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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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PREVENCIÓN DE RIESGOS

LABORALES

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Manual de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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1. INTRODUCCIÓN Y MARCO NORMATIVO 1.1. INTRODUCCIÓN El trabajo, como toda actividad, puede convertirse en un riesgo si no se realiza adecuadamente. De ahí la importancia de la formación y actuación preventiva. Cada año, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales originan múltiples daños a la salud y seguridad de los trabajadores y suponen enormes pérdidas para las empresas. Estos daños pueden ser:

- De carácter humano: por el impacto que en las personas y su entorno familiar producen. - De carácter social: por la ingente cantidad de recursos que la Seguridad Social dedica a la

atención y rehabilitación de los afectados. - De carácter empresarial: por la producción perdida, la inversión en formación del personal

contratado como sustituto, los retrasos en el suministro a los clientes, y el deterioro de la imagen externa de la empresa, entre otras causas.

1.2. MARCO NORMATIVO BÁSICO La Normativa básica y fundamental la constituyen la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, conocida como Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.), y el posterior Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997, de 17 de enero). Posteriormente han ido sucediéndose diversas disposiciones reglamentarias relativas a aspectos específicos de las actividades laborales, que completan y desarrollan estas normas. Existen numerosas normativas sobre aspectos concretos de la prevención de riesgos laborales. Así, por ejemplo, podemos encontrar disposiciones normativas concretas sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo (Real Decreto 485/1997), manipulación de cargas (Real Decreto 487/1997), trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (Real Decreto 488/1997), riesgos derivados de la exposición al ruido (Real Decreto 1316/1989), equipos de protección individual (Real Decreto 773/1997), etc. Recientemente, entró en vigor la nueva normativa contra la siniestralidad laboral que recoge una serie de medidas dirigidas a combatir de manera activa la siniestralidad. Para lo cual se modifican dos leyes. Por

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un lado, la Ley 54/2003, reforma el marco normativo de la Ley de prevención de riesgos laborales, con el objetivo de favorecer la integración de la prevención en los procesos productivos; y, por otro, la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), para mejorar el cumplimiento de la normativa.

1.2.1. Derechos y deberes básicos

Un trabajador tiene el derecho a desarrollar su trabajo habitual en condiciones seguras y con la debida protección, y es la empresa la que tiene la obligación y el deber de proteger al trabajador de una manera eficaz frente a los posibles riesgos laborales. La seguridad y prevención de riesgos, por tanto, constituye un derecho de los empleados y un deber de los empresarios. La L.P.R.L. es de aplicación para todos los trabajadores y exige una serie de responsabilidades que afectan a las administraciones públicas, los empresarios, los empleados y sus respectivas organizaciones representativas. 1.2.1.1. Responsabilidades del empresario Al empresario le corresponde un conjunto de Obligaciones para proteger a los trabajadores frente a los riesgos de accidentes de trabajo. Son las siguientes:

Identificar y evitar los riesgos y evaluar los que no puedan evitarse (Evaluación Inicial de Riesgos).

Organizar los recursos para la actividad preventiva y proporcionar equipos y medios de protección adecuados.

Canalizar la participación y la consulta de los trabajadores y respetar los derechos de participación y representación.

Información y formación a los trabajadores en materia preventiva.

Adoptar medidas para situaciones de emergencia y medidas en caso de riesgo grave e inminente.

Vigilancia de la salud del trabajador.

Responsabilizarse de los daños que afecten a la seguridad y salud de los trabajadores.

Conservar la documentación específica determinada por ley (evaluación de riesgos, formación a los trabajadores, etc.).

Coordinar actividades empresariales cuando en un mismo centro desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas.

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Proteger a los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos (mujeres embarazadas, discapacitados, etc.).

Cumplir el principio de equiparación de los trabajadores temporales.

No obstante, el empresario no es el único sujeto obligado, ya que también el trabajador tiene obligaciones y responsabilidades, y por tanto también debe acatar lo prescrito en la normativa.

1.2.1.2. Sanciones al empresario En el caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones para proteger a los trabajadores frente a los riesgos de accidentes de trabajo, las leyes y normativas prevén penas administrativas, civiles y penales. Las sanciones económicas asociadas a las distintas infracciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales pueden ir desde 300 hasta más de 600.000 euros. En caso de reincidencia, las cuantías se incrementarán hasta el doble de la sanción correspondiente, llegando incluso a decretarse el cierre del centro de trabajo en circunstancias excepcionalmente graves. 1.2.1.3. Responsabilidades de los trabajadores Las obligaciones de los trabajadores se encuentran recogidas en la L.P.R.L. y en el Estatuto de Trabajadores. De conformidad con su formación y las instrucciones de la empresa, los trabajadores deberán cumplir lo siguiente:

• Velar por su propia seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, velará por la salud de otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional a causa de sus actos y omisiones en el trabajo.

• Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, y en general, cualesquier otro medio con el que desarrolle su actividad.

• Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados.

• Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por las Autoridades con el fin de proteger la seguridad en la salud de los trabajadores en el trabajo.

• No Poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los lugares de trabajo.

• Informar de inmediato a su superior jerárquico, y a los trabajadores designados para la actividad preventiva, o en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.

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• Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar que las condiciones de trabajo sean seguras y no entrañen riesgos.

1.2.1.4. Sanciones a los trabajadores

El incumplimiento por parte de los trabajadores de las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos tiene la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores; ello quiere decir lo siguiente:

• Se sancionará de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezca en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable.

• La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán siempre revisables ante la jurisdicción competente. La sanción de las faltas graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.

• No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber.

1.2.1.5. Otras responsabilidades

• Responsabilidades de los directivos, técnicos y mandos intermedios sobre los que los empresarios pueden delegar sus responsabilidades. En este sentido, su responsabilidad puede ser solidaria, subsidiaria y directa.

• Responsabilidades de los fabricantes, importadores y suministradores. Tienen la obligación de asegurar que la maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, ni tampoco un factor de riesgo, cuando sean instalados y utilizados en la forma y para los fines en que fueron recomendados.

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RECUERDE:

La Normativa básica y fundamental la constituyen la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, conocida

como Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.), y el posterior Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997, de 17 de enero).

La seguridad y salud en el trabajo es un objetivo y un deber de todos (autoridades,

empresarios, mandos intermedios, trabajadores, etc.) y, por tanto, a cada uno le corresponden un conjunto de obligaciones y responsabilidades en materia preventiva.

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2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2.1. RIESGOS EN EL TRABAJO Algunos conceptos importantes relacionados con los riesgos laborales son los siguientes: Riesgo Laboral: toda condición en el trabajo que puede provocar un daño al trabajador. Riesgo laboral grave o inminente: aquel riesgo cuya materialización sea probable en un futuro

inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. Procesos, actividades, operaciones, equipos o productos potencialmente peligrosos: aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan y/o utilizan. Equipo de trabajo: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada durante el desarrollo de la actividad laboral.

Condiciones de trabajo: todas aquellas variables o factores que inciden de un modo directo o indirecto

sobre el trabajador (o en su puesto de trabajo) y que, según como estén gestionados y/o aplicados

pueden entrañar un riesgo, y consecuentemente, afectar a la seguridad y salud del trabajador.

Equipo de protección individual (EPI): cualquier equipo, complemento o accesorio destinado a ser

llevado o sujetado por el trabajador para la protección de los riesgos que puedan amenazar su salud y

seguridad durante la realización de su trabajo.

2.1.1. Causas de riesgo

Los accidentes laborales responden a dos tipos de causas:

• Condiciones peligrosas debidas al factor técnico. Son aquellas que se derivan de fallos en instalaciones, máquinas, herramientas, normativa, diseño del proceso de trabajo, equipos de trabajo, organización del trabajo, etc., que introducen un riesgo, que es posible causa de accidente.

Algunos ejemplos son los siguientes: la falta de protección personal, los dispositivos de protección inadecuados de las máquinas o herramientas, las ropas de trabajo inapropiadas,

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equipo de trabajo o materiales defectuosos, instalaciones o construcciones inadecuadas o en mal estado, materiales esparcidos o en desorden, inadecuado mantenimiento de los equipos y herramientas, iluminación y/o ventilación inadecuada, etc.

• Actos inseguros debidos al factor humano. Se derivan de los comportamientos inadecuados e imprudentes de trabajadores o mandos que introducen un riesgo posible de accidente.

Algunos ejemplos son los siguientes: trabajar a una velocidad inadecuada, poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad, adoptar una postura o cargar incorrectamente, prescindir del equipo de protección individual, hacer el mantenimiento del equipo cuando está en movimiento, incumplir las normas de seguridad, beber excesivamente o consumir drogas, etc.

2.2. DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

Las fuentes de riesgo generan la aparición de riesgos. Cuándo éstos se actualizan y/o acontecen, pueden provocar diferentes consecuencias.

Un riesgo no identificado o no controlado puede dar lugar a daños. Se considerarán daños derivados del trabajo todas aquellas enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Las posibles consecuencias de un riesgo laboral si éste se actualiza y/o acontece son las siguientes:

• Accidente de trabajo: Es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por

consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena. Éste es un suceso anormal, no deseado,

que se presenta de forma brusca e inesperada e interrumpe la continuidad normal de las tareas

causando lesiones en el propio profesional y/o en terceras personas.

• Enfermedad profesional: Es aquella que se adquiere a consecuencia del ejercicio continuado

de un trabajo y debido precisamente a las características de éste. A diferencia del accidente

laboral, la enfermedad profesional no es un acontecimiento súbito e inesperado, sino que se

produce después de un determinado periodo de tiempo en el que el empleado está expuesto a

un agente contaminante (físicos, químicos o biológicos).

FUENTE DE RIESGO RIESGO DAÑOS

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Los factores principales que determinan una enfermedad profesional son las características personales de los trabajadores, el tiempo de exposición, la concentración e intensidad del contaminante, y la presencia simultánea de varios contaminantes.

• Otras patologías derivadas del trabajo: fatiga física y mental, insatisfacción laboral, estrés etc.

• Incidentes (denominados también “accidentes blancos”): actualización de un riesgo sin que

produzca consecuencias significativas para el trabajador. Los incidentes pueden provocar o no daños materiales. Por ejemplo, un camarero traslada varios objetos en una bandeja y ésta se vuelca por algún motivo (sobrepeso de la bandeja, tropiezo del camarero, etc.). Consideramos que se produce un incidente si la persona no sufre daños, pudiendo provocar o no daños materiales (rotura de vajilla, mancha en la alfombra, etc.).

2.3. ESTRATEGIAS DE ACTUACIÓN Las estrategias de actuación que se pueden adoptar y aplicar para evitar los riesgos profesionales son:

• La previsión: estrategia que elimina el riesgo en su origen. Eliminado el riesgo, el accidente no se puede producir.

• La prevención: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de

la actividad de la empresa cuya finalidad consiste en evitar o disminuir los riesgos derivados del

trabajo. Esta estrategia trata de evitar el accidente o su actualización, es decir, que no suceda. El riesgo no es eliminado, pero se controla.

• La Protección: estrategia que trata de eliminar o minimizar las consecuencias de los accidentes,

y aminorar la gravedad de los posibles daños. Se parte de la base de que el accidente se puede producir porque no se elimina el riesgo, ni se pueden reducir las condiciones de peligro.

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Situación de Trabajo

Actualización del riesgo

Si no puedo eliminar

Previsión (elimina el riesgo)

Consecuencia

Prevención (Evita el accidente)

Protección (Minimiza el daño)

Riesgo

Accidente

Daño

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RECUERDE:

Un riesgo no identificado o no controlado puede dar lugar a daños. Si un riesgo laboral se actualiza y/o acontece puede provocar en el trabajador un accidente, una enfermedad profesional u otras patologías derivadas del trabajo (estrés, insatisfacción laboral, etc).

Si conocemos el riesgo, podemos adoptar medidas para eliminarlo o para evitar que ese

riesgo genere accidentes.

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3. LA ACTIVIDAD PREVENTIVA 3.1. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN La L.P.R.L. exige por parte de las empresas el desarrollo de un sistema de gestión que permita garantizar la seguridad y la salud del trabajador. La acción preventiva debe estar basada en los puntos que resumimos en el siguiente esquema:

Planificación de la actividad preventiva

Plan de Actuación

Actualización y Revisión de la Evaluación

- Medios humanos y materiales

- Información-Formación de los trabajadores

- Medidas de Emergencia

- Medidas de vigilancia de la Salud

Evaluación Inicial

de Riesgos

de Riesgos

Vemos, pues, que en la actuación preventiva se deberán realizar los siguientes pasos:

a) El empresario ha de realizar una evaluación inicial de los riesgos de la empresa.

b) En función de los resultados de esta evaluación inicial, el empresario debe realizar la planificación de la actividad preventiva y concretar un plan de actuación que incluya:

Los medios humanos y materiales necesarios.

La información-formación de los trabajadores en materia preventiva.

El establecimiento de las medidas de emergencia precisas para cubrir necesidades de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.

El establecimiento de las medidas de vigilancia de la salud.

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c) La evaluación se debe actualizar y revisar cuando se den las circunstancias especificadas en la normativa. Todas estas actuaciones se deben materializar en documentos que deben permanecer en todo momento a disposición de las autoridades laborales y sanitarias.

3.2. EVALUACIÓN INICIAL DE RIESGOS

La Evaluación Inicial de riesgos se realizará con el propósito de estimar la magnitud de aquellos riesgos que no puedan evitarse inicialmente y obtener la información necesaria para decidir sobre las medidas de prevención y protección que deben adoptarse (Plan de Actuación Preventiva). Para evaluar la gravedad del riesgo, se valorarán conjuntamente la probabilidad y gravedad de éste.

Para evaluar los riesgos de una empresa, se debe realizar un análisis sistemático de todos los aspectos de la actividad laboral. Por tanto, la evaluación de riesgos debe ser extendida y practicada a cada uno de los puestos de trabajo de la empresa en los que concurran riesgos que no se hayan podido eliminar inicialmente.

Es conveniente que participen en ella las personas presentes en el lugar de trabajo: mandos y trabajadores o sus representantes. Todos ellos pueden aportar su experiencia en las distintas fases del proceso. No obstante, será obligatorio informar a los trabajadores y/o sus representantes del resultado de las evaluaciones y de las medidas de prevención que deben adoptarse.

3.3. PLAN DE ACTUACIÓN PREVENTIVA El objetivo del Plan de Actuación es, por una parte, la Planificación de las Medidas de Control del Riesgo para eliminar, controlar o reducir los riesgos detectados en la evaluación inicial y, por otra, realizar la planificación del conjunto de actuaciones a desarrollar en el periodo establecido, al objeto de que la empresa pueda desarrollar un sistema continuado de gestión de la seguridad y salud. Todas las actuaciones serán abordadas con la prioridad que la propia evaluación haya establecido. En la planificación de toda la actuación preventiva de la empresa deben fijarse:

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• El plazo y los recursos necesarios para la consecución de los objetivos previstos.

• Los responsables de la ejecución, seguimiento y control de las medidas preventivas, y qué formación reciben

La responsabilidad de la realización de estas actuaciones preventivas corresponde al empresario. No obstante, dependiendo de las características (tipo de actividad, número de trabajadores, etc.) de la empresa, el empresario podrá optar por varias posibilidades:

• Gestionar personalmente la prevención. El empresario deberá estar capacitado para ello y desarrollar habitualmente su actividad en el centro de trabajo. La empresa debe tener menos de 6 trabajadores y no estar incluida en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.

• Designar a uno o varios trabajadores para realizarlo (con formación en PRL).

• Contratar un servicio de prevención ajeno o constituir uno propio.

• Designar y formar las figuras de los Delegados de Prevención, si la empresa tiene 6 o más trabajadores y constituir y formar el Comité de Seguridad y Salud en empresas de más de 50 trabajadores.

Los elementos más importantes incluidos en el plan de actuación preventiva son los siguientes: 3.3.1. Formación e Información Cada trabajador debe recibir una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente. Los trabajadores deben estar informados respecto a los riesgos que existen en el lugar de trabajo, así como convenientemente formados para prevenirlos y evitarlos en la medida de lo posible. Los trabajadores deben recibir información sobre:

- Las actividades que se realizan, por parte de todos los órganos de la empresa en materia de prevención y protección.

- El conocimiento de los trabajadores designados para primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación del personal en caso de emergencia.

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El programa de formación debe incluir:

- La identificación de las necesidades para cada puesto de trabajo, redactando una lista de los conocimientos y competencias necesarias para ello.

- Debe tener en cuenta la evolución y los cambios en las condiciones laborales. - El conocimiento de los procedimientos de operación seguros. - La necesidad del uso correcto de los dispositivos de seguridad asociados a las herramientas y a

las máquinas, como, por ejemplo, los resguardos de seguridad. - Las indicaciones sobre el empleo de los equipos de protección personal: cómo cuidarlos y

asegurarse de su correcto funcionamiento, y cómo seguir los procedimientos estipulados para una eventual reparación o sustitución.

3.3.2. Medidas de emergencia

Son aquellas medidas necesarias para cubrir necesidades de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores. Estas medidas han de estar previstas para ser adoptadas en situaciones de emergencia tales como: accidente grave, incendio, explosión, derrames de productos químicos y aquellas otras que por razones de la actividad, ubicación, etc. se pudieran presentar (inundación, atraco...).

Para cumplir con la adopción de las medidas de emergencia, la Ley establece de modo expreso:

• Que la empresa tenga específicamente a personal encargado de poner en práctica estas medidas. Deberán poseer formación necesaria, ser suficientes en número y disponer del material adecuado.

• Que se realicen comprobaciones periódicas con el fin de asegurarse de que estas medidas funcionan correctamente.

3.3.3. Vigilancia de la salud

El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica del estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. El objetivo es detectar posibles lesiones bioquímicas o fisiológicas precoces, y si es posible que se encuentren en una etapa aún reversible.

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La empresa puede vigilar la salud de los trabajadores a través de los reconocimientos médicos periódicos. En la práctica, para poder efectuar estos controles, se tendrán en cuenta un conjunto de consideraciones que son las siguientes:

En todo caso se deben optar por reconocimientos o pruebas que causen menos molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo al que puede o está expuesto.

Se debe respetar siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona.

Toda la información relacionada con la salud del trabajador es confidencial. Cada trabajador debe ser informado individualmente de los resultados obtenidos. No obstante, el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo: Apto-no apto.

Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no pueden usarse con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador.

Es preciso remarcar que la vigilancia de la salud, siempre debe llevarse a cabo con el consentimiento del trabajador, excepto: - Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de

los trabajadores. - Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los

demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. - Cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos

específicos y actividades de especial peligrosidad. 3.3.4. Seguimiento y control El plan de prevención exige llevar a cabo el control y la supervisión del procedimiento que se está aplicando. El objetivo es, por una parte, verificar si el programa preventivo se está realizando según se diseñó y, por otra, examinar si la aplicación de las medidas preventivas ha supuesto una mejora en la seguridad. Ambos casos nos permitirán corregir o reconducir, durante o después de la puesta en marcha del plan de prevención, aquellos aspectos de la gestión preventiva que se consideren equivocados.

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La acción preventiva de la empresa, por tanto, es un proceso dinámico en el cual es necesario realizar un seguimiento y control de sus funciones en base a:

• Controles periódicos de las condiciones, la organización, los métodos de trabajo y el estado de la salud de los trabajadores para detectar situaciones potencialmente peligrosas y actividades de prevención inadecuadas o insuficientes.

• Los resultados de las Investigaciones de accidentes sobre las causas de los daños para la salud que se hayan producido.

• Revisión y actualización de la evaluación de riesgos. Deberá realizarse cuando acontezcan los supuestos que comentamos a continuación:

Se produzca una elección de nuevos equipos de trabajo, la utilización de nuevas sustancias o preparados químicos peligrosos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.

Se alteren las circunstancias o condiciones de trabajo.

Se produzca la incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido lo hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto de trabajo.

Los controles periódicos (incluidos los de vigilancia de la salud) indiquen que las actividades de prevención pueden ser inadecuadas o insuficientes.

Se produzcan daños a la salud (accidentes o enfermedades profesionales).

Cuando sin perjuicio de lo señalado en los apartados anteriores, así se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta, en particular, el deterioro por el transcurso del tiempo de los elementos que integran el proceso productivo.

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RECUERDE:

Si conocemos el riesgo, podemos adoptar medidas para eliminarlo o para evitar que ese riesgo genere accidentes. Cada empresa deberá realizar evaluaciones de riesgo, controles periódicos y actividades de seguimiento para identificar y valorar los riesgos existentes en el trabajo.

Todos los trabajadores deben ser informados de los riesgos existentes en su puesto de

trabajo y formados sobre las medidas necesarias para garantizar su seguridad y salud.

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4. RIESGOS GENERALES

4.1. ACCIDENTES DE TRABAJO

En este apartado exponemos los principales riesgos de accidentes de trabajo. 4.1.1. Caídas

Caída de personas a distinto nivel. Incluye tanto las caídas desde alturas (en edificios, árboles, máquinas, vehículos, etc.) como en profundidades (en excavaciones, aberturas en el suelo, etc.).

Caída de personas al mismo nivel. Comprende las caídas en lugares de paso o superficies de trabajo y caídas sobre o contra objetos.

Caídas de objetos por desplome o derrumbamiento. Comprende los desplome de edificios, muros, andamios, escaleras, estanterías, mercancías almacenadas, etc., pero también los hundimientos de masas de tierra, rocas, aludes, etc. sobre el trabajador.

Caída de objetos por manipulación. Accidentes provocados por la caída sobre el trabajador de objetos que él mismo está manipulando (herramientas, útiles, materiales, etc.), siempre que el accidentado sea la misma persona que manejaba el objeto.

Caída de objetos desprendidos. Comprende la caída de objetos (herramientas de trabajo, materiales, etc.) sobre un trabajador distinto al que lo manipula.

4.1.2. Choques/golpes/cortes

Pisadas sobre objetos. Incluye los accidentes que dan lugar a lesiones como consecuencia de pisadas sobre objetos cortantes o punzantes.

Golpes contra objetos inmóviles. Comprende aquellos supuestos de choque en los que, considerando al trabajador como parte dinámica, éste choca contra un objeto que no estaba en movimiento.

Golpes o cortes con objetos móviles. Son considerados aquellos supuestos en los que el trabajador es el que sufre los choques, cortes, rasguños, etc., ocasionados por elementos móviles de máquinas e instalaciones.

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Golpes o cortes por objetos o herramientas. El trabajador se lesiona con un objeto o herramienta que se mueve por fuerzas diferentes a la gravedad. Se incluirían aquí cortes con cuchillos o golpes con otras herramientas u objetos (madera, piedras, hierros, etc).

Proyección de fragmentos o partículas. Comprende los accidentes debidos a la proyección sobre el trabajador de partículas o fragmentos voladores procedentes de máquinas o de herramientas.

4.1.3. Atrapamientos y sobreesfuerzos

Atrapamiento por o entre objetos. Incluye los accidentes por atrapamiento del trabajador entre elementos de máquinas, diversos materiales, etc.

Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos. Incluye los atrapamientos debidos al vuelco de máquinas. Pueden producirse con tractores, vehículos de carga u otras máquinas que al volcar dejan al trabajador aprisionado por ellos.

Sobreesfuerzos. Accidentes originados por la manipulación de cargas o por movimientos incorrectos.

4.1.4. Accidentes con vehículo

Atropellos o golpes con y contra vehículos. Se incluyen tanto los supuestos de atropello a personas con vehículos, como los accidentes de vehículos en los que el trabajador lesionado viajaba. No se incluyen los accidentes “in itínere” (aquellos que se producen yendo o viniendo del trabajo).

Accidentes de tránsito. Están comprendidos los accidentes de tránsito ocurridos dentro de la jornada laboral, independientemente que sea su trabajo habitual o no.

4.1.5. Exposiciones, contactos y acciones de seres vivos

Exposición a temperaturas extremas. Accidentes causados por alteraciones fisiológicas al encontrarse un trabajador con un ambiente excesivamente frío o caliente.

Contactos Térmicos (quemaduras). Accidentes debidos a la alta temperatura que tienen los objetos que entran en contacto con cualquier parte del cuerpo (líquido o sólido).

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Contactos eléctricos. Comprende todos los accidentes originados por la electricidad.

Inhalación o ingestión de sustancias nocivas o tóxicas. Accidentes (y no enfermedad profesional) provocados por la presencia de una atmósfera tóxica o bien por la ingestión de productos nocivos. Se incluyen asfixias y ahogos.

Contacto con sustancias cáusticas y/o corrosivas. Accidentes producidos por contactos con sustancias y productos que dan lugar a lesiones externas.

Accidente por exposición a radiaciones. Accidentes que se producen por la exposición de las personas a radiaciones ionizantes o no ionizantes.

Accidentes causados por seres vivos. Se incluyen los accidentes causados directamente por personas y animales (agresiones, picaduras, mordeduras, etc.).

4.1.6. Explosiones e incendios

Explosiones. Acciones que pueden dar lugar a lesiones causadas por una onda expansiva o sus efectos secundarios.

Incendios. Accidentes producidos por los efectos del fuego o de sus consecuencias (quemaduras, intoxicaciones, etc.).

4.2. ENFERMEDADES PROFESIONALES

Las enfermedades profesionales se pueden deber a los siguientes riesgos:

1) Exposición a contaminantes químicos. Comprende la inhalación, ingestión o contacto con la piel de compuestos químicos presentes en el puesto de trabajo y que genera una enfermedad profesional (no un accidente).

2) Iluminación insuficiente o inadecuada. Riesgo derivado de la falta de luz o de la existencia de reflejos, brillos y contrastes en las superficies de trabajo. La falta de las adecuadas condiciones de iluminación pueden producir fatiga visual en el trabajador.

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3) Exposición a contaminantes biológicos. Riesgos producidos por el contacto del trabajador con microorganismos (virus, bacterias, hongos o parásitos) presentes en el puesto de trabajo y específicos del mismo.

4) Exposición a ruido. Riesgo producido por la existencia de un nivel de ruido elevado en la zona donde se halla el puesto de trabajo. El riesgo puede ser causado por un nivel continuado o por ruidos puntuales muy fuertes.

5) Exposición a vibraciones. Riesgo producido por la transmisión de vibraciones en el organismo humano. La transmisión de vibraciones pueden ser local (uso de una herramienta manual vibrante, tal como un taladro), o global a todo el cuerpo (por ejemplo, vibración transmitida por el asiento de una carretilla elevadora).

6) Estrés térmico. Riesgo producido por la exposición de una persona a temperaturas extremas.

7) Exposición a radiaciones ionizantes. Riesgo producido por la exposición del cuerpo a rayos gamma, Beta, X.

8) Exposición a radiaciones no ionizantes. Riesgos producidos por la exposición del trabajador a microondas, campos electromagnéticos, ultravioleta, infrarrojo o láser.

4.3. OTROS RIESGOS

1) Fatiga física. Está provocada por la realización de tareas que requieren esfuerzo físico intenso o abundante (manipulación de cargas, movimientos repetitivos, posturas forzadas de trabajo, descansos insuficientes, trabajo de pie continuado, etc.).

2) Fatiga mental o psicológica. Se debe a la realización de tareas con altas exigencias de actividad

mental (atención, memoria, etc.) durante un período determinado de tiempo.

3) Estrés. Se produce cuando una persona percibe que no puede afrontar ciertas situaciones laborales y que esto le producirá consecuencias negativas. Depende de las características de la persona (carácter, introversión/ extroversión, edad, experiencia laboral, etc.) y de las condiciones de trabajo (nivel de ruido, horario de trabajo, carga mental, alta o baja exigencia de tareas, etc).

4) Insatisfacción laboral. Consiste en el malestar que experimenta un profesional a consecuencia

del trabajo que realiza. Las causas hay que buscarlas tanto en las características personales

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como en los componentes negativos de la organización (salario, exigencias inadecuadas, rutina, presiones externas, falta de comunicación, malas relaciones, baja valoración del trabajo, etc.).

5) Otros. Recientemente, están apareciendo nuevos riesgos laborales relacionados con aspectos

psicosociales y de organización del trabajo: mobbing (acoso laboral), burn-out (agotado mentalmente), etc.

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RECUERDE:

Existen numerosos riesgos laborales que pueden producir accidentes, enfermedades profesionales u otros daños para la salud del trabajador. Cada empresa, aunque comparta características con otras empresas de su sector, deberá evaluar sus propios riesgos.

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5. RECOMENDACIONES GENERALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS 5.1. CAÍDA DE PERSONAS AL MISMO NIVEL Principales acciones preventivas:

• Mantener un buen nivel de orden y limpieza.

• Prestar especial atención a los obstáculos que podemos encontrarnos: cables de teléfono, cables alargadores, carros de archivadores, cajas, papeleras, etc.

• Si evitar el obstáculo no es posible, éste debe estar correctamente señalizado.

• Señalizar claramente cuando un piso ha sido tratado con productos deslizantes.

• Utilizar calzado adecuado a las condiciones del suelo y de la actividad.

• Reparar lo más rápidamente posible las baldosas rotas e irregularidades del suelo.

• No correr por los pasillos ni por los lugares de trabajo.

• Iluminar adecuadamente las zonas de trabajo.

5.2. CAÍDA DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL Principales acciones preventivas:

• Utilizar solamente elementos estables adecuados a la altura a la que se quiere llegar (tarimas, banquetas, escaleras de mano, etc.), evitando el uso de sillas, cubos invertidos, cajas, etc.

• Las escaleras de mano estarán provistas de zapatas otro mecanismo antideslizante en su pie o de ganchos de sujeción en la parte superior.

• Las escaleras de tijera o dobles, estarán provistas de topes en su extremo superior y cadenas o cables que impidan su abertura.

• Se revisarán periódicamente todas las escaleras para comprobar su correcto estado.

• Modificar las escaleras fijas a fin de que reúnan unas condiciones mínimas de seguridad: barandilla bien sujeta y de adecuada altura, peldaños antideslizantes, etc.

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• Se prohibe el transporte y manipulación de cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o dimensiones puedan comprometer la seguridad del trabajador.

• El ascenso y descenso se hará siempre de frente a la escalera, sujetándose con ambas manos.

5.3. UTILIZACIÓN DE HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS

Principales acciones preventivas:

• Se realizará un control de adquisiciones de los nuevos equipos, maquinaria o productos a fin de que estén debidamente homologados y proporcionen la información necesaria sobre su adecuada utilización y almacenaje.

• Las herramientas empleadas deben adecuarse al trabajo que se va a realizar. Han de ser utilizadas, almacenadas y transportadas de forma cuidadosa. Se deberá verificar sus condiciones óptimas de uso, y ser reparadas o repuestas en caso necesario.

• Cuidar las fuentes de alimentación de máquinas y herramientas eléctricas.

• Utilizar responsablemente los dispositivos o resguardos de seguridad de máquinas y herramientas y utilizar equipos de protección individual siempre que sea necesario. Así, por una parte, se podrá actuar contra las lesiones producidas por el contacto, las roturas y la proyección de partículas y, al mismo tiempo, prevenir las posibles afecciones o enfermedades originadas por el polvo generado, los traumatismos y los desórdenes generales del organismo producidos por las vibraciones o los ruidos.

• Realizar el transporte, instalación, ajuste, mantenimiento, desmantelamiento y retirada de máquinas en las condiciones de uso previstas y especificadas por el fabricante.

5.4. RIESGO ELÉCTRICO

Principales acciones preventivas:

• Cuidar las fuentes de alimentación de máquinas y herramientas eléctricas.

• Desconectar los aparatos eléctricos tirando de la clavija, y no del cable.

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• Cuando algún aparato eléctrico no funcione adecuadamente o presente un calentamiento no habitual, deberemos desconectarlo, retirarlo de uso, informar a los demás compañeros y avisar al servicio técnico correspondiente.

• Los aparatos eléctricos deben ser desconectados antes de su limpieza, cada vez que los manipulemos para cambiar algún elemento (cuchillas, fresas, etc.) y durante las reparaciones.

• Las tomas de corriente no deben sobrecargarse con muchos aparatos eléctricos.

• Debe protegerse los aparatos eléctricos de acumulaciones de líquidos. No limpiar ni manipular instalaciones o aparatos con elementos mojados o húmedos.

• Mantener las partes activas de la instalación alejadas de las zonas por las cuales circulan o en las que permanecen trabajadores, y recubrirlas con materiales aislantes.

• Se deberán realizar revisiones e inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas.

• Deben utilizarse medidas de protección en las instalaciones, máquinas o equipos de trabajo: puesta a tierra, interruptores diferenciales, doble aislamiento, fusibles e interruptores magnetotérmicos, etc.

• En caso necesario, utilización de protección individual aislante (guantes, calzado, casco, etc.).

5.5. MANIPULACIÓN DE MATERIALES Y CARGAS Principales acciones preventivas:

• Emplear, siempre que sea posible, medios mecánicos tales como gatos hidráulicos, palancas, carretillas, etc.

• La secuencia adecuada para el levantamiento manual de una carga debe ser: separar un poco los pies y apoyarlos firmemente sobre un piso liso, flexionar las piernas manteniendo siempre la espalda recta y levantar la carga gradualmente enderezando las piernas.

• Es imprescindible asegurar la carga con las manos.

• Mantener la carga próxima al cuerpo y con los brazos pegados a él.

• Pedir ayuda cuando sea necesario levantar o transportar cargas demasiado pesadas para una sola persona.

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5.6. POSTURAS FORZADAS O INCORRECTAS Principales acciones preventivas:

• Efectuar pausas, rompiendo la continuidad en la misma postura. Debemos evitar permanecer excesivo tiempo seguido sentados o de pie.

• Eliminar hábitos incorrectos al sentarse. El ángulo de flexión de la rodilla debe ser de 90º y evitaremos inclinarnos lateralmente o hacia delante cuando permanecemos sentados.

• Prestar atención a las características ergonómicas del mobiliario.

Algunas características recomendables en una silla son:

- Asiento con bordes redondeados. - Altura regulable. El asiento debe quedar a una altura tal que permita apoyar

los antebrazos en la mesa cómodamente. - Respaldo regulable. La zona lumbar de la espalda debe apoyar firmemente. - Apoyabrazos regulables. - Asiento giratorio y estable (pie con cinco brazos y ruedas). - Reposapiés estable y antideslizante, si es necesario (los pies deben estar

perfectamente apoyados).

Las mesas deben tener una altura entre 70 y 75 cm., con parte inferior para ubicar las piernas y una superficie mínima, en puestos de trabajo con ordenador, de 170 x 80 cm. La altura de la mesa respecto a la silla debe estar graduada de forma que apoyando las manos sobre el teclado, el antebrazo quede en posición horizontal.

5.7. ORDENADOR Principales acciones preventivas:

• Regular brillo, contraste y color en los monitores.

• Orientar el monitor o situar el puesto de trabajo respecto a los puntos de luz natural o artificial, de forma que permita trabajar con suficiente iluminación y se eviten los reflejos de pantalla.

• Revisar los monitores que presenten problemas de nitidez, contraste, centelleo o vibraciones de la pantalla.

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• Situar correctamente la pantalla: centrada frente al trabajador, a una altura tal que el borde superior de la pantalla quede a la altura de los ojos y no acercar demasiado los ojos a la pantalla (separación mínima de 60 cm.).

• Disponer en la mesa de trabajo de espacio suficiente para apoyar las muñecas y los antebrazos mientras se teclea o se utiliza el ratón.

5.8. EXPOSICIÓN A RUIDO Principales acciones preventivas:

• Reducir los niveles de ruido aislando o alejando de los puntos de trabajo las máquinas más ruidosas o sustituyéndolas por otras más silenciosas.

• Apantallar zonas o máquinas ruidosas, como por ejemplo los extractores.

• Reparar las máquinas y herramientas defectuosas.

• Utilizar protección personal cuando sea necesario (cascos anti-ruido, orejeras, etc.).

5.9. ATMÓSFERA Y VENTILACIÓN Principales acciones preventivas:

• Mantener en estado de funcionamiento la instalación de ventilación en lugares de trabajo en los que se generen gases, vapores, partículas sólidas y líquidas, etc., que contaminan el aire. Además, deberá estar regulada por un sistema de control que indique y permita prevenir cualquier avería.

• La ventilación de los locales que no estén ocupados únicamente por empleados y que contengan productos o substancias peligrosas será necesario adoptar y seguir las disposiciones específicas que existen a tal efecto.

• Deben evitarse las temperaturas y humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura y las corrientes de aire molestas. La temperatura estará comprendida entre 17 y 27 º C cuando se realicen trabajos sedentarios y entre 14 y 25 º C cuando se trate de trabajos ligeros.

• La vestimenta de los trabajadores deberá ser adecuada a las condiciones de cada puesto de trabajo: esfuerzo físico requerido, lugar de trabajo externo/interno, etc.

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5.10. ILUMINACIÓN Principales acciones preventivas:

• Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural, que deberá complementarse con una iluminación artificial cuando la primera, por sí sola, no garantice las condiciones de visibilidad adecuadas.

• Los niveles mínimos de iluminación deben adecuarse a las necesidades de cada lugar y puesto de trabajo en la empresa.

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RECUERDE:

La empresa debe proporcionar información a los trabajadores sobre las medidas preventivas que pueden resultar útiles para evitar algunos de los riesgos más frecuentes en su puesto de trabajo.

Es importante mantener un buen nivel de orden y limpieza en toda la empresa. Así, podemos

evitar numerosos riesgos: caídas de persona, golpes y cortes por caídas de objetos, incendios, etc.

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6. MEDIDAS DE PROTECCIÓN COLECTIVA E INDIVIDUAL 6.1. INTRODUCCIÓN El espíritu de las directivas de la Unión Europea en materia de seguridad y salud de los trabajadores es prever y eliminar, desde el origen, la posibilidad de que sobrevengan situaciones potencialmente peligrosas. No obstante, y a pesar de todos los esfuerzos que se puedan realizar en materia de prevención, siempre existirá un riesgo residual imprevisible e inevitable. Por tanto, el trabajador deberá recibir los medios necesarios para eliminar o atenuar las consecuencias del daño derivado de dicho riesgo. En este sentido, entre la protección colectiva y los equipos de protección individual (EPIs) debe existir una complementación y coordinación que permita dentro del Plan de Prevención cubrir todas las posibles fuentes de riesgo. 6.2. PROTECCIÓN COLECTIVA La protección colectiva constituye el conjunto de técnicas de seguridad cuyo objetivo es la protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un determinado riesgo. Ejemplos de ella son: la formación, el fomento de la participación, la creación de canales de comunicación entre los empleados y la directiva, el mantenimiento de unas condiciones ambientales confortables y de una ventilación general, sistemas contra caídas de altura (barandillas, redes de seguridad ...), la sustitución de los agentes contaminantes y el uso de un mobiliario ergonómico. 6.3. PROTECCIÓN INDIVIDUAL La ley de PRL y, de manera más específica, el R.D. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual establecen que el empresario deberá cumplir lo siguiente:

• Proporcionar gratuitamente a los trabajadores EPIs, que los protejan adecuadamente de aquellos riesgos para su salud o su seguridad que no puedan evitarse o limitarse suficientemente mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas de organización del trabajo.

• Garantizar su correcta utilización en el trabajo y reponerlos cuando resulte necesario.

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• Determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual y precisar, para cada uno de estos puestos, el riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección, las partes del cuerpo a proteger y el tipo de EPIs que deberán utilizarse.

• Elegir los EPIs conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de este Real Decreto, manteniendo disponible en la empresa o centro de trabajo la información pertinente a este respecto y facilitando información sobre cada equipo.

La necesidad del EPI sólo se justifica cuando:

1. Es imposible eliminar el riesgo 2. Es imposible instalar una protección colectiva eficaz. 3. Existe un riesgo residual tras haber instalado una protección colectiva.

El equipo de protección individual puede, por tanto, definirse como aquel equipo destinado a ser utilizado por el trabajador para la protección personal de uno o varios riesgos. Los EPIs pueden proteger una parte específica del cuerpo del trabajador o a toda la persona. Algunos ejemplos son: tapones auditivos, orejeras, pantallas faciales, máscaras, casco, gafas de protección, guantes, botas, mandiles, trajes cerrados, rodilleras, cinturones de seguridad, zapatos de seguridad con suelas termoaislantes, ropa anti-inflamable, ropa de protección para el mal tiempo, etc. Los trabajadores tienen la obligación de utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual, colocarlos después de su utilización en el lugar indicado para ello e informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el EPI utilizado. Asimismo, todos los trabajadores deberán respetar las indicaciones del fabricante (instrucciones de uso).

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RECUERDE:

Es necesario y obligatorio la utilización de EPIs en tareas y puestos de trabajo en los que

existan riesgos que no pueden evitarse o controlarse suficientemente mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas preventivas.

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7. MEDIDAS DE EMERGENCIA 7.1. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Las situaciones de emergencia pueden ser de muchos tipos: incendios, evacuación, primeros auxilios, riesgos de explosión, terremotos, inundaciones, etc. La principal prioridad ante una situación de emergencia debe ser la protección de las personas. Dicha protección se logra a través de un Plan de emergencia y evacuación, que permita saber actuar con eficacia ante eventuales situaciones de emergencia y posibilite al personal trasladarse de forma ordenada y controlada hacia lugares seguros, en el interior (evacuación parcial) o exterior (evacuación total) de la empresa. En empresas que no requieran de medidas específicas, el control de las situaciones de emergencia debe incluir los siguientes aspectos:

• Análisis de la situación de la empresa y de las posibles situaciones de emergencias. En función de esto, se deberá adquirir y disponer de todos los medios de protección necesarios: extintores, boca de incendios equipadas (BIE´S), salidas e iluminación de emergencia, sistema de alarma, señalización, botiquín, etc.

• Revisiones para verificar la situación, idoneidad y estado de mantenimiento de los medios disponibles para emergencias y corregir las posibles anomalías. Los medios y equipos de protección contra incendios deben revisarse periódicamente y seguir un programa de mantenimiento de equipos basado en el actual Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios. Asimismo, los equipos o medios necesarios en caso de primeros auxilios u otras emergencias deben revisarse periódicamente para comprobar que su contenido y funcionamiento son los adecuados.

• Comprobación del estado de las vías habituales o específicas de evacuación, verificando que están debidamente señalizadas, iluminadas y libres de obstáculos. Cuando sea preciso, se deberá disponer de planos de situación y evacuación que orienten a las personas hacia la salida.

• Colocación de listas actualizadas de teléfonos de urgencia en todos los puntos necesarios.

• Designación, por escrito, de los trabajadores encargados de poner en práctica las medidas de emergencia. Estas personas deben recibir la formación necesaria para actuar en la prevención y extinción de incendios (utilización del extintor, etc.), prestación de primeros auxilios y actuaciones en otras emergencias. La formación recibida debe estar reflejada en certificados.

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• Formación continua en materia de emergencia de todas las personas de la empresa. Las prácticas y simulacros realizados periódicamente resultan útiles para recordar las pautas de actuación y el adecuado manejo de los medios de protección disponibles.

• Organización escrita de las pautas fundamentales para una actuación coordinada de las personas designadas para intervenir activamente en emergencias y la evacuación del centro. El resumen de estas pautas deberá estar disponible en el tablón de anuncios o en lugares visibles para que todos puedan recordarlas.

• Elaboración, si procede, de instrucciones y normas para los visitantes en caso de emergencia.

• Establecimiento de acuerdos o convenios de colaboración para una actuación conjunta en caso de emergencia con empresas próximas al centro de trabajo, así como con entidades (Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Protección Civil, etc.) siempre que su ubicación y características lo permita.

En empresas con riesgos especiales deben diseñarse medidas de emergencia específicas y un plan de emergencias más amplio. 7.2. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO Las técnicas de actuación contra incendios pueden ser de prevención y de protección.

• La prevención está prevista para reducir al mínimo las posibilidades de inicio de un incendio.

• La protección complementa la acción preventiva tratando de evitar la propagación y reducir las consecuencias. Estarían incluidas en este apartado la detección y la comunicación del incendio, su extinción y la evacuación, en caso necesario.

7.2.1. MEDIDAS PREVENTIVAS Algunas medidas preventivas importantes para evitar que se inicie un incendio son las siguientes:

• Orden y limpieza en todas las zonas de la instalación.

• Mantener un buen sistema de ventilación en toda la instalación, especialmente en lugares donde se encuentren sustancias combustibles. Estas sustancias, además, deben almacenarse separadamente de otras.

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• Los productos combustibles e inflamables deben disponer de etiquetas que indiquen la prohibición de fumar y las características del producto. Los recipientes deben permanecer perfectamente cerrados cuando terminemos de usarlos.

• Debemos evitar la acumulación excesiva de posible material combustible (residuos, cajas, papeles, etc.).

• Debemos evitar colocar y almacenar materiales cerca de calderas, aparatos de calefacción, cuadros eléctricos, maquinas, etc., ya que un mal funcionamiento del equipo podría provocar el inicio de un fuego.

• Verter los residuos y basuras inflamables siempre en recipientes metálicos cerrados.

• Nunca se debe fumar ni producir llamas en las zonas que la ley establece (almacenes, por ejemplo).

• Se deben colocar señales de prohibición de fumar en todos los lugares que lo requieran.

• No tirar colillas que no estén completamente apagadas a la basura u otro material combustible.

• No abandone cigarros encendidos en ningún sitio.

• No sobrecargar la instalación eléctrica.

• Desconectar los aparatos eléctricos después de su utilización.

• Debe realizarse un mantenimiento preventivo de toda la instalación y equipamiento eléctrico.

• Cuidar del buen mantenimiento y conservación de la maquinaria, las herramientas y demás equipos de trabajo.

7.2.2. MEDIDAS DE PROTECCIÓN Las medidas de protección tratan de evitar la propagación del incendio y reducir sus consecuencias. Estarían incluidos en este apartado la detección, comunicación y extinción del incendio, y la evacuación en caso necesario. Los medios de protección de que se disponga (alumbrado de emergencia, instalaciones de detección y alarma, etc.) deben estar operativos y debidamente revisados.

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7.2.2.1. Detección y comunicación Los componentes principales de los sistemas de detección de incendios son los detectores automáticos, los pulsadores de alarma y las centrales de señalización y control. El incendio puede ser detectado por los detectores automáticos, que se activan por el calor o el humo producidos por el fuego. En otros casos, será una persona la que descubra el inicio de un fuego. Ésta deberá dar el aviso al centro de control y, desde aquí, se avisará a los bomberos. El protocolo de comunicación para avisar de un incendio se realizará cumpliendo las pautas siguientes:

1. Comunicar personal o telefónicamente con el centro de control. 2. Explicar qué ocurre (incendio, humo, explosiones, etc.). 3. Comunicar el lugar exacto en el que se desarrolla la emergencia. 4. Describir la situación: daños sufridos (personales y materiales), personas implicadas, etc.

El centro de control dará aviso, siguiendo el protocolo anterior, al jefe de intervención, que se dirigirá inmediatamente al lugar de la emergencia. Desde el centro de control, y previa orden de evacuación por parte del jefe de emergencia, se comunicará la alarma de evacuación al personal del centro siguiendo alguno de los métodos expuestos a continuación:

a) Comunicación mediante señal acústica de alarma. b) Comunicación mediante megafonía. Se debe indicar las zonas afectadas por el incendio y

comunicar a todo el personal que deben dejar toda actividad y dirigirse al punto de encuentro.

Otro procedimiento de aviso necesario es a través de los pulsadores de emergencia. Hay que procurar utilizar el pulsador más cercano al área donde se detecta el incendio. Para activar la alarma debemos romper el cristal y accionar el pulsador. En todos los lugares que se considere necesario, se deberán colocar pulsadores manuales de alarma.

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7.2.2.2. Extinción de incendios Es imprescindible que cada empresa cuente con los medios de extinción adecuados a sus características, que han de ser distribuidos teniendo en cuenta los lugares de mayor riesgo. Se deben tener planos con la ubicación de los diferentes medios de extinción y colocarse en lugares que permitan ser consultados en caso de emergencia. Asimismo, deben estar señalizados y resultar fácil acceder a los mismos. Los principales equipos de extinción son: extintores portátiles, Bocas de Incendio Equipadas (BIE), hidrantes exteriores, columna seca y los rociadores automáticos (sprinklers). En cada área debe colocarse el equipo de extinción acorde con la clase de fuego previsible en esa área. Todas las zonas deben contar con extintores. No obstante, no todos los agentes extintores son válidos en cualquier tipo de incendio. En cada área debe colocarse un tipo de extintor acorde con la clase de fuego previsible en esa área. Todo el personal debe conocer el manejo de los extintores. Para que el uso de los extintores resulte efectivo es importante que todos tengamos en cuenta los aspectos siguientes:

• Comprobar las instrucciones de uso.

• Desmontar el extintor de su base, sujetarlo por la manija y mantenerlo y transportarlo en posición vertical.

• Situarse a una distancia prudente del incendio y con el viento a favor.

• Retirar la anilla de seguridad y probarlo ligeramente (recuerde que duran 12-14 segundos).

• Dirigir la manguera a la base de la llama más cercana. Aprieta la manija y haz un movimiento en zig-zag a la base de la llama para barrer el fuego.

• Tumbar el extintor cuando esté vacío. 7.2.2.3. Evacuación Dependiendo de la dimensión e intensidad del incendio, puede ser necesario la evacuación del lugar de trabajo. Para que la evacuación sea efectiva y se realice en condiciones de seguridad deben seguirse las normas siguientes:

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• Las vías de evacuación (incluidas escaleras) y salidas de emergencia deben permanecer en orden, limpias y despejadas de obstáculos. Sus puertas jamás han de estar cerradas con llave o candados.

• Las vías de evacuación y salidas de emergencia estarán señalizadas, bien iluminadas y desembocar, lo más directamente posible, al exterior o a una zona de seguridad.

• Nunca utilizaremos los ascensores en caso de incendio.

• Debe colocarse un plano de situación y la vía de evacuación más rápida.

• Las puertas resistentes al fuego (cortafuego) no deben bloquearse con ningún objeto que impida su cierre ya que, en caso de incendio, estas puertas ayudan a que fuego y humo no se propaguen a otras zonas.

• Deben quedar visibles la señalización e iluminación de emergencia (carteles de salida de emergencia, señalización de evacuación, señalización de medios de protección, etc.).

• Deben estar definidos los procedimientos a seguir en caso de evacuación, incluido los responsables de coordinarla.

• En el plan de evacuación se incluirá un punto de reunión cercano al local, aunque lo suficientemente alejado del peligro.

• Cada 6 meses se realizarán ejercicios de evacuación (simulacros). Cuando se recibe una señal o comunicado de evacuación, todos debemos abandonar la actividad que realizábamos y dirigirnos hacia el punto de encuentro determinado. Al dirigirnos a este punto, debemos hacerlo sin perder la calma, aunque tardando el menor tiempo posible para ello. Una vez nos encontremos en el punto de reunión, permaneceremos allí hasta que las personas responsables de controlar el incendio nos lo comuniquen.

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RECUERDE:

En caso de emergencia, todos debemos conocer las pautas de actuación. Será

responsabilidad de los trabajadores designados para ello, participar de una manera más activa (primeros auxilios, utilización de extintores, etc.).

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8. PRIMEROS AUXILIOS 8.1. MÉTODO PAS Para saber cómo actuar y en qué momento, se ha desarrollado un método de conducta para casos de accidente al cual llamamos PAS. Son las letras iniciales de las palabras:

1º PROTEGER 2º AVISAR 3º SOCORRER

Cualquier persona que actúe en un accidente debe asumir estas tres funciones y por este orden (con dos socorristas, con uno invertiríamos el orden a PSA). 8.2. PROTEGER Quiere decir evitar que el accidente sea más grave tanto para las personas ya afectadas como para la posibilidad de que los daños se hagan extensivos a los demás. Por ejemplo, si la persona se está electrocutando, desconectar la corriente; si hay fuga de gas, cerrar la llave de paso, etc. 8.3. AVISAR Quiere decir hacer los contactos pertinentes (llamar al médico de empresa, a una ambulancia, a la policía, bomberos, etc.) en función del tipo de accidente acontecido.

Entre los teléfonos imprescindibles están los siguientes: responsable de la empresa, médico de empresa, urgencias y ambulancia, mutua, policía y bomberos. Toda esta información debe estar actualizada y permanecer ubicada en centralita y en lugares que permitan una fácil consulta por parte de cualquier empleado de la empresa. Asimismo, cuando se dé el mensaje de aviso y se llame al teléfono de urgencias, servicio médico, etc., hay que informar de los siguientes aspectos:

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1. Tipo de Accidente (automóvil, caída, choque...). 2. El lugar donde se ha producido. 3. Las personas involucradas y su estado aparente, así como el estado de

otros afectados en el accidente si los hay. 4. Posición del accidentado. 5. Atrapamiento si existe y tipo y material del mismo. 6. Contaminantes evidentes en la escena. 7. Otros.

8.4. SOCORRER El objetivo de socorrer es el detectar y tratar las lesiones del herido por orden de importancia, para lograr la reanimación eficaz de la víctima. Esto quiere decir asistir en primera instancia a las personas afectadas por el accidente mientras llega el personal sanitario cualificado. Algunas pautas de actuación que es necesario seguir son las siguientes:

• Permanecer tranquilo, pero actuar con diligencia.

• Evacuar al herido a un hospital lo más rápidamente posible. Sin embargo, no se debe mover a la víctima sin examinar previamente las lesiones que padece. Existe la tendencia generalizada a introducirlo en un coche y trasladarlo a un centro sanitario. Este es un grave error que puede conllevar secuelas importantes.

• Manejar al accidentado con precaución

• No dar de beber agua a una persona sin conocimiento. El líquido puede seguir vías no naturales y/o provocar aspiraciones si el lesionado realiza un vómito en estado de inconsciencia.

• Al asistir al accidentado, también hay que estar preparado para tranquilizar y dar confianza a las personas, explicarles que ya se ha avisado y que pronto les auxiliarán.

• Únicamente deben socorrer las personas preparadas para hacerlo.

• Hacer una composición de lugar, para definir prioridades.

• Mantener al accidentado caliente y no medicar.

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• Es preciso también gestionar la adquisición del botiquín, que debe estar asimismo actualizado, con fechas de caducidad de los fármacos en vigor, y apropiada a los riesgos inherentes en la empresa y en número suficiente para una correcta distribución por zonas de trabajo y extensión de la empresa.

Los primeros auxilios a un accidentado deben seguir dos fases: RECONOCIMIENTO INICIAL O PRIMARIO: Valoración y tratamiento de la urgencia vital: asegurar la

correcta respiración y circulación sanguínea y control de hemorragias externas. El RECONOCIMIENTO SECUNDARIO: inspección, palpación y auscultación desde la cabeza a los

pies.

Cada una de estas fases incluye unos pasos a seguir. No debemos pasar de una fase o nivel a otro sin haber resuelto, o puesto en práctica, las medidas para resolver el anterior. 8.4.1. Reconocimiento inicial En este apartado describimos algunas pautas de actuación prioritarias en la actuación con un herido. El mayor problema que podemos encontrarnos es una Parada Cardio-Respiratoria (PCR). La PCR puede iniciarse como una parada respiratoria o como una parada cardiaca. Cuando lo que sucede inicialmente es una parada respiratoria, el latido cardíaco eficaz persiste durante algunos minutos y una rápida actuación sobre la víctima puede impedir la parada cardiaca. Si la parada es primariamente cardiaca, es imprescindible iniciar inmediatamente la Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP), con el fin de detener la parada cardio-respiratoria y sustituir temporalmente la respiración y la circulación espontáneas. 8.4.1.1. Asegurar correcta respiración La causa más frecuente de muerte evitable en traumatismos graves es la obstrucción de la vía aérea por la lengua al disminuir el nivel de conciencia. En ese sentido hay que actuar de la siguiente manera:

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a) El socorrista deberá inmediatamente confirmar o descartar la pérdida de conciencia. Para ello, analizará si existe respuesta o no a estímulos (una pregunta, por ejemplo). Si es así, nos indica que su vía aérea está permeable y que a su cerebro llega oxígeno.

b) En una situación de inconsciencia debemos comprobar la existencia de obstrucción de la vía aérea. Algunos síntomas son: cambios en la coloración de la piel, dificultad respiratoria intensa y/o progresiva, tiraje o esfuerzos de musculatura respiratoria auxiliar, aleteo nasal. En el caso de que el accidentado presente obstrucción o dificultad respiratoria, procederemos a abrir la boca, elevar la barbilla o traccionar el maxilar para levantar la lengua y limpiarla de cuerpos extraños si los hubiere.

Procederemos a desvestir el tórax del herido para visualizar la profundidad y frecuencia de la respiración.

8.4.1.2. Protección de la columna Con el objetivo de evitar que se agraven eventuales lesiones cervicales o cefálicas, es necesario que se mantenga la cabeza estrictamente alineada en posición neutra, especialmente durante las maniobras de examen de la boca y de elevación de maxilar inferior y base de la lengua para mantener abierta la glotis. Mientras se mantenga la sospecha de lesión es imprescindible el uso de protección manual de los movimientos cervicales, collarín cervical rígido, sacos de arena latero-cervicales, vendajes o cintas inmovilizadoras a la tabla de transporte o a la camilla, etc.

8.4.1.3. Respiración boca-boca Esta técnica se utiliza en la reanimación de personas que están en apnea (detención temporal de la respiración). La técnica se basa en colocar a la víctima boca arriba, tirando con la mano de la barbilla para que la cabeza quede hacia atrás cuanto sea posible, presionando los orificios nasales con los dedos, realizar un buen cierre hermético con los labios del reanimador a los del paciente e insuflarle nuestro aire respiratorio a un ritmo entre doce y veinte veces por minuto (una ventilación cada 3 a 5 segundos). Esta ventilación se puede combinar bien con el masaje cardíaco en las víctimas que además de apnea están en situación de parada cardiaca.

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8.4.1.4. Asegurar la circulación espontánea Una vez comprobado que la víctima está inconsciente, se ha solicitado ayuda profesional (servicios de emergencias, 061, etc.) se le ha colocado en posición correcta (sobre plano duro), se ha realizado la apertura de la vía aérea, se ha efectuado la limpieza manual de la boca, se ha objetivado la ausencia de respiración espontánea y se han realizado de 2 a 4 insuflaciones, ha llegado el momento de comprobar si existe o no actividad circulatoria. Emplee de 5 a 10 segundos para comprobar la presencia o no de pulso y continúe con la ventilación artificial. Habitualmente, el pulso se toma en la muñeca, en el cuello o en la ingle, presionando ligeramente el dedo del socorrista. El pulso carotideo es de fácil acceso para el socorrista y persiste cuando ya han desaparecido los pulsos periféricos. Al mismo tiempo podemos apreciar si el pulso es regular o irregular, débil o fuerte, lento o rápido (la frecuencia cardiaca normal es de 60 a 80 pulsaciones por minuto). Si no hay pulso es que hay parada cardiaca. En el caso de parada cardiaca, se iniciará el masaje cardíaco externo. 8.4.1.5. Masaje cardiaco externo El masaje cardíaco externo ayuda a proporcionar un precario flujo sanguíneo al corazón, pulmones, cerebro y otros órganos. Si se acompaña de una adecuada ventilación (boca a boca), se logrará el aporte mínimo de oxígeno para mantener la vida. El masaje cardíaco consiste en colocar al accidentado en una superficie plana y rígida. El socorrista colocará el talón de una mano (no los dedos) sobre la mitad inferior del esternón, en tanto que con la otra mano se incrementará la presión. Con un ritmo de unas 60 veces por minuto se comprimirá la pared torácica, de tal modo que descienda 4 centímetros aproximadamente, permitiendo que posteriormente vuelva a su posición normal, manteniendo los brazos extendidos. Se logra un flujo sanguíneo coronario máximo si la compresión es fuerte y breve. La duración de cada compresión torácica deberá ser igual, pero no exceder al tiempo de la descompresión.

8.4.1.6. Control de hemorragias Existen fundamentalmente cinco métodos para detener la pérdida de sangre en hemorragias externas:

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1. Compresión directa de la herida. Si es posible, usando una gasa estéril, una tela o un pañuelo limpio. Si no disponemos de nada limpio, usar nuestra propia mano para aplicar la compresión.

2. Elevación. Cuando la hemorragia afecta a una extremidad, el volumen de la misma puede

disminuirse elevándola por encima del nivel del corazón.

3. Presión en los puntos de compresión arterial. Cuando la compresión directa no es suficiente para controlar la hemorragia o cuando hay varios puntos de sangrado en una zona dependiente de la misma arteria, habrá que presionar en los puntos de compresión arterial. Por ejemplo: arteria carótida (en heridas en el cuello), arteria subclavia (en heridas del hombro), arteria axilar (en heridas del brazo), arteria humeral (en heridas en antebrazo), paquete inguinal (en heridas del muslo) y arterial femoral (en heridas en la pierna).

4. Inmovilización. Todo movimiento de una zona sangrante puede hacer que aumente la hemorragia.

Por tanto, la inmovilización debe ser otra de las medidas a tomar. 5. Colocación de un torniquete. Se colocará un torniquete de forma excepcional en lesiones de las

extremidades, cuando no podamos utilizar los métodos anteriores y persista la hemorragia. Se deben cumplir las siguientes directrices:

• Colocarlo siempre en la parte del miembro lesionado que queda entre la herida y el corazón.

• Usar materiales suaves y de cierta anchura, como una corbata o un pañuelo doblado.

• Colocar una almohadilla sobre la arteria a comprimir.

• Dar dos vueltas con el torniquete alrededor de la extremidad afectada, a 10 centímetros aproximadamente de la axila o de la ingle, y hacer un medio nudo.

• Colocar un palo, lápiz u objeto similar en la parte superior del medio nudo y completarlo sobre el mismo.

• Girar el palo para apretar el torniquete hasta que cese el sangrado, y no más.

• Nunca cubrirlo con un vendaje ni nada similar. Se debe reflejar la hora de aplicación del torniquete, apuntándolo en un papel y escribir una "T" en la frente del herido.

• El torniquete deberá ser aflojado a intervalos de veinte minutos.

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Inicialmente podemos obtener suficiente información de la circulación de la sangre por medio del Pulso. Además, la palidez y frialdad de la piel son síntomas indicativos de falta de irrigación sanguínea. 8.4.2. Reconocimiento Secundario El reconocimiento secundario se basa en la inspección, observación, palpación y auscultación para localizar y valorar contusiones, heridas, lesiones, fracturas, etc. Todo esto constituye información para cuando lleguen los servicios de urgencia. Este reconocimiento es menos prioritario y puede quedar en manos de los profesionales que trasladarán al accidentado. La secuencia adecuada es iniciar el reconocimiento en la cabeza y cara para, posteriormente, ir bajando a tórax, abdomen, pelvis, espalda y extremidades. A continuación, describimos algunos tipos de accidente y las pautas de actuación recomendables. 8.4.2.1. Quemaduras Se producen por el contacto con alguna fuente de energía: calor (fuego, líquidos o vapores calientes, sólidos, etc.), productos químicos (ácidos, bases u otras sustancias corrosivas), electricidad, radiaciones ionizantes, etc. Por tanto, el primer paso en la actuación ante una quemadura, será alejar a la víctima de la fuente de energía (calor, electricidad, ácido, etc.). Si son quemaduras térmicas leves, se sumergirá la parte quemada en agua fría o, si no es posible (cara, tronco), aplicar paños, compresas, etc. frías sobre la zona quemada. Es recomendable no colocar la zona quemada bajo un chorro de agua, ya que esto puede producir más dolor. Después, se cubrirá la zona afectada con vaselina o un producto graso similar, tapando la misma con compresas estériles. No poner nunca en la quemadura cremas, pomadas, sprays, etc. En el caso de que hubieran aparecido ampollas, se cubrirá la herida, teniendo cuidado de no romper ni vaciar las mismas. Se puede elevar la zona afectada para disminuir la formación de edema.

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Cuando las quemaduras térmicas sean graves, además de los pasos necesarios ante quemaduras leves, hay que cubrir la zona con apósitos estériles. Se acostará a la víctima, se cortarán las ropas de la zona quemada (si una parte de ellas estuviera muy adherida, simplemente se cortará la que rodee a la misma), y se cubrirán las quemaduras con compresas estériles secas. Nunca se debe retirar la ropa que haya quedado pegada a la piel como consecuencia de la quemadura. Si es muy extensa, cubrir al accidentado con una sabana estéril. En quemaduras producidas por contacto con productos químicos, se debe comenzar, inmediatamente, a arrojar gran cantidad de agua sobre la zona afectada. Tras una irrigación inicial de unos 5 minutos, despojar a la víctima de sus ropas, ya que pueden estar contaminadas por el agente químico, y continuar arrojando agua durante, como mínimo, 30 minutos. En las contaminaciones producidas por CAL o metales de sodio, la combinación con el agua es peligrosa. En estos casos, primero habrá que eliminar todo el producto químico que se pueda de su ropa y su piel (usando guantes) y después lavar abundantemente durante 30 minutos. En caso de quemaduras eléctricas, se debe comenzar siempre intentando separar a la víctima de la fuente eléctrica: cortando la corriente si es posible, o separándola mediante un objeto no conductor. 8.4.2.2. Contusiones y fracturas Las contusiones son traumatismos cerrados. Pueden ser de varios tipos:

- De primer grado: se caracterizan por la presencia de dolor y un amoratamiento local. Se aplicará hielo o agua fría y alcohol o tintura de árnica.

- De segundo grado: se caracterizan por la aparición de un hematoma. Se empleará un vendaje compresivo y, por parte del médico, punción u otro tratamiento.

- De tercer grado: son un estado intermedio entre las contusiones y las heridas. Deben ser tratadas por un especialista.

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Las fracturas se reconocen por los siguientes síntomas: imposibilidad de mover el miembro lesionado, dolor, deformación, color amoratado, crepitación, shock. En estos casos, y como norma general, se procederá a la inmovilización de la fractura, con la ayuda de una férula y gasa. Si existe la más mínima sospecha de fractura de la columna vertebral, cráneo o cuello, el traslado debe encomendarse a personal médico. El herido será acostado con la cabeza algo elevada si tiene la cara de color rojo o con la cabeza baja si está pálido. 8.4.2.3. Heridas Los peligros principales de las heridas son la infección y la hemorragia. Para su tratamiento, se deberá retirar la ropa que cubre la herida, limpiar la herida con gasa esterilizada (procediendo desde el centro hacia los bordes, utilizando agua y jabón, o agua oxigenada) y eliminar todo rastro de suciedad y cuerpos extraños mediante irrigación de suero o agua estéril. A continuación, se aplicará un producto yodado, mercurio cromo o polvo de penicilina (salvo en el caso de personas sensibles o alérgicas), y, por último, se tapará la herida con un apósito esterilizado. 8.4.2.4. Shocks traumáticos El shock es un cuadro que puede presentarse después de cualquier lesión grave. La víctima se torna somnolienta, inerte, insensible, tiene la cara y las manos frías, húmedas y de color pálido, su pulso es débil y rápido, respira superficialmente, etc., todo debido a una insuficiencia de la circulación periférica que puede llegar a provocar la pérdida de conocimiento. En primer lugar, haremos desaparecer la causa que provoca el mismo. A continuación, se extenderá a la víctima en el suelo, en una posición en que la cabeza se sitúe en un plano más bajo que los pies, a menos que la lesión esté localizada en esa zona. Se evitará toda compresión de la ropa, se abrigará al accidentado, se le distraerá y se le proporcionarán pequeñas cantidades de café, té, leche caliente o una solución de sal común y bicarbonato sódico en agua, siempre que se mantenga el conocimiento. 8.4.2.5. Asfixias Existen diferentes tipos de asfixia: por intoxicación, por compresión torácica, por ahorcamiento, por contractura de los músculos respiratorios, por estrangulación, por sofocación, etc.

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En el caso de producirse por electrocución, lo primero será cortar la corriente y con la ayuda de un elemento no conductor (madera, plástico, etc.) apartar a la víctima, colocando siempre los pies sobre un objeto seco y envolviendo las manos con trapos o periódicos. En el caso de producirse por asma, se administrará un antihistamínico. Cuando la asfixia se deba a la entrada de un cuerpo extraño en las vías respiratorias, se comprimirá el tórax de la víctima con fuerza, abrazándola y golpeándola en la espalda para que expulse el cuerpo extraño. Si fuera necesario, se realizará la respiración boca a boca, combinada o no con masaje cardíaco a razón de 1/5 ó 2/15. 8.4.2.6. Envenenamientos Algunos productos tóxicos (detergentes, productos de mantenimiento, insecticidas, etc.) pueden ocasionar múltiples consecuencias: irritación de la piel y mucosas, irritación gastrointestinal, posible neumonía por aspiración, diarrea, alteraciones cardíacas y musculares, etc. En caso de producirse un envenenamiento, las actuaciones previas en ausencia de un facultativo, deben ser: - En contacto cutáneo: el lavado en arrastre con agua abundante. - En contacto ocular: el lavado continuo (15 mn. con suero fisiológico). - En ingestión: la actuación depende de la naturaleza de la sustancia ingerida, por lo que se

procederá urgentemente a solicitar asistencia médica para el afectado. Es conveniente informar al médico sobre la fórmula del tóxico, a fin de recibir instrucciones sobre las posibles acciones a tomar de manera inmediata. No se debe provocar nunca el vómito, ni realizar lavados gástricos por iniciativa propia, ya que estas operaciones pueden tener consecuencias nefastas.

En caso de intoxicación por álcalis (por ejemplo, lejía), se debe beber agua con zumo de limón o vinagre. Si la intoxicación se produce por ácidos (por ejemplo, salfumán o ácido sulfúrico), se debe beber agua con bicarbonato. En ningún caso se debe provocar el vómito. Nota: El Instituto Nacional de Toxicología pone a disposición de quien lo desee un número de teléfono donde poder obtener información adicional sobre productos tóxicos. Tfno.: (91) 562 04 20.

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RECUERDE:

En el caso de que se produzca un accidente grave, debemos actuar sobre el herido dando prioridad a: asegurar la correcta respiración y circulación sanguínea, proteger la columna cervical y detener la pérdida de sangre.