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“Democracia y presupuesto participativo en México: Reflexiones desde el régimen jurídico comparado” Dr. Miguel Moreno Plata UACM

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“Democracia y presupuesto participativo en México: Reflexiones desde el régimen

jurídico comparado”

Dr. Miguel Moreno Plata

UACM

Marco constitucional de la participación ciudadana (Art. 35 y 71).

Marco legal federal de la iniciativa ciudadana

Ley Federal de Consulta Popular

Solicitud de consulta popular

Convocatoria(Congreso de

la Unión)

Organización de la consulta

popular(INE)

La jornada de consulta

popular(INE)

Cómputo de resultados

(INE)

Efectos de la consulta

Panorama legislativo de la p.c.

24 entidades federativas tienen una legislación específica en materia de participación ciudadana

3 entidades federativas (Chiapas, Chihuahua y Jalisco) contemplan algunos instrumentos de participación ciudadana en las respectivas leyes electorales

De los cinco estados que no cuentan con alguna legislación en esta materia, tanto la constitución del Estado de Puebla como la del Estado de México, contemplan algunas figuras de democracia participativa.

Panorama del presupuesto participativo en las entidades federativas

El presupuesto participativo en el Estado de Sonora

La Ley de Participación Ciudadana del Estado de Sonora (LPCES) establece expresamente la figura del presupuesto participativo como un instrumento de participación ciudadana, lo que establece una diferencia fundamental con el régimen jurídico del presupuesto participativo en el Distrito Federal.

Objetivos del presupuesto participativo en Sonora

a) Propiciar una distribución democrática de los recursos públicos estatales y municipales, mediante un mecanismo público, objetivo, transparente y auditable, que contribuya a la solución de los problemas comunitarios prioritarios;b) La ejecución de obras prioritarias para la recuperación del espacio público; el mejoramiento y rehabilitación de calles; la rehabilitación o creación de áreas verdes; el mejoramiento o construcción de infraestructura cultural, deportiva y recreativa; así como acciones de desarrollo sustentable, fortalecimiento de la seguridad pública y la cultura;

Objetivos del presupuesto participativo en…

c) Generar un proceso de democracia directa, voluntaria y universal, que contribuya a fortalecer espacios comunitarios de reflexión, análisis, revisión y solución a los problemas prioritarios, construyendo una ciudadanía consciente y participativa;

d) Establecer un vínculo corresponsable entre el gobierno y los gobernados que permita generar procesos ciudadanos de análisis, programación, vigilancia y control de los recursos públicos

Etapas del presupuesto participativo en Sonora

Emisión de la convocatoria

(Gobierno estatal/municipal)

Inscripción de los interesados (personas o

instituciones)

Presentación de propuestas

(foro de consulta)

Evaluación de propuestas (comisión

interinstitucional)

Integración del documento de presupuesto

participativo, el cual será turnado al

gobernador a los ayuntamientos

Presupuesto de egresos

El presupuesto participativo en el D.F.

Una particularidad notable del régimen jurídico del presupuesto participativo en el Distrito Federal es su vinculación a la asamblea ciudadana, como instrumento de participación en los términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (LPCDF). Esto significa que el presupuesto participativo es una modalidad específica de consulta ciudadana, cuya particularidad es su orientación al ámbito de las finanzas públicas, particularmente en la asignación del gasto público.

Naturaleza jurídica del presupuesto participativo

Características centrales del presupuesto participativo en el D.F.

a) Los recursos asignados vía presupuesto participativo corresponde al 3% del presupuesto anual de cada una de las 16 Delegaciones del Distrito Federal. b) El monto total del presupuesto participativo se divide de manera igualitaria entre las colonias y pueblos originarios de cada una de las Delegaciones.c) Los recursos del presupuesto participativo se aplicarán en los rubros específicos del ejercicio fiscal inmediato, de conformidad con los resultados de la consulta ciudadana.d) Los resultados de la consulta tienen carácter obligatorio para la administración pública del D.F. y las Delegaciones (LPCDF, 2004: Artículo 83).

El presupuesto participativo en el D.F.

Expedición de la convocatoria

(IEDF)

Presentación de propuestas

(Formulación, recepción de

proyectos, opinión sobre la viabilidad,

preselección de proyectos

Foros informativos

(Comités Ciudadanos, Consejos de los Pueblos

desarrollo de la consulta

(Recepción de opiniones sobre los

proyectos en pueblos y colonias)

validación de resultados

(Direcciones Distritales del IEDF )

Entrega de resultados a

Asamblea Legislativa, jefe de Gobierno y

Jefes Delegacionales

Reflexiones finales

En el ámbito nacional, el proceso de construcción del marco normativo de la participación ciudadana está a la zaga del desarrollo normativo en el ámbito de las entidades federativas, con una diferencia temporal de un poco más de una década.

A nivel de la legislación sub-nacional, se observa una tendencia clara en el predominio de instrumentos de participación ciudadana en la toma de las decisiones políticas fundamentales en el ámbito de los poderes públicos, en detrimento de los mecanismos de participación ciudadana en el proceso de las políticas públicas como sería el presupuesto participativo.

Reflexiones finales El desarrollo normativo del presupuesto participativo en las

entidades federativas del país es bastante incipiente, tal como lo sugiere la evidencia legislativa analizada. De esta manera, los casos de Sonora y el Distrito Federal permiten establecer dos tendencias normativas con matices diferenciados. En el primer caso, el alcance del presupuesto participativo es de naturaleza más global al vincularse con los procesos de planeación y de programación tanto en el ámbito estatal como municipal; con notables insuficiencias en el ámbito de implementación de las políticas. En cambio, en el caso del Distrito Federal, el presupuesto participativo tiene un ámbito acotado a las administraciones públicas de las Delegaciones, pero cuenta con un mejor desarrollo de las bases normativas para la implementación más exitosa de las políticas públicas vinculadas con el presupuesto participativo.