acta de conciliaciÓn nº 082

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 Exp. Nro. 08194-201 1-0-1817-JR-C O-14 ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 082-2005 En la ciudad de Lima, a los 20 días del mes de Diciembre del 2011 ante mi Mónica Consuelo Vásquez García, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07760981, en mi calidad de Conciliadora debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia mediante la acreditación Nº 10882, se presente con el objeto que les asista en la solución de un conflicto doña Victoria Huamaní Pahuara, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 06094689 domiciliada en Jr. Monsefu 1094 Mz-30A  Pueblo Joven Carrizal, y como invitado a conciliar Alfonso Nicolás Calderón Otoya identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 09462937, con domicilio en Jr. Caracas 2635 Jesús María con el objeto de llevar a cabo la Audiencia de Conciliación solicitada por la primera. Iniciada la Audiencia de conciliación se procedió a informar a las partes sobre el procedimiento de conciliación, su naturaleza, características, fines y ventajas. Así mismo se señaló a las partes las normas de conducta que deberán observar. A continuación las partes manifestaron lo siguiente: DESCRIPCIÓN DE LA CONTROVERSIA Solicita que el invitado reconozca todos los pagos efectuados a cuenta y para la cancelación de la obligación ascendente a la suma de S/. 33,000 Nuevos Soles, contenida en una Letra de Cambio. Comprometiéndose la solicitante a cancelar el saldo conforme al cronograma que adjunta. Siendo su pretensión: OFRECIMIENTO DE PAGO ACUERDO CONCILIATORIO TOTAL: Considerando los hechos señalados y las propuestas formuladas por las partes y el conciliador, se conviene en celebrar un acuerdo en los siguientes términos: 1. Don Alfonso Nicolás Calderón r econoce todos los p agos que la solicitante a efectuado para la cancelación y a cuenta de l a obligación ascendiente a S/. 33.000 Nuevos Soles 2. Doña Victoria Huamani Pahu ara, se compromete de manera libre y voluntar ia pagar su deuda antes señalada hasta ponerse al día, de acuerdo al siguiente cronograma: 2.1. El día 30 de diciembre del 2011 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles 2.2. El día 30 de Enero del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.3. El día 28 de Febrero del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.4. El día 30 de Marzo del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.5. El día 30 de Abril del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.6. El día 30 de Mayo del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.7. El día 30 de Junio del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.8. El día 30 de Julio del 2012 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles 2.9. El día 30 de Agosto del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.10. El día 30 de Setiembre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.11. El día 30 de Octubre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.12. El día 30 de Noviembre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles 2.13. El día 30 de Diciembre del 2012 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles 2.14. El día 30 de Enero del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

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5/17/2018 ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 082 - slidepdf.com

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Exp. Nro. 08194-2011-0-1817-JR-CO-14

ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 082-2005

En la ciudad de Lima, a los 20 días del mes de Diciembre del 2011 ante mi Mónica Consuelo Vásquez García,

identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07760981, en mi calidad de Conciliadora debidamente

autorizado por el Ministerio de Justicia mediante la acreditación Nº 10882, se presente con el objeto que les

asista en la solución de un conflicto doña Victoria Huamaní Pahuara, identificada con Documento Nacional de

Identidad Nº 06094689 domiciliada en Jr. Monsefu 1094 Mz-30A  – Pueblo Joven Carrizal, y como invitado a

conciliar Alfonso Nicolás Calderón Otoya identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 09462937, con

domicilio en Jr. Caracas 2635 Jesús María con el objeto de llevar a cabo la Audiencia de Conciliación solicitada

por la primera.

Iniciada la Audiencia de conciliación se procedió a informar a las partes sobre el procedimiento de conciliación,

su naturaleza, características, fines y ventajas. Así mismo se señaló a las partes las normas de conducta que

deberán observar. A continuación las partes manifestaron lo siguiente:

DESCRIPCIÓN DE LA CONTROVERSIA

Solicita que el invitado reconozca todos los pagos efectuados a cuenta y para la cancelación de la obligación

ascendente a la suma de S/. 33,000 Nuevos Soles, contenida en una Letra de Cambio. Comprometiéndose la

solicitante a cancelar el saldo conforme al cronograma que adjunta.

Siendo su pretensión: OFRECIMIENTO DE PAGO

ACUERDO CONCILIATORIO TOTAL:

Considerando los hechos señalados y las propuestas formuladas por las partes y el conciliador, se conviene en

celebrar un acuerdo en los siguientes términos:

1. Don Alfonso Nicolás Calderón reconoce todos los pagos que la solicitante a efectuado para la

cancelación y a cuenta de la obligación ascendiente a S/. 33.000 Nuevos Soles

2. Doña Victoria Huamani Pahuara, se compromete de manera libre y voluntaria pagar su deuda antes

señalada hasta ponerse al día, de acuerdo al siguiente cronograma:

2.1. El día 30 de diciembre del 2011 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.2. El día 30 de Enero del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.3. El día 28 de Febrero del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.4. El día 30 de Marzo del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.5. El día 30 de Abril del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.6. El día 30 de Mayo del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.7. El día 30 de Junio del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.8. El día 30 de Julio del 2012 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.9. El día 30 de Agosto del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.10. El día 30 de Setiembre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.11. El día 30 de Octubre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.12. El día 30 de Noviembre del 2012 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.13. El día 30 de Diciembre del 2012 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.14. El día 30 de Enero del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

5/17/2018 ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 082 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/acta-de-conciliacion-no-082 2/3

 

2.15. El día 28 de Febrero del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.16. El día 30 de Marzo del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.17. El día 30 de Abril del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.18. El día 30 de Mayo del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.19. El día 30 de Junio del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.20. El día 30 de Julio del 2013 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.21. El día 30 de Agosto del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.22. El día 30 de Setiembre del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.23. El día 30 de Octubre del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.24. El día 30 de Noviembre del 2013 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.25. El día 30 de Diciembre del 2013 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.26. El día 30 de Enero del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.27. El día 28 de Febrero del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.28. El día 30 de Marzo del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.29. El día 30 de Abril del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.30. El día 30 de Mayo del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.31. El día 30 de Junio del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.32. El día 30 de Julio del 2014 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.33. El día 30 de Agosto del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.34. El día 30 de Setiembre del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.35. El día 30 de Octubre del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.36. El día 30 de Noviembre del 2014 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.37. El día 30 de Diciembre del 2014 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.38. El día 30 de Enero del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.39. El día 28 de Febrero del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.40. El día 30 de Marzo del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles2.41. El día 30 de Abril del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.42. El día 30 de Mayo del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.43. El día 30 de Junio del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.44. El día 30 de Julio del 2015 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.45. El día 30 de Agosto del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.46. El día 30 de Setiembre del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.47. El día 30 de Octubre del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.48. El día 30 de Noviembre del 2015 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.49. El día 30 de Diciembre del 2015 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

2.50. El día 30 de Enero del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.51. El día 28 de Febrero del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.52. El día 30 de Marzo del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.53. El día 30 de Abril del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.54. El día 30 de Mayo del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.55. El día 30 de Junio del 2016 pagará S/. 500.00 Nuevos Soles

2.56. El día 30 de Julio del 2016 pagará S/. 1000.00 Nuevos Soles

3. Los pagos se realizarán en las fechas señalas en la Cuenta de Ahorro Nº 0011-0195-0200303646 del

Banco Continental

5/17/2018 ACTA DE CONCILIACIÓN Nº 082 - slidepdf.com

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4. En la voluntad de ambas partes dejar expresamente establecido que se desisten de cualquier acción

 judicial indicada o por iniciarse.

5. Todo aquello que no estuviera estipulado o existieras ambigüedad, oscuridad y/o vacío legal aluno, se

regirá en primer lugar por las leyes especiales de la materia y en segundo lugar por las leyes generales

de la República del Perú.

Leído el texto anterior, los conciliantes manifiestan su conformidad con el mismo, siendo las 12.20 p.m. del día

20 de diciembre del año dos mil once y en señal de lo cual firman la presente acta.

 ______________________ Huamani Pahuara Victoria

DNI Nº 06094689

 ____________________________ Alfonso Nicolás Calderón Otoya

DNI Nº 09462937