6.2 libros diario y mayor

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CARRERA: LICENCIATURA EN GASTRONOMÍA ASIGNATURA: CONTABILIDAD GENERAL TEMA: 6. LIBROS Y SISTEMAS DE REGISTRO 6.2 Libros de contabilidad 6.2.1 Diario 6.2.2 Mayor 6.2.3 Registros auxiliares DOCENTE: MTRA. LIDIA MENDOZA GARCÍA PERIODO: Enero-Abril 2014

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LIBROS DIARIO Y MAYOR

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Page 1: 6.2 Libros diario y mayor

CARRERA: LICENCIATURA EN GASTRONOMÍA

ASIGNATURA: CONTABILIDAD GENERAL

TEMA: 6. LIBROS Y SISTEMAS DE REGISTRO 6.2 Libros de contabilidad 6.2.1 Diario 6.2.2 Mayor 6.2.3 Registros auxiliares

DOCENTE: MTRA. LIDIA MENDOZA GARCÍA

PERIODO: Enero-Abril 2014

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CICLO CONTABLEPÓLIZAS

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Diario general

Es un libro o registro electrónico en el cual quedan anotadas cronológicamente todas las transacciones efectuadas en un negocio de acuerdo a las normas contables, y en función del efecto que éstas hayan tenido en las cinco cuentas básicas de activo, pasivo, capital, ingreso y gasto. Con este paso, el proceso contable del negocio adquiere un historial o registro completo de los sucesos en orden cronológico y en un solo lugar.

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Ejemplo:

Office Clean, S.A., empresa que se dedica a brindar el servicio de limpieza de oficinas, realizó su primera transacción el 10 de agosto cuando los socios hicieron un depósito por $750 000 en una cuenta bancaria a nombre de la compañía y emitieron a cambio acciones de capital social. En seguida se presenta el registro de esta operación en el diario de Office Clean, S.A.:

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Transacción 2:El 12 de agosto Office Clean, S.A. pagó $500 000 por la compra de un terreno para construir posteriormente sus oficinas.Análisis: La transacción produce el incremento de una cuenta de activo y la disminución de otra cuenta de activo. Esto se debe registrar en el diario como un aumento en la cuenta de terreno con un cargo de $500 000 y una disminución en la cuenta de efectivo con un abono de $500 000.Registro contable:

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Cada operación registrada debe tener, por lo menos, un cargo y un abono compensatorio igual.

En cada transacción registrada, la suma de los cargos tiene que ser igual a la suma de los abonos, mecanismo que se conoce como contabilidad por partida doble.

En otras palabras, para que el registro sea correcto tiene que estar balanceado.

Al proceso de registrar las operaciones o transacciones de negocios en el diario general se le denomina asentar.

Los asientos deben prepararse en forma clara y exacta.

Siempre debe recordarse que, después de cierto tiempo, tanto quien efectúa el registro contable como otras personas tendrán necesidad de leerlo y entenderlo, por tanto, es necesario utilizar un formato estandarizado en las empresas.

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Para registrar las

operaciones en forma

apropiada se debe observar

el siguiente procedimiento

:

•Leer cuidadosamen

te la descripción de la transacción

para determinar si

un activo, pasivo, capital,

ingreso o gasto se ven afectados por la transacción.

•Para cada cuenta

afectada por la transacción, determinar si ésta aumenta o disminuye.

•Determinar si el aumento o disminución de la cuenta

debe registrarse

como un cargo (debe) o como

un abono (haber).

•Registrar la transacción a través de un asiento de

diario asegurándose

de que la suma de los cargos sea igual a la

suma de los abonos.

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Mayor general

Es un libro o registro electrónico en el que se efectúa una anotación individual o separada de los aumentos o disminuciones de cuentas específicas en el sistema contable.

Es decir, existe una hoja de mayor para cada una de las cuentas que maneja una compañía. Por tanto, si en el sistema existen 100 cuentas individuales, cada una será conocida como cuenta de mayor, mientras que el total de las 100 cuentas será el mayor general.

Esto quiere decir que el número de cuentas contables que haya será equivalente al número de cuentas del mayor general.

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Pases al mayor

Una vez que se ha realizado el proceso de registrar las transacciones en el diario general, el siguiente paso es realizar el traspaso o copia de la información del diario a las cuentas individuales del mayor. A este proceso se le denomina pases al mayor.

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CARRERA: LICENCIATURA EN GASTRONOMÍA

ASIGNATURA: CONTABILIDAD GENERAL

TEMA:

REGISTRO DEL IVA

DOCENTE: MTRA. LIDIA MENDOZA GARCÍA

PERIODO: Enero-Abril 2014

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REGISTRO CONTABLE DEL IVA

El impuesto al valor agregado interviene un sinnúmero de operaciones, su registro contable se debe hacer teniendo en cuenta varios aspectos legales, tales como: la tasa, la actividad de la empresa, la zona de ubicación, las concesiones especiales otorgadas etc. Aspectos que varían según la ley y los reglamentos de cada país.

En México la Ley del Impuesto al Valor agregado fue publicada en el Diario Oficial de la federación el día 29 de diciembre de 1978 y entró en vigor en toda la República el día 1º de enero de 1980.

Definición del Impuesto al Valor Agregado: significa que justamente es un impuesto que se estará pagando por el valor que agreguemos a los productos o servicios que hayamos adquirido.

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ASPECTO LEGAL:

"Están obligados al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta ley, las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:"

* La enajenación de bienes.

* La prestación de servicios independientes.

* El arrendamiento de bienes.

* La importación de bienes y servicios.

Esto significa que si nos dedicamos o llevamos a cabo alguna de estas actividades, entonces seremos contribuyentes de este impuesto y tenemos que dar de alta esta obligación ante la S.H.C.P.

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APLICACIÓN DE LA TASA DEL 16%

Esta tasa se aplicara a las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, o importen bienes o servicios. Como ejemplos: ropa, calzado, vinos y licores, tanto nacionales como de importación, servicio telefónico, energía eléctrica, agua, hotelería, restaurantes, centros nocturnos, de honorarios por servicios profesionales, el de vehículos, por el arrendamiento de inmuebles no dedicados a casa habitación, la introducción al país de bienes extranjeros.

APLICACIÓN DE LA TASA DEL 10%

Se aplicara a los valores que señala esta ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleva a cabo en la citada región fronteriza.

APLICACIÓN DE LA TASA DEL 0%

Esta tasa se aplicara cuando se refiera a animales y vegetales no industrializados, así como para productos alimenticios considerados de primera necesidad tales como: carnes en estado natural, leche y sus derivados, huevo, harinas de maíz, trigo, pan, tortilla, aceite vegetal comestible, café, sal, medicinas de patente. Etc.

PAGO MENSUAL Y PLAZO PARA PRESENTARLO.

• Los contribuyentes efectuaran el pago del impuesto mediante declaración que presentara ante las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

• El pago mensual será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectúa el pago, a excepción de la importaciones de bienes tangibles y las cantidades por las que produce el acreditamiento.

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EJEMPLO: EXCEL

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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