acta de la sexagÉsima cuarta sesiÓn extraordinaria de cabildo del ayuntamiento municipal...

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ATLIXCO, PUE. 2014-2018 SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO Página 1 de 40 ACTA DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA, 2014 - 2018, DE FECHA DIECISIETE DE DICEMBRE DE DOS MIL QUINCE. ESTANDO REUNIDOS EL INGENIERO JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, LOS CIUDADANOS REGIDORES, EL SÍNDICO MUNICIPAL Y LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL, PARA LLEVAR ACABO LA PRESENTE SESIÓN, SE PROCEDE AL DESAHOGO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS: PUNTO UNO El Presidente Municipal, manifiesta: Buenos días señoras, señores Regidores, ciudadano Síndico Municipal y Secretaria del Ayuntamiento, nos hemos reunido en este recinto oficial, con el objeto de celebrar la sexagésima cuarta sesión extraordinaria del Cabildo Municipal y siendo las once treinta horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil quince, declaro la apertura de la sesión y para su desarrollo solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a realizar el pase de lista de asistencia. PUNTO DOS La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Gracias señor Presidente, Honorable Cabildo, buenas tardes a todos después de la apertura de la sesión procedo a realizar el pase de lista: Presidente Municipal Constitucional C. ING. JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA Regidores: C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ; C. GRACIELA CANTORÁN NÁJERA; C. JORGE MARIO BLANCARTE MONTAÑO; C. MARÍA AUXILIO MORALES HEREDIA; C. JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA; C. JESICA RAMÍREZ ROSAS; C. ERICH AMIGÓN VELÁZQUEZ; C. HAYDEE MUCIÑO DELGADO; C. RODOLFO CHÁVEZ ESCUDERO; C. ESPERANZA SÁNCHEZ PÉREZ; C. FÉLIX CASTILLO SÁNCHEZ; Y Síndico Municipal:

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ACTA DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDODEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA,2014 - 2018, DE FECHA DIECISIETE DE DICEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

ESTANDO REUNIDOS EL INGENIERO JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA,PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, LOS CIUDADANOS REGIDORES,EL SÍNDICO MUNICIPAL Y LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO EN EL SALÓNDE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL, PARA LLEVAR ACABO LA PRESENTESESIÓN, SE PROCEDE AL DESAHOGO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

PUNTO UNOEl Presidente Municipal, manifiesta: Buenos días señoras, señores Regidores,ciudadano Síndico Municipal y Secretaria del Ayuntamiento, nos hemos reunido eneste recinto oficial, con el objeto de celebrar la sexagésima cuarta sesiónextraordinaria del Cabildo Municipal y siendo las once treinta horas del día diecisietede diciembre del año dos mil quince, declaro la apertura de la sesión y para sudesarrollo solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a realizar el pase delista de asistencia.PUNTO DOS

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Gracias señor Presidente, HonorableCabildo, buenas tardes a todos después de la apertura de la sesión procedo arealizar el pase de lista:

Presidente Municipal ConstitucionalC. ING. JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA

Regidores:

C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ;C. GRACIELA CANTORÁN NÁJERA;C. JORGE MARIO BLANCARTE MONTAÑO;C. MARÍA AUXILIO MORALES HEREDIA;C. JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA;C. JESICA RAMÍREZ ROSAS;C. ERICH AMIGÓN VELÁZQUEZ;C. HAYDEE MUCIÑO DELGADO;C. RODOLFO CHÁVEZ ESCUDERO;C. ESPERANZA SÁNCHEZ PÉREZ;C. FÉLIX CASTILLO SÁNCHEZ; Y

Síndico Municipal:

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C. JORGE GUTIÉRREZ RAMOS.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Señor Presidente, me permito informarleque se cuenta con la asistencia de los trece integrantes del Ayuntamiento Municipal.

PUNTO TRES

El Presidente, manifiesta: En tal virtud existe quórum legal para el desarrollo de estasesión extraordinaria de Cabildo, por lo tanto queda legalmente constituida y lesolicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a dar lectura al proyecto del ordendel día.

PUNTO CUATRO

La Secretaria del Ayuntamiento, menciona: Honorable Cabildo, para el desarrollo deesta sesión extraordinaria procedo a dar lectura al proyecto del:

ORDEN DEL DÍA:

1.- Apertura de la sesión.

2.- Pase de lista de asistencia.

3.- Declaración del quórum legal.

4.- Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del día.

5.- Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Obras yServicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte, Patrimonio yHacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y Turismo Cultura yTradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el que solicitanse apruebe el “Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable de la Zona deMonumentos y su entorno en la ciudad de Atlixco”.

6.- Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Obras yServicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte, Patrimonio yHacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y Turismo Cultura yTradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el que solicitanse apruebe el “Programa Sectorial de Desarrollo Turístico Sustentable de Atlixco”.

7.- Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Obras yServicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte, Patrimonio yHacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y Turismo Cultura yTradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el que solicitanse apruebe el “Programa Sectorial de Movilidad Urbana Sustentable del Municipiode Atlixco”.

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8.- Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Obras yServicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte, Patrimonio yHacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y Turismo Cultura yTradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el que solicitanse apruebe el “Sistema Integral de Abasto del Municipio de Atlixco, Puebla”.

9.- Dictamen que presenta el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, Presidente dela Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos de Calidad, por el queson reconocidos por el H. Ayuntamiento los Comités de Operación, Administración yMantenimiento (COAM) para vigilar y dar seguimiento a los trabajos que se realicendurante el proceso de diversas obras de agua potable.

10.- Dictamen que presenta la Regidora Graciela Cantorán Nájera, Presidenta de laComisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, por el que se solicita se autorice latabla de descuentos al cobro de los derechos por concepto de refrendo de licenciasque tienen por objeto el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos girossean la enajenación y/o consumo de bebidas alcohólicas o la prestación de serviciosque incluyan el expendio y/o consumo de dichas bebidas.

11.- Cierre de la sesión.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, manifiesta: Honorable Cabildo, para continuar les comentoque se han desahogado los puntos uno, dos y tres del orden del día, por lo que lesolicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a tomar la votacióncorrespondiente a la aprobación del orden del día.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el proyecto del orden del día, sírvanse manifestarlo levantandola mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO CINCO

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto cinco del orden deldía corresponde al Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de DesarrolloUrbano, Obras y Servicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte,Patrimonio y Hacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y TurismoCultura y Tradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el quesolicitan se apruebe el “Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable de laZona de Monumentos y su entorno en la ciudad de Atlixco”, por lo tanto le solicito alRegidor proceda a dar lectura a su Dictamen.

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El Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

LOS QUE SUSCRIBEN MIEMBROS DE LAS COMISIONES UNIDAS DEDESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD,EDUCACIÓN JUVENTUD Y DEPORTE, PATRIMONIO Y HACIENDA MUNICIPAL,ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE Y TURISMO CULTURA YTRADICIONES, A TRAVÉS DEL REGIDOR JUAN MANUEL AYESTARÁNNAVA; CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS A)Y C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS; 9 FRACCIONES I Y VII DE LA LEY GENERAL DEASENTAMIENTOS HUMANOS; 105 FRACCIÓN IV INCISOS A) Y C) DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEPUEBLA; 78 FRACCIONES VI Y VII, 92 FRACCIÓN III Y VII DE LA LEYORGÁNICA MUNICIPAL; 13 FRACCIONES I Y IX, 17 FRACCIÓN IV, 19, 20, 130Y 132 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE PARA ELESTADO DE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTEHONORABLE CABILDO EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUESE APRUEBA EL PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANOSUSTENTABLE DE LA ZONA DE MONUMENTOS Y SU ENTORNO DE ATLIXCO,POR LO QUE:

C O N S I D E R A N D O

I. Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracción V incisosa) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, losMunicipios estarán facultados para formular, aprobar y administrar lazonificación y planes de desarrollo urbano municipal así como participar enla formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estaren concordancia con los planes generales de la materia.

II. Que, la Ley General de Asentamientos Humanos establece en suartículo 9 fracciones I y VII que corresponde a los municipios formular,aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollourbano, de centros de población y los demás que de éstos deriven, asícomo celebrar con la Federación o la entidad federativa respectiva,convenios y acuerdos de coordinación y concertación que apoyen losobjetivos y prioridades previstos en los planes o programas municipales dedesarrollo urbano, de centros de población y los demás que de estosderiven.

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III. Que, el artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Puebla, establece en su fracción IV incisos a) y c) que losMunicipios tendrán facultades para formular, aprobar y administrarla zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, ademásde participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cualesdeberán estar en concordancia con los planes generales de la materia.

IV. Que, el artículo 78 fracciones VI y VII de la Ley Orgánica Municipal,establece las atribuciones del Ayuntamiento, entre las que se encuentran:aprobar y mandar al Ejecutivo, para su publicación en los términos legales, elPlan Municipal de Desarrollo que corresponda a su ejercicio constitucional yderivar los programas de dirección y ejecución en las acciones que sean desu competencia, impulsando la participación ciudadana y coadyuvando a larealización de programas regionales de desarrollo; instituir los órganos deplaneación y determinar los mecanismos para su funcionamiento,estableciendo sistemas continuos de control y evaluación del Plan Municipalde Desarrollo; asimismo, dictar los acuerdos que correspondan para cumplircon los objetivos, estrategias y líneas de acción derivados de los PlanesRegional, Estatal y Nacional de Desarrollo, en lo correspondiente alMunicipio.

V. Que, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 92 fracciones III y VIIde la Ley Orgánica Municipal, es facultad de los Regidores representar alAyuntamiento, ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntosque le competen al Ayuntamiento; formular al Ayuntamiento las propuestas deordenamientos en asuntos municipales, y promover todo lo que creanconveniente al buen servicio público.

VI. Que, siendo que los Ayuntamientos se encuentran facultados por elartículo 13 fracciones I y IX de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable delEstado de Puebla para formular, aprobar, administrar, ejecutar y actualizar ensu caso, los Programas Municipales de Desarrollo Urbano Sustentable, decentros de población y los que de éstos se deriven, en congruencia con losProgramas Estatales de Desarrollo Urbano Sustentable, de OrdenamientoTerritorial de los Asentamientos Humanos y demás Programas regionales, asícomo evaluar y vigilar su cumplimiento, realizar, promover y concertaracciones e inversiones con los sectores social y privado; a efecto de lograr eldesarrollo sustentable de los centros de población, su conservación,mejoramiento y crecimiento, así como para la prestación y administración delos servicios públicos y la ejecución de obras de infraestructura yequipamiento urbano.

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VII. Que, de acuerdo al artículo 17, fracciones IV y VIII de la Ley deDesarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla, los ConsejosMunicipales de Desarrollo Urbano Sustentable son órganos auxiliares deanálisis y opinión en la implementación de acciones del OrdenamientoTerritorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo UrbanoSustentable, así como los demás que por sus objetivos y funciones serelacionen con el desarrollo urbano.

VIII. Que, la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla enlos artículos 19 y 20 en su último párrafo establecen que sus atribuciones delos Consejos en el ámbito de su jurisdicción, entre los que se encuentran:recoger las opiniones y propuestas de los grupos sociales de la comunidad,en relación con la planeación Territorial y del Desarrollo Urbano Sustentable,para canalizarlas a la Secretaría; asesorar al Ejecutivo del Estado en lorelativo a la planeación territorial y regulación del Desarrollo UrbanoSustentable de la entidad, así como en las acciones e inversiones que serealicen en esta materia; proponer las medidas necesarias para la aplicacióndel Programa Estatal de Ordenamiento Territorial de los asentamientoshumanos; sugerir mecanismos de financiamiento de los programasderivados de los diferentes Programas de Desarrollo Urbano Sustentable deresponsabilidad estatal; estudiar y promover las medidas legislativas yadministrativas que pudieran ser necesarias para la mejor ordenación delDesarrollo Urbano Sustentable en el Estado; proponer a las autoridades laprestación de nuevos servicios o el mejoramiento de los existentes, deacuerdo con las prioridades expresadas por los distintos grupos que integransu comunidad; sugerir las bases conforme a las cuales se celebrenconvenios de concertación con instituciones públicas o privadas, en estamateria;

IX. Que, con fecha 9 de Junio de 2015, el H. Ayuntamiento aprobó lainstalación del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de conformidad conlas disposiciones legales señaladas en la Ley de Desarrollo Urbano delEstado de Puebla, para que fuera la instancia competente para llevar a caboel procedimiento administrativo, técnico y legal de formulación del ProgramaParcial de Desarrollo Urbano Sustentable de la Zona de Monumentos deAtlixco.

X. Que, con fecha 31 de julio de 2015 la Secretaría de Desarrollo Rural,Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial del Gobierno delEstado de Puebla, emitió el oficio número SDRSOT/574/2015 mediante elcual manifiesta que el proyecto del Programa Parcial de Desarrollo UrbanoSustentable de la Zona de Monumentos de Atlixco, es congruente con lasdisposiciones técnicas, administrativas y legales del Programa Estatal de

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Desarrollo Urbano de Puebla, el cual quedó definido en los términos que deél mismo se desprenden y que se encuentra agregado al presente comoAnexo I.

XI. Que con fecha 5 de noviembre del presente año se publicó laConvocatoria Pública establecida en la Ley de Desarrollo UrbanoSustentable del Estado de Puebla respectiva en periódicos de circulaciónlocal como EL SOL DE PUEBLA y en EL INFORMATIVO, a efecto de darloa conocer a la ciudanía.

XII. Que con fecha 9 de noviembre del presente año se llevó la ConsultaPública establecida en la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estadode Puebla, misma que fue concluida en su fecha de inicio de dicha consulta.

XIII. Con lo anterior se da por cumplimentado y concluido el proyectorespectivo del Programa continuando así con el procedimiento y suprestación ante el Honorable Cabildo para su aprobación y su posteriorpublicación en el Periódico Oficial del Estado, así como su inscripción en elRegistro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Atlixco, Puebla.

XIV. Es por ello que el Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentablede la Zona de Monumentos de Atlixco y su entorno, contempla acciones yestrategias que permitirán lograr la proyección del Municipio, el documentocompleto se adjunta al presente Dictamen como Anexo Dos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en los dispositivos legales invocados,someto a la consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

D I C T A M E N

PRIMERO.- Se aprueba en lo general y en lo particular el Dictamen que contiene ensu anexo el Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable de la Zona deMonumentos de Atlixco y su entorno en los términos que se desprenden delconsiderando XIV del presente Dictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Atlixco,para que realice las gestiones necesarias tendientes a que el presente documentose envíe en su versión sintetizada a la Secretaría General de Gobierno del Estadode Puebla para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

TERCERO.- El presente Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable de laZona de Monumentos de Atlixco y su entorno entrará en vigor una vez que haya sidopublicado en el Periódico Oficial del Estado e inscrito en el Registro Público de la

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Propiedad en los términos que señala el artículo 50 de la Ley de Desarrollo urbanoSustentable del Estado de Puebla.

CUARTO.- Se abrogan en todos sus términos, todas las disposiciones quecontradigan y/o se opongan al presente Programa Parcial de Desarrollo UrbanoSustentable de la Zona de Monumentos de Atlixco y su entorno.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?.

Quiero agregar que estos son planes focalizados para el centro histórico dondeustedes fueron participes para la elaboración y el estudio, esto nos marca un rumbode lo que se tiene que hacer en cada uno de los planes, esto es toda la estructura;el plan de turismo ya se había comenzado en la administración de Eleazar PérezSánchez y lo acompaño la SECTUR, pero faltó publicarlo, ahora se acaba deactualizar y se está llevando a cabo todo el proceso, el trabajo que estamos haciendocumple con toda la legalidad del plan de Desarrollo Nacional, Estatal y Municipal dey nos abre las puertas a canales institucionales para solicitar recursos, lo que nospone la vanguardia de otros municipios, estamos dando un paso importante en estostemas.

Si no existe algún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, procedaa recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO SEIS

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto seis del orden del díacorresponde al Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de DesarrolloUrbano, Obras y Servicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte,Patrimonio y Hacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y TurismoCultura y Tradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el quesolicitan se apruebe el “Programa Sectorial de Desarrollo Turístico Sustentable deAtlixco”, por lo tanto le pido al Regidor proceda a dar lectura a su Dictamen.

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El Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

LOS QUE SUSCRIBEN MIEMBROS DE LAS COMISIONES UNIDAS DEDESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD,EDUCACIÓN JUVENTUD Y DEPORTE, PATRIMONIO Y HACIENDA MUNICIPAL,ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE Y TURISMO CULTURA YTRADICIONES, A TRAVÉS DEL REGIDOR JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA;CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y II DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 10FRACCIONES IV Y V DE LA LEY GENERAL DE TURISMO; 9 FRACCIÓNES I YVII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS;103 DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEPUEBLA; 105 FRACCION IV INCISOS A) Y C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICAPARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 17 Y 18 FRACCIONES IVY V DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE PUEBLA; 13 FRACCIONES I YIX, 17 FRACCIÓN IV, 19, 20, 130 y 132 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANOSUSTENTABLE PARA EL ESTADO DE PUEBLA; 78 FRACCIONES I, IV Y VI, 92FRACCION III Y VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; SOMETEMOSCONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CABILDO EL PRESENTE DICTAMENPOR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA SECTORIAL DE DESARROLLOTURÍSTICO SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO, POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I. Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracción I y II de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios CadaMunicipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa,integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicosque la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga algobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva yno habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado,asimismo, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica ymanejarán su patrimonio conforme a la ley, por lo que tendrán facultadespara aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberánexpedir las legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, losReglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observanciageneral dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen laadministración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

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ciudadana y vecinal.

II. Que, la Ley General de Turismo establece en su artículo 10 fracciones IV yV que corresponde a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en estaLey y las leyes locales en la materia, entre otras las atribuciones paraformular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cualconsiderará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, elPrograma Sectorial de Turismo y el Programa Local; así como establecer elConsejo Consultivo Municipal de Turismo; que tendrá por objeto coordinar,proponer y formular las estrategias y acciones de la Administración PúblicaMunicipal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad turísticaen el Municipio.

III. Que, el artículo 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode Puebla, establece los Municipios tienen personalidad jurídica, patrimoniopropio que los Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley, y administraránlibremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienesque les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que laLegislatura del Estado establezca a favor.

IV. Que, la Ley de Turismo del Estado de Puebla, señala en sus artículos 17 y18 fracciones I, III y IV que corresponde a los Ayuntamientos, en susrespectivos ámbitos de competencia, fomentar el desarrollo de la actividadturística, para lo cual, podrá formular, conducir y evaluar la política turísticamunicipal, aplicar los instrumentos de política turística que les seanatribuidos por esta Ley, así como la planeación, programación, fomento ydesarrollo de la actividad turística en bienes y áreas de competenciamunicipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas al EjecutivoEstatal; además de formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal deTurismo, el cual considerará las directrices previstas en los Planes Nacionaly Estatal de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el ProgramaEstatal de Turismo del Estado de Puebla.

V. Que, el artículo 78 fracciones I, IV y VI de la Ley Orgánica Municipal,establece las atribuciones del Ayuntamiento, entre las que se encuentran:cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia, las leyes,decretos y disposiciones de observancia general de la Federación y delEstado, así como los ordenamientos municipales; expedir y actualizarBandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposicionesadministrativas de observancia general, referentes a su organización,funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de sucompetencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por laConstitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su

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observancia y aplicación; con pleno respeto a los derechos humanos quereconoce el orden jurídico nacional; además de aprobar y mandar alEjecutivo, para su publicación en los términos legales, el Plan Municipal deDesarrollo que corresponda a su ejercicio constitucional y derivar losprogramas de dirección y ejecución en las acciones que sean de sucompetencia, impulsando la participación ciudadana y coadyuvando a larealización de programas regionales de desarrollo.

VI. Que, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 92 fracciones III y VII de la LeyOrgánica Municipal, es facultad de los Regidores representar alAyuntamiento, ejercer las facultades de deliberación y decisión de losasuntos que le competen al Ayuntamiento; formular al Ayuntamiento laspropuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo loque crean conveniente al buen servicio público.

VII. Que, con fecha primero de Diciembre del 2014, en la trigésimo segundasesión extraordinaria de cabildo del Ayuntamiento Municipal Constitucionalde Atlixco, Puebla. el H. Ayuntamiento aprobó la instalación del Consejo deDesarrollo Económico y Turismo para el Municipio de Atlixco, Puebla, deconformidad con las disposiciones legales señaladas en la Ley de Turismodel Estado de Puebla, para que sea un órgano de consulta, que tendrá porobjeto proponer la formulación de las estrategias y acciones de coordinaciónde las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, conel fin de lograr un desarrollo integral de la actividad económica y turísticasustentable, utilizando los mecanismos más óptimos para ello.

VIII. Que, al ser una política pública atribuida a los municipios, la planeación deldesarrollo turístico del Municipio, es facultad del Ayuntamiento, llevar a cabolas acciones que se requieran para lograr la debida prestación del serviciopúblico, estableciendo las bases para instrumentar la ejecución de accionesque fomenten la promoción de la riqueza natural, cultural y patrimonial deAtlixco, promoviendo diversas obras de conservación y mejoramiento de lainfraestructura en beneficio de los turistas nacionales y extranjeros quevisiten el Municipio, y sobre todo para que la misma ciudadanía conozca,disfrute y valore el lugar en que vive.

IX. Que mediante sesión Ordinaria décimo séptima de Cabildo celebrada el día9 de Junio de 2015 en el numeral veinte del acta, quedo asentado el Puntode Acuerdo por virtud del cual se aprobó la integración del ConsejoMunicipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Atlixco. Habiéndose llevadoa cabo la primera sesión de Instalación del mencionado Consejo con fecha7 de julio de 2015.

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X. Que, siendo que los Ayuntamientos se encuentran facultados por el artículo13 fracciones I y IX de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estadode Puebla para formular, aprobar, administrar, ejecutar y actualizar en sucaso, los Programas Municipales de Desarrollo Urbano Sustentable, decentros de población y los que de éstos se deriven, en congruencia con losProgramas Estatales de Desarrollo Urbano Sustentable, de OrdenamientoTerritorial de los Asentamientos Humanos y demás Programas regionales,así como evaluar y vigilar su cumplimiento, realizar, promover y concertaracciones e inversiones con los sectores social y privado; a efecto de lograrel desarrollo sustentable de los centros de población, su conservación,mejoramiento y crecimiento, así como para la prestación y administraciónde los servicios públicos y la ejecución de obras de infraestructura yequipamiento urbano.

XI. Que con fecha 31 de julio de 2015 mediante oficio SDRSOT/572/2015 seemitió por la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad yOrdenamiento Territorial, el Dictamen de Congruencia para el ProgramaSectorial de Desarrollo Turístico Sustentable del Municipio de Atlixco,Puebla, mismo que se contempla como anexo número 1.

XII. Que con fecha 5 de noviembre del presente año se publicó la ConvocatoriaPública establecida en la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estadode Puebla respectiva en periódicos de circulación local como El Sol dePuebla y en El Informativo, a efecto de darlo a conocer a la ciudanía.

XIII. Que con fecha 9 de noviembre del presente año se llevó la ConsultaPública establecida en la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estadode Puebla, misma que fue concluida en su fecha de inicio de dichaconsulta.

XIV. Con lo anterior se da por cumplimentado y concluido el proyecto respectivodel Programa continuando así con el procedimiento y su prestación anteel Honorable Cabildo para su aprobación y su posterior publicación en elPeriódico Oficial del Estado, así como su inscripción en el Registro Públicode la Propiedad del Distrito Judicial de Atlixco, Puebla.

XV. Es por ello que el Programa Sectorial de Desarrollo Turístico Sustentabledel Municipio de Atlixco, contempla acciones y estrategias que permitiránlograr la proyección del Municipio, el documento completo se adjunta alpresente Dictamen como Anexo Dos.

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Por lo anteriormente expuesto y fundado en los dispositivos legales invocados,someto a la consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Se apruebe el Dictamen que contiene en su anexo el Programa Sectorialde Desarrollo Turístico Sustentable del Municipio de Atlixco en los términos que sedesprenden del considerando XV del presente Dictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Atlixco,para que realice las gestiones necesarias tendientes a que el presente documentose envíe en su versión sintetizada a la Secretaría General de Gobierno del Estadode Puebla para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

TERCERO.- El presente Programa Sectorial de Desarrollo Turístico Sustentable delMunicipio de Atlixco entrará en vigor una vez que haya sido publicado en el PeriódicoOficial del Estado.

CUARTO.- Se abrogan en todos sus términos, todas las disposiciones quecontradigan y/o se opongan al presente Programa Sectorial de Desarrollo TurísticoSustentable del Municipio de Atlixco.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, menciona: Para estetrabajo no solo se tuvo la participación de la Comisión, también participaron otroscompañeros como la Regidora Haydee Muciño, Jorge Moya, Félix Castillo, ErichAmigón, María Auxilio Morales; asimismo se hizo una consulta ciudadana, yresolvimos la dudas con el asesor, estuvimos al pendiente, se realizaronaportaciones y los programas y el sistema vienen debidamente sustentados.

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, menciona: Agradezco la formaen la que se trabajó en equipo, pero en algunas cosas tenemos coincidencias ydiferencias, algunos aspectos no quedaron clarificados y para la elaboración de losprogramas y los gastos que se hicieron al respecto, algunas cosas no meconvencieron porque algunas ya se habían hecho, hay precedente de otrasadministraciones, pero esta administración en el tema turístico ha realizado trabajoscomo el Plan de Dinamización, la denominación de Pueblo Mágico lo cual se dioderivado de una planeación, el de turismo fue hecho derivado de varios planes y

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programas que no habían sido aprobados o publicados y no le veo gran aporte yaque nosotros lo habíamos realizado en esta administración.

El Presidente Municipal, menciona: Hay un documento que se presentó en el 2009que no se publicó, ahora hemos hecho algo más que el plan de dinamización porqueeste que ahora aprobamos tiene la estructura de un programa, contiene muchainformación fue recabada del 2008 al 2014, y se va a publicar e incluir dentro lanormativa municipal, se tenía que haber hecho este programa desde el principio dela administración pero iniciamos con el plan de dinamización que también se realizócon mucho profesionalismo pero no tiene el sustento legal necesario para serprograma.

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, menciona: creo que no es ungran aporte, mucho del trabajo que se hizo es copiar y pegar.

El Presidente Municipal, menciona: Nosotros aportaremos el sustento legal a lostemas ya planteados, estamos aportando un rumbo a mediano y largo plazo, y es lasuma de investigación, todo el trabajo ya fue revisado, por diferentes instancias; estees un instrumento legal con la actualización y análisis necesario, y para esto setrabajó más de un año.

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, menciona: Nosotros hicimos lamisión y la visión por ejemplo.

En uso de la voz el Regidor Jorge Eduardo Moya Hernández, menciona: Creo que ladiferencia es que estamos cubriendo el costo del siguiente paso, pudimos haberbuscado un mecanismo secundario para haberlo realizado, pero es lo que le hapasado a todas las administraciones, que no dan ese paso, es decir que no seaprueba y no se publica, y nosotros estamos dando certeza dejando una plataformay el costo beneficio es justificable porque de no hacerlo estaríamos igual que lasadministraciones pasadas que invirtieron dinero que al final del día quedaba comoletra muerta y creo que hay que hacer el esfuerzo ya que el beneficio es mayor.

El Presidente Municipal, menciona: Si no existe algún otro comentario, solicito a laSecretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

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PUNTO SIETE

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto siete del orden del díacorresponde al Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de DesarrolloUrbano, Obras y Servicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte,Patrimonio y Hacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y TurismoCultura y Tradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el quesolicitan se apruebe el “Programa Sectorial de Movilidad Urbana Sustentable delMunicipio de Atlixco”, por lo tanto le pido al Regidor proceda a dar lectura a suDictamen.

El Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

LOS QUE SUSCRIBEN MIEMBROS DE LAS COMISIONES UNIDAS DEDESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD,EDUCACIÓN JUVENTUD Y DEPORTE, PATRIMONIO Y HACIENDA MUNICIPAL,ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE Y TURISMO CULTURA YTRADICIONES, A TRAVÉS DEL REGIDOR JUAN MANUEL AYESTARÁNNAVA; CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS A)Y C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS; 9 FRACCIÓNES I Y VII DE LA LEY GENERAL DEASENTAMIENTOS HUMANOS; 105 FRACCION IV INCISOS A) Y C) DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEPUEBLA; 78 FRACCIONES VI Y VII, 92 FRACCION III Y VII DE LA LEYORGÁNICA MUNICIPAL; 13 FRACCIONES I Y IX, 17 FRACCIÓN IV, 19, 20, 130 y132 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE PARA EL ESTADODE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLECABILDO EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAEL PROGRAMA SECTORIAL DE MOVILIDAD URBANA SUSTENTABLE DELMUNICIPIO DE ATLIXCO, POR LO QUE:

C O N S I D E R A N D O

I. Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracción V incisos a) yc) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, losMunicipios estarán facultados para formular, aprobar y administrar lazonificación y planes de desarrollo urbano municipal así como participar enla formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estaren concordancia con los planes generales de la materia.

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II. Que, la Ley General de Asentamientos Humanos establece en su artículo9 fracciones I y VII que corresponde a los municipios formular, aprobar yadministrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, decentros de población y los demás que de éstos deriven, así como celebrarcon la Federación o la entidad federativa respectiva, convenios y acuerdosde coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridadesprevistos en los planes o programas municipales de desarrollo urbano, decentros de población y los demás que de estos deriven.

III. Que, el artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode Puebla, establece en su fracción IV incisos a) y c) que los Municipiostendrán facultades para formular, aprobar y administrar la zonificación yplanes de desarrollo urbano municipal, además de participar en laformulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar enconcordancia con los planes generales de la materia.

IV. Que, el artículo 78 fracciones VI y VII de la Ley Orgánica Municipal,establece las atribuciones del Ayuntamiento, entre las que se encuentran:aprobar y mandar al Ejecutivo, para su publicación en los términos legales,el Plan Municipal de Desarrollo que corresponda a su ejercicioconstitucional y derivar los programas de dirección y ejecución en lasacciones que sean de su competencia, impulsando la participaciónciudadana y coadyuvando a la realización de programas regionales dedesarrollo; instituir los órganos de planeación y determinar los mecanismospara su funcionamiento, estableciendo sistemas continuos de control yevaluación del Plan Municipal de Desarrollo; asimismo, dictar los acuerdosque correspondan para cumplir con los objetivos, estrategias y líneas deacción derivados de los Planes Regional, Estatal y Nacional de Desarrollo,en lo correspondiente al Municipio.

V. Que, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 92 fracciones III y VII de laLey Orgánica Municipal, es facultad de los Regidores representar alAyuntamiento, ejercer las facultades de deliberación y decisión de losasuntos que le competen al Ayuntamiento; formular al Ayuntamiento laspropuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo loque crean conveniente al buen servicio público.

VI. Que, siendo que los Ayuntamientos se encuentran facultados por elartículo 13 fracciones I y IX de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable delEstado de Puebla para formular, aprobar, administrar, ejecutar y actualizaren su caso, los Programas Municipales de Desarrollo Urbano Sustentable,de centros de población y los que de éstos se deriven, en congruencia conlos Programas Estatales de Desarrollo Urbano Sustentable, de

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Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y demásProgramas regionales, así como evaluar y vigilar su cumplimiento, realizar,promover y concertar acciones e inversiones con los sectores social yprivado; a efecto de lograr el desarrollo sustentable de los centros depoblación, su conservación, mejoramiento y crecimiento, así como para laprestación y administración de los servicios públicos y la ejecución de obrasde infraestructura y equipamiento urbano.

VII. Que, de acuerdo al artículo 17, fracciones IV y VIII de la Ley deDesarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla, los ConsejosMunicipales de Desarrollo Urbano Sustentable son órganos auxiliares deanálisis y opinión en la implementación de acciones del OrdenamientoTerritorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo UrbanoSustentable, así como los demás que por sus objetivos y funciones serelacionen con el desarrollo urbano.

VIII. Que, la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla enlos artículos 19 y 20 en su último párrafo establecen que sus atribucionesde los Consejos en el ámbito de su jurisdicción, entre los que seencuentran: recoger las opiniones y propuestas de los grupos sociales dela comunidad, en relación con la planeación Territorial y del DesarrolloUrbano Sustentable, para canalizarlas a la Secretaría; asesorar al Ejecutivodel Estado en lo relativo a la planeación territorial y regulación delDesarrollo Urbano Sustentable de la entidad, así como en las acciones einversiones que se realicen en esta materia; proponer las medidasnecesarias para la aplicación del Programa Estatal de OrdenamientoTerritorial de los asentamientos humanos; sugerir mecanismos definanciamiento de los programas derivados de los diferentes Programas deDesarrollo Urbano Sustentable de responsabilidad estatal; estudiar ypromover las medidas legislativas y administrativas que pudieran sernecesarias para la mejor ordenación del Desarrollo Urbano Sustentable enel Estado; proponer a las autoridades la prestación de nuevos servicios oel mejoramiento de los existentes, de acuerdo con las prioridadesexpresadas por los distintos grupos que integran su comunidad; sugerir lasbases conforme a las cuales se celebren convenios de concertación coninstituciones públicas o privadas, en esta materia;

IX. Que, con fecha 31 de julio de 2015 la Secretaría de Desarrollo Rural,Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial del Gobierno delEstado de Puebla, emitió el oficio número SDRSOT/573/2015 mediante elcual manifiesta que el proyecto del Programa Sectorial de Movilidad UrbanaSustentable del Municipio de Atlixco, el cual quedó definido en los términos

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que de él mismo se desprenden y que se encuentra agregado al presentecomo Anexo I.

X. Que con fecha 5 de noviembre del presente año se publicó laConvocatoria Pública establecida en la Ley de Desarrollo UrbanoSustentable del Estado de Puebla respectiva en periódicos de circulaciónlocal como EL SOL DE PUEBLA y en EL INFORMATIVO, a efecto de darloa conocer a la ciudanía.

XI. Que con fecha 9 de noviembre del presente año se llevó la ConsultaPública establecida en la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estadode Puebla, misma que fue concluida en su fecha de inicio de dichaconsulta.

XII.- Con lo anterior se da por cumplimentado y concluido el proyectorespectivo del Programa continuando así con el procedimiento y su prestaciónante el Honorable Cabildo para su aprobación y su posterior publicación en elPeriódico Oficial del Estado, así como su inscripción en el Registro Público dela Propiedad del Distrito Judicial de Atlixco, Puebla.

XIII.- Es por ello que el Programa Sectorial de Movilidad Urbana Sustentabledel Municipio de Atlixco, contempla acciones y estrategias que permitiránlograr la proyección del Municipio, el documento completo se adjunta alpresente Dictamen como Anexo Dos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en los dispositivos legales invocados,someto a la consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

D I C T A M E N

PRIMERO.- Se aprueba en lo general y en lo particular el Dictamen que contiene ensu anexo el Programa Sectorial de Movilidad Urbana Sustentable del Municipio deAtlixco en los términos que se desprenden del considerando XIII del presenteDictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Atlixco,para que realice las gestiones necesarias tendientes a que el presente documentose envíe en su versión sintetizada a la Secretaría General de Gobierno del Estadode Puebla para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

TERCERO.- El presente Programa Sectorial de Movilidad Urbana Sustentable delMunicipio de Atlixco entrará en vigor una vez que haya sido publicado en el PeriódicoOficial del Estado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad en los términos

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que señala el artículo 50 de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado dePuebla.

CUARTO.- Se abrogan en todos sus términos, todas las disposiciones quecontradigan y/o se opongan al presente Programa Sectorial de Movilidad UrbanaSustentable del Municipio de Atlixco.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, manifiesta: Solo una pregunta,¿se van a incluir las aportaciones y los acuerdos?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, manifiesta: Si, y lasmodificaciones se van a presentar como addendums para tenerlo listo para lapublicación.

El Presidente Municipal, menciona: Este programa no tiene precedente, estamossentando muy buenas bases para la movilidad dentro los próximos años, puedenmodificarse las condiciones, porque el tema del transporte es muy complejo, hacequince años trabajé el tema y fue muy complicado, municipalizamos tránsito, peroahora considero que las condiciones están dadas y podemos sentar las baseslegales, que den respuesta a las necesidades ciudadanas, aunque sabemos que enel tema de las concesiones juegan muchos intereses, pero como autoridad tenemosque emprender un cambio en el transporte que sea un verdadero beneficio social ennuestro municipio. Las rutas están trazadas a conveniencia de los concesionarios nopara los usuarios, tenemos que enfrentar el reto y esta es una buena base y debemosde tener de donde partir, no será fácil pero se trabajará de manera distinta,tendremos como presentarnos, con un sustento legal; queremos movilidad queincluye no solo el transporte, es también el sistema peatonal, el tema de las rampasque la Regidora Haydee Muciño siempre ha estado al pendiente de las rampas paradiscapacidad, etc., habrá un mecanismo de obligación, no solo en la movilidad. Si noexiste algún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda arecabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

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PUNTO OCHO

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto ocho del orden del díacorresponde al Dictamen que presentan las Comisiones Unidas de DesarrolloUrbano, Obras y Servicios Públicos de Calidad, Educación Juventud y Deporte,Patrimonio y Hacienda Municipal, Ecología y Medio Ambiente Sustentable y TurismoCultura y Tradiciones, a través del Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, por el quesolicitan se apruebe el “Sistema Integral de Abasto del Municipio de Atlixco, Puebla”,por lo tanto le pido al Regidor proceda a dar lectura a su Dictamen.

El Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

LOS QUE SUSCRIBEN MIEMBROS DE LAS COMISIONES UNIDAS DEDESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD,EDUCACIÓN JUVENTUD Y DEPORTE, PATRIMONIO Y HACIENDA MUNICIPAL,ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE Y TURISMO CULTURA YTRADICIONES, A TRAVÉS DEL REGIDOR JUAN MANUEL AYESTARÁNNAVA; CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS A)Y C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS; 9 FRACCIÓNES I Y VII DE LA LEY GENERAL DEASENTAMIENTOS HUMANOS; 105 FRACCION IV INCISOS A) Y C) DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEPUEBLA; 78 FRACCIONES VI Y VII, 92 FRACCION III Y VII, 115 DE LA LEYORGÁNICA MUNICIPAL; 13 FRACCIONES I Y IX, 17 FRACCIÓN IV, 19, 20, 130 y132 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE PARA EL ESTADODE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLECABILDO EL PRESENTE DICTAMEN POR EL QUE SE SOLICITA SE APRUEBEEL “SISTEMA INTEGRAL DE ABASTO DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO”, CONBASE A LOS SIGUIENTES:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracción V incisos a) yc) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, losMunicipios estarán facultados para formular, aprobar y administrar lazonificación y planes de desarrollo urbano municipal así como participaren la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberánestar en concordancia con los planes generales de la materia.

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II. Que, la Ley General de Asentamientos Humanos establece en su artículo9 fracciones I y VII que corresponde a los municipios formular, aprobar yadministrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, decentros de población y los demás que de éstos deriven, así como celebrarcon la Federación o la entidad federativa respectiva, convenios y acuerdosde coordinación y concertación que apoyen los objetivos y prioridadesprevistos en los planes o programas municipales de desarrollo urbano, decentros de población y los demás que de estos deriven.

III. Que, el artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode Puebla, establece en su fracción IV incisos a) y c) que los Municipiostendrán facultades para formular, aprobar y administrar la zonificación yplanes de desarrollo urbano municipal, además de participar en laformulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar enconcordancia con los planes generales de la materia.

IV. Que, el artículo 78 fracciones VI y VII de la Ley Orgánica Municipal,establece las atribuciones del Ayuntamiento, entre las que se encuentran:aprobar y mandar al Ejecutivo, para su publicación en los términos legales,el Plan Municipal de Desarrollo que corresponda a su ejercicioconstitucional y derivar los programas de dirección y ejecución en lasacciones que sean de su competencia, impulsando la participaciónciudadana y coadyuvando a la realización de programas regionales dedesarrollo; instituir los órganos de planeación y determinar losmecanismos para su funcionamiento, estableciendo sistemas continuos decontrol y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo; asimismo, dictar losacuerdos que correspondan para cumplir con los objetivos, estrategias ylíneas de acción derivados de los Planes Regional, Estatal y Nacional deDesarrollo, en lo correspondiente al Municipio.

V. Que, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 92 fracciones III y VII de laLey Orgánica Municipal, es facultad de los Regidores representar alAyuntamiento, ejercer las facultades de deliberación y decisión de losasuntos que le competen al Ayuntamiento; formular al Ayuntamiento laspropuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo loque crean conveniente al buen servicio público.

VI. Que, siendo que los Ayuntamientos se encuentran facultados por elartículo 13 fracciones I y IX de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentabledel Estado de Puebla para formular, aprobar, administrar, ejecutar yactualizar en su caso, los Programas Municipales de Desarrollo UrbanoSustentable, de centros de población y los que de éstos se deriven, encongruencia con los Programas Estatales de Desarrollo Urbano

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Sustentable, de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanosy demás Programas regionales, así como evaluar y vigilar sucumplimiento, realizar, promover y concertar acciones e inversiones conlos sectores social y privado; a efecto de lograr el desarrollo sustentablede los centros de población, su conservación, mejoramiento y crecimiento,así como para la prestación y administración de los servicios públicos y laejecución de obras de infraestructura y equipamiento urbano.

VII. Que, de acuerdo al artículo 17, fracciones IV y VIII de la Ley de DesarrolloUrbano Sustentable del Estado de Puebla, los Consejos Municipales deDesarrollo Urbano Sustentable son órganos auxiliares de análisis y opiniónen la implementación de acciones del Ordenamiento Territorial de losAsentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano Sustentable, así comolos demás que por sus objetivos y funciones se relacionen con el desarrollourbano.

VIII. Que, la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla en losartículos 19 y 20 en su último párrafo establecen que sus atribuciones delos Consejos en el ámbito de su jurisdicción, entre los que se encuentran:recoger las opiniones y propuestas de los grupos sociales de lacomunidad, en relación con la planeación Territorial y del DesarrolloUrbano Sustentable, para canalizarlas a la Secretaría; asesorar alEjecutivo del Estado en lo relativo a la planeación territorial y regulacióndel Desarrollo Urbano Sustentable de la entidad, así como en las accionese inversiones que se realicen en esta materia; proponer las medidasnecesarias para la aplicación del Programa Estatal de OrdenamientoTerritorial de los asentamientos humanos; sugerir mecanismos definanciamiento de los programas derivados de los diferentes Programasde Desarrollo Urbano Sustentable de responsabilidad estatal; estudiar ypromover las medidas legislativas y administrativas que pudieran sernecesarias para la mejor ordenación del Desarrollo Urbano Sustentable enel Estado; proponer a las autoridades la prestación de nuevos servicios oel mejoramiento de los existentes, de acuerdo con las prioridadesexpresadas por los distintos grupos que integran su comunidad; sugerir lasbases conforme a las cuales se celebren convenios de concertación coninstituciones públicas o privadas, en esta materia; y

IX. Que el artículo 115 de la Ley Orgánica Municipal establece que; el Consejode Planeación Municipal es un órgano de participación social y consulta,auxiliar del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, el cualcontará con la intervención de los sectores público, social y privado.

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X. Que mediante sesión ordinaria décimo séptima de Cabildo celebrada eldía 9 de Junio de 2015 en el numeral veinte del acta, quedo asentado elpunto de acuerdo por virtud del cual se aprobó la integración del ConsejoMunicipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Atlixco. Habiéndosellevado a cabo la primera sesión de Instalación del mencionado Consejocon fecha 7 de julio de 2015

XI. Que, siendo que los Ayuntamientos se encuentran facultados por elartículo 13 fracciones I y IX de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentabledel Estado de Puebla para formular, aprobar, administrar, ejecutar yactualizar en su caso, los Programas Municipales de Desarrollo UrbanoSustentable, de centros de población y los que de éstos se deriven, encongruencia con los Programas Estatales de Desarrollo UrbanoSustentable, de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanosy demás Programas regionales, así como evaluar y vigilar sucumplimiento, realizar, promover y concertar acciones e inversiones conlos sectores social y privado; a efecto de lograr el desarrollo sustentablede los centros de población, su conservación, mejoramiento y crecimiento,así como para la prestación y administración de los servicios públicos y laejecución de obras de infraestructura y equipamiento urbano.

XII. Que, de acuerdo al artículo 17, fracciones IV y VIII de la Ley de DesarrolloUrbano Sustentable del Estado de Puebla, los Consejos Municipales deDesarrollo Urbano Sustentable son órganos auxiliares de análisis y opiniónen la implementación de acciones del Ordenamiento Territorial de losAsentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano Sustentable, así comolos demás que por sus objetivos y funciones se relacionen con el desarrollourbano.

XIII. Que, la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla en losartículos 19 y 20 en su último párrafo establecen que sus atribuciones delos Consejos en el ámbito de su jurisdicción, entre los que se encuentran:recoger las opiniones y propuestas de los grupos sociales de lacomunidad, en relación con la planeación Territorial y del DesarrolloUrbano Sustentable, para canalizarlas a la Secretaría; asesorar alEjecutivo del Estado en lo relativo a la planeación territorial y regulacióndel Desarrollo Urbano Sustentable de la entidad, así como en las accionese inversiones que se realicen en esta materia; proponer las medidasnecesarias para la aplicación del Programa Estatal de OrdenamientoTerritorial de los asentamientos humanos; sugerir mecanismos definanciamiento de los programas derivados de los diferentes Programasde Desarrollo Urbano Sustentable de responsabilidad estatal; estudiar ypromover las medidas legislativas y administrativas que pudieran ser

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necesarias para la mejor ordenación del Desarrollo Urbano Sustentable enel Estado; proponer a las autoridades la prestación de nuevos servicios oel mejoramiento de los existentes, de acuerdo con las prioridadesexpresadas por los distintos grupos que integran su comunidad; sugerir lasbases conforme a las cuales se celebren convenios de concertación coninstituciones públicas o privadas, en esta materia; y que corresponde aeste Consejo el aprobar la elaboración de los estudios urbanosdesarrollados en el municipio ya sea con el carácter de programasparciales o sectoriales de desarrollo urbano sustentable o instrumentos deordenamiento territorial en apoyo de estos. Que en virtud de que para unreal cumplimiento de los objetivos expresados en este considerando ymayor beneficio de la ciudadanía, se requiere de contar con el instrumentourbano de un Sistema integral de Abasto del Municipio de Atlixco,elaborado con el cumplimiento de lo establecido para este tipo de estudiourbanos en la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Pueblay la normativa federal correspondiente se inserta como ANEXO ÚNICOdel presente Dictamen.

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado en los dispositivos legalesinvocados, someto a la consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

D I C T A M E N

PRIMERO.- Se aprueba en lo general y en lo particular el Dictamen que contiene elSistema Integral de Abasto del Municipio de Atlixco, en los términos que sedesprenden del considerando XIII del presente Dictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Atlixco,para que notifique el presente Dictamen a las dependencias y entidades de laadministración pública municipal a fin de que surta sus efectos legalescorrespondientes.TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Atlixco,para que notifique el presente Dictamen a la Dirección de Comunicación Social a finde que difunda el presente a través del Portal del Ayuntamiento.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?Yo solo quiero agregar que con esto se complementa al centro histórico. Si no existealgún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabarla votación.

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La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO NUEVE

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto nueve del orden deldía corresponde al Dictamen que presenta el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava,Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, por el que son reconocidos por el H. Ayuntamiento los Comités deOperación, Administración y Mantenimiento (COAM) para vigilar y dar seguimiento alos trabajos que se realicen durante el proceso de diversas obras de agua potable,por lo tanto le pido al Regidor proceda a dar lectura a su Dictamen.

El Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos deCalidad, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

EL SUSCRITO REGIDOR JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA, PRESIDENTE DELA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOSDE CALIDAD, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS; 103 PRIMER PÁRRAFO, 105 FRACCIÓN III DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, 3,78 FRACCIÓN IV, 92 FRACCIONES I Y VII, 140, 141, 163 Y 199 DE LA LEYORGÁNICA MUNICIPAL, 1 Y 111 DE LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA2 DEL CÓDIGO FISCAL MUNICIPALDEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; SOMETO A CONSIDERACIÓNDE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL DICTAMEN POR EL QUE SONRECONOCIDOS POR EL H. AYUNTAMIENTO LOS COMITÉS DE OPERACIÓN,ADMINISTRACIÓN Y MANTENIMIENTO (COAM) PARA VIGILAR Y DARSEGUIMIENTO A LOS TRABAJOS QUE SE REALICEN DURANTE EL PROCESODE DIVERSAS OBRAS DE AGUA POTABLE, POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I.- Que, el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,señala que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobiernorepublicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial yde su organización política y administrativa, el Municipio Libre.

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II.- Que, el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y sus correlativos 103 primer párrafo y 105 fracción III de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Puebla, 3, 78 fracción IV y 141 de la LeyOrgánica Municipal establecen que los Municipios estarán investidos depersonalidad jurídica, manejarán su patrimonio conforme a la ley y administraránlibremente su hacienda, además tendrán facultades para aprobar, de acuerdo conlas leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados,los Bandos de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y disposicionesadministrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, queorganicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participaciónciudadana y vecinal.

III.-Que, el artículo 92 fracciones I y VII de la Ley Orgánica Municipal establece queentre las facultades y obligaciones de los Regidores se encuentran las de ejercer ladebida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; así como Formular alAyuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promovertodo lo que crean conveniente al buen servicio público;

IV.- Que, el artículo 140 de la Ley de Orgánica Municipal, establece que el PatrimonioMunicipal se constituye por la universidad de los derechos y acciones de que estitular el Municipio, los cuales pueden valorarse económicamente y se encuentrandestinados a la realización de sus fines, asimismo forma parte del PatrimonioMunicipal, la Hacienda Pública Municipal, así como aquellos bienes y derechos quepor cualquier título le trasfieran al Municipio, la Federación, el Estado, los particulareso cualquier otro organismo público o privado.

V.- Que, el artículo 163 de la Ley Orgánica Municipal, establece que cada Municipiocontará con una Tesorería Municipal, que será la dependencia encargada deadministrar el Patrimonio Municipal, la cual está a cargo de un Tesorero, quien debecubrir los mismos requisitos señalados para el Secretario del Ayuntamiento, seránombrado y removido por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, yserá remunerado de acuerdo con el presupuesto respectivo.

VI.- Que el artículo 1 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberanode Puebla dispone que la hacienda pública municipal se conforma por lascontribuciones, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones,reasignaciones y demás ingresos que determinen las leyes fiscales; las donaciones,legados, herencias y reintegros que se hicieren a su favor, así como cualquier otroque incremente el erario público y que se destine a los gastos gubernamentales decada ejercicio fiscal.

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VII.- Que el artículo 111 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre ySoberano de Puebla establece que las participaciones en ingresos federales yestatales, los fondos de aportaciones federales, los incentivos económicos, lasreasignaciones y demás ingresos que correspondan al Municipio, se recibiránconforme a lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones decarácter estatal, incluyendo los convenios que celebre el Estado con el Municipio,así como a los Convenios de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscaly sus anexos, el de Colaboración Administrativa en materia Fiscal Federal, susanexos y declaratorias.

VIII.- Que el artículo 2 del Código Fiscal Municipal del Estado Libre y Soberano dePuebla establece que son ingresos del Municipio, las contribuciones, productos,aprovechamientos, participaciones, aportaciones, reasignaciones y demás ingresosque determinen las leyes fiscales; las donaciones, legados, herencias y reintegrosque se hicieren a su favor, así como cualquier otro que incremente el erario públicoy que se destine a los gastos gubernamentales de cada ejercicio fiscal

IX.- Que, los artículos 115 fracción III de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano dePuebla y 199 de la Ley Orgánica Municipal, disponen que el Municipio tiene a sucargo funciones como la de dotar a la población de Servicios y Obras deInfraestructura Básica.

X.- Que en fecha 7 de septiembre la empresa denominada Aplicación de Ingenieríay Consultoría S.A de C.V presentó escrito al Presidente José Luis Galeazzi Berra enel cual manifiesta que en relación al Programa para la Sostenibilidad de los Serviciosde Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales IV (PROSSAPYS IV) porel Banco Interamericano de Desarrollo BID esquema que la Comisión Nacional delAgua opera dentro de sus funciones siendo beneficiadas con obras de construcciónde agua potable las comunidades de Almazantla, San Agustín Huixaxtla y SanJerónimo Caleras, dicha empresa colabora en los trabajos de Atención Social ySupervisión Técnica del Programa de la Cruzada contra el Hambre en el Estado dePuebla, dichos trabajos en los términos de referencia en su punto 3 denominadoConsolidación del Sistema, Inciso B Reconocimiento del Comité de Operación,Administración y Mantenimiento (COAM) por acuerdo de Cabildo del Municipio yaque el Sistema quedará a cargo del Comité.

XI.- Dado que el Sistema quedará a cargo del Comité, mismo que en una junta deinformación con los beneficiarios de la localidad conformaron dicho Comité,respetando los Lineamientos que marcan los propios términos de referencia para lostrabajos de Atención Social y cumpliendo con lo especificado.

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XII.- Por tanto dichos Comités deben ser reconocidos formalmente por el H.Ayuntamiento mediante el acta de Cabildo respectiva, todo esto con el fin de cumplircon la fase de Consolidación De La Organización y participación comunitaria durantela ejecución de la obra correspondiente.

XIII.- En fecha 18 de septiembre de 2015 en la localidad de San Agustín Huixaxtlapara la red de agua potable se levantó el Acta Constitutiva del Comité de Aportaciónmisma que se celebró con el respectivo orden del día consistente en:

1.- Pase de Lista.2.- Establecimiento legal de la Asamblea.3.- Elección de los integrantes de la Asamblea.4.- Acuerdo de aportación para la ejecución de la obra.5.- Asuntos Generales.

Que el objeto de dicho Comité es el compromiso de vigilar y dar seguimiento a lostrabajos que se realicen durante la ejecución de la obra.

Designando el Comité quedando integrado de la siguiente manera:

1. Presidente.- Rosa María Antonio Romero2. Secretario.- María Teresa Gutiérrez de los Santos3. Tesorero.- Alberto Guerrero Rosario

Vocal de control y vigilancia

1. Ana María Montes Rojas

Quienes en dicha acta se comprometen a proporcionar los apoyos necesarios parala ejecución de la obra que se confiere y colaborar en la resolución de la problemáticaque se presente durante la ejecución de la misma.

En fecha 18 de septiembre de 2015 en la localidad de Rancho Almazantla para lared de agua potable se levantó el Acta Constitutiva del Comité de Aportación mismaque se celebró con el respectivo orden del día consistente en:

1.- Pase de Lista2.- Establecimiento legal de la Asamblea.3.- Elección de los integrantes de la Asamblea..4.- Acuerdo de aportación para la ejecución de la obra.5.- Asuntos Generales.

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Que el objeto de dicho Comité es el compromiso de vigilar y dar seguimiento a lostrabajos que se realicen durante la ejecución de la obra.

Designando el Comité quedando integrado de la siguiente manera:

1. Presidente.- Andrés Torres Arachi2. Secretario.- Joel Quintero Portilla3. Tesorero.- Honorato Rodríguez López

Vocales de control y vigilancia

1. José Genaro Rodríguez López2. Alberto Rodríguez González3. Álvaro Rodríguez Carpinteyro.

Quienes en dicha acta se comprometen a proporcionar los apoyos necesarios parala ejecución de la obra que se confiere y colaborar en la resolución de la problemáticaque se presente durante la ejecución de la misma.

En fecha 18 de septiembre de 2015 en la localidad de San Jerónimo Caleras para lared de agua potable se levantó el Acta Constitutiva del Comité de Aportación mismaque se celebró con el respectivo orden del día consistente en:

1.- Pase de Lista.2.- Establecimiento legal de la Asamblea.3.- Elección de los integrantes de la Asamblea.4.- Acuerdo de aportación para la ejecución de la obra.5.- Asuntos Generales.

Que el objeto de dicho Comité es el compromiso de vigilar y dar seguimiento a lostrabajos que se realicen durante la ejecución de la obra.

Designando el Comité quedando integrado de la siguiente manera:

1. Presidente.- Pablo Fierro Hernández2. Secretario.- Paula Fierro Hernández3. Tesorero.- Martín Quintero Díaz

Vocales de control y vigilancia

1. Marcelina Chávez Sánchez2. Remigio Chávez Fierro3. Feliciano Flores Vélez

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Quienes en dicha acta se comprometen a proporcionar los apoyos necesarios parala ejecución de la obra que se confiere y colaborar en la resolución de la problemáticaque se presente durante la ejecución de la misma.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración deeste Honorable Cuerpo Colegiado, para su aprobación, el siguiente:

D I C T A M E N

ÚNICO.- Se autoriza el Dictamen por el que son reconocidos por el H. Ayuntamientolos Comités de Operación, Administración y Mantenimiento (COAM) para vigilar ydar seguimiento a los trabajos que se realicen durante el proceso de diversas obrasde agua potable, en los términos del Considerando XIII del presente Dictamen.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Jorge Eduardo Moya Hernández, manifiesta: ¿Cuál esla función de estos Comités? ¿Son únicamente para el inicio de obra o son Comitésde seguimiento?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, manifiesta: Nosotrosaprobamos las obras de CONAGUA y uno de los requisitos para la integración delexpediente es que cada una tenga su Comité, y es solo para la ejecución de la obra.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: ¿Esos Comitésson para las obras que ya se hicieron?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, manifiesta: Están enproceso.

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, manifiesta: ¿Ellos se encargande la operación? ¿Administra algún tipo de recurso?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, manifiesta: Es solo unComité de vigilancia, y revisa que la obra se realice de acuerdo al expediente.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: creo que noestaría de más establecer en el dictamen que es por el tiempo que dure la obra.

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En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez, manifiesta: si, establecer lavigencia el Comité, que es lo que dure la obra. ¿Y tiene la reglamentación el Comité?

En uso de la voz el Regidor Juan Manuel Ayestarán Nava, manifiesta: En todas lasobras se tiene, quedaría un Comité de supervisión.

El Presidente Municipal, menciona: Si no existe algún otro comentario, solicito a laSecretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO DIEZ

El Presidente Municipal, expresa: Honorable Cabildo, el punto diez del orden del díacorresponde al Dictamen que presenta la Regidora Graciela Cantorán Nájera,Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, por el que se solicitase autorice la tabla de descuentos al cobro de los derechos por concepto de refrendode licencias que tienen por objeto el funcionamiento de establecimientos o localescuyos giros sean la enajenación y/o consumo de bebidas alcohólicas o la prestaciónde servicios que incluyan el expendio y/o consumo de dichas bebidas, por lo tanto lepido a la Regidora proceda a dar lectura a su Dictamen.

La Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

LA SUSCRITA REGIDORA GRACIELA CANTORÁN NÁJERA, PRESIDENTA DELA COMISIÓN DE PATRIMONIO Y HACIENDA MUNICIPAL; CON FUNDAMENTOEN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 FRACCIONES II Y III DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103PRIMER PÁRRAFO, 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIÓN IV, 92FRACCIONES I Y VII, 140, 141 Y 163 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 1, 41,42, 43 Y 44 DE LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE PUEBLA; 2 Y 5 DEL CÓDIGO FISCAL MUNICIPAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; SOMETO A CONSIDERACIÓN DE ESTEHONORABLE CUERPO COLEGIADO EL DICTAMEN POR EL QUE SE SOLICITASE AUTORICE LA TABLA DE DESCUENTOS AL COBRO DE LOS DERECHOSPOR CONCEPTO DE REFRENDO DE LICENCIAS QUE TIENEN POR OBJETO

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EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS O LOCALES CUYOS GIROSSEAN LA ENAJENACIÓN Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O LAPRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE INCLUYAN EL EXPENDIO Y/O CONSUMODE DICHAS BEBIDAS, POR LO QUE:

C O N S I D E R A N D O

I.- Que, el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,señala que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobiernorepublicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial yde su organización política y administrativa, el Municipio Libre.

II.- Que, el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y sus correlativos 103 primer párrafo y 105 fracción III de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Puebla, 3, 78 fracción IV y 141 de la LeyOrgánica Municipal establecen que los Municipios estarán investidos depersonalidad jurídica, manejarán su patrimonio conforme a la ley y administraránlibremente su hacienda, además tendrán facultades para aprobar, de acuerdo conlas leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados,los Bandos de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y disposicionesadministrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, queorganicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participaciónciudadana y vecinal.

III.- Que, el artículo 92 fracciones I y VII de la Ley Orgánica Municipal establece queentre las facultades y obligaciones de los Regidores se encuentran las de ejercer ladebida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; así como formular alAyuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promovertodo lo que crean conveniente al buen servicio público.IV. Que, el artículo 140 de la Ley de Orgánica Municipal, establece que el PatrimonioMunicipal se constituye por la universidad de los derechos y acciones de que estitular el Municipio, los cuales pueden valorarse económicamente y se encuentrandestinados a la realización de sus fines, asimismo forma parte del PatrimonioMunicipal, la Hacienda Pública Municipal, así como aquellos bienes y derechos quepor cualquier título le trasfieran al Municipio, la Federación, el Estado, los particulareso cualquier otro organismo público o privado.

V.- Que, el artículo 163 de la Ley Orgánica Municipal, establece que cada Municipiocontará con una Tesorería Municipal, que será la dependencia encargada deadministrar el Patrimonio Municipal, la cual está a cargo de un Tesorero, quien debecubrir los mismos requisitos señalados para el Secretario del Ayuntamiento, será

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nombrado y removido por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, yserá remunerado de acuerdo con el presupuesto respectivo.

VI.- Que el artículo 1 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberanode Puebla dispone que la hacienda pública municipal se conforma por lascontribuciones, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones,reasignaciones y demás ingresos que determinen las leyes fiscales; las donaciones,legados, herencias y reintegros que se hicieren a su favor, así como cualquier otroque incremente el erario público y que se destine a los gastos gubernamentales decada ejercicio fiscal.

VII.- Que el Artículo 86 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberanode Puebla dispone que son sujetos de estos derechos, sin perjuicio de lo que disponela Ley de Ingresos, las personas físicas o morales que enajenen bebidas alcohólicaso la prestación de servicios que incluyan el expendio de dichas bebidas, y querequieran para su actividad la expedición por parte del Ayuntamiento de una licencia,permiso o autorización.

VIII.- Que el artículo 88 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberanode Puebla establece que los derechos a que se refiere este Capítulo, se causarán ypagarán de acuerdo a las cuotas y tarifas que para cada giro establezca la Ley deIngresos del Municipio, o en su defecto en los términos y condiciones de losconvenios y actos jurídicos que los reglamenten. Para determinar las cuotas y tarifasa que se refiere el párrafo anterior, la Autoridad Municipal que corresponda, tomaráen cuenta el espacio físico que ocupen el establecimiento o lugar, el tipo de giro deque se trate, su ubicación en cualquiera de las zonas del municipio.

IX.- Que el artículo 2 del Código Fiscal Municipal del Estado Libre y Soberano dePuebla establece que son ingresos del municipio, las contribuciones, productos,aprovechamientos, participaciones, aportaciones, reasignaciones y demás ingresosque determinen las leyes fiscales; las donaciones, legados, herencias y reintegrosque se hicieren a su favor, así como cualquier otro que incremente el erario públicoy que se destine a los gastos gubernamentales de cada ejercicio fiscal.

X.- Que el Artículo 7 del Código Fiscal Municipal del Estado Libre y Soberano dePuebla establece que las contribuciones se clasifican en impuestos, derechos ycontribuciones de mejoras, los que se definen de la siguiente manera:

II. Derechos son las contribuciones establecidas en la ley, por el uso oaprovechamiento de los bienes del dominio público del Municipio, así como porrecibir servicios que preste el Municipio en sus funciones de derecho público, exceptocuando se presten por sus organismos. También son derechos, las contribuciones acargo de sus organismos, por prestar servicios exclusivos del Municipio.

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XI.- Que el refrendo de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamientode establecimientos o locales cuyos giros sean la enajenación y/o consumo debebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan el expendio y/oconsumo de dichas bebidas, deberá solicitarse al Ayuntamiento dentro de los 3primeros meses del Ejercicio Fiscal.

XII.- Que con el fin de regularizar los establecimientos a los que hace alusión elConsiderando que antecede, comprendidos en la normatividad vigente y en relacióna que ha sido aprobada la por el Congreso del Estado la Iniciativa de la Ley deIngresos para el Municipio de Atlixco para el ejercicio fiscal 2016, se propone quedichos establecimientos gocen de un descuento en pronto pago para tener un mayorcontrol de los mismos, lo que ayudará a tener una fiscalización adecuada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esteHonorable Cuerpo Colegiado para su aprobación el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Se autorizan los descuentos para el cobro de los derechos por conceptode refrendo de licencias que tienen por objeto el funcionamiento de establecimientoso locales cuyos giros sean la enajenación y/o consumo de bebidas alcohólicas o laprestación de servicios que incluyan el expendio y/o consumo de dichas bebidas delejercicio fiscal 2016.

PERIÓDO TOTAL DE DESCUENTOENERO 15%

FEBRERO 10%

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorera Municipal para que en el ámbito de susatribuciones y competencias realice las acciones correspondientes al cumplimientode lo establecido en el presente Dictamen.

Es cuanto Señor Presidente.

El Presidente Municipal, menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado,el Dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz la Regidora Graciela Cantorán Nájera, manifiesta: Este tema setrabajó con anterioridad, para que se otorguen descuentos a los Contribuyentescumplidos, porque ya por ahí del mes de marzo llegan los Contadores pidiendodescuentos, por tal motivo es mejor estimular con estos a los cumplidosproponiéndose, para enero un 15% y para febrero un 10% de descuento.

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En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Entonces es un15% en enero y en febrero un 10% de descuento, ¿en marzo no hay recargos?

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: ¿No es mucho el15%? Estamos hablando de bebidas alcohólicas.

En uso de la voz la Regidora Graciela Cantorán Nájera, manifiesta: Es porque losolicitan y es para incentivarlos a que paguen enero, los Contadores vienen pordescuentos, por prorrogas, como nosotros no estamos ofreciéndoles nada a los queson cumplidos.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: Si no pagan hayque quitarlos.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Es su obligación,no hay que darles descuentos, ni ninguna prórroga, que paguen porque así loestablece la ley.

En uso de la voz el Regidor Félix Castillo Sánchez, manifiesta: Lo que dice el RegidorRodolfo es correcto pero en la práctica es complicado el tema de la recaudación deimpuestos, es un tema que es mejor tenerlo en tiempo y forma para beneficio de laciudadanía.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: Pero porque seles da, si llegan ya tarde y aun así se les otorga.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Si somos buenosrecaudando, ¿porque darles esos beneficios?

El Presidente Municipal, menciona: Este tema es innovador y es para mejorar larecaudación, tenemos un gran porcentaje que no cobramos, se hizo un análisis yveíamos que nos pagaba un 25% y 75% que no; tenemos un rezago y siempre eltema de los descuentos es un incentivo y es una estrategia, ya estamos armonizadoscontablemente pero tiene una gran implicación en la administración pública, federalestatal y municipal, hemos hecho varias cosas en ese aspecto como no subir tarifas,no subir los impuestos, estamos actualizando los giros para que se pueda dar unaLey de Ingresos realista, esto dará un giro a la armonización contable y se obtendránmejores resultados en el cobro con todas estas modificaciones.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: Para otorgar laslicencias de alcohol por lo menos en cada Cabildo han sido cinco y si hablamos dediez meses son más de cincuenta licencias aprobadas, si no tenemos regularizadode las que ya están que paguen, creo que debería haber un dictamen este año para

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las que no estén pagando no se presente a Cabildo hasta que se tenga el control decuantas tenemos y cuantas nos pagan.

En uso de la voz el Síndico Municipal, Jorge Gutiérrez Ramos, manifiesta: Son temasdiferentes, el tema inicial es generar una especie de incentivos para las licenciaspara las que ya están funcionando y para las que se aprobaron en Cabildo ypromover un pronto pago como se hace en el impuesto predial y es prever que lasasociaciones de Contadores lo usan como método para cautivar a sus clientes yvender su gestión, aquí es brincar la gestión de los contadores, si es motivar al prontopago y evitar un poco la coacción que se le hace al gobierno.

En uso de la voz la Regidora Graciela Cantorán Nájera, manifiesta: Esta es unaforma de incentivar a los comerciantes establecidos y que además son cumplidos,para que se les otorgue un descuento, pero ya es iniciativa de nosotros, yaprovechando que está aquí el Director de Ingresos, quiero comentar que cuandofuimos a Chihuahua por una capacitación del tema de recaudación a nivel nacionaly nos dijeron que tenemos a uno de los mejores recaudadores, por lo que quierohacer un reconocimiento al Director.

En uso de la voz el Regidor Jorge Mario Blancarte Montaño, manifiesta: Hacemuchos años trabajé en la Tesorería del Ayuntamiento de Puebla y las licencias defuncionamiento para el comercio establecido costaba cien pesos y los ambulantespagan diario, mi pregunta es ¿los ambulantes pagan o no pagan piso? porque de serasí pagan más que los que pagan la licencia de funcionamiento.

En uso de la voz la Regidora Graciela Cantorán Nájera, manifiesta: Si pagan pisopero si hacemos el comparativo de lo que paga el comercio establecido es muchomás porque tiene más obligaciones como estar dado de alta en Hacienda, paga luz,agua.

En uso de la voz el Regidor Jorge Mario Blancarte Montaño, manifiesta: Yo hablo dela licencia de funcionamiento, pagan más porque pagan cada vez que se estánestableciendo y me extraña que cada sesión de Cabildo se aprueban por los menoscinco licencias y antes eran contadas, antes valía demasiado una licencia en laciudad de Puebla, ahora no sé cómo se otorgan así a granel.

El Presidente Municipal, menciona: El tema está relacionado con la formalidad y lainformalidad, la informalidad se formaliza cuando se establece en la Ley de Ingresosla administración de la calle; hemos estado trabajando con la Tesorería y no hay unsoporte tecnológico que en este momento tengamos la información en menostiempo, lo que tenemos es una estadística que tiene el Ayuntamiento, compramoscomputadoras, recabamos la información, tenemos un padrón, tenemos información

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al día del comercio y sabemos cómo cobrar, estamos haciendo políticas públicasgeneralizadas.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Comoexperimento está muy bueno solo le pediría al Director de Ingresos y a Tesorería uninforme de como mejora la recaudación.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: ¿puede habercancelación de licencia en caso de que no paguen en uno o dos años?

En uso de la voz la Regidora Graciela Cantorán Nájera, manifiesta: Si.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Esperamos uninforme con números, para saber a cuanta gente se le está cobrando, a cuanta gentese le espera cobrar, cuanto vamos a ganar más, cuanto vamos a dejar de ganar, lovamos aprobar, pero viene bastante incompleto el dictamen, hay muchos númeroque faltan pero que en abril nos presenten cuanto mejoró.

El Presidente Municipal, menciona: Hemos hechos cambios importantes paramejorar la recaudación ahora el Director de Ingresos ya tiene las cajas, le quitamoslas cajas al rastro y a mercados, ahora ya todas las cajas dependen del Director deIngresos, esto nos está dando buen resultado y se evita la corrupción, el informeestará bien estructurado, con información actualizada incluso por cuadrante, es uncambio sustantivo.

En uso de la voz el Regidor Jorge Mario Blancarte Montaño, manifiesta: Se hamencionado bastante el tema de la estadística y es importante que se aplique nosolo en la Dirección de Ingresos sino en todas la áreas y es importante tener datosestadísticos, si no existen comenzarlos a hacer, hasta de los juicios que lleva nuestroSíndico, cuantos juicios se presentaron, cuantos amparos, creo que es importantepara saber a dónde vamos, tener los datos hasta donde sea posible para conocerlos problemas y saber cómo resolverlos.

El Presidente Municipal, menciona: Lo tenemos, cada mes se presenta en sesiónordinaria, ahí podemos encontrar información de toda la administración, y en lasreuniones extraordinarias podemos revisar y vamos a tener información actualizaday al momento, para sustentar los dictámenes que se presentan en Cabildo.

En uso de la voz la Regidora Haydee Muciño Delgado, manifiesta: Creo que si cadames se presenta la noticia administrativa, Secretaría General nos podría presentarla información para poder solventar nuestras dudas y si nos salen más dudas laspodemos consultar con el área.

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El Presidente Municipal, menciona: Podemos resumir la información.

En uso de la voz el Regidor Rodolfo Chávez Escudero, manifiesta: Se puedeescanear la información como las actas de Cabildo, y lo revisamos.

El Presidente Municipal, menciona: Les daré la instrucción a los Directores para quenos hagan un resumen estadístico mensual, para que lo presentemos o lomandemos a los correos.

Si no existe algún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, procedaa recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por laafirmativa de aprobar el Dictamen a que se dio lectura, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO ONCE

La Secretaria del Ayuntamiento, manifiesta: Señor Presidente, informo a usted y alpleno que se ha dado cumplimiento al orden del día.

El Presidente Municipal, manifiesta: Honorable Cabildo, se han agotado los temaslistados en el orden del día, por lo tanto declaro el cierre de la presente sesiónextraordinaria de Cabildo, siendo las trece horas con cincuenta minutos del díadiecisiete de diciembre de dos mil quince. Muchas gracias y buenas tardes a todos.

Ing. José Luis Galeazzi BerraPresidente Municipal Constitucional

Lic. Esther González RodríguezSecretaria del Ayuntamiento

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C. Jorge Eduardo Moya HernándezPresidente de la Comisión

de Seguridad Pública y Gobernanza

C. Graciela Cantorán NájeraPresidenta de la Comisión

de Patrimonio y Hacienda Municipal

C. Juan Manuel Ayestarán NavaPresidente de la Comisión

de Desarrollo Urbano, Obras y ServiciosPúblicos de Calidad

C. María Auxilio Morales HerediaPresidenta de la Comisión

de Desarrollo Humano, Social yEconómico

C. Rodolfo Chávez EscuderoPresidente de la Comisión

de Ecología y Medio AmbienteSustentable

C. Esperanza Sánchez PérezPresidente de la Comisión

de Industria y Comercio

C. Jesica Ramírez RosasPresidente de la Comisiónde Salud y Alimentación

C. Félix Castillo SánchezPresidente de la Comisión

de Educación, Juventud y Deporte

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C. Haydee Muciño DelgadoPresidente de la Comisión

de Grupos Vulnerables y Equidad entreGéneros

C. Erich Amigón VelázquezPresidente de la Comisión de

Turismo, Culturay Tradiciones

C. Jorge Mario Blancarte MontañoPresidente de la Comisión

de Agricultura y Ganadería

C. Jorge Gutiérrez RamosSíndico Municipal