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1 Ex ALA Maldonado. Mediante la Resolución Jefatura! 183-2016-ANA, de fecha 11.07.2016, se aprobó la creación y delimitación de los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua comprendidas en el ámbito de la XIII Autoridad AdministraUva del Agua Madre de Dios. 2 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modificación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 023-2014-MINAGRI. "Primera.- Formalizaci n y Regularizaci n de licencias de uso de agua Las personas que al 31 de diciembre de 2014 se encontraban utilizando el agua de manera pública, pacífica y continua, pueden formalizar o regularizar, según corresponda, al obtenci n de su licencia de uso de agua en un único trámite simplificado y de fácil acceso' 3 Según formatos anexos aprobados mediante la Resolución Jefatura! Nº 177-2015-ANA. CUARTO.- Que, en este contexto la Municipalidad Distrital de Marcapata en fecha 29.10.2015 soliciacogerse a la formalización de licencia de uso de agua superficial, adjuntando los siguientes documentos3: solicitud de inicio de trámite (folio 01 ), copia de la credencial del alcalde provincial (folio 03), declaración jurada sobre el uso del agua (folio 04), documentos que acreditan la posesión del predio (fojas 06 al 08), documentos que acreditan el uso público, TERCERO.-Que, en rito a la norma precitada, se emitió el Decreto Supremo Nº 007-2015- MINAGRl2 con el objeto de regular los "Procedimientos de Formalizacin y Regularizaci n de Licencias de Uso de Agua", a quienes utilizan dicho recurso de manera pública, pacífica y continua sin contar con su respectivo derecho de uso de agua. Señalando que se entenderá por Formalización al procedimiento para el otorgamiento de licencias de uso de agua a quienes utilizan el agua de manera pública, pacífica y continua, con una antigüedad mayor a los cinco (05) os computados a partir de la vigencia de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y; por Regularización al procedimiento para el otorgamiento de licencias de uso de agua a quienes al 31.12.2014 se encontraban utilizando el agua de manera blica, pacífica y continua, sin estar comprendidos dentro del supuesto de antigüedad para el caso de formalización. SEGUNDO.- Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI se modificó diferentes artículos del Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, a fin de agilizar los procedimientos administrativos de otorgamiento de licencia de uso de agua para el desarrollo de proyectos de inversión pública y privada, así como para promover la formalización de los usos de agua en el ámbito del territorio nacional. PRIMERO.- Que, según establece el artículo 15° de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funcione la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua. CONSIDERANDO: El Expediente Administrativo Nº 1422-2015-ANA-ALA-M, instruido por la Administración Local del Agua Tahuamanu - Madre de Dios1, presentado por la Municipalidad Distrital de Marcapata , representada por su alcalde el señor Rolando Cayo Bustinza, sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Subterránea con fines energéticos. VISTO: Puerto Maldonado, 2 7 JUt-\ 2017 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. o /53-2017-ANA/AAA -Xlll MDD

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1 Ex ALA Maldonado. Mediante la Resolución Jefatura! Nº 183-2016-ANA, de fecha 11.07.2016, se aprobó la creación y delimitación de los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua comprendidas en el ámbito de la XIII Autoridad AdministraUva del Agua Madre de Dios. 2 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modificación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI. "Primera.- Formalización y Regularización de licencias de uso de agua Las personas que al 31 de diciembre de 2014 se encontraban utilizando el agua de manera pública, pacífica y continua, pueden formalizar o regularizar, según corresponda, al obtención de su licencia de uso de agua en un único trámite simplificado y de fácil acceso' 3 Según formatos anexos aprobados mediante la Resolución Jefatura! Nº 177-2015-ANA.

CUARTO.- Que, en este contexto la Municipalidad Distrital de Marcapata en fecha 29.10.2015 solicitó acogerse a la formalización de licencia de uso de agua superficial, adjuntando los siguientes documentos3: solicitud de inicio de trámite (folio 01 ), copia de la credencial del alcalde provincial (folio 03), declaración jurada sobre el uso del agua (folio 04), documentos que acreditan la posesión del predio (fojas 06 al 08), documentos que acreditan el uso público,

TERCERO.-Que, en mérito a la norma precitada, se emitió el Decreto Supremo Nº 007-2015- MINAGRl2 con el objeto de regular los "Procedimientos de Formalización y Regularización de Licencias de Uso de Agua", a quienes utilizan dicho recurso de manera pública, pacífica y continua sin contar con su respectivo derecho de uso de agua. Señalando que se entenderá por Formalización al procedimiento para el otorgamiento de licencias de uso de agua a quienes utilizan el agua de manera pública, pacífica y continua, con una antigüedad mayor a los cinco (05) años computados a partir de la vigencia de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y; por Regularización al procedimiento para el otorgamiento de licencias de uso de agua a quienes al 31.12.2014 se encontraban utilizando el agua de manera pública, pacífica y continua, sin estar comprendidos dentro del supuesto de antigüedad para el caso de formalización.

SEGUNDO.- Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI se modificó diferentes artículos del Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, a fin de agilizar los procedimientos administrativos de otorgamiento de licencia de uso de agua para el desarrollo de proyectos de inversión pública y privada, así como para promover la formalización de los usos de agua en el ámbito del territorio nacional.

PRIMERO.- Que, según establece el artículo 15° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funcione la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua.

CONSIDERANDO:

El Expediente Administrativo Nº 1422-2015-ANA-ALA-M, instruido por la Administración Local del Agua Tahuamanu - Madre de Dios1, presentado por la Municipalidad Distrital de Marcapata, representada por su alcalde el señor Rolando Cayo Bustinza, sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Subterránea con fines energéticos.

VISTO:

Puerto Maldonado, 2 7 JUt-\ 2017

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro.o/53-2017-ANA/AAA-Xlll MDD

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4 Conformado por dos (02) representantes de la Autoridad Nacional del Agua y un (01) representante del Ministerio de Agricultura y Riego, según la Resolución Jefatura! Nº 054-2016-ANA, designado para emitir opinión respecto de las solicitudes de acogimiento (formalización o regularización), que fueron observados o excedieron en el plazo para su evaluación por parte de la administración local del agua, asi como a las oposiciones presentadas por terceras personas.

UBICACIÓN DEL PUNTO DE CAPTACIÓN FUENTE DE AGUA

POLÍTICA HIDROGRÁFICA GEOGRÁFICA

Unidad UTM Oatum WGS 84..Z19 L Clase Tipo Nombre Opto. Prov. Distrito Localidad Cuenca Hidrográfica Este (m) Norte(m)

Superficial Quebrada Puyca Cusco Quispicanchi Marca pata Marcapata Madre de 46648 287 017 8 497 344 Dios

b) Ubicación del punto de devolución.

UBICACIÓN DEL PUNTO DE CAPTACIÓN FUENTE DE AGUA

POLÍTICA HIDROGRÁFICA GEOGRÁFICA

Unidad UTM Datum WGS 84-Z19 L Clase Tipo Nombre Opto. Prov. Distrito Localidad Cuenca Hidrográfica Este(m) Norte(m)

Superficial Quebrada Puyca Cu seo Ouispicanchi Marcapata Marcapata Madre de 46648 286 703 8 497 254 Dios

a) Ubicación del punto de captación.

ARTÍCULO 1°.- OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines energéticos en vía de formalización, a favor de la Municipalidad Distrital de Marcapata, para aprovechar un volumen anual de hasta 12 614 400 m3/año, de acuerdo a los siguientes detalles:

RESUELVE:

DÉCIMO.- Que, con el visto de la Subdirección de la Unidad de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo establecido en el literal "e" del artículo 38º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; esta Autoridad Administrativa del Agua XI 11 Madre de Dios.

NOVENO.- Que, en consecuencia, de la revisión de los actuados del expediente administrativo, así como de la información técnica sobre formalización de la licencia de uso de agua, se colige que el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, cumpliendo con los parámetros y requisitos técnicos legales, por lo que, resulta procedente otorgar la licencia de uso de agua en el marco de la vigencia del Decreto Supremo 007-2015- MINAGRI.

OCTAVO.- Que, mediante el Informe Técnico Nº 0099-2017-ANA-AAA.Xlll.MDD-ALA- TMDD/WJTS, la Administración Local del Agua Tahuamanu - Madre de Dios concluyó que la oferta hídrica en el punto de captación de la fuente de agua es de 81 614 236 m3/año existiendo disponibilidad hídrica suficiente para aprovechar un volumen anual de hasta 12 614 400 m3/año, con un caudal de explotación de 400 Lis para la generación de 300 KW de energía, recomendando otorgar la licencia de uso de agua superficial con fines energéticos.

SEPTIMO.- Que, mediante el acta de verificación técnica de campo de fecha 15.05.2017 respecto de la fuente de agua a utilizar, se verificó un (01) punto de captación (quebrada) y un (01) punto de devolución, precisándose la ubicación de las mismas mediante coordenadas UTM.

SEXTO.- Que, de la revisión del expediente se advierte que se ha cumplido con efectuar las publicaciones respectivas en el modo y la forma prevista por el Decreto Supremo Nº 007- 2015-MINAGRI conforme persuade de las constancias obrantes a fojas 65 al 68.

QUINTO.-Que, mediante el Informe de Opinión Nº 013-2017-ANA-AAA.Xlll-MDD/EE, el Equipo de Evaluación4 en mérito a la evaluación efectuada al presente procedimiento, emitió opinión favorable a la solicitud presentada por la administrada, recomendando la prosecución del trámite correspondiente por parte de la Administración Local del Agua Tahuamanu - Madre de Dios.

pacífico y continuo del agua (fojas 11 al 35), compromiso de inscripción en el registro de fuentes de agua de consumo humano (folio 1 O), memoria descriptiva para agua superficial (fojas 38 al 54) asimismo persuade del expediente la copia del pago por verificación técnica de campo (folio 70).

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SDUAJ/eahv

ARTICULO 3º.- ENCARGAR a la Unidad de Trámite Documentario remita una copia de la presente resolución a la Oficina de Valor Económico del Agua de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la ANA para la emisión del respectivo recibo de retribución económica por el uso de agua, a la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos de este órgano desconcentrado y a la Administración Local del Agua Tahuamanu - Madre de Dios, así como notificar a la Municipalidad Distrital de Marcapata en su domicilio legal, ubicado en la Plaza de Armas S/N del distrito de Marcapata, provincia de Quispicanchi, departamento de Madre de Dios.

ARTÍCULO 2°.- INSCRIBIR el derecho de uso de agua en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

QUEBRADA ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC TOTAL PUYCA

Caudal (Us) 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

Volumen 1 071 360 967680 1 071360 1036800 1071360 1 036800 1 071 360 1 071 360 1036800 1 071 360 1036800 1 071360 12 614 400 {m3)

e) Volúmenes mensuales de aprovechamiento.

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