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Í N D I C E PAG. I. Introducción 3 II. Resumen Ejecutivo 4 III. Visión General del Negocio 6 a) Ejemplo, S.A. de C.V. b) Hija 1, S.A. de C.V. c) Hermana 1, S.A. de C.V. d) PF 1 e) PF 2 IV. Análisis Funcional y operaciones con partes relacionadas 20 a) Funciones b) Riesgos asumidos c) Activos d) Operaciones con partes relacionadas V. Análisis Económico 26 Selección del mejor método. V.1 Ejemplo, S.A. de C.V. a) Selección de la parte examinada b) Evaluación del Método más adecuado c) Métodos rechazados d) Método aceptado e) Selección de comparables e información interna e.1) Ingresos e.2) Egresos f) Operaciones analizadas y métodos utilizados g) Resultados g.1) Ingresos g.1.1) Opinión g.2) Egresos g.2.1) Opinión V.2 Hija 1, S.A. de C.V. 37 a) Selección de la parte examinada

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Í N D I C E

PAG.

I. Introducción 3

II. Resumen Ejecutivo 4

III. Visión General del Negocio 6

a) Ejemplo, S.A. de C.V.b) Hija 1, S.A. de C.V.c) Hermana 1, S.A. de C.V.d) PF 1e) PF 2

IV. Análisis Funcional y operaciones con partes relacionadas 20a) Funcionesb) Riesgos asumidosc) Activosd) Operaciones con partes relacionadas

V. Análisis Económico 26Selección del mejor método.

V.1 Ejemplo, S.A. de C.V.a) Selección de la parte examinadab) Evaluación del Método más adecuadoc) Métodos rechazadosd) Método aceptadoe) Selección de comparables e información interna

e.1) Ingresos e.2) Egresos

f) Operaciones analizadas y métodos utilizadosg) Resultados

g.1) Ingresos g.1.1) Opinión g.2) Egresos g.2.1) Opinión

V.2 Hija 1, S.A. de C.V. 37a) Selección de la parte examinadab) Evaluación del Método más adecuadoc) Métodos rechazadosd) Método aceptadoe) Selección de comparables e información interna

e.1) Ingresos e.2) Egresos

f) Operaciones analizadas y métodos utilizadosg) Resultados g.1) Ingresos

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g.1.1) Opinión g.2) Egresos

g.2.1) Opinión

V.3 Hermana 1, S.A. de C.V. 48a) Selección de la parte examinadab) Evaluación del Método más adecuadoc) Métodos rechazadosd) Método aceptadoe) Selección de comparables e información interna

e.1) Egresosf) Operaciones analizadas y métodos utilizadosg) Resultados

g.1) Egresosg.1.1) Opinión

V.4 PF 1 59a) Selección de la parte examinadab) Evaluación del Método más adecuadoc) Métodos rechazadosd) Método aceptadoe) Selección de comparables e información externa

e.1) Ingresosf) Operaciones analizadas y métodos utilizadosg) Resultados

g.1) Ingresos g.1.1) Opinión

V.5 PF 2 70a) Selección de la parte examinadab) Evaluación del Método más adecuadoc) Métodos rechazadosd) Método aceptadoe) Selección de comparables e información externa

e.1) Ingresosf) Operaciones analizadas y métodos utilizadosg) Resultados

g.1) Ingresosg.1.1) Opinión

VI. Conclusiones 76

VII. Anexos 77

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I. Introducción

Gva, S.C., (en adelante “GVA”) ha sido contratada por Ejemplo, S.A. de C.V. (en adelante “E 1”), para realizar un estudio de precios de transferencia, con objeto de cumplir con las disposiciones fiscales vigentes en la materia, para el ejercicio de 2013.1

El prHer 1nte reporte lo conforman siete secciones. La sección I consiste en la prHer 1nte introducción. La sección II proporciona un resumen ejecutivo de los resultados obtenidos. La sección III proporciona una descripción de E 1. La sección IV detalla las operaciones realizadas entre E 1 y sus partes relacionadas, así como las funciones, activos y riesgos relacionados con dicha operación. La sección V detalla y documenta el análisis de precios de transferencia realizado, incluyendo la selección del método, la búsqueda de comparables y los resultados obtenidos. La sección VI contiene las conclusiones. Por último, la sección VII contiene los anexos de este reporte, los cuales soportan el trabajo realizado así como nuestras conclusiones.

El propósito de este reporte es determinar si E 1, Hija 1, S.A. de C.V. (en adelante “HI 1”), PF 1 (en adelante “PF 1”), PF 2(en adelante “PF 2”) y Hermana 1, S.A. de C.V. (en adelante “HER 1”), cumplieron con su obligación de pactar sus operaciones con partes relacionadas, de manera similar a como lo hacen empresas independientes en operaciones comparables, y a la vez servir como parte de la documentación comprobatoria en materia de precios de transferencia en la que se acredita la determinación de ingresos acumulables y de deducciones autorizadas de acuerdo a lo establecido en los artículos 215, 216 y en la fracción XV del artículo 86 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y en el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU (LIETU), vigente para el año 2013. En el Anexo I del presenten Estudio se presenta un resumen de la legislación mexicana aplicable en materia de precios de transferencia.

II. Resumen Ejecutivo

1 Este estudio ha sido preparado con información proporcionada por Ejemplo, H1, Her 1, PF 1 y P F 2. El análisis y conclusiones contenidos en el presente documento se basan en los factores e información proporcionada por Ejemplo, H1, Her 1, PF 1 y P F 2, por el ejercicio fiscal 2013, así como en información obtenida de fuentes externas, por lo que si los factores o la información que nos fue proporcionada por la empresa antes citada, no son completos o precisos, podría haber una modificación importante en nuestros análisis y conclusiones. Este reporte está elaborado con base en la legislación fiscal vigente en materia de precios de transferencia, para el ejercicio de 2013. A pesar de que nuestras conclusiones están fundamentadas, las mismas pueden no coincidir con las del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o las de cualquier otra autoridad fiscal.

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El objeto del presente análisis es el de proporcionar una visión general al lector, de los aspectos más importantes considerados en la evaluación de las operaciones de servicios administrativos, pago de comisiones por reservaciones, compras, contratación de grupos, así como por el servicio de asesoría y consultoría en recursos humanos, contabilidad, fiscal, jurídico, ventas, mercadotecnia, mantenimiento, producción, relaciones industriales, revisión de sistemas, presentación de sugerencias, servicio de vigilancia (Servicios administrativos) y arrendamiento de bienes jardines, que realizaron E 1 y sus partes relacionadas, y que son materia del presente estudio.

Sobre el particular, resulta relevante señalar que E 1 con la calidad de prestador y prestatario de servicios, y arrendatario de bienes jardines, celebró operaciones con HER 1, HI 1 y PF 1, respectivamente. Que PF 1 con la calidad de arrendador de bienes jardines, celebró operaciones con E 1, HI 1 Y HER 1. Que HI 1 con la calidad de prestador de servicios administrativos y arrendatario de bienes jardines celebró operaciones con E 1, PF 1 y HER 1. Que HER 1 con la calidad de prestatario de servicios administrativos y arrendatario de bienes jardines celebró operaciones con E 1, HI 1, PF 1 y PF 2. Que PF 2 con la calidad de prestador de servicios celebró operaciones con HER 1, por lo que calificaron como partes relacionadas para efectos de la LISR vigente en 2013.

En adición a lo anterior, se conoció que E 1, realizó operaciones con sus partes relacionadas de las cuales fue posible obtener comparables internas (cotizaciones o prestó, compró, vendió, recibió o cotizó) por los mismos servicios, condiciones similares de la misma naturaleza. Se determinó que el método aplicable para evaluar las operaciones de comisiones por rHer 1rvaciones, compras, contratación de grupos, así mismo como por el servicio de asesoría y consultoría en recursos humanos, contabilidad, fiscal, jurídico, ventas, mercadotecnia, mantenimiento, producción, relaciones industriales, revisión de sistemas, presentación de sugerencias y servicio de vigilancia (Servicios Administrativos), y arrendamiento de bienes jardines es el método de Precio Comparable No Controlado (PC) previsto en la fracción I del artículo 216 de la LISR vigente en 2013, el cual considera: de acuerdo con las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE, este método es el que mejor cumple con el principio de plena competencia, cuando el mismo se puede aplicar, por lo tanto compara el precio real de un bien contra otro precio de bienes o servicios idénticos y/o similares que se cobran entre empresas independientes (no relacionadas) por las transferencias de bienes y/o prestación de servicios. Este método puede utilizarse en aquellos casos en que el mismo producto o servicio se vende o presta a la parte relacionada y también se enajena o se presta a una empresa independiente o está disponible en el mercado.

Para el cumplimiento de dicho método se efectuó una búsqueda exhaustiva de comparables internas (cotizaciones o prestó, compró, vendió, recibió o cotizó), por los mismos servicios, utilizadas en la evaluación materia del presente estudio, se tiene que las mismas derivan de un proceso detallado de búsqueda y selección de empresas que realizan operaciones similares a las que es objeto el análisis en cita.

El proceso de búsqueda y selección antes citado, involucró la aplicación de diversos criterios de aceptación y rechazo de cotizaciones, los cuales fueron aplicados a efectos de depurar las selecciones genéricas realizadas como punto de partida, y así, obtener una muestra mucho más depurada y por ende, comparable a la operación realizada por E 1. En este sentido, se aplicaron diversos criterios de selección a efectos de rechazar comparables con características diferentes de los servicios prestados a la compañía.

En el año 2000 HER 1 celebró contrato con la un tercero, cuyo objeto principal es hacerse cargo de la atención total de todos los asuntos relacionados con la recuperación de varios bienes jardines en posesión de terceros independientes.

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Adicionalmente HER 1 celebró contrato con su parte relacionada E 1, donde se pactó que el pago de los gastos de la operación mencionada en el párrafo anterior, estarán a cargo de E 1, hasta por la mitad de los generados por el presente contrato. Asimismo, HER 1 realizará el pago de estos importes a su parte relacionada E 1 cuando el tercero realice las liquidaciones correspondientes a HER 1 sobre la recuperación de los bienes jardines.

PF 1 realizó préstamos a HER 1 para solventar los gastos del contrato, cobró interés por dichas cantidades e intervino en la contratación de profesionistas y trámites necesarios para la recuperación de los bienes jardines. PF 2 intervino en algunos trámites importantes, asimismo HI 1 prestó servicios a HER 1 por los que cobró una iguala mensual y algunos servicios extraordinarios

E 1 por su intervención conjunta con HER 1 en la atención a los juicios por la recuperación de varios bienes jardines materia del presente contrato, recibieron una contraprestación de $10,000,000.00, mismos que fueron registrados y cobrados en el ejercicio fiscal 2013.

Las operaciones mencionadas en los párrafos anteriores forman parte del presente estudio.

Este análisis se fundamenta en las disposiciones vigentes en 2013, aplicables en materia de precios de transferencia, las cuales se encuentran contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en los artículos 86 fracción XV del CAPITULO VIII, TITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES, 215 y 216 DEL TITULO VI CAPITULO II DE LAS EMPRESAS MULTINACIONALES, así como en el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU (LIETU), en las Directrices sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

III. Visión General del Negocio (Cifras en pesos).

A continuación se presenta un breve resumen de los antecedentes de:

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a) Ejemplo, S.A. de C.V.

Actividad principal

E 1 se dedica a la operación, administración y explotación por cuenta propia o ajena de toda clase de establecimientos e instalaciones hoteleras y turísticas, y se ubica en Cuernavaca, Morelos.

Datos Generales

Contribuyente: Ejemplo, S.A. de C.V.

Registro Federal de Contribuyentes: E 1921204EH6

Representante Legal: Ícela

Registro Federal de Contribuyentes: GO________

Domicilio: Av. _______________

Con fecha __ de ______ de mil novecientos noventa y dos, en la Ciudad de México, Distrito Federal, fue constituida de conformidad con las leyes mexicanas, mediante escritura pública ______ mil, ante el titular de la Notaría Pública número ________, el Licenciado ____ la constancia del contrato de sociedad que celebran los señores A1, A2, A3, A4 y A5, para la creación de una sociedad denominada “Ejemplo, S. A. de C. V.”

Para fines de este estudio, consideraremos que la actividad principal de E 1 es la prestación de servicios de jardineria.

A la fecha del presente estudio, la Compañía está en proceso de formalización del acta de asamblea de accionistas, mediante la cual se aprueban los estados financieros correspondientes al ejercicio social de 2013.

Accionistas

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E 1 es una sociedad constituida en México, Distrito Federal, que al 31 de diciembre de 2013, contó con un capital debidamente suscrito y pagado, de acuerdo a la siguiente tabla:

Ejemplo, S.A. de C.V.CAPITAL FIJO

Accionistas Acciones Fijas

Participación en el capital

Costo por Acción

Capital Fijo al 31/12/13

PF 1 5,999 99.98% $10.00 $59,990.00PF 2 1 0.02% 10.00 10.00

Suma 6,000 100.00% $ 60,000.00CAPITAL VARIABLE

Accionistas Acciones variables

Participación en el capital

Costo por Acción

Capital Variable al 31/12/13

PF 1 5,999 99.98% $223.33 $ 1,339,776.67

PF 2 1 0.02% 223.33 223.33Suma 6,000 100.00% 1,340,000.00

Total capital social $ 1,400,000.00Fuente: Acta Constitutiva No. ____ y escritura núm. _____

Principales Clientes

De acuerdo a la información proporcionada por E 1, sus principales clientes relacionados e independientes, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes:

Clientes Independientes1. Instituto .2. Universidad3. Servicios, S.A. de C.V.4. Amistad, A.C.5. Convenciones, S.A. de C.V.6. Pastos.7. Evento.8. Mark, S.A. de C.V.9. De México, S.A. de C.V.

10. Jamaica.

Principales Proveedores

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Clientes Relacionados1. Hermana 1, S.A. de C.V.

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De acuerdo a la información proporcionada por E 1, sus principales proveedores relacionados e independientes durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes.

Proveedores Relacionados1. Hija 1, S.A. de C.V.2. PF 1.

Transacciones Intercompañías

Basados en la información proporcionada por la compañía, las transacciones entre partes relacionadas nacionales que E 1 celebró durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, y que se incluyen en el alcance del prHer 1nte estudio, fueron:

INGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETU

Servicios administrativos HER 1 $ 5,887,804.49 $ 5,887,804.49 $ 5,887,804.49

EGRESOS

8

Proveedores Independientes1 Gas, S.A. de C.V.2 Xo, S.A de C.V.

3 Agua Potable y Alcantarillado4 Comisión Federal de Electricidad.5 Emaspam.6 Jorge.7 Teléfonos de México, S.A.B. de C.V.8 Nueva Walmart de México, S. de R.L. de C.V.9 Consultores, S.C.

10 Norte, S.A. de C.V.

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Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETU

Comisión por compras HI 1 $ 291,903.97 $ 291,903.97 $ 291,903.97

Comisión por contratación de grupos

HI 1 1,178,838.93 1,178,838.93 1,178,838.93

Comisión por cobranza HI 1 24,273.83 24,273.83 24,273.83

Servicios administrativos HI 1 396,000.00 396,000.00 396,000.00

Arrendamiento de Jardines PF 1 $226,350.80 $226,350.80 $226,350.80

Servicios

El único servicio que la compañía presta es el siguiente:

Servicios de Jardineria.

Misión:

Ofrecer servicios y productos de la mejor calidad, que diferencien a la empresa en el mercado jardinero, para lograr la satisfacción total de los clientes.

Visión:

Ser el mejor lugar de pasto de la República Mexicana.

Valores:

Esforzarse cada día más por hacer bien las cosas en beneficio de nuestros empleados, nuestro ambiente, nuestra sociedad, pero sobre todo para nuestros clientes.

Objeto Social:

Operación, administración, y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de establecimientos e instalaciones de jardines.

Estructura Corporativa

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HERMANA 1, S.A. DE C.V.

Durante el ejercicio 2013, la relación de E 1 con sus partes relacionadas es la que se indica a continuación:

Fuente: Información proporcionada por E 1.b) Hi 1, S.A. de C.V.

10

HIJA 1, S.A. DE C.V.

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

PF 1, S.A. de C.V.

PF 2, S.A. de C.V.

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Actividad principal

HI 1 se dedica a la Prestación de Servicios Administrativos.

Datos Generales

Contribuyente: Hija 1, S.A. de C.V.

Registro Federal de Contribuyentes: A________

ReprHer 1ntante Legal: Flores.

Registro Federal de Contribuyentes: F_______________

Domicilio: Jardineros no. 1, México, D.F.

HI 1Con fecha ____ de ____ de dos mil ____, en la Ciudad de México, fue constituida de conformidad con las leyes mexicanas, mediante escritura pública noventa, ante el titular de la Notaría Pública número ___________, el Licenciado ___________, bajo la constancia del contrato de sociedad que celebran PF 1, PF 2 y Tercero para la creación de una sociedad denominada “ HI 1, S.A. de C.V.”

Para fines de este estudio, consideramos que las actividades principales de HI 1 son la prestación de servicios administrativos.

A la fecha del presente estudio, la Compañía está en proceso de formalización del acta de asamblea de accionistas, mediante la cual se aprueban los estados financieros correspondientes al ejercicio social de 2013.

Accionistas

HI 1 es una sociedad constituida en México, Distrito Federal, que al 31 de diciembre de 2013, contó con un capital debidamente suscrito y pagado, de acuerdo a la siguiente tabla:

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HI 1, S.A. de C.V.CAPITAL FIJO

Accionistas Acciones Fijas

Participación en el capital

Costo por Acción

Capital Fijo al 31/12/12

PF 1. 48,000 96% $1.00 $48,000.00PF 2. 1,000 2% 1.00 1,000.00Tercero. 1,000 2% 1.00 1,000.00

Suma 50,000 100% $50,000.00Fuente: Información proporcionada por HI 1.

Principales Clientes

De acuerdo a la información proporcionada por HI 1, sus principales clientes relacionados e independientes, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes:

Clientes Relacionados1. Ejemplo, S.A. de C.V.2. Hermana 1, S. A. de C. V.

Clientes IndependientesN/A

Principales Proveedores

De acuerdo a la información proporcionada por HI 1, sus principales proveedores relacionados e independientes, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes:

Proveedores Relacionados1. PF 1.

Proveedores Independientes1. Despacho, S.C.2. Otros menores.

Transacciones Intercompañías

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Basados en la información proporcionada por la compañía, las transacciones entre partes relacionadas nacionales que HI 1 celebró durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, y que se incluyen en el alcance del presente estudio, fueron:

INGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETUComisión por Cobranza E 1 $24,273.83 $24,273.83 $24,273.83

Comisión por Compras E 1 291,903.97 291,903.97 291,903.97

Comisión por Contratación de jardines

E 1 1,178,838.93 1,178,838.93 1,178,838.93

Servicios Administrativos E 1 396,000.00 396,000.00 396,000.00

Honorarios HER 1 576,000.00 576,000.00 576,000.00

Recuperación de gastos HER 1 $1,374,000.00 $1,374,000.00 $1,374,000.00

EGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETU

Intereses PF 1 $977,726.87 $977,726.87 $977,726.87

Arrendamiento de bienes jardines PF 1 240,000.00 240,000.00 240,000.00

Servicios

El único servicio que la compañía presta es el de:

Servicios Administrativos.

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Misión:

Ofrecer servicios de la mejor calidad, que diferencien a la empresa en el mercado de prestación de servicios administrativos, para lograr la satisfacción total de los clientes.

Visión:

Ser una empresa reconocida a nivel nacional en el mercado de prestación de servicios administrativos

Objeto Social:

Prestación de servicios administrativos, para proporcionar el adecuado funcionamiento de nuestros clientes.

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c) Hermana 1, S.A. de C.V.

Actividad principal

HER 1 se dedica a la prestación de servicios administrativos.

Datos Generales

Contribuyente: Hermana 1, S.A. de C.V.

Registro Federal de Contribuyentes: HER 18404252M4

ReprHer 1ntante Legal: Roberto Flores Sánchez.

Registro Federal de Contribuyentes: FOSR4301017F6

Domicilio:Patinadores 75, Interior CCol. Country Club, C.P. 04220Coyoacán, México, D.F.

H E R 1

Con fecha ________ de _____ de mil novecientos ochenta y cuatro en el Estado de México, fue constituida de conformidad con las leyes mexicanas, mediante escritura pública mil , volumen _____ , ante el titular de la Notaría Pública número ___________ en Naucalpan de Juárez, Estado de México, bajo la constancia del contrato de Sociedad que otorgan terceros para constituir la persona moral denominada “Hermana 1, S. A. de C. V.”

Para fines de este estudio, consideramos que la actividad principal de HER 1 es la prestación de servicios administrativos.

A la fecha del presente estudio, la Compañía está en proceso de formalización del acta de asamblea de accionistas, mediante la cual se aprueban los estados financieros correspondientes al ejercicio social de 2013

Accionistas

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HER 1 es una sociedad constituida en Naucalpan de Juárez, Estado de México, que al 31 de diciembre de 2013, contó con un capital debidamente suscrito y pagado, de acuerdo a la siguiente tabla:

Hermana 1, S. A. de C.V.CAPITAL FIJO

Accionistas Acciones Fijas

Participación en el capital

Costo por Acción

Capital Fijo al 31/12/13

PF 1 270 90% $ 1.00 $ 270.00PF 2 30 10% 1.00 30.00

Suma 300 100% $ 300.00CAPITAL VARIABLE

Accionistas Acciones variables

Participación en el capital

Costo por Acción

Capital Variableal 31/12/13

PF 1 735,000 100% $ 1.00 $ 735,000.00Total capital social $ 735,300.00

Principales Clientes

De acuerdo a la información proporcionada por HER 1, sus principales clientes relacionados e independientes, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes:

Clientes RelacionadosN/A

Clientes Independientes1. (sucesión)

Principales Proveedores

De acuerdo a la información proporcionada por HER 1, sus principales proveedores relacionados e independientes, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, fueron los siguientes:

Proveedores Relacionados1. Hija 1, S.A. de C.V.2. PF 1.3. PF 2

Proveedores IndependientesN/A

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Transacciones Intercompañías

Basados en la información proporcionada por la compañía, las transacciones entre partes relacionadas nacionales que HER 1 celebró durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, y que se incluyen en el alcance del presente estudio, fueron:

EGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETU

Servicios Administrativos. E 1 $5,887,804.49 $5,887,804.49 $5,887,804.49

Honorarios. HI 1 $576,000.00 $576,000.00 $576,000.00

Recuperación de gastos. HI 1 1,374,000.00 1,374,000.00 1,374,000.00

Honorarios. PF 1 264,000.00 264,000.00 264,000.00

Recuperación de gastos. PF 1 386,000.00 386,000.00 386,000.00

Intereses. PF 1 9,223,555.33 9,223,555.33 9,223,555.33

Arrendamiento de bienes jardines PF 1 1,200,000.00 1,200,000.00 1,200,000.00

Honorarios. PF 2 240,000.00 240,000.00 240,000.00

Recuperación de gastos. PF 2 150,000.00 150,000.00 150,000.00

Servicios

El único servicio que la compañía presta es el de:

Servicios Administrativos.

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Misión:

Prestar servicios de la más alta calidad posible que nos permitan ser los mejores en nuestro país

Visión:

Siempre pensar en mejorar cada uno de los aspectos de nuestra actuación frente al cliente y frente a la sociedad.

Valores:

Nos esforzamos cada día más por hacer bien las cosas en beneficio de nuestros empleados, nuestro ambiente, nuestra sociedad, pero sobre todo para nuestros clientes.

Objeto Social:

En general la prestación de servicios administrativos.

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d) PF 1.

Actividad principal

PF 1 se dedica al arrendamiento de bienes jardines.

Datos Generales

Contribuyente: PF 1

Registro Federal de Contribuyentes: J__________

Domicilio: Calzada del Jardín, México, D.F.

O.A.J.V.

Transacciones Intercompañías

Basados en la información proporcionada por PF 1, las transacciones entre partes relacionadas nacionales que PF 1 celebró durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, y que se incluyen en el alcance del prHer 1nte estudio, fueron:

INGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operaciónContable ISR IETU

Arrendamiento de jardines E 1 $ 226,350.80 $ 226,350.80 $ 226,350.80

Intereses HI 1 977,726.87 977,726.87 977,726.87

Arrendamiento de jardines HI 1 240,000.00 240,000.00 240,000.00

Honorarios HER 1 264,000.00 264,000.00 264,000.00

Recuperación de gastos HER 1 386,000.00 386,000.00 386,000.00

Intereses HER 1 9,223,555.33 9,223,555.33 9,223,555.33

Arrendamiento de jardines HER 1 $1,200,000.00 $1,200,000.00 $1,200,000.00

e) PF 2. 19

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Actividad principal

PF 2 se dedica a la prestación de servicios.

Datos Generales

Contribuyente: PF 2

Registro Federal de Contribuyentes: E___________

Domicilio: Calzada de la Rosa, México, D.F.

Transacciones Intercompañías

Basados en la información proporcionada por PF 2, las transacciones entre partes relacionadas nacionales que PF 2 celebró durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, y que se incluyen en el alcance del prHer 1nte estudio, fueron:

INGRESOS

Tipo de Operación Parte Relacionada

Importe de la operación

Contable ISR IETU

Honorarios HER 1 $ 240,000.00 $ 240,000.00 $ 240,000.00

Recuperación de gastos HER 1 150,000.00 150,000.00 150,000.00

IV. Análisis Funcional y Operaciones con Partes Relacionadas

El propósito de esta sección es analizar la información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos relacionados con las operaciones intercompañías efectuadas entre E 1 y sus partes relacionadas. El análisis funcional resulta fundamental para determinar la metodología más adecuada para analizar si las transacciones intercompañías sujetas a estudio se pactaron de acuerdo con el Principio de Plena Competencia.

Esta síntesis provee de una interpretación organizada de los hechos relacionados con las transacciones intercompañías y representa la base para caracterizar las actividades de las entidades. El presente análisis está basado en la revisión de la información proporcionada por E 1, incluyendo entrevistas con personal clave realizadas en las instalaciones de la misma.

A continuación, se resumen las principales funciones desarrolladas por E 1 durante el ejercicio fiscal 2013.

a) Funciones

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Reputación Corporativa

E 1 es una empresa del sector Jardinero en México, dedicada a la operación, administración y explotación por cuenta propia o ajena de toda clase de establecimientos e instalaciones de jardines, prestando sus servicios al público en general.

Contabilidad

Los estados financieros de E 1 y sus partes relacionadas son preparados de conformidad con las Normas de Información Financiera (NIF), las cuales comprenden los Boletines y circulares emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos que no han sido modificados, sustituidos o derogados por las NIF, así como por las NIF e Interpretaciones a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) aplicables de manera supletoria.

Descripción del Mercado

El mercado en el que se involucran E 1 y sus partes relacionadas, corresponde a la operación, administración y explotación por cuenta propia o ajena de toda clase de jardines, prestando sus servicios al público en general, abarcando los siguientes servicios.

Jardines para Hoteles. Servicios Administrativos. Arrendamiento de Jardines.

Moneda Funcional

E 1 y sus partes relacionadas mantienen varias cuentas bancarias para sus operaciones cotidianas, denominadas en pesos mexicanos. Dichas cuentas se utilizan para el pago de servicios y gastos indirectos que corresponde a sus proveedores nacionales y el cobro a sus clientes es totalmente en moneda nacional (pesos).

Crédito y Cobranza

E 1 y sus partes relacionadas son responsables de la administración de sus cuentas por cobrar y de la cobranza, normalmente sus clientes le pagan de contado, pero en ocasiones los plazos son de 8, 15 ó 30 días o el importe total lo cubren en 2 ó 3 pagos dependiendo del cliente.

Cuentas por pagar

E 1 y sus partes relacionadas son responsables del pago de sus pasivos, normalmente a los proveedores se les paga de contado. En algunos casos le otorgan un plazo de crédito de 8, 15 ó 30 días y en otros casos se paga en 2 o 3 exhibiciones.

b) Riesgos asumidos:21

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Son los factores de negocios que exponen a una compañía ante la posibilidad de pérdidas o daños.

1. Riesgo de mercado: El riesgo de mercado ocurre cuando una compañía está sujeta a condiciones de ventas adversas debido a la competencia en el mercado, condiciones adversas de demanda y de mercado, o la incapacidad de desarrollar mercados o colocar productos o servicios para sus clientes.

En nuestra opinión, E 1 presenta un riesgo de mercado mínimo en su operación, toda vez que pertenece al mercado abierto de servicio Hotelero, a pesar de esto, E 1 ofrece una gran calidad en sus servicios lo cual lo coloca en una mejor posición.

Por otro lado, HI 1, HER 1 y PF 2 presentan un riesgo de mercado mínimo en su operación, toda vez que pertenece al mercado abierto de servicios de tipo administrativo.

Adicionalmente PF 1 presenta un riesgo de mercado mínimo en su operación, toda vez que pertenece al mercado abierto de arrendamiento de bienes jardines.

2. Riesgo cambiario: El riesgo cambiario ocurre cuando las compras de materiales, recursos o servicios están en una moneda, mientras que las ventas de productos terminados están en otra.

Al respecto, en nuestra opinión, no existe un riesgo cambiario plenamente relacionado en la operación que realizan tanto E 1, HI 1, HER 1, PF 1 y PF 2 como partes relacionadas, ya que la moneda funcional utilizada para pactar el monto de las mismas es el peso mexicano, razón por la cual no existe diferencial en monedas que genere este tipo de riesgo en relación a las operaciones bajo análisis.

3. Riesgos laborales. Respecto a éste riesgo, se tiene que tanto E 1 como HI 1 enfrentan total y exclusivamente los riesgos que deriven de su responsabilidad patronal provenientes de las relaciones laborales con su personal que suman alrededor de 150 empleados.

HER 1, PF 1 y PF 2 no cuentan con empleados. Las responsabilidades de E 1 y HI 1 en relación a su personal involucran el correcto y oportuno entero al fisco de los Impuestos Sobre la Renta (ISR) retenidos, la ejecución de procedimientos de terminación laboral, el correcto y oportuno entero de las aportaciones de seguridad social, entre los más relevantes; el incumplimiento de cualquiera de las responsabilidades patronales de E 1 y HI 1 antes citadas, podría traducirse en costos y gastos de importancia para las compañías, los cuales serían en su caso, absorbidos en su totalidad por dichas empresas, razón por la cual es factible concluir que E 1 y HI 1 en la ejecución de sus operaciones materia del prHer 1nte estudio, están directamente afectadas por este posible riesgo.

4. Riesgo de demandas de los clientes: E 1 cuenta con un seguro de responsabilidad civil contra robo, extravió y daños de pertenencias de los clientes.

5. Riesgo Crediticio: E 1 enfrenta un riesgo crediticio mínimo, así mismo los pagos que está obligada a realizar a sus proveedores son efectuados en tiempo y forma según políticas de la empresa.

c) Activos

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c.1) Activos fijos de E 1

De acuerdo a la información proporcionada por E 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, sus principales activos fijos fueron los siguientes:

Propiedad, Planta y EquipoImporte Depreciación

Mobiliario y Equipo de Oficina $279,320.76 $116,099.46

Equipo de Computo 1,672,453.81 530,997.13Equipo de Transporte 598,319.52 169,656.97Equipo de Operación 5,265,652.22 1,556,703.20Edificio 1,483,636.64 112,765.20Propiedad Planta y Equipo $ 10,686,432.03

Fuente: Estados Financieros al 31 de diciembre de 2013 de E 1.

c.2) Activos Intangibles de E 1

De acuerdo a la información proporcionada por E 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, no cuenta con activos intangibles.

c.3) Activos Fijos de HI 1

De acuerdo a la información proporcionada por HI 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, no cuenta con activos fijos.

c.4) Activos Intangibles de HI 1

De acuerdo a la información proporcionada por HI 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, no cuenta con activos intangibles.

c.5) Activos fijos de HER 1

De acuerdo a la información proporcionada por HER 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, sus principales activos fijos fueron los siguientes:

Propiedad, Planta y EquipoImporte Depreciación

Mobiliario y Equipo de Oficina $80,487.52 $29,408.98

Equipo de Computo 64,657.43 64,657.43Automóviles 463,655.17 7,596.86Propiedad Planta y Equipo $ 507,136.85

Fuente: Estados Financieros al 31 de diciembre de 2013 de HER 1.

c.6. Activos Intangibles de HER 1

De acuerdo a la información proporcionada por HER 1, durante el ejercicio fiscal finalizado al 31 de diciembre de 2013, no cuenta con activos intangibles.

d) Operaciones Con Partes Relacionadas

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Una vez identificadas las partes relacionadas y de acuerdo con los registros de E 1, las entidades relacionadas que llevan a cabo transacciones intercompañías y que cubre el prHer 1nte estudio de precios de transferencia son:

Nombre o Denominación Social R.F.C. Actividad Económica

Hija 1, S.A. de C.V. ___________

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

Hermana 1, S.A. de C.V. HER 18_______

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

PF 1 J__________ Persona física mexicana con actividad principal el Arrendamiento de jardines.

Fuente: Información proporcionada por personal de E 1.

Una vez identificadas las partes relacionadas y de acuerdo con los registros de HI 1, las empresas relacionadas que llevan a cabo transacciones intercompañías y que cubre el presente estudio de precios de transferencia son:

Denominación Social R.F.C. Actividad Económica

Ejemplo, S.A. de C.V. E _____

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar servicios de jardinería

Hermana 1, S.A. de C.V. HER________

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

PF 1 J__________ Persona física mexicana con actividad principal el Arrendamiento de jardines.

Fuente: Información proporcionada por HI 1.

Una vez identificadas las partes relacionadas y de acuerdo con los registros de HER 1, las empresas relacionadas que llevan a cabo transacciones intercompañías y que cubre el presente estudio de precios de transferencia son:

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Denominación Social R.F.C. Actividad Económica

Hija 1, S.A. de C.V. A_____

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

PF 1 J___________ Persona física mexicana con actividad principal el Arrendamiento de jardines.

PF 2 E___________Persona física mexicana con actividad principal la de Prestación de Servicios Profesionales.

Fuente: Información proporcionada por HER 1.

Una vez identificadas las partes relacionadas y de acuerdo con los registros de PF 1, las empresas relacionadas que llevan a cabo transacciones intercompañías y que cubre el presente estudio de precios de transferencia son:

Denominación Social R.F.C. Actividad Económica

Ejemplo, S.A. de C.V. E _______

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar servicios de jardinería.

Hija 1, S.A. de C.V. A_________

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

Hermana 1, S.A. de C.V. HER________

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

Fuente: Información proporcionada por PF 1.

Una vez identificadas las partes relacionadas y de acuerdo con los registros de PF 2, las empresas relacionadas que llevan a cabo transacciones intercompañías y que cubre el presente estudio de precios de transferencia son:

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Denominación Social R.F.C. Actividad Económica

Hermana 1, S.A. de C.V. HER _______

Empresa que se rige bajo las leyes de la República Mexicana y tiene como actividad principal la de prestar toda clase de servicios administrativos en general.

Fuente: Información proporcionada por PF 2.

En el año 2000 HER 1 celebró contrato con Tercero, cuyo objeto principal es hacerse cargo de la atención total de todos los asuntos relacionados con la recuperación de varios bienes jardines en posesión de terceros independientes.

Adicionalmente HER 1 celebró contrato con su parte relacionada E 1, donde se pactó que el pago de los gastos de la operación mencionada en el párrafo anterior, estarán a cargo de E 1, hasta por la mitad de los generados por el presente contrato. Asimismo, HER 1 realizará el pago de estos importes a su parte relacionada E 1 cuando Tercero realice las liquidaciones correspondientes a HER 1 sobre la recuperación de los jardines.

PF 1 realizó préstamos a HER 1 para solventar los gastos del contrato, cobró interés por dichas cantidades e intervino en la contratación de profesionistas y trámites necesarios para la recuperación de los jardines. PF 2 intervino en algunos trámites importantes, asimismo HI 1 prestó servicios a HER 1 por los que cobró una iguala mensual y algunos servicios extraordinarios

E 1 por su intervención conjunta con HER 1 en la atención a los juicios por la recuperación de varios bienes jardines materia del presente contrato, recibieron una contraprestación de $10,000,000.00, mismos que fueron registrados y cobrados en el ejercicio fiscal 2013.

Las operaciones mencionadas en los párrafos anteriores forman parte del presente estudio.

V. Análisis Económico

V.1. EJEMPLO, S.A. DE C.V

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a) Selección de la parte Examinada (Tested Party)

De acuerdo con las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, cuando un método de precios de transferencia se usa para determinar los precios que deberían ser utilizados entre partes relacionadas, el método debe aplicarse a la información financiera de una de esas partes. De esta manera, se requiere que los contribuyentes decidan cuál de las partes es la parte a ser examinada.

La parte examinada debe ser la entidad que desempeñó las funciones más fáciles de identificar y evaluar (que usualmente es la entidad que no emplea ni posee activos intangibles valiosos). Es de igual importancia que la parte examinada sea aquella para la cual existe información confiable y disponible en cuanto a comparables se refiere.

Estos factores tienen un papel de importancia en la determinación del método de precios de transferencia más apropiado.

Aun cuando la LISR no tiene una definición para el término “parte examinada” (Tested Party) el SAT permite a los contribuyentes elegir la parte examinada usando las disposiciones de las Directrices de la OCDE.

b) Evaluación del Método más Adecuado

Los métodos señalados en la LISR y las guías de la OCDE se evalúan para determinar cuál de ellos tiene un mayor grado de comparabilidad entre la operación y las operaciones realizadas entre partes no vinculadas, y así determinar cuál es más confiable. El método que combine el mayor grado de comparabilidad y confiabilidad será el método principal de fijación de precios; asimismo, la elección del mejor método para evaluar las operaciones con sus partes relacionadas también dependerá de la información financiera disponible de la empresa sujeta a análisis ya que, con base en dicha información, las operaciones en cuestión serán evaluadas en forma individual, combinada o global.

c) Métodos Rechazados:

Método de Precio de Reventa (PR).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente el precio de adquisición de los bienes adquiridos a partes relacionadas, para su posterior venta a partes independientes. Este método se aplica comúnmente a operaciones de distribución en las que no se añade valor agregado de forma significativa, se tiene que este método no resulta aplicable en el presente caso por la utilización del método de PC.

Método de Costo Adicionado (CA).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente los ingresos derivados de la enajenación a partes relacionadas de bienes o por la prestación de servicios proporcionados por una empresa.

Método de Partición de Utilidades (PU).

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Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no resulta factible utilizarlo en el caso en estudio, debido a la utilización del Método de PC. Este método resulta aplicable cuando en la operación controlada existen intangibles en la operación que son aportados por alguna de las partes relacionadas involucradas en la operación.

Método Residual de Partición de Utilidades. (RPU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC, y adicionalmente por las razones señaladas para el Método de Partición de Utilidades citado anteriormente.

Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no fue posible utilizarlo, debido a la utilización del Método de PC. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes no relacionadas en operaciones comparables. El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el MTUO es en general menos exigente que el requerido bajo otros métodos. El grado de comparabilidad se determina en función al capital invertido y riesgo asumidos, tanto por parte de la entidad bajo análisis, como por las compañías no relacionadas que se usan como comparables. Bajo el MTUO, las compañías independientes comparables no necesitan un grado exigente de comparabilidad y se acepta cierta diversidad de servicios, productos y funciones.

d) Método Aceptado:

“Método de Precio Comparable No Controlado” (PC)

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo fue posible utilizarlo, toda vez que E 1 llevó a cabo las siguientes operaciones:

HERMANA 1, S.A. DE C.V.

Servicios Administrativos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 cobró por servicios administrativos en general, a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 5,887,804.49.

HI 1, S.A. DE C.V.

Comisión por Compras

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 realizó pagos por comisión de compras, con su parte relacionada HI 1, un importe de $ 291,903.97.

Comisión por Contratación de Jardines

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Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 realizó pagos de comisión por Contratación de Jardines a su parte relacionada HI 1, un importe de $1,178,838.93.

Comisión por Cobranza

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 realizó el pago de comisión por cobranza a su parte relacionada HI 1, un importe de $ 24,273.83.

Servicios Administrativos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 pagó por servicios administrativos en general a su parte relacionada HI 1, un importe de $396,000.00.

PF 1

Arrendamiento de jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, E 1 pagó el arrendamiento de jardines a su parte relacionada PF 1, un importe de $ 226,350.80.

Dichas operaciones las llevó a cabo E 1 con sus partes relacionadas HER 1, HI 1 y PF 1, respectivamente, lo anterior derivado de las operaciones normales que E 1 efectuó durante el ejercicio fiscal 2013.

El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el Método de PC se basa principalmente en la similitud de los atributos o características de los servicios prestados por HER 1, HI 1 y PF 1.

e) Selección de Comparables e información interna:

e.1) INGRESOS

Servicios Administrativos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HER 1.

A continuación, presentamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de E 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ImporteX, S.C. $ 6,200,000.00

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HER 1 $ 5,887,804.49Y, S.C. $ 5,500,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $6,200,000.00 en su nivel superior a $5,500,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada E 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

e.2) EGRESOS

Comisión por Compras

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HI 1.

A continuación, prHer 1ntamos los porcentajes de las comisiones por compras que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de E 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ComisiónDespacho 15%HI 1 10%W, S.A 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de 15% en su nivel superior a 9% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando las comisiones por compras con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado, de no haberlo recibido de su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Comisión por Contratación de Grupos

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De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en las operaciones internas, seleccionamos un conjunto de clientes (partes independientes) comparables, buscando aquellos que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HI 1.

A continuación, presentamos los porcentajes de las comisiones por contratación de jardines que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de E 1 para el ejercicio de 2013:

Agencias de viaje ComisiónTours 10%Sev S. de R.L. de C.V. 10%HI 1 10%Viaje, S.A. de C.V. 10%

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Como se puede observar en la tabla anterior para el pago de las comisiones por contratación de jardines se utiliza el mismo porcentaje (10%) tanto para su parte relacionada como para con terceros independientes; adicionalmente se efectuaron pagos adicionales por gastos efectuados del 10%, basados en las contrataciones de jardines. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las operaciones comparables más adecuadas

Comisión por Cobranza

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HI 1.A continuación, prHer 1ntamos los porcentajes de las comisiones por compras que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de E 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ComisiónDespacho 15%HI 1 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de 15% en su nivel superior a 9% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando las comisiones por cobranza con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado, de no haberlo recibido de su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Servicios Administrativos31

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De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HI 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por Servicios Administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de E 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ImporteS.C. $450,000.00HI 1 $396,000.00Consultoría $350,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $450,000.00 en su nivel superior a $350,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por Servicios Administrativos en general con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado, de no haberlo adquirido a su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Arrendamiento de bienes jardines

Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el pago del arrendamiento por parte de E 1 a su parte relacionada, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por E 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión pagada por E 1 a su parte relacionada PF 1, por la renta de jardines para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte E 1 pactó con su parte relacionada PF 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por E 1 con su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

Ajustes de la comparabilidad

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Al preparar el rango de cumplimiento del principio de plena competencia para operaciones comparables no controladas, la LISR para 2013 permite, en su artículo 215, que se realicen ajustes razonables a los resultados comparables no controlados con el fin de incrementar la comparabilidad de la parte examinada. La intención de los ajustes es enfrentar a los comparables seleccionados como comparables a las condiciones de mercado que enfrentó la parte relacionada durante el período bajo análisis con la finalidad de hacer más comparables las operaciones sobre las que se aplica la metodología de Precios de Transferencia.

Para el análisis de la operación de arrendamiento de jardines, no se consideró razonable realizar la aplicación de los diferentes ajustes para mejorar la comparabilidad de las empresas seleccionadas. Lo anterior debido a que se contó con información externa y se encontró información pública en el mercado abierto de los mismos servicios y/o productos que se compraron, vendieron o prestaron entre partes relacionadas, por lo que no se consideró razonable realizar ajustes, ya que estos no mejorarían la comparabilidad entre la información interna y externa de las empresas seleccionadas.

f) Operaciones Analizadas y Métodos Utilizados33

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Las operaciones entre partes relacionadas y el método utilizado que E 1 celebró durante el ejercicio 2013, y que se incluyen en el alcance del presente estudio, fueron:

TransaccionesIngresos por: Parte Relacionada Monto de la

Operación M.N. PC PR CA PU RPU MTUO

Servicios Administrativos HER 1 $ 5,887,804.49 X

TransaccionesEgresos por: Parte Relacionada Monto de la

Operación M.N. PC PR CA PU RPU MTUO

Comisión por Compras HI 1 $ 291,903.97 X

Comisión por Contratación de Jardines

HI 1 1,178,838.93 X

Comisión por Cobranza HI 1 24,273.83 X

Servicios Administrativos HI 1 396,000.00 X

Arrendamiento de jardines PF 1 $ 226,350.80 X

g) Resultados

g.1) INGRESOS

Servicios Administrativos

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de E 1 y egresos de HER 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos por servicios administrativos cobrados por E 1 durante el ejercicio de 2013

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos en general, contratado por HER 1 y ofrecido por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de E 1 durante el período 2013.

Compañía ImporteS.C. $ 6,200,000.00Parte Relacionada $ 5,887,804.49Consultoría $ 5,500,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se está pagando el importe por servicios administrativos en general, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada E 1.

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g.1.1) O p i n i ó n

INGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de la operación de servicios administrativos en general, efectuada entre E 1 y su parte relacionada HER 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que E 1 y su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que E 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

g.2) EGRESOS

Operación de egresos netos de comisión por compras

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de E 1 e ingresos de HI 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos de comisión por compras pagadas por E 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión por compras, contratado por E 1 y ofrecido por HI 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de E 1 durante el período 2013.

Compañía ComisiónDespacho 15%Parte Relacionada 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se están pagando la comisión por compras, con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada HI 1.

Operación de egresos netos de comisión por contratación de grupos

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de E 1 e ingresos de HI 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos de comisiones por contratación de jardines pagadas por E 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión por servicio de contratación de jardines, contratado por E 1 y ofrecido por HI 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de E 1 durante el período 2013.

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Agencias de viaje ComisiónTours 10%Parte Relacionada 10%Viaje, S.A. de C.V. 10%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se están pagando las comisiones por contratación de jardines, con características similares en el mercado y que E 1 pagó a su parte relacionada y a terceros independientes, durante el ejercicio de 2013.

Operación de egresos netos de comisión por cobranza

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de E 1 e ingresos de HI 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos de comisiones por cobranza pagadas por E 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión por servicio de contratación de grupos, contratado por E 1 y ofrecido por HI 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de E 1 durante el período 2013.

Compañía ComisiónDespacho 15%Parte Relacionada 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se está pagando la comisión por cobranza, con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada HI 1.

Servicios A dministrativos

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de E 1 e ingresos de HI 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos por servicios administrativos en general, pagada por E 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos en general, contratado por E 1 y ofrecido por HI 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de E 1 durante el período 2013.

Compañía Importe, S.C. $ 450,000.00Parte Relacionada $ 396,000.00Consultoría $ 350,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se están pagando servicios administrativos en general, con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada HI 1.

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Arrendamiento de jardines

Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por E 1 con su parte relacionada PF 1, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por E 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta de jardines por terceros que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por E 1 y su parte relacionada.

Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por E 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por E 1.

Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre E 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

g.2.1) O p i n i ó n

EGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de las operaciones de comisiones por jardines, comisión por compras, comisión por contratación de jardines, comisión por cobranza, servicios administrativos en general y arrendamiento de jardines, efectuada entre E 1 y sus partes relacionadas HI 1, HER 1 y PF 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que E 1 y sus parte relacionadas HI 1, HER 1 y PF 1, durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

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Lo anterior nos lleva a concluir que E 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

V.2. HIJA 1, S.A. DE C.V.

a) Selección de la parte Examinada (Tested Party)

De acuerdo con las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, cuando un método de precios de transferencia se usa para determinar los precios que deberían ser utilizados entre partes relacionadas, el método debe aplicarse a la información financiera de una de esas partes. De esta manera, se requiere que los contribuyentes decidan cuál de las partes es la parte a ser examinada.

La parte examinada debe ser la entidad que desempeñó las funciones más fáciles de identificar y evaluar (que usualmente es la entidad que no emplea ni posee activos intangibles valiosos). Es de igual importancia que la parte examinada sea aquella para la cual existe información confiable y disponible en cuanto a comparables se refiere.

Estos factores tienen un papel de importancia en la determinación del método de precios de transferencia más apropiado.

Aun cuando la LISR no tiene una definición para el término “parte examinada” (Tested Party) el SAT permite a los contribuyentes elegir la parte examinada usando las disposiciones de las Directrices de la OCDE.

b) Evaluación del Método más Adecuado

Los métodos señalados en la LISR y las guías de la OCDE se evalúan para determinar cuál de ellos tiene un mayor grado de comparabilidad entre la operación y las operaciones realizadas entre partes no vinculadas, y así determinar cuál es más confiable. El método que combine el mayor grado de comparabilidad y confiabilidad será el método principal de fijación de precios; asimismo, la elección del mejor método para evaluar las operaciones con sus partes relacionadas también dependerá de la información financiera disponible de la empresa sujeta a análisis ya que, con base en dicha información, las operaciones en cuestión serán evaluadas en forma individual, combinada o global.

c) Métodos Rechazados:

Método de Precio de Reventa (PR).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente el precio de adquisición de los bienes adquiridos a partes relacionadas, para su posterior venta a partes independientes. Este método se aplica comúnmente a operaciones de distribución en las que no se añade valor agregado de forma significativa, se tiene que este método no resulta aplicable en el prHer 1nte caso por la utilización del método de PC.

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Método de Costo Adicionado (CA).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente los ingresos derivados de la enajenación a partes relacionadas de bienes o por la prestación de servicios proporcionados por una empresa.

Método de Partición de Utilidades (PU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no resulta factible utilizarlo en el caso en estudio, debido a la utilización del Método de PC. Este método resulta aplicable cuando en la operación controlada existen intangibles en la operación que son aportados por alguna de las partes relacionadas involucradas en la operación.

Método Residual de Partición de Utilidades. (RPU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC, y adicionalmente por las razones señaladas para el Método de Partición de Utilidades citado anteriormente.

Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no fue posible utilizarlo, debido a la utilización del Método de PC. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes no relacionadas en operaciones comparables. El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el MTUO es en general menos exigente que el requerido bajo otros métodos. El grado de comparabilidad se determina en función al capital invertido y riesgo asumidos, tanto por parte de la entidad bajo análisis, como por las compañías no relacionadas que se usan como comparables. Bajo el MTUO, las compañías independientes comparables no necesitan un grado exigente de comparabilidad y se acepta cierta diversidad de servicios, productos y funciones.

d) Método Aceptado:

“Método de Precio Comparable No Controlado”

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo fue posible utilizarlo, toda vez que HI 1 llevó a cabo las siguientes operaciones:

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

Comisión por Cobranza

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizó cobros por comisión de cobranza, con su parte relacionada E 1, un importe de $24,273.83

Comisión por Compras

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Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizó cobros por comisión de compras, con su parte relacionada E 1, un importe de $ 291,903.97

Comisión por Contratación de Jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizó cobros por comisión de contratación de grupos a su parte relacionada E 1, un importe de $ 1, 178,838.93

Servicios Administrativos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 pagó por prHer 1ntación de servicios administrativos en general, a su parte relacionada E 1, un importe de $396,000.00.

HERMANA 1, S.A. DE C.V

Honorarios

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizó cobros por honorarios, a su parte relacionada HER 1, un importe de $576,000.00.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizó cobros por recuperación de gastos, a su parte relacionada HER 1, un importe de $1,374,000.00.

OLIVIA AZUCENA JIMENEZ VALDES

Intereses

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 pagó interese 1s devengados a su parte relacionada PF 1 un importe de $977,726.87, por concepto de préstamos.

Arrendamiento de jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 pagó por arrendamiento de jardines, a su parte relacionada PF 1, un importe de $240,000.00.

Dichas operaciones las llevó a cabo HI 1 con sus partes relacionadas E 1, HER 1 y PF 1, lo anterior derivado de las operaciones normales que HI 1 efectuó durante el ejercicio fiscal 2013.

El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el Método de PC se basa principalmente en la similitud de los atributos o características de los servicios prestados por E 1, HER 1 y PF 1.

e) Selección de Comparables e información interna:

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e.1) INGRESOS

Comisión por Cobranza

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de E 1.

A continuación, prHer 1ntamos los porcentajes de las comisiones por cobranza que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ComisiónDespacho 15%E 1 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de 15% en su nivel superior a 9% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando las comisiones por cobranza con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada E 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Comisión por Compras

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de E 1.

A continuación, prHer 1ntamos los porcentajes de las comisiones por compras que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ComisiónDespacho 15%E 1 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de 15% en su nivel superior a 9% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando las comisiones por compras con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada E 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y

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consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Comisión por Contratación de Jardines

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en las operaciones internas, seleccionamos un conjunto de clientes (partes independientes) comparables, buscando aquellos que tienen un giro comercial considerablemente similar al de E 1.

A continuación, presentamos los porcentajes de las comisiones por contratación de grupos que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Agencias de viaje ComisiónTours 10%Seve S. de R.L. de C.V. 10%E 1 10%Viaje, S.A. de C.V. 10%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Como se puede observar en la tabla anterior para el pago de las comisiones por contratación de grupos se utiliza el mismo porcentaje tanto para su parte relacionada como para con terceros independientes; adicionalmente se efectuaron pagos adicionales por gastos efectuados del 10%, basados en las contrataciones de grupos. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las operaciones comparables más adecuadas.

Servicios Administrativos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de E 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía Importe, S.C. $ 450,000.00E 1 $ 396,000.00Consultoría $ 350,000.00Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $450,000.00 en su nivel superior a $350,000.00 en su nivel inferior; representa el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada E 1,

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durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HER 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por honorarios, que fueron seleccionados para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía Importe, S.C. $ 650,000.00HER 1 $ 576,000.00Consultoría $ 450,000.00Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $650,000.00 en su nivel superior a $450,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre HI 1 y su parte relacionada HER 1.

e.2) EGRESOS

Intereses.

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas y/o externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto e independiente, seleccionamos un conjunto, buscando aquellas que su tasa de interés sea similar al que pago a su parte relacionada y que de esta manera cumpla adecuadamente con el principio de plena competencia.

A continuación, presentamos las tasas de interés de Instituciones bancarias nacionales que

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fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HI 1 para el ejercicio de 2013:

Dicho rango que va de 12.18% en su nivel superior a 5.21% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando intereses con características similares en el mercado y que PF 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Arrendamiento de Jardines

Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el pago del arrendamiento por parte de HI 1 a su parte relacionada, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por PF 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión pagada por HI 1 a su parte relacionada PF 1, por la renta de bienes jardines para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte HI 1 pactó con su parte relacionada PF 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por E 1 con sus partes relacionadas es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

f) Operaciones Analizadas y Métodos Utilizados

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PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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Las operaciones entre partes relacionadas y el método utilizado que HI 1 celebró durante el ejercicio 2013, y que se incluyen en el alcance del presente estudio, fueron:

Ingresos: Parte Relacionada

Monto de la Operación M.N. PC PR CA P

U RPU MTUO

Comisión por cobranza E 1 $ 24,273.83 X

Comisión por compras E 1 291,903.97 X

Comisión por contratación de jardines E 1 1,178,838.93 X

Servicios administrativos E 1 396,000.00 X

Honorarios HER 1 576,000.00 X

Recuperación de gastos HER 1 $1,374,000.00 X

Egresos: Parte Relacionada

Monto de la Operación M.N. PC PR CA P

U RPU MTUO

Intereses PF 1 $ 977,726.87 X

Arrendamiento de jardines PF 1 240,000.00 X

g) Resultados

g.1) INGRESOS

Operación de ingresos netos de comisión por cobranza

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de HI 1 y egresos de E 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos de comisiones por cobranza, cobradas por HI 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión por cobranza, cobrada por HI 1 y pagada por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HI 1 durante el período 2013.

Compañía ComisiónDespacho 15%E 1 10%

45

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Consultoría 9%Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se está pagando la comisión por cobranza, con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado de no haber contratado el servicio su parte relacionada E 1.

Operación de ingresos netos de comisión por compras

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de HI 1 y egresos de E 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos de comisión por compras cobradas por HI 1 durante el ejercicio de 2013

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión por compras, cobrada por HI 1 y pagada por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HI 1 durante el período 2013.

Compañía ComisiónDespacho 15%Parte Relacionada 10%Consultoría 9%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se está pagando la comisión por compras, con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado de no haber contratado el servicio su parte relacionada E 1.

Operación de ingresos netos de comisión por contratación de grupos

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de HI 1 y egresos de E 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos de comisiones por contratación de grupos cobradas por HI 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la comisión del servicio de contratación de grupos, ofrecido por HI 1 y contratado por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HI 1 durante el período 2013.

Agencias de viaje ComisiónTours 10%Seve S. de R.L. de C.V. 10%Parte Relacionada 10%Viaje, S.A. de C.V. 10%

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el porcentaje al cual se está pagando la comisión por contratación de grupos, con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado de no haber contratado el por su parte relacionada E 1.

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Servicios Administrativos

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de HI 1 y egresos de E 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos por servicios administrativos, cobrados por HI 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos, ofrecido por HI 1 y contratado por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HI 1 durante el período 2013.

Dicha tabla representa el precio al cual se están pagando servicios administrativos, con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado de no haber prestado el servicio a su parte relacionada E 1.

Honorarios

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de HI 1 y egresos de HER 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de ingresos netos por servicios administrativos, cobrados por HI 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos, ofrecido por HI 1 y contratado por HER 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HI 1 durante el período 2013.

Dicha tabla representa el precio al cual se están pagando servicios administrativos, con características similares en el mercado y que HI 1 pudo haber cobrado de no haber prestado el servicio a su parte relacionada HER 1.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 realizo cobros por recuperación de gastos, a su parte relacionada HER 1, un importe de $1,374,000.00.

g.1.1) O p i n i ó n

INGRESOS

47

Compañía Importe, S.C. $ 450,000.00Parte Relacionada $ 396,000.00Consultoría $ 350,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Compañía Importe, S.C. $ 650,000.00Parte Relacionada $ 576,000.00Consultoría $ 450,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

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A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de las operaciones de comisión por cobranza, comisión por contratación de jardines, comisión por compras, comisión por jardines, y servicios administrativos en general, efectuada entre HI 1 y sus partes relacionadas E 1 y HER 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que HI 1 y sus partes relacionadas E 1 y HER 1, durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que HI 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con sus partes relacionadas.

g.2) EGRESOS

Intereses.

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras definitivas de HI 1 y la operación identificada como comparable con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de intereses devengados a cargo que HI 1 realizó con su parte relacionada PF 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la tasa de interés pagada por HI 1 durante el 2013 a su parte relacionada PF 1 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por las operaciones comparables durante el período 2013.

PRESTAMOS DE PF 1 A HI 1

El préstamo al 31 de Diciembre de 2013, se encuentra liquidado.

CUADRO RESUMEN DE TASA DE INTERES

Dichas Tablas representan el porcentaje al cual se están cobrando las tasas de interés en el mercado y que HI 1 pago a su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio de 2013.

Arrendamiento de jardines

Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por HI 1 con su parte relacionada, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HI 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta establecidos por terceros que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por HI 1 y su parte

48

PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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relacionada.

Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por HI 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HI 1.

Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre HI 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

g.2.1) O p i n i ó n

EGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de las operaciones de interHer 1s, y servicios de arrendamiento, efectuada entre HI 1 y su parte relacionada PF 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que HI 1 y su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que HI 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

V.3. HERMANA 1, S.A. DE C.V

a) Selección de la parte Examinada (Tested Party)

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De acuerdo con las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, cuando un método de precios de transferencia se usa para determinar los precios que deberían ser utilizados entre partes relacionadas, el método debe aplicarse a la información financiera de una de esas partes. De esta manera, se requiere que los contribuyentes decidan cuál de las partes es la parte a ser examinada.

La parte examinada debe ser la entidad que dHer 1mpeñó las funciones más fáciles de identificar y evaluar (que usualmente es la entidad que no emplea ni posee activos intangibles valiosos). Es de igual importancia que la parte examinada sea aquella para la cual existe información confiable y disponible en cuanto a comparables se refiere.

Estos factores tienen un papel de importancia en la determinación del método de precios de transferencia más apropiado.

Aun cuando la LISR no tiene una definición para el término “parte examinada” (Tested Party) el SAT permite a los contribuyentes elegir la parte examinada usando las disposiciones de las Directrices de la OCDE.

b) Evaluación del Método más Adecuado

Los métodos señalados en la LISR y las guías de la OCDE se evalúan para determinar cuál de ellos tiene un mayor grado de comparabilidad entre la operación y las operaciones realizadas entre partes no vinculadas, y así determinar cuál es más confiable. El método que combine el mayor grado de comparabilidad y confiabilidad será el método principal de fijación de precios; asimismo, la elección del mejor método para evaluar las operaciones con sus partes relacionadas también dependerá de la información financiera disponible de la empresa sujeta a análisis ya que, con base en dicha información, las operaciones en cuestión serán evaluadas en forma individual, combinada o global.

c) Métodos Rechazados:

Método de Precio de Reventa (PR).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente el precio de adquisición de los bienes adquiridos a partes relacionadas, para su posterior venta a partes independientes. Este método se aplica comúnmente a operaciones de distribución en las que no se añade valor agregado de forma significativa, se tiene que este método no resulta aplicable en el prHer 1nte caso por la utilización del método de PC.

Método de Costo Adicionado (CA).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente los ingresos derivados de la enajenación a partes relacionadas de bienes o por la prestación de servicios proporcionados por una empresa.}

Método de Partición de Utilidades (PU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no resulta factible utilizarlo en el caso en estudio, debido a la utilización del Método de PC. Este método resulta aplicable cuando en la

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operación controlada existen intangibles en la operación que son aportados por alguna de las partes relacionadas involucradas en la operación.

Método Residual de Partición de Utilidades. (RPU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC, y adicionalmente por las razones señaladas para el Método de Partición de Utilidades citado anteriormente.

Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no fue posible utilizarlo, debido a la utilización del Método de PC. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes no relacionadas en operaciones comparables. El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el MTUO es en general menos exigente que el requerido bajo otros métodos. El grado de comparabilidad se determina en función al capital invertido y riesgo asumidos, tanto por parte de la entidad bajo análisis, como por las compañías no relacionadas que se usan como comparables. Bajo el MTUO, las compañías independientes comparables no necesitan un grado exigente de comparabilidad y se acepta cierta diversidad de servicios, productos y funciones.

d) Método Aceptado:

“Método de Precio Comparable No Controlado”

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo fue posible utilizarlo, toda vez que HER 1 llevo a cabo la siguiente operación:

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

Servicios Administrativos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 pagó por servicios admirativos en general, a su parte relacionada E 1, un importe de $ 5,887,804.49.

HIJA 1, S.A. DE C. V.

Honorarios

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Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por honorarios a su parte relacionada HI 1, un importe de $ 576,000.00.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por recuperación de gastos su parte relacionada HI 1, un importe de $1,374,000.00.

HIJA 2, S.A. DE C. V.

Honorarios

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por honorarios a su parte relacionada PF 1, un importe de $ 264,000.00

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por recuperación de gastos su parte relacionada PF 1, un importe de $386,000.00.

Intereses

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 pagó intereses devengados a su parte relacionada PF 1 un importe de $ 9,223,555.33, por concepto de préstamos.

Arrendamiento de jardines.

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 pagó por servicios de arrendamiento de jardines a su parte relacionada PF 1, un importe de $ 1,200,000.00.

PF 2

Honorarios

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por honorarios a su parte relacionada PF 2, un importe de $ 240,000.00.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 realizó el pago por recuperación de gastos su parte relacionada PF 2, un importe de $150,000.00.

Dichas operaciones las llevó a cabo HER 1 con sus partes relacionadas HI 1, PF 2, PF 1 y E 1, lo anterior derivado de las operaciones normales que HER 1 efectuó durante el ejercicio fiscal 2013.

El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el Método de PC se basa principalmente en la similitud de los atributos o características de los servicios prestados por E 1, HI 1, PF 1 y PF 2.

e) Selección de Comparables e información interna:52

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e.1) EGRESOS

Servicios Administrativos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de E 1.

A continuación, presentamos el importe por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HER 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía ImporteS.C. $ 6,200,000.00E 1 $ 5,887,804.49Consultoría $ 5,500,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicho rango que va de $6,200,000.00 en su nivel superior a $5,500,000.00 en su nivel inferior; representa el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que E 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HI 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HER 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía Importe S.C. $ 650,000.00HI 1 $ 576,000.00Consultoría $ 450,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $650,000.00 en su nivel superior a $450,000.00 en su nivel inferior; representa el precio al cual se está pagando por honorarios con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos

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sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre HI 1 y su parte relacionada HER 1.

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de PF 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HER 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía Importe, S.C. $ 450,000.00PF 1 $ 264,000.00Consultoría $ 150,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicho rango que va de $450,000.00 en su nivel superior a $150,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 1 y su parte relacionada HER 1.

Intereses

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas y/o externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de

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comparables en el mercado abierto e independiente, seleccionamos un conjunto, buscando aquellas que su tasa de interés sea similar al que pago a su parte relacionada y que de esta manera cumpla adecuadamente con el principio de plena competencia.

A continuación, presentamos las tasas de intereses de Instituciones bancarias nacionales que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HER 1 para el ejercicio de 2013:

Dicho rango que va de 12.18% en su nivel superior a 5.21% en su nivel inferior; reprHer 1nta el porcentaje al cual se están pagando intereses con características similares en el mercado y que PF 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.Arrendamiento de jardines

Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el pago del arrendamiento por parte de HER 1 a su parte relacionada, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por HER 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión pagada por HER 1 a su parte relacionada PF 1, por la renta de jardines para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte HER 1 pactó con su parte relacionada PF 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por HER 1 con su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que

55

PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN 12 7.87 8.72 5.21MAX 11.59 12.18 8.56

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realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de PF 2.

A continuación, prHer 1ntamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de HER 1 para el ejercicio de 2013:

Compañía Importe, S.C. $ 350,000.00PF 2 $ 240,000.00Consultoría $ 110,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $350,000.00 en su nivel superior a $110,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada PF 2, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 2 y su parte relacionada HER 1.

Ajustes de la comparabilidad

Al preparar el rango de cumplimiento del principio de plena competencia para operaciones comparables no controladas, la LISR para 2013 permite, en su artículo 215, que se realicen ajustes razonables a los resultados comparables no controlados con el fin de incrementar la comparabilidad de la parte examinada, en nuestro caso HER 1. La intención de los ajustes es enfrentar a los comparables seleccionados como comparables a las condiciones de mercado que enfrentó HER 1 durante el período bajo análisis con la finalidad de hacer más comparables las operaciones sobre las que se aplica la metodología de Precios de Transferencia.

Para el análisis de la operación de servicios administrativos en general, no se consideró razonable realizar la aplicación de los diferentes ajustes para mejorar la comparabilidad de las empresas seleccionadas como comparables a HER 1 en su operación de servicios administrativos en general. Lo anterior debido a que se contó con información interna y se encontró información pública en el mercado abierto mexicano de los mismos servicios prestados entre partes relacionadas, por lo que no se consideró razonable realizar ajustes, ya que estos no mejorarían la comparabilidad entre la información interna y externa de las empresas seleccionadas y HER 1.

f) Operaciones Analizadas y Métodos Utilizados

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La operación entre partes relacionadas y el método utilizado que HER 1 celebró durante el ejercicio 2013, y que se incluyen en el alcance del presente estudio, fue:

Tipo de OperaciónEgresos

Parte Relacionada

Monto de la Operación M.N.

PC PR CA PU RPU MTUO

Servicios administrativos E 1 $5,887,804.49 X

Honorarios HI 1 $576,000.00 X

Recuperación de gastos HI 1 1,374,000.00 X

Honorarios PF 1 264,000.00 X

Recuperación de gastos PF 1 386,000.00 X

Intereses PF 1 9,223,555.33 X

Arrendamiento de jardines PF 1 1,200,000.00 X

Honorarios PF 2 240,000.00 X

Recuperación de gastos PF 2 150,000.00 X

g) Resultados

g.1) EGRESOS

Servicios de Administrativos

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Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de HER 1 e ingresos de E 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos por servicios de administrativos, pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos en general, contratado por HER 1 y ofrecido por E 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HER 1 durante el período 2013.

Compañía ImporteS.C. $ 6,200,000.00E 1 $ 5,887,804.49Consultoría $ 5,500,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada E 1.

Honorarios

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de HER 1 e ingresos de HI 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos por servicios administrativos en general, pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos en general, contratado por HER 1 y ofrecido por HI 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HER 1 durante el período 2013.

Compañía Importe S.C. $ 650,000.00Parte relacionada $ 576,000.00Consultoría $ 450,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada HI 1.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre HI 1 y su parte relacionada HER 1.

Honorarios

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de HER 1 e ingresos de OAVJ (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza

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“Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos por servicios administrativos en general, pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios administrativos en general, contratado por HER 1 y ofrecido por OAVJ (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HER 1 durante el período 2013.

Compañía Importe, S.C. $ 450,000.00Parte relacionada $ 264,000.00Consultoría $ 150,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada OAVJ.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 1 y su parte relacionada HER 1.

Intereses.

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras definitivas de HER 1 y la operación identificada como comparable con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de intereses devengados a cargo que HER 1 realizó con su parte relacionada PF 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la tasa de interés pagada por HER 1 durante el 2013 a su parte relacionada PF 1 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por las operaciones comparables durante el período 2013.

PRESTAMOS DE PF 1 A HER 1

El préstamo al 31 de Diciembre de 2013, se encuentra liquidado.

CUADRO RESUMEN DE TASA DE INTERES

Dichas Tablas representan el porcentaje al cual se están cobrando las tasas de interés en el mercado y que HER 1 pago a su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio de 2013.

Arrendamiento de jardines

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PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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Para analizar la operación de egresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por HER 1 con su parte relacionada PF 1, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HER 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta establecidos por terceros que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por HER 1 y su parte relacionada.

Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por HER 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HER 1.

Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre HER 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

Honorarios

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de egresos de HER 1 e ingresos de PF 2 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de egresos netos por servicios de honorarios, pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios honorarios en general, contratado por HER 1 y ofrecido por PF 2 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HER 1 durante el período 2013.

Compañía ImporteS.C. $ 350,000.00

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Parte relacionada $ 240,000.00Consultoría $ 110,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicha tabla representa el precio al cual se están pagando el importe por Servicios Administrativos en general, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada PF 2.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 2 y su parte relacionada HER 1.

g.1.1) O p i n i ó n

EGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de la operación por servicios administrativos en general, servicios de honorarios, interHer 1s y servicios de arrendamiento de bien inmueble, efectuada entre HER 1 y sus partes relacionadas HI 1, PF 1, PF 2 y E 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que HER 1 y sus partes relacionadas HI 1, PF 1, PF 2 y E 1 durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que HER 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

V.4. PF 1

a) Selección de la parte Examinada (Tested Party)

De acuerdo con las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, cuando un método de precios de transferencia se usa para determinar los precios que deberían ser utilizados entre partes relacionadas, el método debe aplicarse a la información financiera de una de esas partes. De esta manera, se requiere que los contribuyentes decidan cuál de las partes es la parte a ser examinada.

La parte examinada debe ser la entidad que dHer 1mpeñó las funciones más fáciles de identificar y evaluar (que usualmente es la entidad que no emplea ni posee activos intangibles valiosos). Es de igual importancia que la parte examinada sea aquella para la cual existe información confiable y disponible en cuanto a comparables se refiere.

Estos factores tienen un papel de importancia en la determinación del método de precios de transferencia más apropiado.

Aun cuando la LISR no tiene una definición para el término “parte examinada” (Tested Party) el SAT permite a los contribuyentes elegir la parte examinada usando las disposiciones de las Directrices de la OCDE.

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b) Evaluación del Método más Adecuado

Los métodos señalados en la LISR y las guías de la OCDE se evalúan para determinar cuál de ellos tiene un mayor grado de comparabilidad entre la operación y las operaciones realizadas entre partes no vinculadas, y así determinar cuál es más confiable. El método que combine el mayor grado de comparabilidad y confiabilidad será el método principal de fijación de precios; asimismo, la elección del mejor método para evaluar las operaciones con sus partes relacionadas también dependerá de la información financiera disponible de la empresa sujeta a análisis ya que, con base en dicha información, las operaciones en cuestión serán evaluadas en forma individual, combinada o global.

c) Métodos Rechazados:

Método de Precio de Reventa (PR).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente el precio de adquisición de los bienes adquiridos a partes relacionadas, para su posterior venta a partes independientes. Este método se aplica comúnmente a operaciones de distribución en las que no se añade valor agregado de forma significativa, se tiene que este método no resulta aplicable en el prHer 1nte caso por la utilización del método de PC.

Método de Costo Adicionado (CA).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente los ingresos derivados de la enajenación a partes relacionadas de bienes o por la prestación de servicios proporcionados por una empresa.

Método de Partición de Utilidades (PU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no resulta factible utilizarlo en el caso en estudio, debido a la utilización del Método de PC. Este método resulta aplicable cuando en la operación controlada existen intangibles en la operación que son aportados por alguna de las partes relacionadas involucradas en la operación.

Método Residual de Partición de Utilidades. (RPU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC, y adicionalmente por las razones señaladas para el Método de Partición de Utilidades citado anteriormente.

Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no fue posible utilizarlo, debido a la utilización del Método de PC. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes no relacionadas en operaciones comparables. El grado de comparabilidad requerida para obtener un

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resultado confiable bajo el MTUO es en general menos exigente que el requerido bajo otros métodos. El grado de comparabilidad se determina en función al capital invertido y riesgo asumidos, tanto por parte de la entidad bajo análisis, como por las compañías no relacionadas que se usan como comparables. Bajo el MTUO, las compañías independientes comparables no necesitan un grado exigente de comparabilidad y se acepta cierta diversidad de servicios, productos y funciones.

d) Método Aceptado:

“Método de Precio Comparable No Controlado”

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo fue posible utilizarlo, toda vez que PF 1 llevó a cabo las siguientes operaciones:

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

Arrendamiento de bienes jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 1 devengó y cobró una renta anual por arrendamiento de bienes jardines a su parte relacionada E 1, un importe de $226,350.80.

ADMINISTRACION COMERCIAL, INDUSTRIAL Y MERCADOTECNIA HI 1, S.A. DE C.V.

Intereses.

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HI 1 pagó intereses devengados a su parte relacionada PF 1 un importe de $977,726.87 por concepto de préstamos.

Arrendamiento de jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 1 devengó y cobró una renta anual por arrendamiento de bienes jardines a su parte relacionada HI 1, un importe de $240,000.00.

HERMANA 1, S.A DE .C.V

Honorarios

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 1 cobró honorarios a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 264,000.00.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 1 cobró un una recuperación de gastos a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 386,000.00.

Intereses

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, HER 1 pagó intereses devengados a su parte relacionada PF 1 un importe de $9,223,555.33 por concepto de préstamos.

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Arrendamiento de jardines

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 1 devengó y cobró una renta anual por arrendamiento de jardines (terreno) a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 1,200,000.00.

Dichas operaciones las llevó a cabo PF 1 con sus partes relacionadas HER 1, HI 1 Y E 1, lo anterior derivado de las operaciones normales que PF 1 efectuó durante el ejercicio fiscal 2013.

El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el Método de PC se basa principalmente en la similitud de los atributos o características del servicio prestado por HER 1, HI 1 Y E 1.

e) Selección de Comparables e información externa:

e.1) INGRESOS

Arrendamiento de jardines

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el cobro del arrendamiento por parte de PF 1 a su parte relacionada E 1, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por E 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión cobrada por PF 1 a su parte relacionada, por la renta del inmueble para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte PF 1 pactó con su parte relacionada E 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por PF 1 con su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

Intereses

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas y/o externas.

Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto e independiente, seleccionamos un conjunto, buscando aquellas que su tasa de interés sea similar al que pago a su parte relacionada y que de esta manera cumpla adecuadamente con el principio de plena competencia.

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A continuación, presentamos las tasas de intereses de Instituciones bancarias nacionales que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de PF 1 para el ejercicio de 2013:

Dicho rango que va de 12.18% en su nivel superior a 5.21% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando intereses con características similares en el mercado y que PF 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada HI 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Arrendamiento de bienes jardines

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el cobro del arrendamiento por parte de PF 1 a su parte relacionada HI 1, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por HI 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión cobrada por PF 1 a su parte relacionada, por la renta del inmueble para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte PF 1 pactó con su parte relacionada HI 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por PF 1 con su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que

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PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HER 1.

A continuación, prHer 1ntamos los importeos por servicios administrativos, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de OAVJ para el ejercicio de 2013:

Compañía ImporteS.C. $ 450,000.00HER 1 $ 264,000.00Consultoría $ 150,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

Dicho rango que va de $450,000.00 en su nivel superior a $150,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando el importe por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que PF 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 1 y su parte relacionada HER 1.

Intereses.

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables internas y/o externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto e independiente, seleccionamos un conjunto, buscando aquellas que su tasa de interés sea similar al que pago a su parte relacionada y que de esta manera cumpla adecuadamente con el principio de plena competencia.

A continuación, presentamos las tasas de intereses de Instituciones bancarias nacionales que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de PF 1 para el ejercicio de 2013:

66

PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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Dicho rango que va de 12.18% en su nivel superior a 5.21% en su nivel inferior; representa el porcentaje al cual se están pagando intereses con características similares en el mercado y que PF 1 pudo haber cobrado, de no haberlo contratado su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Arrendamiento de bienes jardines

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método de Precio Comparable No Controlado (“PC”) como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que el cobro del arrendamiento por parte de PF 1 a su parte relacionada HER 1, se encuentra pactado por medio de un porcentaje sobre los ingresos netos obtenidos por HER 1 durante el ejercicio fiscal de 2013 y de acuerdo con la metodología del método PC, nos dimos a la tarea de buscar contratos por el cobro de comisiones de venta pactados por terceros (Transacciones Comparables No Controladas) que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión cobrada por PF 1 a su parte relacionada, por la renta del inmueble para uso comercial.

Los resultados obtenidos de nuestra búsqueda arrojan una muestra con tres contratos similares. El rango de porcentajes aplicados por comisión de venta de jardines obtenidos de estos contratos es a partir de 0.5% y hasta 10%. Por su parte PF 1 pactó con su parte relacionada HER 1 el porcentaje por concepto de comisión de 1.15%.

De conformidad con lo anterior podemos concluir que durante el ejercicio fiscal de 2013, el porcentaje pactado por concepto de comisión por PF 1 con su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta por el ejercicio bajo análisis.

Ajustes de la comparabilidad

Al preparar el rango de cumplimiento del principio de plena competencia para operaciones comparables no controladas, la LISR para 2013 permite, en su artículo 215, que se realicen ajustes razonables a los resultados comparables no controlados con el fin de incrementar la comparabilidad de la parte examinada. La intención de los ajustes es enfrentar a los comparables seleccionados como comparables a las condiciones de mercado que enfrentó la parte relacionada durante el período bajo análisis con la finalidad de hacer más comparables las operaciones sobre las que se aplica la metodología de Precios de Transferencia.

Para el análisis de la operación de arrendamiento de inmueble, no se consideró razonable realizar la aplicación de los diferentes ajustes para mejorar la comparabilidad de las empresas seleccionadas como comparables. Lo anterior debido a que se contó con información externa y se encontró información pública en el mercado abierto de los mismos servicios y/o productos que se compraron, vendieron o prestaron entre partes relacionadas, por lo que no se consideró razonable realizar ajustes, ya que estos no mejorarían la comparabilidad entre la información interna y externa de las empresas seleccionadas.

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f) Operaciones Analizadas y Métodos Utilizados

La operación entre partes relacionadas y el método utilizado que PF 1 celebró durante el ejercicio 2013, y que se incluyen en el alcance del prHer 1nte estudio, fue:

Tipo de OperaciónIngresos

Parte Relacionada

Monto de la Operación M.N. PC P

R CA PU RPU MTUO

Arrendamiento de jardines E 1 $226,350.80 X

Intereses HI 1 977,726.87 X

Arrendamiento de jardines HI 1 240,000.00 X

Honorarios HER 1 264,000.00 X

Recuperación de gastos HER 1 386,000.00 X

Intereses HER 1 9,223,555.33 X

Arrendamiento de jardines HER 1 $1,200,000.00 X

g) Resultados

g.1) INGRESOS

Arrendamiento de bienes jardines

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por PF 1 y su parte relacionada, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por E 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta establecidos por terceros que estuvieron vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por PF 1 y su parte relacionada.

Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por PF 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por E 1.Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre PF 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

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Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

Intereses

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras definitivas de HI 1 y la operación identificada como comparable con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de intereses devengados a cargo que HI 1 realizó con su parte relacionada PF 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la tasa de interés pagada por HI 1 durante el 2013 a su parte relacionada PF 1 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por las operaciones comparables durante el período 2013.

PRESTAMOS DE PF 1 A HI 1

El préstamo al 31 de Diciembre de 2013, se encuentra liquidado.

CUADRO RESUMEN DE TASA DE INTERES

Dichas Tablas reprHer 1ntan el porcentaje al cual se están cobrando las tasas de interés en el mercado y que HI 1 pago a su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio de 2013.

Arrendamiento de bienes jardines

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por PF 1 y su parte relacionada, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HI 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta establecidos por terceros que estuvieron

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PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por PF 1 y su parte relacionada.Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por PF 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HI 1.Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre PF 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

Honorarios Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de OAVJ y egresos de HER 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de servicios honorarios pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HER 1.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, el importe por servicios de honorarios, contratado por HER 1 y ofrecido por PF 1 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de PF 1 durante el período 2013.

Compañía ImporteS.C. $ 350,000.00Parte relacionada $ 264,000.00Consultoría $ 110,000.00

Para mayor información ver el anexo V del prHer 1nte estudio.

70

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Dicha tabla representa el importe al cual se está pagando por servicios administrativos, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada PF 1.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 1 y su parte relacionada HER 1.

Intereses

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras definitivas de HER 1 y la operación identificada como comparable con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación de intereses devengados a cargo que HER 1 realizó con su parte relacionada PF 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, la tasa de interés pagada por HI 1 durante el 2013 a su parte relacionada PF 1 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por las operaciones comparables durante el período 2013.

PRESTAMOS DE PF 1 A HER 1

El préstamo al 31 de Diciembre de 2013, se encuentra liquidado.

CUADRO RESUMEN DE TASA DE INTERES

Dichas Tablas representan el porcentaje al cual se están cobrando las tasas de interés en el mercado y que HER 1 pago a su parte relacionada PF 1, durante el ejercicio de 2013.

Arrendamiento de inmueble

Para analizar la operación de ingresos por arrendamiento se utilizó el Método PC como método reconocido por la Legislación Fiscal Mexicana.

Dado que la comisión de renta fijada por PF 1 y su parte relacionada, se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HER 1 y de acuerdo a la metodología del PC, buscamos contratos por el cobro de comisiones de venta establecidos por terceros que estuvieron

71

PARTE RELACIONADA

(%)CETES

(%)TIIE(%)

PRLV(%)

MIN12

7.87 8.72 5.21

MAX 11.59 12.18 8.56

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vigentes en el ejercicio fiscal de 2013, similares a la comisión convenida por PF 1 y su parte relacionada.

Para obtener el rango comparable de porcentajes, buscamos transacciones comparables en la base de datos de Lexis Nexis®. Esta base de datos nos proporcionó diferentes clases de acuerdos o contratos por comisiones sobre ventas. Buscamos contratos relacionados con comisiones sobre ventas que se encontraran pactadas por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas, toda vez que la operación llevada a cabo por PF 1 con su parte relacionada se encuentra pactada por medio de un porcentaje sobre las ventas realizadas por HER 1.

Derivado de nuestra búsqueda encontramos tres contratos comparables de comisiones de venta por medio de un porcentaje como remuneración.

Con base en los resultados obtenidos en nuestra búsqueda y en información proporcionada por la compañía, arroja que el porcentaje por concepto de comisión pactado entre PF 1 y su parte relacionada es consistente con el rango obtenido de la muestra de contratos por comisiones de venta.

Contratos comparables de comisión sobre ventas

No. Contrato Prestadora Prestataria Contraprestación Vigencia

1 Referral FeeNova

Information Systems, Inc.

Towne Services, Inc. 0.50% Dic 13, 1999 indefinida

2 Referral Fee Autoclaims, Inc. ADP Claims Solutions Group Inc. 10% May 24, 2004

indefinida

3 Referral Fee

Computer Administrativos y de personal Service, Inc.

ALICOMP 8% Feb 02, 2004 indefinida

g.1.1) O p i n i ó n

INGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de la operación por arrendamiento de bien inmueble, servicios administrativos y cobros de intereses efectuada entre PF 1 y sus partes relacionadas E 1, HI 1 y HER 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que PF 1 y sus partes relacionadas E 1, HI 1 y HER 1 durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que PF 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

V.5. PF 2

a) Selección de la parte Examinada (Tested Party)72

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De acuerdo con las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, cuando un método de precios de transferencia se usa para determinar los precios que deberían ser utilizados entre partes relacionadas, el método debe aplicarse a la información financiera de una de esas partes. De esta manera, se requiere que los contribuyentes decidan cuál de las partes es la parte a ser examinada. La parte examinada debe ser la entidad que dHer 1mpeñó las funciones más fáciles de identificar y evaluar (que usualmente es la entidad que no emplea ni posee activos intangibles valiosos). Es de igual importancia que la parte examinada sea aquella para la cual existe información confiable y disponible en cuanto a comparables se refiere.

Estos factores tienen un papel de importancia en la determinación del método de precios de transferencia más apropiado.

Aun cuando la LISR no tiene una definición para el término “parte examinada” (Tested Party) el SAT permite a los contribuyentes elegir la parte examinada usando las disposiciones de las Directrices de la OCDE.

b) Evaluación del Método más Adecuado

Los métodos señalados en la LISR y las guías de la OCDE se evalúan para determinar cuál de ellos tiene un mayor grado de comparabilidad entre la operación y las operaciones realizadas entre partes no vinculadas, y así determinar cuál es más confiable. El método que combine el mayor grado de comparabilidad y confiabilidad será el método principal de fijación de precios; asimismo, la elección del mejor método para evaluar las operaciones con sus partes relacionadas también dependerá de la información financiera disponible de la empresa sujeta a análisis ya que, con base en dicha información, las operaciones en cuestión serán evaluadas en forma individual, combinada o global.

c) Métodos Rechazados:

Método de Precio de Reventa (PR).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente el precio de adquisición de los bienes adquiridos a partes relacionadas, para su posterior venta a partes independientes. Este método se aplica comúnmente a operaciones de distribución en las que no se añade valor agregado de forma significativa, se tiene que este método no resulta aplicable en el prHer 1nte caso por la utilización del método de PC.

Método de Costo Adicionado (CA).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC. Este método tiene por objetivo determinar exclusivamente los ingresos derivados de la enajenación a partes relacionadas de bienes o por la prestación de servicios proporcionados por una empresa.

Método de Partición de Utilidades (PU).

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Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no resulta factible utilizarlo en el caso en estudio, debido a la utilización del Método de PC. Este método resulta aplicable cuando en la operación controlada existen intangibles en la operación que son aportados por alguna de las partes relacionadas involucradas en la operación.

Método Residual de Partición de Utilidades. (RPU).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no se aplicó, debido a la utilización del Método de PC, y adicionalmente por las razones señaladas para el Método de Partición de Utilidades citado anteriormente.

Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO).

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo no fue posible utilizarlo, debido a la utilización del Método de PC. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes no relacionadas en operaciones comparables. El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el MTUO es en general menos exigente que el requerido bajo otros métodos. El grado de comparabilidad se determina en función al capital invertido y riesgo asumidos, tanto por parte de la entidad bajo análisis, como por las compañías no relacionadas que se usan como comparables. Bajo el MTUO, las compañías independientes comparables no necesitan un grado exigente de comparabilidad y se acepta cierta diversidad de servicios, productos y funciones.

d) Método Aceptado:

“Método de Precio Comparable No Controlado”

Respecto a la aplicación de este método cabe señalar que el mismo fue posible utilizarlo, toda vez que PF 2 llevó a cabo la siguiente operación:

HERMANA 1, S.A DE C.V.

Honorarios

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 2 cobró honorarios a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 240,000.00.

Recuperación de gastos

Durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013, PF 2 cobró una recuperación de gastos a su parte relacionada HER 1, un importe de $ 150,000.00.

Dichas operaciones las llevó a cabo PF 2 con su parte relacionada HER 1, lo anterior derivado de las operaciones normales que PF 2 efectuó durante el ejercicio fiscal 2013.

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El grado de comparabilidad requerida para obtener un resultado confiable bajo el Método de PC se basa principalmente en la similitud de los atributos o características del servicio prestado por PF 2.

e) Selección de Comparables e información externa:

e.1) INGRESOS

Honorarios

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, el procedimiento adecuado para su aplicación es el uso de comparables externas. Después de haber llevado a cabo una investigación de comparables en el mercado abierto, seleccionamos un conjunto de compañías independientes comparables, buscando aquellas que realizan las mismas funciones y riesgos, o que tienen un giro comercial considerablemente similar al de HER 1

A continuación, prHer 1ntamos los importes por servicios administrativos en general, que fueron seleccionadas para la realización del Estudio de Precios de Transferencia de PF 2 para el ejercicio de 2013:

Compañía ImporteS.C. $ 350,000.00HER 1 $ 240,000.00Consultoría $ 110,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

Dicho rango que va de $350,000.00 en su nivel superior a $110,000.00 en su nivel inferior; reprHer 1nta el precio al cual se está pagando por servicios administrativos en general con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber obtenido, de no haberlo adquirido a su parte relacionada PF 2, durante el ejercicio de 2013. Consecuentemente, nos hemos apegado a los “Principios Generales de los Lineamientos sobre Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”, y consideramos que hemos utilizado la mejor información que se encuentra disponible para seleccionar las cotizaciones comparables más adecuadas.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 2 y su parte relacionada HER 1.

Ajustes de la comparabilidad

Al preparar el rango de cumplimiento del principio de plena competencia para operaciones comparables no controladas, la LISR para 2013 permite, en su artículo 215, que se realicen ajustes razonables a los resultados comparables no controlados con el fin de incrementar la comparabilidad de la parte examinada. La intención de los ajustes es enfrentar a los comparables seleccionados como comparables a las condiciones de mercado que enfrentó la parte relacionada durante el período

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bajo análisis con la finalidad de hacer más comparables las operaciones sobre las que se aplica la metodología de Precios de Transferencia.

Para el análisis de la operación de servicios administrativos, no se consideró razonable realizar la aplicación de los diferentes ajustes para mejorar la comparabilidad de las empresas seleccionadas como comparables. Lo anterior debido a que se contó con información externa y se encontró información pública en el mercado abierto de los mismos servicios y/o productos que se compraron, vendieron o prestaron entre partes relacionadas, por lo que no se consideró razonable realizar ajustes, ya que estos no mejorarían la comparabilidad entre la información interna y externa de las empresas seleccionadas.

f) Operaciones Analizadas y Métodos Utilizados

Las operaciones entre partes relacionadas y el método utilizado que PF 2 celebró durante el ejercicio 2013, y que se incluyen en el alcance del prHer 1nte estudio, fueron:

Tipo de OperaciónIngresos

Parte Relacionada

Monto de la Operación M.N. PC P

R CA PU RPU MTUO

Honorarios HER 1 $240,000.00 X

Recuperación de gastos HER 1 150,000.00 X

g) Resultados

g.1) INGRESOS

Honorarios

Se utilizó el método de Precio Comparable No Controlado (PC) sobre las cifras financieras de ingresos de PF 2 y de egresos de HER 1 (parte relacionada), con el objeto de determinar la naturaleza “Arm`s Legth” (principio de plena competencia) de la operación por honorarios, pagados por HER 1 durante el ejercicio de 2013.

Como se puede apreciar en la tabla siguiente, por servicios de honorarios, contratado por HER 1 y ofrecido por PF 2 (parte relacionada) durante el 2013 se encuentra dentro del rango de valor de mercado, obtenido por la información de HER 1 durante el período 2013.

Compañía ImporteS.C. $ 350,000.00HER 1 $ 240,000.00Consultoría $ 110,000.00

Para mayor información ver el anexo V del presente estudio.

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Dicha tabla representa el importe al cual se están pagando servicios de honorarios, con características similares en el mercado y que HER 1 pudo haber pagado de no haber contratado el servicio con su parte relacionada PF 2.

Recuperación de gastos

De conformidad con los estándares internacionales del principio de plena competencia establecidos por la OCDE, no se obtuvieron utilidades por las operaciones realizadas entre PF 2 y su parte relacionada HER 1.

g.1.1) O p i n i ó n

INGRESOS

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de la operación por servicios administrativos en general, efectuada entre PF 2 y su parte relacionada HER 1. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que PF 2 y su parte relacionada HER 1, durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que PF 2, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con su parte relacionada.

OPINION GENERAL

A través de este análisis hemos evaluado el cumplimiento del principio de plena competencia, “Arm`s Legth”, de las operaciones por servicios de honorarios, pago de intereses, arrendamiento de bienes jardines, servicios administrativos en general, comisiones por jardines, comisiones por cobranza, comisiones por compras y por contratación de grupos, efectuada entre E 1 y sus partes relacionadas HI 1, HER 1, PF 1 y PF 2. En nuestra opinión, mediante el análisis a través del método de Precio Comparable No Controlado consideramos que E 1 y sus partes relacionadas HI 1, HER 1, PF 1 y PF 2 durante el ejercicio 2013, cumplieron con el principio de plena competencia de conformidad y en beneficio de lo establecido en los artículos 86, fracción XV, 215 y 216 de la LISR 2013 y el artículo 18 fracción III de la Ley del IETU.

Lo anterior nos lleva a concluir que E 1, cumple con el principio de plena competencia y con las leyes relativas a precios de transferencia por estas transacciones realizadas con sus partes relacionadas.

CONCLUSIONES

Este análisis se fundamenta en las disposiciones vigentes en 2013, aplicables en materia de precios de transferencia, las cuales se encuentran contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en los artículos 86 fracción XV del CAPITULO VIII TITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS

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MORALES, 215 y 216 DEL TITULO VI CAPITULO II DE LAS EMPRESAS MULTINACIONALES, así como en el artículo 18 fracción III de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y en las Directrices sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Gva, S.C.

C.P. C. Flor del Campo FloridoDirectora

México, D.F, a 31 de Diciembre de 2013.

VII. ANEXOS

Anexo I Legislación Mexicana aplicable en materia de precios de transferencia.

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Anexo II Descripción de los métodos aceptados por la LISR.

Anexo III Información financiera por el ejercicio 2013.

Anexo IV Actas de Asamblea de Accionistas.

Anexo VInformación Información de cotizaciones comparables utilizadas y resumen de información interna utilizada

Anexo VI Presentación sugerida de los Anexos 32, 33, así como el Cuestionario en Materia de Precios de Transferencia del SIPRED 2013.

Anexo I

Legislación Mexicana en Materia de Precios de Transferencia

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A partir de 1997, la LISR fue modificada para incluir, entre otras cosas, disposiciones que regulan a los precios de transferencia. Dentro de estas disposiciones, se incluyeron en la LISR algunos conceptos básicos de precios de transferencia establecidos en las Guías de Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

En este sentido, el artículo 215 de la LISR establece la obligación para todos los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas, de determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Con esta disposición, se incluye en la LISR el principio arm’s length. De igual forma, la disposición en comento establece que en caso contrario, este artículo autoriza al SAT a determinar los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas de los contribuyentes, aplicando el principio arm’s length.

Asimismo, la LISR incluye el principio de comparabilidad, mediante el cual se establece que una operación celebrada con partes relacionadas genera un resultado arm’s length, cuando dicha operación genera un resultado similar a los resultados obtenidos por empresas independientes que lleven a cabo operaciones comparables. En tal virtud, y toda vez que precios de transferencia no es una ciencia exacta, la LISR permite llevar a cabo ajustes razonables, cuando existan diferencias que afecten significativamente el resultado. Para poder determinar el resultado arm’s length, la LISR y su reglamento establecen como parámetro de medición o rango.

Para efectos de lo anterior, el artículo 216 de la LISR establece que para determinar un resultado arm’s length, se podrán aplicar los siguientes métodos, comenzando en orden de prioridad como sigue:

1) Precio Comparable No Controlado.2) Precio de Reventa.3) Costo Adicionado.4) Partición de Utilidades.5) Residual de Partición de Utilidades.6) Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación.

Por otra parte, el artículo 86 de la LISR, en su fracción XV, establece la obligación para todos los contribuyentes que, en lo general, celebren operaciones con partes relacionadas, de determinar el monto de sus ingresos acumulables y de sus deducciones autorizadas, considerando los precios o montos que para esas operaciones hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, aplicando para ello cualquiera de los métodos establecidos en el artículo 216 de la LISR, antes citados. Por lo anterior, y a efectos de documentar la aplicación de los métodos de precios de transferencia de referencia, necesariamente los contribuyentes deben contar con la evidencia necesaria y suficiente que acredite tal aplicación, en la que se demuestre razonablemente que sus operaciones realizadas con partes relacionadas cumplen con el principio arm’s length.

Dicha documentación consistiría, en nuestra opinión, en lo siguiente:

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Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebren operaciones, así como la documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. Información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por el contribuyente por cada tipo de operación. Información y documentación sobre las principales operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación. El método aplicado conforme al artículo 216 de la LISR, incluyendo la información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación.

Cabe destacar que en el supuesto de que el SAT determinara como resultado de alguna revisión que el contribuyente omitió impuesto por no cumplir con lo dispuesto en materia de precios de transferencia, le requerirá lo siguiente:

El impuesto omitido, actualizado por inflación, Recargos, y Una multa que puede ir del 55% al 75% del impuesto omitido.

Al respecto, es importante señalar que los contribuyentes que cuenten con la documentación comprobatoria en materia de precios de transferencia y que sean sujetos a una revisión por parte de las autoridades fiscales competentes, gozarán de una disminución del 50% sobre la multa que se les llegue a imponer cuando exista ISR a su cargo, en caso contrario, es decir, cuando se generen ajustes al monto de pérdidas fiscales incurridas, la multa a imponerse también podría reducirse para quedar ésta entre un 15% y un 20% del exceso en pérdida fiscal que en su caso se hubiera reportado.

Este reporte está elaborado con base en los artículos 86 fracción XV, 215 y 216 de la LISR vigentes para el ejercicio de 2013.

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Anexo II

Descripción de los Métodos aceptados por la LISR

1. Método de Precio Comparable No Controlado (PCNC)

El PCNC compara el precio o monto de las contraprestaciones pactado en operaciones entre partes relacionadas, con el precio o monto de las contraprestaciones pactado en operaciones entre partes independientes, en circunstancias similares.

2. Método de Precio de Reventa (PR)

El PR es comúnmente utilizado en los casos que involucran la compra de bienes a una parte relacionada, para su posterior venta a partes independientes. Este método compara el margen de utilidad bruta a ventas obtenido en la operación con partes relacionadas, contra el mismo margen que obtienen partes independientes en operaciones comparables.

3. Método de Costo Adicionado (CA)

El CA es comúnmente utilizado en los casos que involucran la venta de bienes o la prestación de servicios a partes relacionadas. Este método compara el margen de utilidad bruta a costos obtenido en la operación con partes relacionadas, contra el mismo margen que obtienen partes independientes en operaciones comparables.

4. Método de Partición de Utilidades (PU)

El PU consiste en asignar la utilidad global obtenida entre partes relacionadas, de la misma manera en que lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables, considerando los elementos aportados por cada parte para generar dicha utilidad.

5. Método Residual de Partición de Utilidades (RPU)

El RPU consiste en distribuir la utilidad global obtenida por partes relacionadas, asignando una utilidad a cada parte con base en sus funciones rutinarias, y el remanente, repartirlo con base en los activos, funciones, riesgos e intangibles significativos, aportados por cada parte.

6. Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MTUO)

El MTUO consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes independientes en operaciones similares, con base en factores de rentabilidad diversos.

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Anexo III

Información Financiera por el ejercicio de 2013.

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

HIJA 1, S.A. DE C.V.

HERMANA 1, S.A. DE C.V.

(Los estados financieros que se adjuntan en el presente estudio coinciden con los del dictamen financiero.)

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Anexo IV

Actas de Asamblea de Accionistas.

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

HIJA 1, S.A. DE C.V.

HERMANA 1, S.A. DE C.V.

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Anexo VInformación de cotizaciones comparables utilizadas.

, S.C.

Consultoría, S.C.

Despacho.

, S.A.

Viajes, S.A. de C.V.

Viajes, S.A. de C.V.

Viaje, S.A. de C.V.

Tours

Seve S. de R.L. de C.V.

Viaje, S.A. de C.V.

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Anexo VIPresentación Sugerida de los Anexos 32, 33

y Cuestionario de Precios de Transferencia del SIPRED 2013.

EJEMPLO, S.A. DE C.V.

HIJA 1 S.A. DE C.V.

HERMANA 1, S.A. DE C.V.

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