actualizacion de la ordenanza sobre campañas de informacion y prevencion de lnfeccion por vih sida

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en artículo 5 de este proyecto Se le ordena los hoteles,moteles,posadas y centros de habitáclón ocasional o que lleven registro de huespedes a entregar como mínimo dos preservativos, aompañado de material informativo para el uso correcto del mismo, como parte del servicio básico sin incremento adicional al cliente

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Page 1: Actualizacion de la Ordenanza Sobre Campañas de Informacion y Prevencion de lnfeccion por VIH SIDA

Hepó.blieaBoliTarialtade Venezuela

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Proyecto de Actualización dela'Ordenanza. .-Sebre Campañas .:de

Informacion y Prevencíon delnfeccion por VIHJSIDA

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(;ab~ Noviembre 2005

Page 2: Actualizacion de la Ordenanza Sobre Campañas de Informacion y Prevencion de lnfeccion por VIH SIDA

/I

REPUBLICA BOLJVARIANA DE VENEZUEL4.ESTAOOZULlA

. - - .

EL CONCEJO MlJNICIPAL DE CABIMAS,

En uso de tas. atrlbuciories legales sanCiona la siguiente

ORDENANZADE-CAMP"ÑASDE INFORMACiÓN yPRE9ENC10NDE INFE:CCIÓN POR VIHISIDA

TITULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

ARTICULO 1: La presente Ordenanza tiene como finalidad procurar elbienestar de todos los babitantes dél· Municlpio"Cabimas, y establecer suderecho a vivírinformados sobré lOs medios deprop.agación y preverrdórrdélainfección' por VI HlS 1DA.

ARTICULO 2: Ésta Ordenanza se orienta en los principios y derechosfundamentales astabtecidos por la Organización Mundial de Salud y de laOrganización de Naciones Unidas, garantiza los derechos funda«lentales deprotección de-las personas que habitan en el Municipio de conformidad oonlaConstitución de la RepublioaBolivariana de Venezuela y ·Ia Constitución delEstado Zulia, con al finde:Prevenit y atender la problemática del VlHISIDA enel Municlpio, bajo los sigurentes principios y derech6s:S.- Derecho a la Vida.b.- Derecho a laSal00.C.- Acceso a la Ciencia y JecnQlogfs~. ,d- Nodiscrtmin~ón yl¡:tProte:cción.delosderechos Hutnanos.e.- Derecho alaEducación·y Formación ¡ñtégradoraactualizada y validada.f. - Derecho a recibir atención oportuna y de calidad.g.- Apego a la normanva vigente y .poHtica$>f\J~cionales~n Salud.h.- Universalidad, equidadeigúaldad a todas las personas sin distingo de raza,credo, condición social, sexo u orientación sexual. .

PARAGRAFO UNIOO:Se entiende que estos principios rectores son dé formafmunclativa y no taxativ8 .. La violacióhdecualquier derechQ .ogarnntíaconsagrada en esta Ordenanza será denunciable ante las autortdádesjudiciales quienes establecerán las responsabilidades administrativas, penalesy civiles.

ARTICULO 3: A losflnesdeJaaPI~ón e interpretación_delá presenteOrdenanza, se coosideranGampañasde PrevenCión de ·Inteccron pcrVIH/SIDA, cualquier informaCl6npublieada en los medios impresos,audiovisuales, ~d¡oeléd.ricos, conferencias ,ycharJas o···vallas publicitarias,cuyo mensaje sea las formas para evitar ta infecciónpOf Virus deInmunodefieieroa Hutnans-(V1H)o Síndrome delnmunodeficienda Hurnán3(8ID4-).

Page 3: Actualizacion de la Ordenanza Sobre Campañas de Informacion y Prevencion de lnfeccion por VIH SIDA

TiTULO· U

CAPITULO I

oe LA PREVENaON DE INFE~Cíót-JPoRVJH

ARTICULO 4: El pre$ervatívo c:6n5titUye un medio de prevención deintecciónde VlH; consecuentemente se ordena a todos ·I.os centros de SaludAmbulatonos o HO$pitalanosPubllcoso Privados dentro de! MunicipioCabimas, dispongan y bfindeo,,4nrortnaciéli· tmpresa y el acceso a lospreselVativos, vigilando lacalidád· y condiCiones optimas de los mismos y encantidades acordes con la dém~f'I(ijade"'apoblaCj6n.

Dichas instituciones se encargaran, ader'nás de fortalecer las campañaseducativas sobre la conveniencia y el uso del preservativo.

ARn~LO 6~Se le. QQ:lel1ª a los hoteles,motelEts,posadas ycenwos' dehabitáclón ocasiOAtil que o .lleven registf()· de hués~es· a entre!lJar~-Qmomínimo d{}s~et"'V.atívQ$,.acompaAado,del'~mat~t:iaJ.,ínformativo.para el uso~tGdet mismo; oomo·¡'ja'!'te"·de1·sefViCio'b'a$iCosiniflCremento.adltilonal. alcliente.

ARTicULO 6: El MUHiCipio garantizara informaCión oportuna yadecuadamente, a la pob!aci6nen general ypartlcularmente a los sectoresmas vulnerabfes, obre la problemática del VIHlSIDA, con datoscientificosactualizados M cuantoslasJorrnas de prevenir la infecci6n deV1HJSfDA.

ARTICULO 7~ El Municipio ,3 ..través de la Direcci~ de DesarroUoSOCialfomentara la difusiónarnplia 'J constanté de programa$~tlvo$ de educación,capacitación y oomunicacióndiseftados explícitamente, para convertir lasactitudes de d~c.sf'..riminaci6nyestígtnatización contra el VIHISIDA, en actitudesde comprensión y prevención.

ARTICULO 8: El MuniCllDioapoyara .~lasR~~ri~sciones No Gubemamentales,AS"'Y'laclooes Civiles· Comühftañ~r 'ln¡~~del Sector priwa(iosv .IasV\,,;,.f1, - - , -, . "y J

Asoci~ciones de personas que viven con VIH/SIDA para planificafy organiz~rCampatVas lnformativasqoe fomenten el res.peto.de los deteCh0s y la dignidadde las personas que vNen con VlHlSIDA, I1til~and'o para étlo diversos mediOs

'de ~mun¡cact6n (Proi1Sa, Radio, TetéviSi6Ii, Teatro, 'J cuslQuierotromédíopubHditario) .

ARTicULO 9: El· MunicipiO atentara a los 'Centres de educación (básica,técnica y universitaria), así como Empresas y diversos lugares de trabajo a·queincluyan en los planes de··estudio temas relacionados con la prevención yeducación del VIHISIDA

AR.TICULO 10~ El Municipio apoyara la formación de todos sus funcionaiiospúblicos, así como profesionales, religiosos, policiales, polítiCos, en temas deeducación y prevención del VIHiS1DA

Page 4: Actualizacion de la Ordenanza Sobre Campañas de Informacion y Prevencion de lnfeccion por VIH SIDA

ARTICULO 1i: Ei Municipio apoyara -lá'futTnaoón en ·-Ios centros de saludpúblicos o privados, para facilitaissus-tr'abajadores capacitación adecuadaacerca de las formas de irtf~n,manejoy prevenclóndelVlHfSiOA, y de losmedios e instrumentos, recomendados pata asegurar el cumplimiento de lasmedidas de bioseguridad y ofrecertes las·~('j¡Cionesy_los recursos necéSallospara evitar el contagio, así como -ía formaciÓn necesaría para el trato digno alas personas que viven con V1H1SIOA.

CAPiTULOIU

DtSP0SICIONE$FINAhES--

ARTICULO 12: El Municipio deberá apoyar y promover convenios coninstitUciones o personas jurídiCas, publicas o privadas que se oe<iiquen orealicen Campaflas de Prevención e Informaciót' de Infección por vtH,estableciendo una red de apoyoai Ciudadanoquecoadyuve a la ejeoJdoo deProgramas Sociales.

ARTICULO 13: La presenteOrdenanza,entrars -en vigencia a partir de lafeCha de su publicaci6n en la Gaceta del MuniCipIo Cabimas.

ARncUlO 14: Quedaderógatlalas dispOSiciOnes que sobre la matéooexistanpera la fecha de entrada en vigetlcia de esta ordenanta.