22 mar 2020 - presidencia de la república · que el ministerio de salud y protección social...

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REPÚBLICA DE COLOMBIA PRESIDENCIA DE U\ REPÚBLICA SECRETARíA JURíDICA A.nrnb' ICO' en el año identificación, casos libertod y Orden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚB DECRETO 458 DE 2020 22 MAR 20 20 Por el cual se adoptan medidas para los hogares en condición de pobreza en todo el territorio nacional, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 215 de la Constitución Polftica, concordancia con la Ley 137 de 1994, yen desarrollo de lo previsto en el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, «Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional», y CONSIDERANDO Que, en los términos del artículo 215 de la Constitución Polftica de Colombia, el presidente de la República, con la firma de todos los ministros, en caso de que sobrevengan hechos distintos a los previstos en los artIculas 212 y 213 de la Constitución Política, que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá declarar el estado de emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en calendario. Que, según la misma norma constitucional, una vez declarado el estado de emergencia, el presidente de la República, con la firma de todos los mir]istros, podrá dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Que la Organización Mundial de la Salud declaró el 11 de marzo de 2020 que el brote del nuevo coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación, por lo que instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la . confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio. Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, «Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus», en la cual se establecieron disposiciones destinadas a la prevención y contención del riesgo epidemiológico asociado al nuevo coronavirus COVID-19. Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 y con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Polftica, el presidente de la Republica declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de dicho decreto. Que, en función de dicha declaratoria, y con sustento en las facultades señaladas por el artículo 215 de la Constitución Política, le corresponde al presidente de la República, con la firma de todos los ministros, adoptar las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, y contribuir a enfrentar las consecuencias adversas generadas por la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, con graves afectaciones al orden económico y social.

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Page 1: 22 MAR 2020 - Presidencia de la República · Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, «Por la cual se declara la emergencia

REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

PRESIDENCIA DE U REPUacuteBLICA SECRETARiacuteA JURiacuteDICA

AnrnbICO ----~_-

en

el antildeo

identificacioacuten casos

libertod yOrden

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteB

DECRETO 458 DE 2020

22 MAR 2020 Por el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio

nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artiacuteculo 215 de la Constitucioacuten Polftica concordancia con la Ley 137 de 1994 yen desarrollo de lo previsto en el Decreto 417 del 17 de

marzo de 2020 laquoPor el cual se declara un Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica en todo el territorio nacionalraquo y

CONSIDERANDO

Que en los teacuterminos del artiacuteculo 215 de la Constitucioacuten Polftica de Colombia el presidente de la Repuacuteblica con la firma de todos los ministros en caso de que sobrevengan hechos distintos a los previstos en los artIculas 212 y 213 de la Constitucioacuten Poliacutetica que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden econoacutemico social y ecoloacutegico del paiacutes o que constituyan grave calamidad puacuteblica podraacute declarar el estado de emergencia por periacuteodos hasta de treinta diacuteas en cada caso que sumados no podraacuten exceder de noventa diacuteas en calendario

Que seguacuten la misma norma constitucional una vez declarado el estado de emergencia el presidente de la Repuacuteblica con la firma de todos los mir]istros podraacute dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensioacuten de sus efectos

Que la Organizacioacuten Mundial de la Salud declaroacute el 11 de marzo de 2020 que el brote del nuevo coronavirus COVID-19 es una pandemia esencialmente por la velocidad en su propagacioacuten por lo que instoacute a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la

confirmacioacuten aislamiento monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los confirmados asiacute como la divulgacioacuten de las medidas preventivas todo lo cual debe redundar en la mitigacioacuten del contagio

Que el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social expidioacute la Resolucioacuten 385 del 12 de marzo de 2020 laquoPor la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virusraquo en la cual se establecieron disposiciones destinadas a la prevencioacuten y contencioacuten del riesgo epidemioloacutegico asociado al nuevo coronavirus COVID-19

Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 y con fundamento en el artiacuteculo 215 de la Constitucioacuten Polftica el presidente de la Republica declaroacute el Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica en todo el territorio nacional por el teacutermino de treinta (30) diacuteas calendario contados a partir de la vigencia de dicho decreto

Que en funcioacuten de dicha declaratoria y con sustento en las facultades sentildealadas por el artiacuteculo 215 de la Constitucioacuten Poliacutetica le corresponde al presidente de la Repuacuteblica con la firma de todos los ministros adoptar las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensioacuten de sus efectos y contribuir a enfrentar las consecuencias adversas generadas por la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 con graves afectaciones al orden econoacutemico y social

DECRETO Paacutegina 2 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

Que seguacuten el Reporte 61 de la Organizacioacuten Mundial de la Salud del 20 de marzo de 2020 a las 2359 horas [disponible en httpswwwwhointdocsdefault-sourcecoronavirusesituationshyreports20200321-sitrep-61-covid-19pdfsfvrsn=f20lf85c 2] con corte a dicha fecha y hora a nivel mundial global habiacutean 266073 casos de contagio confirmados y 11184 personas fallecidas a causa de la pandemia

Que seguacuten el reporte del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social del 21 de marzo de 2020 a las 900 horas con corte a dicha fecha y hora en el territorio nacional se presentaban 196 casos de contagio confirmados

Que los efectos que se derivan de las circunstancias que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica afectan el derecho al miacutenimo vital de los hogares maacutes vulnerables por lo que se requieren adoptar medidas excepcionales con el fin de brindar apoyos econoacutemicos a la poblacioacuten maacutes desprotegida

Que el Decreto 417 de 2020 determinoacute la necesidad de autorizar al Gobierno nacional para realizar la entrega de transferencias monetarias adicionales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas (i) Familias en Accioacuten (ii) Proteccioacuten Social al Adulto Mayor shyColombia Mayor y (iii) Joacutevenes en Accioacuten con el objetivo de mitigar los efectos econoacutemicos y sociales causados a la poblacioacuten maacutes vulnerable del paiacutes por la Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica derivada de la pandemia COVID-19

Que por lo tanto el monto de los recursos adicionales referidos en el considerando anterior corresponderaacute al valor actual de la respectiva transferencia condicionada y seraacute girado por la misma entidad responsable de administrar cada programa social de asistencia a la poblacioacuten vulnerable

Que en el mismo sentido el Decreto 417 de 2020 sentildealoacute la necesidad de implementar la compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA a favor de la poblacioacuten maacutes vulnerable

Que dicha compensacioacuten del IVA se encuentra prevista en el artiacuteculo 21 de la Ley 2010 de 2019 reglamentada mediante el Decreto 419 de 2020 la cual en el marco de la Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica declarada mediante el Decreto 417 de 2020 debe ser modificada con el fin de lograr su implementacioacuten expedita y asiacute mitigar la vulnerabilidad econoacutemica de los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional que se han visto afectados por los efectos de la pandemia COVID-19

Que en atencioacuten a lo anterior y con el fin de acelerar la entrega de la referida compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA resulta necesario que sea el Departamento Nacional de Planeacioacuten -DNP el encargado de expedir la resolucioacuten con el listado de beneficiarios de la compensacioacuten pues dicho Departamento es el responsable de aplicar la metodologiacutea de focalizacioacuten para el referido mecanismo y el encargado de administrar el principal instrumento de focalizacioacuten individual y a nivel de hogar del gasto social denominado Sisbeacuten

Que el Consejo Superior de Poliacutetica Fiscal -CONFIS en su calidad de encargado de dirigir la poliacutetica fiscal y coordinar el sistema presupuestal determinaraacute el monto de la compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Entrega de transferencias monetarias en el marco del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica en todo el territorio nacional Por el teacutermino de duracioacuten del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica declarado por medio del Decreto 417 de

458 DE

Continuacr6ndel DecreJoimiddotlaquoP()[ eacutelcualse adopt~n medidas p~raacute los bogareseacutendOl ldieacute1oacutebde pobr~4a enJOda elterritQriotraeiacutecma-IctentrodeLEstadb dacmergenclaacutel2cbJlOmfea SbCial y

a~cplqgi~ordf)

2020 $eacute aufoacuterizaaJGobternQ nacromala r~aliBa~ la enfJ~~a de unatransferenCjamonetaria no condifuionada aacutedlciohal yexttaoacuterdinaria eacutetffeacuteiYOtde 1Io~ tDeA~ffqiaNbs QeJosprogtBmasFamilias en Acciqn Proteccl6aacute SociaJaIAttilltoMayor ~GoacutelombiaMayor yJlaquo)lerfesen Accron

Artiacuteculo 2 Beneficiarios ymontorJe4 compiiexclif1saqloacuten dei TtjlpuestllsrJbtfJJas ventas shyIVAPareacuteileacutefeCtosQe la iexcllplic~cioacuten qeLartrClJlq ~1 d ~ Ta iexcl~~y20tC)de20hg ydel []~ctelo419 de 2020 dutatiteeJ tlenpJD qUeacutepeacutefsIstan leacuteisMtis~~uerjQl~$eb()ntilde6tri~as aacuteOteacutetsas pata los hqgordfVE~sect Tf1~$ vulnordfrordfQle~ceuroHp~iacuteS G(iexclrOocPr(se~~ePiexclciexclaacuteq~1 Estadb deiexclEtMerg~rjcia Eeiexclonoacutemica SObia Ecoloacutegica detiacutelaacuteratioacute i11iedi~rttert I De6t~iacuteeacuteiexcl) 417 (hl Q~iexclQel Q~pordfrtam~n~9 N~rciom11 de Plan~p~j~n ~ PNP $e~eacutelaeotla~d~i1~iI~radade determihafelli~t~rd(f)middotdeacute Ios hoacutegareSiQ Peacutefsbhas maacutes vulner~~les qUieacutengSSf1~$Illo$i bentildeefiexclGr~JJb~-d~ I~c-PrtlHEPnsacioacuten d~1 implJ-esto s-obre Ja$ ventas -IVAy e Consej6SUperioraePdUtiacuteca PiacuteSCSJ-CoNFlSdeteacutetltrJnar-aacute eacutel monto de dicha compensacion

ArticulQ 3 TtatiexcliexcliexclunHmtc delnformACiexcloacutenesta~dlstlcabull EI Departamento AdminiacutestratiVo Nacional de Estordfdl$tioa (QANE) deber~ sLJministrar lainforma-cioacuten reoolectada erl cefTsosiexclemiddotncuastas y r~gistros admitiisttatiXlos a lasentidadeacuteS deiSsJordfpb resp()nspbleacutes de adcpt~T 19$ medioas pa riexcliexcl el control y la rnitigacioacuteJl oel ooronavirlJs CQVJO~tgl cuatldoestas lo solicItan para efectos de la impJeacutetfientaGioacuteh de fas r1Ieacutedi(ias ppr~el q()ntrol y la mitjgaoioacuteil del coronavlpJsGOVlp-t~ y uacutenklamerite pcdrordf utili4a~rsemiddot paraesefin

paraacutegrafoacute1 La res~ervajeacutegaleacuteCr1leruumlda en el artiacutetlllo5de la Ley 79 de 199~ no le seraacuteapliqab1eacute a uumll$entiexclqamiddotdes qlle$Qticiten iriformaCioacuteTlen 10~Ueacuterf1tuacutenQsdel iexcl-ncisoanletior Sin errrbarb dicha reseNaacute les seacuteraacute trasl~iexclcl~qa lt3middot 135 ~lIacutelid~de$ receptQ~sg~ 1eacute1 infotll1qcioacutensLJministrada por el Oepalttam~hlo Adminiacute~treacutetrvo-N~ci0naTde Eslaacutedfsfiacuteqa (DAN E)

Paraacutegrafo 2 La disposici6h cOntenida en el preacuteseacutetite artfcJtoe-staraacuteVigeacutente a0rante el tiempo qu~dtJre iexcleacuteemergi~l1cia $~f1jtartiexcl)

Artiacutemiddot(uI94 Vigencia EJpr~$eflte Deeret0 rigeapartir deacute la techa deacute su publIcaoloacuten

LA MINISTRA GEL tNTERIOR

--------

DECRETO DE Paacutegina 4 de 6458 Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

MARG

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL

VUh 2-~ RODoro ENRIQUE ZEA NAVARRO

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiOacuteN SOCIAL

EL MINISTRO DEL TRABAJO

AacuteNGEL

DECRETO DE Paacutegina 5 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGiacuteA

MARiacuteA FERNANDA SUAacuteREZ LONDONtildeO

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIB

EL MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO

LA MINISTRA DE TECNOLOGiacuteAS DE LA INFORMACiOacuteN Y LAS COMUNICACIONES

~~~ SYLVIA CRISTINA CONSTAiacuteN RENGIFO

DECRETO DE Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

LA MINISTRA DE CIENCIA TECNOLOGfA E INNOVACiOacuteN

M cJ ~el Gl ~ e Q TD(liquestj orfltj MABEL GISELA TORRES TORRES

EL MINISTRO DEL DEPORTE

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DECRETO Paacutegina 2 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

Que seguacuten el Reporte 61 de la Organizacioacuten Mundial de la Salud del 20 de marzo de 2020 a las 2359 horas [disponible en httpswwwwhointdocsdefault-sourcecoronavirusesituationshyreports20200321-sitrep-61-covid-19pdfsfvrsn=f20lf85c 2] con corte a dicha fecha y hora a nivel mundial global habiacutean 266073 casos de contagio confirmados y 11184 personas fallecidas a causa de la pandemia

Que seguacuten el reporte del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social del 21 de marzo de 2020 a las 900 horas con corte a dicha fecha y hora en el territorio nacional se presentaban 196 casos de contagio confirmados

Que los efectos que se derivan de las circunstancias que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica afectan el derecho al miacutenimo vital de los hogares maacutes vulnerables por lo que se requieren adoptar medidas excepcionales con el fin de brindar apoyos econoacutemicos a la poblacioacuten maacutes desprotegida

Que el Decreto 417 de 2020 determinoacute la necesidad de autorizar al Gobierno nacional para realizar la entrega de transferencias monetarias adicionales y extraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas (i) Familias en Accioacuten (ii) Proteccioacuten Social al Adulto Mayor shyColombia Mayor y (iii) Joacutevenes en Accioacuten con el objetivo de mitigar los efectos econoacutemicos y sociales causados a la poblacioacuten maacutes vulnerable del paiacutes por la Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica derivada de la pandemia COVID-19

Que por lo tanto el monto de los recursos adicionales referidos en el considerando anterior corresponderaacute al valor actual de la respectiva transferencia condicionada y seraacute girado por la misma entidad responsable de administrar cada programa social de asistencia a la poblacioacuten vulnerable

Que en el mismo sentido el Decreto 417 de 2020 sentildealoacute la necesidad de implementar la compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA a favor de la poblacioacuten maacutes vulnerable

Que dicha compensacioacuten del IVA se encuentra prevista en el artiacuteculo 21 de la Ley 2010 de 2019 reglamentada mediante el Decreto 419 de 2020 la cual en el marco de la Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica declarada mediante el Decreto 417 de 2020 debe ser modificada con el fin de lograr su implementacioacuten expedita y asiacute mitigar la vulnerabilidad econoacutemica de los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional que se han visto afectados por los efectos de la pandemia COVID-19

Que en atencioacuten a lo anterior y con el fin de acelerar la entrega de la referida compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA resulta necesario que sea el Departamento Nacional de Planeacioacuten -DNP el encargado de expedir la resolucioacuten con el listado de beneficiarios de la compensacioacuten pues dicho Departamento es el responsable de aplicar la metodologiacutea de focalizacioacuten para el referido mecanismo y el encargado de administrar el principal instrumento de focalizacioacuten individual y a nivel de hogar del gasto social denominado Sisbeacuten

Que el Consejo Superior de Poliacutetica Fiscal -CONFIS en su calidad de encargado de dirigir la poliacutetica fiscal y coordinar el sistema presupuestal determinaraacute el monto de la compensacioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Entrega de transferencias monetarias en el marco del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica en todo el territorio nacional Por el teacutermino de duracioacuten del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y Ecoloacutegica declarado por medio del Decreto 417 de

458 DE

Continuacr6ndel DecreJoimiddotlaquoP()[ eacutelcualse adopt~n medidas p~raacute los bogareseacutendOl ldieacute1oacutebde pobr~4a enJOda elterritQriotraeiacutecma-IctentrodeLEstadb dacmergenclaacutel2cbJlOmfea SbCial y

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LA MINISTRA GEL tNTERIOR

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DECRETO DE Paacutegina 4 de 6458 Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

MARG

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL

VUh 2-~ RODoro ENRIQUE ZEA NAVARRO

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiOacuteN SOCIAL

EL MINISTRO DEL TRABAJO

AacuteNGEL

DECRETO DE Paacutegina 5 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGiacuteA

MARiacuteA FERNANDA SUAacuteREZ LONDONtildeO

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIB

EL MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO

LA MINISTRA DE TECNOLOGiacuteAS DE LA INFORMACiOacuteN Y LAS COMUNICACIONES

~~~ SYLVIA CRISTINA CONSTAiacuteN RENGIFO

DECRETO DE Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

LA MINISTRA DE CIENCIA TECNOLOGfA E INNOVACiOacuteN

M cJ ~el Gl ~ e Q TD(liquestj orfltj MABEL GISELA TORRES TORRES

EL MINISTRO DEL DEPORTE

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458 DE

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Artiacuteculo 2 Beneficiarios ymontorJe4 compiiexclif1saqloacuten dei TtjlpuestllsrJbtfJJas ventas shyIVAPareacuteileacutefeCtosQe la iexcllplic~cioacuten qeLartrClJlq ~1 d ~ Ta iexcl~~y20tC)de20hg ydel []~ctelo419 de 2020 dutatiteeJ tlenpJD qUeacutepeacutefsIstan leacuteisMtis~~uerjQl~$eb()ntilde6tri~as aacuteOteacutetsas pata los hqgordfVE~sect Tf1~$ vulnordfrordfQle~ceuroHp~iacuteS G(iexclrOocPr(se~~ePiexclciexclaacuteq~1 Estadb deiexclEtMerg~rjcia Eeiexclonoacutemica SObia Ecoloacutegica detiacutelaacuteratioacute i11iedi~rttert I De6t~iacuteeacuteiexcl) 417 (hl Q~iexclQel Q~pordfrtam~n~9 N~rciom11 de Plan~p~j~n ~ PNP $e~eacutelaeotla~d~i1~iI~radade determihafelli~t~rd(f)middotdeacute Ios hoacutegareSiQ Peacutefsbhas maacutes vulner~~les qUieacutengSSf1~$Illo$i bentildeefiexclGr~JJb~-d~ I~c-PrtlHEPnsacioacuten d~1 implJ-esto s-obre Ja$ ventas -IVAy e Consej6SUperioraePdUtiacuteca PiacuteSCSJ-CoNFlSdeteacutetltrJnar-aacute eacutel monto de dicha compensacion

ArticulQ 3 TtatiexcliexcliexclunHmtc delnformACiexcloacutenesta~dlstlcabull EI Departamento AdminiacutestratiVo Nacional de Estordfdl$tioa (QANE) deber~ sLJministrar lainforma-cioacuten reoolectada erl cefTsosiexclemiddotncuastas y r~gistros admitiisttatiXlos a lasentidadeacuteS deiSsJordfpb resp()nspbleacutes de adcpt~T 19$ medioas pa riexcliexcl el control y la rnitigacioacuteJl oel ooronavirlJs CQVJO~tgl cuatldoestas lo solicItan para efectos de la impJeacutetfientaGioacuteh de fas r1Ieacutedi(ias ppr~el q()ntrol y la mitjgaoioacuteil del coronavlpJsGOVlp-t~ y uacutenklamerite pcdrordf utili4a~rsemiddot paraesefin

paraacutegrafoacute1 La res~ervajeacutegaleacuteCr1leruumlda en el artiacutetlllo5de la Ley 79 de 199~ no le seraacuteapliqab1eacute a uumll$entiexclqamiddotdes qlle$Qticiten iriformaCioacuteTlen 10~Ueacuterf1tuacutenQsdel iexcl-ncisoanletior Sin errrbarb dicha reseNaacute les seacuteraacute trasl~iexclcl~qa lt3middot 135 ~lIacutelid~de$ receptQ~sg~ 1eacute1 infotll1qcioacutensLJministrada por el Oepalttam~hlo Adminiacute~treacutetrvo-N~ci0naTde Eslaacutedfsfiacuteqa (DAN E)

Paraacutegrafo 2 La disposici6h cOntenida en el preacuteseacutetite artfcJtoe-staraacuteVigeacutente a0rante el tiempo qu~dtJre iexcleacuteemergi~l1cia $~f1jtartiexcl)

Artiacutemiddot(uI94 Vigencia EJpr~$eflte Deeret0 rigeapartir deacute la techa deacute su publIcaoloacuten

LA MINISTRA GEL tNTERIOR

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DECRETO DE Paacutegina 4 de 6458 Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

MARG

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL

VUh 2-~ RODoro ENRIQUE ZEA NAVARRO

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiOacuteN SOCIAL

EL MINISTRO DEL TRABAJO

AacuteNGEL

DECRETO DE Paacutegina 5 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGiacuteA

MARiacuteA FERNANDA SUAacuteREZ LONDONtildeO

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIB

EL MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO

LA MINISTRA DE TECNOLOGiacuteAS DE LA INFORMACiOacuteN Y LAS COMUNICACIONES

~~~ SYLVIA CRISTINA CONSTAiacuteN RENGIFO

DECRETO DE Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

LA MINISTRA DE CIENCIA TECNOLOGfA E INNOVACiOacuteN

M cJ ~el Gl ~ e Q TD(liquestj orfltj MABEL GISELA TORRES TORRES

EL MINISTRO DEL DEPORTE

Page 4: 22 MAR 2020 - Presidencia de la República · Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, «Por la cual se declara la emergencia

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DECRETO DE Paacutegina 4 de 6458 Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

MARG

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL

VUh 2-~ RODoro ENRIQUE ZEA NAVARRO

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiOacuteN SOCIAL

EL MINISTRO DEL TRABAJO

AacuteNGEL

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGiacuteA

MARiacuteA FERNANDA SUAacuteREZ LONDONtildeO

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIB

EL MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO

LA MINISTRA DE TECNOLOGiacuteAS DE LA INFORMACiOacuteN Y LAS COMUNICACIONES

~~~ SYLVIA CRISTINA CONSTAiacuteN RENGIFO

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Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

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EL MINISTRO DEL DEPORTE

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGiacuteA

MARiacuteA FERNANDA SUAacuteREZ LONDONtildeO

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIB

EL MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO

LA MINISTRA DE TECNOLOGiacuteAS DE LA INFORMACiOacuteN Y LAS COMUNICACIONES

~~~ SYLVIA CRISTINA CONSTAiacuteN RENGIFO

DECRETO DE Paacutegina 6 de 6

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Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

LA MINISTRA DE CIENCIA TECNOLOGfA E INNOVACiOacuteN

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EL MINISTRO DEL DEPORTE

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DECRETO DE Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se adoptan medidas para los hogares en condicioacuten de pobreza en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Econoacutemica Social y

Ecoloacutegicaraquo

MINISTRA DE TRANSPORTE

~~ AacuteNGELA MARiacuteA OROZ~O GOacuteMEZ

LA MINISTRA DE CULTURA

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EL MINISTRO DEL DEPORTE