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BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Profesora: Materia: Autores: T.S.U. Perez Jennifer C.I:18.228.901 T.S.U. Perez Nurialvis C.I:19.941.764 T.S.U. Perez Yadetzy C.I:13.611.649 T.S.U. Romero Cesar C.I:12.437.740 T.S.U. Zamora Mary C.I: 19.939.960

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Trabajo universitario

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Page 1: 1.- Banco Central de Venezuela

Pariaguán, Abril 2015

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Profesora:

Materia:

Autores:

T.S.U. Perez Jennifer C.I:18.228.901T.S.U. Perez Nurialvis C.I:19.941.764T.S.U. Perez Yadetzy C.I:13.611.649T.S.U. Romero Cesar C.I:12.437.740T.S.U. Zamora Mary C.I: 19.939.960

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INTRODUCCIÓN

Los Bancos Centrales han evolucionado hasta instituirse en autoridades

independientes, dedicadas a mantener "la estabilidad de los precios y

la confianza en la moneda", calificados como un "bien público fundamental".

Existe un lazo esencial entre la estabilidad de precios y el buen

funcionamiento de la democracia. La independencia de los bancos centrales es el

símbolo y la condición de la confianza en su moneda de los actores económicos,

tanto consumidores como productores.

A raíz del nuevo marco legal que establece la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela (1999), el Banco Central de Venezuela fue

definido con mucha precisión en términos de su naturaleza, objeto, composición

y funciones.

De igual manera, se derivaron adaptaciones de otros elementos

importantes relativos al proceso de adopción de decisiones y

al modelo de organización y funcionamiento que se corresponden con

las obligaciones, objetivos y responsabilidades del Estado en su concepción

democrática y de garante del bienestar de los ciudadanos.

Page 3: 1.- Banco Central de Venezuela

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

El Banco Central de Venezuela (BCV) es un organismo responsable, como

principal autoridad económica, de velar por la estabilidad monetaria y de precios

de ese país suramericano y es el único autorizado para emitir la moneda de curso

legal en Venezuela. Es una persona jurídica de derecho público con autonomía

para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y tiene rango

constitucional desde la Constitución de 1999; en ella se reconoce su carácter

autónomo e independiente de las políticas del gobierno nacional.

Tiene su sede principal en la esquina de Carmelitas, sobre la avenida

Urdaneta de Caracas y también una subsede en Maracaibo desde 1977, ubicada en

la Calle 93 de esa ciudad. Esta en proyecto abrir la Subsede Guayana en la

población del El Callao, en el Estado Bolívar, como parte de las operaciones del

Instituto Emisor con el mineral del oro localizado en esa zona del país.

Objetivos

El cumplimiento del principal objetivo de un banco central, es condición

necesaria para darle sostenibilidad al desarrollo de un país, y en ese sentido sus

actos están en correspondencia con los fines superiores del Estado.

Funciones

1. Formular y ejecutar la política monetaria.

2. Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.

3. Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.

4. Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema

financiero.

5. Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la

República.

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6. Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la

República.

7. Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del

mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.

8. Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y

establecer sus normas de operación.

9. Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.

10. Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.

11. Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo

Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos

correspondientes y en la ley.

12. Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.

13. Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias,

financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.

14. Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de

acuerdo con la ley.

Características del Banco Central de Venezuela.

1- Concede créditos al Gobierno para solucionar deficiencias transitorias de

tesorería, desarrollando funciones de Agente Financiero del Gobierno.

2- Presta auxilio a Bancos en situación de precaria liquidez.

3- Fija las tasas máximas de interese de activos y pasivos.

4- Ejerce derechos y cumple obligaciones correspondientes a Venezuela en el

Fondo Monetario Internacional.

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INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

Los intermediarios financieros Son aquellas instituciones que actúan en un

sistema financiero como mediadores, poniendo en contacto a los prestamistas y

prestatarios últimos de una economía, siendo éste el eje central de su actividad y

la justificación de su existencia, por lo que siempre estarán en condiciones de

recibir los fondos que en ellos se vayan a depositar a los tipos de interés

establecidos. Además, estas instituciones también se dedican a la prestación de

servicios al resto de los agentes económicos, produciéndose así un doble enlace

entre las empresas o instituciones financieras y las que no lo son.

Según el artículo 1 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones

Financieras:

 “la actividad de intermediación financiera consiste en la captación de recursos, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos, e inversiones en valores; y solo podrá ser realizada por los bancos, entidades de ahorro y préstamos y demás instituciones financieras reguladas por este Decreto Ley”.

 

Artículo 2: Ámbito de aplicación de la Intermediación Financiera

“Se rigen por este Decreto los bancos universales, bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos; así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de créditos”.

 De acuerdo al artículo 24 de la Ley de Bancos y Otras instituciones

financieras, Con la recomendación del Consejo Bancario Nacional, el

Ejecutivo calculará dentro del primer mes de cada año, el porcentaje mínimo

de las carteras crediticias del sistema financiero venezolano, el cual deben

estar destinadas a otorgar micro créditos o colocaciones en aquellas

instituciones establecidas o por establecerse que tengan por objeto crear,

estimular, promover y desarrollar el sistema microfinanciero y micro

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empresarial del país, para atender la economía popular y alternativa,   dicho

porcentaje será de uno por ciento (1%) del capital del monto de la cartera

crediticia al cierre del ejercicio semestral anterior, hasta alcanzar el tres (3%)

en un plazo de dos años .

SUDEBAN

La SUDEBAN (Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario

de Venezuela) es el ente encargado de que los bancos e instituciones financieras

con oficina en Venezuela cumplan las normas locales referidas a ellas. Está

adscrito al Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional que a su vez

dependen del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas. Entre las actividades

de la SUDEBAN se encuentran:

Autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la

actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario

de Venezuela.

Señalar la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de las

actividades bancarias y sancionar las conductas desviadas al marco legal

vigente.

Objetivos

Inspeccionar, supervisar, vigilar, regular y controlar a Bancos y otras

Instituciones Financieras, así como los Bancos que se rigen por leyes especiales.

Funciones del SUDEBAN

Autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la

actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario

de Venezuela.

Page 7: 1.- Banco Central de Venezuela

 Señalar la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de las

actividades bancarias y sancionar las conductas desviadas al marco legal

vigente.

La Superintendencia de Bancos debe ejercer inspección, supervisión,

vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales; con

Leyes Especiales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas

de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de

Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y

Entidades de Ahorro y Préstamo.

Instituciones regidas por la SUDEBAN

Las instituciones que rige la SUDEBAN se dan a Continuación:

Banco de Venezuela

Banesco

BBVA Banco Provincial

Banco Mercantil

Bicentenario Banco Universal

Banco Occidental de Descuento

Banco Fondo Común

Banco Exterior

Banco del Tesoro

Banco Industrial de Venezuela

Banco Nacional de Crédito

Corp Banca (Venezuela)

BanCaribe

Venezolano de Crédito

Banco Caroní

Banco Agrícola de Venezuela

Banco Sofitasa

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Banco Plaza

Banco del Sur

Citibank Venezuela

100% Banco

Banco Activo

Banplus

Banco Espíritu Santo (Venezuela)

Banco Internacional de Desarrollo

Banco de Exportación y Comercio

BanCaribe

Page 9: 1.- Banco Central de Venezuela

CONCLUSIÓN

Un Banco Central es una institución en la cual la sociedad delega la

capacidad de emitir dinero y de regular el nivel de crédito de la economía. Un

nivel adecuado de dinero y de crédito en una economía contribuye con el

desarrollo económico y social, al facilitar el intercambio comercial, estimular la

confianza y hacer más atractiva la inversión, aumentar la capacidad para generar

empleos y lograr un mejor nivel de desarrollo humano.

Cuando el dinero y el crédito en la economía se expanden demasiado

rápido, las personas elevan su demanda de bienes a un ritmo mayor al que

las empresas podrían satisfacer esa demanda, lo que puede generar alza en los

precios y, por ende, inflación.

En la actualidad, la gran mayoría los bancos centrales del mundo están

obligados por ley a atender el objetivo de estabilidad de precios. Esta realidad, en

el contexto latinoamericano, permite observar que todos los bancos centrales sin

excepción, lo consideran como su objetivo principal.

Igualmente, los bancos centrales cumplen otras funciones como son:

moderar la volatilidad de corto plazo del producto interno bruto y el tipo

de cambio, administrar las reservas internacionales, servir de prestamista de

última instancia a los bancos comerciales y velar por el buen funcionamiento del

sistema financiero. Una preocupación natural de quienes se encargan de conducir

los destinos de los bancos centrales es la de no tener que

asumir responsabilidad por demasiados objetivos. Un banco central que trata de

atender demasiados objetivos puede terminar no atendiendo ninguno.

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BIBLIOGRAFÍA

- Gaceta Oficial Ley del Banco Central de Venezuela. No. 5.606. Extraordinario 18 de Octubre de 2.002.

- Enciclopedia Jurídica OPUS. Tomo I. Ediciones Libra. Caracas – Venezuela. 1.994.

- www.bcv.org.ve

- www.monografias.com