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Mar Fernández García arquitecto EMPERATRIZ ISABEL, 14 - LOCAL 1º 28019 MADRID 91.460.61.16 / 626.43.12.28 / [email protected] / www.estudioarqu.es REF:A-2018-0205B-MEMORIA DESCRIPTIVA EXP.B.ADAPTACIÓN ARCHIVO SALA COSSIO- PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID A.- MEMORIA DESCRIPTIVA PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN: OBRAS DE ADECUACIÓN PARA ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Arquitecto Redactor: MAR FERNANDEZ GARCÍA Nº col. COAM. 11612 Madrid, a 09 de julio de 2019 Comunidad de Madrid CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO VICEPRESIDENCIA, 1

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EMPERATRIZ ISABEL, 14 - LOCAL 1º 28019 MADRID 91.460.61.16 / 626.43.12.28 / [email protected] / www.estudioarqu.es

REF:A-2018-0205B-MEMORIA DESCRIPTIVAEXP.B.ADAPTACIÓN ARCHIVO SALA COSSIO- PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID

A.- MEMORIA DESCRIPTIVA

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN: OBRAS DE ADECUACIÓN PARA ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS

DE LAS VENTAS

PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID

CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

Arquitecto Redactor:

MAR FERNANDEZ GARCÍA

Nº col. COAM. 11612

Madrid, a 09 de julio de 2019

Comunidad de MadridCONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

VICEPRESIDENCIA,

1

Mar Fernández García arquitecto

EMPERATRIZ ISABEL, 14 - LOCAL 1º 28019 MADRID 91.460.61.16 / 626.43.12.28 / [email protected] / www.estudioarqu.es

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INDICE

0.- INTRODUCCIÓN 1. MEMORIA EXPOSITIVA, JUSTIFICATIVA Y DESCRIPTIVA 1.1.- DATOS GENERALES:

1.1.a.- Agentes (CTE) 1.1.b.- Información previa (CTE) 1.1.c.- Referencia al encargo del proyecto, fecha y organismo

1.2.- OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO: 1.2.a.- Objeto y destino de la obra proyectada 1.2.b.- Programa de necesidades 1.2.c.- Justificación de la totalidad del encargo del contrato 1.2.d.- Estudios previos y estudios complementarios

2. MEMORIA HISTÓRICA Y PROTECCIÓN DE LA EDIFICACIÓN: 2.1.- MEMORIA HISTÓRICA:

2.1.a.- Análisis histórico 2.1.b.- Análisis tipológico. Descripción de la edificación 2.1.c.- Evolución histórica planimétrica y fotográfica 2.1.d.- Consultas realizadas

2.2.- PROTECCIÓN DE LA EDIFICACIÓN: 2.2.a.- Catalogación y regulación urbanística 2.2.b.- Bien de Interés Cultural

3. ESTADO ACTUAL, CRITERIOS DE INTERVENCIÓN Y PROPUESTA DE ACTUACIÓN: 3.1.- SOLAR Y DESCRIPCIÓN DEL ESTADO ACTUAL DEL EDIFICIO

3.1.a.- Características del solar 3.1.b.- Descripción del estado actual.

3.2.- CRITERIOS DE INTERVENCIÓN 3.3.- PROPUESTA DE ACTUACIÓN 4. MEMORIA CONSTRUCTIVA 4.1.- DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA

4.1.a.- Adaptación de la zona a archivo 4.1.b.- Instalación eléctrica

4.2.- INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) 4.2.a.- Condiciones de compartimentación y materiales 4.2.b.- Carpinterías 4.2.c.- Pinturas y acabados

4.3.- ANEJOS CTE DB-SI 4.3.a.- Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado 4.3.b.- Anejo D. Resistencia al fuego de los elementos de acero 4.3.c.- Anejo F. Resistencia al fuego de los elementos de fábrica

5. ANEXO DE MEMORIA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CTE 5.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CTE 5.2.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA

5.2.a.- Justificación de la solución adoptada en sus aspectos formales, técnicos y económicos 5.2.b.- Consideraciones funcionales, sociales, económicas y estéticas

5.3.- INCIDENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE 5.3.a.- Justificación urbanística de las características del edificio. Declaración Responsable Declaración responsable técnico -conformidad a la ordenación urbanística aplicable (art. 154 1º b de la de la ley del suelo de la comunidad de Madrid, publicada en el B.O.C.A.M el 16 de junio de 2001)- 5.3.b.- Justificación del cumplimiento de la normativa sobre Patrimonio Histórico-Artístico de aplicación (situación de declaración, nivel de protección, adecuación de la actuación al nivel de protección) 5.3.c.- Justificación del cumplimiento de la Ley 8/1993, de 22 de junio de la Comunidad de Madrid, sobre Promoción a la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas 5.3.d.- Justificación del cumplimiento de las normativas vigentes (Sectorial, CPI, NBE, NTE, Reglamentos y Decretos de Obligado Cumplimiento en la edificación) 5.3.e.- Justificación del cumplimiento del CTE

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6. ANEXO ECONÓMICO 7. HOJA ANEXO A LA MEMORIA

1.- Fraccionamiento 2.- Clasificación tipo de Obra 3.- Clasificación del contratista 4.- Forma de adjudicación de contratos de obras 5.- Plan de Obra, Programa de Trabajo y Plazo de Ejecución 6.- Plazo de Garantía 7.- Formula de Revisión de Precios 8.- Artículo 144 del Reglamento General de Contrato de las Administraciones Públicas 9.- Normas de Obligado Cumplimiento 10.- Certificado de obra completa 11.- Estudio geotécnico

8. CERTIFICADO DE OBRA COMPLETA Y VIABILIDAD GEOMÉTRICA 9. NORMATIVA VIGENTE 10. PROGRAMA DE TRABAJO

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN: OBRAS DE ADECUACIÓN PARA ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS

PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID ALCALA, 237 (MADRID)

CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

ARQUITECTO: Mar Fernández García 0.- INTRODUCCIÓN Y OBJETO DEL ENCARGO Se redacta el presente Proyecto básico y de Ejecución para la adecuación a archivo documental y sala polivalente de la sala Cossío en la plaza de toros Monumental de las Ventas. 1.- MEMORIA EXPOSITIVA, JUSTIFICATIVA Y DESCRIPTIVA Todos los elementos y especificaciones que figuran en los planos y en la memoria se consideran objeto de proyecto, aunque no vengan reflejados en la medición y presupuesto. Las unidades son partidas completas y se considera que incluyen todos los elementos necesarios para que las obras que se pretenden realizar sean destinadas al fin que se proponen, según las normas de la buena construcción. Las mediciones presentadas y desarrolladas responden a las estimaciones realizadas por los autores del proyecto. No obstante, están sometidas a variaciones en función de la marcha de las obra, por tratarse de una obra de restauración.

“De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º A). uno del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la

redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción.” 1.1.- DATOS GENERALES

(Punto para cumplimiento de memoria Conforme al CTE (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación) 1.1.a.- AGENTES

Promotor: CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO S7800001E Dirección postal: PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID nº de teléfono de contacto: 917208756

Arquitecto: Estudio de Arquitectura y Rehabilitación ARQU Nombre y apellidos del técnico: Mar Fernández García. DNI: 50.836.531-E nº de colegiado: 11.612, Colegio. COAM Dirección postal: Avenida Emperatriz Isabel nº 14-local nº de teléfono de contacto: 91.460.61.16 , nº de fax: 91.460.61.16

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1.1.b.- INFORMACIÓN PREVIA (CTE)

Antecedentes y condicionantes de partida:

Se recibe por parte del promotor el encargo de la redacción de Proyecto Básico y de Ejecución, por Arquitecto, para las OBRAS PARA ADECUACIÓN A ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO en el edificio de LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS EN MADRID.

Emplazamiento: PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID Entorno físico: La parcela se encuentra en casco urbano, como edificación exenta.

Normativa:

Es de aplicación el Plan General de Ordenación Urbana 1997 Grado de protección SINGULAR. Norma Zonal 1, grado 5. Se incluye ficha del Catálogo de Edificios con protección (NNUU ART. 4.3.20-2f, 8.1.2 y concordantes) Es de aplicación la Ley 3/2013 del 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural por Orden de 4 de junio de 1977, en el que se incluye como MONUMENTO el edificio de la Plaza de Toros Monumental o de las Ventas de Madrid (BOE DE 08/07/1977) > DISPOSICIÓN DE LA Declaración en Decreto 84/1994 de 280de julio.

1.1.c.- REFERENCIA AL ENCARGO DEL TRABAJO, FECHA Y ORGANISMO Los trabajos a realizar en la edificación de referencia, los encarga la CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS DE VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID mediante encargo a la arquitecto Nº col COAM 11.612 Dña. Mª del Mar Fernández García. Para las mismas se lleva el seguimiento y control administrativo. Para la elaboración del contrato intervienen:

TÉCNICO DE LA ASISTENCIA: Mar Fernández GarcíaARQUITECTO

COLABORADORES EN LA REDACCIÓN Y DIRECCIÓN DE LA OBRA:

Sonia Garmilla GonzálezARQUITECTO

Raul García TarancoARQUITECTO

Alfredo Téllez GallegoTÉCNICO INDUSTRIAL

Adolfo Salcedo JiménezARQUITECTO TÉCNICO

Planeamiento de aplicación: Ordenación de los Recursos Naturales y del Territorio

Instrumentos de ordenación general de recursos naturales y del territorio No es de aplicaciónInstrumentos de ordenación de los Espacios Naturales Protegidos No es de aplicaciónInstrumentos de Ordenación Territorial No es de aplicación

Ordenación urbanística PGOUM 1997

Ley 3/2013 Comunidad de

Madrid

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1.2.- OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

1.2.a.- OBJETO Y DESTINO DE LA OBRA PROYECTADA El documento tiene por objeto la realización de las obras necesarias para ADECUACIÓN A ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS DE MADRID. 1.2.b.- PROGRAMA DE NECESIDADES Por tratarse de una obra de adecuación, se modifica el programa de necesidades de la sala. Aparecen dos necesidades básicas:

- Guardar documentos: necesidad asociada al programa de archivo documental. - Otros: necesidad asociada al programa de sala polivalente. Protección contraincendios

1.2.c.- JUSTIFICACIÓN DE LA TOTALIDAD DEL ENCARGO DEL CONTRATO El Proyecto de Ejecución se redacta para adecuar el espacio de la sala Cossío al uso de archivo documental, según contrato. Este se ciñe a las condiciones del Centro de Asuntos Taurinos de VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO de la Comunidad de Madrid (normas y pliegos para la correcta redacción de trabajos). Así mismo, el proyecto se redacta Conforme al CTE (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación) y la Ley 3/2013 de 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid 1.2.d.- ESTUDIOS PREVIOS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS Los criterios metodológicos usados en la obra están basados en la experiencia del técnico encargado de la asistencia técnica y los acordados con el técnico supervisor de la Secretaría General Técnica, Dña María de las Mercedes Barbero Martín. Las Obras se han desarrollado con las visitas de inspección ocular realizadas a la finca. 2.- MEMORIA HISTÓRICA Y CRITERIOS DE INTERVENCIÓN 2.1.- MEMORIA HISTÓRICA

2.1.a.- ANÁLISIS HISTÓRICO Y TIPOLÓGICO

Si bien es cierto que la tauromaquia moderna tiene sus orígenes en el siglo XVIII, siendo Joaquín Rodríguez Costillares el inventor de la corrida moderna. Mientras que en Europa el siglo XIX se convierten una época de erradicación de estas costumbres taurinas, en España comienza a tener gran acogida en la corte del rey, siendo el propio rey Fernando VII quien abrió las puertas de las escuelas de tauromaquia. Durante los años previos a la construcción de la Plaza de Las Ventas, en Madrid había diversas plazas de toros, siendo la más relevante de todas ellas la plaza de toros de la carretera de Aragón en Madrid. Esta plaza, obra de los arquitectos Rodríguez Ayuso y Álvarez Capra, fue inaugurada en el año 1874, año en el que fue demolida la plaza de la Puerta de Alcalá, debido al tapón que ésta suponía para la

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extensión de Madrid hacia el Este. Cabe destacar que las plazas de toros de las grandes ciudades, no daban cabida únicamente a espectáculos taurinos, sino que debían además ser capaces de acoger algunos de carácter deportivo.

La plaza de toros de la carretera de Aragón en Madrid fue demolida debido a las crecientes necesidades de dar cabida al mayor número de aficionados a los toros, lo cual dividió a los aficionados en dos sectores: aquellos que querían la ampliación de la actual plaza y los que buscaban la construcción de una nueva, siendo este último criterio el que finalmente se impuso. Es en el siglo XX, concretamente entre los años 1910 y 1920, cuando se desarrolla lo que podemos denominar la época dorada de la tauromaquia, protagonizada por la rivalidad profesional entre Juan Belmonte y José Gómez “Joselito”. Durante la guerra civil el ruedo fue utilizado como huerta para abastecer a los soldados combatientes en el frente, volviendo a la actividad posteriormente, y alcanzando su gran apogeo con la creación de la Feria de San Isidro por parte de Livino Stuyck en el año 1947. Posteriormente a la Guerra Civil Española se produce un auge en el mundo taurino con el surgimiento de figuras como Manolete, al que siguen otros como Luis Miguel Dominguín, Carlos Arruza, Pepe Luis Vázquez, etc… Si bien se cierra una etapa con la muerte de Manolete, el surgimiento de una nueva rivalidad, esta vez entre Luis Miguel Dominguín y Antonio Ordoñez, apasiona al mundo taurino. Si bien continúan surgiendo nuevas figuras con el paso de los años, lo cierto es que la época de mayor expansión comercial ocurre entre los años 1970 y 1980, llegando a celebrarse corridas en EEUU. EL EDIFICIO Basada en un proyecto de José Espeliu, quien murió antes de la conclusión de las obras, la plaza de toros Monumental de Las Ventas fue terminada por Manuel Muñoz Monasterio en el año 1931. La primera de las muchas corridas celebradas en este ruedo tuvo lugar el día 16 de junio del año 1931, tras la finalización de las obras de construcción de la misma, siendo esta corrida un festejo benéfico para recaudar fondo para los madrileños en paro de aquella época. Cuenta con una capacidad para 23.798 aficionados, aunque en el proyecto el arquitecto alojaba a 25.000 personas, y un coso de 60 metros de diámetro, convirtiéndose con ello en una de las plazas de toros más grandes del mundo. No fue hasta el año 1933 que volvieron a tener lugar las corridas de toros en la plaza de Las Ventas, quedando como fecha oficial de su inauguración el año 1934, cuando concluyó la construcción. La plaza está emplazada con poca fortuna al final de la calle Alcalá debido a varias razones, entre ellas la de la mayor facilidad para la celebración de encierros nocturnos, pues en aquella época todavía entraban los toros a pie provenientes de los prados de San Fernando.

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Se trata de un edificio moderno para la época, bien resuelto en todas sus dependencias a excepción de la zona del patio de caballos, cuyas reducidas dimensiones impide la entrada del público. El hecho de encontrarse el edificio ligado a la calle Alcalá, importante vía de penetración, provocaba graves congestiones en el tráfico de la zona. Estos inconvenientes fueron resueltos en el año 1935 con las obras realizadas por parte del ayuntamiento para facilitar el acceso a la plaza. Es en la noche del 8 de julio de 1963 cuando tiene lugar en la Plaza de toros Monumental de Las Ventas el incendio de la misma, quedando las andanas prácticamente destruidas. Dicho incendio se desencadeno en el pasillo interior situado bajo el reloj de la plaza, donde se encontraban las almohadillas retiradas del festejo, las cuales ardieron, dando lugar a unas llamar de extraordinaria altura, animadas por el viento habitual del coso taurino. Este incendio, que se supo fue provocado por un individuo apresado esa misma noche, destruyó la cubierta y parte de las andanas del coso. Esto provocó que las obras que iban a tener lugar fueran aplazadas y que se suspendiera uno de los festejos de la temporada, reanudándose la misma el 18 de julio. La reforma llevada a cabo tras el incendio constituyó un aumento en el número de andanas, que pasaron de ser seis a siete, dejando al coso con un aforo de 17.500 espectadores durante la duración de dichas obras. Estas reformas llevadas a cabo por el arquitecto Manuel Muñoz Monasterio, culminaron en los plazos prefijados, permitiendo la celebración de la feria de San Isidro del año 1964.

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Es en el año 1968 cuando se llevan a cabo de nuevo reformas en la plaza de toros Monumental de Las Ventas. Estas obras fueron realizadas a contrarreloj realizando turnos dobles, reduciendo en un 50% el período de tiempo de entrega de las mismas. Se debían llevar a cabo obras en la estructura interna, reforzando la estructura metálica bajo los tendidos. Se sustituyó la madera por estructura metálica y asientos de piedra, reformando también los palcos en su totalidad. Estas obras comenzaron el día 15 de diciembre de 1968, quedando finalizadas el 6 de marzo de 1969, fecha en la que entraba en vigor el nuevo contrato de arrendamiento de la plaza. En 2018 se ejecutaron las “Obras de conservación de cubiertas y reconstrucción de falsos techos de la Plaza Monumental de Las Ventas”. El objeto de las obras fue la reparación de las cubiertas del ruedo y del torreón de la Puerta Grande, respetando su configuración original. Los trabajos realizados incluyeron el retejado de la cubrición de teja cerámica, reutilizando las tejas existentes con sustitución de las piezas dañadas; la renovación completa de la capa inferior de placas minionda, añadiendo aislamiento térmico en la cubierta del torreón; la renovación de todos los canalones y la reparación del alero interior del ruedo. De forma puntual, se repusieron algunos tableros hidrófugos deteriorados y se sanearon algunos elementos metálicos dañados por corrosión (en la estructura metálica de cubierta y los soportes que actúan como bajantes). Se instalaron líneas de vida para facilitar el mantenimiento posterior de la cubierta. En el nivel de andanadas, se renovó el falso techo exterior situado bajo la cubierta del ruedo, eliminando las diversas capas añadidas a lo largo del tiempo, y se sustituyó por un nuevo falso techo de madera lacada en blanco siguiendo la configuración del falso techo original perdido en el incendio de 1963.

2.1.b.- ANÁLISIS TIPOLÓGICO. DESCRIPCIÓN DE LA EDIFICACIÓN: ZONA DE ACTUACIÓN

La edificación, de planta circular, sigue las características constructivas de sus predecesores dentro de la ciudad de Madrid. El espacio del ruedo, de aproximadamente 3.000 m2, tiene un diámetro de 61,50 metros, convirtiéndolo en unos de los cosos taurinos más grandes construidos.

El edificio consta de cuatro plantas:

- La planta baja corresponde al tendido bajo. - La entreplanta corresponde al tendido alto. - El tercer piso a las gradas y palcos. - El cuarto y último piso corresponde las andanas.

El tendido bajo se halla constituido por la barrera, contrabarrera, delantera y catorce filas. El tendido alto a su vez queda constituido de delantera y trece filas, siendo la grada constituida por delantera y seis filas y las andanas por delantera y otras seis filas. La sala objeto de estudio se encuentra bajo las gradas en la zona sureste del edificio. Se trata de una Sala emblemática que actualmente se usa para consulta documental y como Sala polivalente. Tiene los espacios entre los pilares separados por una mampara de vidrio. Por su parte superior, con forma curva, cierra el espacio bajo las gradas un falso techo de escayola con canalejas laterales para la iluminación. El espacio se va adaptando a la cota del terreno y a la altura de las gradas. Tiene accesos al espacio inferior de las gradas para su mantenimiento.

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2.1.c.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA- PLANIMETRICA Y FOTOGRÁFICA

Fig. Planos del archivo de la villa. Arquitecto José Espeliú. Agosto 1924

Planos del Archivo de la Villa. Arquitecto José Espeliú. Agosto 1924

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VISTAS AÉREAS

Vista 1927 Vista 1975 Vista 2017

Vista de la edificación en perspectiva en el día de su corrida inaugural (izquierda) y en el año 1981 (derecha).

CONCESIÓN DE LA COLECCIÓN CARRIQUIRI A LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS

Sesión de concesión de la colección taurina Carriquiri a la plaza de Toros Monumental de las Ventas

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2.1.d.- CONSULTAS REALIZADAS

HISTÓRICA Y DOCUMENTAL GENERAL Imágenes aéreas históricas: • PLANEA

- http://www.madrid.org/cartografia/visorCartografia/html/visor.htm - http://www.madrid.org/nomecalles/

• LIBROS

- BONET CORREA, ANTONIO: “Fiesta, Poder y arquitectura”. Ediciones AKAL, 1990, pp. 141 - DON JUSTO: “Dos lustros de toros en la plaza Monumental de Madrid”. 1941, pp. 29

Bibliografía y web: BONET CORREA, ANTONIO: “Fiesta, Poder y arquitectura”. Ediciones AKAL, 1990, pp. 141-159

DON JUSTO: “Dos lustros de toros en la plaza Monumental de Madrid”. 1941, pp. 21-29. COAM: “Revista nacional de arquitectura. Número extraordinario dedicado a los toros.” 1949, pp. 95. Artículos en el periódico THE TIMES:

- 14 de octubre de 1923, pp. 008-009. - 26 de octubre de 1924, pp. 001-005.

Artículos en el periódico ABC:

- 4 de marzo de 1931, pp. 008-009. - 18 de junio de 1931, pp. 001-005. - 23 de octubre de 1934, pp. 035-036. - 24 de noviembre de 1935, pp. 121-122. - 9 de julio de 1963, pp. 037-038. - 8 de enero de 1964, pp. 010. - 14 de abril de 1964, pp. 021. - 16 de abril de 1964, pp. 040. - 30 de abril de 1968, pp. 047. - 23 de abril de 1969, pp. 031.

Artículos en la web del periódico EL PAÍS:

- 20 de marzo de 2013. Páginas web

- https://www.las-ventas.com/historia.html - http://www.alfarquitectos.com/conservacion-plaza-toros-de-las-ventas/ - http://herederoarquitectos.com/fotosp2.asp?id=1&idc=5&ids=33&idf=33

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2.2.- PROTECCIÓN DE LA EDIFICACIÓN

2.2.a.- CATALOGACIÓN Y REGULACIÓN URBANÍSTICA

El edificio de la Plaza de toros Monumental o de las Ventas de Madrid se encuentra incluido en el Catálogo General de Elementos Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, Grado de protección SINGULAR. Norma Zonal 1, grado 5. Se incluye ficha del Catálogo de Edificios con protección (NNUU ART. 4.3.20-2f, 8.1.2 y concordantes). Es de aplicación el Plan General de Ordenación Urbana 1997. Se adjunta la ficha de condiciones urbanísticas de la parcela. También es de aplicación la Ley 3/2013 del 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

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2.2.b.- BIEN DE INTERÉS CULTURAL Incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural por Orden de 4 de junio de 1977, en el que se incluye como MONUMENTO el edificio de la Plaza de Toros Monumental o de las Ventas de Madrid (BOE DE 08/07/1977) > Disposición de la Declaración en Decreto 84/1994 de 28 de julio. Para la intervención se obtiene autorización del Proyecto por la Comisión Local de Patrimonio Histórico con fecha de 26 de abril del 2019 y Resolución a la actuación en los huecos de ventanas por la Dirección Gral. De Patrimonio Cultural con fecha 2 de julio de 2019. 3.- ESTADO ACTUAL, CRITERIOS DE INTERVENCIÓN Y PROPUESTA DE ACTUACIÓN 3.1.- SITUACIÓN DEL ESTADO ACTUAL

3.1.a.- CARACTERÍSTICAS DEL SOLAR

La edificación, de planta circular, sigue las características constructivas de sus predecesores dentro de la ciudad de Madrid. El espacio del ruedo, de aproximadamente 3.000 m2, tiene un diámetro de 61,50 metros, convirtiéndolo en unos de los cosos taurinos más grandes construidos. Consta de diecisiete puertas de acceso y cuatro plantas

El acceso principal se produce por la fachada Sur orientada a la calle Alcala. El resto de accesos al coso se realizan desde las numerosas puertas situadas en todo el perímetro de la plaza. Por la fachada norte se accede al corral de arrastre. La parcela no tiene pendiente, encontrándose en una zona excavada, arropada con talud perimetral. La parcela tiene una superficie catastral de 18.550 m2, con una superficie construida de 46.253 m2. La superficie de la zona de actuación es de 473 m2 y está considerada de uso complementario de soporte al uso principal (deportivo y espectáculos) y oficinas. Su referencia es 3861901VK4736B0001YD

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3.1.b.- DESCRIPCIÓN DEL ESTADO ACTUAL En las visitas de inspección ocular realizadas por la arquitecto redactora, por técnicos del estudio y personal de la Secretaría General Técnica, se ha podido estudiar el estado actual de la sala Cossío, situada en el interior de la Plaza de las Ventas destinada a sala de conferencias y biblioteca documental de tauromaquia. Una vez realizado el encargo a la arquitecto por el CAT se realizan visitas de inspección de toma de datos y visitas de inspección ocular. La zona estudiada constituye parte de la edificación de la Plaza de toros de las Ventas y está incluida en la planta baja de la zona noreste de la edificación. Comprende únicamente la sala Cossío. Se trata de una sala de forma de sección circular, con dos de sus lados curvos, correspondientes a la zona bajo el graderío, que linda con el pasillo exterior de la plaza de toros, y dos lados rectos que delimitan toda la sala. El espacio se divide actualmente en cuatro zonas claras, que se definen de más externa a más interna del siguiente modo:

- Una primera zona, localizada en el espacio de mayor altura de la sala, se sitúa entre los grandes ventanales y las columnas centrales de la sala, utilizada actualmente para albergar conferencias y charlas programadas tanto por el CAT, como por las diferentes asociaciones taurinas que quieren hacer uso de dicho espacio.

- La segunda zona se localiza en el espacio de menor altura de la sala, contando con un falso techo inclinado que baja la altura conforme se acerca a la parte baja del graderío. Este espacio también se utiliza como biblioteca documental, albergando volúmenes acerca de la tauromaquia, la arquitectura de las plazas de toros y la evolución histórica de dicho arte.

- La tercera se encuentra a una altura menor, pero sin guardar separación alguna, a excepción de uno de los espacios que ha sido cerrado para dar lugar a una sala de almacenaje. Este espacio se diferencia del anterior por la altura a la que se encuentra, la cual sigue la progresión descendente marcada por su predecesora.

- La cuarta zona se encuentra bajo el graderío de la plaza y constituyen espacios sin acondicionar, acabados con pavimento de baldosín hidráulico y sin revestimiento de paredes. Estos espacios, separados del anterior por medio de unos tabiques sirven de almacenaje alternativo para la plaza.

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3.1.c.- DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA DE LA SALA

Figura 001.- Panorámica interior. Espacio de sala de conferencias

Figura 002.- Panorámica interior. Espacio de sala de conferencias

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Figura 003.- Panorámica interior. Espacio de sala de conferencias

Figuras 005 y 006.- Ventanas interior de la sala

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Figura 008.- Panorámica interior. Espacio de biblioteca y archivo documental

Figura 007 y 008.- Ventanas interior de la sala

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Figuras 009.- Panorámica interior. Espacio de biblioteca y archivo documental

Figuras 010 y 011.- Cuarto de almacenaje, luces y sonido junto al hall de acceso

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Figuras 012 y 013.- Hall de acceso a sala Cossío, con extinción de incendios y cuadro de luces

Figuras 014 y 015.- Espacio de almacenaje y trampilla de acceso al espacio bajo graderío

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Figuras 016 y 017.- Espacios de almacenaje de la biblioteca/archivo de tauromaquia

Figuras 018, 019 y 020.- Puertas con apertura antipánico y sistemas de iluminación de la sala

Figuras 021 y 022.- Sistemas de iluminación mediante downlight e impulsión de aire mediante difusores circulares

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3.2.- CRITERIOS DE INTERVENCIÓN La finalidad de la actuación va encaminada a adecuación de la sala Cossío a archivo documental y sala polivalente, MODIFICANDO LA DISPOSICIÓN INTERIOR DE AQUELLOS ELEMENTOS QUE LO REQUIERAN, adecuando con ello la sala para el nuevo uso, tanto en criterios espaciales como funcionales y de acondicionamiento del espacio, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Se pretende conseguir una ADAPTACIÓN de la zona de actuación a archivo documental y sala polivalente a normativa contraincendios actual y CTE siguiendo los puntos a continuación mencionados:

Las soluciones son específicas y estudiadas por zonas de actuación proponiendo en cada caso la solución más adecuada

Se intenta no interferir en la actividad del edificio, aunque las zonas de obra se deben desalojar.

3.3.- PROPUESTA DE ACTUACIÓN Para la ejecución de los trabajos, cuya finalidad es adecuar la sala Cossío a las necesidades de archivo documental y sala polivalente, se propone:

- Dividir la sala en dos usos diferenciados mediante particiones interiores situadas a la altura de los pilares centrales, las cuales serán colocadas a la cara interior de la nueva zona de archivo documental, que dividen la sala.

- La parte de la sala más próxima al pasillo exterior de la plaza de toros de la Ventas, que se corresponde con el espacio de mayor altura, mantiene su uso, siendo la actuación una adecuación a normativa contraincendios. Se sectoriza la sala interviniendo en las carpintería (quedan sectorizadas mediante PYL), se sustituyen las puertas se revisan las condiciones de iluminación, ventilación y climatización y se actúa en la estructura desmontando el falso techo y proyectando vermiculita.

- La otra parte de la sala, en este caso la situada al otro lado de las nuevas particiones, mantiene su altura. Se acondiciona a espacio de archivo documental puesto que pretende albergar el volumen de la Colección Carriquiri. La actuación contempla los trabajos de sectorización y protección de la estructura y chapa desmontando el falso techo. En un futuro el espacio contará con archivos compactos (no forman parte de este proyecto –tan sólo consideradas para cálculos de carga de papel-) y con un espacio de estanterías fijas (que si forman parte de este proyecto), permitiendo con ello albergar el total de documentos donados a la propiedad.

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4.- MEMORIA CONSTRUCTIVA La actuación propuesta viene definida por el alcance económico disponible y las prioridades de actuación por el estado de los elementos constructivos. El Proceso constructivo para llevar a cabo la obra descrita es el siguiente: 4.1.- DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA Se realizaran una serie de trabajos en el interior de la sala destinados a la adecuación de la misma a los usos de sala polivalente y archivo documental. Los trabajos consisten en: 4.1.a.- ADAPTACIÓN ZONA DE ARCHIVO

Demoliciones - Desmontar carpintería: se debe llevar a cabo el desmontaje de los paneles de vidrio que

dividen actualmente la sala, así como de los mecanismos de los mismos. Además se desmontará también la puerta de acceso a la sala por no cumplir con las exigencias del CTE en el DB SI (Seguridad contra Incendio), para proceder al montaje de unas nuevas puertas que si cumplan dichos requisitos.

- Desmontar puertas de acceso a bajo cubierta: se debe llevar a cabo el desmontaje de las puertas que dan acceso al espacio bajo cubierta para su posterior colocación, permitiendo con ello la realización de estanterías y el paso al espacio bajo cubierta al mismo tiempo.

- Instalación eléctrica y de iluminación: Se instalarán luminarias nuevas y se aprovecharán aquellas que estén en buen estado y cumpliendo normativa. Se instalarán emergencias nuevas.

- Demolición tabiques interiores zona archivo: se debe llevar a cabo la demolición de algunos de los tabiques interiores de la zona de archivo de la sala Cossío.

- Desmontar falso techo: se debe llevar a cabo el desmontaje del falso techo de la zona del archivo de la sala Cossío para adaptar las instalaciones de clima y proyectar la estructura (contraincendios sobre chapa existente con refuerzos puntuales)..

Albañilería - Fábrica de ladrillo: se realiza una tabiquería de sectorización a la altura de los pilares,

dividiendo con ello la sala en sus dos nuevos usos: archivo documental y sala polivalente. Para ello se emplea un ladrillo perforado tosco de 24x11,5x10 cm, de ½ pie de espesor.

- Vestíbulo de independencia: se realiza una tabiquería de sectorización para dar lugar al vestíbulo de independencia requerido por la normativa.

- Guarnecido, maestreado y enlucido. Pintura Falsos techos y pavimento

- Reparación pavimento madera: se deberá reparar el pavimento de la zona donde se situaban las vidrieras de separación de la sala y en los refuerzos de solera

- Bancada para colocación de archivos compactos: se debe realizar una bancada en la zona donde van a ir los archivos compactos para evitar posibles daños en el sistema de suelo radiante de la sala Cossío.

- Realización falso techo: se deberá colocar el falso techo tras la colocación de la protección a fuego de la estructura, recuperando la imagen original de la sala.

Colocación de mobiliario: Se propone el mobiliario fijo y de exposición en el proyecto y se estiman unos compactos (no forman parte de este proyecto) para cálculos de carga de papel. De esta forma:

- Archivos móviles compactos: en la parte más próxima a las columnas de la sala Cossío se ubican dos conjuntos de archivos compactos de 3 metros de largo y con altura constante,

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adaptándose a la sección de la sala y permitiendo albergar un mayor número de volúmenes. A estos se les realiza la preinstalación de bancada de hormigón.

- Archivos fijos: en la misma zona que los archivos compactos se colocan una serie de archivos fijos para albergar obras de uso más frecuentes.

- Estanterías de obra: en la zona más próxima al espacio bajo cubierta se realizan una serie de estanterías de obra mediante paneles de yeso-cartón, baldas de madera reforzadas y regulables en altura, logrando con ello mayor efectividad que con estanterías modulares de catálogo. Estas se adaptaran a los registros instalados para mantenimiento zona bajo grada.

- Vitrinas: entre las estanterías de obra se deben colocar unas vitrinas para exponer aquellos ejemplares de mayor valor o algunos elementos relevantes de la colección.

- Librería actual: se debe llevar a cabo el desplazamiento de la librería de madera que actualmente está ubicada en la sala para emplazarla en el extremo opuesto de la misma.

4.1.b.- ADAPTACIÓN ZONA SALA POLIVALENTE

Demoliciones - Desmontar carpintería: se debe llevar a cabo el desmontaje de la puerta de emergencia que

da a los aseos para la posterior colocación de una puerta que cumpla los requisitos contra incendios.

- Desmontar falso techo: se debe llevar a cabo el desmontaje del falso techo de la zona del archivo de la sala Cossío para adaptación de clima y proyectar protección contra incendios en estructura y chapa de protección.

Albañilería

- Placas de yeso laminado: se lleva a cabo el sectorización en ventanas por la cara interior de las mismas con EI90, empleando para ello el sistema shaftwall formado por PYL, colocando entre dicho sistema y las carpinterías existentes una tira de iluminación LED.

- Guarnecido, maestreado y enlucido. Pintura de acabado Falsos techos y pavimento

- Reparación pavimento madera: se deberá reparar, en caso necesario, el pavimento de la zona donde se situaban las vidrieras de separación de la sala.

- Realización falso techo: se deberá colocar el falso techo tras la colocación de la protección a fuego de la estructura, recuperando la imagen original de la sala.

Colocación de mobiliario

- Muebles expositores: en la zona polivalente de la sala Cossío se colocan tres muebles, cada uno en el espacio que nos queda entre columnas, para permitir la exposición de los volúmenes y ejemplares más valiosos de la colección.

4.1.c.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA

Se llevará a cabo el mantenimiento e instalación de todos los elementos eléctricos necesarios para la adecuación de la sala a su nuevo uso, así como para la señalización y alerta en caso de emergencia:

- En el espacio de la sala polivalente se mantendrán todos los elementos de iluminación y señalización de emergencia.

- En el espacio destinado a archivo documental se colocarán los cuadros, cableado, puntos de luz, luminarias y resto de mecanismos, necesarios para el correcto funcionamiento de la sala.

- En el vestíbulo de independencia se colocarán sistemas de iluminación, así como luminarias de emergencia para la señalización de la salida.

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4.2.- INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) Al tratarse de un archivo documental, cuyos elementos a almacenar son de alto valor, debemos de tener muy presentes las condiciones necesarias para cumplir la normativa contra incendios en el espacio interior de dicho archivo, estudiando de manera pormenorizada los diferentes apartados de CTE DB-SI. La ocupación de cada una de las salas va en función a lo establecido en la tabla 2.1 del CTE DB-SI 3, donde encontramos que la ocupación de cada una de las zonas de la sala Cossío serán las siguientes: OCUPACIÓN ZONAS SALA COSSÍO

SUPERFICIE (m2) OCUPACIÓN (Personas)

SALA POLIVALENTE 117,72 m2 117 personas

SALA ARCHIVO DOCUMENTAL 117,08 m2 Ocasional (de nula a 3 personas)

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4.2.a.- CONDICIONES DE COMPARTIMENTACIÓN Y MATERIALES Al tratarse de una misma sala compartimentada en dos zonas diferenciadas, como son la sala polivalente y el archivo documenta, cada una de ellas debe de adecuarse a las necesidades exigidas por el código técnico en función del tipo de sala y riesgo de la misma. A continuación se definen las características que deben de tener cada una de ellas: SALA POLIVALENTE

Al no encontrarse dentro de los locales de riesgo especial que marca el CTE DB-SI 1 en su tabla 2.1, podemos decir que se trata de un local de riesgo mínimo, por lo que debemos seguir las pautas marcadas en la tabla 1.2 del CTE DB-SI 1. Los parámetros a cumplir son:

- Estructura portante: debe de tener una resistencia al fuego R 90. En el caso de los pilares, al compartir algunas caras con el archivo documental se emplea una resistencia al fuego R120.

- Paredes y techos de separación: debe de tener una resistencia al fuego EI 90. - Vestíbulo de independencia: no es necesario que la sala polivalente cuente con un vestíbulo

de independencia. - Máximo recorrido de evacuación: esta distancia no puede exceder los 25 metros. - Puertas comunicación del vestíbulo: deben ser puertas dobles con una resistencia al fuego 2

x EI 2 t-C5. Al igual que en el archivo documental se colocan puertas 2 x EI 2 60-C5, aunque las exigencias marcadas por el CTE nos permitan unas puertas con menor resistencia al fuego.

- Compuertas que obturen el paso en instalaciones: según lo establecido en el apartado 3 del CTE DB-SI 1, debemos de tener una serie de elementos que obturen el paso del fuego, siendo la resistencia de dichas compuertas iguala a la del elemento divisor.

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ARCHIVO DOCUMENTAL

Al tratarse de un archivo documental cuyo volumen se encuentra entre los 200m3 y los 400m3, según la tabla 2.1 del CTE DB-SI, se trata de un local de riesgo medio. Los parámetros a cumplir son:

- Estructura portante: debe de tener una resistencia al fuego R 120. - Paredes y techos de separación: debe de tener una resistencia al fuego R 120. - Vestíbulo de independencia: el archivo debe de contar con, al menos, un vestíbulo de

independencia. - Máximo recorrido de evacuación: esta distancia no puede exceder los 25 metros. Sin

embargo, al contar con una instalación automática de extinción la distancia puede aumentar en un 25%.

- Puertas comunicación del vestíbulo: deben ser puertas dobles con una resistencia al fuego 2 x EI 2 t-C5. En este caso se colocan puertas dobles con una resistencia al fuego 2 x EI 2 60-C5.

- Compuertas que obturen el paso en instalaciones: según lo establecido en el apartado 3 del CTE DB-SI 1, debemos de tener una serie de elementos que obturen el paso del fuego, siendo la resistencia de dichas compuertas igual a la del elemento divisor.

4.2.b.- CARPINTERÍAS Si bien las carpinterías actuales mantienen sus elementos y funciones, debemos tener en cuenta la colocación de las puertas relativas al vestíbulo de independencia, las cuales deben cumplir con los requisitos establecidos por el CTE DB-SI. Las carpinterías serán entonces las siguientes:

- PUERTAS DE ACCESO A LA SALA: se trata de puertas con apertura antipánico que abren al exterior, facilitando la salida en caso de emergencia.

- VENTANAS DE LA SALA POLIVALENTE: se mantienen las ventanas actuales que dan al pasillo de la plaza de toros, las cuales van pareadas y tienen una dimensión de 1,14 metros de ancho por 4,90 metros de alto, acabadas en un arco de herradura. Se procede a la colocación de un sistema Shaftwall en la cara interior de las mismas, permitiendo con ello que los vidrios cumplan con las características de resistencia al fuego necesarias para la sala polivalente.

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- PUERTAS DEL VESTÍBULO DE INDEPENDENCIA ARCHIVO DOCUMENTAL*: son puertas dobles con una resistencia al fuego 2 x EI 2 60-C5.

- PUERTA ACCESO SALA POLIVALENTE*: es una puerta doble con una resistencia al fuego 2 x EI 2 60-C5. Aseos-sala polivalente: EI 2 60-C5

- PUERTAS DE LOS ESPACIOS DE ALMACENAJE: se mantienen las puertas actuales que dan acceso al espacio situado bajo el graderío.

*NOTA: para estandarizar e ir a favor de la seguridad se regularizan todas las puertas a 2 x EI 2 60-C5.

4.2.c.- PINTURAS Y ACABADOS SALA POLIVALENTE Y ARCHIVO DOCUMENTAL Pintura plástica lisa mate: acabados en zonas de actuación

PAREDES FALSOS TECHOS SUELOS

C. REACCIÓN AL FUEGO C-s2-d0 B-s3-d0 EFL

CONDICIONES DE COMPARTIMENTACIÓN Y MATERIALES EMPLEADOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA PROPUESTA SI

Actual Muros de ladrillo Según tabla F.2. DB-SI REI-120Guarnecido, maestreado, enlucido (15 mm)

Pintura plástica blanca

Intervención Particiones de fábrica de ladrillo Según tabla F.1. DB-SI REI-120Guarnecido, maestreado, enlucido (15 mm)

Pintura plástica blanca

Actual Forjados estructura de acero Según D.1. DB-SI R 120Mortero ignífugo proyectado: vermiculita R-120 R120Falso techo de cartón yeso para particiones S/EFalso techo 2FOC15 EI60 para vestíbulo y pasillo EI60

Actual Soportes Según tabla C.2. R240Mortero ignífugo proyectado: vermiculita R-120 R120Trasdosado 2FOC13 EI45 EI45

Actual SuelosIntervención Tarima de madera adherida BFL-s1

Intervención

Según tabla F.2. DB-SI REI-120

Según tabla F.1. DB-SI REI-120

MEMORIA CONSTRUCTIVA Y DE ACABADOS

Intervención

Intervención

Intervención

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4.2.c.- ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES

Los elementos estructurales principales deben cumplir con las condiciones establecidas en el CTE DB-SI 6, concretamente con lo expuesto en las tablas 3.1 y 3.2 de dichos apartados: SALA POLIVALENTE

ARCHIVO DOCUMENTAL

4.3.- ANEJOS CTE DB-SI 4.3.a.- Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado Los elementos estructurales deben diseñarse de forma que, ante el desconchado del hormigón, el fallo por anclaje o por pérdida de capacidad de giro tenga una menor probabilidad de aparición que el fallo por flexión, por esfuerzo cortante o por cargas axiles. SOPORTES Y MUROS Mediante la tabla C.2 puede obtenerse la resistencia al fuego de los soportes expuestos por tres o cuatro caras y de los muros portantes de sección estricta expuestos por una o por ambas caras, referida a la distancia mínima equivalente al eje de las armaduras de las caras expuestas. Para resistencias al fuego mayores que R 90 y cuando la armadura del soporte sea superior al 2% de la sección de hormigón, dicha armadura se distribuirá en todas sus caras. Esta condición no se refiere a las zonas de solapo de armadura.

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4.3.b.- Anejo D. Resistencia al fuego de los elementos de acero En este anejo se establece un método simplificado que permite determinar la resistencia de los elementos de acero ante la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura. En el análisis del elemento puede considerarse que las coacciones en los apoyos y extremos del mismo en situación de cálculo frente a fuego no varían con respecto de las que se producen a temperatura normal. Se admite que la clase de las secciones transversales en situación de cálculo frente a fuego es la misma que a temperatura normal. En caso de que el falso techo sea eliminado debemos revestir la estructura metálica mediante una serie de productos protectores, mientras que si el falso techo se mantiene, la protección contra fuego la dará la composición del propio falso techo. En cuanto a la resistencia al fuego de los elementos de acero revestidos con productos de protección con marcado CE, los valores de protección que éstos aportan serán los avalados por dicho marcado. 4.3.c.- Anejo F. Resistencia al fuego de los elementos de fábrica En las tablas F.1 y F.2 se establece, respectivamente, la resistencia al fuego que aportan los elementos de fábrica de ladrillo cerámico o sílico-calcáreo y los de bloques de hormigón, ante la exposición térmica según la curva normalizada tiempo-temperatura.

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4.4.- DESCRIPCIÓN DEL MOBILIARIO ARCHIVO DOCUMENTAL

Para que en la totalidad de la zona destinada para archivo documental exista espacio suficiente para almacenar la colección prevista (entre 20.000-25.000) ejemplares, se instalan módulos de archivo compactos. ESTOS ARCHIVOS NO FORMAN PARTE DEL PROYECTO PERO SE DISEÑAN Y SE TIENEN EN CUENTA PARA EL DIMENSIONAMIENTO DE LA CARGA DE PAPEL. SI FORMA PARTE DE ESTE PROYECTO LAS ESTANTERÍAS ADAPTADAS INTERIORES Y LOS EXPOSITORES DEL EXTERIOR DE LA SALA DE CONSULTA (detalle S/ PLANOS) Las estanterías fijas proyectadas son: mobiliario realizado mediante PYL sustentadas por un sistema de perfiles omega metálicos, los cuales mantienen fijos los elementos verticales de las estanterías, mientras que los elementos horizontales de las mismas pueden ir variando su posición en el eje Z, gracias a la colocación de carriles guía a diversas alturas a lo largo de los elementos verticales. Junto a estas estanterías fijas proyectadas se colocan vitrinas que permitan la visualización total de los elementos más emblemáticos de la colección donada.

El mobiliario compacto propuesto para colocar una vez finalizada la obra tiene las siguientes características: sistema de almacenaje y archivo TIPO MOVIBLOC DE MACALUX o similar acabado en MADERA MELAMINADA COLOR HAYA en los frentes, formado por estanterías o armarios montados sobre bases móviles que se deslizan por railes, en bloques de 8 o 7 s/ esquema de plano, con un fijo de cierre sin puertas y 6 o 7 móviles apilables Los anchos son constantes alcanzando los 3 metros, alcanzando dichas estanterías una altura 2,65 m, mientras que las profundidades varían entre los 40cm (grupo 1) y los 30cm (grupo 2). Hay 2 grupos, uno de ellos de 9 y el otro de 7 debido a que el de 9 tienen 30 cm de fondo y el de 7 tiene 40cm de fondo. Al interior tienen 7 baldas de separación (los de 2,50 m de altura). Todos los módulos tienen, guías y volantes, accionamiento manual, tarjetero superior en frontal, acabado madera laminada, juntas de goma entre módulos, perfil esquinero de remate en aluminio y cerradora en último módulo para bloquear. Al interior estantes metálicos y divisorias verticales versátiles, puntal con graduaciones de montaje tipo mecano cada 25 mm, paneles frontis para almacenajes de pequeños elementos, libros o CD (uno por modulo) retenedores laterales para apoyo de libros y topes de goma entre módulos. En la misma zona que los archivos compactos se colocan una serie de estanterías fijas siguiendo la misma estética de los archivos compactos, donde se ubicarán los volúmenes más usados y/o consultado.

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A continuación se muestran una serie de especificaciones técnicas de los archivos compactos propuestos, para tener un mayor conocimiento de las características de dichos elementos, así como de su funcionamiento y visualización final.

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5.- ANEXO DE MEMORIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CTE

5.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CTE

Descripción general del edificio:

Edificación con protección SINGULAR, Bien de Interés Cultural

Programa de necesidades:

El presente documento se redacta para acometer las obras necesarias para llevar a cabo el PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN: OBRAS DE ADECUACIÓN PARA ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS MADRID. Se pretende realizar la adaptación de una zona de la plaza de toros a archivo de documentos y sala polivalente. Con este fin, se deben realizar toda una serie de obras, conservando volumetría y condiciones generales.

Uso característico del edificio:

El uso característico el edificio es el de ESPECTACULOS-DEPORTIVO. El uso de la zona de actuación es de apoyo al uso principal de la edificación.

Otros usos previstos: - Relación con el entorno:

Edificación exenta en casco urbano consolidado.

Cumplimiento del CTE:

Descripción de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE:

Son requisitos básicos, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación, los relativos a la funcionalidad, seguridad y habitabilidad. Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo los edificios conservarse de tal forma que se satisfagan estos requisitos básicos.

Requisitos básicos relativos a la funcionalidad:

1. Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

En el proyecto no se va a realizar ningún cambio de uso por lo que las características iniciales serán las mismas que las finales. La adaptación a archivo documental de una parte del recinto se considera un uso subsidiario por lo que no interferirá en la realización de las funciones actuales.

2.

Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.

Al no modificarse funcionalidad, no se alteran elementos de accesibilidad. Debido a su uso, se prevé que el nuevo espacio tendrá ocupación esporádica.

3. Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con

lo establecido en su normativa específica.

NO APLICABLE PARA EL USO Y DESTINO DE LA EDIFICACIÓN (conforme al D. Ley 1/1998, de 27 de Febrero sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicación), así como de telefonía y audiovisuales.

4.

Facilitación para el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo dispuesto en su normativa específica.

NO APLICABLE PARA EL USO Y DESTINO DE LA EDIFICACIÓN

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Requisitos básicos relativos a la seguridad:

Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Es objeto del presente trabajo comprobar la seguridad de todos y cada uno de los elementos constructivos en la zona a actuar

Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.

Condiciones urbanísticas: el edificio es de fácil acceso para los bomberos. El espacio exterior inmediatamente próximo al edificio cumple las condiciones suficientes para la intervención de los servicios de extinción de incendios. El espacio con nuevo uso cumplirá todos los requisitos en seguridad en caso de incendio DB-SI

Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

La configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, se encuentran revisados para que este pueda ser usado para los fines previstos dentro de las limitaciones de uso del edificio que se describen más adelante sin que suponga riesgo de accidentes para los usuarios del mismo. El uso de la zona adecuada al nuevo uso no genera riesgos de accidente

Requisitos básicos relativos a la habitabilidad:

Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

El edificio en su conjunto, dispone de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida. El conjunto disponen de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes. El edificio dispone de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas.

Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.

No es objeto de este documento el estudio de estos requisitos.

Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.

El edificio dispone de una envolvente básica adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico para el destino que se emplea.

Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.

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Cumplimiento de otras normativas específicas:

Cumplimiento de la norma

Estatales: EHE 08 NO APLICA PARA EL PRESENTE PROYECTO NCSE´00 NO APLICA PARA EL PRESENTE PROYECTO EFHE NO APLICA PARA EL PRESENTE PROYECTO NBE CA‘88 TELECOMUNICACIONES NO APLICA PARA EL PRESENTE PROYECTO REBT Real Decreto 842/ 2002 de 2 de agosto de 2002, Reglamento

Electrotécnico de Baja Tensión RITE Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios y sus

instrucciones técnicas complementarias.R.D.1751/1998. Otras

Autonómicas: Habitabilidad Sólo para viviendas Accesibilidad Se cumple con el Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por

el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.

Normas de disciplina urbanística

Ordenanzas municipales: PGOUM MADRID 1997 A. Sistema estructural:

A.1 Cimentación Descripción del sistema: NO SE INTERVIENE

A.2 Estructura portante

Descripción del sistema: La actuación solo contempla la protección contra incendios de los elementos de la estructura portante

A.3 Estructura horizontal

Descripción del sistema: La actuación solo contempla la protección contra incendios de los elementos de la estructura horizontal

B. Sistema envolvente: NO INTERVIENE

C. Sistema de compartimentación: NO INTERVIENE

D. Sistema de acondicionamiento ambiental: Entendido como tal, la elección de materiales y sistemas que garanticen las condiciones de higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Las condiciones aquí descritas deberán ajustarse a los parámetros establecidos en el Documento Básico HS (Salubridad), y en particular a los siguientes:

HS 1 Protección frente a la humedad

No interviene

HS 2 Recogida y evacuación de residuos

No interviene

HS 3 Calidad del aire interior

No influye. Tan sólo se adapta a normativa contraincendios con compuertas y sectorización

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1.4 Prestaciones del edificio

Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en CTE. Requisitos básicos:

Según CTE En

proyecto Prestaciones según el CTE

en proyecto

Seguridad DB-SE Seguridad estructural

DB-SE

De tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

DB-SI Seguridad en

caso de incendio

DB-SI

De tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.

DB-SU Seguridad de

utilización DB-SU

De tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Habitabilidad DB-HS Salubridad DB-HS

Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

DB-HR Protección

frente al ruido DB-HR

De tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.

DB-HE

Ahorro de energía y

aislamiento térmico

DB-HE

De tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio. Cumple con la UNE EN ISO 13 370 : 1999 “Prestaciones térmicas de edificios. Transmisión de calor por el terreno. Métodos de cálculo”.

Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las

instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio

Funcionalidad Utilización ME / MC De tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

Accesibilidad De tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.

Acceso a los

servicios De telecomunicación audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.

Requisitos básicos:

Según CTE En proyecto Prestaciones que superan el CTE

en proyecto

Seguridad DB-SE Seguridad estructural DB-SE No procede

DB-SI Seguridad en caso de incendio DB-SI No procede

DB-SU Seguridad de utilización DB-SU No procede Habitabilidad DB-HS Salubridad DB-HS No procede DB-HR Protección frente al ruido DB-HR No procede DB-HE Ahorro de energía DB-HE No procede

Funcionalidad Utilización ME No procede Accesibilidad Apart 4.2 Acceso a los servicios Apart 4.3, 4.4 y otros

Limitaciones

Limitaciones de uso del edificio: El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto.

F. Sistema de servicios: Se entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios para el correcto

funcionamiento de éste.

Abastecimiento de agua Acometida Red

Evacuación de agua Colector general municipal m/ acometida

Suministro eléctrico Acometida

Telefonía No interviene.

Telecomunicaciones No interviene.

Recogida de basura Municipal

Otros

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5.2.- JUSTIFICACION DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN El Presente Documento se realiza para llevar a cabo una reforma en el edificio CENTRO DE ASUNTOS TAURINOS DE VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Madrid, con el fin de adecuar una de las salas del edificio, en este caso la Sala Cossío, a un nuevo archivo de documentos y sala polivalente cuyo uso es subsidiario del principal. Al CAT le llega una colección de ente 20.000-25.000 ejemplares que tienen que archivar para su consulta y guardo. Con este fin, se deben realizar toda una serie de obras en la edificación conservando volumetría y condiciones generales de la misma. 5.2.a.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA EN SUS ASPECTOS FORMALES, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS. Las soluciones a empleadas van encaminadas a:

Adecuación de la sala Cossío para archivo documental y sala polivalente. La finalidad de la actuación es:

Adecuar la sala para archivo documental y sala polivalente y mejorar la habitabilidad de la edificación

5.2.b.- CONSIDERACIONES FUNCIONALES, SOCIALES, ECONÓMICAS Y ESTÉTICAS

La actuación en la edificación no puede ser otra que la de una ADECUACIÓN CONSCIENTE, estudiando la forma más correcta de intervenir lo menos posible, manteniendo con ello el valor tanto de la sala como del propio edificio en el que se encuentra la misma. El criterio de intervención, desde el punto de vista de la percepción visual, se debe tener en cuenta, ya que se trata de una sala con parte del espacio accesible –la destinada a sala polivalente- al público para exposiciones y otros usos, y otra zona –la destinada a archivo documental- donde no existirá acceso más allá del restringido por parte de la propiedad. 5.2.c.- CUADRO DE SUPERFICIES

El programa de necesidades actual quedaría del siguiente modo: SUPERFICIES ÚTILES m2PLANTA BAJA ARCHIVO 117,08 CUARTO TÉCNICO 8,75 SALA POLIVALENTE 108,97 HALL DE ACCESO 14,39 VESTÍBULO DE INDEPENDENCIA 7,52 ALMACENAJE 35.43 TOTAL 292,14

SUPERFICIES CONSTRUIDAS m2PLANTA BAJA

340,62

TOTAL

340,62

SUPERFICIES DE ACTUACIÓN

340,62 m2

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5.3.- INCIDENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE

5.3.a.- JUSTIFICACIÓN URBANÍSTICA DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO

Es de aplicación el Plan General de Ordenación Urbana 1997. La Plaza de las Ventas tiene grado de protección SINGULAR, Norma Zonal 1, grado 5. Se incluye ficha del Catálogo de Edificios con protección de las Normas Subsidiarias (VER PUNTO 2.2 de la presente memoria). Grado de protección SINGULAR. Norma Zonal 1, grado 5. Se incluye ficha del Catálogo de Edificios con protección (NNUU ART. 4.3.20-2f, 8.1.2 y concordantes).Es de aplicación la Ley 3/2013 del 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. DECLARACIÓN RESPONSABLE: DOÑA Mª DEL MAR FERNÁNDEZ GARCÍA, ARQUITECTO SUPERIOR COLEGIADO EN EL COLEGIO OFICIAL

DE ARQUITECTOS DE MADRID CON Nº 11.612, DECLARO COMO REDACTORA DEL PROYECTO BÁSICO Y DE

EJECUCIÓN: OBRAS DE ADECUACIÓN PARA ARCHIVO DOCUMENTAL Y SALA POLIVALENTE DE LA SALA

COSSÍO EN LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS CERTIFICO , LA CONFORMIDAD DE LO PROYECTADO A

LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA APLICABLE (Art. 154 1º b de la de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid,

publicada en el B.O.C.A.M el 16 de Junio de 2001)

Fdo.

Mar Fernández García ARQUITECTO

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5.3.b.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO DE APLICACIÓN. SITUACIÓN DE DECLARACIÓN, NIVEL DE PROTECCIÓN, ADECUACIÓN DE LA ACTUACIÓN AL NIVEL DE PROTECCIÓN. La Plaza de las Ventas esta Incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural por Orden de 4 de junio de 1977, en el que se incluye como MONUMENTO el edificio de la Plaza de Toros Monumental o de las Ventas de Madrid (BOE DE 08/07/1977) > DISPOSICIÓN DE LA Declaración en Decreto 84/1994 de 28 de julio. Actuación autorizada por la Dirección general de Patrimonio Cultural (se adjunta acta resolución)

5.3.c.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 8/1993, DE 22 DE JUNIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, SOBRE PROMOCIÓN A LA ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS. Así mismo se dará cumplimiento al Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, del Ministerio de la Presidencia

5.3.d.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMATIVAS VIGENTES (SECTORIAL, CPI, NBE, NTE, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO EN LA EDIFICACIÓN) El uso actual no tiene normativa sectorial específica. El uso que se contempla en las normas para esta edificación no se podría variar su uso.

5.3.e.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CTE.

Justificado en punto 5.1.

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6.- ANEXO ECONÓMICO Los precios adoptados en el proyecto están basados en la Base de Datos 2019, basados en la experiencia de la Rehabilitación en la provincia de Madrid, y los que han sido creados por no existir en la base, han partido de precios reales de productos existentes con precios de mercado. La superficie total de actuación es de 340,62 m2 y el PEM es de 161.932,92 €, por lo que la actuación supone una repercusión de 475.41 euros por metro cuadrado.

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7.- HOJA ANEXO A LA MEMORIA

1. CERTIFICACIÓN DE OBRA COMPLETA

De acuerdo con lo especificado en los artículos 125 y 127.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), el autor del presente proyecto CERTIFICA que el mismo constituye una OBRA COMPLETA y comprende todas las obras necesarias para lograr el fin propuesto y ser susceptible de entregarse al uso general o al servicio correspondiente.

2. CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS

De acuerdo con el artículo 232 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), las obras a realizar se clasifican como de: REFORMA

3. PLAN DE OBRA Y PLAZO DE EJECUCIÓN

Conforme al artículo 233.1.e) de la LCSP, el proyecto INCLUYE un plan de obra o programa de trabajos con previsión del tiempo y coste, siendo el plazo global previsto para la ejecución de las obras de: 3 MESES.

4. PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA DE LAS OBRAS

De acuerdo con lo especificado en el artículo 77 de la LCSP NO RESULTA EXIGIBLE la clasificación del contratista por ser el valor estimado de las obras (presupuesto base de licitación, IVA excluido) inferior a 500.000€. Y por tanto, conforme a los artículos 133, 25, 26 y 36 del RGLCAP, el autor del presente proyecto NO propone clasificación.

5. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Se consideran como normas de obligado cumplimiento, en la redacción del presente proyecto y en la ejecución de las obras a que éste se refiere, las que resulten de aplicación a las distintas unidades de obra, de ámbito estatal, autonómico o municipal, en materia de edificación, obras públicas e instalaciones, así como la normativa vigente aplicable sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, de cuyo conocimiento y estricto cumplimiento está obligado el Contratista ejecutor de las obras.

6. CERTIFICACIÓN DE VIABILIDAD GEOMÉTRICA

De acuerdo con lo especificado en el artículo 7 de la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid, el autor del presente proyecto CERTIFICA la viabilidad geométrica del proyecto en el emplazamiento previsto, comprobada mediante su replanteo previo sobre el terreno.

7. ESTUDIO GEOTÉCNICO

El proyecto NO INCLUYE un Estudio Geotécnico, conforme al artículo 4 de la Ley 2/1999 y el artículo 233.3 de la LCSP, por considerarse que NO PROCEDE debido a la naturaleza de la obra, que no supone una alteración de las cargas de la edificación transmitidas al terreno.

8. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS

El proyecto INCLUYE un Estudio de Gestión de Residuos, conforme al R.D. 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Madrid, Junio 2019

Fdo: Mar Fernández García

ARQUITECTO

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9.- NORMATIVA VIGENTE NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS (Actualizada a ABRIL de 2018)

0.- Normas de carácter general 1.- Estructura 2.- Instalaciones 3.- Protección 4.- Barreras arquitectónicas 5.- Varios Anexo

En el Anexo se incluye la normativa específica de la Comunidad de Madrid. El Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, se recoge, junto con sus modificaciones y correcciones de errores, en el apartado “0.1. Normas de carácter general”. En los capítulos referentes a los distintos DB, se menciona el Real Decreto 314/2006, remitiendo al citado apartado 0.1, para conocer el histórico completo y así evitar una reiteración a lo largo del presente documento Así mismo cabe recordar que el listado, como ya es habitual, no recoge la normativa urbanística, la correspondiente a usos ni la de ámbito municipal El apartado A). Uno del artículo primero y el artículo segundo del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación establecen: Artículo primero: En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente: A) En la memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares: Uno. La observancia de las normas de la Presidencia del Gobierno y Normas del Ministerio de la Vivienda sobre la

construcción actualmente vigentes y aquellas que en lo sucesivo se promulguen.

Artículo segundo: Los Colegios Profesionales o, en su caso, las oficinas de supervisión de proyectos, de

acuerdo con lo establecido en los artículos setenta y tres y siguientes del Reglamento General de Contratación del

Estado, vendrán obligados a comprobar que han sido cumplidas las prescripciones establecidas en el artículo anterior. La

inobservancia de las mismas determinará la denegación del visado o, en su caso, de la preceptiva autorización o informe

de los proyectos.

TEXTO A INCLUIR EN LA MEMORIA: "De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción". TEXTO A INCLUIR EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES: "De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable, que lo será en función de la naturaleza del objeto del proyecto".

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Cumplimiento de normativa técnica De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable, que lo será en función de la naturaleza del objeto del proyecto: ÍNDICE 0) Normas de carácter general 0.1 Normas de carácter general 1) Estructuras

1.1 Acciones en la edificación 1.2 Acero

1.3 Hormigón 2) Instalaciones 2.1 Instalaciones de Protección contra Incendios 3) Protección

4.1 Protección Contra Incendios 4.2 Seguridad y Salud en las obras de Construcción 4.3 Seguridad de Utilización

4) Barreras arquitectónicas 5.1 Barreras Arquitectónicas 5) Varios 6.1 Instrucciones y Pliegos de Recepción 6.2 Medio Ambiente 6.3 Otros ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID

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0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 0.1) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Ordenación de la edificación LEY 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 6-NOV-1999 MODIFICADA POR: Artículo 82 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2001 Artículo 105 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2002

Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009

Disposición final tercera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013

Disposición final tercera de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones LEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del Estado B.O.E.: 10-MAY-2014 Corrección erratas: B.O.E. 17-MAY-2014

Disposición final tercera de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras

LEY 20/2015, de 14 de julio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 15-JUL-2015 Código Técnico de la Edificación REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Corrección de errores y erratas: B.O.E. 25-ENE-2008 DEROGADO EL APARTADO 5 DEL ARTÍCULO 2 POR: Disposición derogatoria única de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 23-OCT-2007 Corrección de errores: B.O.E. 20-DIC-2007 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1371/2007, de 19-OCT

Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 18-OCT-2008

Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación , aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre Orden 984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 23-ABR-2009 Corrección de errores y erratas: B.O.E. 23-SEP-2009

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Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo Disposición final segunda, del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 22-ABR-2010 Sentencia por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definición del párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso pública concurrencia, contenidas en el documento SI del mencionado Código Sentencia de 4 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, B.O.E.: 30-JUL-2010 Disposición final undécima de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 27-JUN-2013 Modificación del Documento Básico DB-HE “Ahorro de energía” y del Documento Básico DB-HS “Salubridad”, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo Orden 588/2017, de 15 de junio, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 23-JUN-2017 ACTUALIZADO POR: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013 Procedimiento básico para la certificación energética de los edificios REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-ABR-2013 Corrección de errores: B.O.E. 25-MAY-2013 MODIFICADO POR:

Real Decreto 564/2017, de 2 de junio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 06-JUN-2017

1) ESTRUCTURAS 1.1) ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN DB SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la Edificación. Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Norma de Construcción Sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02) REAL DECRETO 997/2002, de 27 de septiembre, del Ministerio de Fomento B.O.E.: 11-OCT-2002 1.2) ACERO DB SE-A. Seguridad estructural - Estructuras de Acero Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 1.3) HORMIGÓN EHE 08. Instrucción Española de Hormigón Estrcutural REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de julio, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 22-AGO-2008 Para consultar todas las modificaciones del RD 1247/2006, remitirse al BOE número 309 del día 22 de agosto de 2008

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2) INSTALACIONES 2.1) INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de instalaciones de protección contra incendios REAL DECRETO 513/2017, de 22 de mayo, del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad B.O.E.: 12-JUN-2017 Corrección de errores: 23-SEP-2017 3) PROTECCIÓN 3.1) PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DB-SI-Seguridad en caso de Incendios Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 Diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 17-DIC-2004 Corrección errores: 05-MAR-2005 MODIFICADO POR:

Art 10º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego REAL DECRETO 842/2013, de 31 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-NOV-2013 3.2) SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 25-OCT-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia

B.O.E.: 13-NOV-2004

Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

B.O.E.: 29-MAY-2006

Disposición final tercera del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción

REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 25-AGO-2007

Artículo 7 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009

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Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración

B.O.E.: 23-MAR-2010

DEROGADO EL ART.18 POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración

B.O.E.: 23-MAR-2010 Prevención de Riesgos Laborales LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 10-NOV-1995 DESARROLLADA POR: Desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales

REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 31-ENE-2004

MODIFICADA POR: Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Ley de Acompañamiento de los presupuestos de 1999)

LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-1998

Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales

LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 13-DIC-2003

Artículo 8 y Disposición adicional tercera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009

Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 31-ENE-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención

REAL DECRETO 780/1998, de 30 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 1-MAY-1998

Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 29-MAY-2006

Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 23-MAR-2010

Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 04-JUL-2015

Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 899/2015, de 9 de octubre, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social B.O.E.: 1-MAY-1998

DEROGADA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración

B.O.E.: 23-MAR-2010

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DESARROLLADO POR: Desarrollo del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas

ORDEN 2504/2010, de 20 de septiembre, del Ministerio de Trabajo e Inmigración B.O.E.: 28-SEP-2010

Corrección errores: 22-OCT-2010 Corrección errores: 18-NOV-2010

MODIFICADA POR: Modificación de la Orden 2504/2010, de 20 sept ORDEN 2259/2015, de 22 de octubre B.O.E.: 30-OCT-2015

Señalización de seguridad en el trabajo REAL DECRETO 485/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 485/1997

REAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 04-JUL-2015

Seguridad y Salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997 MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-NOV-2004 Manipulación de cargas REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 23-ABR-1997 Utilización de equipos de protección individual REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 12-JUN-1997 Corrección errores: 18-JUL-1997 Utilización de equipos de trabajo REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 7-AGO-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-NOV-2004 Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-ABR-2006 Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos REAL DECRETO 299/2016, de 22 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 29-JUL-2016

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Regulación de la subcontratación

LEY 32/2006, de 18 de Octubre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 19-OCT-2006

DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción

REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales B.O.E.: 25-AGO-2007 Corrección de errores: 12-SEP-2007

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 327/2009, de 13 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración

B.O.E.: 14-MAR-2009

Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración

B.O.E.: 23-MAR-2010 MODIFICADA POR: Artículo 16 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 23-DIC-2009

3.3) SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” 4) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 4.1) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-MAY-2007 MODIFICADO POR: La Disposición final primera de la modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 DESARROLLADO POR: Desarrollo del documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados

Orden 561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010

DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 11-MAR-2010 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de carácter general” Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 29 de noviembre, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad B.O.E.: 3-DIC-2013

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MODIFICADO POR: Disposición final decimocuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público LEY 9/2017, de 8 de noviembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 9-NOV-2017 5) VARIOS 5.1) INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN Instrucción para la recepción de cementos "RC-16 REAL DECRETO 256/2016, de 10 de junio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 25-JUN-2016 Corrección errores: B.O.E.: 27-OCT-2017 Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE REAL DECRETO 1630/1992, de 29 de diciembre, del Ministerio de Relación con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno B.O.E.: 09-FEB-1993

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE. REAL DECRETO 1328/1995, de 28 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 19-AGO-1995 Ampliación de los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción Resolución de 6 de abril de 2016, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa B.O.E.: 28-ABR-2017 5.2) MEDIO AMBIENTE Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas DECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre, de Presidencia de Gobierno B.O.E.: 7-DIC-1961 Corrección errores: 7-MAR-1962

DEROGADOS el segundo párrafo del artículo 18 y el Anexo 2 por: Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 1-MAY-2001

DEROGADO por:

Calidad del aire y protección de la atmósfera LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 16-NOV-2007 No obstante, el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa. MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto

público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art. 33) REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011 Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas ORDEN de 15 de marzo de 1963, del Ministerio de la Gobernación B.O.E.: 2-ABR-1963

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Ruido

LEY 37/2003, de 17 de noviembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 18-NOV-2003

DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 17-DIC-2005

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.

Disposición final primera del REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-OCT-2007 Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 23-OCT-2007

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas . REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, del Ministerio de la Presidencia

B.O.E.: 26-JUL-2012

MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art.31) REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011 Regulación de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-FEB-2008 Evaluación ambiental

LEY 21/2013, de 9 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 11-DIC-2013 6.3) OTROS Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal

LEY 43/2010, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-2010

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ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID 0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Medidas para la calidad de la edificación LEY 2/1999, de 17 de marzo, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 29-MAR-1999 Regulación del Libro del Edificio DECRETO 349/1999, de 30 de diciembre, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 14-ENE-2000 2) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. LEY 8/1993, de 22 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.E.: 25-AGO-1993 Corrección errores: 21-SEP-1993

MODIFICADA POR: Modificación de determinadas especificaciones técnicas de la Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas DECRETO 138/1998, de 23 de julio, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 30-JUL-1998

Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno

B.O.C.M.: 24-ABR-2007

DEROGADAS LAS NORMAS TECNICAS CONTENIDAS EN LA NORMA 1, APARTADO 1.2.2.1 POR: Establecimiento de los parámetros exigibles a los ascensores en las edificaciones para que reúnan la condición de accesibles en el ámbito de la Comunidad de Madrid ORDEN de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 13-FEB-2014

Reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. DECRETO 71/1999, de 20 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid

B.O.C.M.: 28-MAY-1999 3) MEDIO AMBIENTE Evaluación ambiental LEY 2/2002, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid B.O.E.: 24-JUL-2002 B.O.C.M. 1-JUL-2002

DEROGADA A EXCEPCIÓN DEL TÍTULO IV “EVALUACIÓN AMBIENTAL DE ACTIVIDADES”, LOS ARTÍCULOS 49, 50 Y 72, LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA Y EL ANEXO QUINTO, POR: Medidas fiscales y administrativas

LEY 4/2014, de 22 de diciembre de 2014 B.O.C.M.: 29-DIC-2014

MODIFICADA POR: Art. 21 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y administrativas B.O.C.M.: 1-JUN-2004

Art. 20 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y administrativas

B.O.C.M.: 30-DIC-2008

Art. 16 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y administrativas B.O.C.M.: 31-DIC-2015 Regulación de la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid ORDEN 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid B.O.C.M.: 7-AGO-2009

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10.- PROGRAMA DE TRABAJO DIAGRAMA DE BARRAS DEL PLANNING DE OBRA

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ACTIVIDAD mes 1 mes 2 mes 3

CAP. DESCRIPCIÓN

1 TRABAJOS PREVIOS14.340,21 € 14.340,21 €

2 TABIQUERÍA Y REVESTIMIENTOS31.304,57 € 13.798,50 € 45.103,07 €

3 INSTALACIONES4.668,12 € 16.524,63 € 21.192,75 €

4 INSTALACIÓN PCI16.440,01 € 16.052,40 € 32.492,41 €

5 PINTURAS Y ACABADOS2.293,21 € 2.544,14 € 4.837,35 €

6 MOBILIARIO15.896,53 € 22.097,79 € 37.994,32 €

7 GESTION DE RESIDUOS - € 1.380,00 € 630,00 € 605,39 € 2.615,39 €

8 SEGURIDAD Y SALUD - € 1.400,00 € 750,00 € 781,39 € 2.931,39 €

9 CONTROL DE CALIDAD - € 150,00 € 276,03 € 426,03 €

# 64.471,30 € 60.677,64 € 36.783,98 € 161.932,92 € PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL

Presupuesto a origen (presupuesto de contrata + IVA) # 92.832,23 € 180.201,96 € 233.167,21 € 233.167,21 € PRESUPUESTO DE CONTRATA + IVA 233.167,21 €

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