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UDP - Gestión de Riesgo Tecnológico - Módulo 6 : Basilea y SOX - Gloria Peña y Lil 1 Módulo 6 Módulo 6 Mejores prácticas y Mejores prácticas y estándares internacionales en estándares internacionales en gestión de riesgos y control gestión de riesgos y control interno interno Presentado por : Gloria Peña y Lillo Noviembre 2005 Gestión de Riesgo Tecnológico - UDP

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UDP - Gestión de Riesgo Tecnológico - Módulo 6 : Basilea y SOX - Gloria Peña y Lillo R. 1

Módulo 6Módulo 6Mejores prácticas y estándares Mejores prácticas y estándares

internacionales en gestión de internacionales en gestión de riesgos y control internoriesgos y control interno

Presentado por : Gloria Peña y LilloNoviembre 2005

Gestión de Riesgo Tecnológico - UDP

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BASILEA IIBASILEA II

LEY SOXLEY SOX

ITIL ITIL

NUEVAS NORMATIVAS o Leyes NUEVAS NORMATIVAS o Leyes

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BASILEA - SOXBASILEA - SOX

Presentado por : Gloria Peña y Lillo

Noviembre 2005

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1. Basilea II1. Basilea II

Presentado por : Gloria Peña y Lillo

Noviembre 2005

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¿Qué es el Comité de Basilea?

Comité de regulaciones bancarias y prácticas de supervisión.

Creado a fines de 1974 por los representantes de los bancos centrales del G-10 (Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Holanda, Suiza, Suecia, Reino Unido y USA).

Su primer objetivo era regular los problemas en las monedas internacionales y mercados bancarios.

Primera reunión en febrero 1975 y desde entonces se reúnen 3 o 4 veces en el año.

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Acuerdo de Capital de 1988Punto de Partida

Aunque fue ampliamente adoptado, estaba orientado a bancos internacionalmente activos de los países del G-10. Establecía requerimientos de capital para dar cobertura al

riesgo de crédito, fundamentalmente. Contaba con una estructura fija de ponderación de riesgos: 0,

10, 20, 50, 100%

Razón Mínima: _ Capital ≥ 8 %

Activos ponderados por riesgo

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Nuevo Acuerdo de CapitalAlcance y Objetivos

Orientado a bancos internacionalmente activos, con flexibilidad para adecuarse a bancos de distinta complejidad y sofisticación.

Promover la seguridad y solvencia del sistema financiero

Acercar el cálculo de capital mínimo al perfil de riesgo de un banco (capital económico)

Promover la igualdad competitiva

Mantener o mejorar el actual nivel de capital en el sistema bancario.

Promover un enfoque integral de valoración de riesgos.

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Nuevo Acuerdo de Capital

Capital Regulador

No cambia la definición de capital regulador establecido en el primer acuerdo con excepciones en relación a deducciones por inversiones en entidades comerciales.

Activos Ponderados por su Nivel de Riesgo

Los activos ponderados incluyen riesgos de mercado y operacional en adición al riesgo de crédito.

Esta inclusión pretende mejor reflejar el perfil de riesgos que tiene una operación de intermediación.

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Nuevo Acuerdo de Capital

Método detres pilares

Método detres pilares

Pilar IPilar I Pilar IIPilar II Pilar IIIPilar III

RequerimientosMínimos de

Capital

RequerimientosMínimos de

Capital

Proceso de examen de supervisor

Proceso de examen de supervisor

Disciplina de mercado

Disciplina de mercado

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Nuevo Acuerdo de Capital

Método detres pilares

Método detres pilares

Pilar IPilar I Pilar IIPilar II Pilar IIIPilar III

RequerimientosMínimos de

Capital

RequerimientosMínimos de

Capital

Proceso de examen de supervisor

Proceso de examen de supervisor

Disciplina de mercado

Disciplina de mercado

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El Nuevo Acuerdo de Capital de BasileaPilar I

Riesgo deCrédito

Riesgo Operativo

METODOESTANDARIZADO

METODO BASADOEN

CALIFICACIONESINTERNAS (RBI)

METODO ESTANDAR

METODO DE INDICADOR

BASICO

Riesgo deMercado

METODO DE

MODELOS

METODO DEMEDICION

AVANZADA

METODOESTANDARIZADO

AVANZADOBASICO

Requerimientos Mínimos de

Capital

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar I – Riesgo de Crédito

Método Estandarizado

Apoyo en calificaciones de crédito externas Utiliza técnicas de mitigación de riesgos

Método de Calificaciones Internas

Bajo aprobación del supervisor, permite al banco utilizar sus sistemas internos de calificación de riesgo crediticio:

Básico:Banco valora la probabilidad de incumplimiento

Avanzado:El banco valora todos sus factores de riesgo.

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar I - Riesgo Operativo

Riesgo Operativo: Riesgo de pérdida debido a:

Inadecuados o fallas en: Procesos internos Personal Sistemas

Eventos Externos

Incluye riesgo legal

Excluye riesgos estratégico y de reputación

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar I – Riesgo Operativo

Evento Ejemplo

1. Fraude Interno

2. Fraude Externo

3. Prácticas Laborales y Seguridad en el Trabajo

4. Clientes, Productos y Prácticas de Negocios

5. Daños Activos Físicos

6. Interrupciones de Negocios y Fallas en Sistemas

7. Errores de Procesamiento

Robo por Empleados, Posiciones Voluntariamente Mal Reportadas

Asalto Bancario, Intrusión.

Despido ilegal, Acoso a Trabajadores, Accidentes

Venta de Productos Inadecuados, Defectuosos, Engaño al Cliente, Incumplimiento de Obligaciones Fiduciarias

Desastres Naturales y Humanos

Problemas de Telecomunicaciones, Software, Hardware

Problemas de Ejecución en procedimientos de oficina

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Métodos para la Asignación de Capital porRiesgo Operativo

Método del Indicador Básico (“BIA”)

Método Estandarizado (“TSA”)

Métodos de Medición Avanzada (“AMA”)

ComplejidadSensibilidad

al Riesgo

IncentivosPilar 1

Fuente: FSI

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Nuevo Acuerdo de Capital

Método detres pilares

Método detres pilares

Pilar IPilar I Pilar IIPilar II Pilar IIIPilar III

RequerimientosMínimos de

Capital

RequerimientosMínimos de

Capital

Proceso de examen de supervisor

Proceso de examen de supervisor

Disciplina de mercado

Disciplina de mercado

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar 2 - Objetivo

El proceso de examen supervisor tiene un doble objetivo:

Que los supervisores cuenten con la capacidad como para asegurarse de que los bancos cuenten con suficiente capital para cubrir los riesgos de su negocio; y

Promover que las entidades financieras desarrollen y hagan uso de mejores técnicas de administración de riesgos.

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar 2 - Principios

Bancos deben contarcon procesos para evaluar

sus riesgos, determinarla suficiencia y mantener

sus niveles de capital.

Bancos deben contarcon procesos para evaluar

sus riesgos, determinarla suficiencia y mantener

sus niveles de capital.

Supervisores deben esperar y ser capaces de

exigir que los bancos operen por encima de los coeficientes mínimos de

capital.

Supervisores deben esperar y ser capaces de

exigir que los bancos operen por encima de los coeficientes mínimos de

capital.

Supervisores intervendrán o exigirán la adopción demedidas correctivas, para

mantener niveles de capital que cubran los riesgos de

un banco.

Supervisores intervendrán o exigirán la adopción demedidas correctivas, para

mantener niveles de capital que cubran los riesgos de

un banco.

Supervisores evaluarán lasestrategias y evaluaciones internas de la banca para

garantizar el cumplimiento de coeficientes mínimos de capital e intervenir cuando no se sientan satisfechos.

Supervisores evaluarán lasestrategias y evaluaciones internas de la banca para

garantizar el cumplimiento de coeficientes mínimos de capital e intervenir cuando no se sientan satisfechos.1

3

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar 2

Con los principios anotados se pretende:

Asegurar que cada entidad cuente con sólidos procesos para valorar la suficiencia de su capital basado en la evaluación completa de sus riesgos;

Responsabilizar a los supervisores por la revisión de los sistemas internos de valoración del capital que pudieran tener los operadores financieros.

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Nuevo Acuerdo de Capital

Método detres pilares

Método detres pilares

Pilar IPilar I Pilar IIPilar II Pilar IIIPilar III

RequerimientosMínimos de

Capital

RequerimientosMínimos de

Capital

Proceso de examen de supervisor

Proceso de examen de supervisor

Disciplina de mercado

Disciplina de mercado

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar 3 - Objetivo

Fomentar la disciplina de mercado a través del desarrollo de requisitos de divulgación que permita a los agentes de mercado acceder a información esencial para valorar la suficiencia de capital de una institución en función de su perfil de riesgo.

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Nuevo Acuerdo de CapitalPilar 3 - Requisitos

Las entidades deben contar un política formal de revelación aprobada por el Directorio/Consejo de Administración que indique qué y bajo que controles se divulgará información.

La divulgación se realizará sobre bases consolidadas. La información a divulgarse será de carácter cualitativo

y cuantitativo, de manera que reflejen:

– Características (metodologías, términos y condiciones de instrumentos, etc) de los registros provistos.

– Cantidades debidamente catalogadas y expresadas según el método de cálculo aplicado (Estándar,

modelos internos, etc.) para los tres tipos de riesgo del Pilar 1.

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Divulgaciones ExigidasPrincipios Generales

Divulgaciones cualitativas igualmente importantes que las cuantitativas.

Para cada esfera de riesgo (p.ej. crédito, mercado, etc.) los bancos deben dar a conocer sus objetivos y políticas de gestión de riesgos:

– estrategias y procesos

– estructura y organización de la función de gestión de riesgos

– alcance y naturaleza del sistema de notificación/medición del riesgo

– políticas de cobertura/reducción del riesgo (así como seguimiento)

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Cronograma de actividades en la transición hacia la primera etapa de Basilea II

Año Actividades

2005

2° semestre

Ejercicios de simulación del impacto cuantitativo de los riesgos de crédito, de mercado y operacional.

Incorporación del riesgo de mercado sobre la base del enfoque estandarizado.

Aplicación del límite de capital con activos ponderados por riesgo de crédito y con riesgo de mercado.

2006 Ejercicios de tensión o de estrés del capital.

Opción de presentar a la SBIF modelos internos de riesgo de mercado para su evaluación y autorización.

2007 Aplicación del límite de capital con activos ponderados por riesgo de crédito y con riesgos de mercado y operacional.

Entrega de información por parte de los bancos en relación con su propiedad y gestión, políticas de riesgo, riesgos y capital.

Fuente: SBIF

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PreguntasPreguntas

Gloria Peña y Lillo2005

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2. Ley Sarbanes 2. Ley Sarbanes OxleyOxley

Presentado por : Gloria Peña y Lillo

Noviembre 2005

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¿Qué es la ley Sarbanes Oxley?

Es una ley de transparencia y control, emitida por el Gobierno de los Estados Unidos de América, el 30 de julio del 2002, como resultado de una serie de escándalos corporativos que afectaron a ciertas empresas estadounidenses a finales del 2001, producto de quiebras, fraudes y otros manejos administrativos no apropiados.

Se considera como la más profunda reforma a las prácticas de negocio desde 1934

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Aplicación

La Ley se aplica a todas las empresas norteamericanas y extranjeras que cotizan en la bolsa de valores de Estados Unidos (empresas públicas). Esto incluye a:

La Casa Matriz sus subsidiarias y sus afiliadas

Las empresas chilenas deberán cumplir con la Ley Sarbanes Oxley si:

Cotizan en la bolsa de Estados Unidos Son subsidiarias de empresas (Casa

Matriz) que cotizan en la bolsa de Estados Unidos

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Disposiciones de SOX de EspecialRelevancia para Emisores Extranjeros.

“Certificación” anual del CEO y del CFO. Comité de auditoría independiente y obligatorio

para todas las empresas listadas. Devolución por el CEO y el CFO de su

compensación (bonos, incentivos, ganancias de ventas de acciones) como resultado de la corrección de los estados financieros de la empresa.

Prohibición de préstamos a ejecutivos y directores.

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Código de Ética obligatorio para altos ejecutivos. Nuevos estándares de conducta para los abogados

y auditores que practican ante el SEC en representación de un emisor.

Nuevo crimen, sujeto a prisión de hasta 20 años, en relación con la destrucción, alteración o falsificación de documentos con la intención de obstruir una investigación federal.

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Estructura de la ley

Título I: Junta de Supervisión de Firmas de Contabilidad Pública

Título II: Independencia de los Auditores Título III: Responsabilidad Corporativa Título IV: Revelaciones Financiera Mejoradas Título V: Conflicto de Intereses de los Analistas

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Estructura de la ley

Título VI: Recursos y Autoridad de la Comisión Título VII: Estudios e Informes Título VIII y XI: Responsabilidad Corporativa y Fraude

Criminal; Fraude y Responsabilidad Corporativa Título IX: Mejoramiento de Sanciones por Crímenes

de Cuello y Corbata Título X: Declaraciones de Impuestos Corporativos Título XI: “Accountability” de Fraudes Corporativos

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Título I: Junta de Supervisión de Firmas de Contabilidad Pública - PCAOB

La ley establece la creación de la Junta de Supervisión de Firmas de Contabilidad Pública “PCAOB”

• Inicio actividades: 25 de Abril 2003

• Ámbito de Poderes de la Junta:

• Registro de firmas de contabilidad pública (firmas registradas)

• Inspección de firmas registradas.

• Aplicación de sanciones y medidas disciplinarias

• Estándares de Control de Calidad

• Estándares de Ética

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Título II: Independencia de los Auditores

Servicios de contabilidad (outsourcing) Diseño de sistemas de información financiera Valuaciones Servicios actuariales Auditoría interna Asesoría como director, funcionario o empleado Servicios de banca de inversión Consejería legal (actuar como asesor en el área

impositiva o laboral si es permitido) Otros servicios que la junta determine.

• Actividades prohibidas

• Actividades que requieren preaprobación

• Conflictos de Interés

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Título III: Responsabilidad Corporativa

Sección 302: Responsabilidad Corporativa por Informes financieros

ENRON WORLDCOM

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Sección 302: Responsabilidad Corporativa por Informes Financieros

Ha revisado el informe que se presenta Sobre la base de su conocimiento, el informe no

contiene ninguna afirmación falsa respecto de un hecho material

Sobre la base de su conocimiento, los estados financieros y otra información financiera incluida en el informe, presentan razonablemente en todos sus aspectos materiales la condición financiera, los resultados de las operaciones y el flujo de efectivo, del período presentado

En cada informe (trimestral y anual), el ejecutivo principal (CEO) y el ejecutivo financiero (CFO) debe afirmar que…

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Él y los otros funcionarios certificadores son responsables del establecimiento y mantención de “controles y procedimientos de revelaciones” del emisor;

Él y los otros funcionarios certificadores han diseñado tales controles y procedimientos de revelaciones para asegurar que la información material sea conocida;

Él y los otros funcionarios certificadores han evaluado la efectividad de los controles de revelaciones de la entidad

Han presentado en su informe sus conclusiones respecto a la eficacia de los “Controles y Procedimientos de Revelación” basado en la evaluación ; y

Sección 302: Responsabilidad Corporativa por Informes Financieros (continuación)

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Han revelado a los auditores independientes y al comité de auditoría del emisor:

• Deficiencias significativas en el diseño u operación de los controles internos

• Cualquier fraude que involucre gerentes u otros empleados que tengan un rol significativo en los controles internos del emisor

Han indicado en el informe si hubo o no cambios significativos en los controles internos.

Sección 302: Responsabilidad Corporativa por Informes Financieros (continuación)

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Sección 302: Modelo de Certificado

Yo, Mr. Xxxx Xxxxx, certifica que:

1. He revisado este informe anual de ZZZZ Corporation preparado en la Forma 40-F;

2. Sobre la base de mi conocimiento, este informe anual no incluye afirmaciones falsas respecto de un hecho material, ni omite declarar algún hecho significativo necesario para hacer las afirmaciones efectuadas, a la luz de las circunstancias bajo las cuales se hicieron las afirmaciones, no son erróneas con respecto al período cubierto por este informe anual;

3. Sobre la base de mi conocimiento, los estados financieros, y otra información financiera incluida en el informe anual, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, los resultados de las operaciones y el flujo de efectivo de la compañía registrada por los períodos presentados en este informe anual;

4. Los demás funcionarios certificadores de la compañía registrada y yo somos responsables de establecer y mantener controles y procedimientos de revelación (según se define en las Reglas de la Ley de Valores 13a-14 y 15d-14) para la compañía registrada y hemos:

a) diseñado dichos controles y procedimientos para asegurar que la información material relacionada con la compañía registrada, incluidas sus subsidiarias consolidadas, nos es informada por otras personas al interior de estas entidades, en especial durante el período en el que se prepara este informe anual;

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Sección 302: Modelo de Certificado (continuación)

b) evaluado la efectividad de los controles y procedimientos de revelación de la compañía registrada, a una fecha 90 días anterior a la fecha de presentación de este informe anual (la “Fecha de Evaluación”); y

c) presentado en este informe anual nuestras conclusiones respecto de la eficacia de los controles y procedimientos de revelación a la Fecha de Evaluación;

5. Los demás funcionarios certificadores de la compañía registrada y yo, hemos revelado, sobre la base de nuestra evaluación más reciente, a los auditores de la compañía registrada y al comité de auditoría del directorio de la compañía registrada, lo siguiente:

a) todas las deficiencias significativas en el diseño o en la operación de los controles internos que podrían afectar negativamente la capacidad de la compañía registrada para registrar, resumir y reportar información financiera, y hemos identificado todas las debilidades a materiales en los controles internos para los auditores de la compañía registrada; y

b) cualquier fraude, material o no, que involucre a la administración o a otros empleados que jueguen un papel significativo en los controles internos de la compañía registrada; y

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Sección 302: Modelo de Certificado (continuación)

6. Los demás funcionarios certificadores de la compañía registrada y yo hemos indicado en este informe anual, si existieron cambios en los controles internos o en otros factores que pudieran afectar significativamente los controles internos después de la fecha de nuestra evaluación más reciente, incluidas las acciones correctivas respecto de las deficiencias significativas y debilidades materiales.

Fecha:

Chief Executive Officer

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La administración debe implantar controles internos y procedimientos que aseguren que la información financiera es procesada, registrada y revelada de acuerdo a la normativa de la SEC. Estos controles reciben el nombre de “Controles y Procedimientos de Revelación”.

Sección 302: Responsabilidad Corporativa por Informes Financieros (continuación)

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Título IV: Revelaciones Financieras Mejoradas

Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos

404 (a) De la Administración

404 (b) Del Auditor Externo

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Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos

Controles y procedimientos para informes financieros

Las transacciones están adecuadamente autorizadas,

Los activos están adecuadamente protegidos contra uso no autorizado o inadecuado.

Que las transacciones están adecuadamente registradas.

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Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos(continuación)

Requerimientos de Informes y Revelación

404 (a) De la Administración

La administración es responsable por establecer y mantener controles y procedimientos internos adecuados para los informes financieros

Evaluación de la administración al cierre del año fiscal respecto de la efectividad de los controles y procedimientos internos para los informes financieros.

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Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos(continuación)

404 (b) Del Auditor Externo

Su reporte incluirá:

La responsabilidad de la administración respecto de la estructura y procedimientos de control interno para informes financieros.

Evaluación de la efectividad de dicha estructura y procedimientos

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Resumen de las evaluaciones

1. Por ejecutivos financieros, con respecto de los controles y procedimientos de revelación requeridos por las reglas de la sección 302.

2. Por la administración, con respecto a los controles y procedimientos internos para los informes financieros según la sección 404, y

3. Por el auditor independiente a fin de certificar las afirmaciones de la administración de acuerdo con la sección 404.

Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos(continuación)

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Enfoque COSO

Sección 404: Evaluación Gerencial de los Controles Internos(continuación)

Para el cumplimiento de la sección 404 es necesario contar con un Marco General de Control Interno que entregue criterios objetivos para que sean medidos y evaluados

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¿Cómo afecta la ¿Cómo afecta la ley SOX al ley SOX al

riesgo riesgo tecnológico?tecnológico?

Gloria Peña y Lillo2005