08 contrato trabajo derecho individual trabajo

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  • 8/19/2019 08 Contrato Trabajo Derecho Individual Trabajo

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    El Contrato de

    Trabajo

    DERECHO INDIVIDUAL

    DE TRABAJO

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    El Contrato de Trabajo

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    Observaciones preliinares !I"

    La priera es #$e no e%iste nin&$na enci'n espec()ica

    al Contrato de Trabajo en la Constit$ci'n de la Rep*blica

    #$e solaente +ace re)erencia a la relaci'n de trabajo

    en los art(c$los ,-. !*ltio p/rra)o" 0 ,1.2 Tapoco se

    +ac(a enci'n al&$na a 3ste en las Constit$ciones de

    45-- 0 4565 #$e solaente se re)er(an a la relaci'n de

    trabajo2

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    Observaciones preliinares !II"

    No se +ace nin&$na enci'n al Contrato de Trabajo enel C'di&o Civil de 45789 a di)erencia de lo #$e s$ced(aen el de 45-1 #$e lo re&$laba en dos de s$s art(c$los2Ello no si&ni)ica #$e no le sean aplicables $na &ran

    cantidad de disposiciones del C'di&o Civil #$e por s$propia nat$rale:a9 0 ade/s por declaraci'n e%presa9tienen car/cter s$pletorio de lo re&$lado en otrasnoras le&ales2

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    ;ALTA DE DE;INICION LE64. lo de)in(a?

    @or este Contrato el obrero o)rece contrib$ir a laprod$cci'n con s$ trabajo personal por tiepo

    deterinado o indeterinado ediante el pa&o de $nsalario@2

      or#$3 otivo no es adec$ada esta de)inici'n

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    DE;INICION EN ANTEROECTO

    El antepro0ecto de 45-8

    lo de)ini' coo @222222 el convenio en virt$d del c$al $na o variaspersonas se obli&an a e)ect$ar9 para otra $ otras9 c$al#$ier labor o

    servicio intelect$al o aterial9 ediante $na re$neraci'ndeterinada@2-

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    De)inici'n en anteFpro0ectos

    En el antepro0ecto de 456G se esbo:' $na de)inici'n$c+o as t3cnica #$e +ac(a re)erencia a loseleentos del Contrato de Trabajo al se=alarse? @or elContrato de Trabajo $na persona nat$ral9 llaada

    trabajador9 se coproete libreente a prestar s$sservicios a otra persona nat$ral o j$r(dica llaadaepleador bajo s$ direcci'n o dependencia9 ediante elpa&o de $na re$neraci'n@2

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    DE;INICION DE OO

    o::o9 citado por Cabanellas 9 plantea $nade)inici'n /s estili:ada al se=alar #$e @222 es elcontrato por el c$al $na parte se obli&a a

    trabajar en condiciones de s$bordinaci'n odependencia para otra ediante el pa&o de $nare$neraci'n@2

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    CONCEPTO JURISPRUDENCIAL DEL

    CONTRATO DE TRABAJO

    La e%istencia de $na de)inici'n le&al de)icientedel Contrato de Trabajo !d$rante la vi&encia delC'di&o Civil de 45-1" 0 posteriorente la )alta

    de de)inici'n le&al de este contrato9 +aori&inado el desarrollo de $n concepto j$rispr$dencial del contrato de trabajo #$e se+a enri#$ecido cas$(sticaente 2

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    CONTRATO O RELACION DE TRABAJO

    En al&*n oento se s$scit' $na controversia acercade si trataba de contrato de trabajo o relaci'n detrabajo en)rentando dos tesis contrap$estas inicialente!la contract$alista 0 la anticontract$alista"9 +abi3ndose

    ip$esto9 por lo enos en la realidad la teor(acontract$alista a$n#$e se $tilicen9 a vecesindistintaente 0 para re)erirse a lo iso los t3rinosde contrato o relaci'n de trabajo2

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    Concepto de Relaci'n de Trabajo

      Conj$nto de derec+os 0 obli&aciones de los epleadores 0trabajadores #$e eer&en o son consec$encia de la prestaci'ne)ectiva del servicio #$e re*na las caracter(sticas propias de $ncontrato de trabajo a$n#$e este no se +a0a pactado e%presaente2

    Basta #$e se d3 la prestaci'n dentro de las condiciones

    apropiadas para #$e se apli#$en los derec+os le&ales ocontract$ales en s$ caso 0 #$e estos sean e%i&ibles por el tit$lar9sin #$e p$eda s$stentarse oposici'n al&$na al reconociiento deellas en consideraciones estrictaente )or$listas tales coo )altao de)ecto de capacidad de contrataci'n9 prestaci'n de serviciospro+ibidos9 o di)erencia de denoinaci'n

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    La Constit$ci'n 0 la Relaci'n deTrabajo

    En el art(c$lo 8,. de la Constit$ci'n de 4565 se $tili:abae%presaente el t3rino @relaci'n laboral@2 Dic+oprecepto constit$cional se=alaba? @En toda relaci'nlaboral #$eda pro+ibida c$al#$ier condici'n #$e ipida

    el ejercicio de los derec+os constit$cionales de lostrabajadores o #$e descono:ca o rebaje s$ di&nidad@2Ello nos da $na idea de la iportancia de este concepto2

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    CONTITUCION RELACIONDE TRABAJO

    La Constit$ci'n act$al +ace re)erencia a la relaci'n laboral 0 noenciona al Contrato de Trabajo2

    Es as( coo en el art(c$lo ,1. se se=ala? @En la relaci'n laboral serespetan los si&$ientes principios 222@2

     Asiiso en el tercer p/rra)o del art(c$lo ,-. de la isaConstit$ci'n en vi&encia se indica? @Nin&$na relaci'n laboral p$edeliitar el ejercicio de los derec+os constit$cionales9 ni desconocer o

    rebajar la di&nidad del trabajador @2

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    CARACTERITICA DELCONTRATO DE TRABAJO

    CONSENSUAL: Se origina por el

    consentimiento de partes. Sólo

    requiere forma escrita en casos

    excepcionales.

    TRACTO SUCESIVO: Se

    desarrolla dí a a dí a y von vocación

    a la indefinición.

    Oneroso:  Implica unatransmisión patrimonial. Se

    contrapone al gratuito

    Personal: Como regla general essusceptible de delegación.

    Sinalagmático: De

    prestaciones reciprocas

    Subordinado:: El trabajador

    está  sometido a las ordenes

    del empleador

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    ELEKENTO DEL CONTRATODE TRABAJO

    ON LA NOTA CONUTANCIALE ALKIKO2

    CADA CONTRATO TIENE U ELEKENTO

    I NO EITEN LO ELEKENTO NOEITE UN CONTRATO DE TRABAJO EITEN ELEKENTO RINCIALE

     ACCEORIO

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    RETACION DEL ERVICIO

    ELEKENTO BAICO AUNMUE NOECLUIVO !Tabi3n e%iste en la locaci'n deservicios"

    En el contrato de trabajo el servicio tiene #$eser personal 0 no p$ede ser dele&ado

    C$/l es la sit$aci'n de los servicios #$e seprestan por enos de c$atro +oras al d(a

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    ELEKENTO DEL CONTRATODE TRABAJO

    4" LA RETRACION DE UN ERVICIO ," EL A" RO;EIONALIDAD !LO DO ULTIKO ON ACCEORIO"

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    REUNCION DE EITENCIA DE CONTRATODE TRABAJO

     Art(c$lo >.2 !D22 G-F56FTR  Los servicios para ser de nat$rale:a laboral9

    deben ser prestados en )ora personal 0 directa

    s'lo por el trabajador coo persona nat$ral2 Noinvalida esta condici'n #$e el trabajador p$edaser a0$dado por )ailiares directos #$edependan de 3l9 siepre #$e ello sea $s$al

    dada la nat$rale:a de las labores2

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    CONTRATO DE TRABAJO LOCACION DE ERVICIO

    El tea es iportante por#$e +a0 $na indebida$tili:aci'n del contrato de locaci'n de serviciospara reepla:ar al de trabajo en la creencia #$e

    de esta anera se evita el pa&o de los derec+os#$e eer&en del contrato de trabajo2

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    LO CONTRATO DERETACION DE ERVICIO

    El C'di&o Civil establece la e%istencia dediversos contratos de prestaci'n de servicios2

    C$/l es la di)erencia entre estos 0 el contratode trabajo en el #$e tabi3n +a0 prestaci'n deservicios2

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    LA RETACION DE ERVICIO

     Art(c$lo 46>> C2C2

    or la prestaci'n de servicios se conviene #$e

    estos o s$ res$ltado sean proporcionados por elprestador al coitente

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    KODALIDADE DE RETACION DE ERVICIO ! ART246>1 C2C2"

    Locaci'n de servicios Contrato de obra Kandato

    Dep'sito sec$estro

    Contratos innoinados

     do0 para #$e +a&as

    +a&o para #$e des

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    LOCACION DE ERVICIO

     Art2 4618 C2C2 OR LA LOCACION DE ERVICIO EL

    LOCADOR E OBLI

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    LA DEENDENCIA O UBORDINACION EN ELCONTRATO DE TRABAJO

    Es el eleento /s iportante 0 caracter(sticodel contrato de trabajo2

    Es el eleento #$e se desarrolla coo

    consec$encia de la sit$aci'n en #$e seenc$entra el trabajador )rente al epleador2

    La s$bordinaci'n iplica estar bajo las 'rdenesdel epleador2

    Donde se enc$entra s$bordinaci'n nosencontraos $s$alente ante $n c2 De trabajo

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    La Re$neraci'n? de)inici'n le&al

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    DE;INICION LE

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    ;ACULTAD DEL EKLEADOR DE INTRODUCIR CAKBIO

    !e&$no/rra) de Art(c$lo 5 el D22GG-F56FTR" El epleador est/ )ac$ltado para introd$cir

    cabios o odi)icar t$rnos9 d(as $ +oras de

    trabajo9 as( coo la )ora 0 odalidad de laprestaci'n de las labores9 dentro de criterios dera:onabilidad 0 teniendo en c$enta lasnecesidades del centro de trabajo2

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    ;ACULTADE DEL EKLEADOR

    ;ACULTAD DE DIRECCION ! Dar 'rdenes en la epresa en relaci'ncon el trabajo"

    ;ACULTAD DE ;ICALIACION !)ac$ltad de veri)icar si las 'rdenesse +an c$plido 0 el trabajo se +a ejec$tado2

    ;ACULTAD DICILINARIA? ;ac$ltad de sancionar al trabajador porinc$pliiento de 'rdenes o de)iciente ejec$ci'n del trabajo

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    ;ac$ltad de Direcci'n

    Le da al epleador la )ac$ltad de indicarle al trabajador la )oracoo debe desarrollar s$ trabajo2

    No es $na )ac$ltad iliitada? $ede estar restrin&ida por le0 o porconvenio colectivo o individ$al de trabajo2 En al&$nos casos elepleador se a$to liita ediante el Re&laento Interno deTrabajo2

    Est/ constre=ida a lo laboral2

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    ;ac$ltad de )iscali:aci'n

    Le perite al epleador vi&ilar el c$pliientodel trabajo asi&nado al trabajador2

    En al&$nos casos el ejercicio de esta )ac$ltad

    +a ocasionado con)lictos con los trabajadores2! p2ej2 C$ando el epleador pone c/aras devideo para vi&ilar el trabajo"

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    ;ac$ltad disciplinaria

    Le perite al epleador aplicar sanciones al trabajador con la)inalidad de corre&ir s$ inc$pliiento2

    Es $na )ac$ltad liitada2 Las sanciones p$eden ser?

     A" aonestaci'n B" s$spensi'n C" Despido ! no es propiaente $na sanci'n"

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    RINCIIO MUE RI

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    CUETIONAKIENTO DE LA ANCIONE ALICADAOR EL EKLEADOR

    M$3 acciones p$ede adoptar el trabajador )rente a laaplicaci'n de $na sanci'n disciplinaria #$e le +aip$esto el trabajador2

     A" E)ectos de la aceptaci'n de la sanci'n2 B" osibilidad de c$estionar la sanci'n disciplinaria d'nde se c$estiona o ip$&na la sanci'n disciplinaria

     ANTE EL JUE DE A LETRADO DE ACUERDO CONLA NORKA ROCEALE2

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    REKUNERACION

    IKORTANCIA Kedio de s$bsistencia Del trabajador 0 de s$

    )ailia in re$neraci'n no +a0

    relaci'n laboral

    rotecci'n?

    Re&la &eneral? 'lo es

    ebar&able en al&$noscasos 0 bajodeterinadascondiciones

    Obli&acionesalientarias2

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    Clases de re$neraci'n

    Fija Variable Oportunidad Forma

    Sueldo Comisión Permanente Dinero

    Salario o

    Jornal

    Destajo Variable Especie

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    CONCETO DE REKUNERACION

     Art(c$lo 1.2 D22 GG-F56FTR   Constit$0e re$neraci'n para todo e)ecto le&al el

    (nte&ro de lo #$e el trabajador recibe por s$s servicios9en dinero o en especie9 c$ales#$iera sean la )ora o

    denoinaci'n #$e se le d39 siepre #$e sea de s$ libredisposici'n2 La alientaci'n otor&ada en cr$do opreparada 0 las s$as #$e por tal concepto se abonen a$n concesionario o directaente al trabajador tienennat$rale:a re$neratoria c$ando constit$0en la

    alientaci'n principal del trabajador en calidad dedesa0$no9 al$er:o o re)ri&erio #$e lo s$stit$0a o cena2

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    NO E REKUNERACION

     Art(c$lo 6.2  No constit$0e re$neraci'n para nin&*n e)ecto

    le&al los conceptos previstos en los Art(c$los 45.

    0 ,G. del Te%to Unico Ordenado del DecretoLe&islativo N.1>G2

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    Art. 19 D.S. OO1-97-TR

    NO ES REMUNERACION

    Artículo 19º.- No se consideran re$neraciones cop$tables lassi&$ientes?

    a"

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    Art. 19 D.S. OO1-97-TR

    NO ES REMUNERACION

    b" C$al#$ier )ora de participaci'n en las$tilidades de la epresa

    c" El costo o valor de las condiciones de trabajo

    d" La canasta de Navidad o siilares

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    Art. 19 D.S. OO1-97-TR

    NO ES REMUNERACION

    e" El valor del transporte9 siepre #$e est3 s$peditado ala asistencia al centro de trabajo 0 #$e ra:onableentec$bra el respectivo traslado2 e incl$0e en esteconcepto el onto )ijo #$e el epleador otor&$e por

    pacto individ$al o convenci'n colectiva9 siepre #$ec$pla con los re#$isitos antes encionados

    )" La asi&naci'n o boni)icaci'n por ed$caci'n9 siepre

    #$e sea por $n onto ra:onable 0 se enc$entredebidaente s$stentada

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    Art. 19 D.S. OO1-97-TR

    NO ES REMUNERACION

    &" Las asi&naciones o boni)icaciones por c$plea=os9atrionio9 naciiento de +ijos9 )alleciiento 0 a#$3llasde seejante nat$rale:a2 I&$alente9 las asi&naciones#$e se abonen con otivo de deterinadas )estividades

    siepre #$e sean consec$encia de $na ne&ociaci'ncolectiva

    +" Los bienes #$e la epresa otor&$e a s$s

    trabajadores9 de s$ propia prod$cci'n9 en cantidadra:onable para s$ cons$o directo 0 de s$ )ailia 

  • 8/19/2019 08 Contrato Trabajo Derecho Individual Trabajo

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    Art. 19 D.S. OO1-97-TR

    NO ES REMUNERACION

    i" Todos a#$ellos ontos #$e se otor&an al trabajadorpara el cabal desepe=o de s$ labor9 o con ocasi'n des$s )$nciones9 tales coo ovilidad9 vi/ticos9 &astos derepresentaci'n9 vest$ario 0 en &eneral todo lo #$e

    ra:onableente c$pla tal objeto 0 no constit$0abene)icio o ventaja patrionial para el trabajador

     j" El re)ri&erio #$e no constit$0a alientaci'n principal9

    con)ore al Art(c$lo 4,. de la presente Le02 

  • 8/19/2019 08 Contrato Trabajo Derecho Individual Trabajo

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    No es re$neraci'n

    Artículo 2º.- D.S. OO1-97-TR  Tapoco seincl$ir/ en la re$neraci'n cop$table laalientaci'n proporcionada directaente por el

    epleador #$e ten&a la calidad de condici'n detrabajo por ser indispensable para la prestaci'nde los servicios9 o c$ando se derive de andatole&al2