014 2019 - municipalidad provincial de talara - pariÑas · 2019. 12. 10. · pronunciamiento...

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PRONUNCIAMIENTO N° OI4-2019/0SCE-DGR Entidad: Municipalidad Provincial de Talara - Parif'las . "'.'" . Licitación Pública N° Stvt-3-20 18-CS-LP/MPT-1, convocada para: "Adquisición Compactadores de Basura para Uso Doméstico y Compactadores de Basura para Procedimiento: Uso Doméstico en/a ,Hllflicipalidad Provincial de Tulara Distrito de Parúias. Provincia Talara - Piura ". 1.ANTECEDENTES: A través del Formulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trúmile Documcntario N° 2018-14078020-PllJRA. recibido el 2I.DIC.2018. el presidente encargado del procedimiento de selección dc la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Cuntratacioncs del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cuestionamic:ntos presentado por el panicipante RIVERA HUACII[S JUAN CARLOS. en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225. Ley que apmeba la Ley de Contrataciones del Estado. en adelante la Ley. y el artículo 51 de su Reglamenlo. aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF. en adelante el Reglamento. y sus modilicatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 y Decretos Supremos N° 056-20 17-EF YN° 147-20 17-EF. respectivamente. Asimismo. para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el orden de prelación establecido en el pliego ahsolutorio de consultas y observaciones en fonnato ExceL en cse sentido, considerando los tcmas materia de cucstionamiento del mcncionado participante. este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera: • Cuestionamiento Único: Respecto a la absolución de las consultas y/u observaciones N° 11.N° 12YN° 13n:feridas a las "espec({icaciones técnicas ..

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Page 1: 014 2019 - MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA - PARIÑAS · 2019. 12. 10. · PRONUNCIAMIENTO N°OI4-2019/0SCE-DGR Entidad: Municipalidad ProvincialdeTalara-Parif'las."'.'". Licitación

PRONUNCIAMIENTO N° OI4-2019/0SCE-DGR

Entidad: Municipalidad Provincial de Talara - Parif'las. "'.'" . Licitación Pública N° Stvt-3-20 18-CS-LP/MPT-1, convocada para: "Adquisición Compactadores de Basura para Uso Doméstico y Compactadores de Basura paraProcedimiento: Uso Doméstico en/a ,Hllflicipalidad Provincial de Tulara Distrito de Parúias. Provincia Talara - Piura ".

1. ANTECEDENTES:

A través del Formulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trúmile Documcntario N° 2018-14078020-PllJRA. recibido el 2I.DIC.2018. el presidente encargado delprocedimiento de selección dc la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Cuntratacioncs del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cuestionamic:ntos presentado por elpanicipante RIVERA HUACII[S JUAN CARLOS. en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225. Ley que apmeba la Ley de Contrataciones del Estado. enadelante la Ley. y el artículo 51 de su Reglamenlo. aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF. en adelante el Reglamento. y sus modilicatorias aprobadas mediante DecretoLegislativo N° 1341 y Decretos Supremos N° 056-20 17-EF YN° 147-20 17-EF. respectivamente.

Asimismo. para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el orden de prelación establecido en el pliego ahsolutorio de consultas y observaciones en fonnato ExceL en csesentido, considerando los tcmas materia de cucstionamiento del mcncionado participante. este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

• Cuestionamiento Único: Respecto a la absolución de las consultas y/u observaciones N° 11. N° 12 YN° 13 n:feridas a las "espec({icaciones técnicas ..

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Pliet!o absolutorio de CO"~ult8'S v observado"«Numeral 3,1 del Capitulo 111dl' la Sección E!\p«ifica de las 8asl'S Consulta y/u obSl'n'pei6n N° ) I del participante RIVJ-:RA HVACIIES JlJAN

r\nálisi'J rnpecto de la comulta )'fu obserndónCARLOS1.',/1:S }' SUSPE.\SION ü¡ clmcordaflc/a con '" dISPIll'.I/IJ por dArl'O ".I'//(IrlO, " Comilé 1/.'

UPl:C'fll;.LCI()l<£S UC'<GlS••.••II.\pl'mi,¡" IJd,mlero I"d,,'ar caroela/\/iea,\. nm horra l'.\lahllt:o¡Jor(l Seleec/(¡n I/;' 11111.'.I"a 1:'/IIu/ad, dt'cid/á aelJ~t'r la prl'.lenlt: oh.lt'n'o{"lljn t:"

tA!f1llfl~!ol?X;T)OQ<lR lll!l M)~,*,.'!IUJIE.,l\/"~NrlJ<FOQfl SII,\pt'nSlán /'1I.If<!rmr II"I/{,,'or t'(Jra('/t'rí.l1Ieo,I, ("(111 harra nlah/It:"dllm ora\ dt: "hlt'lIt'r /11/0 mejor pmpu".lta. sin q/l.' e.\I,' c(llflhlO rt:.I'lrlll)a 1"iiilfA~ I

parlK/f'l-ldúlI dt: pO.IIOrt'.1(",) .\01101(1/'111.1al Comité rl:,(orll1l1lar e.\/(I (lurle dI' 1m ha.Il'.1 por el ,1i~Uleflll' It'mlr:'.M Jj-~s";";_,l{¡,1>'J"""'" 1 UI;:" r SflS/'I;'NSION /'ura la INTEGRAClON, dt: 10.1 h(l.l't'.I' .I't' f//odificuro t!ieho r ••qlll.'nmit'f1/o,--- ',,_.

SlI.Ipt'lI.l/áll/klol/lero 1",/Kort'araCleri.II1CaI lécmcoEíESY$U$POi~

SII.I{II-'f1.I'lá1/ 1'f1llalflr 'ndicar ("(lrat'lai.l'lit'o.I, Precisión de a uello ue se incorpanmi. en las Bases!AU>=o. ~_ "!*lo ~+~'"...\b>~" ••"W"~"'~ •• ___ .___ j Uf S r SflSl'HNSION

!' ';i.apo •••••.• 00t00'••• ln:;I<•••••___ """bIr>'~._. SlI.Ipen.l1áll lJc/all/era In,I"'/Ir t'aracleri.\//t'/I.I',! .'---'- SII.If}t:/u/l¡n PO.l/t'rlOr Im/lear ctlrat'lt'ri,lfica.1[~-~ •..... T~.;t~.:«~~,a...•.•ftIJbL.oQ - -.J Consulla ylu obsen'.aci6n N° 12 del IJulicipllnte RIVERA II11ACm:S JllAN En nmn"dafl,';o nm lo dl.lpul'.\11J por d Art:o lj.\'uorlCl. " Comilé de

C,\RLOS S,'h'celón d•• 1111t:.\lraHII/idad, dt'ódiá acoger la pn'wlI/t: "h.lt'n'anón t'II

orm d,' "h'ener ulla m"Jor propue.lta . .\/11 que e.ll •• ("(1I"hlll rt:.Ilrl/l)a laMOTO/( (ItIrtiClpoc;lÍn de (N/\/ore.l1i"'/IIl': 7~5NA! mill/mo y 900 NAI mar/fllo

/'ura la IN1HiRACiON. d,' I(/.I ha.lt:.1 .1,' mll/lificara dICho rt"lut'rml1"/IIo( ,,) pedmlO,1 af COfllll.? Elpeclill mll/1Iftcor e.lta part,' dt: la.l hll.\('.I' uf .11¡{uiell/e lenor I;emco.

Prec:isión de a uello que 'le incorporará en las Basl'sMOlO/( MmO/(1"orl/lIc: 850 A'M mínimo y 'J5/},,",'MfI/,Í(mw lim ut:: li50 NM mill/mo l' 950 NA! n"hmlO

Consulta )'/u obserución N° IJ del pllrlici¡Janll' RIVERA IIlIACIIF.S ,JUAN 1:'1/ cIJ11nm/allcia co" 1" di,IPIII.'.I/t1 por d Area /1.I'1I(lr/(/. d ('Oflll/,: d,'CARLOS St'/t'cción, d"t';"t' Aco~t'r la prt:.lt'f1/e oh.lervUt'IÚ" t'lI ara.l' dt: ohlCIler una

lI1eJor pmpue.l/a, .\m II"t' t'.11e camhw rt',l/rlllla la (ItIrt"'I{'(1t'lún de pO,llon'.\EJES)' SUSPESSIONJ)1.I/al1C1aentrt: <:WI: j.¡O() mm ,\la.r/IIIII I'aro la INnXiRACION, de la.l hll\/"I ,\t' modificara d,,1111re'llll:rlnllt'Illo

l.:el1lt'of- . .) pedmlO,l al ,'o/l/lIé Elpt:c/lJ1 modificar I.'.I/a {'(Irl,' t/,'Ia.\ ha.lt'.1 ol.\I~uie/lle lellOr: Precisión de a udlo ue se ioeor orar' en las Bases

U/;'S y S(ISI'I:", ••••SIONULS rSIISI'I:NSION f)IMallcia t'lItn' eJe,l: ImJiC(lrJ)1.I/ul1cia t'lItrt'" l'.\: Indicar

De la revisión del Capítulo 111de la Sección Específica de las Bases y del pliego absolutorio. se advierte lo siguiente:

Análisis del cuestiona miento

2. PRONUNCIAMIENTOCuestionamiento Unico: Referidas a las Ues eci ,caciones técnicas"El participante RIVERA HUAClIES JUAN CARl.OS cuestiona la absolución de las consultas y/u observaciones N° ) 1, N° 12 YN° 13 indicando en su solicitud de elevación 10 siguiente:.,(. ..) Con la modificación de las bases iniciales respecto a los puntos señalados se es/aria beneficiando al postor. adaptando las bases a sus características y dejando de lado las marcasue inicialmente ueron consideradas en el estudio de mercado. Por ello solicitamos ue se de "esin e ecto la absolución corres ondiente a los untos ue modifica las bases iniciales ",

Al respecto, cabe sei\alar que. el artículo 8 del Reglamento establecen que. en el caso de bienes las especificaciones técnicas que integra el requerimiento. contienen la descripción ohjetivay precisa de las característica..<;ylo requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación; dehiendo evitar incluir exigencias irrazonahles o innecesaria~ queimpidan las concurrencia de potenciales postores ti orienten la contratación hacia uno de ellos.

Por su arte, el numeral 51.3 del artículo 510 del Re lamento de la Lev de Contrataciones establece ue. si C01110 resultado de una consulta u observación debe modificarse el re uerimiento.

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debc solicitarsc la autorización del árca usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el cxpediente de contratación para su aprobación.

En el presente caso. se aprecia que el participante SIGMA EQUIPMENT DEL PERU S.A.e. a través de las consultas y/u observaciones N° I J. N° 12 Y N° 13 solicitó que lascaracteristicas de las t:specilicaciones técnicas referidas al "motor". y a los "ejes y suspensión" queden de la siguiente manera: 1) £JF.S r SúSPF.¡\'Slo.V: .\'uspew.-ión De/antera Indicarcaracteristicas, Suspensión Posterior Indicar características; 11),\/orOR: Torque: 850 X.tl mínimo }-'950 XJI máximo y 1/1)£fES' r SU5;PENSIOX: Dis/a/1(.:iaentre ejes: Indicar; ante locual. el comité de selección cn coordinación con el área usuaria acogió las peticiones del referido participante. indicando quc con ello se obtendrá una mejor propuesta. sin que este cambiorestrinja la participación de postores.

En ese sentido. considerando que la Entidad es la responsable de elaborar el requerimiento. el cual incluye las cspecificaciones técnicas de los bicnes objeto de la convocatoria, y que COITlO

n:sultado de la absolución de las consultas y/u observaciones puede modilicar su requerimiento. este Organismo Técnico Especializado ha decidido NO ACOGER el presentecuestionamiento. Sin perjuicio de ello. en virtud del Principio de Transparcncia se realizará las siguientes disposiciones:

• Publiear en el SEACE. el documento mediante el cual el área Usuaria autorizó la modificación de las especificaciones técnicas referentes al "motor" y a los "ejes y suspensión".así como el documento mediante el cual la instancia que aprobó el expediente de nmtratación validó dicha modificación,

• Publiear en el SEACE, un infonne del Órgano Encargado de las Contrataciones. sel1alando que las modificacioncs dc las especilicacioncs técnicas referidas al "motor" y a los"e 'es v sus Jensión", no alteran su estudio de mt:rcado.

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3. ASPECTOS SUPERVISADOS DE OFICIOSi bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento. por nonna versa sobre las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones. a pedido de parte. y no representala convalidación de ningún extremo de las Bases. este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones puntuales a partir de la revisión de oficio. según el siguientedetalle:

3.1 Determinación del puntaje total de las Ofertas

BASE LEGAL DE l.ASUPERVISIÓ:-¡ DE OFICIO

Bases Estándar deLicitación Pública para lacontratación de bienes.

3.2 Forma de pago

BASE l.EGAL !lE LASUPERVISIÓ:-O DE OFICIO

Bases Estándar deLicitación Pública para lacontratación de bic:nes.

AN,\I.ISIS RESPECro A LA SllPERVISIÓ:-O lit: OFICIO

En el Capítulo IV "Factores de Evaluación", la Entidad establece los siguientes factores de evaluación: Precio,Garantia comercial del postor, Capacitación del personal de la Entidad y Mejoras a las especificaciones técnicas. sinembargo. en el numeral 2.3 del Capítulo JI referente a la Determinación del puntaje total de las Ofertas no seincluye el punlaje de estos; por lo que, se emitirá una disposición al respecto.

AN,\USIS RESPECTO A LA SUPERVISIÓ:-O DE OFICIO

Al respecto. se aprecia que en el "umeraI2.7. Form'l de pago. se ha omitido la presentación de documentación conla que debe contar la Entidad para realizar el pago. lo cual no se condice con lo establecido en las Rases Estándar, enlas cuales establece: "Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista. la Entidad debecontar con la siguiente documentación: • Recepción del {REGISTRAR LA DENOMIA'ACIÓl\' DEL AREA DEALMACI~N O LA QUE HAGA SUS VECES] (. ..). ";por lo que, se emitirá una disposición al respecto.

D1SI'OSICIÓ:>I A IMPLEMENTARSE ENLAS 8ASE.."\ INTEGRADAS

Incluir en el numeral 2.3 "Determinacióndel puntaje total de las Ofertas" delCapítulo 11de la Sección Específica de lasBases. el puntajc de todos los factores deevaluación considerados en el Capítulo IVde las Bases.

IlISPOSICIÓN A IMPLEMENTARSE ENLAS BASES INTEGRADAS

Incluir v completar en el mUlleral 2.7.Form" de pago del Capítulo 11 de laSección Específica de las Bases. lapresentación del siguiente documento:..RecepciólI (Iel ¡REGISTRAR LADENOMINACIÓN DEL AREA DEALMACÉN O LA QUE llAGA SUSVECES ....••

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4. CONCLUSIONESEn virtud de lo expuesto, este Organismo Técnico Especializado ha dispuesto:

".1 El comité de selección deberá cumplir con lo dispuesto por este Organismo Técnico Especializado en el presente Pronunciamiento.

4.2 Oc acuerdo con lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento el Titular de la Entidad es responsable de incorporar todas las modificaciones que se hayan uroducido como consecuencia delas consultas. ohservaciones formuladas v la implementación dell)ronunciamiento, así como las modificaciones dispuestas Ilor este Organismo Técnico Esuecializado en el marco desus acciones de supervisión; constituyendo las mismas las reglas dctinitivas del procedimiento de selección.

Confonne al mencionado artículo 52 del Reglamento. compete exclusivamente al comité de selección implementar estrictamente lo dispuesto por este Organismo Técnico Especializado en elpresente Pronunciamiento. bajo responsabilidad. no pudiendo continuarse con el trámite del proceso en tanto las Bases no hayan sido integradas correctamente. bajo sanción de nulidad de todoslos actos posteriores.

En caso el presente pronunciamiento requiera la presentación de un informe técnico. deberá tenerse en cuenta que dicho documento es aquel que contiene información adicional a la plasmada enel pliego absolutorio e inlonne remitido con ocasión de la solicitud de elevación. que muestra el resultado dt: un análisis especílico al tema materia de cuestionamiento. validado por el órganocompetente de la Entidad (área usuaria. órgano encargado de la..;;;contrataciones u otra dependencia de corresponder). siendo importante precisar que dicho documento es un texto e:xpositivo yargumentativo. que se basa no sólo en normas legales, sino también en nomlas técnicas u otros sustentos. cuya finalidad cs sustentar. de manera detallada. la decisión adoptada por la Entidad.

1\1momento de integrar las Bases el comité de selección deberá modilicar las fechas de registro de participantes. integración de Bases. presentación de ofertas y otorgamiento de la buena pro.para lo cual deberá tenerse presente que los proveedores dcht:rán efectuar su registro en lorma ekctrónica a través del SEACE hasta antes de la presentación de propuestas. de acuerdo con loprevisto en el artículo 3..Jdel Reglamento; asimismo. cabe scilalar que. conlonne a lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento. entre la integración de Bases y la presentación de propuestas nopodrá mediar mcnos de siete (7) días hábiles. computados a partir del día siguiente de la publicación de las Bases integradas en el SEACE.

Finalmente. se rt:cuerda al Titular de la Entidad que el presente pronunciamiento no convalida extremo alguno del procedimiento de selección.

Jesús María. 03 de enero de 2019.

JLS

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