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Gerencia de Operaciones HSE y Comunidades Page1 RESUMEN LICENCIA AMBIENTAL CANELO NOGAL (Resolución 1104 del 20 de Diciembre de 2012) A través de la Resolución 1104 del 20 de diciembre de 2012, el ANLA otorga la Licencia Ambiental a la empresa PETRONOVA COLOMBIA para el desarrollo del proyecto “Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal”, localizado en jurisdicción del municipio de Puerto Guzmán, en el departamento de Putumayo, dentro de las siguientes coordenadas: Entre las actividades autorizadas se encuentran las siguientes: 1. Mejoramiento, adecuación y construcción de vías de acceso: a. Mejoramiento y adecuación: Vías Puerto Guzmán – San Luis y San Luis Buenos Aires del Mandur bajo los criterios establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental. b. Construcción de vías hacia las plataformas multipozo: Partiendo de la vía San Luis – Buenos Aires del Mandur con una longitud máxima de 4 kilómetros (total 20 kilómetros) garantizando que su trazado se defina por bosques fragmentados, vegetación secundaria, mosaico de cultivos, pastos y espacios naturales. c. Transporte de crudo por carrotanque d. Construcción de helipuerto 2. Construcción de cinco (5) plataformas multipozo, una (1) con un área máxima de 7 hectáreas y cuatro (4) con un área máxima de 5 hectáreas. 3. Perforación de máximo tres (3) pozos exploratorios, por cada plataforma multipozo autorizada, con las características indicadas en el EIA. Se incluye las pruebas de producción correspondientes (cortas y extensas). 4. Instalación y operación de las facilidades tempranas de producción, para el manejo de las pruebas de producción de los pozos autorizados, ubicados dentro del área de la plataforma multipozos 5. Construcción de líneas de flujo de hasta 6 pulgadas de diámetro y 50 kilómetros de longitud, para el transporte de los fluidos de producción desde las plataformas multipozo hasta el manifold de recibo de las facilidades tempranas de producción autorizadas dentro del área de interés PUNTO COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS ORIGEN BOGOTA COORDENADAS DATUM BOGOTÁ ORIGEN 3 OESTE ESTE NORTE ESTE NORTE 1 753.321 595.636 1.087.317,2 595.560,24 2 757.265 595.633 1.091.258,6 595.560,57 3 757.259 588.999 1.091.258,0 588.930,75 4 758.147 588.998 1.092.145,5 588.930,45 5 758.143 583.972 1.092.145,3 583.907,59 6 749.953 583.978 1.083.960,7 583.907,48 7 749.953 584.802 1.083.960,1 584.730,91 8 750.580 584.801 1.084.586,7 584.730,38 9 750.581 585.999 1.084.586,8 585.927,56 10 751.003 585.999 1.085.008,5 585.927,88 11 751.005 588.974 1.085.008,2 588.900,85 12 751.054 588.981 1.085.057,1 588.907,88 13 751.364 589.688 1.085.366,3 589.614,64 14 751.175 589.746 1.085.177,4 589.672,46 15 751.175 590.147 1.085.177,1 590.073,18 16 751.333 590.546 1.085.334,7 590.472,04 17 751.984 590.545 1.085.985,2 590.471,56 18 752.789 590.332 1.086.789,9 590.259,34 19 753.077 590.695 1.087.077,4 590.622,33 20 752.572 591.378 1.086.572,2 591.304,47 21 752.367 591.508 1.086.367,2 591.434,22

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RESUMEN LICENCIA AMBIENTAL CANELO NOGAL (Resolución 1104 del 20 de Diciembre de 2012)

A través de la Resolución 1104 del 20 de diciembre de 2012, el ANLA otorga la Licencia Ambiental a la empresa PETRONOVA COLOMBIA para el desarrollo del proyecto “Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal”, localizado en jurisdicción del municipio de Puerto Guzmán, en el departamento de Putumayo, dentro de las siguientes coordenadas:

Entre las actividades autorizadas se encuentran las siguientes: 1. Mejoramiento, adecuación y construcción de vías de acceso:

a. Mejoramiento y adecuación: Vías Puerto Guzmán – San Luis y San Luis Buenos Aires del Mandur bajo los criterios establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental.

b. Construcción de vías hacia las plataformas multipozo: Partiendo de la vía San Luis – Buenos Aires del Mandur con una longitud máxima de 4 kilómetros (total 20 kilómetros) garantizando que su trazado se defina por bosques fragmentados, vegetación secundaria, mosaico de cultivos, pastos y espacios naturales.

c. Transporte de crudo por carrotanque d. Construcción de helipuerto

2. Construcción de cinco (5) plataformas multipozo, una (1) con un área máxima de 7 hectáreas y cuatro (4) con un área máxima de 5 hectáreas. 3. Perforación de máximo tres (3) pozos exploratorios, por cada plataforma multipozo autorizada, con las características indicadas en el EIA. Se incluye las pruebas de producción correspondientes (cortas y extensas). 4. Instalación y operación de las facilidades tempranas de producción, para el manejo de las pruebas de producción de los pozos autorizados, ubicados dentro del área de la plataforma multipozos 5. Construcción de líneas de flujo de hasta 6 pulgadas de diámetro y 50 kilómetros de longitud, para el transporte de los fluidos de producción desde las plataformas multipozo hasta el manifold de recibo de las facilidades tempranas de producción autorizadas dentro del área de interés

PUNTO

COORDENADAS DATUM MAGNA SIRGAS

ORIGEN BOGOTA

COORDENADAS DATUM BOGOTÁ ORIGEN 3 OESTE

ESTE NORTE ESTE NORTE

1 753.321 595.636 1.087.317,2 595.560,24

2 757.265 595.633 1.091.258,6 595.560,57

3 757.259 588.999 1.091.258,0 588.930,75

4 758.147 588.998 1.092.145,5 588.930,45

5 758.143 583.972 1.092.145,3 583.907,59

6 749.953 583.978 1.083.960,7 583.907,48

7 749.953 584.802 1.083.960,1 584.730,91

8 750.580 584.801 1.084.586,7 584.730,38

9 750.581 585.999 1.084.586,8 585.927,56

10 751.003 585.999 1.085.008,5 585.927,88

11 751.005 588.974 1.085.008,2 588.900,85

12 751.054 588.981 1.085.057,1 588.907,88

13 751.364 589.688 1.085.366,3 589.614,64

14 751.175 589.746 1.085.177,4 589.672,46

15 751.175 590.147 1.085.177,1 590.073,18

16 751.333 590.546 1.085.334,7 590.472,04

17 751.984 590.545 1.085.985,2 590.471,56

18 752.789 590.332 1.086.789,9 590.259,34

19 753.077 590.695 1.087.077,4 590.622,33

20 752.572 591.378 1.086.572,2 591.304,47

21 752.367 591.508 1.086.367,2 591.434,22

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exploratorio Canelo Nogal. Deberán localizarse en lo posible, paralelas a las vías de acceso a los pozos y vías internas del APE en un derecho de vía de 1 metro, enterradas o sobre marcos “H”. 6. Desmantelamiento y restauración final: Terminada la perforación y pruebas de producción, se deberá proceder al desmantelamiento de equipos y demás infraestructura instalada y construida y a la recuperación ambiental de todas las áreas intervenidas las cuales deberán quedar en condiciones semejantes o mejores a las encontradas antes del proyecto. En el evento que el pozo perforado resulte productor, se deberá dejar los equipos e infraestructura estrictamente necesarios para continuar con la producción del pozo y lo demás levantado y recuperado ambientalmente.

Para el desarrollo del proyecto se deberá respetar la siguiente zonificación ambiental: a. Áreas de exclusión o de no intervención.

1) Todas las zonas donde actualmente se encuentran Bosques densos dentro del APE Canelo Nogal y que se identifican y ubican en el mapa de Cobertura Vegetal (C&MA-PTN-AMB-1110-08-11/24 del EIA) y que se incluyen como parte del área de la Reserva Forestal Mecaya (Acuerdo 20 de 2002 del municipio de Puerto Guzmán), incluyendo bosques de galería, cananguchales y bajos inundables como parte de la Reserva Forestal.

2) Los nacederos y manantiales; jagüeyes y/o aljibes y su ronda de protección de 100 m. 3) Cuerpos de agua, permanentes e intermitentes y chúquias existentes en el APE Canelo

Nogal y su ronda de protección de 30m a cada lado del cauce, en toda su extensión medidos desde la margen externa a partir de la franja de vegetación protectora de cauces o de la cota máxima de inundación (en caso de no contar con dicha vegetación).

4) Río Mandur en una franja protectora de 100m a cada lado del cauce, acogiendo lo establecido en el EOT de Puerto Guzmán. Se hace la excepción para realizar las actividades de captación y vertimiento.

5) Los bosques de galería y cananguchales ubicados por fuera de la zona de Reserva, excepto para la construcción de obras lineales (vías y líneas de flujo), autorizadas en el presente licencia.

6) La infraestructura social existente en el área, tales como escuelas, centros de salud, salones comunales, iglesias, entre otros.

7) Las viviendas aisladas de las fincas y haciendas y su ronda de 100 metros. 8) Una ronda de protección de (1) kilómetro, contado a partir del límite del Resguardo,

Indígena La Aguadita, perteneciente a la etnia Paéz, de la cual hace referencia la certificación expedida por el INCODER, mediante radicado 20112136742 del 28 de diciembre de 2.011.

b. Áreas de intervención con Altas Restricciones 1) Los Bosques fragmentados y vegetación secundaria en transición, en toda la extensión del

APE Canelo Nogal. 2) Bajos inundables, localizados en el extremo norte del bloque, por fuera de la zona de

Reserva. 3) Infraestructura vial (vías tipo 4). 4) Caminos de herradura y senderos de acceso a fincas que discurren dentro del área del

proyecto (vías tipo 7). c. Áreas de intervención con Restricción Media:

1) Pastos arbolados y mosaicos de pastos y cultivos. 2) - Espacios naturales o suelos en recuperación. 3) - Sitios de Medio - Alto interés arqueológico

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La licencia lleva implícito el uso aprovechamiento o afectación de los recursos naturales indicados a continuación:

AGUAS SUPERFICIALES: Concesión de aguas superficiales, para uso industrial y doméstico en un caudal máximo de 3 l/s a ser captado durante el desarrollo de las actividades exploratorias que comprende el proyecto Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal. VERTIMIENTOS: Permiso de vertimientos de aguas residuales domésticas e industriales (excepto las aguas de formación) en un caudal total máximo de 3,0 l/s, previamente tratadas, dando cumplimiento a la normatividad vigente para tal efecto y combinando las siguientes alternativas de disposición pero sin exceder el caudal autorizado:

1. Descarga directa sobre el río Mandur en un caudal máximo de 3 l/s; el sitio en donde se autoriza hacer el vertimiento debe ubicarse a una distancia de 100 a 150 metros aguas abajo del punto autorizado para la captación, es decir contados a partir del puente en concreto ubicado en el cruce del río Mandur con la vía San Luis – Buenos Aires del Mandur, que corresponde a las coordenadas E: 753.994, N: 592.048 (Datum Magna Sirgas, Origen Bogotá).

2. Un (1) campo de aspersión de 0.9 ha en donde se podrán instalar hasta un máximo de 20 aspersores, por lo que se podrá disponer un caudal máximo de 3.0 l/s en época de verano; en época de invierno (marzo a julio y octubre a noviembre) solo se podrá disponer un caudal máximo de 1 l/s

3. Riego en vías destapadas ubicadas dentro del área del Bloque, lo cual solo se podrá realizar en época de verano.

APROVECHAMIENTO FORESTAL: Autorización de aprovechamiento forestal en las unidades de cobertura identificadas que no corresponden al Bosque Denso identificado en el mapa de Cobertura Vegetal número C&MA-PTN-AMB-1110-08-1/24 del EIA , donde el volumen autorizado será exclusivamente el que se requiera para la construcción de 5 plataformas multipozo en un área total de 27 ha, sus vías de acceso y líneas de flujo respectivas (28ha), acorde con los siguientes volúmenes máximos totales por unidad de cobertura según su identificación y ubicación en el mencionado mapa:

CALIDAD DE AIRE Y RUIDO: Autorización para la quema de gas generado en las pruebas de producción de los pozos del “Área de Perforación Exploratoria Canelo Nogal”, mediante la instalación de teas que permitan la combustión completa y controlar la emisión de material particulado y gases contaminantes. OCUPACIÓN DE CAUCES: Autorización de ocupación de cauces durante el desarrollo de las actividades del proyecto Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal, en los sitios de cruce sobre cuerpos de agua superficiales, corredores viales a adecuar o autorizados para el desarrollo del

UNIDAD DE COBERTURA

Volumen total (m

3/ha)

Área máxima a intervenir vías (ha)

Volumen máximo para vías (m

3)

Área Máxima a intervenir plataformas (ha)

Volumen máximo para plataformas (m

3)

Área Máxima a intervenir

(ha)

TOTAL

Volumen a

intervenir (m

3)

TOTAL

Bosque fragmentado

135,75 28 3801 27 3665 55 7466

Vegetación secundaria (

69,13 28 1936 27 1866.5 55 3802

Mosaicos de pastos, cultivos y espacios naturales

40,107 28 1124.76 27 1082.8 55 2206

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proyecto, en los sitios de ocupación de cauces y estructuras a construir que se relacionan a continuación.

RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS: Autorización para el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos y líquidos sólidos domésticos e industriales, generados durante el desarrollo del proyecto Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal, según lo propuesto por la Empresa en EIA

En caso de ser necesario, el agua requerida para el desarrollo de las actividades autorizadas en el Área de Interés Exploratorio Canelo Nogal, podrá ser comprada en los acueductos o empresas de servicios públicos de los municipios cercanos a los sitios de trabajo, que cuenten con la autorización, disponibilidad y capacidad de abastecimiento con fines industriales sin perjuicio de las comunidades, transportando el agua desde los acueductos hasta los sitios de utilización, a través de carrotanques.

Transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales domésticas e industriales generadas previamente tratadas, incluyendo las aguas asociadas o de formación, a través de terceros especializados que cuenten con los respectivos permisos ambientales.

Autorización para la construcción y conformación de las Zonas de Disposición de Materiales sobrantes de Excavación (ZODME) necesarias para el desarrollo del proyecto.

Para la adquisición de material de arrastre o cantera utilizado para la construcción de las locaciones y su infraestructura conexa, deberá ser suministrado por empresas o personas naturales que cuenten con Título Minero y Licencia Ambiental otorgadas por INGEOMINAS y CORPOAMAZONIA.

Autorización para el uso de material de préstamo lateral para la construcción y/o adecuación de las vías de acceso y las plataformas de perforación.

COORDENADAS ORIGEN BOGOTÁ DATUM MAGNA

SIRGAS CAUCE TIPO DE OBRA LONG (m-l) LOCALIZACIÓN

ESTE NORTE

1 753571 592826 Caño El Porvenir

Puente en concreto 4,5 Vereda Nueva

Unión

2 754037 591710 Caño Timaná Puente en concreto 7

Vereda Buenos Aires del Mandur

3 754205 590969 Quebrada El

Águila Puente en concreto 6

4 754454 589328 Caño Azul Puente en concreto 6

5 754095 591346 Drenaje de escorrentía

Alcantarilla sencilla 36” 4,5

6 754109 591173 Drenaje de escorrentía

Alcantarilla sencilla 36” 4,5

7 754239 590881 Quebrada El

Águila Alcantarilla doble de 36” 4,5

8 753712 593065 Caño El Porvenir

Puente en concreto 6

Vereda El Porvenir

9 754672 592665 Chuquia El

Porvenir Box Coulvert 7

10 754779 592339 Madre Vieja Río Mandur

Puente en concreto 10

11 755816 592224 Río Mandur Puente en concreto 14

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Programa de Inversión del 1%: Aprobación transitoriamente el Plan de Inversión del 1% en: a. Adquisición o compra de predios para protección de la subcuenca del río Mandur. b. Enriquecimiento vegetal en zonas de alto impacto por aprovechamientos forestales sobre la vegetación protectora del río Mundur o de los caños y quebradas que hacen parte de esta microcuenca , como las quebradas Astilleros 1 y 2, Caño Azul y Chonta entre otros. c. Construcción de interceptores y sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas (sistemas sépticos domiciliarios).