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EL HÁBEAS DATA INTEGRANTES: Leonidas Limache Luque Juana Margarita Cruz Chambilla CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO INFORMÁTICA JURÍDICA

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EL HÁBEAS DATAINTEGRANTES: Leonidas Limache Luque

Juana Margarita Cruz Chambilla

CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO

INFORMÁTICA JURÍDICA

ETIMOLOGÍA

• Hábeas: Segunda persona del presente subjuntivo habeo u habere, significa aquí tengas en posesión, que es una de la acepciones del verbo.

• Data: Es el acusativo plural de DATUM, que en los direccionarios más modernos definen como representación convencional de hechos, conceptos o instrucciones de forma apropiada para la comunicación o procesamiento por medios automáticos.

• En consecuencia, Hábeas Data significa que se posean los datos o registros.

HÁBEAS DATA

«QUE TENGAS LOS DATOS»

«QUE VENGAS LOS DATOS»

TOMAR CONOCIMIENTO DE DATOS PROPIOS EN PODER DE OTRO

¿CUÁNDO APARECE EL HÁBEAS DATA?

• Aparece a finales del siglo XX como la acción más eficaz de protección del derecho a la intimidad frente al poder de los archivos de entidades públicas y privadas que recogen datos e informaciones sobre las personas y no los actualizan y hacen uso indebido de los mismos en perjuicio de tales personas.

DEFINICIÓN

• Es una garantía constitucional que permite a toda persona interesada acceder al conocimiento de los datos que consten de registros o bancos de datos públicos o privados destinados a proveer informes, y a exigir su supresión, rectificación, confidencialidad o actualización, en caso de falsedad o discriminación. Esta información debe referirse a cuestiones relacionadas con la intimidad no pudiendo utilizarse por terceros sin derecho a hacerlo.

• Garantía constitucional que ampara y protege el debido uso público de la información que se tiene de los ciudadanos, evitando una intromisión en la esfera privada e intimidad del mismo.

• Significa tener datos personales. Es una acción constitucional que puede ejercer cualquier persona registrada en un banco de datos.

• Sirve para solicitar la eliminación o corrección de datos. Puede ser porque la información es obsoleta o ha perdido su utilidad.

• En países como Argentina, España, Francia y Uruguay existen organismos de control que supervisan los datos personales o de las empresas.

• También se necesitan que se actualicen para que haya transparencia de los datos.

ANTECEDENTES

• El habeas data se origina en la carta de Portugal. Se promulgo el año 1976 y es ahí donde se recepciona por la constitución brasileña de 1988.

• En el Perú se recepciona en la carta de 1993. inicialmente no tuvo la acogida que se esperaba. Se ha señalado hasta que se dejara que la acción de amparo cubriera los derechos de la intimidad, tal y como venía funcionando en otros países.

Constituciones que reconocen este Derecho:

• ARGENTINA, BRASIL, BOLIVIA, COLOMBIA, ECUADOR, ESPAÑA, PANAMÁ, MÉXICO, PARAGUAY, PERÚ, REPÚBLICA DOMINICANA, URUGUAY, VENEZUELA.

REVISEMOS LA CONSTITUCIÓN

Título V De las Garantías constitucionales – Artículo 200 – Inciso 3

La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2°, incisos 5) y 6) de la Constitución.

Modificatoria según Ley 26470, publicada el 12 de junio de 1995.

CAPÍTULO I Derechos fundamentales de la persona – Artículo 2 – Inciso 5

A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

CONCORDANCIA: LEY N° 27806 El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado. CONCORDANCIA: D.U. Nº 035-2001

CAPÍTULO I Derechos fundamentales de la persona – Artículo 2 – Inciso 6

A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

DERECHOS PROTEGIDOS

1. El derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública.

2. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

OBJETO DEL HÁBEAS DATA

DERECHO A INFORMCIÓN

PUBLICA

DERECHO A INTIMIDAD

ORGANISMO PÚBLICOS

BANCO DE DATOS O

PÚBLICOS O PRIVADOS

CARACTERÍSTICAS

1. AUTONÓMO: Identidad propia que tiene el objeto a demandar.

2. NATURALEZA PROCESAL: Mecanismo que se encamina mediante estadios hasta alcanzar resolución que ampare o no la pretensión del accionante.

3. SUMARIO: Procedimiento breve; no existe etapa probatoria.

TIPOS

1. Hábeas data informativo

2. Hábeas data aditivo

3. Hábeas data rectificador

4. Hábeas data exclutorio

1. HÁBEAS DATA INFORMATIVO

Procura solamente recabar información obrante.

A) Exhibitorio: Tomar conocimiento de los datos.

B) Finalista: Conocer el objeto del registro.

C) Autoral: Quien ha registrado el dato.

2. HÁBEAS DATA ADITIVO.

Procura agregar más datos a los que figuran en el registro.

A) Actualizador: Actualizar datos vetustos.

B) Inclusorio: Incluir datos en un registro a quien fue omitido.

3. HÁBEAS DATA RECTIFICADOR

O CORRECTIVO.

•Exigencia de corregir las informaciones falsas o inexactas.

4. HÁBEAS DATA EXCLUTORIO OCANCELATORIO.

• Protege la “información sensible” (ideas políticas religiosas o gremiales, comportamiento sexual, ciertas enfermedades o datos raciales).

Casos de incumplimiento