abogado - ucese ha encargado de violentar los derechos de los extranjeros, al ser el mismo estado...
TRANSCRIPT
i
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
La movilidad humana, realidad social y jurídica de los migrantes
cubanos, en el Aeropuerto de Quito en el año 2016
Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de.
ABOGADO
AUTOR: Marcial Gallardo Felipe Andrés
TUTOR: Msc. Dr. Julio Alberto Andrade Maldonado
Quito, noviembre 2016
ii
DERECHOS DEL AUTOR
Yo, Felipe Andrés Marcial Gallardo en mi calidad de autor del trabajo de investigación:
“La movilidad humana, realidad social y jurídica de los migrantes cubanos, en el
Aeropuerto de Quito en el año 2016”, autorizo a la Universidad Central del Ecuador
hacer uso del contenido total o parcial que me pertenece, con fines estrictamente
académicos o de investigación.
Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente autorización,
seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8, 19
y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.
También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador realizar la digitalización y
publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.
Atentamente,
Felipe Andrés Marcial Gallardo
C.C. 172139293-2
iv
DEDICATORIA
Dedico este proyecto a Dios por haberme guiado en mis estudios.
A mis padres Gonzalo y Soledad por haberme apoyado en todos los ámbitos, morales,
económicos y forjarme como un profesional del derecho.
A mi esposa Joselyn quien me apoyo y alentó para culminar con éxito.
A mi hija María Paz por ser mi fuente de inspiración.
v
AGRADECIMIENTO
Mi agradecimiento especial va dirigido al Doctor Julio Andrade, por ayudarme día a día en
la elaboración de mi proyecto.
vi
ÍNDICE DE CONTENIDOS
DERECHOS DEL AUTOR .................................................................................................. ii
APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN .................................. iii
DEDICATORIA ................................................................................................................... iv
AGRADECIMIENTO ........................................................................................................... v
ÍNDICE DE CONTENIDOS ................................................................................................ vi
LISTA DE CUADROS ....................................................................................................... xii
LISTA DE TABLAS ............................................................................................................ ix
LISTA DE GRÁFICOS ......................................................................................................... x
RESUMEN ......................................................................................................................... xiii
ABSTRACT ....................................................................................................................... xiv
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 1
CAPÍTULO I ......................................................................................................................... 3
PROBLEMA ......................................................................................................................... 3
1.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA. ............................................................. 3
1.2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ........................................................... 3
1.3. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA ................................................................... 4
1.4. PREGUNTAS DIRECTRICES........................................................................... 6
1.5. OBJETIVOS........................................................................................................ 6
1.5.1 Objetivo General ................................................................................................... 6
1.5.2 Objetivos Específicos ............................................................................................ 6
1.6. JUSTIFICACIÓN................................................................................................ 7
CAPÍTULO II ........................................................................................................................ 8
MARCO GENERAL ............................................................................................................. 8
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ............................................................. 8
2.2 FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA ............................................................................... 10
2.3 MARCO LEGAL .......................................................................................................... 11
2.4 MARCO HISTÓRICO .................................................................................................. 13
2.5 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS .................................................................................... 14
2.6 IDEA A DEFENDER .................................................................................................... 16
2.7 CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES ........................................................... 16
ESQUEMA DE CONTENIDOS ......................................................................................... 17
vii
Antecedentes Históricos de la Migración ............................................................................ 17
Aproximación al Derecho Internacional Migratorio ........................................................... 23
Diferencias entre migración, emigración, inmigración ....................................................... 27
Migración ............................................................................................................................ 27
Inmigración .......................................................................................................................... 29
Emigración .......................................................................................................................... 29
Tipos de migración .............................................................................................................. 30
Migración Interna ................................................................................................................ 30
Migración externa ................................................................................................................ 30
Causas generales de las migraciones ................................................................................... 31
Causas políticas ................................................................................................................... 31
Causas culturales ................................................................................................................. 32
Causas socio-económicas .................................................................................................... 33
Causas familiares ................................................................................................................. 33
Causas bélicas y otros conflictos internacionales ................................................................ 34
Catástrofes generalizadas .................................................................................................... 34
Movilidad humana y ciudadanía universal .......................................................................... 35
Principios de movilidad humana ......................................................................................... 44
Principio de la no devolución (non-refoulement) y Principios jus cogens .......................... 45
Prohibición de la no discriminación e igualdad................................................................... 47
Liberad de movilidad o derecho de migrar .......................................................................... 50
Principio pro personae aplicado a movilidad humana ......................................................... 52
Discriminación y Migración ............................................................................................... 53
Migración cubana en el Ecuador ......................................................................................... 58
Principales motivos de la migración cubana ....................................................................... 58
Migración cubana en Ecuador ............................................................................................. 66
CAPÍTULO III .................................................................................................................... 71
3. METODOLOGÍA ................................................................................................. 71
3.1. MODALIDAD DE INVESTIGACIÓN ................................................................ 71
3.2. NIVELES O TIPO DE INVESTIGACIÓN .......................................................... 71
3.3. MÉTODOS............................................................................................................ 72
3.4. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN. .................................................................... 73
3.5. OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES .................................................... 74
viii
3.6. UNIVERSO O POBLACIÓN Y MUESTRA ....................................................... 75
CAPÍTULO IV .................................................................................................................... 76
4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS .................................... 76
APLICACIÓN DE LAS ENCUESTAS .............................................................................. 76
RESULTADO DE LAS RESPUESTAS DEL CUESTIONARIO DE LA ENCUESTA ... 78
CAPÍTULO V ..................................................................................................................... 89
5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................... 89
CONCLUSIONES ............................................................................................................... 89
RECOMENDACIONES ..................................................................................................... 91
CAPÍTULO VI .................................................................................................................... 93
6. PROPUESTA ........................................................................................................ 93
6.1. JUSTIFICACIÓN................................................................................................. 93
6.2. OBJETIVO ............................................................................................................ 95
6.3. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. ........................................................... 96
6.4. PRESUPUESTO ............................................................................................... 97
6.5. UBICACIÓN ..................................................................................................... 98
6.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA ............................................................ 99
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS .............................................................................. 102
ix
LISTA DE TABLAS
Tabla 1. Operacionalización de variables ............................................................................ 74
Tabla 2. Población y muestra .............................................................................................. 75
Tabla 3. Cronograma ........................................................................................................... 96
x
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico 1. ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio de
ciudadanía universal? .......................................................................................................... 79
Gráfico 2. ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio de
ciudadanía universal? .......................................................................................................... 79
Gráfico 3. ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de discriminación
o malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
............................................................................................................................................. 80
Gráfico 4. ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de discriminación
o malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
............................................................................................................................................. 80
Gráfico 5. ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo trato que a
los inmigrantes de otras nacionalidades? ............................................................................ 81
Gráfico 6. ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo trato que a
los inmigrantes de otras nacionalidades? ............................................................................ 81
Gráfico 7. ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el Aeropuerto de
Quito es despectivo? ............................................................................................................ 82
Gráfico 8. ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el Aeropuerto de
Quito es despectivo? ............................................................................................................ 82
Gráfico 9. ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento que eviten la
discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes de Control Migratorio
en el Aeropuerto de Quito? .................................................................................................. 83
Gráfico 10. ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento que eviten
la discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes de Control
Migratorio en el Aeropuerto de Quito? ............................................................................... 83
xi
Gráfico 11. ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador? .................................. 84
Gráfico 12. ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador? .................................. 84
Gráfico 13. ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria ......................................... 85
Gráfico 14. ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria? ....................................... 85
Gráfico 15. ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio adoptado en
nuestro país va acorde a la realidad social imperante? ........................................................ 86
Gráfico 16. ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio adoptado en
nuestro país va acorde a la realidad social imperante?? ...................................................... 86
Gráfico 17. ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho migratorio
sobre la ciudadanía universal? ............................................................................................. 87
Gráfico 18. ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho migratorio
sobre la ciudadanía universal? ............................................................................................. 87
Gráfico 19. ¿Cree que en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados
y Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los migrantes? .......... 88
Gráfico 20. ¿Cree en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados
y Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los migrantes? .......... 88
xii
LISTA DE CUADROS
Cuadro 1. Aplicación de las encuestas ................................................................................ 76
Cuadro 2. Presupuesto ......................................................................................................... 97
Cuadro 3. Ubicación ............................................................................................................ 98
xiii
TEMA: “La movilidad humana, realidad social y jurídica de los migrantes cubanos, en el
Aeropuerto de Quito en el año 2016”
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Tutor: Msc. Dr. Julio Alberto Andrade Maldonado.
RESUMEN
La migración es un fenómeno social que siempre ha existido, primordialmente ocasionado
por el debilitamiento del Estado de derecho, así como la falta de vigencia efectiva de los
derechos económicos, sociales y culturales, dando lugar a que la sociedad como alternativa
de mejorar su modo de vida, viabilice la opción de emigrar a otros países. Sin embargo
para poder cumplir el objetivo de establecerse, en los países de tránsito o acogida, muchas
veces los emigrantes son víctimas de discriminación y xenofobia, generando graves
consecuencias a su integridad moral y física. La migración de los ciudadanos cubanos al
Ecuador ha venido en aumento en los últimos años, a consecuencia de esto, el control de su
ingreso se ha venido modificando tornándose cada vez más riguroso, sin embargo dichos
“controles”, llegan a ser ofensivos y atentan a los derechos humanos de los emigrantes
cubanos.
PALABRAS CLAVE: MIGRACIÓN / MOVILIDAD / CONVENIOS / PROTECCIÓN /
DERECHOS HUMANOS / DISCRIMINACIÓN.
xiv
TITLE: “Human mobility, social and juridical reality of cuban immigrants in the Airport
of the city of Quito throughout the year 2016”
Author: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Tutor: Msc. Julio Alberto Andrade Maldonado.
ABSTRACT
Immigration is an ever-existing social phenomenon that is mainly caused by the
weakening of the Rule of Law and by the lack of effective enforcement of economic, social
and cultural rights, which make people opt for the alternative of improving their living
conditions by migrating to other countries. However, when immigrants begin settling in
their transit or final destination countries, they are often victims of discrimination and
xenophobia, which causes great harm to their physical and moral integrity. Cuban
migration in Ecuador has been on the rise for the past years and, in consequence, entry
vetting has become more vigorous. Nevertheless, these “controls” can become offensive
and may violate the human rigths of Cuban immigrants.
KEYWORDS: MIGRATION / MOBILITY / AGREEMENTS / PROTECTION /
HUMAN RIGHTS / DISCRIMINATION.
1
INTRODUCCIÓN
La presente investigación está determinada en el estudio pormenorizado del modo de
operar el ingreso de los ciudadanos cubanos al Ecuador, con el firme propósito de
determinar la posible necesidad de crear un proyecto de reforma o creación de una
disposición legal que ayude a evitar la transgresión de los derechos humanos violentados a
los ciudadanos cubanos.
La investigación contendrá seis capítulos determinados de la siguiente manera:
CAPÍTULO I, En el presente capítulo se abordará el Problema, el planteamiento del
problema de la investigación, inquietudes que se vertirán a lo largo de la investigación, así
como se determinará el tipo de investigación con preguntas directrices, a fin de justificar
los objetivos que se plasman en la investigación.
CAPÍTULO II, En éste capítulo trataré sobre conceptos básicos en base a los antecedentes
logrados mediante la investigación realizada; así como haré hincapié sobre los
fundamentos doctrinarios de diferentes tratadistas del derecho internacional relacionados
con el tema; del mismo modo me permitiré elaborar la fundamentación teórica; la hipótesis
respectiva; así como definiré las características variables del tema; y finalmente la
definición de términos básicos.
CAPÍTULO III, En el presente capítulo determinaré la metodología de investigación
científica, utilizando los métodos inductivo, deductivo, analítico, estadístico, sistemático,
etc., debiendo para ello inclusive utilizar encuestas a personas que han palpado de cerca la
2
presente problemática, además se abordará la variable independiente en correlación con las
variables dependientes.
CAPÍTULO IV.- En el éste capítulo analizaré e interpretaré los resultados demostrados en
la investigación de campo, utilizando como recurso la encuesta; así mismo concluiré con la
verificación de mi hipótesis.
CAPÍTULO V.- En el presente capítulo realizaré las conclusiones y recomendaciones
como resultado de mi investigación.
CAPÍTULO VI.- En éste capítulo elaboraré mi propuesta de la investigación.
3
CAPÍTULO I
PROBLEMA
1.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA.
La Declaración Universal de Derechos Humanos, el pacto de san José de Costa Rica, la
Constitución de la República de Ecuador, y demás convenios de integración regional,
determinan la igualdad de derechos y obligaciones entre nacionales y extranjeros, pero a
pesar de dichas disposiciones ratificadas por el Estado Ecuatoriano, ha sido el mismo que
se ha encargado de violentar los derechos de los extranjeros, al ser el mismo estado por
intermedio de sus funcionarios, los que han fomentado cierto grado de discriminación
contra los ciudadanos cubanos.
1.2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La migración es y ha sido un fenómeno histórico permanente y global, desde los tiempos
más remotos, los ayllus estuvieron movilizándose de un lugar a otro, las delimitaciones
imaginarias no existían, y la movilidad era libre.
Es en el aparecimiento de la propiedad privada, la creación de imperios, y la
conquista geográfica, cuando empiezan las divisiones imaginarias, que posteriormente
serían consolidadas por los Estados Modernos, mismos que dividirían a nacionales y
extranjeros.
4
La revolución francesa en su Declaración de los Derechos de los Ciudadanos y el
Hombre por primera vez toma en cuenta la relación de derechos no solo con sus
compatriotas, sino también con personas externas, y esta sería la base para que
posteriormente se aborde más en derechos humanos de integración para los extranjeros.
Cuba, Tras 57 años de socialismo real bajo el régimen comunista de los Castro, es
uno de los países más pobres del mundo. En 1959, Cuba era considerada tan rica como
Singapur, sin embargo, la renta per cápita de ambos ha mostrado una evolución
diametralmente opuesta después de adoptar dos modelos económicos muy diferentes:
capitalismo y comunismo
Un 80 % de los cubanos viven actualmente en la pobreza y ciertos fenómenos
sociales, como el aumento de la prostitución, la mendicidad y la emigración.
La inmigración a Ecuador ha ascendido en la última década, en su mayoría quienes
ingresan a nuestro país son ciudadanos cubanos, quienes llegan a Ecuador con el objetivo
de poder viajar a Estados Unidos, tomando como un paso hacia su objetivo principal
(Estados Unidos), por su Ley de Ajuste Cubano, que les permite en la mayoría de los
casos, establecerse de manera legal en dicho país.
1.3. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
Para el presente estudio surge la problemática al analizar el procedimiento que actualmente
manejan los analistas de control migratorio en cuanto al ingreso de los ciudadanos cubanos
al Ecuador, en el Aeropuerto de Tababela, siendo este tentativo hacia los derechos
5
humanos por cuanto el trato es por demás despectivo y discriminatorio, es decir existe una
clara violación a los derechos de los extranjeros establecidos por la constitución en los
Arts. 7 y 8 y en los tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado
ecuatoriano que hace claramente hincapié en la igualdad y el reconocimiento de los
derechos de todos los individuos sin importar raza, condición, sexo, edad, etc.
La selectividad que sufren los ciudadanos cubanos en el aeropuerto de Tababela en la
Ciudad de Quito, a pesar de que existe norma expresa, en la propia Constitución de la
República del Ecuador y en Tratados y Convenios Internacionales, por lo que nos
tendríamos que reformular, cuáles son los parámetros que debe seguir las autoridades
públicas aeroportuarias, para que puedan actuar de manera eficaz y oportuna, al momento
de servir a los extranjeros sin ningunas distinción por su nacionalidad de residencia o de
nacimiento, para cumplir la igualdad ante la ley de manera directa y sólida.
Al no dar fiel cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República del
Ecuador y en Tratados y Convenios Internacionales en cuanto a la igualdad de derechos de
las personas, podríamos ser demandados como estado y posteriormente sancionados por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos siendo el estado ecuatoriano el principal
responsable.
6
1.4. PREGUNTAS DIRECTRICES
1. ¿Qué tratos reciben los ciudadanos cubanos por parte de los analistas de control
migratorio?
2. ¿Qué procedimiento emplean los analistas de control migratorio al entrevistar a las
personas extranjeras?
3. ¿Qué derechos reconoce la Constitución del Ecuador y los tratados y convenios de
Derechos Humanos a los ciudadanos extranjeros?
4. ¿Qué parámetro legal se debería cambiar, para un trato igualitario hacia todos los
extranjeros?
1.5. OBJETIVOS
1.5.1 Objetivo General
Incorporar a la ley de migración una norma eficaz que evite la discriminación hacía
ciudadanos cubanos en el Ecuador.
1.5.2 Objetivos Específicos
Analizar el procedimiento que manejan los analistas de control migratorio al
entrevistar a los ciudadanos cubanos al ingresar al Ecuador.
Determinar las causas que motivan a realizar preguntas discriminatorias a los
ciudadanos cubanos.
Buscar un mecanismo legal que permita controlar la violación de los derechos
fundamentales vigentes en nuestro ordenamiento jurídico en contra de los
inmigrantes.
7
1.6. JUSTIFICACIÓN
La iniciativa de investigar el procedimiento de ingreso al Ecuador que actualmente
manejan los analistas de control migratorio en cuanto a extranjeros, especialmente a
ciudadanos cubanos, al percibir los malos tratos, conllevaría a implementar un proyecto de
reforma a la normativa legal existente para evitar la transgresión de sus derechos.
Es importante porque se constituiría en una herramienta determinante para solucionar
de manera adecuada el procedimiento de ingreso a los ciudadanos cubanos al Ecuador, sin
violentar a los derechos humanos.
Los beneficiarios directos serían: los ciudadanos cubanos, extranjeros y el Estado
ecuatoriano, coadyuvando positivamente a la sociedad en general
Su utilidad práctica sería determinante en la aplicación de casos fácticos,
principalmente para los analistas de control migratorio, puesto que, al contar con un
instrumento legal adecuado, facilitaría su utilización de manera especial para consulta y
análisis.
El acceso a la información podría tornarse difícil puesto que no se han realizado
estudios similares a mi temática de estudio siendo esto una potencial limitación al realizar
mi investigación.
Sin embargo, al hacerse efectiva esta iniciativa podrá facilitar a evitar la trasgresión a
los derechos humanos, definitivamente causaría un impacto social tanto para extranjeros
como el estado ecuatoriano.
8
CAPÍTULO II
MARCO GENERAL
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
La migración ha existido y existirá siempre, los principales factores son de índole política
y económica.
Peña Jiménez Digna Francisca en su tesis “La Movilidad Humana y el
Fortalecimiento en el Derecho de los Migrantes Ecuatorianos”, de la Universidad Central
de Ecuador, del 2014; determina que:
La migración es un fenómeno que siempre ha existido, pero es ahora en donde
se ha profundizado como consecuencia de algunos procesos; políticos,
económicos y sociales. El ser humano siempre está dado al cambio por mejores
opciones de vida lejos del lugar de origen. Es el avance tecnológico, sobre todo
de la comunicación, las redes sociales e internet, lo que ha disminuido el costo
afectivo de la separación. Pág. 14
Como lo asegura la presente investigadora, el vínculo afectivo ha quedado subsanado en
cierto grado gracias a los avances tecnológicos.
Borja Román Rodrigo Francisco, “La no aplicación del principio de ciudadanía
universal propugnado por la Constitución del Ecuador por vulnerar la Ley de Migración”,
de la Universidad Central de Ecuador, del 2014, determina que:
9
El concepto de ciudadanía estaba habitualmente definido como el vínculo
político de los individuos con un Estado determinado, pero la aceptación
universal de los derechos humanos fundamentales de mediados del siglo XX,
junto a la tesis de Thomas Marshall, quien asociaba a los derechos de
ciudadanía con los derechos civiles, políticos y sociales, sumado esto al entorno
global que gracias al avance vertiginoso de la tecnología vivimos, nos ha puesto
en la disyuntiva de ¿podremos llegar a ser ciudadanos universales? pág. 15.
El presente investigador nos aporta significativamente al cuestionarnos que gracias al
avance de la tecnología, ¿podremos llegar a ser ciudadanos universales?, se podría decir
que físicamente es imposible pero tecnológicamente todo se ha vuelto alcanzable.
Espinel Campoverde Jennifer Paulette, “Situación Jurídica de los refugiados
Colombianos en el Ecuador” de la Universidad Central de Ecuador, del 2013, menciona
que:
Hoy el concepto de los derechos humanos contiene los principales derechos
civiles y políticos, es decir, las libertades públicas, los derechos económicos,
sociales y culturales que imponen al Estado prestaciones positivas para
satisfacer las necesidades humanas ya sean estas económicas, sociales,
culturales y los nuevos derechos que han nacido ante las exigencias del mundo
actual, en particular, frente a los problemas del desarrollo del medio ambiente,
de la libre determinación, de la paz, movilidad, etc. (Paulette) pág. 26.
Al ser todas las personas iguales ante la ley y gozar de todas las potestades y atribuciones
que ésta nos brinda, no debemos dudar en hacer hincapié a su veraz cumplimiento.
10
2.2 FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
Gonzáles Martín Nuria, 2000, en su libro titulado “Derechos de los Migrantes”, nos hace
referencia a la migración, determinado:
La movilidad geográfica no se puede plantear con un solo fin, objetivo o meta a
través de la historia de la humanidad. Desde que “el mundo es mundo”, son
diversos los motivos que han conllevado a la población a desplazarse, ya sea
dentro de su misma comunidad o incluso fuera de ella. A modo de comparación,
en las épocas más remotas el hombre se trasladaba de un lugar a otro en busca
de alimentos; posteriormente la movilidad era con la finalidad de encontrar
mejores condiciones de vida; en la actualidad, se agrega un traslado en busca de
la unificación familiar. pág. 3
El presente tratadista nos hace mención a que la movilización humana ha existido desde la
antigüedad con la finalidad de mejorar las condiciones de vida por tanto es un imperativo
social que busca el bienestar de la colectividad.
Larrea Holguín Juan, en su libro titulado “Manual de Derecho Internacional Privado
Ecuatoriano”, del 2006, indica la condición jurídica de los extranjeros, y menciona:
La necesidad de firmar la propia personalidad, los recelos mutuos, las
frecuentes guerras y las escasas relaciones de tipo pacifico, hicieron que los
pueblos antiguos generalmente negaron todo derecho a los extranjeros, o que
los concedieran con carácter absolutamente excepcional. Hay que distinguir, sin
embargo, los pueblos teocráticos como los asirios, y los egipcios, de aquellos
otros más abiertos al trato con las demás naciones, por razones principalmente
de comercio con los fenicios y los griegos. Estos segundos, suelen conceder
una situación jurídica al extranjero, que no los primeros. (pág. 113).
11
Si en algún momento la migración estaba prohibida por los estados, en su mayoría por
problemas bélicos, la migración siempre ha existido, sea por el comercio o por trato
abierto.
Ainaga Vargas Maria del Carmen y otros…, 2008, en su libro titulado “Temas de
Migración y Derecho”, menciona:
Las migraciones han estado presentes en toda la historia de la humanidad como
consecuencia de diferentes causas…sin embargo, el proceso de globalización,
dadas sus profundas asimetrías entre economías de los países, han propiciado un
incremento de la migración internacional, principalmente de las naciones en
desarrollo hacia las desarrolladas. Así, los actuales flujos migratorios, presentan
múltiples y complejas relaciones condicionadas por el contexto del acelerado
proceso de globalización de la economía que experimenta el mundo actual.
(Pág. 17).
Hoy en día la migración se ha generalizado principalmente por países subdesarrollados,
quienes al buscar un mejor estrato económico, emigran a países del primer mundo.
2.3 MARCO LEGAL
En cuanto a las leyes que tratan acerca del tema a tratar se encuentran:
Constitución de la República del Ecuador.
12
Capítulo primero Principios de las relaciones internacionales
Art. 416.- Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los
intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores, y
en consecuencia
1. Proclama la independencia e igualdad jurídica de los Estados, la convivencia pacífica y
la autodeterminación de los pueblos, así como la cooperación, la integración y la
solidaridad.
5. Reconoce los derechos de los distintos pueblos que coexisten dentro de los Estados, en
especial el de promover mecanismos que expresen, preserven y protejan el carácter diverso
de sus sociedades, y rechaza el racismo, la xenofobia y toda forma de discriminación.
6. Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes
del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador
de las relaciones desiguales entre los países, especialmente Norte-Sur.
7. Exige el respeto de los derechos humanos, en particular de los derechos de las personas
migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento de las obligaciones
asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales de derechos humanos. 184
Carta de ONU
CAPITULO I. PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS
Artículo 1 Los Propósitos de las Naciones Unidas son:
2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de
la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otros
medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
13
Artículo 2 Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la
Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios: 1. La
Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
Convenio de Viena sobre los Malos Tratos
Artículo 13 Todo Estado Parte velará por que toda persona que alegue haber sido sometida
a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a
que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes. Se
tomarán medidas para asegurar que quien presente la queja y los testigos estén protegidos
contra malos tratos o intimidación como consecuencia de la queja o del testimonio
prestado.
2.4 MARCO HISTÓRICO
La migración ha existido desde los tiempos más remotos sin impedimentos ni
delimitaciones, es decir, la movilidad era de manera libre. Con en el aparecimiento de la
propiedad privada, la creación de imperios, y la conquista geográfica empieza la división
de la población dividiendo a la sociedad como nacionales y extranjeros, en un principio sin
los mismos derechos por ser diferentes su lugar de nacimiento y posteriormente con la
Revolución Francesa en su Declaración de los Derechos de los Ciudadanos y el Hombre se
tomaría por primera vez la igualdad de condiciones.
La Constitución de la República del Ecuador y en Tratados y Convenios
Internacionales, ampara la igualdad de condiciones de las personas, sin embargo en el
14
Ecuador ciertos funcionarios no acatan los principios fundamentales de los derechos
humanos atentando contra las personas por su trato despectivo.
2.5 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Derechos y garantías:
En Derecho Constitucional, el conjunto de declaraciones solemnes por lo
general, aunque atenuadas por su entrega a leyes especiales donde a veces se
desnaturalizan, que en el código fundamental tienden a asegurar los beneficios
de la libertad, a garantizar la seguridad ya fomentar la tranquilidad ciudadana
frente a la acción arbitraria de la autoridad. Integran límites a la acción de ésta y
defensa para los súbditos o particulares.
Cabanellas De Torres, G. (1982). (2° Edición) Diccionario Jurídico Elemental. Argentina:
Editorial Heliasta S.R.L. Pag 97
Discriminación:
Acción y efecto de discriminar, de separar, distinguir una cosa de otra. Desde el
punto de vista social, significa dar trato de inferioridad a una persona o
colectividad por motivos raciales, religiosos, Políticos u otros. El problema de
la discriminación racial ha dado origen a muy graves cuestiones a través de los
siglos y ha adquirido caracteres verdaderamente pavorosos con la implantación
de los modernos regímenes totalitarios de uno y otro signo, pero de modo
especial en la etapa de [a Alemania nazi. Y, aun fuera de ella, la discriminación
racial sigue constituyendo un tema de apasionada discusión doctrinal, con las
inevitables derivaciones prácticas, en los países en que conviven tensamente
razas: blanca y negra, semitas y antisemitas, católicos y protestantes u
otros sectores sacudidos por antagonismos irascibles.
15
Cabanellas De Torres, G. (1982). (2° Edición) Diccionario Jurídico Elemental. Argentina:
Editorial Heliasta S.R.L. Pag 102.
Extranjero: “El que por nacimiento, familia, naturalización, etc., no pertenece a nuestro
país o aquel en el cual nos encontramos. | En Derecho POLÍTICO e Internacional
Público, nación o Estado que no es el propio”. Cabanellas De Torres, G. (1982). (2°
Edición) Diccionario Jurídico Elemental. Argentina: Editorial Heliasta S.R.L. Pág. 127.
Emigrante: “Para la Academia, "el que por motivos no POLÍTICOS abandona su propio
país para residir en otro" Cabanellas De Torres, G. (1982). (2° Edición) Diccionario
Jurídico Elemental. Argentina: Editorial Heliasta S.R.L. Pág. 112.
Garantía: “Acción y efecto de asegurar o responder por una cosa”. Eduardo Gasca
Pliego, Hiram Raul Piña Libien, Jorge Olvera Garcia, Jorge Hurtado Salgado. (2010). (1°
Edición) Diccionario de Términos Jurídico-Universitarios. México: Editorial Universidad
Autónoma del Estado de México. Pág. 38
Ilegalidad: “Infracción de ley prohibitiva. | Incumplimiento de ley imperativa. |
Ilegitimidad. | Abuso. | Delito.” Cabanellas De Torres, G. (1993). (11° Edición)
Diccionario Jurídico Elemental. Argentina: Editorial Heliasta S.R.L Pág. 152.
Movilidad: Derecho fundamental de cualquier persona de la raza humana de circular con
libertad a cualquier destino que desee.
16
Protección: garantía constitucional que hacer referencia a la igualdad de derechos y
principios jurídicos sobre derechos humanos que poseen todas las personas de la especie
humana sin importar su edad, sexo, condición social y migratoria etc.
Derechos Humanos: Sus antecedentes han venido a lo largo de la historia y podemos
mencionar la primera generación en la Revolución Francesa y su promulgación de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano, donde se ve marcado por primera vez un
reconocimiento de Derecho Universal, que refiere el conferir por parte de un estado una
igualdad ante la ley y su reconocimiento ante la misma por cualquier persona, sea esta
nacional o extranjera.
2.6 IDEA A DEFENDER
La propuesta de reforma al Art.5 de la Ley de Migración y Extranjería, para establecer un
eficiente trato hacia los extranjeros sin distinción de raza, sexo, condición social o
nacionalidad, especialmente hacia los ciudadanos cubanos.
2.7 CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
VARIABLE INDEPENDIENTE
Necesidad de creación de una disposición legal que viabilice de manera objetiva el trato
hacia las personas extranjeras.
VARIABLES DEPENDIENTES
Acceso a la igualdad de derechos como lo establece la constitución y los tratados y
convenios internacionales.
17
Controlar las funciones de los agentes de policía de servicio de migración, al entrevistar a
los extranjeros.
ESQUEMA DE CONTENIDOS
Antecedentes Históricos de la Migración
La humanidad se caracterizó por ser nómada durante casi toda la existencia que ha tenido
hasta hoy, superior a los tres millones de años. La tierra no le pertenecía a nadie y las
familias, clanes, hordas o tribus podían moverse hacia dónde estimaban podían gozar de
mejores condiciones de vida. Del África salieron en fecha inmemorable y se introdujeron
en Europa unos, en Asia otros; recientemente, no hace más de 40.000 años, se introdujeron
en América, pero asimismo en calidad de nómadas. (Peña Jiménez 10) Aunque no hay
duda de que las personas siempre han “migrado”, en el más amplio sentido de la palabra,
de un asentamiento a otro, de caserío a caserío, y de pueblo a pueblo, sería un error asumir
que la migración, tal como se practica o experimenta actualmente, es la misma que en el
pasado. La palabra “migración” podría incluir muchas sombras y complejidades de
significado. (OIM, Organizacón Mundial de las Migraciones 7)
La movilidad humana internacional no es algo nuevo, pero es un tópico que en los
últimos años ha tomado mayor fuerza en las agendas públicas, pues la búsqueda de los
hombres y las mujeres por alcanzar mejores condiciones de vida para ellos y sus familias
se ha exponenciado en todos los puntos del orbe. (Espinosa Carrillo 2).Los historiadores
sobre migración coinciden en que los flujos migratorios han sido, y continúan siendo,
vectores importantes del cambio social, económico y cultural. Aunque no es posible
determinar de manera acertada cuántas personas fueron “migrantes” en un momento
18
particular en la historia, existe evidencia de estilos de vida sedentaria y migratoria que
coexistieron durante todos los periodos de la historia mundial. (OIM, Organizacón
Mundial de las Migraciones 3)
Muchas de las migraciones del pasado son desconocidas por falta de evidencia
histórica. Pero la arqueología ha podido fechar los suficientes asentamientos humanos
históricos para que conozcamos unos rasgos muy generales del patrón de la migración
humana durante los últimos 100.000 años, donde se ven las fechas más tempranas de
asentamientos humanos en los lugares indicados con un círculo. Cada círculo está ligado a
una fecha en el eje temporal (que se repite cuatro veces por comodidad de presentación).
Así se ve que, desde su origen en África hace unos 150.000 años, el ser humano había
llegado a “Oriente Medio” hace 90.000 años. 50.000 años más tarde se encuentran
evidencias de seres humanos en Europa occidental, Australia y Siberia central.
Posiblemente hace 15.000 años los humanos cruzaron hacia el continente americano y
finalmente colonizaron las islas de Oceanía. Y cada vez más durante esta historia
hipersimplificada unas migraciones fueron seguidas por otras. Por lo tanto, muchas partes
habitables del globo han sido ocupadas, divididas, reocupadas y redivididas muchas veces
por distintos grupos de migrantes humanos. (Historia de las Migraciones 56)
El sedentarismo es un fenómeno completamente nuevo, de no hace más de diez mil
años, que se da a consecuencia del aumento de la población, que llegó a una cantidad tal
que la naturaleza ya no pudo proveerla de los alimentos necesarios por sí sola. La
recolección de frutos, la caza y la pesca ya no pudieron producir lo suficiente para saciar el
hambre y los hombres tuvieron que descubrir o inventar la agricultura y la ganadería. Para
poder cuidar los cultivos, cosechar y guardar los frutos los humanos tuvieron que asentarse
19
en un lugar, así como también para criar y cuidar a sus animales domésticos. Las
confederaciones de tribus pasaron a seminómadas y por último a sedentarias. Tan pronto
los pueblos se volvieron sedentarios desarrollaron la tendencia a ocupar permanentemente
un territorio, a cuidarlo y defenderlo, generando un celo y desconfianza hacia cualquier
extraño que pretendiera introducirse en el mismo. La movilidad dejó de ser libre, hasta
hoy, y cada uno se sentía completamente inseguro fuera de su territorio, como muchos se
siguen sintiendo ahora. Las restricciones a la libertad de movilidad pronto se convirtieron
en normas jurídicas. (Peña Jiménez 10)
A lo largo de la historia, cada época ha presentado su propio tipo de movimientos
humanos. Las migraciones antiguas se caracterizaron, en líneas generales, por su falta de
espontaneidad. Se trataba de desplazamientos forzosos a causa de las invasiones,
conquistas, colonizaciones y expulsiones colectivas. Este tipo de movimientos favoreció la
industrialización de las potencias coloniales y, por consiguiente, la aparición de nuevos
tipos migratorios, conformando lo que se conoce como migraciones modernas. (Oumaya
43)
Las migraciones estuvieron presentes desde el principio de la historia de la
humanidad no parece equivocado. Con los grandes imperios de la antigüedad se
establecieron flujos migratorios vinculados con la existencia de las colonias. Estos grandes
movimientos migratorios cambiaron radicalmente la cultura de los pueblos y dieron origen
a nuevas estructuras sociales. Son memorables las migraciones que se produjeron para
construir los imperios, como el persa, o el de Alejandro Magno o el romano. En todos estos
casos unos pueblos poderosos se adjudicaron el derecho de penetrar en los territorios de
otros, con el ánimo de instalarse allí para siempre, despertando en los invadidos un deseo
20
vehemente de expulsar a los extraños, de defender su cultura y de fortalecer sus fronteras.
(Peña Jiménez 10). Por los conflictos que surgieron en la época del feudalismo, una
migración humana se puso en marcha para enfrentar las necesidades bélicas. En
proporciones más importantes, las colonizaciones, que tuvieron lugar desde el siglo XVI
hasta el siglo XX, fueron acarreadoras y vector de amplios procesos de movimientos,
reforzados a partir de la revolución industrial. (www.eltelegrafo.com.ec)
Actualmente, los gobiernos enfrentan los retos crecientes, de encauzar la migración
conforme la conducta migratoria se hace más y más prevaleciente y globalizada. En 1965
había unos 75 millones de migrantes alrededor del mundo. Para el 2002, ese número ha
crecido a 175 millones. En 1965, sólo un número pequeño de países fueron identificados
como “países de destino”. Actualmente, casi cualquier país es receptor de algún tipo de
migración, y la clasificación tradicional de países afectados por la migración en países de
origen, tránsito y destino, actualmente tiene cada vez menos sentido debido a que muchos
países actualmente envían migrantes, reciben migrantes, o tienen migrantes que cruzan a
través de sus puntos de ingreso. (OIM, Organizacón Mundial de las Migraciones 4)
Entre 1850 y 1920, a los movimientos forzosos de trabajadores se añaden los
movimientos espontáneos de colonos europeos desde Europa hacia el continente americano
y el australiano. Paralelamente, se consolida una nueva red migratoria, la de los
movimientos masivos de población dentro del continente europeo; esto es, de los países
pobres a los más industrializados. Dicha migración es de carácter más o menos espontáneo
y más o menos forzoso. (Oumaya 43)
21
El segundo período de las migraciones modernas coincide con la consolidación
política y económica de Occidente (1945-1973). Dicho período s e caracterizó por el
descenso de las migraciones hacia el Nuevo Mundo (de los europeos hacia EE.UU. y
América del Sur y Central, y Caribe) y por la desaparición de los movimientos de
trabajadores asiáticos reclutados forzosamente hacia esas tierras. También se caracterizó
por la incorporación de países del Tercer Mundo a los receptores de inmigración; se
destaca el caso de Argentina, de los países árabes productores de petróleo, y de Sudáfrica,
Nigeria y Mauritania como centros de inmigración local. La tercera característica fue la
ampliación del volumen de los desplazamientos de población hacia la Europa
industrializada procedente de zonas más lejanas. (Oumaya). Las grandes migraciones del
Sur al Norte empezaron durante los años 50. El hecho del relativo pleno empleo en los
países desarrollados obligó a buscar nuevas fuentes de fuerza de trabajo asalariada, si no
querían soportar unos excesivos costos de trabajo. Se descubrieron dos: las mujeres, que
antes no formaban parte de la fuerza de trabajo asalariada, y la inmigración. Las
estadísticas globales de la inmigración no son adecuadas y resulta imposible ofrecer una
estimación completa del número de inmigrantes en términos globales. Antes de 1960, la
gran mayoría de los inmigrantes hacia los países desarrollados provenían de otros países
desarrollados. A partir de 1964, esto empezó a cambiar. Primero en Estados Unidos, y
luego progresivamente en otros países de inmigración, la mayoría de quienes venían a los
países ricos eran originarios de los países del Tercer Mundo. Europa occidental es una
excepción parcial dado que varios países como Gran Bretaña y Francia recibieron obreros
inmigrantes del Sur durante los años 50 y 60 y luego cambiaron sus políticas en un intento
de reducir ese tipo de inmigración. (Historia de las Migraciones 59)
22
La historia de las migraciones internacionales termina con los movimientos
contemporáneos que han tenido lugar a partir de la crisis económica de los años 70. Estos
movimientos se caracterizan por el incremento de la dimensión de los desplazamientos y,
paradójicamente, por la tendencia creciente a restringir las entradas de los inmigrantes,
como sucede en la UE. Además del aumento de los flujos, las migraciones contemporáneas
se caracterizan por la ampliación de los tipos migratorios. Junto con la migración
individual de carácter aventurero, de la migración forzosa y de la económica tradicional
(Sur-Norte, Este-Oeste) aparecen otras modalidades del fenómeno, cuyas direcciones son
muy diversas, como son: las migraciones forzadas de población, llamadas también de
refugiados (consecuencia de las guerras y de los desastres en el mundo); los
desplazamientos de trabajadores de alta cualificación, la transferencia de trabajadores por
parte de empresas multinacionales, el crecimiento de estudiantes extranjeros, movilización
creciente de cooperantes o de la tercera edad. (Oumaya 43-44)
Una historia equivalente puede ser contada de casi cualquier país del mundo. Así
pues, tenemos entonces que luchar contra la idea de que la migración es algo que se
inventó hace cuatro días y que vivimos ahora por primera vez en la época de la migración.
El tamaño de la migración en este momento es mucho menor en términos relativos que en
muchas otras épocas históricas. Y, como tendré que insistir muchas veces en este libro, se
tiene la idea de que el momento actual es uno de los menos favorables para la migración.
Muchas personas y muchos gobiernos dedican una gran cantidad de recursos a la
restricción de la migración. El clima filosófico y político es cada vez más anti-inmigración,
y la figura del inmigrante es cada vez más despreciada por los medios de comunicación,
los dirigentes políticos y los intelectuales. Las breves observaciones históricas hechas antes
no pretenden ser una historia de la migración, sino simplemente un recuerdo de que negar
23
la validez de la migración es negar una parte de la naturaleza social humana. (Historia de
las Migraciones 56). La migración es un fenómeno social inherente al ser humano, la
historia, los pueblos, las ciudades, los estados, se han construid gracias a ella, y es un
fenómeno que perdurará hasta que el ser humano exista.
Aproximación al Derecho Internacional Migratorio
La migración, como todo fenómeno social incumbe al derecho, por ser éste el complejo de
normas e instituciones que imperan coactivamente en la comunidad estatal, el cual
pretende resolver los problemas de la realidad social a partir de un orden jurídico supremo,
sistemático, institucionalizado, coercitivo, analítico y accesible a todos. (Enciclopedia
Jurídica Mexicana 181). Para un buen desempeño de su encargo, el derecho ha construido
diversas ramas de conocimiento, a partir de las cuales busca una clara concepción de las
controversias, exploración de alternativas de solución y un buen funcionamiento del orden
jurídico que le permita forjar con argumentos de significado práctico, la justicia. Razón
por la cual, al enfrentar la praxis migratoria al derecho, se provoca el nacimiento del
Derecho Migratorio, quien utiliza su experiencia dogmática e histórica en las operaciones
cognitivas desarrolladas por los migrantes, a fin de guiar su conducta, la aplicación de las
normas y el actuar de las instancias jurisdiccionales ya sea en configuración nacional o
internacional. (Espinosa Carrillo 4)
El derecho internacional rige las relaciones jurídicas entre los Estados. En los últimos
50 años, el concepto de derecho internacional se ha ampliado lentamente para incluir las
relaciones entre los Estados y las organizaciones internacionales, y entre los Estados y los
individuos. Históricamente, la migración era, en su mayoría, sólo regulada a escala
24
nacional. La legislación nacional era el único derecho relevante en el campo de la
migración. Con el incremento en la movilidad global, los Estados han comenzado a darse
cuenta de que la migración ya no es algo que puedan gestionar por sí solos. Han
reconocido la necesidad de la cooperación regional e internacional sobre el tema. Las
normas internacionales han venido incrementándose, conforme los Estados trabajan
juntos en un esfuerzo por gestionar la migración. El derecho migratorio internacional
es una rama del derecho que se ha desarrollado durante el tiempo, y continúa
desarrollándose conforme continúa la necesidad de la cooperación internacional. En
términos básicos, el derecho migratorio internacional tiene que ver con las
responsabilidades y compromisos internacionales que los Estados han adquirido.
Estos compromisos y responsabilidades fijan límites en la autoridad tradicional que
los Estados tienen sobre asuntos de migración. Un principio fundamental es que el
derecho internacional prevalece sobre el derecho nacional. Esto significa que un
Estado no puede basarse en una disposición de su legislación nacional para evitar una
responsabilidad bajo el derecho internacional. (Organización Internacional de
Migración - OIM 3-4)
Victal Adame define al Derecho Migratorio, como:
El conjunto de normas de derecho público que regulan el tránsito internacional
de personas (nacionales y extranjeros); establece las modalidades y condiciones
a que se sujetará el ingreso, permanencia y salida de extranjeros; y lo relativo a
la emigración y repatriación de nacionales. (Oscar Victal 65)
Victal, nos establece puntos importantes en su concepto, primero el carácter que es de
derecho público, segundo que tiene por objeto regular el tránsito de personas sean estas
25
nacionales y extranjeras, y tercero estales las modalidades y las condiciones a las cuales se
deben sujetar para las personas para el ingreso, la permanencia o la salida de los
extranjeros, y la repatriación de los nacionales.
Una cuestión central y de vital importancia a nivel global, resulta ser el tránsito de
personas de un país a otro, que se ostenta como el mayor desafío para los gobiernos de la
comunidad internacional, aún más al plantearse fundamentado desde la perspectiva de los
derechos humanos, e instaurar como argumento el inalienable ius peregrinandi para
obligar a los Estados a respetar y garantizar los derechos de los migrantes de manera justa
y equitativa. (Espinosa Carrillo 6)
La Organización Mundial de Migración, determina que le derecho migratorio:
Si bien no hay un instrumento jurídico exhaustivo a nivel internacional que
establezca el marco de gobernanza de la migración, sí hay una serie de normas
jurídicas que restringen, regulan y canalizan la autoridad del Estado en el
ámbito de la migración. Estas normas — que emanan de las relaciones,
negociaciones y prácticas entre Estados — están consignadas en instrumentos
de carácter no vinculante y en tratados multilaterales y bilaterales, o han pasado
a formar parte del derecho internacional consuetudinario. Estas normas
constituyen el marco para una gobernanza conjunta de la migración y reflejan
primordialmente los intereses de los Estados, de sus nacionales y las relaciones
interestatales. (Organización Mundial Migración - OIM)
Este concepto bien acertado del Organización Internacional de Migración, nos determina
que si bien existe, instrumentos jurídicos que a nivel internacional establecen un marco
legal para los Estados y una estructura para que los mismo lo apliquen, ya sea
restringiendo, regulando o canalizando los mismos en el ámbito migratorio. Todas estas
normas que emanan ya sea de las relaciones, negocios o prácticas entre los Estados, están
26
consignados en instrumentos de carácter no vinculante y en tratados multilaterales y
bilaterales, o en consecuencia que han pasado de cierta manera a formar parte de un
derecho consuetudinario. Todas estas normas constituyen un marco de referencia para una
gobernanza por parte del Estado, una estrecha relación entre los nacionales y las relaciones
interestatales.
Para acércanos más a un concepto de derecho internacional migratorio, tenemos el
siguiente:
El Derecho migratorio es el conjunto de normas de derecho público que regulan
el tránsito internacional de personas (nacionales y extranjeros); establece las
modalidades y condiciones a que se sujetará el ingreso, permanencia o estancia
y salida de extranjeros y lo relativo a la emigración y repatriación de nacionales.
Históricamente, la migración era regulada por medio de las legislaciones
nacionales. Con el incremento en la movilidad global, los Estados han
comenzado a cooperar entre sí, de forma que han comenzado a dictarse normas
internacionales sobre este tema. (Wikipedia)
Este concepto, nos introduce más al derecho migratorio, ya que nos habla de un conjunto
de normas preestablecidas, que son de derecho público y por lo cual tienen el objeto de
regular el tránsito internacional de personas, ya sean estás nacionales o extranjeros, en la
cual, se establecerán cuáles son las modalidades y las condiciones, a las cuales deben
establecerse en su ingreso, permanencia o estadía de los extranjeros, y todo lo relativo a la
emigración y la repatriación de los nacionales. Además un dato curioso es, que
históricamente, la migración fue regulada por medio de las legislaciones nacionales, pero
debido al incremento de la movilidad humana global, como lo vimos en el tema anterior,
los Estados se han visto en la necesidad de cooperar entre sí, para dictar normas
internacionales sobre migración.
27
La soberanía del Estado es el punto tradicional de partida al momento de considerar
el derecho migratorio internacional. Los Estados tienen autoridad sobre su territorio y su
población. Ellos pueden decidir quién puede y quién no puede ingresar a su territorio. Los
Estados pueden asegurar sus fronteras y decidir sobre las condiciones de ingreso y
permanencia, así como sobre las condiciones de expulsión. Los Estados ya no tienen una
autoridad ilimitada sobre los asuntos migratorios. El derecho internacional, incluyendo los
tratados a escala bilateral, regional o internacional, algunas veces limitan la autoridad del
Estado sobre cuestiones como el ingreso, la salida, y la remoción. Los Estados ahora tienen
un número de responsabilidades internacionales que limitan o restringen su autoridad sobre
la migración. El derecho migratorio internacional se refiere a la suma de estas
responsabilidades internacionales. El derecho migratorio internacional es la rama del
derecho en donde los Estados han buscado gestionar algunos aspectos de la migración a
escala internacional. El derecho migratorio internacional tiene un ámbito que es difícil de
especificar acertadamente. Cubre una red de relaciones legales, que pueden ser de Estado a
Estado o de Estado a Individuo. Se encuentra a escala bilateral (en donde un Estado entra
en arreglos con otro Estado), a escala regional, y a escala multilateral. No existe una
legislación internacional que haya desarrollado las leyes de la migración internacional. Es
una rama del derecho que se ha desarrollado a través del tiempo y que continúa
desarrollándose conforme continúa la necesidad de cooperación internacional.
(Organización Internacional de Migración - OIM 8)
Diferencias entre migración, emigración, inmigración
Migración
28
La Real Academia de la Lengua española, define a la migración como:
Desplazamiento geográfico de individuos o grupos, generalmente por causas
económicas o sociales.
El Glosario Sobre migración, nos da un concepto de migración aduciendo lo siguiente:
Movimiento de población hacia el territorio de otro Estado o dentro del mismo
que abarca todo movimiento de personas sea cual fuere su tamaño, su
composición o sus causas; incluye migración de refugiados, personas
desplazadas, personas desarraigadas, migrantes económicos. (Organización
Internacional para las Migraciones)
Para tener un concepto más claro de lo que es migración, debemos partir de los ya dados,
así tenemos que la migración es el movimiento o desplazamiento geográfico que realiza
una población desde el territorio de un Estado hacia otro, o dentro del mismo, en el cual
abarca todo un conglomerado de personas, sin importar el tamaño, su composición o sus
causas, ya que las causas de las mismas pueden ser por diferentes circunstancias, sean estas
por desplazamientos forzados, desarraigos, por cuestiones sociales, económicas, políticas,
bélicas, entre otras; pero siempre tiene un común denominados que es el desplazamientos
de seres humanos.
Hay que también establecer la migración irregular, p que son las personas que se
desplazan al margen de las normas de los Estados de envío, de tránsito o receptor. No hay
una definición universalmente aceptada y suficientemente clara de migración irregular.
Desde el punto de vista de los países de destino significa que es ilegal el ingreso, la estadía
o el trabajo, es decir, que el migrante no tiene la autorización necesaria ni los documentos
requeridos por las autoridades de inmigración para ingresar, residir o trabajar en un
29
determinado país. Desde el punto de vista de los países de envío la irregularidad se observa
en los casos en que la persona atraviesa una frontera internacional sin documentos de viaje
o pasaporte válido o no cumple con los requisitos administrativos exigidos para salir del
país. Hay sin embargo una tendencia a restringir cada vez más el uso del término de
migración ilegal a los casos de tráfico de migrantes y trata de personas.
Inmigración
Para acercarnos a un concepto de inmigración, la OIM, la define como:
Proceso por el cual personas no nacionales ingresan a un país con el fin de
establecerse en él. (Organización Internacional para las Migraciones)
Entonces la persona inmigrante, es la persona que lega un país y se erradica en el mismo.
Emigración
Un concepto dado por la OIM sobre emigración, es el siguiente:
Acto de salir de un Estado con el propósito de asentarse en otro. Las normas
internacionales de derechos humanos establecen el derecho de toda persona de
salir de cualquier país, incluido el suyo. Sólo en determinadas circunstancias, el
Estado puede imponer restricciones a este derecho. Las prohibiciones de salida
del país reposan, por lo general, en mandatos judiciales. (Organización
Internacional para las Migraciones)
30
Para complementar el concepto de emigración, debemos conocer el concepto de emigrante,
que según la REA es, la persona que abandona su propio país para establecerse en otro
extranjero.
Tipos de migración
Migración Interna
Cuando se habla de la migración interna, no se da la debida importancia a este fenómeno
social que puede traer buenas y malas consecuencias, según las formas como se presenten
y las circunstancias socioeconómicas de cada Estado. Como dice su nombre las
migraciones internas son:
Aquellas que se proceden dentro del territorio de un Estado; aunque no tienen
las mismas proporciones de las internacionales, engendran en sí una
complejidad de problemas difíciles de resolver dado que, no puede ser
controlada ni restringida. (Aragones)
Migración externa
Según Amoroso Carpio, las migraciones externas son:
Los movimientos migratorios externos, Son aquellas que se producen entre
Estados distintos, son más conocidas como migraciones internacionales o
movimiento migratorio internacional. Es decir el desplazamiento de un grupo de
personas o de un individuo de uno a otro país, ya sea de forma temporal o
permanente. Aunque ésta puede responder a varios tipos de causas, así como
por la necesidad o deseo de alcanzar unas mejores condiciones económicas y
sociales. (Amoroso)
31
Causas generales de las migraciones
Prácticamente ningún país del mundo está ajeno a los procesos migratorios. Ya sea como
área de origen, de tránsito o de destino, casi todos los países del mundo registran
transformaciones económicas, demográficas, culturales y políticas asociadas a las
migraciones. Las causas que originan las migraciones son variadas, pero sin lugar a dudas
desde tiempos remotos la más importante fue la económica, ya sea por búsqueda de mejor
calidad de vida, por la pobreza imperante en el lugar de origen o por búsqueda de
trabajo. Otras causas están asociadas a cuestiones sociopolíticas, como ser persecuciones
políticas y religiosas, conflictos bélicos, refugiados de guerras, catástrofes ambientales,
como terremotos, inundaciones, etc. Estas causas, casi siempre, generan una migración de
tipo forzada. (Imhoff)
Causas políticas
Generalmente esta clase de migración se efectúa entre los países que mantienen unidad de
criterios en la manera de actuar en el campo político y tienen especialmente importancia
sobre todo en la observación de los principios humanitarios que deben ser observados
cuando se trata de conceder asilo a los perseguidos políticos en concordancia con los
Tratados y Principios Universales de Derecho. (Marmola)
32
Se refieren a las causas derivadas de las crisis políticas que suelen presentarse en
ciertos países. Muchas personas que temen a la persecución y venganza políticas
abandonan un país para residenciarse en otro o, al menos, intentan abandonarlo, aunque a
menudo pueden llegar inclusive a perder la vida cuando se trata de regímenes totalitarios.
Cuando las personas emigran por persecuciones políticas en su propio país se habla
de exiliados políticos, como sucedió en el caso de los españoles que huían de la persecución
del gobierno franquista después de la Guerra Civil española. Ejemplos de este último caso lo
representan Juan David García Baccay Pablo Vila Dinarés así como muchos otros que se
dirigieron a otros países. En Venezuela se produjo en diversas ocasiones el mismo proceso
de exilio, pero en sentido inverso a la inmigración de los exiliados españoles y de otros
países: el caso de Andrés Eloy Blanco podría señalarse como ejemplo. (ARMANDO'S
BLOG)
Causas culturales
La base cultural de una población determinada es un factor muy importante a la hora de
decidir a qué país o lugar se va a emigrar, una de las circunstancias es la preparación
científica, que la persona puede obtener al momento de migrara, ya que el principal
objetivo es la de adquirir conocimientos, que puedan ayudarle en su preparación como
profesional, pero también están aquí inmiscuidas, en la cultura (religión, idioma,
tradiciones, costumbres, etc. tiene mucho peso en esta toma de decisiones. Las
posibilidades educativas son muy importantes a la hora de decidir las migraciones de un
lugar a otro, hasta el punto de que, en el éxodo rural, este factor es a menudo determinante,
ya que los que emigran del medio rural al urbano suelen ser adultos jóvenes, que son los
que tienen mayores probabilidades de tener hijos pequeños. (ARMANDO'S BLOG)
33
Causas socio-económicas
Las migraciones económicas son las que dependen del resultado del examen de mano de
obra que requiere un país y el número de elementos seleccionados que ingresan a su
territorio. Es decir que esta clase de migraciones tiene repercusiones económicas tanto en
el país de emisión que priva hasta cierto punto de personal calificado, como al país de
inmigración que se beneficia de los conocimientos del personal que requiere y de las
remesas que estos migrantes envían al país de origen. (Marzal)
Son las causas fundamentales en cualquier proceso migratorio. De hecho, existe una
relación directa entre desarrollo socioeconómico e inmigración y, por ende, entre
subdesarrollo y emigración. La mayor parte de los que emigran lo hacen por motivos
económicos, buscando un mejor nivel de vida, mejores condiciones de trabajo y
remuneración, o en casos más críticos, el acceso a un empleo. La situación de hambre y
miseria en muchos países subdesarrollados obliga a muchos emigrantes a arriesgar su vida
(y hasta perderla en multitud de ocasiones), con tal de salir de su situación. (Wikipedia,
Enciclopedia )
Causas familiares
Los vínculos familiares también resultan un factor importante en la decisión de emigrar,
sobre todo, en los tiempos más recientes, en los que cualquier emigrante de algún país
34
subdesarrollado, necesita de mucha ayuda para establecerse en otro país de mayor
desarrollo económico. (ARMANDO'S BLOG)
Causas bélicas y otros conflictos internacionales
Constituyen una verdadera fuente de migraciones forzadas, que han dado origen a
desplazamientos masivos de la población, huyendo del exterminio o de la persecución del
país o ejército vencedor. La Segunda Guerra Mundial en Europa (y también en Asia), así
como guerras posteriores en África (Biafra, Uganda, Somalia, Sudán, etc.) y en otras partes
del mundo, han dado origen a enormes desplazamientos de la población o, como podemos
decir también, migraciones forzadas. (Wikipedia, Enciclopedia )
Catástrofes generalizadas
Los efectos de grandes terremotos, inundaciones, sequías prolongadas, ciclones,
tsunamis, epidemias y otras catástrofes tanto naturales como sociales (o una combinación
de ambas, que es mucho más frecuente) han ocasionado grandes desplazamientos de seres
humanos (también podríamos considerarlos como migraciones forzosas) durante todas las
épocas, pero que se han venido agravando en los últimos tiempos por el crecimiento de la
población y la ocupación de áreas de mayor riesgo de ocurrencia de esas catástrofes. Este
panorama hace que sea muy difícil, si no imposible, discriminar entre las causas de las
migraciones debidas a catástrofes naturales de las de otro tipo. Un terremoto de escasa
intensidad, por ejemplo, puede ser muy destructivo en áreas subdesarrollados con
viviendas precarias y sin una organización social y económica importante; mientras que en
otros países más desarrollados y culturalmente más avanzados, otro terremoto de la misma
35
intensidad puede tener casi ninguna consecuencia negativa en materia de la infraestructura
del país y de la pérdida de vidas. (ARMANDO'S BLOG)
Movilidad humana y ciudadanía universal
La Constitución ecuatoriana de 2008, establece a la migración como un derecho y elimina
la categoría discriminatoria de ilegal, utilizada para las personas extranjeras residentes en
el país de manera irregular o carente de la documentación exigida para su ingreso o
permanencia. Se dispone además que los extranjeros tengan los mismos derechos y deberes
que las personas ecuatorianas, evitando hacer alguna discriminación entre ellos. En
palabras de, estas distinciones tienen como objeto ser consecuentes con el principio de
ciudadanía universal proclamado en la Constitución, en el capítulo de relaciones inter-
nacionales. (Peña Jiménez 11)
Es la capacidad de los individuos, familias o grupos de personas para elegir su lugar
de residencia, capacidad de las personas a elegir el lugar que llamamos hogar, dimensión
de la libertad humana a la que nos referimos como movilidad humana. (United Nations
Development Programme. UNDP)
El concepto movilidad humana es relativamente nuevo y existe para referirse a los
procesos concretos que cualquier persona, familia o grupo humano realizan o experimenta
para establecerse temporal o permanentemente en un sitio diferente a aquel en donde ha
nacido o residido hasta el momento (Rodas). Según se conviene en el Primer Considerando
del Acuerdo Defensorial de Defensoras y Defensores del Pueblo de la Región
Andina (2009), “incluye a personas emigrantes, inmigrantes, solicitantes de refugio,
36
refugiadas, asiladas, apátridas, migrantes y desplazadas internas, víctimas de trata y tráfico
de personas y sus familias desde su dimensión de género, generacional, étnica, ambiental,
entre otras”. Este proceso implica el cruce de los límites de una división geográfica o
política dentro de un país o hacia el exterior. La movilidad humana supera por lo tanto a las
definiciones tradicionales de migración y la abarca junto con otros conceptos (Valdiviezo
6) reconociéndola como un derecho humano al amparo de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (1948) dado que la naturaleza humana a lo largo de la historia se
definió por procesos de movilidad. (Rodríguez Valdiviezo)
El contenido sobre movilidad humana que recoge la Constitución busca de construir
la idea comúnmente aceptada, que vincula al reconocimiento y ejercicio de derechos a la
nacionalidad; es decir, la vinculación de la ciudadanía a la pertenencia a un Estado. Esto
significa dejar de asumir que, por el hecho de cruzar una frontera y tener una nacionalidad
diferente a la del país de destino, deban restringirse automáticamente los derechos de las
personas. (Organizaciones de la Coalición 7)
Esta concepción provoca debería establecer un trato diferenciado, tanto desde la
legislación como desde las prácticas cotidianas, que usualmente termina por ser
discriminador y xenofóbico. En definitiva, como señala Luigi Ferrajoli:
La soberanía no es ahora más que un agujero negro legal, siendo su regla la
ausencia de reglas, o en otras palabras, la ley del más fuerte. En lo que respecta
a la ciudadanía, se ha convertido en el último privilegio personal, el último
factor de discriminación y la última reliquia premoderna de las diferenciaciones
por status; como tal, se opone a la aclamada universalidad e igualdad de los
derechos fundamentales. (Ferrajoli 178)
37
Siguiendo esta concepción, la Constitución de la República del Ecuador, es su artículo 9,
tipifica lo siguiente:
Las personas extranjeras que se encuentren en el territorio ecuatoriano tendrán
los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas, de acuerdo con la
Constitución. (Constitución de la República del Ecuador)
En este mismo sentido podemos ubicar el reconocimiento del derecho a migrar para todas
las personas, tanto ecuatorianas como de otra nacionalidad. Este reconocimiento además de
ser una reivindicación de las personas en movilidad, significa un cambio sustancial en la
visión con la que ha sido manejado este tema, pues implica que toda acción u omisión de
las instituciones estatales respecto del ingreso, salida o permanencia de las personas, es una
regulación a un derecho humano reconocido constitucionalmente. Este enfoque se opone a
la doctrina de seguridad nacional y soberanía, bajo las cuales ha sido asumida la migración,
y superpone estos aspectos al ejercicio de los derechos humanos en varios países del
mundo. (Organizaciones de la Coalición)
Además, en la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 40 determina que:
Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se
considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria.
El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las
siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas
ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:
1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el
exterior o en el país.
2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan
ejercer libremente sus derechos.
38
3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas
de su libertad en el exterior.
4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y
estimulará el retorno voluntario.
5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se
encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.
6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.
(Constitución de la República del Ecuador)
Bien este es un principio que tiene por objeto el brindar a las personas que se encuentran
en una irregular situación migratoria, incluso en aquellos grandes países donde los
inmigrantes son a gran escala, además considerar que estos hechos en algunas ocasiones se
los pude considerar delito. El consagrar en la Constitución este principio, impone al Estado
ecuatoriano la obligación de adoptar medidas para que la condición migratoria irregular
que puedan mantener personas de otra nacionalidad en el país, no sea un motivo para
reprimirlas o sancionarlas, de manera punitiva, por esta falta de carácter administrativo, es
una forma de humanizar la migración, que muchas de las veces corresponden a fenómenos
de inestabilidad sea política, económica, bélica, etc.
Este artículo muestra la influencia de los migrantes y de su problemática más grave,
por la forma como se reconoce el derecho a migrar y por la crítica implícita a la expulsión
como medida usual frente a las personas indocumentadas. Entre tanto, en la segunda parte
se encuentran unas directrices que, se supone, servirán para orientar y desarrollar
iniciativas de política pública en esa área. Pero el aspecto más importante del artículo es
reconocer que la acción del Estado no se limita a su territorio, sino que sus deberes se
desplazan con sus nacionales. Esta circunstancia se ve más clara en el numeral 6, en donde
se reconoce a la familia transnacional, la cual se constituye cuando uno o más de sus
miembros que se encuentran en situación migratoria, frente a lo cual el Estado debe
39
protección tanto al migrante como a cualquier miembro de su familia. (Rodríguez y
Navarro H. 18)
Además hay que considerar, que este derecho reconocido tienen concordancia con
la prohibición de discriminar a cualquier persona, sin importar su condición, en este caso
por la condición migratoria, por el pasado judicial o por su lugar de origen, que
expresamente está establecida por la Constitución, en los cuales consagra el derecho a la
igualdad y a la no discriminación. La condición migratoria, el pasado judicial y el lugar de
origen son elementos que han sido utilizados tradicionalmente para la adopción de medidas
discriminatorias en contra de las personas de otra nacionalidad. Al momento de incorporar
la “condición migratoria” como una forma de evitar la no discriminación, sobretodo de
manera implícita reprueba la práctica común de categorizar a las personas inmigrantes en
función de una visa o documento obtenido para su estadía legal en el país, mediante los
cuales se permite o limita el ejercicio de un derecho, así en el artículo 11 numeral 2 de la
Constitución determina:
Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y
oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de
nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil,
idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-
económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar
VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o
colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar
o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará
toda forma de discriminación.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad
real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de
desigualdad. (Constitución de la República del Ecuador)
40
El Artículo 66 numeral 14, de la Constitución determina, prohibición de la expulsión de los
extranjeros, y menciona lo siguiente:
El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su
residencia, así como a entrar y salir libremente del país, cuyo ejercicio se
regulará de acuerdo con la ley. La prohibición de salir del país sólo podrá ser
ordenada por juez competente. Las personas extranjeras no podrán ser devueltas
o expulsadas a un país donde su vida, libertad, seguridad o integridad o la de sus
familiares peligren por causa de su etnia, religión, nacionalidad, ideología,
pertenencia a determinado grupo social, o por sus opiniones políticas. Se
prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos migratorios
deberán ser singularizados. (Constitución de la República del Ecuador)
Este artículo determina la prohibición de expulsión de colectivos de extranjeros, lo cual no
sólo debe entenderse como que dicha expulsión puede ocurrir en un solo acto, sino que se
configura también con detenciones o deportaciones sistemáticas a una población
inmigrante determinada. Como parte de la protección constitucional de los derechos de las
personas en movilidad humana, se incluye el reconocimiento de los derechos de asilo y
refugio y disposiciones específicas sobre este derecho. (Organizaciones de la Coalición 9)
Por otra parte, la concepción garantista de los derechos de las personas en movilidad
se expresa con fuerza en el acápite sobre los lineamientos que el Estado ecuatoriano debe
observaren cuanto a las relaciones internacionales, según el cual en el Artículo 416
numerales 5 y 6, de la Constitución determina:
6. Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los
habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como
41
elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países,
especialmente Norte-Sur.
7. Exige el respeto de los derechos humanos, en particular de los derechos de
las personas migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento
de las obligaciones asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales
de derechos humanos. (Constitución de la República del Ecuador)
La Ciudadanía Universal se constituye como el reconocimiento al ejercicio de los derechos
de los migrantes en el contexto de la globalización; dicho principio es producto de los
propósitos de movimientos de migrantes periféricos en Europa quienes, por bastantes años,
han solicitado el reconocimiento de derechos; sin embargo, en América Latina este tema
no parecía estar en la agenda política, de allí la importancia de abordar su estudio, puesto
que la Constitución de Ecuador de 2008 adoptó el principio de Ciudadanía Universal
convirtiéndose en la primera nación del mundo en consagrar dicho principio, asumiendo
así una postura vanguardista en el tema de la ciudadanía que plantea numerosos
interrogantes desde el campo teórico. (Rodríguez y Navarro H. 2)
Este principio de ciudadanía universal, concede la libre movilidad de todos los
habitantes del planeta, además el progresivo fin de la condición de extranjero como
elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países, especialmente Norte-
Sur, además exige la igualdad y el respeto de los derechos humanos, en particular de los
derechos de las personas migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento
de las obligaciones asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales de
derechos humanos, que son de fiel cumplimento por toda autoridad pública, que tiene
estrecha relación con el artículo 426 de la Constitución que termina:
Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución.
42
Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores
públicos, aplicarán directamente las normas constitucionales y las previstas en
los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más
favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no las
invoquen expresamente.
Los derechos consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales
de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento y aplicación. No podrá
alegarse falta de ley o desconocimiento de las normas para justificar la
vulneración de los derechos y garantías establecidos en la Constitución, para
desechar la acción interpuesta en su defensa, ni para negar el reconocimiento de
tales derechos. (Constitución de la República del Ecuador)
Además el principio de ciudadanía universal, es un concepto propio del liberalismo, el cual
tiene dos significados:
1. Universal como aquello que se define en oposición a particular, como todo aquello
que los ciudadanos tienen en común, oponiéndolo a lo que tienen de diferente, y;
2. Universalidad en el sentido de derechos y deberes iguales para todos y aplicables a
todos de la misma manera; unos derechos y deberes ciegos a las diferencias
individuales y de grupo.
La concepción universal de la ciudadanía presenta los derechos universales como
aplicables a todos de la misma forma; de modo que las diferencias entre personas y grupos
son vistas como algo accidental y privado. La ciudadanía universal se refiere al individuo
mientras que el pluralismo cultural defiende la incorporación a la ciudadanía como grupo.
En una sociedad donde las personas son tratadas como individuos y no como miembros de
43
un grupo sus diferencias de raza, sexo, religión y étnicas se traducen en desigualdad real
dentro de un sistema de igualdad legal. (Ciudadanía Universal )
La Ciudadanía Universal o denominada cosmopolita por Boa ventura de Sousa
Santos, debe ser entendida como aquella “concepción alternativa de ciudadanía nacional y
global”, necesaria para la inclusión social de los no ciudadanos, de los excluidos en el
ejercicio de derechos debido a un accidente natural de nacimiento en tal o cual ubicación
geográfica. (Peña Jiménez 12)
El concepto tradicional de ciudadanía se encuentra ligado a la historia de la
evolución humana, la conformación del Estado, y se entiende como un reconocimiento a
las personas para ejercer derechos y contraer obligaciones en un territorio determinado. En
el contexto de la globalización, ese concepto se ve flexibilizado por el alto nivel de flujos
migratorios de personas entre Estados que hacen de las personas ciudadanos
trascendentales, es decir, que no pertenecen a un Estado determinado, sino que las personas
se convierten en ciudadanos del mundo, toda vez que ejercen actividades civiles, políticas
y sociales en distintos territorios, lo que conduce a la consolidación del concepto de
Ciudadanía Universal. (Rodríguez y Navarro H. 21)
A través de esta definición, podemos destacar el valor intrínseco que tiene la
movilidad humana como un valor instrumental que se requiere para promover otras
dimensiones del desarrollo integral humano, conjugando así una verdadera expansión de la
libertad de las personas, pues poder decidir el dónde vivir, facilita la superación de ciertas
barreras, si bien no de manera absoluta, cómo es en el caso de los obstáculos del tipo
político, permite la búsqueda de mayores y mejores oportunidades, porque el contexto de
44
movilidad humana, toma como base la libertad. (Peña Jiménez). La concepción universal de
la ciudadanía presenta los derechos universales, que se encuentra ligado a la historia de la
evolución humana, la conformación del Estado, y se entiende como un reconocimiento a
las personas para ejercer derechos y contraer obligaciones en un territorio determinado,
necesaria para la inclusión social de los no ciudadanos, de los excluidos en el ejercicio de
derechos debido a un accidente natural de nacimiento en tal o cual ubicación geográfica.
Principios de movilidad humana
Un Estado constitucional y de derechos, se caracteriza entre otros aspectos, porque su
responsabilidad está centrada en garantizar los derechos constitucionales. La Constitución
de 2008, define al Ecuador de esta manera. La Ley debe desarrollar la responsabilidad del
Estado en tanto la protección de las personas en situación de movilidad desde una
perspectiva integral, incorporando en las políticas públicas y en la normativa que genere, a
todas las dinámicas de la movilidad humana en lo que corresponda. El Estado debe
abstenerse de vulnerar derechos, en caso de hacerlo debe asumir su responsabilidad (por
acción u omisión estatal) y debe garantizar el juzgamiento y la reparación restitución de
derechos. También es responsabilidad del Estado tomar todas las medidas y acciones
necesarias para promocionar los derechos de las personas en situación de movilidad. De
esta manera se puede hablar de plena vigencia de los derechos y de la no regresividad de
los mismos. (Coalición por las Migraciones y el Refugio 7)
Es importante tener presente que varios de los principios y derechos constitucionales
no tienen precedentes nacionales o internacionales; por ello, los contenidos que los definan
en la ley deberán ser lo más favorables al ejercicio de derechos y que su desarrollo legal
permita concreción mediante contenidos y mecanismos de aplicación claros.
45
Principio de la no devolución (non-refoulement) y Principios jus cogens
Norma que impide devolver a un individuo a un territorio en el que su vida o libertad
corran peligro. El término non-refoulement, o no devolución, deriva del término
francés refouler, que quiere decir “empujar hacia atrás, hacer retroceder a las personas”. En
el ámbito de la extranjería implica la reconducción sumarla a la frontera de quienes se ha
descubierto su entrada ilegal, así como la denegación sumaria de admisión a quienes no
poseen documentación válida. Es un proceso distinto de la expulsión y de la extradición.
(Bazo)
Si bien este principio es propio de la materia de refugio, en la Constitución vigente se
ha incorporado en el capítulo referente a derechos de libertad en el artículo 66 numeral
14, paralelamente a lo establecido en la sección que hace referencia a la materia de refugio
donde se lo denomina expresamente como principio de no devolución, el mismo que
establece:
El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su
residencia, así como a entrar y salir libremente del país, cuyo ejercicio se
regulará de acuerdo con la ley. La prohibición de salir del país sólo podrá ser
ordenada por juez competente. Las personas extranjeras no podrán ser devueltas
o expulsadas a un país donde su vida, libertad, seguridad o integridad o la de sus
familiares peligren por causa de su etnia, religión, nacionalidad, ideología,
pertenencia a determinado grupo social, o por sus opiniones políticas. Se
prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos migratorios
deberán ser singularizados. (Constitución de la República del Ecuador)
46
Esto evidencia la intención constitucional de aplicar este principio a personas en cualquier
otra condición migratoria, cuyo retorno a su país de origen o residencia habitual ponga en
peligro su vida o integridad física, y no exclusivamente a personas refugiadas. A nivel
legal implica incluir este principio con una visión amplia y no centrado solo en materia de
refugio, ya que el mandato puede ser aplicable a víctimas de tráfico de migrantes o trata de
personas u otras personas que sin haber sido reconocidas con necesidad de protección
internacional no puedan retornar a su país porque peligre su vida o integridad física. Se
debe observar que el retorno al país de origen o residencia habitual no se limita al retorno
obligatorio (deportación o exclusión), se da también por la exigencia de requisitos que
requieren de las autoridades de país o volver físicamente al mismo. (Coalición por las
Migraciones y el Refugio)
Como determina Jean, que el principio jus sogens, tiene una estrecha relación con el
principio non-refoulement, y dice lo siguiente:
La naturaleza del non-refoulement, es el jus cogens, que según Jean Allain del
Departamento de Ciencias Políticas del American University en Cairo, Egipto,
se convierte en una norma imperativa de derecho internacional por lo tanto no
admitiría derogación alguna. El estudio realizado por Jean Allain se centra en
destacar que el jus cogens es parte inherente del non-refoulement, por tener un
“impacto directo en el derecho de las personas a migrar en busca de asilo y no
ser enviado de vuelta a donde su vida o libertad pueden estar en peligro. (Jean)
La institución del Ius Cogens, ha sido reconocida por los Estados a través de la
Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados; sólo determinados Principios de
Derecho Internacional tienen el carácter de Ius Cogens. No se trata de un concepto
excluyente, sino de la voluntad de los Estados por establecer determinadas obligaciones
que tienen carácter vinculante, universal y no derogable. (Villón Arzapalo)
47
Al ser el principio de la no-devolución una norma de jus cogens, entran varios
imperativos como, el ser de obligado cumplimiento en la que no se requiere del
consentimiento previo de los estados, más bien delimita la soberanía, no cabe de igual
manera acuerdo en contrario por parte de los mismos y ningún tipo de alteración mediante
tratados; así como no se contemplará norma alguna que la contradiga salvo que también
sea de la misma naturaleza, por lo tanto toda norma contraria a una disposición de esta
categoría será nula. Todo esto desemboca en generar obligaciones erga omnes, es decir
respecto y frente a todos, teniendo efectos más allá de inter partes, lo que es
intransgredible, con el propósito de garantizar la integridad y respeto de este grupo
vulnerable, como son los refugiados. (Peña Jiménez 17)
Prohibición de la no discriminación e igualdad
En cada uno de los instrumentos de derechos humanos consagrados hasta la actualidad, se
lleva implícito entre otros, el principio de la igualdad que garantiza el desarrollo del ser
humano y correlativo a este principio es la prohibición de discriminación. La igualdad
como la no-discriminación, son concebidos a través de la normativa nacional como
internacional, en las cuales se contempla que todos los individuos deben ser tratados de
manera igualitaria a través de una distribución equitativa de derechos e intereses en una
sociedad determinada, constituyéndose así como dos bases coherentes, con su respectivo
aspecto formal y material. (Peña Jiménez 19)
Para determinar estos principios hay que citar a la Constitución que determina en su
artículo lo siguiente:
48
Las personas extranjeras que se encuentren en el territorio ecuatoriano tendrán
los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas, de acuerdo con la
Constitución. (Constitución de la República del Ecuador)
Se entiende, por tanto, que no se puede impedir el ejercicio de un derecho a una persona
extranjera en razón de su nacionalidad. Cabe recordar que la Constitución es el único
instrumento jurídico que puede limitar el ejercicio de derechos. Este principio
constitucional se aplica para cualquier persona extranjera que se encuentre en el territorio
nacional, lo que incluye también a personas refugiadas, asiladas, apátridas y a quienes se
encuentren en condición migratoria irregular. (Coalición por las Migraciones y el Refugio
8)
El principio de igualdad se complementa con el de no discriminación, y la
Constitución establece de manera específica en su artículo 11, la prohibición de
discriminación por condición migratoria este principio no registra precedente, y tipifica lo
siguiente:
4. Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de
las garantías constitucionales.
5. En materia de derechos y garantías constitucionales, las servidoras y
servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la
interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia.
6. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables,
indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.
7. El reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la
Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, no
excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno
desenvolvimiento. (Constitución de la República del Ecuador)
49
La disparidad yace en que la igualdad, es un tipo de método activo y la no discriminación,
es un tipo de método negativo. “La primera radica en la protección de los derechos
humanos, mientras que la segunda por ser considerada “incapaz” requiere la protección de
los derechos humanos. (Xiaoqing)
De igual manera y en relación al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
(PIDCP) se evidencia que no solamente se requiere medidas de protección sino de un
enfoque positivo para evidenciar el disfrute real de los derechos para eliminar o al menos
reducir los factores que abren la brecha que facilita la discriminación y también velar por
aquellos factores cuyo impacto sea no poder probar la intención discriminatoria:
Artículo 26.- Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin
discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda
discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva
contra cualquier discriminación (…). (Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos )
Este principio es decisivo en el ejercicio de derechos de las personas en movilidad.
Principalmente en el ámbito de la inmigración entra en confrontación directa con
concepciones clásicas de soberanía y seguridad; cuestiona el sentido de la obtención de
permisos de estadía, emisión de visados, censos específicos, permisos de trabajo, acceso a
la seguridad social, la participación y la circulación de personas en condición migratoria
irregular.
De igual manera el Comité de Derechos Humanos, en la Observación General No.18,
sobre no discriminación, en su primer párrafo señala:
50
Las personas no solamente son iguales ante la ley y tienen derecho a igual
protección de la ley, sino que también se prohíbe cualquier discriminación en
virtud de la ley y garantiza a todas las personas protección igual y efectiva
contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. ( Comité de
Derechos Humanos)
Tanto la normativa Nacional como la internacional, se puede definir a la igualdad, como un
principio fundamental dentro de los derechos humanos, por ser una base primordial y un
aspecto básico de la descripción de dichos derechos, el cual debe funcionar como una
especie de instructivo para el desarrollo de las garantías, principios y de derechos
constitucionales y derechos humanos, ya que todo ser humano necesita un tratamiento
basado en la equidad en cuanto al respeto de su personalidad y la distribución equitativa en
tanto al disfrute de los derechos, por lo cual su funcionalidad también radica en ser la pauta
esencial para instruir y salvaguardar la práctica de los derechos humanos, como deber
especial de protección que el Estado debe ejercer para abordar medidas que no
menoscaben el goce de las libertades fundamentales de todas las personas, en el que no es
necesario demostrar la intención de discriminar sino de actuar de manera positiva en el
campo de la prevención.
Liberad de movilidad o derecho de migrar
Para abrir el camino a la definición de “Libertad de movilidad”, la filósofa norteamericana
Martha Nussbaum nos da el panorama de una movilidad que es parte de las “varias
51
capacidades funcionales básicas de los seres humanos que se puede utilizar para evaluar la
verdadera libertad de las personas para llevar adelante sus planes de vida”,33
es que es en
ese libre albedrío que tienen los seres humanos que se constituye la habilidad de las
personas en cuanto al desplazamiento pero que se ve restringida de una u otra manera al
seleccionar el lugar de residencia, debido a que se lo debe hacer respetando ciertas
condiciones para así poder escoger un lugar conveniente para vivir y desarrollarse
plenamente. (Aguilar Carrasco 28)
La libertad de movilidad, puede desarrollarse entre dos extremos, al ser considerado como
una libertad positiva o negativa, ya que la libertad de trasladarse puede verse limitada sin
tener éxito y no llegar a desarrollarse por diversos factores como el carecimiento de
recursos económicos, seguridad y todo lo necesario para comenzar una vida nueva en un
lugar nuevo. (Aguilar Carrasco 28-29)
Dentro del capítulo de Desarrollo, libertad y movilidad humana del programa
“Superando barreras” del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, para fines
consiguientes PNUD, se enfoca a la libertad de movilidad desde el punto de vista del
desarrollo humano, como una extensión de la capacidad personal por el factor elección,
haciendo énfasis en el pensamiento del Premio Nobel Amartya Sen, al asimilar capacidad
con libertad de alcanzar “seres y quehaceres”. (PNUD 16)
El derecho a migrar es la libertad que tienen todas las personas para trasladarse a otro
lugar, determina que no se puede criminalizar la migración, desde todas sus aristas, ni para
aquellos que salen del país, ni para aquellos que ingresan al Ecuador. En este sentido y en
lo que se refiere al hecho emigratorio, si bien el migrar se ha considerado como un
52
derecho, el Estado ecuatoriano tiene la responsabilidad de generar condiciones dignas de
vida garantizando los derechos del buen vivir para que efectivamente el decidir salir de
país sea un acto voluntario y no un acto forzado por una situación de necesidad y
sobrevivencia. (Coalición por las Migraciones y el Refugio 8). Este derecho reconocido en
la Constitución en su artículo 40 determina “Se reconoce a las personas el derecho a
migrar”, incluye la no criminalización de las personas migrantes y se vincula con el respeto
a la libertad de ingreso y salida del territorio nacional y libre circulación, y en su artículo
66 numeral 14 “El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su
residencia, así como a entrar y salir libremente del país, cuyo ejercicio se regulará de
acuerdo con la ley. La prohibición de salir del país sólo podrá ser ordenada por juez
competente. Las personas extranjeras no podrán ser devueltas o expulsadas a un país donde
su vida, libertad, seguridad o integridad o la de sus familiares peligren por causa de su
etnia, religión, nacionalidad, ideología, pertenencia a determinado grupo social, o por sus
opiniones políticas. Se prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos
migratorios deberán ser singularizados”. Sin embargo, va más allá del respetar de las
libertades mencionadas, pues la realidad migratoria indica sus causas y consecuencias son
múltiples en lo económico, político, cultural; el contenido del derecho a migrar es
complejo y dinámico.
Principio pro personae aplicado a movilidad humana
Este principio que consiste en aplicar la norma e interpretación que más favorezca al
efectivo ejercicio de derechos, es un principio universal de derechos humanos y debe
concretarse en materia de movilidad humana, con la finalidad de evitar las prácticas que
priman requisitos formales o procedimientos, que muchas veces impiden el ejercicio del
53
derecho a migrar, de derechos reconocidos constitucionalmente o en instrumentos
internacionales de derechos humanos. (Coalición por las Migraciones y el Refugio 9)
Este principio se encuentra en la Constitución y precisa concretarse para en la
movilidad humana, y determina en el artículo 11 lo siguiente:
Numeral 3: Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata
aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o
judicial, de oficio o a petición de parte. Para el ejercicio de los derechos y las
garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén
establecidos en la Constitución o la ley. Los derechos serán plenamente
justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su
violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para
negar su reconocimiento.
Numeral 5: En materia de derechos y garantías constitucionales, las servidoras y
servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la
interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia. Numeral 6: Todos los
principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles,
interdependientes y de igual jerarquía. (Constitución de la República del
Ecuador)
Discriminación y Migración
La Declaración de Durban señaló que la xenofobia contra los no nacionales, en particular
los migrantes, constituye una de las causa principales del racismo contemporáneo. A
menudo los migrantes son objeto de discriminación en el ámbito de la vivienda, la
educación, la salud, el trabajo y la seguridad social. Se trata de un problema mundial que
afecta a los países de origen, a los de tránsito y a los de destino. Según la División de
54
Población del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la ONU, hay alrededor
de 200 millones de personas que viven fuera de su país de origen, lo cual constituirá el 3,1
por ciento de la población mundial en el año 2010. Las estimaciones revelan que entre
1945 y 1990 el número de migrantes aumentó a cerca de 45 millones de personas al
año. Los migrantes que llegan de forma irregular a un nuevo país y que son víctimas de la
trata de personas son con frecuencia detenidos por la policía en centros administrativos o
en prisiones. Aunque el ordenamiento jurídico internacional de los derechos humanos
propugna que la privación de libertad debería ser el último recurso, los migrantes a
menudo son detenidos como parte de un procedimiento rutinario sin tener acceso a las
salvaguardias judiciales adecuadas. Los centros inmigratorios de detención hacinados por
lo general no cuentan con servicios adecuados de salud, alimentación, saneamiento o agua
potable, ni tienen servicios de higiene separados para hombres y mujeres. De igual forma,
hay una tendencia cada vez mayor a enjuiciar los delitos migratorios, lo cual, en algunos
casos, ha resultado en violaciones de los derechos de los migrantes. ( Naciones Unidas)
Los migrantes constituyen un grupo particularmente vulnerable, cuyos derechos no
solo como trabajadores sino también como seres humanos son sistemáticamente violados,
por lo general son objeto de actos de discriminación y hostilidad de raíz xenofóbica. Según
la Organización Internacional para las Migraciones "los migrantes se convierten cada vez
más en chivos expiatorios de todo tipo de problemas internos que hoy aquejan a diversas
sociedades, en particular el desempleo, la delincuencia, las drogas e, inclusive, el
terrorismo". Gabriela Rodríguez Pizarro, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre
los derechos humanos de los migrantes, observa que se adopta esas actitudes especialmente
en el caso de numerosos migrantes indocumentados o en situación irregular, incluidas las
55
víctimas de la trata de personas, que son vulnerables a las violaciones de sus derechos
humanos. (Aldáz Andocilla 14)
En la actualidad, uno de los principales obstáculos que impiden la integración de los
migrantes y su acceso equitativo a los derechos humanos en las sociedades anfitrionas son
los sentimientos arraigados que existen contra los inmigrantes y las prácticas
discriminatorias. Estos sentimientos y prácticas a menudo son reforzados por las leyes, las
regulaciones y las políticas orientadas a restringir los flujos migratorios, lo cual queda en
evidencia con la creciente tendencia de criminalizar la migración irregular. La crisis
económica mundial y el aumento del desempleo han intensificado aún más estas
tendencias. Por lo tanto, para promover la integración de los migrantes en la sociedad y
proporcionarles mayores oportunidades para que contribuyan con el desarrollo de las
mismas, es fundamental adoptar medidas para eliminar las percepciones negativas que
tienen las comunidades anfitrionas de los migrantes. Existen varios instrumentos
internacionales, en particular la Convención Internacional sobre la protección de los
derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que ofrecen orientación
sobre las salvaguardias de derechos humanos. Asimismo, existen procedimientos
especiales, órganos creados en virtud de tratados y el mecanismo de Examen Periódico
Universal que también contemplan estas cuestiones. ( Naciones Unidas)
En los tiempos actuales de globalización económica y sociocultural, tenemos que la
problemática del racismo y sus diversas expresiones tales como intolerancia, prejuicio,
xenofobia, exclusión, discriminación, etc., aunque no sean similares en sus componentes,
se encuentran como temas principales en las agendas de los gobiernos y en los programas
académicos y de investigación de diferentes instituciones educativas. Esto es sorprendente
ya que se había creído que con la llegada de la modernidad y su liberalismo tolerante de
56
convivencia social, el entendimiento de raza, observado desde un enfoque principalmente
biológico, por no ser científico y prejuiciado, había sido borrado o no era aplicado luego de
las críticas a los distintos holocaustos ocasionados por varios regímenes gubernamentales
totalitarios en este siglo y de las acciones legales de muchos países y por parte de diversos
organismos internacionales para eliminar este tipo de odios sociales. Hechos acaecidos en
la Europa integrada y de la actualidad; la existencia de grupos públicamente declarados
racistas en los EEUU; la falta de tolerancia mostrada hacia los migrantes de los países
limítrofes en diversos países latinoamericanos; y la persistencia de un pensamiento
enraizado en estructuras coloniales, son factores que dan obstaculizan a los intentos de
lograr la desaparición del racismo como un problema en América Latina. (Batmanghlich 3)
Los extranjeros que están en situación irregular en el país son particularmente
vulnerables a la discriminación. Primero, porque se tiene la falsa percepción de que las
personas gozan de derechos dentro de su territorio y los pierden al viajar sin documentos,
de ahí que con frecuencia sufran de abusos y vejaciones. Segundo, porque cargan con una
serie de estereotipos y estigmas que los relacionan con delincuentes, integrantes de grupos
delictivos, alta peligrosidad y violencia. También las personas que viajan sin documentos
están expuestas a un daño mayor porque, ante la falta de visas o permisos, temen
denunciar. Entonces, su situación de vulnerabilidad se potencia, pues es sabido que
cualquier abuso no tendrá consecuencias para quien lo cometió. Además, los migrantes
temen a las represalias, desconfían en el sistema de procuración y administración de
justicia, lo que provoca impunidad. La discriminación es doblemente padecida por las
mujeres, niñas y niños migrantes, quienes sufren de acosos y malos tratos en situaciones de
detención, además son orillados al trabajo doméstico clandestino, prostitución, abusos
sexuales y agresiones físicas y sexuales en las operaciones de trata. Es muy importante que
se genere un cambio cultural en el que haya una sensibilización sobre las condiciones en
57
que viajan las personas migrantes y las razones por las cuales una persona deja su país. La
mayoría lleva muy pocos recursos y miles viajan en trenes de carga hacia el norte del país,
lo que pone en peligro su integridad. La mayoría son migrantes económicos que buscan
mejorar su calidad de vida; sin embargo, también existe un número importante de personas
que huye de situaciones de violencia, así como de desastres naturales. (Consejo Nacional
para Prevenir la Discriminación)
En América Latina existen un conjunto de discursos públicos, planes, programas y
manifestaciones políticas que expresan y proyectan una imagen bondadosa y motivadora
de temas migratorios; todos estos relacionados con factores de la globalización, las
necesidades de inserción en el sistema mundial y la interdependencia global. En este
sentido, los procesos de integración regional y de libre comercio, relacionados con la libre
circulación de personas y la existencia de competencias legales supranacionales han sido
facetas extensamente publicitadas por los diferentes gobiernos de América Latina. Sin
embargo, existen actos de intolerancia, discriminación y racismo de los son víctimas o
espectadores los inmigrantes, confirman que se ha estado pasando por una etapa
contradictoria y paradójica, contenida de ideologías que construyen un modelo excluyente,
inequitativo y concentrador de la riqueza en pocas manos. De esta manera, la promoción de
las ventajas integracionistas se difunde más como un deseo público y privado de
presentación de intereses y expansión de mercados, y no como una oportunidad de generar
una convivencia latina intercultural basada en el respeto a los derechos humanos, la
tolerancia, una cultura de paz y la democracia. (Batmanghlich 2)
Para ello, se mencionan a continuación algunas consideraciones acerca de la
terminología cotidiana vinculada a la población migrante que, por un uso incorrecto de la
58
misma, configura discriminación. Ilegal. Es una forma discriminatoria de referirse a la
situación de irregularidad migratoria de una persona, es decir, al estado irregular de la
documentación que acredita su ingreso y permanencia en el país. Las denominaciones
frecuentes son “indocumentado/a”, “clandestino/a”. Cabe aclarar que ningún ser humano
es en sí mismo “ilegal”. La irregularidad migratoria, asimismo, no constituye en ningún
caso delito sino mera falta administrativa. Por lo expuesto, se recomienda abstenerse del
término “ilegal” y utilizar en estos casos “migrante en situación irregular”. (INADI 21-22)
Migración cubana en el Ecuador
Principales motivos de la migración cubana
En 1902 Cuba se convierte definitivamente en una neocolonial norteamericana, en el
transcurso de las primeras décadas del siglo XX la referencia cultural para
la reproducción que se inoculaba a la población, a través de las diferentes fórmulas y vías,
incluyendo un poco más tarde los primeros experimentos más mediáticos, eran
preconcebidos en el norte revuelto y brutal definido por Martí, se concretaba ahora, de esta
forma, en el marco referencial cognoscitivo de la población el viejo anhelo imperial de
americanizar nuestra sociedad, aunque desde mucho tiempo antes se llevaba a cabo
con éxito en los aspectos económico, financiero y político, aun siendo Cuba colonia
española, estas pueden ser las causas fundamentales de la frecuente empatía cultural que se
encuentra entre Cuba y EE.UU., se hace casi obligado recurrir nuevamente a Aja quién de
manera muy concreta señala: “Entre Cuba y Estados Unidos existe una historia migratoria
de más de siglo y medio, condicionada por factores tanto geográficos, como económicos,
políticos, culturales y sociales en general. Cada cual inciden tanto al interior de la sociedad
59
emisora como de la receptora de los inmigrantes cubano” Cuba continuaba siendo un país
que recibía a inmigrantes que se desplazaban en busca de mejores perspectivas de vida,
sobre todo en los períodos de las dos guerras mundiales, algunos utilizaban al país como
trampolín para saltar luego a los Estados Unidos, otros transitoriamente hasta que la
situación mejorara en sus países, y el resto, al lograr insertarse con algún éxito en nuestra
sociedad permanecían entre nosotros, hacían familias y eran respetados como cualquier
otro ciudadano cubano. Para los cubano concretamente, Estados Unidos estaba a la mano y
no era muy complejo acceder a él, algunos sectores sociales más pudientes comenzaron a
invertir en Estados Unidos, se preparaban en sus universidades y adquirían propiedades,
otro determinado sector de la población buscaba en territorio norteamericano posibilidades
de trabajo que les permitiera la subsistencia y de paso la de su familia, pero el patrón
migratorio siguió intacto. (Aguila)
Las tres primeras décadas del siglo XX, correspondientes al período republicano,
fueron de fuertes inmigraciones, en particular de españoles y antillanos, con un basamento
fundamentalmente económico. Esta situación sufre una notable variación a mediados de la
década de 1930 y en adelante, lo cual se relaciona con las condiciones de inestabilidad
política y económica del país. Sin embargo, la emigración cubana no resulta un fenómeno
propio del siglo XX. Ya en el siglo XIX grupos de cubanos se vieron precisados a emigrar
tanto a los Estados Unidos como hacia algunos países de Latinoamérica y del Caribe. Los
factores que provocaron estas migraciones, aunque presentaban condiciones diversas,
tenían como elemento generalizador las contradicciones de orden político y la situación
económica por la que atravesaba la isla, que, es conocido, se agudizó a partir de la década
de 1860, donde el factor político desempeñó un rol preponderante en la salida de cubanos
60
al exterior como consecuencia de la agudización de las contradicciones con la metrópoli
española. (De Urrutia Barroso 51)
Después de la Revolución Cubana de 1958, el problema del empleo fue una de las
prioridades del gobierno de Fidel Castro. En los años 70 se eliminó el desempleo y casi
toda la población en edad laboral contaba con un empleo fijo. Entre el período
comprendido de 1962 a 1969 el desempleo fue de 4,7%, muy por debajo de las cifras
registradas en los años 50, antes de la Revolución. Para 1970 el desempleo logró una tasa
histórica de 1,8%. No obstante, las cifras no oficiales daban otra información y aseguraban
que el desempleo alcanzaba porcentajes de hasta el 3,8%. Pero a partir de los años 80 el
desempleo aumentó en la isla. En 1981 la cifra llegó al 3,4% y fue aumentando
progresivamente. Hoy, las últimas estadísticas oficiales correspondientes al año 2013,
aseguran que el desempleo en Cuba está en el 3,3%, pero según cifras no oficiales, éste
alcanzaría un 6,6%. (Agency)
El triunfo revolucionario de enero de 1959 marca por tanto una ruptura con los
componentes migratorios tradicionales, cobrando un protagonismo central tanto los
elementos políticos y económicos motivados por la propia evolución del proceso
revolucionario, como la contradicción entre Cuba y Estados Unidos atizada por el
hegemonismo y la intolerancia norteamericana. Tales enfoques se manifestarán
nítidamente en los ciclos migratorios a partir de 1959, reflejando el contenido
preponderantemente político o económico de determinadas oleadas migratorias. Este
proceso se presenta en unión de una excesiva ideologización, con un tratamiento de
profundo anticomunismo por parte de la política migratoria de Estados Unidos —que venía
desarrollándose desde los años cincuenta y a la que incorporan a Cuba a partir de 1959—,
61
todo lo cual se reflejará de una manera u otra en los principales países receptores de
inmigrantes cubanos. (De Urrutia Barroso 52)
Durante la década de los 80 la economía cubana cayó en crisis, ya que el apoyo
económico de la Unión Soviética era cada vez menor, como nunca antes se pensó. El
gobierno de La Habana no podía beneficiarse de la devaluación del dólar americano ante la
imposibilidad de entrar al mercado de Estados Unidos. Este hecho se agravó cuando el
precio del azúcar, producto bandera de la isla, se desplomó en los mercados
internacionales; consecuentemente los ingresos de la isla mermaron de 50 a 60%. Muchos
puestos de trabajo se perdieron lo que obligó a un segmento importante de los trabajadores
azucareros a abandonar la isla en busca de otros empleos y mejores oportunidades. (Pérez
y Stable)
Con el derrumbe de la Unión Soviética, Cuba perdió su principal asociado comercial y
fuente de asistencia económica. Como resultado directo de ello, su economía se ha
reducido aproximadamente 40% desde 1989. Además, en 1993, solo pudo importar la
mitad del petróleo que compraba anteriormente para atender sus necesidades normales.
Menor cantidad de repuestos, neumáticos y otros bienes manufacturados llegan a la Isla en
estos días. No es de sorprenderse, entonces, que el transporte público haya sufrido drásticas
reducciones; los cubanos deben prescindir de la electricidad varias noches por semana y se
hace cada vez más difícil que los productos alimenticios lleguen a los centros de
distribución en las ciudades, 0 que las exportaciones procedentes del campo o las fabricas
lleguen a los muelles. Escasea la oferta de casi todo, desde alimentos hasta hojas de afeitar
y medicamentos. Nadie padece realmente de hambre. Continúan la atención médica y
educación gratuita y la mayoría de los cubanos aunque ciertamente no todos tienen una
62
vivienda adecuada. Aun así, la vida cotidiana se ha convertido en una faena agotadora.
(Smith 2).
Estos acontecimientos evidenciaron la excesiva dependencia del gobierno cubano de
la Unión Soviética, su principal socio político y económico. Ya con caída de la URSS,
Cuba fue consciente de su aislamiento, que se vio agravado tras las sanciones económicas
por parte de Estados Unidos. Luego, con la caída del precio del azúcar se comprobó la
dependencia de la isla a la producción de productos primarios. Se debe reconocer que la
dependencia de la exportación de materias primas no aquejaba únicamente a Cuba, sino a
la gran mayoría de países latinoamericanos, e incluso es un problema que perdura hasta
nuestros días. (Bustamante Bustamante 80 )
Para agravar esta situación, los organismos de crédito públicos y privados
occidentales establecieron condiciones muy duras para pago de la deuda cubana, más
estrictas que aquellas impuestas a otros países en desarrollo. Teniendo en cuenta este
panorama el gobierno de Castro nunca presentó programas de reformas profundas que
mejoren las relaciones estado – mercado. Entre 1989 y 1993 la economía de la isla se
redujo de 50 a 35%. Además el nivel de vida que ya era austero siguió en bajada. (Pérez y
Stable 260-261)
Solo a partir de 1993 Cuba inició con la instauración de algunas reformas de
mercado: se legalizó el dólar, se autorizaron el funcionamiento de cooperativas agrícolas y
se permitió el empleo por cuenta propia, con un número bastante limitado de actividades
(Pérez y Stable 292)Fidel Castro siempre responsabilizó a Washington de los fracasos de
Cuba, de su economía en bancarrota y de su población cada vez más empobrecida. Por
63
tanto Castro siempre exigió el fin del embargo para, según él, poder transformar la isla
(Pérez y Stable 340). De hecho, esta recriminación ha sido empleada muchas veces por la
izquierda mundial, para presionar el levantamiento del embargo económico de Cuba.
En Estados Unidos, entre 1891 y 1900 fueron admitidos allí 33066 emigrantes del
Caribe, donde más de la mitad eran cubanos. Las causas que provocaron estas migraciones,
incrementadas a partir de 1860, aunque presentan condicionantes diversas, tenían como
elemento común las contradicciones de orden político y la situación económica imperante,
agudizadas sobre todo desde 1868, cuando el factor político constituyó la causa principal
de las salidas de cubanos al exterior. Desde entonces, los problemas económicos, políticos
y sociales han estado presentes en los procesos migratorios externos de Cuba, con
particular énfasis en los momentos de crisis económicas, base de la búsqueda de nuevos
horizontes y posibilidades fundamentales en los Estados Unidos, España y algunos países
del área del Caribe y de América Latina. (Marichal 8)
El problema de los inmigrantes ilegales cubanos que arriban a Estados Unidos se
mantiene latente. Desde 1998 asume el delicado y peligroso componente de tráfico ilegal
de personas, organizado y financiado por grupos de cubanoamericanos del sur de la
Florida, a riesgo de vidas humanas envueltas en tales procedimientos. Entre 1997 y el
2000 arribaron a las costas de la Florida alrededor de 3000 personas. Desde otro ángulo, el
tratamiento a los inmigrantes procedentes de Cuba, resulta totalmente fuera de lugar en el
contexto inmigratorio de Estados Unidos para fines del presente siglo, como se puede
apreciar en el análisis realizado acerca de la situación inmigratoria en ese país. En el año
2003 visitaron la Isla 167 710 cubanos residentes en el exterior (solo poco más de 30 000
en 1994, de esas 167 mil 710 personas que viajaron a Cuba en el 2003, 115 542 vinieron
64
desde Estados Unidos, prácticamente uno de cada diez cubanos residentes en aquel país).
Por otro lado, más de 50 000 cubanos residen hoy temporalmente en el exterior, resultado
de la aplicación seria y madura de numerosas decisiones, lo que permite que el día en que
ellos deseen pueden regresar al país. Por otro lado, más de 113 000 cubanos que viven en
la isla viajaron al exterior en el 2003, de ellos casi 40 000 lo hicieron por razones
personales, visitas familiares, invitaciones de amigos, o viajes de placer. (Marichal 18)
Su prolongada duración, la diversidad sociológica de los emigrados, el daño causado
y la cantidad que acechan la oportunidad para hacerlo, constituyen razones suficientes para
dejar atrás las infructuosas evasiones y enfrentar de una vez las verdaderas causas, entre
otras: la insuficiencia de los salarios, la prohibición de ser empresarios en su propio país y
de contratarse directamente a empresas extranjeras, el pésimo estado del transporte, la
insostenible situación de la vivienda, las múltiples trabas a los productores del campo y la
ausencia de derechos cívicos, políticos y económicos; las autoridades no aceptan que
ningún cubano, a pesar del alto nivel de instrucción adquirido, pueda tener una idea
diferente en materia política, económica o cultural. (Castellanos)
Además de la pérdida de vidas humanas, de las separaciones familiares y de las
múltiples tragedias registradas, dos de los efectos colaterales del éxodo permanente son: 1-
El decrecimiento y envejecimiento de la población al ritmo de los países desarrollados pero
sin economía para su sostenimiento; y 2- la descapitalización de profesionales (graduados
universitarios, técnicos medios y obreros calificados) que ha sido una de las ventajas
comparativas de Cuba con relación al resto de los países de la región. Entre 1931 y 1940
emigraron a Estados Unidos 9.571 cubanos; entre 1941 y 1950, 26.313 y entre 1961 y
1970, 208.536. Según el Censo de Población de ese país, en el año 2010 había
65
1.213.418 cubanos residentes en la Florida, lo que representa un incremento del 45,6%
respecto a los datos del Censo del año 2000. (Castellanos)
Para agravar el panorama de la isla, el gobierno cubano ha establecido una
“hiperestatalización de las relaciones sociales” responsabilizando de forma exclusiva a
expertos – burócratas en la planificación de proyectos de todo tipo, dejando a un lado a la
sociedad civil, cuando ésta en realidad debería tener un rol protagónico dentro de estos
procesos. Esta “buro - politización” ha ocasionado serios problemas en la mayor isla de las
Antillas. Se destaca el déficit de innovación, esencialmente en tecnología y el déficit en
participación, que ha desconectado al ciudadano del Estado. Si solo se permite que los
burócratas participen en proyectos, acciones o decisiones nacionales, es evidente que
existirá un gran sesgo de participación. Mientras no se encuentre una forma de integrar a
la sociedad civil en estas decisiones y de establecer mecanismos para su participación en
los asuntos de interés, el tema de la participación en Cuba seguirá formando parte de uno
más de los “ideales” del gobierno socialista. (Bustamante Bustamante 87)
Otro de los desafíos que debe afrontar Cuba es la sostenibilidad económica del
proyecto social. Lo que ha afectado a este país es que los gastos sociales siempre han
superado a los indicadores económicos. Como muestra de ello, tenemos lo ocurrido entre
los años 70 y 80, cuando el consumo social crecía aproximadamente un 12% cada año,
mientras que el crecimiento económico anual era solo de 9%. Si es que la intención del
gobierno de Castro es continuar con los generosos programas sociales, sobre todo en
materia de educación y salud, el tema del financiamiento debe ser completamente
repensado; tomando en consideración las dificultades económicas que la isla seguirá
66
afrontando, incluso cuando el restablecimiento de las relaciones diplomáticas con
Washington se haya normalizado. (Bustamante Bustamante 83)
Migración cubana en Ecuador
Los problemas que afronta la sociedad cubana son diversos, y estos han influido
decididamente en la salida de su población. Entre ellos destaca la falta de empleo y los
salarios bajos para quienes los poseen. Además, a pesar de los aspectos positivos del
sistema de salud pública cubano en la isla, todavía se evidencian diferencias entre la
infraestructura sanitaria de las grandes ciudades y las del campo. Tras el derrumbe de la
Unión Soviética, Cuba perdió relación con su principal proveedor de recursos
(económicos, financieros, tecnológicos) y socio estratégico. Este hecho, llevó a la isla a un
aislamiento extremo. Así Cuba se veía imposibilitada de comerciar sus productos y a
acceder a otros mercados para abastecerse. De esta manera problemas como el
desabastecimiento y la falta de alimentos se intensificaron. (Bustamante Bustamante 109)
La migración cubana después de 2008, es decir, en su segundo período, llegó
principalmente al Ecuador por el factor económico; con el fin de obtener más capitales,
bienes y servicios, que van desde un par de zapatos hasta el servicio de internet. Las redes
de familiares y amigos tuvieron una gran influencia para el arribo de este nuevo grupo de
inmigrantes. Estas redes tenían distintos roles, desde ofrecer hospedaje temporal hasta
buscar empleos para sus coterráneos en el Ecuador. Otro factor que tuvo incidencia en el
aumento de los flujos migratorios entre Cuba y Ecuador fue el acercamiento y las
excelentes relaciones políticas de Rafael Correa, con su homólogo Raúl Castro, ambos
caracterizados por tener una posición antimperialista. Estas relaciones se intensificaron
67
desde que Ecuador hizo su ingreso oficial a la Alianza Bolivariana para los Pueblos de
Nuestra América (ALBA), organización regional, en ese entonces liderada por Hugo
Chávez, guiada en gran medida por el liderazgo de Fidel Castro y el socialismo cubano.
(Bustamante Bustamante 108)
La mayoría de los ecuatorianos recelan de los cubanos. Piensan que si no están
involucrados en delitos o actividades ilegales o quieren aprovecharse de ellos para sacarles
dinero o mejorar su estatus migratorio, pueden ser agentes del régimen castrista que buscan
convertir a Ecuador en otra Cuba. Y si los ecuatorianos son partidarios del gobierno de
Rafael Correa, ni se te vaya a ocurrir hablarles mal de Fidel Castro, porque se ponen
agresivos. (Álvarez)
La emigración cubana ha tenido a Ecuador como un importante punto de destino y de
tránsito, y aunque es un fenómeno de larga data, se ha incrementado en los últimos años.
El perfil de quienes deciden radicarse en el país sudamericano es principalmente de
profesionales que buscan mejores condiciones económicas atraídas por la política
migratoria ecuatoriana. Pero la forma de ser del cubano que en Ecuador relacionan con la
de los costeños, no pocas veces provoca un “choque”, principalmente con los serranos, no
así con los habitantes del litoral, con quienes existe más identificación cultural, según
varios testimonios recogidos por Andes. Las diferencias culturales sumadas a hechos
relacionados con algunos casos que han terminado en la justicia han provocado cierto
rechazo hacia la comunidad cubana, que poco a poco se ha ido superando. Cubanos que
residen en el país y que pidieron el anonimato cuentan, por ejemplo, que se les hace difícil
buscar alquilar una vivienda o un trabajo, incluso reciben frases hirientes. Por ello, los
primeros días en el país les resulta complicado. Relatan además que, incluso, mientras
68
procuran un sustento hasta que se completen sus trámites, son víctimas de explotación ya
que reciben un ínfimo diario, por debajo de otros extranjeros que atraviesan similar
condición migratoria. (andes).
Ecuador se convirtió en su ruta para alcanzar ese ‘sueño americano’ debido a su política de
“ciudadanía universal” que adoptó con la Constitución de 2008 y que permite que los
extranjeros ingresen sin la necesidad de una visa. Pero el anuncio de un acercamiento
diplomático entre Cuba y Estados Unidos devino en una masiva migración, sobre todo a
Ecuador, lo que obligó al Gobierno a hacer una “excepción temporal” y exigir el visado.
Las cifras oficiales sobre el ingreso de los isleños son diferentes. Según la Cancillería,
desde el 2008, con la vigencia de la Carta Política entraron 40.000 cubanos al Ecuador,
16.000 de ellos en situación irregular. Pero el Departamento de Migración del Aeropuerto
Internacional Mariscal Sucre reportó que solo entre enero y noviembre de 2015 ingresaron
65.369 personas y salieron 38.895. Solo el 1 de diciembre, día en que empezó a regir la
disposición, 40 cubanos ingresaron, según un comunicado. Ruiz afirma que un migrante
cubano paga en promedio hasta $ 15.000 a los coyotes para llegar hasta los Estados
Unidos, país que según cifras de su Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza, recibió a
27.413 extranjeros de esta nacionalidad desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de agosto
pasado, citó El Nuevo Herald. ( EL UNIVERSO). En Ecuador, muchos cubanos excedían
el tiempo autorizado en sus visas, mientras trabajan y ahorran dinero para pagar a los
coyotes que los llevan hasta México por tierra. Todos los países, en su tránsito, de
Colombia a México, les piden visa a los isleños y por esa razón no pueden viajar por avión.
El Ecuador ha tomado medidas de protección para las personas migrantes cubanas,
con el fin de prevenir que sean víctimas del tráfico ilícito de migrantes y sufran abusos de
los criminales que les ofrecen llegar a Estados Unidos de Norteamérica. Es de
conocimiento para la comunidad internacional que todos quienes intentan usar los canales
69
irregulares de migración hacia Estados Unidos de Norteamérica ponen en riesgo su vida y
sufren vulneración de sus derechos. En el marco de una política concordante de respeto e
igualdad para las personas en condición de movilidad humana, es responsabilidad de la
Cancillería del Ecuador velar por el efectivo ejercicio de derechos de las personas
migrantes, y prevenir situaciones que pongan en riesgo su vida, su salud o su seguridad. (
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana)
Bajo esta perspectiva, la llegada de un contingente migratorio desde Cuba a Ecuador,
no supone consecuencias únicamente para la isla, sino también para el país que lo recibe,
en este caso, Ecuador. Lo curioso es que la migración cubana en Ecuador desafía este
paradigma que asegura que la migración sigue solamente una vía, de sur a norte. Así, este
caso ha demostrado que los flujos migratorios son posibles también desde el sur, y hacia al
sur. En otras palabras, de un país en vías de desarrollo a otro país en vías de desarrollo. Se
debe decir que el aumento de los flujos migratorios desde Cuba hacia Ecuador no se ha
circunscrito a la firma de acuerdos comerciales, sino como se verá más adelante, a las
excelentes relaciones políticas entre los gobiernos de La Habana y Quito. (Bustamante
Bustamante 7)
Cubanos que intentan migrar por tierra a Estados Unidos comenzaron a hacer el
recorrido desde Guyana, luego de que Ecuador dejó de otorgarles visas turísticas en
diciembre del 2015. El camino por Guyana ha permitido un constante flujo de migrantes
cubanos luego de que Ecuador dejó de otorgarles visa libre, en respuesta al pedido de los
países centroamericanos ante la crisis desatada a fines del año pasado cuando casi 8.000
isleños quedaron varados en Costa Rica por la negativa de Nicaragua a permitirles el paso
por su territorio. Desde Ecuador, los migrantes eran guiados por coyotes a Colombia y
70
Panamá, con la intención de continuar el recorrido a Estados Unidos, "el único país que
nos acoge como si fuéramos parte de su pueblo", según el isleño Snequel Vásquez Valdéz,
de 37 años, quien también emprendió el recorrido por tierra en Guyana. (El Universo)
Mientras tanto, el conflicto entre las fronteras de Centroamérica persiste. Guatemala negó
el uso de su territorio para el paso de migrantes varados en Costa Rica (4.000) y Panamá
(1.200). Y Cuba y Estados Unidos continúan los diálogos sobre esta situación, aunque aún
sin consensos.
71
CAPÍTULO III
3. METODOLOGÍA
3.1. MODALIDAD DE INVESTIGACIÓN
El presente trabajo investigativo es de tipo cuantitativo y cualitativo. Al tratarse de una
investigación de carácter social y legal, se aproxima al obtener información a través de las
experiencias o anécdotas que comparten los migrantes cubanos, analistas de control
migratorio, abogados y extranjeros, para de esta manera llegar a verificar si existe la
vulneración de los derechos humanos en cuanto a la discriminación.
El análisis cuantitativo se aplica al utilizar como instrumento la encuesta. La información
obtenida será posteriormente analizada y plasmada en tablas y gráficos para de esta manera
sacar a la luz la realidad de los hechos.
3.2. NIVELES O TIPO DE INVESTIGACIÓN
Durante el desarrollo del Proyecto se aplicaron diversos tipos o niveles de investigación:
Teniendo en cuenta la finalidad de la investigación, es de tipo aplicado, por cuanto su
finalidad es brindar una solución al problema.
En cuanto a su amplitud, es micro sociológico, por cuanto la investigación se realizó
a inmigrantes cubanos y parte de otras nacionalidades en el Aeropuerto de Quito.
72
En relación a la profundidad, la investigación se define es descriptiva, teniendo en
cuenta las causas y efectos generados en la temática de estudio.
La naturaleza de la investigación es documental: a partir de libros y documentos que
abarquen la problemática de estudio y Doctrinal por cuanto existen contenidos legales:
Constituciones, Códigos, Leyes y Acuerdos.
3.3. MÉTODOS
Método analítico: Mediante este método analizaré todo el material investigativo que logre
evacuar, en base al razonamiento lograr sintetizar de forma ordenada todos los datos que
hagan referencia al tema de investigación y proceder con la exposición metódica los
resultados obtenidos.
Método descriptivo: Mediante los datos obtenidos a través de la investigación se podrá
obtener resultados que caractericen al problema, fundamentalmente en lo que tiene que ver
a los entes participativos.
Método Teórico Jurídico: Con el uso de este método y la combinación de la dogmática
con la exégesis, lograré investigar y analizar con objetividad las consecuencias que genera
la normativa actual, esto es establecer de qué manera influye en la problemática de la
investigación respecto a los hechos fácticos con la realidad objetiva del convivir social.
73
3.4. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN.
Fichaje: Utilizaré esta técnica debido a que con su ayuda, podré dominar con exactitud
citas y datos bibliográficos referentes con la temática a tratar.
Encuesta: Esta técnica será utilizada con personas extranjeras, ciudadanos cubanos y
analistas de control migratorio.
74
3.5. OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES
Tabla 1. Operacionalización de variables
Variable
Independiente
Dimensión Indicadores Ítems Técnicas o Instrumentos
Necesidad de creación
de una disposición legal
que viabilice de manera
objetiva el trato hacia
las personas extranjeras.
Constitucional,
Derecho
Internacional y
Ley de
Migración
Reforma Legal para
establecer un trato
igualitario a los
extranjeros en el ecuador
3
Doctrina Jurídica
Encuestas
Ley de Migración
Variable Dependiente Dimensión Indicadores Ítems Técnicas o Instrumentos
Acceso a la igualdad de
derechos como lo
establece la constitución
y los tratados y
convenios
internacionales.
Constitucional,
Derecho
Internacional y
Ley de
Migración
Establecimiento de
igualdad de trato hacia
todos los extranjeros, sin
importar su nacionalidad
de procedencia.
3
Doctrina Jurídica
Encuestas
Ley de Migración
Variable Dependiente Dimensión Indicadores Ítems Técnicas o Instrumentos
Controlar las funciones
de los agentes de policía
de servicio de
migración, al entrevistar
a los extranjeros.
Constitucional,
Derecho
Internacional y
Ley de
Migración
Funcionalidad de los
agentes de policía de
servicio de migración
3 Doctrina Jurídica
Encuestas
Ley de Migración
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
75
3.6. UNIVERSO O POBLACIÓN Y MUESTRA
De la Universidad Central del Ecuador, Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y
Sociales se tomara la opinión de 3 catedráticos universitarios de la materia de Derechos
Humanos.
Dentro del Aeropuerto Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, se
encuestará a 10 Analistas de Control Migratorio delegados del Ministerio del Interior. A su
vez se contará con la opinión de 20 emigrantes cubanos y 20 extranjeros de diferente
nacionalidad.
En la ciudad de Quito se tomará la opinión de 10 Abogados en Libre Ejercicio
Profesional en su mayoría especialistas en Derechos Humanos.
Tabla 2. Población y muestra
Población Muestra
Catedráticos Universitarios 3
Analistas de Control Migratorio 10
Abogados en Libre Ejercicio
Profesional
10
Emigrantes cubanos 20
Extranjeros 20
Total 63
Elaborado por: Felipe Andrés Marcial Gallardo
76
CAPÍTULO IV
4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
APLICACIÓN DE LAS ENCUESTAS
Cuadro 1. Aplicación de las encuestas
CUESTIONARIO DE LA ENCUESTA
La presente encuesta está dirigida a todas las personas involucradas en la temática de
investigación. Las respuestas son afirmación (SI) o negación (NO) y existe un tercer
ítem que significa NO CONOCE/NO CONTESTA.
1. ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio de
ciudadanía universal?
SI NO NC
2. ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de
discriminación o malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio
en el Aeropuerto de Quito?
SI NO NC
3. ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo trato que
a los inmigrantes de otras nacionalidades?
SI NO NC
4. ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el Aeropuerto de
Quito es despectivo?
SI NO NC
77
5. ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento que eviten
la discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes de
Control Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
SI NO NC
6. ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador?
SI NO NC
7. ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria?
SI NO NC
8. ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio adoptado en
nuestro país va acorde a la realidad social imperante?
SI NO NC
9. ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho migratorio
sobre la ciudadanía universal?
SI NO NC
10. ¿Cree que en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados
y Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los
migrantes?
SI NO NC
78
RESULTADO DE LAS RESPUESTAS DEL CUESTIONARIO DE LA ENCUESTA
La encuesta fue dirigida a diferentes grupos de informantes y se desarrollaron en diferentes
días, los grupos informantes fueron los siguientes:
Catedráticos Universitarios
Analistas de Control Migratorio
Abogados en Libre Ejercicio Profesional
Extranjeros
Inmigrantes cubanos
La encuesta fue desarrollada a fin de cubrir las posibles variantes en los niveles de
conocimiento de los informantes y obtener como resultado respuestas objetivas que
efectivamente permitan evidenciar los diversos elementos de la realidad que se está
investigando.
79
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
1.- ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio de
ciudadanía universal?
SI 60 NO 35 NC 5
Gráfico 1. ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio
de ciudadanía universal?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 2. ¿Conoce usted que en la Constitución del Ecuador existe el principio
de ciudadanía universal?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 10 20 30 40 50 60
SI
NO
NO CONOCE
80
2.- ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de discriminación o
malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio en el Aeropuerto de
Quito?
SI 10 NO 80 NC 10
Gráfico 3. ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de
discriminación o malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio en
el Aeropuerto de Quito?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 4. ¿Conoce usted si los ciudadanos cubanos, reciben algún tipo de
discriminación o malos tratos por parte de los Agentes de Control Migratorio en
el Aeropuerto de Quito?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 20 40 60 80 100
SI
NO
NO CONOCE
81
3.- ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo trato que a los
inmigrantes de otras nacionalidades?
SI 85 NO 10 NC 5
Gráfico 5. ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo
trato que a los inmigrantes de otras nacionalidades?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo.
Gráfico 6. ¿Cree usted que a todos los inmigrantes cubanos se les da el mismo
trato que a los inmigrantes de otras nacionalidades?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 10 20 30 40 50 60 70 80
SI
NO
NO CONOCE
82
4.- ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el Aeropuerto de
Quito es despectivo?
SI 70 NO 20 NC 10
Gráfico 7. ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el
Aeropuerto de Quito es despectivo?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 8. ¿Considera usted que el trato a los inmigrantes Cubanos en el
Aeropuerto de Quito es despectivo?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 10 20 30 40 50 60 70
SI
NO
NO CONOCE
83
5.- ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento que eviten la
discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes de Control
Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
SI 80 NO 15 NC 5
Gráfico 9. ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento que
eviten la discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes de
Control Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 10. ¿Considera que es necesario crear otras normas de procedimiento
que eviten la discriminación a los inmigrantes cubanos por parte de los Agentes
de Control Migratorio en el Aeropuerto de Quito?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 10 20 30 40 50 60 70 80
SI
NO
NO CONOCE
84
6.- ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador?
SI 10 NO 85 NC 5
Gráfico 11. ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 12. ¿Conoce sus derechos como inmigrante en el Ecuador?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 20 40 60 80 100
SI
NO
NO CONOCE
85
7.- ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria?
SI 40 NO 55 NC 5
Gráfico 13. ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 14. ¿Ha sido discriminado por su condición migratoria?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 10 20 30 40 50 60
SI
NO
NO CONOCE
86
8.- ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio adoptado en
nuestro país va acorde a la realidad social imperante?
SI 10 NO 85 NC 5
Gráfico 15. ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio
adoptado en nuestro país va acorde a la realidad social imperante?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 16. ¿Cree usted que el sistema legal en cuanto al control migratorio
adoptado en nuestro país va acorde a la realidad social imperante??
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 20 40 60 80 100
SI
NO
NO CONOCE
87
9.- ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho migratorio sobre
la ciudadanía universal?
SI 45 NO 52 NC 3
Gráfico 17. ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho
migratorio sobre la ciudadanía universal?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 18. ¿Conoce usted si en el Ecuador se aplica el principio de derecho
migratorio sobre la ciudadanía universal?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NC
0 10 20 30 40 50 60
SI
NO
NC
88
10.- ¿Cree que en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados y
Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los migrantes?
SI 10 NO 85 NC 5
Gráfico 19. ¿Cree que en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados y
Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los migrantes?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
Gráfico 20. ¿Cree en el Ecuador se cumple a cabalidad lo establecido en los Tratados y
Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos en cuanto a los migrantes?
Autor: Felipe Andrés Marcial Gallardo
SI
NO
NO CONOCE
0 20 40 60 80 100
SI
NO
NO CONOCE
89
CAPÍTULO V
5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES
1. Ha sido indispensable estudiar el fenómeno migratorio desde su perspectiva teórica,
tomando en consideración su impacto tanto global como regional. Más
precisamente en el caso de Cuba, se debe examinar las causas del éxodo cubano a
través de la historia y establecer el nexo que enlaza a los migrantes cubanos con el
Ecuador. Bajo esta perspectiva, no se puede desconocer la incidencia del principio
de ciudadanía universal plasmado desde 2008 en la Constitución Política de
Ecuador.
2. La nacionalidad comprende el vínculo jurídico y político, que liga a una persona
con un Estado determinado; al que se pertenece ya sea por nacimiento o por
naturalización., dé aquí se desprende a nivel de todas las Legislaciones del Mundo,
que los elementos de toda nacionalidad son: El Estado y los individuos. Siendo el
Estado elemento activo quien concede la nacionalidad a los individuos.
3. El hecho inmigratorio puede explicarse como un fenómeno estructural del mercado
de trabajo internacional, de las desigualdades económicas entre unos países y otros,
de la desestructuración económica y social de los propios lugares de origen, etc.
Abarca no solamente el desplazamiento de personas, sino también de ideas, valores
y artefactos culturales.
90
4. La ciudadanía universal es un principio que está contenido en la Constitución del
Ecuador aprobada en el 2008, en el contexto de una normativa garantista que se
basa en la progresividad de los derechos humanos y en la búsqueda de la igualdad
formal y material de todos los residentes del país. Este principio en ocasiones se
confunde con el principio de libre movilidad que busca que las personas no tengan
restricciones para ingresar de un territorio a otro, eliminando de esta manera las
fronteras y los requisitos previos para permanecer en un país.
5. La migración cubana después de 2008, es decir, llegó principalmente al Ecuador
por el factor económico; con el fin de obtener más capitales, bienes y servicios, que
van desde un par de zapatos hasta el servicio de internet. Las redes de familiares y
amigos tuvieron una gran influencia para el arribo de este nuevo grupo de
inmigrantes. Estas redes tenían distintos roles, desde ofrecer hospedaje temporal
hasta buscar empleos para sus coterráneos en el Ecuador, además del objetivo
fundamental, poder llegar a Estados Unidos por cualquier medio.
6. Los problemas que afronta la sociedad cubana son diversos, y estos han influido
decididamente en la salida de su población. Entre ellos destaca la falta de empleo y
los salarios bajos para quienes los poseen. Además, a pesar de los aspectos
positivos del sistema de salud pública cubano en la isla, todavía se evidencian
diferencias entre la infraestructura sanitaria de las grandes ciudades y las del
campo.
7. Hemos podido comprobar que la condición migratoria de los ciudadanos cubanos,
no exime a los analistas de control migratorio que puedan actuar violentando los
91
derechos fundamentales establecidos en la Constitución como la ciudadanía
universal que propugna la misma, además de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial; ya que toda esta normativa, tanto nacional como
internacional expresa que todas las personas somos iguales ante la ley, y ninguna
persona a puede ser discriminada por ningún motivo.
RECOMENDACIONES
1. Se recomienda realizar un mayor control en los pasos ilegales, hacer así mismo un
mapeo del área de la frontera para determinar cuáles con estos pasos y así evitar la
entrada de personas indocumentadas.
2. Si bien los temas de emigración ecuatoriana son importantes y han tenido un
impacto significativo en el país; es necesario que la comunidad académica
ecuatoriana incluya la problemática del nuevo enfoque migratorio, es decir, el
surgimiento de Ecuador como plaza de destino migrante, pues los estudios e
investigaciones en el país se han focalizado en Ecuador como país emisor de
migrantes, más no como país receptor.
3. No se puede entender el tema de la movilidad humana partiendo únicamente desde
la racionalidad económica como incentivo para que las personas se muevan de un
país a otro. Se aconseja, por lo tanto, analizar el fenómeno migratorio desde otras
perspectivas, como la influencia de las redes sociales previamente establecidas en
92
los países de destino. Se debe recordar que la migración es también un fenómeno
antropológico que se enmarca en un contexto social y cultural que va más allá de la
lógica económica.
4. Desde otro punto de vista se recomienda a los diversos Estados, que en lo posible
se combata la desigualdad económica, creen fuentes de empleo, garanticen el
acceso a la educación y servicios básicos, entre otros, ya que la insatisfacción de
esto constituye una de las tantas consecuencias; que dan origen a desplazamientos
de ciudadanos honestos y de condiciones humildes. Que tienen que abandonar su
patria y refugiarse en condiciones irregulares en otro País, y el País que le otorga
refugio le conceda todas las garantías del caso, incluso llegando hasta su
naturalización; pero sí previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.
5. Se recomienda en lo posible crear una institución que regule las actuaciones de
los analistas de control migratorio, que verifique que tales actuaciones va
encaminado en el marco legal de la Constitución de la República del Ecuador,
de los Tratados y Convenios de Derechos Humanos ratificados por el Ecuador,
para evitar de esta manera que surja cualquier tipo de discriminación por la
condición migratoria no solo de los ciudadanos cubanos sino de todo ser
extranjero que llegue a nuestro país, de esta manera propiciamos que se
cumpla el principio de Derecho Internacional que ha sido establecido por
nuestra Constitución y la primera en el mundo con respecto a la ciudadanía
universal.
93
CAPÍTULO VI
6. PROPUESTA
6.1. JUSTIFICACIÓN
La movilidad humana internacional no es algo nuevo, pero es un tópico que en los últimos
años ha tomado mayor fuerza en las agendas públicas, pues la búsqueda de los hombres y
las mujeres por alcanzar mejores condiciones de vida para ellos y sus familias se ha
exponenciado en todos los puntos del orbe. Los historiadores sobre migración coinciden en
que los flujos migratorios han sido, y continúan siendo, vectores importantes del cambio
social, económico y cultural. Aunque no es posible determinar de manera acertada cuántas
personas fueron “migrantes” en un momento particular en la historia, existe evidencia de
estilos de vida sedentaria y migratoria que coexistieron durante todos los periodos de la
historia mundial.
La migración, como todo fenómeno social incumbe al derecho, por ser éste el
complejo de normas e instituciones que imperan coactivamente en la comunidad estatal, el
cual pretende resolver los problemas de la realidad social a partir de un orden jurídico
supremo, sistemático, institucionalizado, coercitivo, analítico y accesible a todos. Una
cuestión central y de vital importancia a nivel global, resulta ser el tránsito de personas de
un país a otro, que se ostenta como el mayor desafío para los gobiernos de la comunidad
internacional, aún más al plantearse fundamentado desde la perspectiva de los derechos
94
humanos, e instaurar como argumento el inalienable ius peregrinandi para obligar a los
Estados a respetar y garantizar los derechos de los migrantes de manera justa y equitativa.
Los migrantes constituyen un grupo particularmente vulnerable, cuyos derechos no
solo como trabajadores sino también como seres humanos son sistemáticamente violados,
por lo general son objeto de actos de discriminación y hostilidad de raíz xenofóbica. La
emigración cubana ha tenido a Ecuador como un importante punto de destino y de tránsito,
y aunque es un fenómeno de larga data, se ha incrementado en los últimos años. El perfil
de quienes deciden radicarse en el país sudamericano es principalmente de profesionales
que buscan mejores condiciones económicas atraídas por la política migratoria ecuatoriana.
Las diferencias culturales sumadas a hechos relacionados con algunos casos que han
terminado en la justicia han provocado cierto rechazo hacia la comunidad cubana, lo que
los estigmatizado de cierta manera de forma negativa por la sociedad ecuatoriana.
Un Estado constitucional y de derechos, se caracteriza entre otros aspectos, porque
su responsabilidad está centrada en garantizar los derechos constitucionales. La
Constitución de 2008, define al Ecuador de esta manera. La Ley debe desarrollar la
responsabilidad del Estado en tanto la protección de las personas en situación de movilidad
desde una perspectiva integral, incorporando en las políticas públicas y en la normativa que
genere, a todas las dinámicas de la movilidad humana en lo que corresponda. El Estado
debe abstenerse de vulnerar derechos, en caso de hacerlo debe asumir su responsabilidad
(por acción u omisión estatal) y debe garantizar el juzgamiento y la reparación restitución
de derechos. También es responsabilidad del Estado tomar todas las medidas y acciones
necesarias para promocionar los derechos de las personas en situación de movilidad. De
95
esta manera se puede hablar de plena vigencia de los derechos y de la no regresividad de
los mismos.
El contenido sobre movilidad humana que recoge la Constitución busca de construir
la idea comúnmente aceptada, que vincula al reconocimiento y ejercicio de derechos a la
nacionalidad; es decir, la vinculación de la ciudadanía a la pertenencia a un Estado. Esto
significa dejar de asumir que, por el hecho de cruzar una frontera y tener una nacionalidad
diferente a la del país de destino, deban restringirse automáticamente los derechos de las
personas.
6.2. OBJETIVO
6.2.1. Objetivo General
Crear una norma que permita de manera eficaz respetar los derechos
fundamentales de todo ciudadano extranjero sin discriminación de ninguna
naturaleza.
6.2.2. Objetivos Específicos
Adoptar mecanismos de control a los analistas de control migratorio que
permitan determinar el tipo de trato que se da a los extranjeros cubanos.
Regular una facultad discrecional adicional que permita determinar
responsabilidades en contra de los analistas de control migratorio.
Impedir la falta de inobservancia de los Derechos Constitucionales y
Derechos Humanos al entrevistar a las personas extranjeras.
96
6.3. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.
Tabla 3. Cronograma
Elaborado por: Felipe Andrés Marcial Gallardo
97
6.4. PRESUPUESTO
Cuadro 2. Presupuesto
Material o Recurso Cantidad Valor
Impresiones 200 30
Copias 100 3
Internet 80
Libros 10 500
Resma de papel 2 10
Esferos 3 2
Carpetas 5 10
Empastado 4 60
Tinta 1 20
CD 5 5
Memory Flash 2 30
Transporte 30 días 50
Energía Electrica 600kw 60
Alimento 5 diarios 70 350
Imprevistos 10% 100
Total 1314
Elaborado por: Felipe Andrés Marcial Gallardo
99
6.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA
LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
EL PLENO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República en su artículo 120 numeral 6, que determina
que la Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes, además de
las que determine la ley: “Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e
interpretarlas con carácter generalmente obligatorio”,
Que, por mandato constitucional, los derechos se podrán ejercer, promover y exigir
de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes, a base de
derechos de igualdad, no discriminación, acceso gratuito a la justicia, tutela efectiva
imparcial y expedita, debido proceso y seguridad jurídica, conforme lo prevén los
artículos 11, 75, 76 y 82 de la Carta Fundamental;
Que, la Constitución de la República en el Art. 147 numeral 12, le atribuye a la
Presidenta o Presidente de la República, sancionar los proyectos de ley aprobados
por la Asamblea Nacional y ordenar su publicación en el Registro Oficial.
100
Que, la Constitución de la República en el Art. 11 numeral 2, menciona que todas
las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y
oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de
nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil,
idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-
económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH,
discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o
colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o
anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda
forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que
promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren
en situación de desigualdad.
La Asamblea Nacional del Ecuador, en ejercicio de sus atribuciones
constitucionales y legales, expide la siguiente:
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE MIGRACIÓN
Artículo 5.- incorpórese en el artículo 5, los siguientes numerales:
VII Todas las facultades discrecionales antes descritas deberán regirse
estrictamente a los derechos de los migrantes establecidos en la
Constitución de la República del Ecuador y a los Tratados y Convenios
Internacionales de Derechos Humanos referente a los migrantes.
101
VIII Queda prohibido cualquier tipo de discriminación que atente contra la
estabilidad física, emocional o psicológica de los migrantes.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Todas las normas y disposiciones que en su
contenido se opongan a la presente ley, quedan derogadas.
DISPOSICIÓN FINAL: la presente ley, entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Registro oficial.
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el distrito
metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los………… días, del mes
de………., del año……………
F) Presidente F) Secretario
102
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Aguilar, Andrea (2011). Análisis del Marco Jurídico Institucional de la Movilidad
Humana en el Ecuador para el Fortalecimiento de la Figura Legal del Refugio.
Tesis previa a la obtención del título de Abogada. Quito. Universidad de las
Américas
Aldáz, Marco. (2011). La Migración y el impacto social en el cantón. Quito. UTE
Alsina, Hugo. (2002). Fundamentos del Derecho Procesal, Clásicos de la Teoría General
del Proceso. México D.F. Editorial Jurídica Universitaria
Amoroso, C. (2003). Migrantes. Quito. Casa de la Cultura Ecuatoriana
ANNBAR. (2000). Diccionario Jurídico. Quito. Editorial Fondo de la Cultura Ecuatoriana
Aragones, A. (1999). El Fenómeno Migratorio en el marco de la Globalización. México
D.F. Escuela Nacional UNAM
Astudillo, Horacio. (1993). Manual de Derecho Civil. Quito. La Huella impresores.
Borda, G. (1990). Tratado de Derecho Civil Argentino. Buenos Aires. Ed. Astrea.
Bustamante, Max. (2015). Causas de la migración cubana en Ecuador durante el periodo
2008 y 2013 2015. Quito. UDLA
Cabanellas de Torres, G. (1980). Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires. Ed.
Heliasta.
Célleri, Emilio. (1996). Sistema de Práctica Procesal Civil. Quito. Ed. Pudeleco.
Cevallos, Rafael. (2001). Código Civil en Preguntas. Quito. Editorial Jurídica del Ecuador.
Consentini, Francisco. (2004). La Reforma de la Legislación Civil. Quito. Editorial Edino
De Urrutia, Lourdes. (1995). Aproximación a un análisis del proceso migratorio cubano.
Habana. Universidad de La Habana
103
Enciclopedia Jurídica Mexicana. (2004). Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM.
México D.F. Editorial Porrúa.
Espasa - Calpe. (2002). Enciclopedia Universal Ilustrada. Madrid. Espasa
Espinosa, Gabriela. Reconceptualización del Derecho Migratorio en México. México. Ed.
Epikeia
Ferrajoli, Luigi. (1998). Más allá de la soberanía y la ciudadanía: un constitucionalismo
global. Revista Isonomía.
García, José. (2001). El Juicio de Divorcio Consensual o por Mutuo Consentimiento.
Quito. Librería Jurídica
García, G. & Sotomayor, J. (2007). El Derecho Para Todos. Quito. Ed. OMEBA
Guzmán, Aníbal. (1994). Diccionario Explicativo del Derecho Civil Ecuatoriano. Quito.
Ed. Jurídica del Ecuador
Henriquez, Guillermo. (2010). Revista de Ideas de la Asociación de Egresados y
Graduados de la Pontificia Universidad Catílica de Perú. Perú. Editorial Grafifiti
Promotores Unidos S.A.
Ibañez, Manuel. (1972). La Jurisdicción; Doctrina, Jurisprudencia y Legislación
Comparada. Buenos Aires. Editorial Astrea
INADI . (2016). Migrantes y Discriminación. Buenos Aires. INADI
Jean, A. (2001). The jus cogens Nature of non-refoulement. International Journal of
Refugee Law. El Cairo. (s.e.)
Larraín, Hernán. (1966). Divorcio – Estudio de Derecho Civil Comparado. Quito. Editorial
La Unión C.A.
Larrea, Juan. (1998). Manual Elemental de Derecho Civil del Ecuador. Quito. Corporación
de Estudios y Publicaciones.
León, Rodrigo. (2009). Vademécum Procesal Ecuatoriano. Editorial Jurídica del Ecuador.
Lorenzetti, Guillermo. (2000). Tratado de Derecho Civil. Buenos Aires. Ed. Zavalía.
104
Madek, Dubarvka. (2007). Familia y Diversidad en América Latina Estudio de Casos.
Buenos Aires. Editorial CLACSO.
Marmola, L. (2007). Las Migraciones Internacionales, Organización Internacional para
las migraciones. Buenos Aires. Alianza Editorial S.A.
Marzal, A. (2002). Migraciones Económicas masivas y Derechos del Hombre. ESADE.
Barcelona. Bosch Editor
Victal, O. (1999). Derecho Migratorio Mexicano. México D.F. Universidad Anáhuac del
Sur
Oumaya, Sagaama. (2009). Integración lingüística y cultural de los inmigrant es en
España. Barcelona. Universidad de Barcelona.
Parraguez, Luis. (1999). Manual de Derecho Civil Ecuatoriano. Quito. Editores LTDA.
Espinel, J. (2013). Situación Jurídica de los refugiados Colombianos en el Ecuador.
Proyecto de grado de Abogada. Quito. Universidad Central del Ecuador.
Peña, Digna. (2014). La Movilidad Humana y el Fortalecimiento en el Derecho de los
Migrantes Ecuatorianos. Quito. Universidad Central del Ecuador.
Pérez, S.(1993). La revolución cubana: orígenes, desarrollo y legado. Nueva York.
Oxford University Press.
Puchicela, O. (1999). Derecho Romano. Loja. Universidad Técnica Particular de Loja.
Rodas, B. (2009). Protocolo de Asistencia Integral a Personas en Movilidad. Quito.
Inédita.
Saavedra, Modesto. (2007). Jurisdicción, Consittución y Derecho. Buenos Aires. Editorial
Fontana.
Valdiviezo, L. (2012). Protocolo de Atención del Equipo Jurídico CMH Ecuador. Quito.
Inédito.
Villagómez, José. (2012). Interpretación Sustantiva y Adjetiva del Divorcio. Quito. UCE.
Villagómez, José. (2011). Evolución Histórica del Derecho. Quito. Ediciones Abya-Yala.
105
Villón, Tania. El Principio NON REFOULEMENT COMO IUS COGENS para evitar la
extradixión ante amenazas de tortura, tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Lima. Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Zannoni, Eduardo. (2005). Derecho Civil Derecho de la Familia. Buenos Aires. Editorial
Depalma
106
Normativa Legal:
Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de
2008.
Derecho Internacional sobre Migración. Glosario Sobre Migración. (2016). Ginebra.
Organización Internacional para las Migraciones.
Serie No. 135. Gaceta Judicial IV. Quito.
Derecho Internacional Migractorio. (s.f.). Organización Internacional de Migración OIM.
Informe sobre movilidad humana. (2011). Quito. Programa Andino de Derechos Humanos.
Organizaciones de la Coalición.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos . (2011). Guatemala. Comisión
Presidencial coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de Derechos
Humanos (COPREDEH)
Informe sobre Desarrollo Humano. (2009). PNUD.
Lecciones de Derecho Práctico Civil y Penal. (1958). Quito. Editorial Universitaria
Ecuador.
Glosario Sobre Migración. Derecho Internacional sobre Migración. (2016). Ginebra.
Organización Internacional para las Migraciones.
Informe sobre Movilidad Humana. Programa Andino de Derechos Humanos. (2011).
Quito. Organizaciones de la Coalición.
107
Linkografía:
The World Factbook: Economy of Cuba. Disponible en la URL:
https://www.cia.gov/index.html. Consultado el 08 de Agosto de 2016
Causas de la Migracion. ARMANDO'S BLOG. Disponible en la URL:
http://lamigracion2.blogspot.com/2010/04/causas-de-migracion.html. Consultado el
17 de Junio de 2016.
Historia de las Migraciones. Disponible en la URL:
http://www.crmsv.org/documentos/iom_emm_es/v1/v1s03_cm.pdf. Consultado el
10 de septiembre de 2016.