¡ infÓrmate ! y protege a tu familia...militar policial (cpmp). cuando el titular falleció sin...

30
COMANDO DE PERSONAL DEL EJÉRCITO JEFATURA DE DERECHOS DE PERSONAL DEL EJÉRCITO 2018 ¡ INFÓRMATE ! GUÍA DE DERECHOS Y BENEFICIOS DEL PERSONAL MILITAR ...y protege a tu familia GUÍA DE DERECHOS Y BENEFICIOS DEL PERSONAL MILITAR EJERCITO FRANCISCO EJERCITO DEL PERU

Upload: others

Post on 30-Jun-2020

8 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

COMANDO DE PERSONAL DEL EJÉRCITOJEFATURA DE DERECHOS DE PERSONAL DEL EJÉRCITO

2018

¡ INFÓRMATE !

GUÍA DE DERECHOS Y BENEFICIOS DEL PERSONAL MILITAR

...y protegea tu familia

GUÍA DE DERECHOS Y BENEFICIOS DEL PERSONAL MILITAR

EJERCITOFRANCISCOEJERCITO

DEL PERU

Page 2: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

CONTENIDO

Page 3: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

I. NUESTRA FUNCIÓN

La Jefatura de Derechos de Personal del Ejército es la dependencia encargada de reconocer los derechos previsionales, beneficios económicos: compensaciones, subsidios por invalidez y póstumos u otros beneficios, así como registrar al personal militar y civil en situación de actividad, disponibilidad, retiro o cesantía; y a sus familiares directos de acuerdo a las leyes y normas vigentes.

3

Page 4: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

II. CONCEPTOS BÁSICOS

Son todos aquellos que le corresponde al personal militar en retribución a su trabajo conforme a lo establecido en las normas y leyes vigentes. Se consideran entre ellos:

1. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS PENSIONARIOS?

Beneficio es todo aquello que le corresponde al personal militar derivados de los derechos laborales. Se consideran entre ellos:

2. ¿QUÉ SON LOS BENEFICIOS?

Pensión de Sobrevivientes:- Viudez (cónyuge)- Orfandad (hijos/hijas)- Ascendientes (padres)

- Pensión de Retiro

b. Para los deudos:

- Pensión de Disponibilidada. Para el Servidor:

4

Page 5: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

- Reconocimiento de Tiempo de Servicio: 30 y 35 años de servicios

- Subsidio por Invalidez

a. Compensaciones:

- Compensación por Tiempo de Servicio (CTS)

- Compensación (Liquidación por aportes a la Caja de Pensiones Militar Policial)

c. Otros:

- Seguro de Vida

- Subsidio por Fallecimiento

- Bonificación de Subsidio por Invalidez

b. Subsidios:

- Subsidio Póstumo

- Reconocimiento de Formación Profesional del personal militar

- Bonificación de Subsidio Póstumo

“Conoce tus derechos y protege a tu familia”

EJERCITO FRANCISCOEJERCITO

DEL PERU

5

Page 6: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

DERECHOS Y BENEFICIOSDEL PERSONAL MILITARY SUS DEUDOS

III.El tipo de

pensión y montodependerá de losaños de servicios

acumulados.

PENSIÓN DE RETIRO - RÉGIMEN DL N° 19846Se otorga sólo al personal que acreditó 15 años de servicios reales y efectivos (varones), y 12 años con seis meses (mujeres).

Personal que pertenece al régimen de pensión DL N° 1133 (egresados de las escuelas de formación a partir del 10dic12), tendrán pensión a partir de los 20 años de servicios cumplidos.

- RÉGIMEN DL N° 1133

* orden excluyente: referido a la prioridad en el otorgamiento de derechos y beneficios. Cuando fallezca el personal militar, la cónyuge y los hijos solicitarán pensión de viudez y orfandad respectivamente, en caso de no existir cónyuge e hijos, los padres solicitarán pensión de ascendientes.

Sus deudos directos tendrán derecho a pensión de sobrevivientes en orden excluyente*

CUANDO EL TITULAR FALLECIÓY OBTUVO PENSIÓN DE RETIRO

A.

DEL PERSONAL MILITARAL PASAR AL RETIRO

1.

6

Page 7: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

COMPENSACIÓN POR TIEMPODE SERVICIO (CTS)

Es la asignación económica otorgada por única vez al personal, cuando pasa a la situación de retiro. Cuando el T itular falleció sin cobrar dicho beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. El monto es calculado de acuerdo a l grado alcanzado y los años de servicios acumulados.

COMPENSACIÓN O LIQUIDACIÓN (SÓLO PARA PERSONAL SINDERECHO A PENSIÓN)

B.

C.

P o r ú n i c a v e z r e c i b i r á u n a c o m p e n s a c i ó n e c o n ó m i c a o liquidación de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, co r re sp onde a l o s f am i l i a re s solicitarlo.

Cuando el Titularfalleció sin cobrar

los beneficios:CTS y

Compensación, corresponde a los

familiares solicitarlo.

Si pasaste al retiro o falleces con menos de 15 años de servicios (varones) o menos de 12 años con seis meses de servicios (mujeres) te corresponde: Compensación y CTS.

Art. 30,DL N° 19846

7

Page 8: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

PENSIÓN DE VIUDEZA. A s i g n a c i ó n e c o n ó m i c a mensual otorgada al cónyuge del personal militar fallecido.

PENSIÓN DE ORFANDADB. Corresponde a los h i jos menores de edad del personal militar. También se otorgará en los siguientes casos: Hijos mayores de edad que cursen estudios superiores (sólo hijos del personal que participó en o p e r a c i o n e s d e l u c h a contraterrorista y tráfico ilícito d e d r o g a s ) , h i j o s c o n discapacidad e hijas solteras mayores de edad.

PENSIÓN DE ASCENDIENTESC. Corresponde a los padres del titular si no existe cónyuge o hijos.

Los deudos queno tienen derechoa pensión deben

solicitar lacompensación o

liquidación y la CTS.

DEUDOS DEL PERSONALMILITAR EN ACTIVIDADO RETIRO

2.

8

Page 9: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

RECONOCEMOSTUS AÑOS DE SERVICIO

A LA PATRIA,

y tambiénpensamos en ti,

en los momentos difíciles.

www.atencionalpublicojdpe.comInfórmate en:

Page 10: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

OTROS BENEFICIOS DELPERSONAL MILITAREN ACTIVIDAD

IV.

RECONOCIMIENTO DE FORMACIÓN PROFESIONALSe le reconocerá al personal a partir de los 20 años de servicios cumplidos (Varones), y 17 años con seis meses (Mujeres).

1.

PAGO POR CUMPLIR 30 Y 35AÑOS DE SERVICIOS (RTS)

2.

Personal militar que cumpla 30 y 35 años de servicios se le pagará dos y tres remuneraciones, respectivamente.

SUBSIDIO POR FALLECIMIENTODEL FAMILIAR

3.

Por el fallecimiento del cónyuge, hijos y padres, el titular solicitará el pago de dos remuneraciones. El pago se calculará de acuerdo al grado que ostentó el personal, a la fecha de fallecimiento del familiar.

El plazo para el trámite es hasta 10 años después de la fecha que falleció el familiar (Art. 2001, Código Civil).

10

Estos beneficiosse otorgan enaplicación del Decreto LeyN° 19846 y

Decreto Legislativo N° 1132

Page 11: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

DERECHOS Y BENEFICIOSPOR FALLECIMIENTO OINVALIDEZ EN ACTODE SERVICIO

V.

Corresponde a los deudos de oficiales, técnicos, suboficiales y tropa lo siguiente:

En acto de servicio, acción de armas, con ocasión o consecuencia del servicio.

SUBSIDIO PÓSTUMOA. Asignación económica mensual hasta que el titular cumpla 30 años de aportación al fondo de pensiones y pase al retiro, bajo la legislación vigente; otorgado en orden excluyente: esposa, hijos o padres.

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DESERVICIO

B.

Asignación económica otorgado por única vez a los deudos del personal.No corresponde a cadetes, alumnos y tropa.

Acto del Servicio,es el que realiza

el personal militaren acción dearmas, conocasión o

consecuenciadel servicio, en

cumplimiento desus funciones y

deberes o deórdenes

de la superioridad.(Art. 12, DL N° 1133)

1. POR FALLECIMIENTO

11

Page 12: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

SUBSIDIO POR FALLECIMIENTOC.

Por única vez se otorgará tres remuneraciones consolidadas en orden excluyente a la esposa, hijos o padres, por el fallecimiento del titular.

SEGURO DE VIDAD.

Otorgado por única vez a las personas que el titular designó en la Carta Declaratoria. Este beneficio está sujeto a evaluación de la Junta Calificadora. (LEY Nº 29420)

BONIFICACIÓN DE SUBSIDIO PÓSTUMOE.

Asignación económica mensual de acuerdo al grado.

GRADO INMEDIATO SUPERIOR (GIS)F.

Cada cinco años el beneficiario obtendrá la pensión del GIS que corresponda del titular fallecido. En el caso de Oficiales y Cadetes el máximo grado a alcanzar es el grado de Coronel; para técnicos, suboficiales, alumnos y tropa el grado máximo es el de Técnico 1ra.

12

Page 13: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

SUBSIDIO POR INVALIDEZA. Asignación económica mensual, hasta que el titular cumpla 30 años de aportación al fondo de pensiones y pase a la situación de retiro bajo las leyes vigentes.

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DESERVICIO (CTS)

B.

Otorgado por única vez al personal militar inválido. No corresponde a cadetes, alumnos y tropa.

SEGURO DE VIDAC. Otorgado por única vez y está sujeto a evaluación de la Junta Calificadora. (LEY Nº 29420)

BONIFICACIÓN DE SUBSIDIO PORINVALIDEZ

D.

Asignación económica mensual de acuerdo al grado.

GRADO INMEDIATO SUPERIORE.

Derechos quecorrespondena los oficiales,

técnicos,suboficiales y

tropa, coninvalidez

permanenteocurrido en acto

de servicio, acción de

armas, con ocasión

o consecuenciadel servicio

y acreditado porla Junta Médica

y Junta deSanidad.

Cada cinco años el titular obtendrá la pensión del GIS que corresponda. En el caso de Oficiales y Cadetes el máximo grado a alcanzar es el grado de Coronel; para técnicos, suboficiales, alumnos y tropa el grado máximo es el de Técnico 1ra.

POR INVALIDEZ2.

13

En acto de servicio, acción de armas, con ocasión o consecuencia del servicio. Corresponde al personal militar inválido lo siguiente:

Page 14: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DEDERECHOS Y BENEFICIOS

VI.

1. Personal Militar en Actividad.

X X

REQUISITOS

BENEFICIOS

Reconocimientode formaciónprofesional

Pagopor 30

y 35A/S

Subsidio porfallecimiento

Solicitud.

Copia del Título Profesional.

Copia del Certificado deEstudios Universitarios.

Constancia de COREMOVE(personal que realizó serviciomilitar).

Declaración jurada de veracidadde documentos e información.

Acta original de defunción delfamiliar fallecido expedidopor RENIEC.

Acta de matrimonio (fallecimientode cónyuge) o Acta de nacimientodel hijo (fallecimiento de hijo) o Acta de nacimiento del titular(fallecimiento de padres) expedido por RENIEC y original.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

X

X

X

X

X

X X

X

X

X

El acta o partida que sea emitido por la Municipalidad debe ser visado por el RENIEC.

14

Page 15: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

2. Personal militar al pasar a la situación de Retiro.

REQUISITOS

DERECHOS Y BENEFICIOS

Pensión de

retiro

Compensación por tiempo de

servicio (CTS)

Compensación (menos de 15 años de

serv.)

Solicitud.

Constancia de COREMOVE (personal que realizó servicio militar).

Declaración jurada de veracidad de documentos e información.

Dos ( 02 ) Copias del voucher del Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Autorización de descuento.

Acta de matrimonio (si solicita elcónyuge) o Acta de nacimientodel titular (si solicitan los padres) o Acta de nacimiento de los hijos (si solicitan los hijos) expedidopor RENIEC y original.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

X X X

X X X

X X X

X X X

X

XX

- La compensación o liquidación y la CTS también puede ser solicitado por los deudos cuando el personal militar falleció sin derecho a pensión, adjuntando a la solicitud el Testamento o Sucesión intestada judicial / notarial inscrito en la SUNARP.

- El acta o partida que sea emitido por la Municipalidad debe ser visado por el RENIEC.

15

Page 16: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

3. De los deudos por el Fallecimiento del Titular.

Solicitud.

Copia de DNI del menor.

REQUISITOS

DERECHOS Y BENEFICIOS

Pensión

de

viudez

Pensión

de

orfandad

Pensión

de

ascendientes

Declaración jurada de veracidad yDeclaración jurada de sobrevivientes.

Dos (02) Copias del voucher del Código de Cuenta Interbancario (CCI).Acta de defunción original del titular expedido por RENIEC.

Acta original de matrimonio expedido por RENIEC.Acta original de nacimiento de loshijos expedido por RENIEC.

Acta original de nacimiento del titular expedido por RENIEC.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

X X X

X

X X X

X X X

X X X

X

X

X

El acta o partida que sea emitido por la Municipalidad debe ser visado por el RENIEC.

Cuando los beneficiarios sean los padres o hijos mayores de edad debenadjuntar, además:

- Certificado Negativo de Propiedad de SUNARP, acreditando que carece de bienes inmuebles (salvo el lugar de domicilio).

- Certificado de la Superintendencia de Banca y Seguros de no estar afiliado a la AFP.

- Constancia de SUNAT de no ser contribuyente.

S i e l b e n e fi c i a r i o p o s e e incapacidad física y/o mental presentar: Certificado Médico, que declare la incapacidad total y permanente para el trabajo, expedido por la Junta Médica de ESSalud, MINSA o HMC.

16

Page 17: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

4. Fallecimiento del Titular en Acto de Servicio, Acción de Armas, A Consecuencia u Ocasión del Servicio.

REQUISITOS

DERECHOS Y BENEFICIOS

Solicitud.1. X X

Subsidio

póstumo

Bonificación

de subsidio

póstumo

Seguro

de vida

Declaración jurada de veracidad de documentos e información.

Dos (02) Copias del voucher del Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Acta original de defunción deltitular expedido por RENIEC.

Acta original de matrimonio (si

solicita el cónyuge) o Acta de

nacimiento del titular (si solicitan

los padres) o Acta de nacimiento

de los hijos (si solicitan los

hijos) expedido por RENIEC.

2.

3.

4.

5.

X X

X X

X X

X X

No cuenta con

requisitos,

debiendo ser

gestionado en

la misma

solicitud de

subsidio

póstumo.

El acta o partida que sea emitido por la Municipalidad debe ser visado por el RENIEC.

Cuando los beneficiarios sean los padres deben adjuntar, además:

- Certificado Negativo de Propiedad de la SUNARP, acreditando que carece de bienes inmuebles (salvo el lugar de domicilio).

- Certificado de la Superintendencia de Banca y Seguros de no estar afiliada a la AFP.

- Constancia de la SUNAT de no ser contribuyente.

- Para gestiones de Seguro de vida, cuando no exista carta declaratoria adjuntar Testamento o Sucesión intestada judicial / notarial inscrito en la SUNARP.

17

Page 18: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

5. Fallecimiento del Titular en Acto de Servicio, Acción de Armas, A Consecuencia u Ocasión del Servicio.

REQUISITOS

DERECHOS Y BENEFICIOS

Compensación por

tiempo de servicio

(CTS)

Subsidio porfallecimiento

Solicitud.

Declaración jurada de veracidadde documentos e información.

Dos (02) Copias del voucher del Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Acta original de defunción deltitular expedido por RENIEC.

1.

2.

3.

4.

Acta de matrimonio (si solicita el cónyuge) o Acta de nacimiento del titular (si solicitan los padres) o Acta de nacimiento de los hijos (si solicitan los hijos) expedido por RENIEC y original.

5.

X X

X X

X X

X X

X X

- El acta o partida que sea emitido por la Municipalidad debe ser visado por el RENIEC.

- Adjuntar a la solicitud el Testamento o Sucesión intestada judicial / notarial inscrito en la SUNARP para el trámite de CTS.

18

Page 19: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

6. Invalidez del Titular en Acción de Armas, Acto de Servicio, A Consecuencia u Ocasión del Servicio.

REQUISITOS

DERECHOS Y BENEFICIOS

Subsidio por

invalidez

Bonificación

de Subsidio

por inv.

Seguro

de vida

Compensación

por tiempo de

servicio (CTS)

Solicitud.

Declaración juradade veracidad dedocumentos einformación.

Dos (02) Copias del

voucher del

Código de Cuenta

Interbancario (CCI).

Acta de la Junta

Médica Institucional

del HMC.

1.

2.

3.

4.

X

X

X

X

X

X

X

X

19

No cuenta con

requisitos,

debiendo ser

gestionado en

la misma

solicitud de

subsidio

por invalidez.

No cuenta con

requisitos,

debiendo ser

gestionado en

la misma

solicitud de

subsidio

por invalidez.

Page 20: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

Las actas de nacimiento,matrimonio o defunción deben

ser expedidas por RENIEC.

Cuando sea emitido por la Municipalidad debe ser visado

por el RENIEC.

Es válido para efectos de las notificaciones

el domicilio y/o correo electrónico señalado enla solicitud o declaraciones juradas.

Tiene 03 meses devigencia

los documentos expedidospor el RENIEC o Municipalidades

Los datos personales ( nombres, fechas denacimiento, fallecimiento u otros )

deben coincidir con el DNI,

para asegurar que el derecho o beneficiosolicitado corresponde a quien lo solicita. De

presentar omisiones o diferencias la solicitud seráobservada y no procederá.

Las cuentas de banco

deben estar activas para eldeposito.

Ingresar a:atencionalpublicojdpe.com

descargue e imprima los requisitos, formatos de solicitud y declaraciones juradas.

Conozca el avance de las gestiones realizadas.

Todo trámite es personal o con carta poder original.

CONSIDERACIONES PARA LA PRESENTACIÓNDE LOS DOCUMENTOS QUE SON REQUISITOSPARA LA OBTENCIÓN DEL DERECHO OBENEFICIO SOLICITADO

20

Page 21: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

DEPENDENCIAS QUE PARTICIPAN EN ELTRÁMITE DE DERECHOS Y BENEFICIOS

VII.

Son miembros de la CPMP: egresados de las escuelas de formación o que se incorporaron (personal asimilado), desde el 01ENE1974. Los deudos del personal que son acreedores a derechos o beneficios que otorga la Ley.

Institución autónoma que realiza el pago de pensiones y compensaciones a sus miembros de conformidad con la Ley de Pensiones Militar-Policial, DL N° 19846.

Efectuará la cobertura presupuestal y canaliza el pago de los derechos y beneficios a la Oficina de Presupuesto del Ejército (OPRE) y Oficina de Economía del Ejército (OEE).

CPMP Caja de Pensiones Militar Policial.

Departamento de Presupuesto de COPERE.

Departamento de Planillas y DeclaraciónTelemática de COPERE.

Procesa las planillas de pago según lo establecido en las resoluciones de la JDPE.

PPTOCOPERE

DPDT

21

Page 22: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

Realiza la cobertura presupuestal y efectúa el pago de las resoluciones enviadas por la Sub Jefatura Previsional de la JDPE, en las cuentas bancarias de los beneficiarios, que obtuvieron pensión de viudez u orfandad, reguladas por Ley N° 12326 Montepío.

DIGEPREV Dirección Previsional del MINDEF.

A través de las sub jefaturas (SJAO, SJATSO, SJAPCE) emite resoluciones y otros documentos que son indispensables para el otorgamiento de derechos y beneficios a los administrados y sus familiares (pensiones de retiro y sobrevivientes, subsidio póstumo, por invalidez, RTS, seguro de vida, CTS, entre otros):

JAPE Jefatura de Administración de Personal.

Sub Jefatura de Administración de Oficiales (SJAO) y Sub Jefatura de Administración de Técnicos y Suboficiales (SJATSO) emitirán las Resoluciones de pase al retiro, Resoluciones administrativas, Foja de Servicios y Carta declaratoria.

Sub Jefatura de Administración de Personal Civil (SJAPCE) emitirá las Resoluciones de cesantía y Foja de servicios.

JDPE Jefatura de Derechos de Personal del Ejercito.

Reconoce los derechos y beneficios mediante resolución Jefatural, de acuerdo a normas y leyes vigentes; dicha resolución es enviada a las

22

Page 23: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

dependencias encargadas de gestionar el pago correspondiente. En caso de improcedencia de la solicitud u observaciones en el expediente, se comunicará a través de cartas a los interesados.

OEE Oficina de Economía del Ejército.

Procesa los pagos de derechos y beneficios en las cuentas bancarias de los beneficiarios por los siguientes conceptos: Gratificaciones por 30 y 35 años de servicios, Subsidio por Fallecimiento, Subsidio por Invalidez, Póstumo, Bonificación de Subsidio Póstumo o invalidez, Seguro de Vida y CTS.

OPRE Oficina de Presupuesto del Ejército.

Efectúa la cobertura presupuestal para el pago de derechos y beneficios reconocidos mediante resolución de la JDPE.

Procuraduría Pública del Ejército.

Remite a la JDPE las sentencias y requerimientos judiciales para su cumplimiento.

Secretaria de la Comandancia General delEjército.

Resuelve las apelaciones presentadas por los recurrentes a fin de que sean resueltas mediante resolución en segunda instancia. Dicho órgano remite a la JDPE las resoluciones para ser comunicadas a los interesados, agotándose así la vía administrativa.

PPE

S-CGE

23

OTROS:

Page 24: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

ExpedienteOBSERVADO

FORMULACIÓN DE CARTA para

comunicar al interesadoExpediente

APROBADO

Elaboración de RESOLUCIÓN

reconociendo el derecho o beneficio y

Remisión para la gestión de pago

La JDPE valida la documentación para el

otorgamiento del derecho o beneficio solicitado.

Interesado descarga los requisitos en: www.atencionalpublicojdpe.comy presenta su solicitud en la Oficina de Atención al Público de la JDPE

Oficinas que gestionan los pagosDpto.

Presupuesto COPERE

OPREOEE

SJ PREVISIONAL -JDPE

DIGEPREVMINDEF

PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTODE DERECHOS Y BENEFICIOS

VIII.

24

CPMP

Page 25: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

IX PREGUNTAS FRECUENTES

¿A qué Régimen pensionario pertenezco? 1

EXISTEN DOS REGÍMENES PENSIONARIOS

Régimen pensionario DL N° 19846. Egresados de las escuelas de formación a partir del 1° de enero de 1974 hasta el 09 de diciembre de 2012 y pensionistas de la Ley Montepío.

· Régimen pensionario DL N° 1133. Egresados de las escuelas de formación desde el 10 de diciembre de 2012 hasta la actualidad.

Verifique el Régimen al cual pertenece Ud. en la boleta de haberes o pensión emitido por el Ejército o la CPMP.

¿Qué son los devengados? 2

Es el importe (s) que el beneficiario no ha cobrado desde el momento en que le correspondió el derecho o beneficio.

¿A quiénes se considera familiares directos? 3

A la cónyuge, hijos y padres.

25

Page 26: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

¿Corresponde pensión de orfandad a los hijos queno se encuentran inscritos en el registro de familia? 4

Si, para solicitar pensión de orfandad basta con acreditar el parentesco mediante el acta de nacimiento emitido por RENIEC o Municipalidad pero visado por RENIEC.

5

¿Pueden acceder a la pensión de viudezel/la conviviente? 6

No, es requisito indispensable haber contraído matrimonio y presentar el acta de matrimonio emitido por el RENIEC o Municipalidad (siempre en cuando este visado por RENIEC).

¿Otros familiares o terceros pueden accedera derechos o beneficios?

Familiares en segundo grado (hermanos, tíos sobrinos, etc.) o terceras personas, podrán acceder al seguro de vida sólo cuando el titular voluntariamente lo ha designado en la carta declaratoria. Los beneficios de compensación y CTS también pueden ser otorgados a los herederos declarados por testamento o sucesión intestada.

26

Page 27: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

INFORMACIÓN ADICIONALX.

El personal militar también puede acceder a otros beneficios si pertenece a las siguientes asociaciones:

SOCIEDAD MUTUALISTAMILITAR POLICIAL DELPERÚ (SMMPP)

A.

Brinda a sus asociados:

Auxilio Mutual por Fallecimiento. Por fallecimiento del asociado se otorga a los beneficiarios que designó el Titular en la Carta Mutual S/. 7,000.00 SOLES.

Auxilio Mutual en Vida. Al cumplir 35 años de aportación, los asociados recibirán la suma de S/. 8,200.00 SOLES.

P r é s t a m o s a s o l a fi r m a y descuento por convenios con otras instituciones de transporte, salud y educación.

No se realizan devoluciones de aportes de acuerdo a lo establecido en el Art. 91° y 121° del Código Civil.

Asociados de lapromoción 2010

en adelante recibiránasignaciones económicasal contraer matrimonio,nacimiento del primer

hijo, al cumplir 10,20 y 35 años deaportación y por

caso critico de salud.

27

Page 28: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

AUXILIO COOPERATIVO MILITARDE RETIRO (ACMR)

B.

Brinda a sus asociados:

Beneficio económico al cumplir 35 años de aportación.

No se realizan devoluciones de aportes de acuerdo a lo establecido en el Art. 91° y 121° del Código Civil.

Auxilio económico por el fallecimiento de cónyuge. (Sin perjuicio del beneficio económico del asociado)

Auxilio económico por el fallecimiento de hijos (as) menores de edad.

Apoyo social económico a sola firma con los más bajos intereses del mercado. (Tasa de interés mensual 1% y anual 12%)

28

litarderetiro.com.pe

Email: auxiliocooperativomilitar@

Pagina web: www.auxiliocooperativomi

Teléfonos: 955306940, 955284778, 955320412, 955290152

hotmail.com

Informes:

Page 29: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular

TRES PILARES ORIENTANNUESTRO TRABAJO:

Transparencia, eficiencia y adecuada

comunicación.

Page 30: ¡ INFÓRMATE ! y protege a tu familia...Militar Policial (CPMP). Cuando el Titular falleció sin cobrar el beneficio, corresponde a los familiares solicitarlo. Cuando el Titular