Extensión residencial», «

Extensión industrial almacén agrícola» y «Extensión industrial» se ha calculado la superficie de suelo lucrativo incluida en cadazona, aplicando los parámetros urbanísticos contenidos en las ordenanzas de zona a la superficie neta de parcelas y el número esti-mado de viviendas se ha obtenido de la información contenida en la D.G. de Catastro. Los resultados de la aplicación de esta metodo-logía son los siguientes:

Áreas homogéneas Zona de ordenanza Superficie Ocupación Altura de Edificabilidad Superficie neta Techo Nº de viviendaszona Permitida Edificación neta Lucrativa Estimado Estimado (catastro)m2 % Nº m2 t / m2 s m2 s m2 t Nº

AREA 1 RESIDENCIAL INTRAMUROS 184340 80% 2,1 1,68 141650 237972,00 889AREA 2 ARRABALES HISTÓRICOS 547227 80% 2,25 1,80 459273 826691,4 4057AREA 3 EXTENSIÓN RESIDENCIAL 427612 85% 2,1 1,79 236629 422382,765 2741AREA 4 EXTENSIÓN RESIDENCIAL 283208 70% 3 2,10 89016 186933,6 1943AREA 5 EXTENSIÓN RESIDENCIAL 116075 80% 3,5 2,80 31338 87746,4 565AREA 6 EXTENSIÓN RESIDENCIAL 138666 80% 2,2 1,76 44086 77591,36 473AREA 7 EXTENSIÓN INDUSTRIAL AGRÍCOLA 298532 100% 1,2 1,20 266032 319238,4AREA 8 EXTENSIÓN INDUSTRIAL 731237 90% 1,35 1,215 438742,2 533071,8AREA 9 ORDENANZA PP-S9 200000 100% 1 1 130000 130000

Tabla 9. Estimación del techo edificable y número de viviendas en suelo urbano en el núcleo urbano de MarchenaEn el núcleo urbano de Marchena no se identifican sectores en el suelo urbano no consolidado como ya se ha justificado en le

apartado 3.1 de esta Memoria. En lo relativo a los parámetros estructurales de uso, edificabilidad y densidad globales para el suelourbanizable ordenado y sectorizado, serán los que se corresponden de la determinación de dichos parámetros en el planeamientogeneral vigente conforme ha quedado expresado en el apartado 2.1 de esta Memoria.

Ámbito de ordenación Area de reparto Superficie Uso global Aprov. Edificabilidades Dens idadm2s medio globales global

CAMINO DEL LORO (S-1) AR-1 115300 RESIDENCIAL 0,75 0,75 50EL PARQUE(S-2) AR-2 97400 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20LA CORTE(S-3) AR-3 116500 RESIDENCIAL 0,6 0,6 30CARRETERA PUEBLA DE CAZALLA (S-4) AR-4 104800 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20SAN GNES AR-5 155879 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20CAMINO DE MORÓN 1 (S-6) AR-6 41 200 INDUSTRIAL 0,65 0,65CAMINO DE MORÓN 2(S-7) AR-7 39900 INDUSTRIAL 0,65 0,65PUEBLA DE CAZALLA (S-8) AR-8 235000 INDUSTRIAL 0,65 0,5

Tabla 10. Parámetros de ordenación estructural en suelo urbanizable ordenado y sectorizado en el núcleo urbano de Mar-chena.

G.5. Áreas de reparto y aprovechamiento medio.

El articulo 10.1.A.f de la LOUA establece que la delimitación y aprovechamiento medio de las áreas de reparto del suelourbanizable son determinaciones de la ordenación estructural; por otra parte el articulo 3.2.e del Decreto 11/2008, exige a la adapta-

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ción parcial que mantenga las áreas de reparto ya delimitadas en el planeamiento general vigente, y que a todos los efectos, el aprove-chamiento tipo que determine el planeamiento general vigente tendrá la consideración de aprovechamiento medio, según la regula-ción contenida en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

A estos efectos la presente adaptación parcial no introduce ninguna alteración sobre las áreas de reparto o el aprovechamientomedio delimitados y definidos en el planeamiento general vigente, pues como se ha justificado en el apartado 3.2 de esta Memoria, lasituación de los sectores del suelo urbanizable de uso global residencial, exime de la exigencia de vincular parte de la edificabilidadprevista a uso de vivienda protegida, y ello por tener éstos, el planeamiento de desarrollo aprobado definitivamente. Por otra parte,las limitaciones de ordenación de esta adaptación parcial reguladas en el artículo 3.3.d del Decreto 111/2008, impiden la alteración dela edificabilidad de los sectores cuando ésta no se deba a causas relacionadas con la exigencia señalada de edificabilidad vinculadaobligatoria y legalmente para vivienda protegida. Por todo ello, se mantiene el criterio de delimitación de área de reparto y el consi-guiente aprovechamiento medio del planeamiento general vigente en el artículo 139.2 de las Normas Urbanísticas.

3.6. Espacios, ámbitos o elementos que hayan sido objeto de especial protección.

Según el artículo 10.1.A.g de la LOUA los espacios, ámbitos o elementos que hayan sido objeto de especial protección, porsu singular valor arquitectónico, histórico o cultural formarán parte de la ordenación estructural; por otra parte, el artículo 3.2.f delDecreto 11/2008, señala que la adaptación parcial recogerá dichos espacios, y con carácter preceptivo, los elementos así declaradospor la legislación sobre patrimonio histórico.

Sobre este particular, se consideran elementos de espacial protección, los incluidos en las normas de protección contenidas enel planeamiento vigente capitulo VIII de la normativa urbanística de las NNSS y las contenidas en el PEP del Conjunto Histórico yque reflejamos a continuación:

Art 125 NNSS en vigor.

1. CATALOGACIÓN M. PROPUESTAS DE B.I.C.

û Ficha 1. Iglesia de S. Sebastián.û Ficha 2. Iglesia de S. Miguel.û Ficha 3. Iglesia de S. Agustín.û Ficha 4. Iglesia de S. Pedro Mártirû Ficha 5. Iglesia del Convento de Sta. Isabel.û Ficha 6. Iglesia del Convento de S. Andrés.û Ficha 7. Iglesia de Sta. Clara.û Ficha 8. Iglesia del Santo Hospital.

2. CATALOGACIÓN P.I. PROTECCIÓN INTEGRAL.

û Ficha 9. Convento y Claustro de S. Agustín.û Ficha 10. Convento de Sta. Isabel.û Ficha 11. Convento de S. Andrés.û Ficha 12. Asilo y Claustro del Sto. Hospital.

3. CATALOGACIÓN P.E. PROTECCIÓN ESTRUCTURAL.

û Ficha 13. c/ San Pedro 2, 4 y 6.û Ficha 14. " 8.û Ficha 15. " 14.û Ficha 16. " 16.û Ficha 17. c/ Santa Clara, 4.û Ficha 18. " 5.û Ficha 19. " 8.û Ficha 20. " 12.û Ficha 21. c/ Sevilla, 12.û Ficha 22. c/ Rojas Marcos, 34.û Ficha 23. c/ Mesones, 4.û Ficha 24. c/ Compañía, esquina a c/ Torres S Jerónimo.û Ficha 25. c/ San Miguel, 45.û Ficha 26. c/ Torres, 11.

4. CATALOGACIÓN P.A. PROTECCIÓN AMBIENTAL.

û Ficha 27. Plaza Alvarado, 2.û Ficha 28. c/ Sevilla, 3.û Ficha 29. " , 11.û Ficha 30. c/ San Sebastián, 7.Peña Bética.û Ficha 31. c/ San Sebastián, 8.û Ficha 32. c/ San Pedro, 9.û Ficha 33. " , 13.û Ficha 34. c/ Sta. Clara, 23-B.û Ficha 35. " , 26.û Ficha 36. c/ Rojas Marcos, 28.û Ficha 37. c/ Méndez Núñez, 33.û Ficha 38. c/ Mesones, 2.û Ficha 39. c/ Obispo Salvador Barrera, 10.û Ficha 40. " , 12.û Ficha 41. c/ Olmedo, 2,4,6 y 8.û Ficha 42. c/ Carreño Patio y Portada trasera Iglesia San Miguel.û Ficha 43. c/ San Pedro, 10. Mercado Municipal.

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5. ELEMENTOS DE INTERÉS.

û Ficha 44. Doble arco urbano c/ Mesones.

6. ESPACIOS URBANOS DE INTERÉS.

û Ficha 45. Plaza de S. Sebastián.û Ficha 46. Plaza de Alvarado.

Igualmente en el PE de protección de Conjunto Histórico se establecen cinco tipos de protección:

û Protección del carácter del Conjunto Histórico, estableciendo tres niveles de protección, Integral, estructural y ambien-tal para el conjunto de edificios y construcciones incluidas en las fichas de catalogo comprendidas entre la número 1y la número 93.Establece además unas protecciones de carácter ambiental y estéticas, (publicidad, colocación de conducciones y cables, fachadas,cubiertas, materiales de acabados en urbanización y características de las demoliciones permitidas).

û Protección del entorno en cuencas visuales, área territorial incluida en el vigente PGOU en el sector S-2 de suelo Urba-nizable y actuaciones de renovación en solares con fachada al Conjunto Histórico.

û Protección de Muralla.

û Protección de Usos.

û Protección del Parcelario Histórico.

En el suelo no urbanizable, los elementos y espacios de especial protección ya han sido identificados en su categoría corres-pondiente, por lo que quedan de este modo, integrados en la ordenación estructural del PGOU resultante de la presente adaptaciónparcial.

3.7. Previsiones generales de programación y gestión

El articulo 3.2.g del Decreto 1 1/2008, establece que la adaptación parcial debe contener y determinar las previsiones genera-les de programación y gestión de los elementos o determinaciones de la ordenación estructural cuando el planeamiento generalvigente no contemplase dichas previsiones o éstas hubiesen quedado desfasadas.

A estos efectos cabe considerar que el PGOU vigente establece en su artículo 4 un periodo de vigencia general de las deter-minaciones del PGOU indefinida. El desarrollo y la ejecución del planeamiento se desarrolla en el título III. Dicha programación solocabe reconsiderar para las actuaciones expropiatorias, y para las unidades de ejecución y sectores del suelo urbanizable no ejecuta-dos. No obstante, a estos efectos se adopta el siguiente criterio: con carácter general no se alterará la programación contenida en elplaneamiento general vigente (PGOU y sus innovaciones) a fin de no interferir en las potestades, derechos y deberes de los propieta-rios de suelo y de la administración municipal. En consecuencia de ello resultan las siguientes situaciones:

û Actuaciones urbanísticas que no tienen agotado el plazo de iniciativa pública o privada previsto en el vigente PGOU: semantienen los derechos de iniciativa y potestades reconocidos por el régimen del suelo a los propietarios de los terrenos o a la admi-nistración actuante. La administración actuante, una vez cumplidos los plazos señalados, podrá adoptar las medidas contempladas enla vigente legislación urbanística por incumplimiento de los plazos de ejecución previstos en el planeamiento general.

û Actuaciones urbanísticas que tienen agotado el plazo de iniciativa pública o privada previsto en el vigente PGOU: Seestablece la siguientes programación:

Actuación Ámbito Uso Superficie Figura Tipo de Fecha Fecha Órgano Fase de Clase Categoría Plazo de Plazo de Plazo de Plazo deurbanística acuerdo ai ejecución suelo aprobación aprobación ejecución ejecución

CAMINO DEL LORO S-1 RESIDENCIAL 115300 PP AD 27/04/2006 PLE NO SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSEL PARQUE S-2 RESIDENCIAL 97400 PP AD 22/09/2005 27/12/2007 PLENO SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSLA CORTE S-3 RESIDENCIAL 116500 PP AI 18/01/2007 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSCARRETERA PUEBLA DE CAZALLA S-4 RESIDENCIAL 104800 PP AD 27/05/1999 CPOTU EN EJECUCIÓN URBANIZABLE ORDENADO DOS AÑOS CINCO AÑOSSAN GINÉS S-5 RESIDENCIAL 155879 PP AD 10/05/2002 CPOTU SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSCAMINO DE MORÓN 1 S-6 INDUSTRIAL 41200 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSCAMINO DE MORÓN 2 S-7 INDUSTRIAL 39900 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSPUEBLA DE CAZALLA S-8 INDUSTRIAL 235000 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTO RIZADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

Programación

Ámbito Uso Superficie Figura Tipo de Fecha Órgano Fase de Clase de Categoría Plazo de aprob. Plazo de aprob. Plazo de ejec. Plazo de ejec.acuerdo ejecución suelo figura de proyecto de Urbanización Edificación

planeamiento reparcelación yde Urbanización

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-10 RESIDENCIAL 5.800 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-1 1 RESIDENCIAL 2.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-13 RESIDENCIAL 7.750 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-1 8 RESIDENCIAL 11 .800 ED AD 30-mar-06 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-19 RESIDENCIAL 2.100 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-20 RESIDENCIAL 2.000 ED AD 20-mar-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-21 RESIDENCIAL 7.000 ED AD 5-nov-02 COM GOB SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-22 RESIDENCIAL 2.300 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-24 RESIDENCIAL 1.600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-26 RESIDENCIAL 3.200 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-27 INDUSTRIAL 4.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-30 INDUSTRIAL 8.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-31 INDUSTRIAL 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-32 INDUSTRIAL 7.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-33 INDUSTRIAL 6.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-34 INDUSTRIAL 8.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-35 INDUSTRIAL 9.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-36 INDUSTRIAL 17.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-37 INDUSTRIAL 10.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-40 INDUSTRIAL 13.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-41 INDUSTRIAL 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

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UA-42 INDUSTRIAL 2.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-44 INDUSTRIAL 9.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-45 RESIDENCIAL 12.000 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-47 INDUSTRIAL 76.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-48 INDUSTRIAL 60.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-B2 RESIDENCIAL 2.850 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-C1 RESIDENCIAL 4.957 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-C2 RESIDENCIAL 2.774 ED AD 24-dic-05 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-C3 RESIDENCIAL 736 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

UA-C4 RESIDENCIAL 719 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

3.8. Dotaciones, densidades y edificabilidades en sectores.

Conforme a lo previsto en el articulo 5 del Decreto 11/2008, en la ordenación de los sectores de suelo urbanizable sectori-zado, la adaptación deberá respetar las reglas sustantivas y estándares de ordenación previstos en el artículo 17 de la Ley 7/2002, de17 de diciembre, ajustadas al carácter del sector por su uso característico residencial, industrial, terciario o turístico, salvo los suelosurbanizables en transformación que, como consecuencia del proceso legal de ejecución del planeamiento, tengan aprobado inicial-mente el instrumento de desarrollo correspondiente.

Los sectores adscritos al suelo urbanizable sectorizado conforme a lo expresado en el apartado 3.1 .d de esta Memoria, y susdeterminaciones sustantivas de ordenación en el planeamiento general vigente, son los siguientes:

Ámbito Uso Superficie A.medio Edificabilidad Densidad Espacios libres Dotaciones Aparcamientos Cesiones

S-3 RESIDENCIAL 116500 0,6 0,6 30 21150 1 44450S-6 INDUSTRIAL 41200 0,65 1 4530 1680 1 14420S-7 INDUSTRIAL 39900 0,65 1 4390 1605 1 13965S-8 INDUSTRIAL 235000 0,65 1 25850 9400 1 82250

Nota (La edificabilidad del cuadro anterior se debe entender bruta para el uso residencial y neta para el industrial según serefleja en las fichas de planeamiento contenidas en el artículo 134 de las normas urbanísticas del planeamiento general en vigor)

De lo anterior cabe deducir que las determinaciones del planeamiento vigente son compatibles con las reglas sustantivas yestándares previstos en el articulo 17, en sus apartados1.1º, 1. 2º.b y 3, para uso global industrial, al contener una edificabilidad infe-rior al límite de 1 m2t/m2s, y unas previsiones de dotaciones entre el 14% y el 20%, con estándar de aparcamiento de 1 plaza por cada100 m2t.

En consecuencia, se cumplimentan las exigencias del artículo 5 del decreto mencionado, y se mantienen las condiciones deordenación del planeamiento general vigente para el suelo urbanizable sectorizado, al ser plenamente compatibles con el artículo 17de la LOUA.

4. DOCUMENTACIÓN DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL.

Conforme a lo previsto en el Artículo 6, del Decreto 11/2008, la adaptación parcial esta integrada por un documento unitario,definiendo, en lo sustantivo y documental, la ordenación estructural aplicable a los instrumento de ordenación urbanística vigentes enel municipio, a través de los siguientes subdocumentos:

a) Memoria General: con el contenido y alcance, información y justificación de los criterios de ordenación de la adapta-ción conforme a lo dispuesto en el artículo 3, 4 y 5 del Decreto 11/2008. Se incluye como anexo a la memoria certificado emitido porla Secretaría General del Ayuntamiento respecto de la participación de las Administraciones, órganos y entidades administrativas ges-tores de intereses públicos afectados y de la innecesaridad de solicitud de informes o pronunciamientos de aquellos no afectados.

b) Anexo a las normas urbanísticas en las que se contendrán las determinaciones relativas al contenido de la adaptaciónparcial, reflejando los artículos modificados y derogados, así como los cuadros o fichas que expresen las determinaciones resultantesde la adaptación.

c) Planimetría, integrada por los planos del planeamiento vigente y por aquellos que se proponen tras la adaptación, com-prensivos de las siguientes determinaciones:

I.1.Planos de información de actuaciones sobrevenidas.

I.2.Planos de información de planeamiento vigente y grado de ejecución.

OE-1.Planos de ordenación estructural del término municipal.

OE-2.Planos de ordenación estructural, clasificación y sistemas generales del núcleo urbano del municipio.

OE-3.Plano de ordenación estructural, Usos, densidades, edificabilidades y áreas de reparto del núcleo urbano del municipio.

ANEXO DE NORMAS URBANÍSTICAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

Capítulo 1. Sobre la adaptación parcial del planeamiento general vigente a la LOUA.

Artículo 1. Contenido y alcance de la adaptación parcial del planeamiento general vigente a la LOUA.1. El presente documento es una adaptación parcial del planeamiento general vigente en el municipio de Marchena, a la

Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía 7/2002, de 17 de diciembre, y sus posteriores modificaciones (en adelante LOUA)

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Programación

Ámbito Uso Superficie Figura Tipo de Fecha Órgano Fase de Clase de Categoría Plazo de aprob. Plazo de aprob. Plazo de ejec. Plazo de ejec.acuerdo ejecución suelo figura de proyecto de Urbanización Edificación

planeamiento reparcelación yde Urbanización

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2. De acuerdo con la Disposición Transitoria Segunda.2 de la citada Ley, tienen la consideración de adaptaciones parcialesaquellas que, como mínimo, alcanzan al conjunto de determinaciones que configuran la ordenación estructural, en los términos delartículo 10.1 de dicha Ley.

3. El contenido y alcance de las determinaciones incluidas en la presente adaptación parcial del planeamiento generalvigente a la LOUA, de conformidad con lo regulado en el Decreto 11/2008 de 22 de enero, en sus artículos 2 a 5, es el habilitado porla justificación expresada en la Memoria General, para las determinaciones objeto de adaptación.

Artículo 2. Documentación de la adaptación parcial.1. La presente adaptación parcial del planeamiento general vigente en el municipio de Marchena, a la LOUA, consta de la

siguiente documentación:

û Memoria General: con el contenido y alcance, información y justificación de los criterios de ordenación de la adapta-ción conforme a lo dispuesto en el artículos 3, 4 y 5 del Decreto 11/2008.

û Planimetría integrada, por los planos del planeamiento vigente y los planos I.1 del termino completo y los planos I.2 delnúcleo urbano, como planimetría de información, y por aquellos que se incorporan como planos de ordenación estructu-ral del término municipal (OE.1) y del núcleo urbano (OE.2-3).

û Anexo a las normas urbanísticas: con expresión de las determinaciones relativas al contenido de la adaptación parcial,las disposiciones que identifican los artículos derogados del planeamiento general vigente, así como los cuadros sobrelos contenidos de las fichas de planeamiento y gestión que expresen las determinaciones resultantes de la adaptación.

Capítulo 2. Sobre la vigencia, documentación e interpretación de los instrumentos de planeamiento general.

Artículo 3. Vigencia de los instrumentos de planeamiento general.1. El planeamiento general vigente en el municipio esta integrado por la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planea-

miento Municipal de Marchena aprobada definitivamente conforme al acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del (1.1)Con las modificaciones introducidas por las leyes 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Territorio y Urbanismo de Sevi-lla de fecha 27 de septiembre de 1995. Dicho instrumento asimila su denominación a Plan General de Ordenación Urbanística (enadelante PGOU) en virtud de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Cuarta.3 de la LOUA.

2. Integran además el planeamiento general del municipio, las modificaciones del mismo, aprobadas definitivamente en elperiodo de vigencia del instrumento anterior.

Igualmente, forman parte del planeamiento general, con el alcance determinado en la Disposición Transitoria Primera deestas Normas Urbanísticas, el planeamiento de desarrollo definitivamente aprobado.

3. Las determinaciones de los instrumentos de planeamiento anteriores quedaran innovados por la presente adaptación par-cial a la LOUA, en los términos determinados por las presentes Normas Urbanísticas.

Artículo 4. Documentación de los instrumentos de planeamiento general vigentes.1. Los instrumentos de planeamiento identificados en el artículo 3 de estas Normas Urbanísticas, conservarán como vigen-

tes el conjunto de la documentación que los integra como un todo unitario y coherente, hasta el momento de su total revisión o adapta-ción completa a la LOUA, y ello, sin perjuicio del valor interpretativo de sus determinaciones, que se realizará de modo coherente conlo establecido en el artículo 5 de estas Normas Urbanísticas, y con los contenidos de la Memoria General de esta adaptación parcial.

2. La documentación de la presente adaptación parcial será considerada como un anexo constituido por los documentosdescritos en el artículo 2. Dicha documentación se considerará integrada, con carácter complementario o subsidiario, en el conjuntode documentos de los instrumentos de planeamiento general vigentes a los que afecta.

3. A los efectos de lo regulado en los apartados anteriores la documentación del planeamiento general del municipio quedadefinida del siguiente modo respecto a la documentación exigible a un Plan General de Ordenación Urbanística:

Memoria General: integrada por la Memoria General de esta Adaptación Parcial, y la memoria Justificativa del PlaneamientoGeneral Vigente, sus modificaciones, y sus documentos anexos. Contiene la información, los objetivos generales y la justificación delos criterios adoptados, y constituye el instrumento básico para la interpretación del Plan en su conjunto.

ü Planos de información: constituidos por los del planeamiento general vigente y sus innovaciones, así como aquellos pla-nos de información que constituyen la base de información de la presente adaptación parcial.

ü Planos de ordenación estructural: del término municipal (OE.1) y del núcleo de urbano (OE.2-3), con las determinacio-nes previstas en la legislación urbanística.

ü Planos de ordenación completa: la planimetría de ordenación de los instrumentos de planeamiento general y de desarro-llo vigentes serán considerados como integrantes en ella. Para la correcta interpretación de sus determinaciones se estaráa lo regulado en el artículo 5 de estas Normas Urbanísticas.

ü Normativa Urbanística: constituye el cuerpo normativo de la ordenación, e incluye, además de estas Normas Urbanísti-cas, las correspondientes al planeamiento general vigente, sus innovaciones y del planeamiento de desarrollo aprobado,que no sean expresamente derogadas o resulten inaplicables por las presentes normas urbanísticas, así como sus Fichasde Planeamiento y Gestión, con las innovaciones contenidas en el Anexo 1 de estas Normas.

ü Otros documentos complementarios del PGOU vigente

Artículo 5. Interpretación de los instrumentos de planeamiento general vigentes.1. La interpretación del Plan General corresponde al Ayuntamiento, en el ejercicio de sus competencias urbanísticas, sin

perjuicio de las facultades propias de la Junta de Andalucía conforme a las leyes vigentes, y de las funciones jurisdiccionales delPoder Judicial.

2. Los distintos documentos del Plan General integran una unidad cuyas determinaciones deben aplicarse según el sentidopropio de la Memoria General, en razón a sus contenidos, finalidad y objetivos, en relación con el contexto y los antecedentes históri-cos y legislativos.

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3. En caso de contradicción entre las determinaciones, prevalecerá:ü La memoria sobre la planimetría.ü La normativa urbanística sobre los restantes documentos del Plan en cuanto a ejecución del planeamiento, régimen jurí-

dico y aprovechamiento del suelo.ü La planimetría de ordenación completa sobre la restante planimetría en cuanto a su mayor precisión, y en particular, los

de menor escala sobre los de mayor escala. Las determinaciones gráficas de un plano de ordenación de contenido espe-cífico prevalecen sobre la representación de estás en los demás planos.

ü Las ordenanzas generales sobre las particulares.

4. En lo relativo a las determinaciones reguladas por esta adaptación parcial en los capítulos 3 a 5, prevalecerá el conte-nido expresado en los documentos de la misma respecto a los del planeamiento general vigente, estableciéndose para ello, el mismoorden de prelación documental establecido en el apartado anterior, en caso de contradicción entre ellos.

Capítulo 3. Sobre la ordenación estructural del municipio y su núcleo urbano.

Artículo 6. Ordenación estructural del municipio y su núcleo urbano.1. De conformidad con lo regulado en la legislación urbanística ,la presente adaptación parcial del Plan General de Orde-

nación Urbanística determina en el plano de ordenación estructural del municipio (OE.1), y en el del núcleo urbano Articulo 10.1 .Ade la LOUA, modificado por artículo 23 uno de la Ley 13/2005; y artículos 3 y 4 del Decreto 11/2008, de 22 de enero.

(OE.2-3), así como en la presente normativa urbanística, los aspectos concretos y el alcance de las determinaciones que con-figuran su ordenación estructural.

2. Forman parte de la ordenación estructural del PGOU vigente, y de sus innovaciones, las determinaciones contenidas enlos instrumentos planeamiento general vigente no adaptados a la LOUA, afectadas por las materias reguladas en el artículo 10.1 dedicha Ley.

Artículo 7. Identificación de la ordenación estructural.1. Las determinaciones propias de la ordenación estructural se identifican en lo referente a sus dimensiones físicas y espa-

ciales en los planos de ordenación estructural; y en lo referente a su regulación normativa y a la definición de sus parámetros de orde-nación, en el modo que determina esta normativa urbanística.

2. Al objeto de asegurar la distinción e identificación en esta normativa urbanística de los contenidos y determinacionespertenecientes a la ordenación estructural, se señalan con las siglas «(OE)» los artículos, párrafos, o determinaciones que formanparte de la misma.

Artículo 8. La clasificación y categorías del suelo (OE).1. El Plan General de Ordenación Urbanística, de conformidad con lo establecido en la normativa urbanística vigente, cla-

sifica los terrenos incluidos en el término municipal identificando las clases de suelo, con adscripción de los terrenos a sus categorías,delimitadas en los planos de ordenación estructural del termino municipal OE.1 y del núcleo urbano OE.2-3, del siguiente modo:

a. Suelo urbano:

Delimitado conforme a los requisitos señalados por la legislación urbanística , e integrado por los suelos adscritos a lassiguientes categorías:

El suelo urbano consolidado (SUC), que queda ordenado específicamente de modo detallado en el Plan y cuyo desarrolloviene posibilitado por la aplicación directa de las Ordenanzas.

ü El suelo urbano no consolidado (SUNC) con ordenación detallada incluido en unidades de ejecución, donde el Plan esta-blece la ordenación pormenorizada, y en las fichas de planeamiento y gestión contenidas en el planeamiento vigente para cada unidad.

ü El suelo urbano no consolidado carentes de urbanización consolidada.

b. Suelo no urbanizable:

Delimitado de acuerdo con los requisitos marcados por la legislación aplicable e integrado en este Plan por los suelos adscri-tos a las siguientes categorías:

1. Categoría de Especial Protección por Legislación Específica: al concurrir en ellos las características descritas en el arti-culo 46.2.a, en relación con el 46.1 .a y b, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de su proteccióncontenidos en la Memoria justificativa y de ordenación del ordenamiento vigente:

û Los cauces y riberas de ríos y arroyos como Dominio Público Natural Hidráulico por el RD legislativo 1/2001 TextoRefundido de la Ley de Aguas.

û Ribera del Corbones , incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como«Complejo Ribereño de Interés Ambiental» RA-6, con una superficie de 661 ha. al que le son de aplicación las NormasParticulares números 35 y 40.

û Río Corbones, declarado Lugar de Interés Comunitario por la Red Natura 2000 (cód. ES61 80011) con un área de341,25 ha.

û Decreto 429/2008 de 29 de julio, por el que se declaran zonas de especial protección para aves «Campiñas de Sevilla» y«Alto Guadiato». En dichas zonas quedan afectados terrenos comprendidos en el término municipal de Marchena.

û Laguna de Sevilla, incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como «ZonaHúmeda Transformada» HT-1 0, con una superficie de 48 ha. al que le son de aplicación las Normas Particulares núme-ros 35 y 41.

û Laguna de los Ojuelos, incluida en el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla como«Zona Húmeda Transformada» HT-1 3, con una superficie de 201 ha. al que le son de aplicación las Normas Particula-res números 35 y 41.

û Red de Vías Pecuarias, por las características que les reconoce la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias y su Reglamento(Decreto155/1998).

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û Yacimientos arqueológicos, por estar incluidos en el Catálogo de Yacimientos Arqueológicos de la Consejería de Cul-tura con las características que les reconoce la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía.

û Zona arqueológica de Montemolín , incoado expediente por la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejeríade Cultura de la Junta de Andalucía, de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor delyacimiento de Montemolín (BOJA Nº1 01 DE 7/11/86; BOE DE 27/2/87).

2. Categoría de Especial Protección por Planificación Territorial o Urbanística: al concurrir en ellos las características des-critas en el articulo 46.2.b, en relación con el 46.1 .c, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de suprotección contenidos en la Memoria justificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

û Zonas de restauración de elementos naturales: Espacios Naturales (N) y espacios susceptibles de proporcionar coberturavegetal (V). la normativa de especial protección se encuentra regulada en el capitulo VI, sección sexta, artículos 105-109 de la normativa urbanística de las Normas subsidiarias en vigor.

û Zonas de protección de yacimientos arqueológicos. La normativa de especial protección se encuentra regulada en elcapitulo VI, sección sexta, artículos 110-111 de la normativa urbanística las normas subsidiarias en vigor.

3. Categoría de carácter natural o rural: al concurrir en ellos las características descritas en el articulo 46.2.c, en relacióncon el 46.1 .f, ambos de la LOUA. Todo ello, con base en la información y justificación de sus valores contenidos en la Memoria jus-tificativa y de ordenación del ordenamiento vigente.

û Zonas de mantenimiento de usos de producción agrícola y ganadera.û Zona de huertos familiaresPara este suelo es de aplicación directa la normativa del planeamiento vigente en función de su zonificación, sin perjuicio de

lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de estas Normas Urbanísticas.4. Las actuaciones en suelo no urbanizable referidas a vivienda unifamiliar y a las de interés público contenidas en el capi-

tulo VII de la normativa urbanísticas de las normas subsidiarias, se realizarán de acuerdo con los artículos 42, 43 y 52 de la LOUA.c. Suelo Urbanizable:Delimitado conforme a los requerimientos de la legislación urbanística e integrado en este Plan por el suelo adscrito a las

siguientes categorías:û Ordenado (PA-SUO), constituido por sectores cuyo planeamiento de desarrollo se encuentra definitivamente aprobado

(PA) de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de estas Normas Urbanísticas.û Sectorizado (SUS) constituido por sectores sujetos a planeamiento de desarrollo mediante Planes Parciales, que estable-

cerán la ordenación detallada siguiendo los criterios y directrices establecidos en el Plan para cada uno de ellos en lascorrespondientes fichas de planeamiento y gestión del planeamiento general vigente, y en el anexo 1 de estas NormasUrbanísticas.

2. Las fichas de planeamiento y gestión del planeamiento general vigente, con las innovaciones expresadas en el Anexo 1a estas Normas Urbanísticas recogen las características de los distintos ámbitos, definiendo en cada caso los parámetros de aplicaciónpara su desarrollo.

3.- La clasificación y adscripción de la categoría del suelo constituye la división básica de éste a efectos urbanísticos ydetermina los regímenes específicos de derechos y deberes de sus propietarios conforme a lo regulado en la vigente legislación urba-nística.

Artículo 9. Disposiciones sobre vivienda protegida. (OE).1. Conforme a lo establecido en el articulo 3.2.b del Decreto 11/2008, de 22 de enero, la reserva de vivienda protegida pre-

vista en la vigente legislación urbanística , no será exigible a los sectores que cuenten con ordenación pormenorizada aprobada ini-cialmente con anterioridad al 20 de enero de 2007, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única de la Ley13/2005, de 11 de septiembre, ni en aquellas áreas que cuenten con ordenación pormenorizada, aprobada inicialmente, con anteriori-dad al inicio del trámite de aprobación de este documento de adaptación parcial.

2. En cuanto al suelo urbano no consolidado, que carece de ordenación pormenorizada, se deberán reservar las edificabili-dades contenidas en el cuadro adjunto para vivienda protegida.

Ámbito Uso Superficie Total suelo Total Fase de Clase de Categoría Area Densidad Nº de Edificabilidad Edificabilidad 30% vpoedificable(m2) cesiones(m2) ejecución desuelo homogénea viviendas Total (m2techo)

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 6 0,99 990 297,00UA-11 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 14 0,66 1320 396,00UA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 4 68,61 53 0,66 5115 1534,50UA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 6 34,11 7 0,56 1176 352,80UA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 15 0,99 2277 683,10UA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 10 0,99 1584 475,20UA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 3 64,1 21 0,99 3168 950,40UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 90 1,29 24068,8 7220,65UA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 14 1,29 3676,5 1102,95UA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 24 1,29 6394,53 1918,36UA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 4 1,29 949,44 284,83UA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO 1 48,23 3 1,29 927,51 278,25

3. En lo referente a aprovechamientos, se establece un coeficiente de 0.77 para la vivienda protegida.

Artículo 10. Sistemas pertenecientes a la ordenación estructural. (OE).1. La adaptación parcial identifica como ordenación estructural del PGOU, aquellos sistemas constituidos por la red básica

de terrenos, reservas de terrenos y construcciones de destino dotacional público que por su función o destino específico, por susdimensiones o por su posición estratégica integren o deban integrar, según el planeamiento vigente, la estructura actual o de desarro-llo urbanístico del término municipal en su conjunto o en cualquiera de sus partes; entendiendo con ello que, independientemente deque el uso sea educativo, deportivo, sanitario u otros, por la población a la que sirven o por el área de influencia a la que afectan,superan el ámbito de una dotación local.

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2. Los sistemas de espacios libres y dotaciones anteriores son los identificados en el plano de ordenación estructural OE.1y OE.2.

Artículo 11. Usos, edificabilidades y densidades globales del suelo urbano consolidado y de los sectores del suelo urbani-zable (OE).

1. El Plan General establece en el plano de ordenación estructural OE.3 para el suelo urbano consolidado y los sectores delsuelo urbanizable la asignación de usos globales, considerando éstos, como el uso característico a una zona, área o sector que es sus-ceptible de ser desarrollado en usos pormenorizados, conforme a la regulación contenida en el PGOU y sus ordenanzas.

Los usos globales y pormenorizados se regulan para el suelo urbano y urbanizable en el Título II de las Normas del PGOUvigente.

2. El Plan General establece según lo exigido en la vigente legislación urbanística para el suelo urbano consolidado y lossectores del suelo urbanizable la asignación de edificabilidades y densidades globales, en su caso, conforme al siguiente detalle:

Ámbito de ordenación Zona area Superficie Uso global Densidad Edificabilidadeshomogénea m2s global globales

RESIDENCIAL INTRAMUROS Area 1 184.340 RESIDENCIAL 48,23 1,29ARRABALES HISTÓRICOS Area 2 547.227 RESIDENCIAL 74,14 1,51EXTENSIÓN RESIDENCIAL 1 Area 3 427.612 RESIDENCIAL 64,10 0,99EXTENSIÓN RESIDENCIAL 2 Area 4 283.208 RESIDENCIAL 68,61 0,66EXTENSIÓN RESIDENCIAL 3 Area 5 116.075 RESIDENCIAL 48,68 0,76EXTENSIÓN RESIDENCIAL 4 Area 6 138.666 RESIDENCIAL 34,11 0,56EXTENSIÓN INDUS. ALMACÉN AGRÍCOLA Area 7 298.532 INDUSTRIAL 1 ,07EXTENSIÓN INDUSTRIAL Area 8 731.237 INDUSTRIAL 0,73POLÍGONO INDUSTRIAL Area 9 200.000 INDUSTRIAL 0,65

Ámbito de ordenación Area de Superficie Uso global Aprov. Edificabilidades Densidadreparto m2s medio globales global

CAMINO DEL LORO (S-1) AR-1 1 15300 RESIDENCIAL 0,75 0,75 50EL PARQUE(S-2) AR-2 97400 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20LA CORTE(S-3) AR-3 116500 RESIDENCIAL 0,6 0,6 30CARRETERA PUEBLA DE CAZALLA (S-4) AR-4 1 04800 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20SAN GNES AR-5 155879 RESIDENCIAL 0,5 0,5 20CAMINO DE MORÓN 1(S-6) AR-6 41200 INDUSTRIAL 0,65 0,65CAMINO DE MORÓN 2(S-7) AR-7 39900 INDUSTRIAL 0,65 0,65PUEBLA DE CAZALLA (S-8) AR-8 235000 INDUSTRIAL 0,65 0,5

Artículo 12. Áreas de reparto y aprovechamiento medio en suelo urbanizable (OE).

1. Conforme a lo previsto en el articulo 3.2.e del Decreto 11/2008, se mantiene la delimitación de las áreas de reparto y elconsiguiente aprovechamiento medio del planeamiento general vigente, definido en el articulo 139.2 de las Normas Urbanísticas delPGOU vigente, así como en la regulación al efecto de sus innovaciones.

2. La denominación de «aprovechamiento tipo» del PGOU vigente tendrá la consideración de «aprovechamiento medio»,según la regulación contenida en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Artículo 13. Elementos y espacios de especial valor (OE).1. Conforme a lo regulado en la vigente legislación urbanística los espacios, ámbitos o elementos que hayan sido objeto

de especial protección, por su singular valor arquitectónico, histórico o cultural forman parte de la ordenación estructural. A estosefectos, se consideran elementos de especial protección, los identificados en el capitulo VIII del Titulo II de las normas de proteccióndel PGOU vigente y en el apartado 1.2 de las ordenanzas reguladoras de PE de Protección del Conjunto Histórico.

2. En el suelo no urbanizable, los elementos y espacios de especial protección son identificados en su categoría correspon-diente, quedando de este modo, integrados en la ordenación estructural del PGOU resultante de la presente adaptación parcial.

Artículo 14. Normas del suelo no urbanizable de especial protección y medidas que eviten la formación de nuevos asenta-mientos. (OE).

1. Conforme a lo regulado en la vigente legislación urbanística (14.1) las normas reguladoras de los suelos adscritos a lascategorías de suelo no urbanizable de especial protección serán las reguladas en el Capítulo VI del Título II de las Normas Urbanísti-cas de las NNSS vigentes.

2. Las medidas para evitar la formación de nuevos asentamientos son las establecidas en Capítulo VII del Título II de lasNormas Urbanísticas de las NNSS vigentes y en el artículo 52.6 de la LOUA.

Capítulo 4. Sobre los estándares y reglas sustantivas de ordenación de los sectores del suelo urbanizable.

Artículo 15. Dotaciones, edificabilidades y densidades de los sectores del suelo urbanizable.1. Conforme a lo previsto en el articulo 5 del Decreto 11/2008, la ordenación de los sectores de suelo urbano no consoli-

dado y de suelo urbanizable sectorizado, deberá respetar las reglas sustantivas y estándares de ordenación previstos en el artículo 17de la LOUA, en relación al uso global determinado para cada uno de ellos en el Anexo 1 de estas Normas.

2. Los suelos urbanizables sectorizados en transformación que, como consecuencia del proceso legal de ejecución del pla-neamiento, tengan aprobado inicialmente el instrumento de desarrollo correspondiente al momento de la formulación de esta adapta-ción parcial, mantendrán, a los efectos regulados en este artículo, las condiciones de ordenación del artículo 134 del PGOU vigente.Solamente se modificarán los apartados 3, 6, 7 y 8 en los que se modifica el aprovechamiento tipo por el medio manteniendo su valory se dotará de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 de techo edificado y además en el apartado 3, ( sector 3 «La Corte»), seconsiderará una cesión global de 21150 m2 cumpliendo de este modo con los estándares del apartado anterior.

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Capítulo 5. Sobre la programación y gestión de la ordenación estructural.

Artículo 16. Programación y gestión de la ordenación estructural.1. A los efectos previstos en el articulo 3.2.g del Decreto 11/2008, sobre la determinación de las previsiones generales de

programación y gestión de los elementos o determinaciones de la ordenación estructural, se mantienen los plazos generales de ejecu-ción de las actuaciones contempladas en el Título III PGOU vigente, y los establecidos por sus innovaciones, y los contenidos en elplaneamiento de desarrollo aprobado definitivamente. Para las actuaciones urbanísticas que tienen agotado el plazo de iniciativapública o privada previsto en el vigente PGOU se establece la siguiente programación:

Actuación Ámbito Uso Superficie Figura Tipo de Fecha ai Fecha Órgano Fase de Clase de Categoría Plazo de aprob. Plazo de aprob. Plazo de ejec Plazo de ejecurbanística acuerdo ejecución suelo Figura de Proyecto de reparc. urbanización Edificación

y de urbanización urbanización

CAMINO DEL LO RO S-1 RESIDENCIAL 115300 PP AD 27/04/2006 PLENO SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DO S AÑOS CINCO AÑOSEL PARQUE S-2 RESIDENCIAL 97400 PP AD 22/09/2005 27/12/2007 PLENO SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSLA CORTE S-3 RESIDENCIAL 116500 PP AI 18/01/2007 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DO S AÑOS CINCO AÑOSCARRETERA PUEBLA DE CAZALLA S-4 RESIDENCIAL 104800 PP AD 27/05/1999 CPOTU EN EJECUCIÓN URBANIZABLE ORDENADO DO S AÑOS CINCO AÑOSSAN GINÉS S-5 RESIDENCIAL 155879 PP AD 10/05/2002 CPOTU SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSCAMINO DE MORÓN 1 S-6 INDUSTRIAL 41200 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSCAMINO DE MORÓN 2 S-7 INDUSTRIAL 39900 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO DOS AÑOS UN AÑO DO S AÑOS CINCO AÑOSPUEBLA DE CAZALLA S-8 INDUSTRIAL 235000 PP SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO UN AÑO UN AÑO DO S AÑOS CINCO AÑOS

Programación

Ámbito Uso Superficie Figura Tipo de Fecha Órgano Fase de Clase de Categoría Plazo de aprob. Plazo de aprob. Plazo de ejec. Plazo de ejec.acuerdo ejecución suelo figura de proyecto de Urbanización Edificación

planeamiento reparcelación yde Urbanización

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-10 RESIDENCIAL 5.800 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-11 RESIDENCIAL 2.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-13 RESIDENCIAL 7.750 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-18 RESIDENCIAL 11.800 ED AD 30-mar-06 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-19 RESIDENCIAL 2.100 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-20 RESIDENCIAL 2.000 ED AD 20-mar-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-21 RESIDENCIAL 7.000 ED AD 5-nov-02 COM GOB SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-22 RESIDENCIAL 2.300 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-24 RESIDENCIAL 1.600 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-26 RESIDENCIAL 3.200 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-27 INDUSTRIAL 4.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-30 INDUSTRIAL 8.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-31 INDUSTRIAL 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-32 INDUSTRIAL 7.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-33 INDUSTRIAL 6.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-34 INDUSTRIAL 8.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-35 INDUSTRIAL 9.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-36 INDUSTRIAL 17.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-37 INDUSTRIAL 10.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-40 INDUSTRIAL 13.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-41 INDUSTRIAL 3.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-42 INDUSTRIAL 2.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-44 INDUSTRIAL 9.500 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-45 RESIDENCIAL 12.000 ED AD 6-feb-07 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-47 INDUSTRIAL 76.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-48 INDUSTRIAL 60.000 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-B1 RESIDENCIAL 18.658 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-B2 RESIDENCIAL 2.850 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-C1 RESIDENCIAL 4.957 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-C2 RESIDENCIAL 2.774 ED AD 24-dic-05 PLENO SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-C3 RESIDENCIAL 736 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOSUA-C4 RESIDENCIAL 719 SIN EJECUTAR URBANO NO CONSOLIDADO DOS AÑOS UN AÑO DOS AÑOS CINCO AÑOS

2. Dichos plazos se computarán desde el momento de la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que los dispusoo en el caso de la reprogramación contenida en la adaptación parcial des de el momento de la entrada en vigor de ésta.

Capítulo 6. Sobre la incidencia de la legislación sectorial.

Artículo 17. Zonas de protección de la Ley 8/2001 de 12 de julio, de carreteras de Andalucía.Se establecen cuatro zonas de protección:ü Dominio publico adyacente regulada en los artículos 12 y 63 de la Ley 8/200 1 de 12 de julio.ü De servidumbre legal regulada en los artículos 54 y 64 de la Ley 8/200 1 de 12 de julio.ü De afección regulada en el artículo 55 de la Ley 8/200 1 de 1 2 de julio.ü De no edificación regulada en el artículo 56 de la Ley 8/200 1 de 12 de julio.

Disposiciones transitorias.Primera: Alcance del planeamiento aprobado (PA).

1. A los efectos previstos en el articulo 2 de estas Normas Urbanísticas, se considera «planeamiento aprobado (PA)» al pla-neamiento de desarrollo de actuaciones previstas en el planeamiento general del municipio, que haya sido aprobado definitivamente,y así reconocido en el plano de ordenación estructural del núcleo urbano OE.2.

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2. Dicho planeamiento se considera integrante del planeamiento general, en lo relativo a la determinación de la ordenacióndetallada(DTP.1 ) de los sectores adscritos a la categoría de suelo urbanizable ordenado, de sistemas generales ejecutados, o de áreasde reforma interior, en su caso.

3. La situación anterior se mantendrá en tanto dichos instrumentos de planeamiento no sean expresamente derogados porel planeamiento general.

Segunda. Interpretación de los preceptos del planeamiento general vigente en relación a la entrada en vigor de la LOUA y deldocumento de adaptación parcial.

1. Conforme a lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda.1 de la LOUA, y hasta tanto no se produzca la total adap-tación del planeamiento general vigente a esta Ley, o se efectúe su Revisión, y sin perjuicio de lo establecido en su Disposición Tran-sitoria Primera. 1, en la interpretación de los instrumentos de planeamiento vigentes se aplicaran las siguientes reglas:

û Las disposiciones que fuesen contradictorias con los preceptos de la LOUA de inmediata y directa aplicación seráninaplicables.

û Todas las disposiciones restantes se interpretaran de conformidad con la LOUA.

2. En caso de discrepancias entre el documento de adaptación parcial y las NNSS prevalecerán estas ultimas sobre las pri-meras, siempre que esta divergencia no tenga su origen en el objeto mismo de la adaptación, concretamente , la aplicación sobreve-nida de disposiciones de directa aplicación, el reconocimiento de las alteraciones que se hayan producido como consecuencia de eje-cución del planeamiento vigente, así como el contenido, alcance y criterios establecidos en los artículos 3 , 4 y 5 del Decreto 11/2008y que se desarrollan en este documento.

3.-Junto con el documento de adaptación parcial, seguirá teniendo la consideración de documento de consulta el resto dedocumentos de planeamiento en vigor, a los efectos prevenidos en el artículo 40 de la Ley de Ordenación Urbanística.

Disposición derogatoria única. Artículos del planeamiento general derogados.1. Debido a la entrada en vigor de normas de rango superior, en particular la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de

Andalucía, modificada por la Ley 13/2005 y el Texto Refundido Estatal de la Ley del Suelo ( RDleg 2/2008) existen preceptos en lasNormas Subsidiarias que entran en colisión con éstas que se entienden derogadas al tratarse de normas de rango superior de directaaplicación. A los meros efectos de aclaración, se entienden derogadas las siguientes disposiciones de las Normativas del planea-miento general en vigor del ayuntamiento de Marchena:

ü Artículo 15.ü Artículo 19.ü Artículo 94 apartado 2.ü Artículo 113.ü Artículo 114 apartado 2.ü Artículo 114 apartado 3.ü Artículo 114 apartado 4.ü Artículo 120 apartado b.

2. La adaptación parcial del planeamiento general, por su naturaleza, no deroga la vigencia jurídica de las Normas Subsi-diarias de Planeamiento del municipio de Marchena, si bien las desplaza a los meros efectos formales, de utilización y consulta comoinstrumento integrador de la ordenación urbanística vigente en el municipio.

3. En lo relativo a las determinaciones reguladas por esta adaptación parcial en las materias objeto de la misma, prevale-cerá el contenido expresado en ésta respecto del planeamiento general vigente, estableciéndose para ellos, el mismo orden de prela-ción documental establecido en el apartado correspondiente de la normativa urbanística del citado planeamiento general en vigor, encaso de contradicción entre ellos.

ANEXO 1. CLASE Y CATEGORÍAS DEL SUELO PARA LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS.

Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable(m2) Total cesiones(m2) Clase de suelo Categoría

UA-8 RESIDENCIAL 1.000 620 380 URBANO NO CONSOLIDADOUA-10 RESIDENCIAL 5.800 3.400 2.400 URBANO NO CONSOLIDADOUA-11 RESIDENCIAL 2.000 1.000 1.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-13 RESIDENCIAL 7.750 4.250 3.500 URBANO NO CONSOLIDADOUA-18 RESIDENCIAL 11.800 5.800 6.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-19 RESIDENCIAL 2.100 1.500 600 URBANO NO CONSOLIDADOUA-20 RESIDENCIAL 2.000 1.500 500 URBANO NO CONSOLIDADOUA-21 RESIDENCIAL 7.000 4.000 3.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-22 RESIDENCIAL 2.300 1.700 600 URBANO NO CONSOLIDADOUA-24 RESIDENCIAL 1.600 1.000 600 URBANO NO CONSOLIDADOUA-26 RESIDENCIAL 3.200 2.500 700 URBANO NO CONSOLIDADOUA-27 INDUSTRIAL 4.500 3.500 1.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-30 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-31 INDUSTRIAL 3.500 0 3.500 URBANO NO CONSOLIDADOUA-32 INDUSTRIAL 7.500 5.900 1.600 URBANO NO CONSOLIDADOUA-33 INDUSTRIAL 6.000 4.850 1.150 URBANO NO CONSOLIDADOUA-34 INDUSTRIAL 8.000 6.000 2.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-35 INDUSTRIAL 9.500 7.000 2.500 URBANO NO CONSOLIDADOUA-36 INDUSTRIAL 17.000 13.000 4.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-37 INDUSTRIAL 10.500 7.500 3.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-40 INDUSTRIAL 13.000 10.000 3.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-41 INDUSTRIAL 3.500 2.600 900 URBANO NO CONSOLIDADOUA-42 INDUSTRIAL 2.500 1.750 750 URBANO NO CONSOLIDADOUA-44 INDUSTRIAL 9.500 7.500 2.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-45 RESIDENCIAL 12.000 7.000 5.000 URBANO NO CONSOLIDADOUA-47 INDUSTRIAL 76.000 56.500 19.500 URBANO NO CONSOLIDADOUA-48 INDUSTRIAL 60.000 46.000 14.000 URBANO NO CONSOLIDADO

44 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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UA-B1 RESIDENCIAL 18.658 7.385 11.273 URBANO NO CONSOLIDADOUA-B2 RESIDENCIAL 2.850 1.675 1.175 URBANO NO CONSOLIDADOUA-C1 RESIDENCIAL 4.957 2.974 1.983 URBANO NO CONSOLIDADOUA-C2 RESIDENCIAL 2.774 1.665 1.109 URBANO NO CONSOLIDADOUA-C3 RESIDENCIAL 736 441 295 URBANO NO CONSOLIDADOUA-C4 RESIDENCIAL 719 432 287 URBANO NO CONSOLIDADO

Actuación urbanística Ámbito Uso Superficie Fase de ejecución Clase de suelo Categoría

CAMINO DEL LORO S-1 RESIDENCIAL 1 15300 SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADOEL PARQUE S-2 RESIDENCIAL 97400 SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADOLA CORTE S-3 RESIDENCIAL 116500 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADOCARRETERA PUEBLA DE CAZALLA S-4 RESIDENCIAL 104800 EN EJECUCIÓN URBANIZABLE ORDENADOSAN GINÉS S-5 RESIDENCIAL 155879 SIN EJECUTAR URBANIZABLE ORDENADOCAMINO DE MORÓN 1 S-6 INDUSTRIAL 41200 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADOCAMINO DE MORÓN 2 S-7 INDUSTRIAL 39900 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADOPUEBLA DE CAZALLA S-8 INDUSTRIAL 235000 SIN EJECUTAR URBANIZABLE SECTORIZADO

Lo que hago público para su general conocimiento.

Marchena a 31 de agosto de 2009.—El Alcalde, Juan María Rodríguez Aguilera.

20W-12403

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 45

LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 285,de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación dela iniciación de los expedientes sancionadores que se indican,instruidos por esta Alcaldía, a las personas o entidades denun-ciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, estano se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la SecretaríaGeneral de este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derechode alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente,con aportación o proposición de las pruebas que considerenoportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contadosdesde el siguiente al de la publicación del presente en el«Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Expediente DNI/CIF Nombre Precepto Cuantía

421/2009 52254598-R Santiago Rojo Olmedo 1.53.7 36 euros

La Puebla de Cazalla a 15 de septiembre de 2009.—ElAlcalde, Antonio Martín Melero.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado»número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las de resoluciones recaídas en los expedientessancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad san-cionadora, a las personas o entidades denunciadas que a conti-nuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notifica-ción en el último domicilio conocido, esta no se ha podidopracticar.

Contra estas resoluciones que son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse:

A) Recurso de reposición. Tiene carácter potestativo y seinterpondrá ante el órgano que dictó el acto que se impugna,en el pazo de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera,

el plazo será de tres meses, y se contará para el solicitante, apartir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su nor-mativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 117de la Ley 30/1992, modificado por la Ley 4/1999).

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode dicho orden correspondiente, dentro del Plazo de dosmeses, contando a partir del día siguiente al de la publicacióndel presente en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de estederecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán serabonadas en el período voluntario dentro de los 15 díassiguientes a la firmeza, con la advertencia de que de nohacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incre-mentado con el recargo del 20% de su importe por apremio.

Expediente DNI/CIF Nombre Precepto Cuantía

167/2009 28902664-J Aurora García Fernández 1.32.19 72 euros

225/2009 52315668-Y Raúl Conesa Bouza 1. 32.38 60 euros

La Puebla de Cazalla a 15 de septiembre de 2009.—ElAlcalde, Antonio Martín Melero.

20W-12536

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LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 285,de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación dela iniciación de los expedientes sancionadores que se indican,instruidos por esta Alcaldía, a las personas o entidades denun-ciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, estano se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la SecretaríaGeneral de este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derechode alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente,con aportación o proposición de las pruebas que considerenoportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contadosdesde el siguiente al de la publicación del presente en el«Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Ámbito Uso Superficie Total suelo edificable(m2) Total cesiones(m2) Clase de suelo Categoría

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Expediente DNI/CIF Nombre Precepto Cuantía

01 2009 X-6750272-W Bouaichi Radouane Art. 24.C.b Ordenanza Municipal

Reguladora Comercio Ambulante 450 eur.

La Puebla de Cazalla a 9 de septiembre de 2009.—ElAlcalde, Antonio Martín Melero.

20W-12538

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LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de1992), se hace público el decreto de Alcaldía de fecha dos deseptiembre de 2009, instruido por esta Alcaldía, y que dicecomo sigue:

«Vistos los informes emitidos por la Jefatura de la PolicíaLocal de este Ayuntamiento, de fecha 30 de julio de 2009 y 1de septiembre de 2009, por quejas presentadas por vecinos dela calle Virgen de los Remedios, de esta localidad, relativas avivienda sita en calle Virgen de los Remedios número 26, pro-piedad de doña Francisca Correa Correa, la cual se encuentraen muy deficiente estado de higiene, llena de enseres y basurasamontonadas, siendo dificil acceder a la misma.

Por todo ello, he resuelto:

1.º Ordenar inspección sanitaria a la vivienda de calleVirgen de los Remedios número 26, de esta localidad, a efectosde realizar acta de inspección sanitaria de la referida vivienday que se propongan las medidas necesarias para que la vivien-da recupere las condiciones de limpieza y salubridad.

2.º Enviar a la Policía Local para que apoye al Sr. Inspec-tor Sanitario en el ejercicio de su labor.

3.º En caso de que el propietario niegue la entrada al do-micilio, solicitar autorización judicial para el acceso al mismopara emisión de informe sanitario, y adopción de medidas ur-gentes e inaplazables para restablecimiento de las condicionesde higiene y seguridad.

4.º Dar cuenta de esta resolución a la Policía Local, al in-teresado y al Sr. Inspector Sanitario del Área Sanitaria deOsuna.

Lo decreta y firma el Sr. Alcalde-Presidente en el lugar yfecha al principio indicados, ante mi, el Secretario General quecertifico».

El correspondiente expediente obra en la Secretaría Generalde este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derecho de alegarpor escrito lo que en su defensa estime conveniente, con aporta-ción o proposición de las pruebas que consideren oportunas.

La Puebla de Cazalla a 15 de septiembre de 2009.—El Al-calde, Antonio Martín Melero.

8W-12537

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LA RINCONADA

El Teniente-Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de esta ciu-dad.

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Pro-cedimiento Administrativo Común, se hace pública notifica-ción de las resoluciones desestimatorias de recursos potestati-vos de Reposición recaídas en los Expedientes Sancionadoresque se indican, dictadas por la Autoridad competente, a laspersonas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en suúltimo domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos, signifi-cándole que contra lo acordado puede interponer los recursosque se señalan:

1. Contencioso-administrativo.Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con

sede en Sevilla, en el plazo de dos meses (artículos 8 y 46 dela Ley 29/98, de 13 de julio) que deberá contarse:

a) Cuando el acto impugnado deba notificarse personal-mente, desde el día siguiente a la notificación.

b) En el caso de que no proceda la notificación personal,desde el día siguiente al de la última publicación ofi-cial del acto o disposición.

2. Cualquier otro que estime procedente.Formas de pago. La presente resolución puede hacerla

efectiva en la Oficina de Recaudación de la Tenencia de Alcaldíade este Ayuntamiento, sita en Plaza Juan Ramón Jiménez, s/n.

Plazos de ingreso. Según establece el art. 62.2 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre losdías uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recep-ción de la notificación hasta el día 20 del mes poste-rior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábilsiguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre losdías 16 y último de cada mes, desde la fecha derecepción de la notificación hasta el día cinco delsegundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hastael inmediato hábil siguiente.

Transcurrido el plazo del periodo voluntario el importe dela liquidación incurrirá en el recargo regulado en el artículo 28de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria.

Advertir a los presuntos responsables que, de conformidadcon el artículo 8 del citado Reglamento, pueden reconocersevoluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se resolveráel procedimiento con la imposición de la sanción que proceda,o, cuando ésta tenga carácter pecuniario, el pago voluntario,en cualquier momento anterior a la resolución, podrá implicarigualmente la terminación del procedimiento, sin perjuicio delderecho a interponer los recursos procedentes. La Rinconada,4 de abril de 2008.—El Alcalde, P.D. el Tte. Alcalde Delegadodel Área, don Cristóbal Blázquez Sánchez. (Decreto de 16-6-07, BOP número 157 de 9-07-07).

Los correspondientes expedientes obran en el Departamentode Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de La Rin-conada, sito en Plaza Juan Ramón Jiménez, de la localidad.

Expte 31-2009-SMA, contra don Manuel Gabido Barba,con D.N.I. 34.071.333, y domicilio en Calle Cádiz, número 5de Burguillos, por una infracción al art. 3.1 a la OMPBPYMU,cuya sanción es multa de 30,00 euros

La Rinconada a 10 de julio de 2009.—El Alcalde, JavierFernández de los Ríos Torres.

20W-10088———

TOCINA

La resolución de esta Alcaldía número 1136, de esta fecha7 de septiembre del 2009, dice lo siguiente:

Resultando necesaria mi ausencia desde las 00.00 horas deldía 8 de septiembre a las 24.00 horas del día 11 de septiembrede 2009, debido a motivos personales.

Considerando lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal.

Considerando lo dispuesto en los artículos 44.1 y 2 y 47.2del vigente ROF y RJ de las EE LL.

46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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Considerando lo dispuesto en el artículo 48 del mismotexto legal.

Por el presente resuelvo:

Primero.—Que me sustituya en mis funciones durante miausencia el 2.º Teniente de Alcalde, don José Manuel GonzálezZarco, que no podrá revocar las delegaciones otorgadas poresta Alcaldía.

Segundo.—Que se publique en el «Boletín Oficial» de laprovincia extracto de la presente resolución sin perjuicio de quela misma surta efecto desde su fecha.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordi-naria que se celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Tocina a 8 de septiembre de 2009.—El Alcalde Acctal.,José Manuel González Zarco.

8W-12252

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TOCINA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común («BOE» n.º 285, de 27-11-92), modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notificaciónde la resolución recaída en el expediente sancionador que seindica, dictada por esta Alcaldía, a la persona que a continua-ción se especifica, ya que, habiéndose intentado la notificaciónen el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente n.º 318/08.Denunciada: D. Ilie Misu.Municipio: Villanueva del Río y Minas.Fecha: 9-09-09.Cuantía: 45,07 €.Precepto infringido: Art. 94.2F.1.E del Reglamento Gene-

ral de Circulación.

La citada resolución podrá ser impugnada directamenteante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativode Sevilla mediante recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, contados desde el día siguiente al depublicación del presente edicto en el tablón de anuncios delExcmo. Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas (Sevi-lla), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 dela Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administra-tiva, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de que pueda ejerci-tar cualquier otro recurso que estime procedente.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitarcualquier otro recurso que estime procedente.

Tocina a 11 de septiembre de 2009.—El Alcalde acctal.,José Manuel González Zarco.

———

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común («BOE» n.º 285, de 27-11-92), modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notificaciónde la resolución recaída en el expediente sancionador que seindica, dictada por esta Alcaldía, a la persona que a continua-ción se especifica, ya que, habiéndose intentado la notificaciónen el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente n.º 0016/09.Denunciado: D. José Luis Carballido Jiménez.Municipio: Sevilla.Fecha: 3-04-09.Cuantía: 150,00 €.Precepto infringido: Art. 169.2.2 A del Reglamento Gene-

ral de Circulación.

La citada resolución podrá ser impugnada directamenteante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativode Sevilla mediante recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, contados desde el día siguiente al depublicación del presente edicto en el tablón de anuncios delExcmo. Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas (Sevi-lla), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 dela Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administra-tiva, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de que pueda ejerci-tar cualquier otro recurso que estime procedente.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitarcualquier otro recurso que estime procedente.

Tocina a 11 de septiembre de 2009.—El Alcalde acctal.,José Manuel González Zarco.

7W-12445———

TOMARES

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 138 de la Ley30/2007 de Contratos del Sector Público, por esta Alcaldía, sehace pública la adjudicación definitiva del siguiente contrato deobras:

1. Entidad adjudicadora.a) Ayuntamiento de Tomares (Sevilla).b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado

Urbanismo.c) Financiación: Plan de Cooperación a las Obras y Ser-

vicios de competencia Municipal y de Carreteras de 2009.

2. Objeto del contrato.a) Tipo del contrato: Obras.

b) Descripción del objeto: «5.ª fase reurbanización deviarios públicos de Las Almenas, 2.ª fase, en Tomares».

c) Publicación del anuncio: «Boletín Oficial» de la pro-vincia núm. 164, de 17/06/09, y Perfil de Contratante del Excmo.Ayuntamiento de Tomares, www.tomares.es.

3. Tramitación del procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

4. Presupuesto base de licitación.a) Presupuesto licitación: 162.508,63 euros.b) IVA: 26.001,37 euros.

5. Adjudicación provisional.a) Fecha: 1 de septiembre de 2009.b) Contratista: Aljarafe y Medio Ambiente, S.L.c) Nacionalidad: Española.d) Importe:

– Adjudicación: 133.907,11 euros.– IVA: 21.425,14 euros.– Total: 155.332,25 euros.

6. Adjudicación definitiva: 22 de septiembre de 2009.

Tomares a 22 de septiembre de 2009.—El Alcalde, JoséLuis Sanz Ruiz.

11W-12818———

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 dela Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se hace pública notificación sobre inicio de expedien-tes sancionadores instruidos por la Policía Local del Ayunta-miento de Valencina de la Concepción, a las personas o entida-des denunciadas que a continuación se relacionan, ya que ha-biéndose intentado la notificación en el último domicilio cono-cido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Departamen-to de Sanciones del Ayuntamiento de Valencina de la Concep-

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 47

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ción, ante la cual le asisten el derecho de interponer recurso dereposición ante el órgano que dictó el acto que se impugna, den-tro del plazo de un mes, contados desde el siguiente al de la pu-blicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del de-recho para formular las alegaciones y/ o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.

Expediente: 121/09.Denunciado: Antonio Rodríguez Espinosa.Identificación: 27802688.Domicilio: Calle Conde Bustillo, 32, 2. Sevilla 41000.Fecha denuncia: 25/05/2009.Cuantía: 300 euros.Precepto RGC u Ordenanzas Municipales: Art. 91, opc. 1D.

Expediente: 153/09.Denunciado: Javier Alfonso Librero Vázquez.Identificación: 31699684A.Domicilio: Calle Torres, 23. Aznalcóllar (Sevilla) 41870.Fecha denuncia: 17/01/09.Cuantía: 90 euros.Precepto RGC u Ordenanzas Municipales: Art 154, opc. 2A.

Expediente: 154/09.Denunciado: Alejandro Llance Herrera.Identificación: 28836871P.Domicilio: Avda. de Coria ,62. Palomares del Río (Sevilla).Fecha denuncia: 11/06/3009.Cuantía: 150 euros.Precepto RGC u Ordenanzas Municipales: Art. 118, opc. 2A.

Expediente: 155/09.Denunciado: Alejandro Llance Herrera.Identificación: 28836871P.Domicilio: Avda. de Coria, 62. Palomares del Río (Sevilla).Fecha denuncia: 11/06/2009.Cuantía: 150 euros.Precepto RGC u Ordenanzas Municipales: Art. 3, opc. 2C.

Expediente: 168/09.Denunciado: Osvaldo Guff.Identificación: 77802263W.Domicilio: Calle Universidad Salamanca, 7. Bormujos (Se-

villa).Fecha denuncia: 12/07/2009.Cuantía: 90 euros.Precepto RGC u Ordenanzas Municipales: Art. 154, opc 2A.

En Valencina de la Concepción a 15 de septiembre de2009.—El Alcalde, Antonio M. Suárez Sánchez.

11F-12666———

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN

Don Antonio Manuel Suárez Sánchez, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de esta villa,

Hace saber: Advertido error en el acuerdo plenario adoptadoen la sesión celebrada el día 30 de julio de 2009, por el que seaprobaba inicialmente la modificación de la Ordenanza Regula-dora del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Valencinade la Concepción, y una vez subsanado en la sesión celebradapor el Pleno de la Corporación el día 10 de septiembre de 2009,queda el expediente nuevamente expuesto al público por perio-do de treinta días, para que por los interesados se puedan pre-sentar reclamaciones y sugerencias al texto. En caso de que no sepresente ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá defini-tivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional. Todoello de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Valencina de la Concepción a 11 de septiembre de 2009.—El Alcalde, Antonio M. Suárez Sánchez.

11W-12532

EL VISO DEL ALCOR

Don Manuel García Benítez, Alcalde-Presidente del Ayun-tamiento de esta villa.

A través del presente, en cumplimiento de lo dispuesto enel artículo 138 de de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Con-tratos del Sector Público, se hace público el siguiente:

Anuncio de adjudicación de contrato1. Entidad adjudicadora:a. Organismo. Ayuntamiento de El Viso del Alcor.b. Dependencia que tramita el expediente. Delegación

Municipal de Planificación Urbanística y Gestión.c. Número de expediente. CO 23/2009.d. Dirección de internet del perfil del contratante:

www.elvisodelalcor.org.

2. Objeto del contrato:a. Tipo. Contrato de obra.b. Descripción. Mejora urbana en calle Rosario.c. CPV (Referencia de nomenclatura) 45233252-0 IA25-1.d. Medio de publicación del anuncio de licitación: Perfil

del contratante del Ayuntamiento: www.elvisodelalcor.org.

• Fecha de publicación del anuncio de licitación:10/09/2009.

3. Tramitación y procedimiento:a. Tramitación. Urgente.b. Procedimiento. Negociado con publicidad.

4. Presupuesto base de licitación:a. Importe neto 250.599,03 euros.b. IVA (16 %): 40.095,84 euros.c. Importe total: 290.694,87 euros.

5. Adjudicación:a. Fecha. 15 de septiembre de 2009.b. Contratista. Construcciones Antonio Hernández Pine-

da, S.L.c. Importe o canon de adjudicación.

Importe neto 250.599,03 euros.IVA (16 %): 40.095,84 euros.Importe total: 290.694,87 euros.

En El Viso del Alcor a 15 de septiembre de 2009.—El Al-calde-Presidente, Manuel García Benítez.

8W-12740

OTRAS ENTIDADESASOCIATIVAS PÚBLICAS

———CENTRO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

DE SEVILLA, S.A.

Organismo: Centro de Transportes de Mercancías deSevilla, S.A. (Empresa Pública de Puertos de Andalucía-Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta deAndalucía).

En las instalaciones del Centro de Transportes deMercancías de Sevilla, sito en el km 0 de la Autovía A-92, seencuentra en situación de abandono el vehículo que a conti-nuación se relaciona:

Matrícula Marca Modelo

SE-5167-CY HYUNDAI ACCENT

Intentada la comunicación con el titular de dicho vehículo,sin que se haya obtenido respuesta alguna, sirva el presente

48 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

Page 49: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

anuncio para comunicar formalmente su situación de abando-no, advirtiendo al posible titular que, si en el plazo de un mesdesde la fecha de esta publicación no se hubiera hecho cargodel mismo, se procederá a su retirada a desguace.

En Sevilla a 15 de septiembre de 2009.—El DirectorGerente, José Clavero Salvador.

20F-12427-P

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MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOSSÓLIDOS URBANOS «GUADALQUIVIR»

Don Julio Álvarez González, Presidente de la Mancomuni-dad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos «Guadal-quivir».

Por resolución de esta Presidencia de fecha 10 de septiem-bre de 2009 ha sido aprobado el expediente de suministro deun vehículo de recogida selectiva de residuos urbanos equi-pado con caja compactadora de carga superior para la Manco-munidad de Gestión de los RSU «Guadalquivir», aprobandoigualmente los pliego de cláusulas administrativas particularesy de prescripciones técnicas que han de regir el contrato, cuyaadjudicación se llevará a cabo mediante concurso por procedi-miento abierto y tramitación ordinaria.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Mancomunidad para la Gestión de los

Residuos Sólidos Urbanos «Guadalquivir».b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

General.c) Núm. expediente: 354/09.

2. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: de un vehículo de recogida

selectiva de residuos urbanos equipado con cajacompactadora de carga superior.

b) Lugar de entrega: Centro de Servicios de la Man-comunidad «Guadalquivir» en Sanlúcar la Mayor(Sevilla).

c) Plazo de entrega: Veinte semanas.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Varios criterios de adjudicación.

4. Presupuesto base de licitación y criterios de selecciónque se utilizarán para la adjudicación del suministro.a) Presupuesto base de licitación: 163.793,10 €, más IVA.b) Criterios de selección para adjudicación del suministro:

1. Precio 40 puntos2. Ampliacion plazo garantía 15 puntos3. Mejora plazo entrega suministro 5 puntos4. Mejora equipamiento 10 puntos5. Calidad y características funcionales 15 puntos6. Mantenimiento y asistencia técnica 10 puntos

5. Garantías.Provisional: No se exige.Definitiva: 5% del importe de adjudicación del con-trato, excluido el IVA.

6. Obtención de documentos e información.a) Entidad: Mancomunidad para la Gestión de los

RSU «Guadalquivir».b) Domicilio: Carretera A-473, p.k. 0,8, finca «Las

Palmillas».c) Código postal, localidad y apartado de Correos:

41800, Sanlúcar la Mayor, Apdo. 231.d) Teléfono: 955700138.e) Fax: 955700386.

f) Fecha límite de obtención de documentación einformación: Durante el plazo de presentación deproposiciones.

7. Requisitos específicos del contratista.La solvencia económica y financiera, y solvencia téc-nica y profesional señalada en el Pliego de Condicio-nes Administrativas particulares.

8. Presentación de las ofertas.a) Fecha límite de presentación. Quince días natura-

les siguientes a la inserción de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

b) Lugar de presentación:Entidad: En el Registro General de la Mancomuni-dad, de 9.00 a 14:00 horas.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, elempresario deberá justificar la fecha y hora de impo-sición del envío en la oficina de correos y anunciar alórgano de contratación la remisión de la ofertamediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sinla concurrencia de ambos requisitos no será admitidala proposición si es recibida por el órgano de contrata-ción con posterioridad a la fecha de terminación delplazo.

Transcurridos, no obstante, diez días naturalessiguientes a la indicada fecha sin haberse recibido laproposición, ésta no será admitida en ningún caso.

c) Admisión de mejoras: Sí, conforme a lo expresadoen el Pliego de Cláusulas Administrativas.

9. Apertura y ofertas.La apertura de ofertas tendrá lugar en el Salón de Juntas

de la Mancomunidad, a las 11:00 horas del undécimo díasiguiente al día de la fecha de finalización de presentación deproposiciones, en acto público, salvo que dicho día coincidaen sábado o día inhábil, en cuyo caso la apertura tendrá lugaren el mismo lugar y hora del siguiente día hábil. No obstante,si alguna oferta se enviase por correo, la apertura tendrá lugaren la fecha y hora que fije el Presidente de la Mesa de Contra-tación, que será puesta en conocimiento de los interesados.

10. Gastos de anuncios.Los gastos de anuncios serán por cuenta del adjudicatario

del contrato.

Sanlúcar la Mayor, 10 de septiembre de 2009.—El Presi-dente, Julio Álvarez González.

7W-12618-P

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MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOSSÓLIDOS URBANOS «GUADALQUIVIR»

Don Julio Álvarez González, Presidente de la Mancomuni-dad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos «Guadal-quivir».

Por resolución de esta Presidencia de fecha 15 de septiem-bre de 2009 ha sido aprobado el expediente de suministro,para los ejercicios 2010, 2011 2012, de vestuario laboral delpersonal que presta sus servicios en la Mancomunidad, apro-bando igualmente los pliegos de cláusulas administrativas par-ticulares y de prescripciones técnicas que han de regir el con-trato, cuya adjudicación se llevará a cabo mediante concursopor procedimiento abierto y tramitación ordinaria.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Mancomunidad para la Gestión de los

Residuos Sólidos Urbanos «Guadalquivir».b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

General.c) Núm. expediente: 377/09.

Martes 6 de octubre de 2009 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 49

Page 50: Adaptacion Normas Subsidiarias.marchena

2. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: Suministro, para los ejerci-

cios 2010, 2011 y 2012, de vestuario laboral delpersonal que presta sus servicios en la Mancomu-nidad para la Gestión de los RSU «Guadalquivir».

b) Lugar de entrega: Centro de Servicios de la Man-comunidad «Guadalquivir» en Sanlúcar la Mayor(Sevilla).

c) Plazo de entrega: Entregas parciales conforme a loprevisto en el Pliego de Condiciones Administrati-vas Particulares.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Varios criterios de adjudicación.

4. Presupuesto base de licitación y criterios de selecciónque se utilizarán para la adjudicación del suministro.a) Presupuesto base de licitación: 154.780,14 €, más IVA.b) Criterios de selección para adjudicación del sumi-

nistro:

1. Precio 60 puntos2. Ampliacion plazo garantía 20 puntos3. Calidad y características funcionales 20 puntos

5. Garantías.Provisional: No se exige.Definitiva: 5% del importe de adjudicación del con-trato, excluido el IVA.

6. Obtención de documentos e información.a) Entidad: Mancomunidad para la Gestión de los

RSU «Guadalquivir».b) Domicilio: Carretera A-473, p.k. 0,8, finca «Las

Palmillas».c) Código postal, localidad y Apdo. Correos: 41800,

Sanlúcar la Mayor, Apdo. 231.d) Teléfono: 955700138.e) Fax: 955700386.f) Fecha límite de obtención de documentación e

información: Durante el plazo de presentación deproposiciones.

7. Requisitos específicos del contratista.La solvencia económica y financiera, y solvencia téc-nica y profesional señalada en el Pliego de Condicio-nes Administrativas Particulares.

8. Presentación de las ofertas.a) Fecha límite de presentación: Quince días natura-

les siguientes a la inserción de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

b) Lugar de presentación:

Entidad: En el Registro General de la Mancomuni-dad, de 9.00 a 14.00 horas.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empre-sario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envíoen la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación laremisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en elmismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no seráadmitida la proposición si es recibida por el órgano de contra-tación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo.

Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes ala indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta noserá admitida en ningún caso.

c) Admisión de mejoras: Si, conforme a lo expresado enel pliego de cláusulas administrativas.

9. Apertura y ofertas:La apertura de ofertas tendrá lugar en el Salón de Jun-tas de la Mancomunidad, a las 11.00 horas del undé-cimo día siguiente al día de la fecha de finalización depresentación de proposiciones, en acto público, salvoque dicho día coincida en sábado o día inhábil, encuyo caso la apertura tendrá lugar en el mismo lugar yhora del siguiente día hábil. No obstante, si algunaoferta se enviase por correo, la apertura tendrá lugaren la fecha y hora que fije el Presidente de la Mesa deContratación, que será puesta en conocimiento de losinteresados.

10. Gastos de anuncios.Los gastos de anuncios serán por cuenta del adjudica-tario del contrato.

Sanlúcar la Mayor, 15 de septiembre de 2009.—El Presi-dente, Julio Álvarez González.

7W-12619-P

50 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 232 Martes 6 de octubre de 2009

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Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72