2 compraventa de inmueble

2

Click here to load reader

Upload: zaulo

Post on 12-Jul-2015

296 views

Category:

Education


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: 2  compraventa de inmueble

NUMERO DOS. LIBRO PRIMERO. COMPRAVENTA DE INMUEBLE .En la ciudad de

San Salvador a las diez horas del día veinte del mes de agosto de año dos mil doce. ANTE MI,

JUAN ANTONIO MIRANDA MORALES, Notario del domicilio de San Salvador. Comparece

el señor: ELIAS GUIROLA HENRIQUEZ, de treinta y cinco años de edad, Estudiante, del

domicilio de Guazapa, Departamento de San Salvador, a quien hoy conozco y en este mismo acto

identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero tres millones setecientos

noventa mil setecientos treinta y cuatro guion ocho, con el número de identificación tributaria

cero doscientos tres guion ciento once mil doscientos ochenta y seis guion ciento dos guion cinco;

ME DICE: I).- Que según inscripción bajo el numero de matricula SEIS MILLONES TRECE

MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la primera sección del centro de este domicilio de

este departamento, es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rustico,

desmembrado de otro, mayor de la misma naturaleza, situado en el cantón San Luis de la

jurisdicción de Ciudad Delgado de este departamento, de una superficie de DOSCIENTOS

TRECE PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, qué mide y linda : AL

NORTE, siete metros con cuarenta centímetros, linda con resto del inmueble general del cual se

desmembró la porción que se describe, estando por medio un pasaje de acceso de cinco metros de

ancho abierto sobre el mismo inmueble general; AL ORIENTE, de veintitrés metros, veintidós

centímetros, linda con inmueble propiedad de TEODORO RODRIGUEZ, AL SUR, once

metros linda con porción de terreno de JUAN ANTONIO CORTEZ, estando de por medio un

pasaje de acceso de cinco metros de ancho; y AL PONIENTE, veintitrés metros dieciocho

centímetros linda con la porción de terreno de JESÚS ELÍAS MEDRANO. La porción

anteriormente descrita no contiene construcciones, accesorias, ni cultivos de ninguna naturaleza;

II).- Que libre de todo gravamen y por el precio de CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES

DOS

Page 2: 2  compraventa de inmueble

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que recibe en este acto a su entera satisfacción por

parte de la señorita JOSEFA CAROLINA ROMERO, le vende el inmueble antes relacionado y

en consecuencia por medio de este instrumento le hace la entrega y tradición del dominio,

posesión uso y goce y demás derechos reales que sobre el inmueble vendido le corresponden,

entregándolo materialmente, obligándose al saneamiento de ley; III).- presente desde el inicio de

este acto la señorita JOSEFA CAROLINA ROMERO, de veinticinco años de edad, Estudiante

del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, a quien hoy conozco y además

identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero nueve cuatro cero

cero cinco tres guion dos, con número de Identificación Tributaria uno dos uno siete guion cero

uno cero cinco ocho cero guion uno cero seis guion seis ; Y ME DICE: Que acepta la venta y

tradición que se le hace al inmueble antes relacionado y se da por recibido del dominio, posesión,

uso, goce y demás derechos que sobre el mismo les transfieren y recibe materialmente en este

acto. Los otorgantes manifiestan que no son parientes entre si, que el inmueble antes descrito no

está arrendado y que estarlo produciría una renta anual de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL SUSCRITO NOTARIO HACE

CONSTAR: Que antes de iniciar la presente escritura advertí a los otorgantes que la presente

escritura de compraventa no causa impuesto sobre la trasferencia de bienes y raíces por ser su

precio menor a la base imponible. el vendedor bajo juramento dice: Que sus propiedades rusticas

no exceden el límite de reserva establecido por la constitución; Que antes del otorgamiento de este

instrumento, advertí a los otorgantes lo establecido en el articulo treinta y nueve de la ley de

Notariado. Así se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de este

instrumento y leído que les fue por mi todo lo escrito íntegramente en un solo acto sin

interrupción ratifican su contenido y firmamos- DOY FE.