27 de abril de 2015 “negocios, tecnologÍa y riesgos jurÍdicos” jornada de estrategia y...
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21 de abril de 2023
“NEGOCIOS, TECNOLOGÍA y
RIESGOS JURÍDICOS”
Jornada de Estrategia y Negocios
Tel/Fax: (54) 351- 4607940
ANIBAL A. PARDINI
Abogado – M.D.E.
21 de abril de 2023 © Aníbal A. Pardini 2010– Todos los derechos reservados 21 de abril de 2023
© Aníbal A. Pardini 2010– Todos los derechos reservados 21 de abril de 2023
Negocios - Estrategia - Riesgos
Evaluar si es mas beneficioso
cumplir o no las reglas
REGLAS
Estrategia
Táctica
QUE
COMO
ANTICIPAR LAS CONSECUENCIAS
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IMPORTANCIA
No es la tecnología en sí, sino que permiten el acceso al conocimiento, la información, y las comunicaciones
Tics
CONCEPTO
Refieren a servicios, aplicaciones, y tecnologías, que utilizan diversos tipos de equipos y de programas informáticos, y que a menudo se transmiten a través de las redes de telecomunicaciones.
Facilitadores de acceso a la “materia prima” de este esquema de interacción económica y social
FUNCIÓN
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Actual paradigma tecno-económico
explotación de materias primas
uso de la maquinaria
procesamiento de datos
innovación, desarrollo tecnológico y capital humano
Factores base del crecimiento económico
ERAS
AGRICOLA
INDUSTRIAL
INFORMACION
CONOCIMIENTO
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Desarrollo del paradigma tecno-económico
Modelos de Negocios y Aplicaciones Innovadoras de las TICS
Etapas
Introducción
Frenesí
Producción
Declive
capacidades expresivas de los lenguajes objetos o herramientas de diseñomodelos de procesosno se oferta ‘la mejor tecnología’, sino la mejor solución.
‘resolvemos su problema y nos encargamos de la tecnología; Ud mientras, dedíquese a su negocio”
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MERCADO IT (Escenario) – Factores Objetivos
VELOCIDAD DEL CAMBIO TECNOLOGICO
AVANCE ESPASMÓDICO DEL DERECHO
CAMBIO DE PARADIGMA JURIDICO-ECONOMICO
EVOLUCION ESCASEZ
RECURSO
HUMANO
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MERCADO IT (Escenario) – Factores Subjetivos
FALTA DE DESARROLLO DE HABILIDADES
INTERDISCIPLINARIEDAD
INICIO GRUPO INTERDISCIPLINARIO = MEJORES RESULTADOS
CREATIVIDAD(GENERACION DE IDEAS)
INNOVACIÓN(IMPLEMENTACION DE IDEAS)
RIGIDEZ DE LOS CONTEXTOS
DELAY
FLUIDEZ FLEXIBILIDAD
Estatuto Jurídico
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Estatuto Jurídico Tradicional
Esquema de producción de bienes y servicios
(Goal = Capacidad de colocar más B y S )
Herramientas Jurídicas
Productos
Actores
Punto de Equilibrio (protección adecuada)
Mercado
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Cambios que planteó la Tecnología al Derecho
• Planteó nuevas relaciones intersubjetivas;
• Quebró el paradigma temporo espacial;
• Facilitó la disponibilidad de información;
Activo a protegerInformación
AgendaParadigma del Derecho
Espacio(distancia
geográfica)
Sentido(virtualidad)
Tiempo(GMT)
Masa(Intangibilidad)
Las TIC Fracturan la Relación
TRIDIMENSIONALIDAD - RELACION TEMPORAL
Condicionando severamente el poder anticipatorio del Derecho
RIESGO
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Incorporar o valerse de la Tecnología sin previsión jurídica, es incorporar riesgo al negocio. Las TICS se vinculan cada vez mas a soluciones de negocios, deberá conocerse mas sobre regulación que sobre funcionamiento.
• Muchas veces la ley señala como responsable a quien manipula o realiza tal incorporación
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Cambios que planteó la Tecnología al DerechoPremisa
ALCANCE DE LA TIC
RIESGO
10 50
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Participantes
FLEXIBILIDAD
HABILIDAD DE PODER PRODUCIR GÉNEROS DE RESPUESTAS
PERTENECIENTES A UNIVERSOS O CATEGORÍAS DISTINTAS
FACTORES OBJETIVOS Y SUBJETIVOS
FLUIDEZ
CAPACIDAD DE GENERAR LA GRAN CANTIDAD DE ALTERNATIVAS
ANTES DE DECIDIR
CONOCER LAS REGLAS
•Reglas poco conocidas o no elaboradas
•Mercado con rápida variación
•Negocios basados mas en aplicaciones que en desarrollos novedosos
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Táctica
Analizar que riesgos se toman o que oportunidades se pierden en términos de negocios cuando se incumple o se ignora la ley?
LA FOCALIZACIÓN EN INCORPORAR TECNOLOGÍA Y PRODUCIR Bs y Serv. JUNTO A LA GRAN VELOCIDAD QUE DETERMINA EL CONTEXTO Y CUESTIONES CULTURALES, SIGNAN DE RIESGO A LOS NEGOCIOS TICS.
REALIDAD
QUE CAMINO HA DE SEGUIRSE?
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Táctica
Que riesgos se toman
Que oportunidades se pierden
Como está regulado el contexto (Actores /Contenido/ Medios)
El precio de ignorar la regulación (Márgenes Residuales)
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Márgen Residual
Si en el diseño del negocio no participan Operadores Tecnológicos y Jurídicos desde su génesis pueden desaprovecharse oportunidades ya amortizadas con la inversión prevista.
ANALISIS JURIDICOMARGEN RESIDUAL
INTERDISCIPLINARIEDAD
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Caso paradigmatico: Firma Digital
QUE ES LA FIRMA DIGITAL?
PORQUE NO SE APLICA?
HAY DIFERENCIA TECNOLOGICA SUSTANCIAL ENTRE FD Y FE?
HAY DIFERENCIA JURIDICA?
HAY BENEFICIOS DE COMENZAR CON UNA POLITICA DE APLICACIÓN DE F E CON MIRAS A MIGRAR A F D
EN ENTORNOS ACOTADOS; SE PUEDE APLICAR LA FIRMA ELECTRONICA?
COMPRAS ELECTRONICAS
Hay alguna regulación legal del contexto?
Actores Operadores InformáticosConsumidores
Medio InternetWebEmail
Contenido DatoInformación
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Conocimiento
Responsabilidad Profesionales en Informática
•Responsabilidad laboral -Régimen disciplinario
•Responsabilidad civil - Régimen Resarcitorio
•Responsabilidad penal – Sanciones Penales
•Responsabilidad civil (delito) -Régimen Resarcitorio
Ámbitos
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CRITERIO DE JUZGAMIENTO
Art. 902 C. C. (+ PROFESIONAL + CONOCE + RESPONSABLE)
EJERCICIO LEGAL = TITULO ACADEMICO + HABILITACIÓN
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Ejercicio Profesional
Ley 7.642CPCIPC
Profesionales en
Informática
Ley 7.673CIECSolo
Ingenieros
EJERCICIO ILEGAL
TITULO ACADEMICOÓ
SI FALTA
HABILITACION(Pcia. Cba.)
Responsabilidad Profesionales en Informática
• Datos personales
• Daños informáticos
• Fuga de información protegida
• Extralimitación en el uso de permisos
• Acceso no autorizado
• Estafas electrónicas
• Uso inadecuado del correo electrónico
• Tolerancia y falta de control de contenidos ilícitos
Área tecnológica
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Responsabilidad Profesionales en Informática
AgendaContenido
•DATO •INFORMACIÓN •CONOCIMIENTO
LEY 25.326 LEY 24.766LEY 11.723
LEY 24.481
=
ESTADO DE SEGURIDAD
CONTROLDISPONIBILIDAD
AUTENTICIDAD
INTEGRIDAD
CONFIDENCIALIDAD
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Derechos en conflictoante nuevas tecnologías
Derecho a la Información(transmitir, captar, manejar,
registrar, conservar, comunicardatos personales)
Derecho a la intimidad, el honor, la identidad ( todo otro interés esencial
para la vida del individuo)
Protección
Nuevos Derechos humanos
Control de la Información personal Autodeterminación Informativa (facultad de cada individuo de decidir cuando y como
esta dispuesto a difundir su información personal)
Reglamentación de la actividadde los Bancos de Datos
Acción de Habeas Data
Normativa de Protección de DatosArgentina: Art.43 de la Constitución Nacional Ley Nº 25.326 Decreto 1558/2001Unión Europea: Directiva 95/46
Instrumentación legal
Contenido - Datos
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Ley 25.326 de Datos Personales
Protección jurídicaProtección tecnológica RECURSOS INFORMATICOS
PUNTO DE CONVERGENCIA ENTRE DERECHO Y TECNOLOGÍA
Información – Evolución
INFORMATICA Ataque
DE LA INFORMACIÓN Incidente
SEGURIDAD
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Políticas Prácticas – Procedimientos - Estructuras Organizacionales
Contenido - Información
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Ley 24.766 Confidencialidad
QUE INFO?
SECRETA;
VALOR COMERCIAL POR SER SECRETA;
HAYA SIDO OBJETO DE MEDIDAS RAZONABLES;
Contenido - Información
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NECESIDAD DE ADVERTIR A LA PERSONA QUE SE IMPONE DE LA INFO, QUE DEBE MANTENERLA EN SECRETO. (INCLUYE A EMPLEADOS)
QUE SE ENCUENTRA DONDE?
•EN CUALQUIER SOPORTE (FISICO, MAGNETICO, OPTICO)•QUE SEA ADQUIRIDA O SE DIVULGUE A TERCEROS, SIN CONSENTIMIENTO Y DE MANERA CONTRARIA A LOS USOS COMERCIALES HONESTOS.
QUE PERMITE ESTA LEY?
1. ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES QUE IMPIDAN SE COMETA EL DAÑO; 2. RESARCIMIENTO DE QUIEN LO COMETIÓ. 3. PREVÈ SANCIONES PENALES.
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Herramientas de Comunicación
RIESGOS QUE PLANTEAN
•INTERNET
•WEB
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Herramientas de Comunicación
INTERNET
JURISDICCIÓN APLICABLE
LEY APLICABLE
OPERACIONES (GARANTIA CONSTITUCIONAL)
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Herramientas de Comunicación
WEB * USURPACIÓN (Nombres de Dominio) * PROPIEDAD INTELECTUAL (Componentes de la Página) * VIOLACIONES A NORMAS DE OTROS PAÍSES (Comercialización de determinados productos. Yahoo )
* ACCESO INDEBIDO(Claves)
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Herramientas de Comunicación
E-MAIL * FUENTE DE DAÑOS
(Spam - Virus)
* NECESIDAD DE MONITOREO
(Gtía.constitucional a remover)
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Herramientas de Comunicación
Políticas
Leyes
Alineadas Estándares
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Remedios para Gestionar SI
Disponibilidad: 24x7x365 desde cualquier lugar.
Copia = original.
JURÍDICA - ORGANIZATIVA - FÍSICA - LOGICA
RIESGOS PROPIOS
La implementación exitosa de políticas de uso de recursos informáticos debería asegurar :
–La preservación de Activos.
–La prueba para un eventual juicio.
–La disminución del abuso del recurso informático.
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Remedios para Gestionar SI
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Reforma Penal
Ley 26.388
EXISTIÒ LA NECESIDAD DE ADECUAR TIPOS PENALES e INCLUIR FIGURAS DEL MUNDO TECNOLOGICO.
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Reforma Penal
Ley 26.388El nuevo delito de ofrecimiento y distribución de imágenes relacionadas con la pornografía infantil
Ocultamiento de pruebas
Revelación de secretos
Acceso ilegítimo a un sistema informático
Captación ilegal de datos, imágenes y sonidos
Estafa informática
Daño informático
Sabotaje a las comunicaciones
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Reforma Penal
Ley 26.388
Violación de Secretos y de la Privacidad
Violación de correspondencia digital
Artículo 153: Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses el que abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica, una carta, un pliego, un despacho u otro papel privado, aunque no esté cerrado; o indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o una comunicación electrónica que no le esté dirigida.
En la misma pena incurrirá el que indebidamente interceptare o captare comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones provenientes de cualquier sistema de carácter privado o de acceso restringido.
La pena será de prisión de un (1) mes a un (1) año, si el autor además comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.
Si el hecho lo cometiere un funcionario público que abusare de sus funciones, sufrirá además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. ”.
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Reforma Penal
Ley 26.388
Publicación abusiva de correspondencia
Artículo 155: Será reprimido con multa de pesos un mil quinientos ($ 1.500) a pesos cien mil ($ 100.000), el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros.
Está exento de responsabilidad penal el que hubiere obrado con el propósito inequívoco de proteger un interés público.
¿PREGUNTAS?
Tel/Fax: (54) 351- 4607940 [email protected]
ANIBAL A. PARDINIAbogado – M.D.E.
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MUCHAS GRACIAS!