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COMISION 14 t NACIONAL DE EN ERG IA SOMOS W QJI CREEMOS REPUBLICA DOMINICANA ANO DEL DESARROLLO AGROFORESTAL" RESOLUCION CNE- AD- 0006- 2017 AUTORIZACION DE EMPRESA PARA REALIZARANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO, Y MODIFICACION DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA NO. CNE- CP- 0009- 2015. La COMISION NACIONAL DE ENERGIA ( CNE), Institution Autonoma del Estado Dominicano con personalidad juridica de derecho publico, creada mediante la Ley General de Electricidad No. 125- 01, de fecha 26 de julio del 2001, modificada por la Ley No. 186- 07, de fecha 06 de agosto del 2007, y demas modificaciones. DICTA LA SIGUIENTE RESOLUCION: CONSIDERANDO: Que la Comision Nacional de Energia ( CNE) es el Organismo Autonomo del Estado Dominicano encargado de elaborar y coordinar proyectos de normativa legal y reglamentaria, proponer y adoptar potiticas y normas, elaborar planes indicativos para el buen funcionamiento y desarrolto del sector energia, y proponerlos al Poder Ejecutivo, como potiticas publicas del Estado Dominicano en el Sector Energia; con la responsabilidad de dar seguimiento at fiel cumplimiento de la Ley No. 57- 07 sobre Incentivo at Desarrollo de Fuentes Renovables de Energia y sus Regimenes Especiales, de fecha 07 de mayo del 2007, y sus modificaciones, y Reglamento para su Apticacion, dictado mediante Decreto No. 202- 08 de fecha 30 deoN4I. L mayo del 2008, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que en cuanto a los efectos de la competencia, corresponcII a II,. rt-.;;. CNE, todas las actividades de estudio, exploration, construccion, exportacion, E production, transmision, almacenamiento, distribution, imporfiaciorr;° C' b'' Eiecuwa . a comercializacion, y cualesquiera otras que conciernan a la electricidad, carbon; gat, 54 ) y sus derivados, energia hidraulica, nuclear, geotermica; asimismo, la energia conventional renovable, como la hidroelectrica, la eolica, solar, biodieset, biomasa, y marina, y otras fuentes primarias. CONSIDERANDO: Que mediante Resolution No. CNE- CP- 0009- 2015 de fecha 11 de diciembre del 2015 dictada por esta CNE, fue otorgada una Concesion Provisional a favor de la Empresa Concesionaria PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., para efectuar las prospecciones, analisis y los estudios, relativos a la construccion y explotacion de un 1) proyecto de generation de electricidad, a partir de fuentes primarias de energia solar fotovoltaica, con una capacidad instalada de hasta VEINTICINCO MEGAVATIOS 25MW), a ubicarse en la Seccion Hatillo, Municipio y Provincia Azua, Republica Dominicana.

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COMISION

14 t NACIONAL DE

EN ERG IASOMOS W QJI CREEMOS

REPUBLICA DOMINICANA

ANO DEL DESARROLLO AGROFORESTAL"

RESOLUCION CNE-AD- 0006- 2017

AUTORIZACION DE EMPRESA PARA REALIZARANALISIS Y ESTUDIOS

DE RECURSO ENERGETICO, Y MODIFICACION DE LA RESOLUCIONADMINISTRATIVA NO. CNE- CP- 0009- 2015.

La COMISION NACIONAL DE ENERGIA ( CNE), Institution Autonoma del Estado

Dominicano con personalidad juridica de derecho publico, creada mediante la LeyGeneral de Electricidad No. 125- 01, de fecha 26 de julio del 2001, modificada por la

Ley No. 186- 07, de fecha 06 de agosto del 2007, y demas modificaciones.

DICTA LA SIGUIENTE RESOLUCION:

CONSIDERANDO: Que la Comision Nacional de Energia ( CNE) es el Organismo

Autonomo del Estado Dominicano encargado de elaborar y coordinar proyectos denormativa legal y reglamentaria, proponer y adoptar potiticas y normas, elaborarplanes indicativos para el buen funcionamiento y desarrolto del sector energia, y

proponerlos al Poder Ejecutivo, como potiticas publicas del Estado Dominicano en elSector Energia; con la responsabilidad de dar seguimiento at fiel cumplimiento de la

Ley No. 57- 07 sobre Incentivo at Desarrollo de Fuentes Renovables de Energia y susRegimenes Especiales, de fecha 07 de mayo del 2007, y sus modificaciones, y

Reglamento para su Apticacion, dictado mediante Decreto No. 202- 08 de fecha 30 deoN4I. L

mayo del 2008, y sus modificaciones.

CONSIDERANDO: Que en cuanto a los efectos de la competencia, corresponcII a II,.rt-.;;.CNE, todas las actividades de estudio, exploration, construccion, exportacion, E

production, transmision, almacenamiento, distribution, imporfiaciorr;°C' b'' Eiecuwa . acomercializacion, y cualesquiera otras que conciernan a la electricidad, carbon; gat,54 )y sus derivados, energia hidraulica, nuclear, geotermica; asimismo, la energia

conventional renovable, como la hidroelectrica, la eolica, solar, biodieset, biomasa,

y marina, y otras fuentes primarias.

CONSIDERANDO: Que mediante Resolution No. CNE- CP- 0009-2015 de fecha 11 de

diciembre del 2015 dictada por esta CNE, fue otorgada una Concesion Provisional afavor de la Empresa Concesionaria PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., para efectuar las

prospecciones, analisis y los estudios, relativos a la construccion y explotacion de un1) proyecto de generation de electricidad, a partir de fuentes primarias de energia

solar fotovoltaica, con una capacidad instalada de hasta VEINTICINCO MEGAVATIOS25MW), a ubicarse en la Seccion Hatillo, Municipio y Provincia Azua, Republica

Dominicana.

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

CONSIDERANDO: La precedentemente citada Resolucion, expresa textualmente en suArticulo 1 ro., a continuacion: ( anexo como parte integral de la Resolucion CNE- AD-0009- 2015)

PRIMERO: OTORGAR a la Empresa Peticionaria PARQUE EOLICOBEATA, S. R. L., una Concesion Provisional para la realizacion de

las prospecciones, analisis y los estudios relativos a un proyectode generacion de electricidad a partir de fuentes primariasrenovables de energia solar fotovoltaica, con una capacidad

instalada de hasta VENTICINCO MEGAVATIOS ( 25MW), en el

proyecto denominado " Parque Solar Bayahonda (BAYASOL)", a

ubicarse en la seccion Hatillo, Municipio y Provincia Azua,Republica Dominicana, teniendo como coordenadas geograficas

UTM) del cuadrante integrado por los vertices siguientes":

No. Coordenadas Coordenadas

X Y

1 335126. 24 2035363. 61

2 335195. 94 2035338. 97

3 335395. 25 2035295. 19

4 335550. 43 2035245. 66

5 335704. 51 2035192. 61

6 335831. 56 2035149. 23 1 .

s '4

4,\\7 335910. 79 2035120. 896

8 336141. 15 2035007. 55

9 336262. 88 2034971. 03

10 336282. 44 2034953. 08oireccion Eocutiva ?

11 336356. 67 2034927.47r/

12 336542. 19 2034864. 26 y` tv

13 336340. 02 2034744. 53

14 336159. 91 2034637. 87

15 336090. 23 2034688. 99

16 336062. 18 2034699. 62

17 336007. 89 2034742. 27

18 335957. 81 2034762. 13

19 335798. 61 2034791. 87

20 335761. 28 2034805. 71

21 335741. 01 2034809. 05

22 335675. 28 2034829. 34

23 335615. 70 2034885. 98

24 335595. 57 2034896. 28

25 335534. 17 2034906. 89

26 335292. 91 2034936. 08

27 335255. 09 2034738. 21

28 335261. 67 2034597.45

RESOLUCION CNE- AD- 0006- 2017 Pagina 2 de 8

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

29 335213. 35 2034566. 71

30 335121. 87 2034556. 91

31 335087. 93 2034522. 34

32 335002. 24 2034488. 82

33 334917.25 2034526. 41

34 334842. 79 2034505. 67

35 334713. 75 2034499. 78

36 334682. 90 2034544. 64

37 334692. 53 2034580. 72

38 334741. 71 2034720. 86

39 334773. 76 2034768. 82

40 334776. 26 2034785. 06

41 334792. 90 2034846. 60

42 334813. 84 2034921. 41

43 334842. 23 2035003. 39

44 334854. 30 2035037. 21

45 334880. 21 2035103. 32

46 334918. 28 2035216. 30

47 335038. 93 2035168. 64

CONSIDERANDO: Que el Acta del Directorio No. DIR- CNE- 2015- 004, celebrado en

fecha 06 de agosto de 2015, segun Tercera Resolution de la misma, se aprobo paradicho proyecto una capacidad de hasta CINCUENTA MEGAVATIOS ( 50MW).

CONSIDERANDO: Que la Comision Nacional de Energia ( CNE), reconoce la existeRcia,, zde un error material en cuanto a la confection o transcription de la Resoluc,, n OJ A

CNE- CP- 0009- 2015, de fecha 11 de diciembre del 2015, en cuanto a la capat:id • e,

potencia a ser instalada, la cual resuelve otorgando la instalacion de VEIN: ICLMEGAVATIOS ( 25MW) en Lugar de CINCUENTA MEGAVATIOS x( 50 W: j-, 4 i+_

t1

CONSIDERANDO: Que las facultades de los organos de la administration publica estaCl'EPcutWa '

regladas, cuando una norma juridica predetermina en forma concreta Lo que un 3?.Y 'organo debe hater ante un caso concreto, en razon del cual, se impone la situation - .,--juridica dispuesta por la normativa aplicable en relation a un hecho especifico,reconociendo que la actividad administrativa debe ser eficaz en la realization delinteres publico, determinada por una regla de derecho y las circunstancias facticas,que deben dar Lugar a una actuation del Estado Dominicano.

CONSIDERANDO: Que el Parrafo I, Articulo 46 de la Ley No. 107- 13, sobre los Derechosde las Personas en sus Relaciones con la Administration y de Procedimiento.Administrativo; determina textualmente to siguiente:Parrafo I. Tambien podran rectificar en cualquier momento los errores materiales,

de hecho o aritmeticos existentes en los actor, de oficio o a instancia de los

interesados, dejando constancia escrita de las rectificaciones efectuadas. "

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con la doctrina juridica administrativa, se

clasifica dentro de la modificacion de actos validos, a los que incurran en errores

materiales en su confeccion o transcripcion, configurandose la denominada

correccion material del acto".

CONSIDERANDO: Que la modificacion de actos validos en su rectificacion o correccion

material, se produce cuando un acto administrativo valido en cuanto a las formas,al procedimiento, y la competencia, contiene errores materiales de escritura o

transcripcion, expresion, numericos, y demas; no constituyendose extincion, ni

modificacion sustancial del acto, pues la correccion supone que el contenido

sustantivo del acto es el mismo, y que solo se procura subsanar un error material ensu emision, instrumentacion o publicidad.

CONSIDERANDO: Que la denominada " correccion material del acto", surte efectos

retroactivos, y se considerara at acto corregido o rectificado desde su origen, quesolo puede ser dispuesta por el mismo organo que ha dictado el acto, toda vez, quees el que puede determinar que se modifica lo relativo a un error material o detranscripcion, y no una decision equivocada en cuanto a su otorgamiento.

CONSIDERANDO: Que por los motivos y razones expuestas, la CNE estima procedentepor medio del presente acto, modificar el numeral primero de la parte dispositiva dela Resolucion No. CNE- CP- 0009- 2015 de fecha 11 de diciembre del 2015, en lo relativoa la capacidad instalada, para que en lo adelante se lea en relacion al otorgamientoa la Empresa Peticionaria PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., de una Concesion

Provisional para un proyecto de generacion de electricidad a partir de fuentes,,--,,...„„,primarias renovables de energia solar fotovoltaica, una capacidad instalada de hasica,c10N1t

k

CINCUENTA MEGAVATIOS ( 50MW), conforme se establece en el parte dispositiv deM m,

6,\,:t$ ;.

la presente resolucion. h4: ;

CONSIDERANDO: Que en fecha 16 de febrero del 2017, la Empresa Conces1oinay =F ' ;

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., sometio por ante la CNE una Solicitud para (a" ' r 'velAutorizacion a la Empresa SOVENTIX CARIBBEAN, S. R. L., para la realizacion de los )` ns,-.. 'analisis y estudios de recurso energetico solar fotovoltaico, del proyecto

concesionado provisionalmente.

CONSIDERANDO: Que para dar cumplimiento a las disposiciones legates y

reglamentarias que ripen las fuentes primarias renovables de energia, en to relativoal estudio tecnico del recurso solar, la CNE procedio a evaluar la referida solicitudpara su eventual aprobacion o rechazo.

CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de febrero del 2017, la Direccion de Fuentes

Alternas y Uso Racional de la Energia ( FAURE) de la CNE, emite el Reporte Tecnicomediante el cual concluye que:

la empresa SOVENTIX CARIBBEAN, S. R. L., tiene experiencia en la realizacion de

proyectos solares fotovoltaicos en paises de America, Europa y Africa, y cuenta conprofesionales con experiencia tecnica en el area, se entiende que esta en capacidadpara llevar a cabo esta campana de estudios, por to que se hace la recomendacion

Favorable" para que la misma sea autorizada a realizar los analisis y estudios del

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y [ STUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

recurso energetico del " Proyecto Solar Bayahonda ( BAYASOL)" de la empresa

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L. "

CONSIDERANDO: Que el Articulo 31, del Reglamento para la Aplicacion de la Ley No.57- 07 de Incentivo al Desarrollo de las Energias Renovables y Regimenes Especiales,plantea a los efectos de la planificacion energetica de las energias renovables, laCNE notificara a la SIE de las resoluciones de las Concesiones Provisionales otorgadas,las potencias solicitadas, emplazamientos y empresa o particulares solicitantes.

CONSIDERANDO: Que el Articulo 33, del Reglamento para la Aplicacion de la Ley No.57- 07 de Incentivo al Desarrollo de las Energias Renovables y Regimenes Especiales,consigna que en ningun caso, la obtencion de una concesion provisional supone parael solicitante, ningun derecho de explotacion u operacion de obras, ni conlleva elreconocimiento en el Regimen Especial o compromiso alguno a cargo del EstadoDominicano de suscribir Contrato de Concesion Definitiva alguna con la peticionaria.

CONSIDERANDO: Que el Articulo 40, Numeral 8, Literal i), Numeral 5 del Reglamento

para la Aplicacion de la Ley No. 57- 07 de Incentivo a las Energias Renovables yRegimenes Especiales, y sus modificaciones, el cual dispone textualmente: " 5. El

estudio tecnico del recurso solar debera ser elaborado por una compania,

previamente autorizada a tal fin por la CNE. "

CONSIDERANDO: Que la Parte In Fine del Articulo 40, Numeral 9, Literal A), Inciso

iii), de la Ley No. 57- 07 de Incentivo a las Energias Renovables y RegimenesEspeciales, y sus modificaciones; dispone textualmente: " iii. En caso que la potencia

de la instalacion iguale o supere los 100 kW el estudio de produccion debera serelaborado por una compania previamente autorizada por la CNE."

0' .,A7 .\

CONSIDERANDO: Que es atribucion del Director Ejecutivo de la Comision NacjOnal.s , `_6

Energia ( CNE), ejercer las demas facultades que sean necesarias para (0 b *,marcha y desarrollo del sector, en virtud de to establecido por el el Li:teral0- "6 qArticulo 14 de la Ley General de Electricidad No. 125- 01, y sus modificaciQriegoecc

d,, 13cutivy '° 1

CONSIDERANDO: Que se un to dis uesto por el Literal h) Articulo 20 de 1a-,17%/ r vs: . /General de Electricidad No. 125- 01, y sus corresponde al DirectoeL-- -

Ejecutivo de CNE, sin perjuicio de otras funciones y delegaciones: " h) En general,

dictar las resoluciones y ejercer las demos facultades que sean necesarias para labuena marcha de los asuntos de su competencia.".

CONSIDERANDO: Que las acciones que deba ejecutar el Director Ejecutivo encumplimiento de las disposiciones que sean adoptadas por el Directorio por la CNE,se materializaran a traves de resoluciones, las cuales seran remitidas a los

interesados y a los organismos pOblicos que guarden relacion con el asunto de que setrata; de conformidad con las disposiciones establecidas por el Articulo 24 delReglamento para la Aplicacion de la Ley General de Electricidad, y sus

modificaciones.

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

CONSIDERANDO: Que en adicion a las atribuciones del Director Ejecutivo de la CNE,

tiene que cumplir con las demas funciones que las Leyes y el Poder Ejecutivo leencomienden, concerniente a la buena marcha y desarrollo del sector energia.

VISTOS: La Ley General de Electricidad No. 125- 01, de fecha 26 de julio del 2001,

modificada por la Ley No. 186- 07, de fecha 06 de agosto del 2007, y el Reglamentopara su Aplicacion, dictado mediante Decreto No. 555- 02, de fecha 19 de julio del

2002, y sus modificaciones; la Ley No. 57- 07 de Incentivo a las Energias Renovablesy Regimenes Especiales, de fecha 07 de mayo del 2007, y sus modificaciones; y elReglamento para su Aplicacion, contenido en el Decreto No. 202- 08, de fecha 27 de

mayo del 2008, y sus modificaciones.

VISTAS: La Resolucion No. CNE- CP- 0009- 2015 de fecha 11 de diciembre del 2015; laSolicitud para la Autorizacion, presentada por la Empresa Concesionaria PARQUE

EOLICO BEATA, S. R. L., de fecha 16 de febrero del 2017; el Reporte Tecnico, emitido

por la Direccion de Fuentes Alternas y Uso Racional de Energia ( FAURE), de fecha 23

de febrero del 2017.

La Comision Nacionat de Energia ( CNE) por organo del Director Ejecutivo, en plena

ejercicio de sus facultades legates y reglamentarias.

RESUELVE

PRIMERO: MODIFICAR como al efecto se modifica, el numeral Primero de la

Resolucion No. CNE- CP- 0009- 2015 de fecha 11 de diciembre del 2015, en to relat vaa la capacidad instalada, para que en to adelante se lea de to manera si uie

r1-"-zoP q g

PRIMERO: OTORGAR a la Empresa Peticionaria PARQUE EOLICn,r .

BEATA, S. R. L., una Concesion Provisional para la realization del ` 9 kprospecciones, analisis y los estudios relativos a un proyecto de`' Direcra z

c

generacion de electricidad a partir de fuentes primarias'.,;,, c4nYaa

renovables de energia solar fotovoltaica, con una capacidad :, ',, Rey

instalada de hasta CINCUENTA MEGAVATIOS ( 50MW), en el

proyecto denominado " Parque Solar Bayahonda ( BAYASOL)", a

ubicarse en la seccion Hatillo, Municipio y Provincia Azua,Republica Dominicana, teniendo como coordenadas geograficas

UTM) del cuadrante integrado por los vertices siguientes:

No. Coordenadas Coordenadas

X Y

1 335126. 24 2035363. 61

2 335195. 94 2035338. 97

3 335395. 25 2035295. 19

4 335550. 43 2035245. 66

5 335704. 51 2035192. 61

6 335831. 56 2035149.23

7 335910. 79 2035120. 89

8 336141. 15 2035007. 55

RESOLUCION CNE- AD- 0006- 2017 Pagina 6 de 8

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AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETIC° -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

9 336262. 88 2034971. 03

10 336282. 44 2034953. 08

11 336356. 67 2034927.47

12 336542. 19 2034864. 26

13 336340. 02 2034744. 53

14 336159. 91 2034637.87

15 336090.23 2034688. 99

16 336062. 18 2034699. 62

17 336007. 89 2034742. 27

18 335957. 81 2034762. 13

19 335798. 61 2034791. 87

20 335761. 28 2034805. 71

21 335741. 01 2034809.05

22 335675. 28 2034829. 34

23 335615. 70 2034885. 98

24 335595. 57 2034896. 28

25 335534. 17 2034906. 89

26 335292. 91 2034936. 08

27 335255. 09 2034738. 21

28 335261. 67 2034597.45

29 335213. 35 2034566. 71

30 335121. 87 2034556. 91

31 335087. 93 2034522. 34

32 335002. 24 2034488. 82

33 334917.25 2034526. 41 r'"-1°11, c34 334842. 79 2034505. 67 S35 334713. 75 2034499. 78

36 334682. 90 2034544. 64 1 ° f x37 334692. 53 2034580. 72 ve%

hF38 334741. 71 2034720. 86 a

39 334773. 76 2034768. 82

40 334776. 26 2034785. 06

41 334792. 90 2034846. 60

42 334813. 84 2034921. 41

43 334842. 23 2035003. 39

44 334854. 30 2035037.21

45 334880. 21 2035103. 32

46 334918. 28 2035216. 30

47 335038. 93 2035168. 64

SEGUNDO: RATIFICAR como al efecto se ratifica, en sus demas partes y condiciones,la Resolucion No. CNE- CP- 0009- 2015 de fecha 11 de diciembre del 2015, en atenciona los medio razones expuestas precedentemente, y se considerara al acto corregidoo rectificado desde su origen.

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Page 8: 14 t - CNE · RESOLUCION CNE-AD-0006-2017 AUTORIZACION DE EMPRESA PARA REALIZARANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO, Y MODIFICACION DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA NO. CNE-CP-0009-2015

AUTORIZACION DE EMPRESA / ANALISIS Y ESTUDIOS DE RECURSO ENERGETICO -

PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

TERCERO: AUTORIZAR a la empresa SOVENTIX CARIBBEAN, S. R. L., a fin de que pueda

realizar los estudios del recurso solar, para efectuar las prospecciones, analisis y losestudios, relativos a la construccion y explotacion de un ( 1) proyecto de generacion

de electricidad, en base a fuente primaria renovable solar fotovoltaica, con una

capacidad instalada de hasta CINCUENTA MEGAVATIOS ( 50MW), a ubicarse en la

Seccion Hatillo, Municipio y Provincia Azua, Republica Dominicana; a favor de la

Empresa Concesionaria PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L.

CUARTO: ORDENAR a la Empresa Concesionaria PARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., y a laempresa SOVENTIX CARIBBEAN, S. R. L., autorizada para la realizacion del estudio del

recurso solar del referido proyecto " Parque Solar Bayahonda ( BAYASOL)", ajustarse

a realizar las prospecciones, analisis y evaluaciones de la obra electrica de que setrata dentro del plazo correspondiente, sujeto a los terminos y condicionesconsignados en la Resolucion No. CNE- CP- 0009- 2015 dictada fecha 11 de diciembredel 2015, yen la presente resolucion.

QUINTO: ORDENAR comunicar la presente Resolucion a la Empresa ConcesionariaPARQUE EOLICO BEATA, S. R. L., a los Ministerios que integran el Directorio de laComision Nacional de Energia ( CNE); a la Corporacion Dominicana de Empresas

Electricas Estatales ( CDEEE); a la Superintendencia de Electricidad (SIE); at

Organismo Coordinador (OC); a la Empresa de Transmision Electrica Dominicana

ETED), a la Direccion de Fuentes Alternas y Uso Racional de Energia de la CNE, a laDireccion de Planificacion de la CNE, y al Departamento de Comunicaciones de laCNE; asi como a todas las dermas instituciones, publicas o privadas que guarden

relacion con su ejecucion, para su fiel cumplimiento y fines correspondientes.

SEXTO: PUBLICAR la presente resolucion a traves del Portal Electronico Institucionalde la CNE.

En la Ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la RepublicaDominicana, a los veintinueve ( 29) dial del mes de marzo del ano dos mil diecisiete2017), anos ciento setenta y tres ( 173) de la Independencia, y ciento cincuenta y

dos ( 152) de la Restauracion de la Republica.

LIC. J DRIGUEZ H IN „, - yt ; t ,s

Director Ejecutiva ©r' hComision Nacional de Energia ( Cl r;`

a 6fJRN/ Bb/ at

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