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1 de 4 Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas con quince minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, se reunieron en el piso 10 del edificio marcado con el número 1137 de la avenida Ángel Urraza en la colonia Del Valle, las Comisionadas y Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros, Sergio Jaime Rochín del Rincón, Carlos Ríos Espinosa, María Olga Noriega Sáenz y María del Rosario Torres Mata a efecto de llevar a cabo la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, conforme al siguiente ------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------- Orden del Día--------------------------------------------- 1. Instalación de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.---------------------------------------------------- 2. Lista de asistencia.---------------------------------------------------------------------------- 3. Lectura y aprobación del Orden del Día.------------------------------------------------ 4. Aprobación y firma del Acta de la Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.------------------------------- 5. El Comisionado Presidente somete a la consideración del Pleno los asuntos siguientes:------------------------------------------------------------------------------------------------ En virtud de que el Comisionado Presidente Sergio Jaime Rochín del Rincón tomará su primer período vacacional correspondiente al año 2014, del 30 de julio al 11 de agosto, propone al Pleno que el Comisionado Julio Antonio Hernández Barros sea designado como su sustituto, de conformidad con el artículo 12 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. 6. Seguimiento de acuerdos de la Sesión anterior.-------------------------------------- 7. Propuesta de lineamientos de declaratoria de reconocimiento de la calidad de víctima.------------------------------------------------------------------------------------------------ 8. Solicitud que diversos integrantes del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad dirigieron al Pleno de la Comisión Ejecutiva.--------------------------------------- 9. Propuesta para la elaboración de un programa que permita la reubicación de los niños y las niñas del albergue la Gran Familia, en Michoacán.------------------- 10. Propuesta de carteles para ser colocados en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, derivado de un convenio de colaboración con dicho órgano del Gobierno del Distrito Federal, a cargo del Comisionado Carlos Ríos Espinosa.------ 11. Asuntos generales.--------------------------------------------------------------------------- 12. Cita para la próxima Sesión Ordinaria.-------------------------------------------------- -------------------------------------Desarrollo de la Sesión y acuerdos----------------------- 1. El Comisionado Presidente declaró formalmente instalada la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria de la CEAV a las diez horas con quince minutos.--------- 2. El Comisionado Presidente dio cuenta de la presencia de los siete Comisionados.------------------------------------------------------------------------------------------ 3. El Pleno aprobó el Orden del Día por unanimidad.----------------------------------- 4. El Pleno aprobó, por unanimidad, el Acta de la Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria.---------------------------------------------------------------------------------------

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Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas�

En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas con quince minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, se reunieron en el piso 10 del edificio marcado con el número 1137 de la avenida Ángel Urraza en la colonia Del Valle, las Comisionadas y Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros, Sergio Jaime Rochín del Rincón, Carlos Ríos Espinosa, María Olga Noriega Sáenz y María del Rosario Torres Mata a efecto de llevar a cabo la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, conforme al siguiente ------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------- Orden del Día---------------------------------------------1.�� Instalación de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.---------------------------------------------------- 2. Lista de asistencia.---------------------------------------------------------------------------- 3. Lectura y aprobación del Orden del Día.------------------------------------------------ 4. Aprobación y firma del Acta de la Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.------------------------------- 5. El Comisionado Presidente somete a la consideración del Pleno los asuntos siguientes:------------------------------------------------------------------------------------------------ • En virtud de que el Comisionado Presidente Sergio Jaime Rochín del Rincón tomará su primer período vacacional correspondiente al año 2014, del 30 de julio al 11 de agosto, propone al Pleno que el Comisionado Julio Antonio Hernández Barros sea designado como su sustituto, de conformidad con el artículo 12 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. 6. Seguimiento de acuerdos de la Sesión anterior.-------------------------------------- 7. Propuesta de lineamientos de declaratoria de reconocimiento de la calidad de víctima.------------------------------------------------------------------------------------------------ 8. Solicitud que diversos integrantes del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad dirigieron al Pleno de la Comisión Ejecutiva.--------------------------------------- 9. Propuesta para la elaboración de un programa que permita la reubicación de los niños y las niñas del albergue la Gran Familia, en Michoacán.------------------- 10. Propuesta de carteles para ser colocados en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, derivado de un convenio de colaboración con dicho órgano del Gobierno del Distrito Federal, a cargo del Comisionado Carlos Ríos Espinosa.------ 11. Asuntos generales.--------------------------------------------------------------------------- 12. Cita para la próxima Sesión Ordinaria.---------------------------------------------------------------------------------------Desarrollo de la Sesión y acuerdos-----------------------1. El Comisionado Presidente declaró formalmente instalada la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria de la CEAV a las diez horas con quince minutos.--------- 2. El Comisionado Presidente dio cuenta de la presencia de los siete Comisionados.------------------------------------------------------------------------------------------ 3. El Pleno aprobó el Orden del Día por unanimidad.----------------------------------- 4. El Pleno aprobó, por unanimidad, el Acta de la Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria.---------------------------------------------------------------------------------------

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Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas�

5. Asuntos que el Comisionado Presidente somete a la consideración del Pleno:------------------------------------------------------------------------------------------------------ • El Pleno aprobó por seis votos, que sea el Comisionado Julio Antonio Hernández Barros el suplente del Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón, de conformidad con el artículo 12 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en virtud de su próxima ausencia, del 30 de julio al 11 de agosto de 2014, con motivo del goce del primer periodo vacacional de 2014.-----------------------------------------------------------------------------------6. Seguimiento de acuerdos de la Sesión anterior: ------------------------------------- • El Pleno determinó que, para el curso solicitado por la Subadministradora de Planeación de la Formación del Ciclo de Capital Humano de la Administración General de Recursos y Servicios del Sistema de Administración Tributaria, para capacitación sobre la Ley General de Víctimas y la CEAV, a celebrarse el próximo 5 de agosto de 2014, asistirán los servidores públicos siguientes: Ana María Echeverri Correa, Noé Ramírez Mandujano, Salvador Felipe Arias Ruelas, Alejandra Peña Martín y Alma Patricia Barraza Ponce.-------------------------------------- • El Pleno acordó, por unanimidad, la elaboración de un proyecto de lineamientos para publicaciones; además, que en términos del Estatuto Orgánico, la Dirección General de Comunicación Social elabore un formato para que las áreas respectivas le indiquen los materiales de difusión que pretendan publicar para integrar el Programa Anual de Publicaciones. ------------------------------------------ 7. El Pleno determinó aprobar por unanimidad los lineamientos de declaratoria de reconocimiento de la calidad de víctima. ---------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La Comisionada María Olga Noriega Sáenz se retiró del salón de sesiones a las trece horas con treinta y cinco minutos para atender un asunto propio de la Comisión.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 8. Ante la solicitud que diversos integrantes del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad dirigieron al Pleno, éste aprobó por unanimidad de los presentes, el documento que presentó el Comisionado Presidente, denominado Acuerdo del Pleno por el que se instruye a los titulares de las Unidades Administrativas de la Asesoría Jurídica Federal; de Administración y Finanzas y de Atención Inmediata y Primer Contacto de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para brindar a las víctimas los apoyos necesarios para su traslado y, además, enviar a la Secretaría de Gobernación una propuesta de reforma al Reglamento de la Ley General de Víctimas que incluya la posibilidad de incorporar la figura de ayudas de traslados, en términos del artículo 9 de la Ley General de Víctimas, previa su revisión por los Comisionados. Al respecto, el Comisionado Carlos Ríos Espinosa presentará un voto particular que se anexa a la presente ---- 9. El Pleno acordó formar un grupo de trabajo con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Gobernación para promover la elaboración de una metodología que permita atender, con base en los estándares internacionales de derechos

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Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas�

humanos, el tema de La Gran Familia, procurando en todo momento el interés superior de las niñas, niños y adolescentes. Dicho grupo será acompañado por los Comisionados Julio Antonio Hernández Barros, María del Rosario Torres Mata y Carlos Ríos Espinosa.-------------------------------------------------------------------------------- 10. Al estimar que no reuniría la votación necesaria para ser aprobado, el Comisionado Carlos Ríos Espinosa retiró la propuesta relativa a la colocación de carteles en el Sistema de Transporte Colectivo Metro para la búsqueda e identificación de personas.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La Comisionada María Olga Noriega Sáenz se reincorporó a la Sesión.--------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 11. Se cita para la próxima Sesión Ordinaria.---------------------------------------------- Al no haber más asuntos que tratar, se cierra el Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas a las catorce horas con quince minutos del veintidós de julio de dos mil catorce.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Sergio Jaime Rochín del Rincón.

Comisionado Presidente.

Adrián Franco Zevada.

Comisionado.

Susana Thalía Pedroza de la Llave.

Comisionada.

Julio Antonio Hernández Barros.

Comisionado.

Carlos Ríos Espinosa.

Comisionado.

María del Rosario Torres Mata.

Comisionada.

María Olga Noriega Sáenz.

Comisionada.

“Solicito se asiente en acta mi presencia ad cautelam

a esta reunión para efectos del artículo 92 de la Ley General de Víctimas. Manifiesto que no reconozco las Sesiones del 6, 13, 20 y 27 de mayo, 3, 10, 17, 24 de junio, 1, 8, 15 y 22 de julio de 2014, celebradas por el Pleno, ni los acuerdos que en ellas se tomaron, ya que no he presentado renuncia

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Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas�

formal al cargo de presidenta. El asunto se encuentra en el Poder Judicial de la Federación sub iudice, con el Juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, con el número de expediente 772/2014. Reitero mi solicitud de copia certificada del acta de hoy, en que conste mi presencia”

Alejandra Soto Alfonso.

Secretaria Técnica, quien da fe.

La presente hoja de firmas forma parte del Acta de la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas celebrada el 22 de julio de 2014.�

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CEAV/PLENO/2014/042/07 México D.F., 22 de julio de 2014.

“2014. Año de Octavio Paz”

Av. Ángel Urraza # 1137 esq. Pestalozzi, Col. Del Valle, Del. Benito Juárez, C. P. 03100, México, D. F. Tel. 1000 2000 www.ceav.gob.mx

ACUERDO DEL PLENO, por el que se emiten los Lineamientos de declaratoria de reconocimiento de la calidad de víctima. Con fundamento en los artículos 5; 6, fracciones IX, XIV, XVII, XVIII, XIX; 7, fracciones II, VI, VII, VIII, X, XIV, XXII; 88, fracciones II, V, VII, XI, XII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII; 95, fracción V; 96; 97; 98, párrafos primero y tercero, 100, fracciones I, IV, VI, IX; 101, párrafos primero y quinto, fracción III; 110, párrafo primero, fracción V, inciso a) y último párrafo; y 111 de la Ley General de Víctimas, así como los numerales 6, 7, 15 y 16, fracciones I, III y XIV del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que los lineamientos de declaratoria de reconocimiento de la calidad de víctima se emiten a efecto de asignar el folio de inscripción al Registro Nacional de Víctimas, cuando las solicitudes se acompañen del reconocimiento de la calidad de víctima emitido por la autoridad ministerial señalada en la fracción III, del artículo 101 de la Ley General de Víctimas.

SEGUNDO.- Que de conformidad con el artículo 6, fracción XIV de la Ley General de Víctimas, el Registro Nacional de Victimas está conformado por el registro federal y los propios de las entidades federativas.

TERCERO.- Que tal y como lo señala la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es responsable de la creación y adecuada operación del Registro Nacional de Victimas, con la obligación de garantizar que la inscripción de datos en el mismo sea de manera rápida, efectiva y diferencial, con la finalidad de que disfruten de las medidas de asistencia y reparación integral establecidas en la Ley. CUARTO.- Que las solicitudes de ingreso se realizarán en forma totalmente gratuita ante la Comisión Ejecutiva y sus correlativas estatales o del Distrito Federal, según corresponda de acuerdo a la competencia. Las solicitudes derivadas de delitos federales o de violaciones donde participen autoridades federales, serán presentadas a la Comisión Ejecutiva, quien llevará el Registro Federal. QUINTO.- Que las solicitudes de inscripción al RENAVI, deberán ser debidamente llenadas y contendrán la información y documentación necesaria para que la víctima acceda plenamente a los derechos incluidos en la Ley General de Víctimas. Para acceder a la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas deberá realizarse el ingreso y valoración de la información de conformidad a las áreas de competencia de la Dirección General del Registro Nacional de Víctimas y el Comité Interdisciplinario Evaluador.

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CEAV/PLENO/2014/042/07 México D.F., 22 de julio de 2014.

“2014. Año de Octavio Paz”

Av. Ángel Urraza # 1137 esq. Pestalozzi, Col. Del Valle, Del. Benito Juárez, C. P. 03100, México, D. F. Tel. 1000 2000 www.ceav.gob.mx

SEXTO.- Que el reconocimiento de la calidad de víctima tiene como efecto el acceso de la víctima a los recursos del fondo y a la reparación integral, de conformidad a lo previsto en la Ley de la materia y el Reglamento. SÉPTIMO.- Que el reconocimiento de la calidad de víctima la determina:

1. Juez penal, por sentencia ejecutoriada; 2. Juez penal o de paz, que conozca de la causa; 3. Juez en materia de amparo, civil o familiar que tenga elementos para

acreditarla; 4. Órganos jurisdiccionales internacionales de protección a derechos

humanos a los que México les reconozca competencia, y 5. Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, tomando en consideración las

determinaciones del ministerio público, autoridad responsable de la violación a los derechos humanos que le reconozca tal carácter, organismos públicos de protección de derechos humanos u organismos internacionales de derechos humanos a los que México les reconozca competencia.

OCTAVO.- Que dentro de las atribuciones de la Dirección General del RENAVI, se encuentran:

• Garantizar que el formato único de declaración esté adecuadamente integrado;

• Garantizar que la información que contengan las solicitudes sea debidamente integrada al registro nacional;

• Preparar las solicitudes de ingreso hechas directamente por víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, a efecto de que el Pleno pueda determinar su procedencia;

• Solicitar los soportes documentales de los registros que obren en otras bases de datos y que se refieran a víctimas de delitos o de violaciones a derechos humanos del orden federal;

• Requerir la ampliación de información de las solicitudes de inscripción que hayan sido tramitadas ante autoridades distintas a la Comisión Ejecutiva, y

• Solicitar a cualquier autoridad del orden federal, local y municipal, para mejor proveer, aquella información que se estime necesaria para determinar la procedencia de la solicitud de inscripción.

NOVENO.- Que el Comité Interdisciplinario Evaluador se encarga, entre otras funciones, de:

• Emitir opiniones técnicas sobre la inscripción de las solicitudes de las víctimas al registro y de elaborar los proyectos de compensación subsidiaria para que sean aprobados, en su caso, por la CEAV.

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CEAV/PLENO/2014/042/07 México D.F., 22 de julio de 2014.

“2014. Año de Octavio Paz”

Av. Ángel Urraza # 1137 esq. Pestalozzi, Col. Del Valle, Del. Benito Juárez, C. P. 03100, México, D. F. Tel. 1000 2000 www.ceav.gob.mx

• Recibir las solicitudes de registro de los distintos tipos de víctimas;

• Solicitar información complementaria a las instituciones del Sistema sobre las características del hecho victimizante a efecto de integrar de manera completa la información que se incorporará al registro;

• Elaborar los dictámenes de ingreso al registro y emitir las constancias respectivas;

Que por lo antes expuesto, el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- En los casos de que las víctimas directas, indirectas o potenciales presenten solicitudes de ingreso al registro nacional de víctimas de forma directa por sí o por representante, se realizarán cumpliendo con todos y cada uno de los principios consagrados en la Ley General de Víctimas.

SEGUNDO.- A efecto de que el trámite de la asignación de folio en el registro se realice de manera rápida, efectiva y diferencial, se faculta al Director General del Registro Nacional de Víctimas, para que reconozca la calidad de víctima y asiente los datos de las mismas (víctimas directas, indirectas y/o potenciales), en aquellos casos que no requieran valoración de hechos, conforme al artículo 101, fracción III de la Ley de la materia, y en los que la solicitud debidamente presentada contiene como soporte documental el Acuerdo en el que el agente investigador federal reconoce la calidad de víctima, aun cuando no se haya dictado resolución.

Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 22 de julio de 2014.- El Comisionado Presidente Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- Los Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros, Carlos Ríos Espinosa, María Olga Noriega Sáenz y María del Rosario Torres Mata.- Firmas.- La Secretaria Técnica del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la presentación y votación del documento- Firma.

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ACUERDO DEL PLENO, por el que se instruye a los titulares de las unidades administrativas de la Asesoría Jurídica Federal; de Administración y Finanzas y de Atención Inmediata y Primer Contacto de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para brindar a las víctimas los apoyos necesarios para su traslado. CC. DIRECTORES GENERALES DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERAL; DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y DE ATENCIÓN INMEDIATA Y PRIMER CONTACTO.

PRESENTES

Con fundamento en los artículos 88, fracciones II, IX, XI y XXV y 92 de la Ley General de Víctimas y 6, 7, 15, 16, fracción I, III y XIV del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 88, fracción II de la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas tendrá entre sus funciones y facultades, la de garantizar el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que el Estado proporcione a las víctimas, para lograr su reincorporación a la vida social. Que de conformidad con lo dispuesto por el SEGUNDO TRANSITORIO del DECRETO por el que se transforma la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y en tanto se expide el Reglamento de la Ley General de Víctimas, corresponde a esta Comisión Ejecutiva garantizar la continuidad del acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que proporcione el Estado a las víctimas, en los casos de atención, asistencia y protección que estaban en curso, por parte de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas del Delito (PROVÍCTIMA), a la fecha de entrada en vigor del mencionado Decreto;

Que el contenido de este documento, en ningún caso, podrá ser interpretado como restricción a los derechos previstos en la Ley General de Víctimas;

Que con el fin de cumplir de forma eficiente, ágil y apegada a la norma constitucional y las

disposiciones legales y normativas correspondientes, en tanto se emiten las disposiciones inherentes a apoyos a las víctimas, se deberán observar las siguientes consideraciones al momento de brindar a las víctimas los apoyos necesarios para su traslado cuando las circunstancias así lo ameriten, garantizándoles, en todo momento, el respeto de sus derechos humanos, así como su integridad física y emocional, y

Que si bien los artículos 130 y 135 de la Ley General de Víctimas prevén la creación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como que cuando la situación lo amerite, la Comisión Ejecutiva podrá crear un fondo de emergencia para los apoyos establecidos en el Título Tercero de la propia Ley, a la fecha, la eficacia e instrumentalidad de los referidos fondos, se encuentran sujetos a la constitución del fideicomiso de administración, así como a la expedición y publicación en el Diario Oficial

México, D.F., 22 de julio de 2014

“2014 Año de Octavio Paz”

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de la Federación del Reglamento de la Ley General de Víctimas, circunstancias anteriores que de ninguna manera, deben ser obstáculo o impedimento para respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas víctimas, conforme lo mandata la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia Ley General de Víctimas, por lo que resulta necesario, crear un mecanismo inmediato para brindar la ayuda y asistencia en materia de traslados en tanto el proceso jurídico de conformación del fideicomiso concluye, con cargo a la partida 44102 “Gastos por servicios de traslado de personas”, que puede ser usada en virtud de que la CEAV tiene la facultad, conferida por el artículo 9, segundo párrafo, de prever mecanismos de asistencia orientados a reestablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas;

Que por lo expuesto, el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

I. Las solicitudes de traslado serán recibidas con al menos tres días hábiles de anticipación a que tenga verificativo el mismo, en la Dirección General de la Asesoría Jurídica y en la Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto, quienes fungirán como las instancias evaluadoras y dictaminadoras de la procedencia de los traslados. Una vez listo el dictamen, dichas instancias lo turnarán a la Dirección General de Administración y Finanzas, quien emitirá en su caso, un oficio de autorización del traslado en el que se establezcan los montos autorizados para dicho apoyo.

Se podrá, excepcionalmente, autorizar el traslado inmediato de una persona cuando: a) Exista riesgo para la integridad personal, o la vida de la víctima, o b) La persona sea citada para una diligencia relacionada con el hecho victimizante de carácter

ministerial, judicial, de derechos humanos u otra autoridad competente. Para tales efectos, se deberá avisar que se recibió la notificación y, posteriormente, acreditar que se llevó a cabo la diligencia a través del “Formato de comprobación de diligencia”.

II. El apoyo de traslados a víctimas se podrá otorgar cuando exista la necesidad de efectuar éste por

causas de seguridad, de apoyo para intervenir en diligencias ministeriales o judiciales, así como de asistencia ante diversas instituciones públicas, privadas o sociales, es decir, para:

a) Formular denuncia o querella a efecto de que tengan reconocida su calidad procesal; b) Desahogar diligencias o comparecer ante el agente del Ministerio Público, sus autoridades

auxiliares o bien acudir a las audiencias ante las autoridades judiciales que correspondan; c) Recibir atención especializada o de tratamiento por alguna institución pública, privada, social o

cualesquiera otra que sea necesaria para el apoyo médico, psicológico, social o cualquier tipo de ayuda que se brinda a la víctima directa, indirecta o posibles víctimas de delito, u

d) Obtener seguridad (protección) de las autoridades competentes, cuando se considere que existe un probable riesgo a su vida o integridad física o psico-emocional.

Al respecto, el titular del área evaluadora y dictaminadora, al realizar su valoración deberá verificar que la diligencia, comparecencia o audiencia que se pretende atender se llevará a cabo en la fecha y hora que señala el solicitante, de forma comprobada. Asimismo se podrá otorgar el apoyo cuando exista un probable riesgo que ponga en peligro la integridad o la seguridad de la víctima directa o indirecta o posible víctima de delitos, el cual debe ser real o inminente.

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Una vez que se hubiese verificado el cumplimiento de los elementos mencionados, el titular del área correspondiente dictaminará la procedencia de la solicitud de traslado, lo que informará a la Dirección General de Administración y Finanzas de la Comisión Ejecutiva quien, en su caso, procederá a su autorización y gestionará la entrega de los recursos correspondientes. En caso de que se considere que no se cumple con los mismos, se podrá requerir al solicitante mayores datos que fortalezcan a los referidos elementos.

En la toma de decisiones, el área correspondiente considerará los gastos de operación de traslado, tales como el número de personas a trasladarse, los medios de transporte, los alimentos y, en su caso, el lugar de albergue o acogida en que estará el o los solicitantes, de conformidad con el tabulador autorizado para tal efecto.

III. Una vez que se haya autorizado el traslado de personas, el servidor público que atienda el

asunto deberá cerciorarse de que se cumplan los itinerarios, formas y condiciones en que se haya autorizado dicho traslado, para lo cual se deberá levantar constancia a las víctimas o posibles víctimas beneficiarias, haciéndoles patente cuáles son los alcances de la medida autorizada, así como las obligaciones que se asumen.

En caso de que no se cumpla con los requisitos y formalidades autorizados en los conceptos de traslado sin causa justificada, el gasto correrá por cuenta de los beneficiarios, sin que sea posible su bonificación o reembolso.

IV. Los gastos en que se incurra con motivo de los traslados deberán realizarse bajo criterios de

austeridad, racionalidad, eficiencia, economía y transparencia, y serán los estrictamente necesarios para otorgar el apoyo.

V. Los traslados se realizarán exclusivamente dentro del territorio nacional, y el apoyo incluirá, en

su caso, los gastos de hospedaje, alimentación y transportación local, conforme al siguiente tabulador:

Montos máximos para apoyos de traslados

Concepto Monto máximo autorizado

Transportación aérea nacional El costo del boleto del avión al momento de la compra.

Transportación terrestre nacional

El monto del boleto de autobús.

Transportación local La tarifa de Taxi en cada localidad, comprobado con factura o nota respectiva.

Hospedaje $750.00 por noche

Alimentación $450.00 por día, para 3 alimentos

VI. La erogación y comprobación de los apoyos otorgados se efectuará de la forma siguiente:

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1. Turnada la solicitud, el titular de la Unidad Administrativa evaluadora y dictaminadora solicitará el apoyo, con la debida justificación y previo soporte documental que obre en sus archivos, mediante el Formato “Oficio de solicitud de apoyo” (se anexa), dirigido a la Dirección General de Administración y Finanzas quien, de estimarlo procedente, autorizará el otorgamiento del apoyo de traslados.

2. Los apoyos serán otorgados de manera económica, mediante cheque a nombre del titular del área evaluadora y dictaminadora, a través del fondo rotatorio, como gasto a reserva de comprobar y se firmará, como constancia del apoyo recibido, el formato “Entrega de Recursos para el Apoyo de Víctimas o Posibles Víctimas de Delitos” (se anexa), por parte del titular del área solicitante y el beneficiario del apoyo.

3. Si el apoyo se refiere a un traslado por vía aérea, éste, en su caso, se brindará a través de la empresa que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas tenga contratada para tal efecto y se firmará de igual forma el formato “Entrega de Recursos para el Apoyo de Víctimas o Posibles Víctimas de Delitos”.

4. En el caso de que los gastos se hayan efectuado por cuenta de la víctima directa o

indirecta, se podrá solicitar el reembolso de dicho gasto, siempre y cuando se cumpla con los supuestos que señala el numeral II del presente Oficio Circular, y que la factura esté a nombre de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; que con antelación el servidor público que atiende el caso acredite la veracidad de los elementos; y que la solicitud de reembolso se haga dentro de un plazo que no exceda 10 días posteriores a la fecha en que se realizó el gasto de la solicitud y, que se solicite a través del Formato “Oficio de solicitud de apoyo”.

5. Una vez realizada la erogación, la documentación comprobatoria será remitida al titular de

la DGAF por el titular del área evaluadora y dictaminadora, en los siguientes términos:

a) Para los supuestos del numeral 2, se comprobará con facturas a nombre de la

Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas con Registro Federal de Causantes PSA110907-866, que amparen el gasto efectuado y que cumplan con los requisitos fiscales que señala el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, para lo cual se proporcionará copia de la Cédula Fiscal respectiva.

b) Tratándose del supuesto enunciado en el numeral 3, se dará por comprobado el

apoyo, con los pases de abordar emitidos por la aerolínea, y

c) En casos excepcionales en los que no pueda ser posible la obtención de la documentación fiscal comprobatoria del gasto de transporte terrestre y de alimentación, podrá ser considerado como comprobante del gasto, el formato “Entrega de Recursos para el Apoyo de Víctimas o Posibles Víctimas de Delitos”, junto con una constancia (se anexa) en la que comparezca el beneficiario y se justifique lo gastado o la falta de comprobantes del gasto, con las firmas del titular del área evaluadora y dictaminadora, el beneficiario del apoyo y dos testigos.

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Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 22 de julio de 2014.- El Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- Los Comisionados: Adrián Franco Zevada, Susana Thalía Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros, Carlos Ríos Espinosa, María del Rosario Torres Mata.-Firmas.-La Secretaria Técnica del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la presentación y votación del documento por unanimidad de los presentes y con el voto particular del Comisionado Carlos Ríos Espinosa.-Firma.