01_la relacion laboral

Upload: pedro-pancorbo-patrick

Post on 08-Jul-2015

623 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1 vamos a conocer...

La r elacin labor alel estilo de texto

1.El Derecho Laboral y las relaciones Haga clic para modificar laborales Segundo nivel 2.Las fuentes del Derecho del trabajo 3.Principios de aplicacin del DerechoTercer nivel Cuarto nivel Laboral Quinto nivel 4.Derechos y deberes PRCTICA PROFESIONAL Relaciones laborales EL MUNDO LABORAL EN EL CINE La espalda del mundo: El nio ACTUALIDAD LABORAL Las empresas podrn revisar con testigos el correo electrnico de sus trabajadores

El Derecho Laboral y las relaciones laborales El movimiento obrero rgenes del Derecho Laboral:

Se La relacin laboral: regula por el Estatuto de los Trabajadores (art. 1.1) caso prctico inicial CaractersticasVoluntaria Por cuenta ajenaEl trabajador firma un contrato libremente. A este respecto hay que destacar que los trabajos forzosos estn prohibidos por la Constitucin. Los frutos directos del trabajo no son propiedad del trabajador, sino que pertenecen, desde el instante en que se producen, a una persona distinta a la que ejecuta el trabajo, al empresario. El trabajador presta unos servicios, es decir, trabaja a cambio de una compensacin econmica, el salario, que recibe independientemente de la buena marcha de la empresa.

1

Remunerada

Personalsima Dependiente

El trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador, no por otra persona en su nombre. El empresario es quien organiza y dirige la actividad laboral y a cuyas rdenes est sometido el trabajador. Si este desobedeciera, el empleador tiene poder para sancionarle.

1

El Derecho Laboral y las relaciones laborales relacin laboral. Definicin (art. 1 ET) La

Trabajador

Es la existente entre

Empresario

Se compromete personal y voluntariamente, a prestar sus servicios profesionales al empresarioOrdinaria (rene las 5 caractersticas)

Dirige el trabajo, se apropia de sus resultados y, a cambio, abona un salario al Tipos de relacin laboral trabajadorExcluidas (no se consideran relacin laboral)

Especial

1q q q

El Derecho Laboral y las relaciones laborales

Relaciones laborales especiales

caso prctico inicial

Las relaciones laborales especiales renen todas las caractersticas de las relaciones laborales ordinarias, pero por sus peculiares caractersticas se consideran especiales. Cada una de ellas se regula por su propia norma y solo se aplica el ET para aquellos aspectos no contemplados en su normativa especfica. El art. 2 del ET ofrece una lista abierta:

q q

q q q q

q

q

q

El personal de alta direccin. Los trabajadores al servicio del hogar familiar, que incluye a quienes se ocupan de la limpieza, cuidado de nios, labores de jardinera, etc. Presos o penados en instituciones penitenciarias. Deportistas profesionales. Artistas en espectculos pblicos. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o ms empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas. Trabajadores minusvlidos que presten servicios en centros especiales de empleo. Estibadores portuarios, que son quienes realizan las labores de carga y descarga en los puertos. Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relacin laboral de carcter especial por Ley.

1

El Derecho Laboral y las relaciones laborales Relaciones laborales excluidas

caso prctico inicial

qEn principio, no renen alguna de las condiciones requeridas para ser una relacin laboral qNo se regulan por el Estatuto de los Trabajadores (art. 1 ET)

Haga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel

1

El derecho laboral y las relaciones laborales Los parentescos

Pariente consanguneo: es aquel que est ligado a la familia por vnculos de sangre.

Pariente afn: est ligado a la familia por vnculos matrimoniales; son los llamados parientes polticos (suegros, nuera, yerno, etc.).

1 q

El Derecho Laboral y las relaciones laborales Ejemplos

Julin Fernndez est cuidando durante todos los mircoles del mes de octubre de los hijos de Javier y M ngeles, sus vecinos y amigos. Se trata de una relacin laboral? Se trata de una tarea realizada a ttulo de amistad, benevolencia o buena vecindad; para que fuera una relacin laboral el trabajo debera estar remunerado. q Javier Ruiz es contratado como empleado del hogar en casa de sus tos. Se trata de una relacin laboral? Por un lado, sabemos que los empleados del hogar son relaciones laborales especiales, pero debemos estudiar el grado de parentesco de Javier con el empresario, por si se tratara de trabajos familiares. Un to es un pariente de tercer grado, por lo que nunca podra tratarse de trabajos familiares, ya que estos solo se consideran como tales, hasta el segundo grado. q David Martn es voluntario en una ONG. A partir del mes de diciembre acudir todos los domingos a dar apoyo escolar a alumnos de la ESO. De qu tipo de relacin se trata? Relacin laboral excluida (no est retribuida); es un trabajo realizado a ttulo de benevolencia. q En un pueblo de la sierra se ha producido un incendio y han sido llamados a sofocar el fuego todos los hombres mayores de 18 aos. Indica si la labor de estas personas es una relacin laboral del Estatuto de los Trabajadores y por qu. No es una relacin laboral porque falta la caracterstica de la voluntariedad, se trata de una prestacin personal obligatoria. q Un trabajador espaol trabaja en una empresa espaola en Rusia, qu legislacin laboral se aplica? La legislacin laboral espaola ser de aplicacin al trabajo que presten los trabajadores espaoles contratados en Espaa al servicio de empresas espaolas en el extranjero.

Las fuentes del Der echo del Tr abajo

1

Fuentes del Derecho:

Indican de dnde provienen normas del Derecho Fuentes nacionales(su origen) LaboralFuentes formales

las

Fuentes materialesq La sociedad: Constitucin de 1978, la costumbre y los principios generales del derecho. q El Estado: crea normas a travs: q del Parlamento (redacta y aprueba las leyes) q de la Administracin (dicta reglamentos) q Las CCAA, en la medida en que puedan dictar normas laborales. q Los representantes de los trabajadores y de los empresarios (Convenios Colectivos) q Los Tribunales (por medio de sus sentencias interpretan las normas)

Constitucin caso prctico inicial Ley Orgnica Ley ordinaria, ET Decreto-Ley, Decreto Legislativo. Reglamento Convenio Colectivo Contrato de trabajo Usos y costumbres locales y profesionales

1e

Las fuentes del Der echo del L La norma espaola de mayor rango. Trabajo La Constitucin

y Leyes y normas con rango de ley o L Para su aprobacin, modificacin o derogacin, se exige la D r e mayora absoluta del Congreso en una votacin final sobre el e conjunto del proyecto. g y Regula: los derechos fundamentales, la aprobacin de los c Estatutos de Autonoma, el rgimen electoral general y las o r dems materias previstas en la CE. n r e i d Solo necesita mayora simple. t D Regula el resto de materias que no estn reservadas a ley orgnica. c i o e a l n Norma dictada por el Gobierno previa delegacin expresa de las c Cortes Generales. Al delegar, las Cortes especifican la materia a e a tratar, que no podr ser ninguna de las reservadas a ley orgnica. r g Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, aprueba TRLET r e i i Norma dictada por el Gobierno para casos de extraordinaria y t s urgente necesidad. No pueden versar sobre materias propias de ley a orgnica, ni sobre las instituciones bsicas del Estado. l o

El resto de las normas nacionales no pueden contradecirla y deben ajustarse a sus disposiciones y principios.

Las fuentes del Der echo del Tr abajo

1Reglamento

Son normas elaboradas por el Gobierno (potestad reglamentaria). En muchos casos, los reglamentos desarrollan una ley anterior, de cuyas prescripciones no pueden desviarse, al ser jerrquicamente inferiores. Tambin hay reglamentos independientes o autnomos sobre materias no reguladas por ley previamente o cuya regulacin no est reservada a esta. Pueden adoptar la forma de Decretos o de rdenes Ministeriales.

Convenio colectivo

Pacto escrito y negociado entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo de un sector profesional concreto. Es un acuerdo entre sujetos privados pero con fuerza normativa, ya que obliga a todos los incluidos dentro de su mbito de aplicacin y durante el tiempo de su vigencia.

El contrato

Es un acuerdo entre el empresario y el trabajador firmantes, por el cual se comprometen, voluntariamente, a intercambiar una prestacin de servicios a cambio de una remuneracin.

1

Las fuentes del Der echo del Trabajo

Usos y costumbres locales y profesionales

Son normas creadas e impuestas de forma espontnea por el devenir diario de los empresarios y los trabajadores de una localidad y de una determinada rama de la produccin, profesin u oficio.

Jurisprudencia

Cuando el Tribunal Supremo interpreta una norma y dicta dos o ms sentencias sobre hechos idnticos, similares o anlogos, resolviendo en el mismo sentido, decimos que sienta jurisprudencia. Los dems tribunales, de categora inferior, no deben contradecirla.

Principios generales del derecho

Solo se aplican en defecto de ley o costumbre.

Las fuentes del Der echo del Tr abajo

1q

Fuentes internacionales del Derecho Laboral El Derecho Comunitario

q

Espaa es uno de los 27 pases que integran la Unin Europea. Los pases delegan en la UE parte de su soberana; de este modo, la Unin, puede tomar decisiones sobre asuntos de inters comn. Esta unin de soberanas se denomina integracin europea Derecho derivado y permite a las q Derecho originario Tratados fundacionales instituciones de la UE crear normas, aplicables a todos de las Comunidades los Estados miembros. Europeas q Reglamentos q Tratados modificativos de q Directivas los anteriores. Ejemplos: q Decisiones el Tratado de Maastricht, q Recomendaciones msterdam, Lisboa, etc.q

Actas de Adhesin de los

1Libre circulacin de trabajadores asalariados: Todo ciudadano de la UE puedebuscar libremente un trabajo por cuenta ajena, por todo el territorio de la UE y recibir un trato igualitario en materia laboral, sindical, social y en el acceso al empleo. Derecho de libre establecimiento: Es el derecho a instalarse permanentemente en otro pas de la UE para ofrecer all sus productos o servicios en las mismas condiciones que ese pas impone a sus nacionales. Esto incluye la gestin y la constitucin de empresas y sociedades. Derecho a la libre prestacin de servicios: Comprende la prestacin de servicios sin instalacin permanente en otros pases, con o sin desplazamiento de un Estado a otro, a cambio de una remuneracin. Si bien, al menos, s debe haber establecimiento en un Estado miembro. Lmites a la libre circulacin de trabajadores q Los empleos en la Administracin Pblica estn abiertos a todos los ciudadanos europeos, salvo aquellos puestos que impliquen el ejercicio del poder pblico y de la soberana nacional, como la polica o el ejrcito. q La reserva de orden pblico: permite ciertas limitaciones al principio de libre circulacin por razones de orden pblico, seguridad y salud pblica.caso prctico inicial

Las fuentes del Der echo del Trabajo LA LIBRE CIRCULACIN DE TRABAJADORES EN LA UE

1

Las fuentes del Der echo del Trabajo Fuentes internacionales del Derecho LaboralTratados internacionales Los tratados internacionales firmados por el Gobierno espaol y ratificados por el Congreso forman parte del Derecho espaol. La Organizacin Internacional del Trabajo

Organismo de la ONUComposicin de los rganos directivos: q Gobiernos de los pases miembros q Asociaciones empresariales q Sindicatos FINALIDADES: q Mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores del mundo q Elaborar programas de asistencia y asesoramiento a los pases que lo requieran

1

Las fuentes del Derecho del TrabajoOrden de prelacin de las Fuentes del Derecho LaboralDerecho Comunitario

caso prctico inicial

Constitucin Tratados internacionales Ley Orgnica Ley ordinaria, Decreto-Ley, Decreto Legislativo Reglamento Contrato de trabajo Convenio Colectivo Usos y costumbres locales y profesionales

Estatuto de los Trabajadore s

1P de jerarqua normativa

Principios de aplicacin del Derecho Laboral

P de norma ms favorable

P in dubio pro operario

Principios de aplicacin del Derecho Laboral

P de irrenunciabilidad de los derechos P de norma mnima

P de condicin ms beneficiosa

1

Principios de aplicacin del Derecho Laboral

q

q

P de jerarqua normativa Las normas de rango superior prevalecen sobre las de rango inferior Una norma de rango inferior no puede contradecir a otra de igual o superior rango Pirmide jerrquica

caso prctico inicial

1

Principios de aplicacin del Derecho Laboral

P in dubio pro Cuando una norma no es clara y puede ser operario susceptible de diversas interpretaciones, se aplica la interpretacin que ms favorezca al trabajador

EjemploEl ET establece una indemnizacin por despido improcedente de 45 das de salario por ao de servicio, pero no especifica qu se entiende por salario. Si interpretamos la norma a favor del trabajador, concluiremos que la palabra salario abarca todos los conceptos, de este modo la indemnizacin que recibir ser mayor.

1

Principios de aplicacin del Derecho Cuando Laboral concurran dos o ms normas se aplicar la

que en su conjunto y en cmputo anual favorezca P de norma ms favorable ms al trabajador. La norma se aplicar en su totalidad, no se puede escoger lo ms favorable y rechazar lo adverso de una misma norma.

EjemploEl ET concede 16 semanas de permiso de maternidad, mientras que el Convenio Colectivo de Beatriz permite disfrutar de 18 semanas; aunque el Estatuto de los Trabajadores es una norma jerrquicamente superior, se aplica el Convenio, por ser ms favorable para Beatriz. caso prctico inicial

1

Principios de aplicacin del Derecho Laboral

P de irrenunciabilidad de los derechos Los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos indispensables

EjemploUn trabajador no puede renunciar a sus vacaciones anuales o al salario de un mes, aunque le ofrezcan alguna mejora a cambio.

1

Principios de aplicacin del Derecho Si se aprueba con posterioridad una norma Laboral

que establece, de condicingeneral, peores P con carcter ms condiciones que beneficiosa en virtud de las disfrutadas un contrato, prevalecern las del contrato, por ser las ms beneficiosas

Ejemplo: El contrato de Mario recoge una clusula en virtud de la cual disfruta de un plus de productividad. Sus compaeros disfrutan del mismo plus por Convenio Colectivo, no por contrato. Tras la aprobacin de un nuevo Convenio, se suprime el plus de productividad, por lo que todos los trabajadores lo pierden, salvo Mario, que lo tiene concedido a ttulo particular, en su contrato de trabajo.

1

Principios de aplicacin del Derecho Las normas jerrquicamente superiores Laboral

establecen las condiciones mnimas que P de norma mnima deben disfrutar los trabajadores, de modo que una norma inferior no puede empeorarlas, pero s mejorarlas

Ejemplo: El ET concede 30 das naturales de vacaciones anuales retribuidos, un Convenio Colectivo puede otorgar 31 das o ms, pero nunca 29 menos.

Derechos y deber es

1

Derechos y obligaciones de los trabajadoresDerechos generales (Constitucin y ET) Derechos derivados de la relacin laboral (art. 4 ET) q Derecho a la ocupacin efectiva, es decir, a tener unas tareas y funciones especficas en el puesto de trabajo y los medios necesarios para conseguirlas. q Derecho a la promocin y formacin profesional. q Derecho a no ser discriminado directa o indirectamente al acceder a un empleo, ni una vez empleado, por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condicin social, ideas religiosas o polticas, afiliacin o no a un sindicato, ni por razn de lengua o por disminuciones fsicas, psquicas o sensoriales. q Derecho a su integridad fsica y a una adecuada poltica de seguridad e higiene. q Derecho a la intimidad y respeto a la dignidad, incluida la proteccin frente a ofensas verbales o de naturaleza sexual o frente al acoso sexual o acoso por razn de sexo. q Derecho a la percepcin puntual del salario. q Derecho al ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo y a cuantos otros derechos se deriven especficamente del contrato de trabajo.

q Derecho al trabajo y a elegir libremente una profesin u oficio. q Derecho fundamental a la libre sindicacin y a fundar sindicatos: todo ciudadano es libre de afiliarse o no a un sindicato y si decide afiliarse, al que elija. q Derecho fundamental a la huelga. q Derecho a la negociacin colectiva (los dos grandes colectivos en Derecho Laboral son los empresarios y los trabajadores). q Derecho a la adopcin de medidas de conflicto colectivo. q Derecho de reunin. q Derecho a la participacin en la empresa a travs de sus representantes.

caso prctico inicial

Derechos y deber es

1

Derechos fundamentalesq Los Derechos Fundamentales gozan de una proteccin privilegiada: q Su desarrollo ha de efectuarse por Ley Orgnica. q La violacin de estos derechos permite acudir ante los tribunales ordinarios mediante un procedimiento preferente y sumario y recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional.

Derechos y deberes

1

Obligaciones de los trabajadoresObligaciones de los trabajadores (art. 5 ET) q Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo con diligencia y buena fe. q Observar las medidas de seguridad e higiene. q Cumplir con las rdenes e instrucciones del empresario, siempre y cuando estas se refieran a la actividad laboral, no supongan un riesgo para la salud o la integridad fsica del trabajador y sean legales. q No competir con el empresario para el que trabaja. q Contribuir a la mejora de la productividad y cuantos otros deberes se deriven del contrato.

Derechos y deberes

1

Obligaciones del empresarioq Cumplir la ley q Respetar todos los derechos de los trabajadores

Potestades del empresarioq q q q Los empresarios tienen la obligacin de cumplir la ley y respetar los derechos de los trabajadores; adems, tienen las siguientes potestades: Poder para organizar la empresa. Poder para dictar rdenes e instrucciones en el mbito de la prestacin de servicios. Poder para controlar que se estn cumpliendo sus rdenes e instrucciones. Poder disciplinario: el empresario puede sancionar al trabajador, pero siempre por hechos previamente recogidos por escrito que sern castigados con la sancin descrita para tales casos. Las sanciones nunca podrn consistir en suprimir el sueldo, ni los perodos de descanso, aunque s se permite la suspensin conjunta de empleo y sueldo.