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CONSEJO ACADEMICO ACTA N° 012 SESION DEL 30 DE ABRIL DE 2002 En Bogotá D.C., siendo las 7.30 a.m. del treinta (30) del mes de Abril de 2002, previa convocatoria, se hicieronpresentes en la sala de Juntas de la Rectoríade la Universidad, los siguientes miembros del Consejo Académico: Doctor MARCO ANTONIO PINZÓN CASTIBLANCO, Rector de la Universidad, quien preside la sesión; Doctor INOCENCia BAHAMÓN CALDERÓN, Decano de la Facultad del Medio Ambiente y Recursos Naturales; Doctora MIRNA JIRÓN POPOVA, Decana de la Facultad Tecnológica; Doctor ORLANDO TORRES MORALES, Decano de la Facultad de Ingenieria; CARLOS JAV'ER MOSQUERA SUÁREZ,Decano Facultad de Ciencias y Educación; Doctora MARIA EL VIRA RODRíGUEZ LUNA, Directora del Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico de la Universidad; RAFAEL GUSTAVO MEJíA BERMEJO. Jefe Oficina Asesora de Planeación y Control; Profesor RICARDO GARCIA DUARTE, Representante principal de los profesores; HAYDER OSWALDO BAUT!ST A HERRERA, Representante suplente de los profesores; Señor DANNY EFRAIN GARCIA PERDOMO, Representante principal de los estudiantes; Doctor HERNANDO MAlDONADO PACHÓN, Secretario General de la Universidad, quien actúa como Secretario del Consejo. Invitados el Dr. GABRIEL JAIME CARDONA OROZCO Director Operativo del Centro de Estudios en Administración Deportiva -CEAD-, el Maestro UMBERTO GIANGRANDI Director Operativo de la Academia Superior de Artes de Bogotá -..ASAB- y el Ingeniero PABLO EMILIO SIERRA AMAZO, Director (E) deIIDEXUD. pRDEN DEL DiA PROPUEST~ 1. VERIFICACiÓN DEL QUÓRUM. 2. CONSIDERACiÓN DEL ORDEN DEL DíA PROPUESTO PARA ESTA SESiÓN. 3. APROBACiÓN DE LAS ACTAS 010 Y 011 DE 2002. 4. ESTUDIO, CONSIDERACiÓN DE LOS CONCEPTOS JURíDICOS: 4.1. Sobre el pago a los profesores de vinculación especial que dictan en los Posgrados. (Acuerdo 005 y 007 de 2001 del C.S.U.) 4.2. Sobre exenciones en el pago de matrícula de los cobijados por convención colectiva de trabajo. 5. INFORME DE LAS DIRECTIVAS ACADÉMICAS. 5.1. Congreso Universitario. (Responsable: Secretaría Técnica del Congreso) 5.2. Acreditación de los Programas. (Vicerrectoría, Decanos) 5.3. Evaluación Docente. 5.4. Resultado de las conversaciones adelantadas con el ICFES acerca de la Especialización de Gestión en Proyectos de Ingeniería. 6. PLAN OPERATIVO ACADÉMICO DE LAS FACULTADES VS PLAN DE DESEMPEÑO. (Responsable: Oficina Asesora de Planeación y Control) 7. DISTRIBUCION DE CUPOS POR PROYECTOS CURRICULARES PARA EL PERíODO ACADÉMICO DE 2002-11.

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CONSEJO ACADEMICOACTA N° 012

SESION DEL 30 DE ABRIL DE 2002

En Bogotá D.C., siendo las 7.30 a.m. del treinta (30) del mes de Abril de 2002, previaconvocatoria, se hicieron presentes en la sala de Juntas de la Rectoría de la Universidad,los siguientes miembros del Consejo Académico:

Doctor MARCO ANTONIO PINZÓN CASTIBLANCO, Rector de la Universidad, quienpreside la sesión; Doctor INOCENCia BAHAMÓN CALDERÓN, Decano de la Facultaddel Medio Ambiente y Recursos Naturales; Doctora MIRNA JIRÓN POPOVA, Decana dela Facultad Tecnológica; Doctor ORLANDO TORRES MORALES, Decano de la Facultadde Ingenieria; CARLOS JAV'ER MOSQUERA SUÁREZ,Decano Facultad de Ciencias yEducación; Doctora MARIA EL VIRA RODRíGUEZ LUNA, Directora del Centro deInvestigaciones y Desarrollo Científico de la Universidad; RAFAEL GUSTAVO MEJíABERMEJO. Jefe Oficina Asesora de Planeación y Control; Profesor RICARDO GARCIADUARTE, Representante principal de los profesores; HA YDER OSWALDO BAUT!ST AHERRERA, Representante suplente de los profesores; Señor DANNY EFRAIN GARCIAPERDOMO, Representante principal de los estudiantes; Doctor HERNANDOMAlDONADO PACHÓN, Secretario General de la Universidad, quien actúa comoSecretario del Consejo.

Invitados el Dr. GABRIEL JAIME CARDONA OROZCO Director Operativo del Centro deEstudios en Administración Deportiva -CEAD-, el Maestro UMBERTO GIANGRANDIDirector Operativo de la Academia Superior de Artes de Bogotá -..ASAB- y el IngenieroPABLO EMILIO SIERRA AMAZO, Director (E) deIIDEXUD.

pRDEN DEL DiA PROPUEST~

1. VERIFICACiÓN DEL QUÓRUM.2. CONSIDERACiÓN DEL ORDEN DEL DíA PROPUESTO PARA ESTA SESiÓN.3. APROBACiÓN DE LAS ACTAS 010 Y 011 DE 2002.4. ESTUDIO, CONSIDERACiÓN DE LOS CONCEPTOS JURíDICOS:4.1. Sobre el pago a los profesores de vinculación especial que dictan en los

Posgrados. (Acuerdo 005 y 007 de 2001 del C.S.U.)4.2. Sobre exenciones en el pago de matrícula de los cobijados por convención

colectiva de trabajo.5. INFORME DE LAS DIRECTIVAS ACADÉMICAS.5.1. Congreso Universitario. (Responsable: Secretaría Técnica del Congreso)5.2. Acreditación de los Programas. (Vicerrectoría, Decanos)5.3. Evaluación Docente.5.4. Resultado de las conversaciones adelantadas con el ICFES acerca de la

Especialización de Gestión en Proyectos de Ingeniería.6. PLAN OPERATIVO ACADÉMICO DE LAS FACULTADES VS PLAN DE

DESEMPEÑO. (Responsable: Oficina Asesora de Planeación y Control)7. DISTRIBUCION DE CUPOS POR PROYECTOS CURRICULARES PARA EL

PERíODO ACADÉMICO DE 2002-11.

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Consejo Académico

Acta 012

Abril 30 de 2002

Página 2

8. CONSULTA E INTERPRETACiÓN DEL REGLAMENTO ESTUDIANTil,SOLICITADO POR LA SECRETARIA ACADÉMICA DE lA FACULTAD DECIENCIAS Y EDUCACiÓN.

9. PROPOSICIONES Y VARIOS.g Comisiones de estudios remunerada, Dedicaciones Exclusivas de

Docentes, Ejecución Presupuesta " Aprobación, supresión o modificaciónde Proyectos Cufflculares y Modalidades de Grado:,

~ESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA!VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

\/y' Verificado el quórum para esta sesión se establece la presencia de nueve (9) miembrosconsejeros, que constituyen quórum deliberatorio y decisorio para sesionar.

Se excusa para asistir a este sesión el señor Vicerrector de la Universidad,' porencontrarse incapacitado, al igual, que el Director Administrativo, por compromisosineludibles con la Secretaña de Hacienda del Distrito Capital.

CONSIDERACiÓN DEL ORDEN DEL DíA PROPUESTO PARA ESTA SESiÓN.2.

El Presidente del Consejo somete a votación el Orden del Día Propuesto para estasesión.

Se APRUEBA por unanimidad el Orden del Día propuesto.

3. APROBACiÓN DE LAS ACTAS 010 Y 011 DE 2002.

Revisada y con las modificaciones sugeridas por los miembros consejeros el Acta 010 de2002, es APROBADA por unanimidad.

eSe discute sobre el Acuerdo que viabiliza los cupos especiales para los desplazadosvíctima de la violencia que vive actualmente el país. Se indica por parte del Presidente, delos consejeros Hayder Oswaldo Bautista Herrera y María Elvira Rodríguez Luna, acercade lo endeble en la sustentación legal para la provisión de estos cupos.

Se solicita que a través de la Secretaría General adelanten los contactos con el Ministeriodel Interior y la Secretaria de Gobierno del Distrito Capital, para buscar viabilizar estoscupos, si se surte este trámite positivamente, se dará por aprobado este tipo de cupos.

La lectura y consideración del Acta 011 de 2002, se APLAZA para la próxima sesión

4. ESTUDIO, CONSIDERACiÓN DE LOS CONCEPTOS JURíDICOS:4.1. Sobre el pago a los profesores de vinculación especial que dictan en los

Posgrados. (Acuerdo 005 y 007 de 2001 del C.S.U.)

El Consejo Académico de la Universidad, en sesión del dfa Martes 12 de Marzo de 2002,Acta 007. abordó dentro de la agenda de discusión el tema referente a las cargas

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Consejo AcadémicoActa 012

Abril 30 de 2002Página 3

académicas e interpretó el Acuerdo 007 de Diciembre 28 de 2001, dél Consejo SuperiorUniversitario, que modificó el Acuerdo 005 de Julio 27 de 2001.

En sesión efectuada el día Martes 2 de Abril del presente año, Acta 009 nuevamente sediscutió el asunto; toda vez que se presentaron dificultades y conflictos, en diferentesUnidades Académicas; a este respecto, el máximo organismo de dirección académica dela Universidad, determinó solicitar a la Oficina Jurídica de la Universidad, un conceptojurídico frente al tema de las cargas académicas que deben cumplir los profesores dePlanta de la Universidad, que adicional mente dictan clases en algunos Posgrados, sin queesto vaya en contravía con lo establecido en los Acuerdos mencionados. Mientras seemita un concepto y exista claridad sobre este tema, el Consejo sugirió aplazar el pago adichos profesores y trasladar el caso al Consejo Superior Universitario, quien es elcompetente en resolver la situación presentada.!i)'t

Este mismo problema sucede con algunos servidores públicos administrativos que dictanclases en algunos programas de Posgrados; de donde, se desprenden unos pagosadicionales por concepto de salarios y prestaciones; a ellos, el Consejo Académicosugiere también APLAZAR el pago adicional por esta actividad.

En el día de hoy se estudia y analiza el concepto de la Oficina Jurídica de laUniversidad sobre el asunto, en los siguientes términos:

a.) B arliculo 128 de la Garla PoIftica consigna que nadie podrá desempeñar simultáneamente más de unempleo público ni reCIbir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, salvo las exce~nesestablecidas en la Lev.

b.) En virlud de la anten~ norma constitucional, el literal d.) d9lsrtlculo 19 de la Ley 4- de 1992, determinócomo excepción k>s honorarios percibidos por concepto de hora cátedra.

c.) La Sentencia 006 de Enero 18 de 1996, M. P. Dr. Fabio Marón D(az, que declaro inexequib(e el inciso 2de( art(cufo 74 de (a Ley 30 de 1992, asl como del aparte del articulo 73 de la misma Ley en su parteconsiderativa expresa: "El hecho de que la Institución requiera transitoriamente los servicios del docente, alcual vincula para que cumpla actividades inherentes a sus funciones y naturaleza la docencia y laInvestigaclfton y a quIen le exige acreditar requisitos y calidades sImilares a los docentes de Planta, nojustifica que se le restrinjan sus derechos como trabajador. Si su vinculación es transitoria el reconocimientode las prestaciones socIales sn proporcional al término de la misma, pero no se podrá negar; pues ello,además de contrariar el principio de igualdad que consagra la ConstitucIón, atenta contra lo dispuesto en elarticulo 25 de la CPN, en el sentido de que (Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas yjustas), las cuales no se dan en un régimen que establece similares obligaciones para unos y otrosprofesores, pero restringe los derechos y prerrogativas de los ocasionales, vulnerando la dignidad de dichosdocentes, que se ven privados del derecho al descanso remunerado a las primas de servicios y de maternidada la cesantla, que precisamente pretende proteger al trabajador en los lapsos en que éste se encuentredesempleado, entre otros, además de ser excluido de /os programas de capacitación y mejoramientoprofesional. "

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Asr las cosas, surge con meridiana claridad que la prohibición para reconocer prestaciones sociales a aquellosdocentes de Carrera y Ocasionales, surge del hecho de que la Corte considera que lo que se pretende es laprotección de aquellos trabajadores en los lapsos en que se encuentren desempleados; en consecuencia, !l~on ~t.es ,!e- ca~~ o au~ va ~~n vinculados como ocasionales en la Univemidad OistritalFra.ncl:!c.2 .José de C~/<!~s. se les Dodrá asianar Dar horas cátedras la cama adicional. haciendo .lasalvedad de Que esta última no Qenera en ninQún caso Drestaciones sociales.

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Consejo AcodénticoActa 012

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Para aquellos docentes que no tienen otra vinculación con la Universidad Distrital Francisco José deCaldas o con otra Entidad pública es apenas obvio que se cumplirá y acatará lo dispuesto por laHonorable Corte Constitucional, en Sentencia que ha quedado transcrita y por lo tanto, se les cancelaránlas respectivas prestaciones sociales, igualmente su vinculación se hará por medio de resolución.

d.

e. En cuanto a la manera de cancelar los honorarios a aquellos docentes hora cátedra que se encuentranen dicha labor, consideran que de confonnidad con el Acuerdo 007 de Diciembre 28 de 2001, ~~moet!ncia de ~a División de ,Becursos Humanos de la Universidad. la liQuidación de cada uno delos rofesores de acuerdo a horas dictadas sin ue esta Ii uidación enere restacionessociales: en consecuencia. su vinculación será Dar medio de honorarios.

f. Se recomienda de manera especial reglamentar por parte del Consejo Superior Universitario, todo loconcerniente a hora cátedra de Docentes de Carrera y Tiempo Completo y Medio Tiempo Ocasional; a finde que, cuando se requiera el servicio de aquellos para hora cátedra, se reduzca proporcionalmente lacarga académica para asf no generar erogación adicional por dicho concepto.

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g. Que igualmente, el Consejo Superior Universitario reglamente lo concerniente a Hora Cátedra dictada porfuncionarios administrativos de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

Así mismo, se analizó el Decreto 689 de Abril 10 de 2002, expedido por el Gobierno Nacional, .. Por el cualse dictan disposiciones en materia salarial y prestacional pala los empleados públicos docentes yadminlstlativos de las Universidades Estatales u Oficiales", en desarrollo con lo dispuesto en el articulo77 de la Ley 30 de 1992 y en concordancia con las normas generales señaladas en la Ley 48 de 1992; que alrespecto al tema en comento, señala en el articulo 8° que: "Nadie podrá desempeñar simultáneamentemás de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o deempresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúandose /asasignaciones de que tlata el articulo 190 de la Ley 48 de 1992."

En el parágrafo de ese artículo expresa: "Que no se podrán recibir honorarios que sumadoscorrespondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo en varias entidades."

-I t:n virtud de lo anterior. el máximo organismo de dirección académica de la ¡,Universidad, se ACOGE al concepto juridico emitido por la Oficina Jurídica de este II centro universitario y en ~~reto con lo expresado en lo~rales e.), f.) y g.),' y, J

K;:~~~I

8. Autoriza el pago de las horas adicionales, bajo la modalidad de hora cátedra a los docentes decarrera que se encuentran dictando horas lectivas en los programas de posgrados en laUniversidad, ajustándose a lo establecido en la Ley, la norma y los Acuerdos vigentes en laUniversidad.

b. Extender recomendación al Consejo Superior Universitario de la Universidad; con el objeto, deajustar, modificar y reglamentar lo referente al tema que se está tratando.

c. Solicitar la revisión exhaustiva sobre las inhabilidades e incompatibilidades a que puedan estarabocados algunos servidores públicos y ser previsivos en el futuro a la hora de vincular a estosdocentes bajo esta modalidad.

d. Delegar en la VicelTeCtorla, División de Recursos Humanos y la Oficina Jurldica, a más tardar parael día Martes 14 de Mayo de 2002, la elaboración de un formato único que legalice la vinculaciónde docentes bajo la modalidad de vinculación especial y de aplicación a partir del semestreentrante.

e. Crear una comisión integrada por los representantes de los profesores ante el ConsejoAcadémico, el Decano de la Facultad de Ciencias y Educación, el Decano de la Facultad deIngenieria, la Secretaria General y la Oficina Juridlca, para elaborar una propuesta que establezca

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Con.\'ejo Académico.4cta 012

.4hril 30 de 2002Página 5

unas reglas de juegos, reglamentando adecuadamente la dinámica de vinculación de éstosdocentes, para ser presentado al Consejo Superior Universitario.

4.2. Sobre exenciones en el pago de matrícula de los cobijados por convencióncolectiva de trabajo.

Mediante oficio OJ-O222-02 de marzo 21 de 2002, la Oficina Jurídica conceptúa losiguiente:

a. El deber consignado en la Conveción Colectiva de Trabajo de 1989 y 1990, artículos 7° y 14°,respectivamente, establece que la Universidad reconoce y paga un auxilio educativo a lostrabajadores activos y/o pensionados e hijos de eswtos en una cuantía que a/lf se detennina,razón por la cual hablar de exoneración del pago de los derechos de matricula no es procedente.Igualmente se hace necesario verificar el requsito que se establece en el articulo 7° de laConvención Colectiva de Trabajo de 1992.

,~:7n-~tili1;¡

b. Conforme con el citado articulo 14°, los beneficios en cuanto a este tema se extienden.a losestudios de posgrado, teniendo en cuenta que el literal b) habla de estudios técnicos,tecnológicos, carreras intermedias, universitarios, cursos de especialización, de posgrado ymagister.

El Consejo Académico espera un pronunciamiento del Ministerio del Trabajo sobre eltema, el que ya ha sido solicitado por la Oficina Jurídica de la Universidad.

5. INFORME DE LAS DIRECTIVAS ACADÉMICAS.5.1. Congreso Universitario. (Responsable: Secretaría Técnica del Congreso)

El Dr. Hernando Maldonado Pachón, Secretario Técnico del Congreso presenta uninforme sobre el avance de este evento, resaltando que al momento se encuentra en laetapa de sensibilización, en la cual expertos en el tema, están dictando conferencias enlas diferentes Facultades, sin ningún costo para la Universidad.

i~ Señala que existe un poco más de ambiente en las Unidades Académicas, pero senecesita de una mayor divulgación masiva, sugiriendo en lo posible se realicenteleconferencias, utilizando los medios técnicos con los que cuenta la Universidad y conlos servicios de comunicación que se están buscando ampliar, para obtener un mayorancho de banda.

El Dr. Marco Antonio Pinzón Castiblanco expresa que el año pasado autorizó lacontratación de este servicio con la ETB y quiere saber si en efecto se contrató con laEmpresa de Telefono de Bogotá, máxime cuando nos une un vínculo accionarío.

El Secretario Técnico del Congreso solicita fortalecer con profesores y expertos en lostemas metodológicos, lo relativo a la etapa de preconsejo, sugiriendo revisar la dedicaciónde estudiantes a estos temas bajo la modalidad de monitorías y pasantías, enfatizando lanecesidad de que los funcionarios de la Universidad, sientan como suyo las actividadesdel Congreso.

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Consejo Académico

Acta 012

Abril 30 de 2002

. Página 6

Se retira del recinto la Dra. María Elvira Rodríguez Luna, por compromisos en la Feria delLibro, donde está participando la Universidad.

El Dr. Carlos Javier Mosquera Suárez hace referencia al Acuerdo 001 de Abril 24 de2002, del Consejo de Facultad de Ciencias y Educación, por medio del cual se crea elcomité ejecutivo y la asamblea de delegados con miras al Congreso Universitario de laUniversidad y se establece la reglamentación de las actividades conducentes al cabaldesarrollo del proceso de revisión y planteamiento de las normas que deben regir a laUniversidad para cumplir sus compromisos sociales como institución de educaciónsuperior.

El Dr. Marco Antonio Pinzón Castiblanco, precisa que para las discusiones sobre lareforma académico ádministrativa se debe hacer presencia en todas las Facultadesincluyendo la ASAB y el CEAD; para lo cual, se debe organizar una agenda a partir de lapróxima semana para este fin.

Solicita a la Oficina Asesora de Planeación y Control de la Universidad, la elaboración deun número suficiente de los organigramas de las propuestas de reformas para serdistribuidos en las Facultades.

5.2. Acreditación de los Programas. (Vicerrectoría, Decanos)

El Decano de la Facultad de Ingeniería ínfonTla que el Comité de Acreditación de laFacultad ha tenTlinado el proceso de elaboración de los documentos para el registrocalificado de los Proyectos Curriculares de esa Unidad Académica, solicitando convocarextraordinariamente a este Consejo para presentar la propuesta y documentos de los 16stándares de calidad de cada uno de los programas académicos adscritos a esa Facultad,para ser presentados ante el CNA.

La Dra. Mima Jirón Popova y el Dr. Carlos Javier Mosquera Suárez coinciden en afirmarque existen unos procedimientos internos regulados a través de una directiva de laVicerrectoría, en la que establecen los pasos a seguir para el proceso de acreditación yregistro calificado de los programas académicos.

El Dr. Marco Antonio Pinzón Castiblanco somete a consideración tratar este tema en unasesión especial, dado lo extenso de la discusión.

Se APRUEBA el tratamiento en una próxima sesión.

5.3. Evaluación Docente.

El Dr. Inocencio Bahamón Calderón, coordinador de la comisión encargada de esteproceso, presenta un informe detallado al Consejo sobre los resultados de la PruebaPiloto efectuada el año pasado en todas las Facultades, solicitando que el máximoorganismo de dirección académica de la Universidad, convalide, reglamente y avale losinstrumentos para la aplicación de este proceso; añade que de acuerdo a lo propuesto,hacia el mes de julio del presente debe estar reglamentado el Proceso de Evaluación

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Con.\'ejo AcadémicoActa 012

Abril 30 de 2002Página 7

Docente; para ello, se debe actuar con urgencia para que se de aplicación en el segundosemestre de este año.

Por su parte, el Dr. Carlos Javier Mosquera Suárez, integrante de la comisión, se refiere ala contextualización y redimensionamiento del papel de la Evaluación Docente; de lasmetodologías y criterios del desarrollo de los instrumentos a aplicar.

El Presidente expresa que dentro de los estatutos internos de la Universidad existe unComité de Personal Docente, con unas funciones específicas, en la que se encuentra lasiguiente: "Asesorar al Rector, al Consejo Académico y al Vicerrector, en todo lo relacionado con eldiseño de las po/lticas para la formación, actualización y evaluación del personal docente de laUniversidad. "

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Propone que sea este Comité quien se encargue de ahora en adelante, de estudiar,analizar un proyecto de reglamentación ajustado a lo establecido en el Acuerdo 026 deDiciembre 26 de 1993 (Estatuto del Profesor), Capitulo 10, artículos 54 al 65, para quesea presentado ante el Consejo Superior Universitario, quien en últimas avale, trace laspolíticas docentes e institucionalice la aplicación de la Evaluación Docente en laUniversidad, a partir del segundo semestre de este año.

Esta propuesta es APROBADA por unanimidad y se solicita que se presente a esteConsejo un Proyecto de Resolución reglamentando este proceso de Evaluación; labor querecaerá en el Comité de Personal Docente, tal como está establecido en el Estatuto, encoordinación con la comisión que hasta ahora ha preparado este proceso.

5.4. Resultado de las conversaciones adelantadas con el ICFES acerca de laEspecialización de Gestión en Proyectos de Ingenieria.

El Dr. Marco Antonio Pinzón Castiblanco informa que la Universidad procedió a reunrisecon la Dra. Patricia Martínez, Directora del ICFES, con el objeto de buscar una soluciónadecuada y concertada a la situación presentada, sin causar tanto traumatismo al interiorde la Universidad.

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Se acordó el envío de una comisión asesora del ICFES, para que en conjunto con laUniversidad se tome una decisión sobre la titularización de los egresados y de laspersonas que desarrollaron el programa y que no lo terminaron; al respecto señala el Dr.Pinzón que se ha mantenido contacto con la Universidad Insdustrial de Santander quienimparte este programa académico y se mostró interesado en ayudar a solucionar elproblema, una vez la comisión del ICFES y la Universidad realicen el respectivopronunciamiento.

La Universidad oficialmente ha solicitido al ICFES el envío de la comisión para actuar;mientras tanto, la Vicerrectoría de la Universidad ha estado en contacto con losestudiantes y se ordenó no recibir un aspirante más a ese programa académico.

6. PLAN OPERATIVO ACADÉMICO DE LAS FACULTADES VS PLAN DEDESEMPEÑO. (Responsable: Oficina Asesora de Planeación y Control)

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Consejo Académico

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Abril JOde 2002

Página 8El Dr. Rafael Gustavo Mejía Bermejo hace entrega a los miembros consejeros de losinformes por Facultades de los Planes Operativos y sugiere unificarlos dentro del Plan deDesempeño; para tal fin, el Comité de Planeación se estará reuniendo proximamente paraevaluar estos informes.

7 DISTRIBUCION DE CUPOS POR PROYECTOS CURRICULARES PARA ELPERíODO ACADÉMICO DE 2002-11.

De conformidad con lo previsto en el Estatuto Académico artículo 16, literal h.), Acuerdo004 de 1996, del Consejo Superior Universitario, los Consejos de Facultades handeterminado el número de cupos por cada Proyecto Curricular, que a continuación sedeterminan:

FACULTAD DE CIENCIAS Y EDUCACiÓN

El Dr. Carlos Javier Mosquera Suárez informa que la Facultad de Ciencias y Educaciónpresenta la propuesta aprobada por el Consejo de Facultad, discriminados así:

Como fue APROBADO en una sesión del Consejo Académico, que por cada 40aspirantes admitidos, seis (6) corresponden a cupos especiales para distribuirlos entrelos grupos de: Minorías Etnicas y Culturales; Comunidades Negras; beneficiarios deprogramas de Reinserción; desplazados víctimas de la violencia que vive el país ymejores bachilleres de los colegios públicos de Distrito Capital.

FACULTAD DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

El Ingeneiro Inocencio Bahamón Calderón informa que el Consejo de la Facultad,presenta a consideración del Consejo Académico la siguiente propuesta, distribuidos así:

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Consejo Aaldén,ico

Acta 012

Abril 30 de 2002

Página 9

FACULTAD TECNOLÓGICA

De acuerdo con lo expuesto por la Dra. Mima Jirón Popova propone ofrecer 80 cupos porcada Proyecto Curricular y 30 cupos para cada uno de los ciclos de profesionalización,distribuidos así:

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Consejo Académico

Acta 012

Abril 30 de 2002

Página 10

FACULTAD DE INGENIERíA

OTROS CUPOSESPECIALES

Minorías Etnlas yCulturales, Ind'gen8S.

_Relnsert!dos y desplazados.6.

TOTAL CUPOSMEJORES BACHILLERES

(2) Mejores por cada

Proyecto Curricular

32

CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES

CENTRO DE ESTUDIOS EN ADMINISTRACiÓN DEPORTIVA-CEAD-

El Dr. Gabriel Jaime Cardona Orozco, Director Operatiw del CEAD, informa quefuncionarán cuatro (4) grupos de cuarenta (40) estudiantes, distribuidos en dos (2)grupos en la Jornada Diurna y dos (2) grupos en la Jornada Nocturna.

~ r TOTAL CUPOSAPROBADOSEN EL CEAD

~

136160

ACADEMIA SUPERIOR DE ARTES DE BOGOTA -ASAB-

El Maestro Umberto Giangrandi, Director Operativo de la ASAB. informa que funcionaránLos programas de Artes Plásticas y Visuales; Artes Musicales y Artes Escénicasdistribuidos de la siguiente manera:

~

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Consejo Académico

Acta 012

/lbril 30 de 2002

Págil1a 11

Una vez conocidas las cifras de los cupos que proponen los Decanos de las Facultades ylos Directores del CEAD y ASAB, el Consejo Académico APRUEBA por unanimidad.

8. CONSULTA E INTERPRETACiÓN DEL REGLAMENTO ESTUDIANTil,SOLICITADO POR LA SECRETARIA ACADÉMICA DE lA FACULTAD DECIENCIAS Y EDUCACIÓN.

Mediante oficio SAFCE-O33-2002, del 16 de Abril de 2002, el Secretario Académico de laFacultad de Ciencias y Educación, CONSULTA al máximo organismo de direcciónacadémica de la Universidad, sobre lo siguiente:

Cuando un estudiante es excluido de la Universidad por no superar la prueba académica,señala el artículo 11°, literal d.) del Acuerdo 027 de. Diciembre 23 de 1993 (EstatutoEstudiantil) : "Se encuentra inhabilitado para ingresar como' estudiante de pregrado a laUniversidad Distrital quien: Sea excluido de un programa de pregrado en laUniversidad, por bajo rendimiento académico. En este caso, la oerson! no DuedeInoresar a la Universidad Dar el término de dos (2J años. "

IPREGUNT Ala.) Pasado el término de sanción de dos (2) años, ¿ Cuál es el procedimiento para que el estudiante

pueda ingresar.?

b.j ¿Puede ingresar al Proyecto Curricular del cual fue excluido.?

c.) ¿Debe presentarse como alumno de primer semestre.?

d.) ¿Debe solicitar reingreso. ?

e.) En el caso que esta sea la vfa para ingresar... ¿ Continúa el estudiante en el sitio donde Iba o debecomenzar?

El máximo organismo de dirección académica de la Universidad, de conformidadcon lo establecido en el Artículo 100 del Acuerdo 027 de Diciembre 23 de 1993,INTERPRETA el Estatuto Estudiantil, estudiando y reglamentando todas aquellas

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Consejo A Ctlllénúco

Acta 012

Ahril 30 de 2002

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situaciones que por su carácter de imprevistas no estén contempladas en él; alrespecto, PRECISÓ:.:. El Articulo 76, Literal b.j del Acuerdo 027 de Diciembre 23 de 1993 (Estatuto Estudiantil), señala

que: "Un estudiante de la Universidad pierde la calidad, cuando por bajo rendimiento académico

de acuerdo con lo establecido en el presente Acuerdo y demás reglamentos de la Universidad."

.:. El Articulo 54 expresa que los Consejos de Facultad, a propuesta de los Decanos, previa consultacon los coordinadores de carrera, fijan los valores de los promedios ponderados y acumuladospara que el estudiante: Se retire del programa académico en el cual esté inscrito; toda vez que, elestudiante haya incurrido en las situaciones contempladas en los Articulos 22 y 23 del EstatutoEstudiantil.

!SE RESPONDE INTERPRETANDO LA NORMA!.,¡,ilh

:!',~..itl,.

Literal a.) : Una vez cumplida la sanción o inhabilidad, la persona puede solicitar reingreso a laUniversidad en los plazos previstos en el calendario académico y en los ténninos establecidos en elreglamento. .

Literal b.): Si es viable de que la persona pueda reingresar al Proyecto Curricular del cual fueexcluido por bajo rendimiento académico; puesto que, por ninguna parte en el reglamento estudiantilexiste prohibición y/o restricción para ingresar nuevamente al Programa Académico del cual fueexcluido.

Literal c.): No necesariamente, ya que si el va en semestres más avanzados, del Proyecto Cu"iculardel cual fue excluido, no tendría razón para volver a empezar desde el 10 semestre, sólo tramitaría sureingreso, una vez cumplida la inhabilidad. A menos que, se inscríba en un nuevo ProgramaAcadémico y resulte admitido, si ingresaría a cursar desde el prímer semestre.

literal d.) : De acuerdo con los procedimientos establecidos en los reglamentos, si debe solicitar elreingreso en los plazos previstos en el calendario académico.

Literal e.) :Continúa en el semestre en donde dejó los estudios; a menos, que durante el transcursode la Inhabilidad cambie el pensum académico y necesariamente tenga que recoger asignaturas novistas de semestres anteriores.@

9. PROPOSICIONES Y VARIOS.

Se abordan temas de gran imPOrtancia como: Comisiones de estudios remune _~ da-, Dedicaciones Exclusivas de Docentes. Ejecución PresuDuestal. Aprobación.

~~~~~~o~ificación de Provectos Curriculares y Modalidades de Grado.

~ El Acuerdo 026 de 1993, Estatuto del Profesor, emanado del Consejo SuperiorUniversitario, en el artículo 120, ESTABLECE: "Que la Univel'Sidad Distrital Francisco José deCalda.s adoDta. Dlan~ aen~ral!s de c~OBQitaQi6n vde investiaación OBra el Drofesorado de can-era.acordes con los . e los

rofesores. Los ra laa robaci6n del ebeníncluíl'Se en el Provecro Anual ae ~suDuesrO.

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CoI,sejo AcadémicoActa 012

.t1bril 30 de 2002Página 13

El Estatuto del Profesor, en los arlículos 89 y 90, SEÑALA: "Como oroaramas decapacitación al coniunto de actividades Que la Universidad ofrece directa e inderectamente a losorofesores vinculados a ella con el fin de actualizar los conocimientos v elevar su nivelacadémico. investiQativo v oedaQóaico de acuerdo con los olanes de desarrollo académico. LasFacultades deben ofrecer un IJ1an oermanente de ca/Jacitación v actualización /Jara losorofesores Esta caoacitación"debe desarrollarse sobre temas de esoecia/ización o mediantetrabaio de investiQación v debe corresoonderse con los olanes Qenerales de desarrollo vcaoacitación de la Universidad Distrital. con el fin de obtener tltulos de oosarado oesoecia/izaciones oroareslvas de estudios avanzados. Para efecto del otoraamiento decomisiones. el Conseio Académico establece oroaramas orioritarios de ca/Jacitación deorofesores de acuerdo con las ooliticas de desarrollo v las recomendaciones del Rector v de losConseio de Facultad."

Le corresponde a las Facultades denúo de sus funciones, como lo prevee el EstatutoAcadémico (Acuerdo 004 de 1996, artículo 16, líterall), expedir a propuesta del Decanolos planes de capacitación de profesores de acuerdo con las políticas que defina elConsejo Superior.

-p.

El Cons~jo Superior Universitario, en sesión el día 29 de octubre de 1997, Acta 040,APROBO los criterios generales para la capacitación docentes en la Universidad queRESALTA lo siguiente: A.) Cada Plan de capacitación docente de las Facultades debe estar enconcordancia y sintonfa con las prioridades establecidas en el Proyecto UniversitarioInstitucional. B.) Para el desarrollo de los planes de capacitación se deben establecer convenioscon instituciones de reconocido prestigio académico nacional e internacional. C.) Las Facultadesdeben definir previamente las áreas en las cuales necesitan fortalecerse académicamente. D.) LasFacultades tendrán programas pennanentes de capacitación y actualización docente de acuerdocon el Plan Estratégico Institucional y teniendo en cuenta los siguientes parámetros: (La formaciónde doctorados es la prioridad central en las sdicitudes para la capacitación de los docentes de laUniversidad; La capacitación de los profesores debe estar contemplada en un Plan de Acción, como parlede un proceso de mejoramiento continuo relacionado con la investigación y la producción delconocimiento; Las Facultades deben organizar a partir de los planes de trabajo de los profesores y enarmonla con las po/fticas de capacitación y el Plan Estratégico, el conjunto de necesidades y prioridadespara el fortalecimiento académico; Las solicitudes de los docentes deben estar acompafladas de la

evaluación integral de desempeño, producción académica y del estudio de su respectiva hoja de vida).E.) Los profesores a quienes se les apruebe una comisión para adelantar estudios deben suscribirun contrato con la Universidad, que entre otras condiciones contemple: (Si la comisión esremunerada, el compromiso del docente con la Universidad Distrital es trabajar el doble del tiempo, unavez obtenga el titulo; Si la comisión no es remunerada, el tiempo a laborar en la Universidad Distrital,como contraprestación será igual al de la comsión, una vez obtenga el titulo; para el caso de losdoctorados tutoriales u otras modalidades simHares, el docente deberá prestar sus servicios por untiempo igual al empleado en cursar y obtener el titulo respectivo; las solicitudes de estudios bajo lamodalidad tutorial, solo proceden en caso de fOfmación doctoral; para la formación doctoral aprobadasbajo la modalidad tutorial, el profesor tendrá por lo menos intensidad horaria semanal de cincuenta porciento 50%).

»

» A dicion almen te se ha APROBADO como politica de capacitación docente el estudio yanálisis juicioso tanto académico como presupuestal de las solicitudes de estudiosposgraduales, acorde a las nuevas necesidades, enmarcadas en el Plan de Desa"offo,donde se incluya el componente presupuestal del total de la realización de los estudios.

El señor Rector de la Universidad ha dejado constancia tanto en el Consejo SuperiorUniversitario como en el Consejo Académico, de la intención de esta administración decapacitar el mayor número de docentes a nivel de doctorados. Las solicitudes que seaprueben están sujetas a la disponibilidad presupuestal con los recursos provenientesde la Estampilla 50 años Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

»

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Consejo AcadémicoActa 012

Abril 30 de 2002Página 14

Se hace necesario que el Consejo Superior Universitario de la Universidad adopte unPLAN DE CAPACITACiÓN Y DE INVESTIGACiÓN DE DOCENTES, acordes con el nuevoPlan de Desa"ol/o 2001-2005 "Educación de Calidad para la Equidad Social" y con elPlan de Desempeño suscrito con el Distrito Cap/tal, como consecuencia, de laaprobación de la Estampilla 50 años de la Universidad Distrital Francisco José deCaldas.

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Si bien es cierto que. el Acuerdo 026 de Diciembre 23 de 1993 (Estatuto del Profesor),Artículo 10. prevé que los docentes de carrera de la Universidad, pueden dedicarseexclusivamente a desarrollar programas de investigación, de servicios, asesorías o consultoría,enmarcados en el Plan de Desarrollo de la Facultad, aprobados institucionalmente y quesoliciten la calidad de tales. El Rector otoraa la decicaci6n exclusiva orevio conceoto delConsejo de Facultad.

;,.

> El Arlículo 53 del Estatuto del Profesor establece que el Consejo de Facultad respectivopuede descargar lectivamente a los profesores de carrera que incluyan en su plan de trabajolas actividades de ejecución de programas y proyectos de investigación y se hace efectivasiempre y cuando las actividades que la originan hayan sido aprobadas institucionalmente, porautoridad competente y tiene vigencia por el tiempo que dure la actividad.

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El máximo organismo de dirección académica de la Universidad SOLICITA a losDecanos:1. Relacionar en cada una de las respectivas Facultades a /os docentes que le han sido otorgada

Dedicación Exclusiva, mediante Resolución proferida por la Rectorfa.

)2. Solicitar a los Consejo de Facultad, ser más cuidadosos y áusteros en recomendar a la Rectorla, elotorgamiento de las Dedicaciones Exclusivas a los Docentes; toda vez que, esto implica para eldocente un incremento del 25% de la remuneración, que aumentan asi mismo los factoressalariales y prestacionales, agotando rapidamente este robra designado para tal fin.

3. Recomendar sólo las Dedicaciones Exclusivas a Docentes que sean supremamente necesarias eindispensables para el desarrollo académico de las respI3Ctivas Facultades,

4. Se debe dar muestra al Distrito Capital y a la comunidad en general, de que las DirectivasAcadémicas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, están haciendo esfuerzos queconduzcan a insertamos en el Plan de Ajuste Fiscal, reduciendo al máximo los gastosinnecesarios.

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Con.\"ejo AL'tldémicoActa 012

,4bril 30 de 2002Página 1.5

~JECUCION PRESUPUET AL:!

Con el objeto de establecer un balance de los movimientos presupuestales en cada unade la Facultades; El máximo organismo de dirección académica de la UniversidadSOLICIT A a los Decanos:

" Un informe a cada uno de los Decanos de Facultad sobre la Ejecución Presupuesta', ejecutada aI30 de Abril de 2002.

APROBACION, SUPRESI N O MODIFICACION DE PROYECTOS CURRICULARES:'t'.'.¡ r'i't!lJ::,¡;r .:. El Acuerdo 004 de Febrero 26 de 1996 (Estatuto Académico), en el articulo 24, Literal a.},

señala como una de las funciones de los Consejos Curriculares la de: nPtesentar al Consejo deFacultad propuestas de aprobación, supresión o modificación de Proyectos Curriculares. n .

.:. El Estatuto Académico, en el artículo 16, Literales d.) y k.), señalan como una de las funcionesde los Consejos de Facultad, las de: "Recomendar al Consejo Superior la aprobación osupresión de los Proyectos Curriculares que le competan.," y "Aprobar las modirlCaciones delos Proyectos Curriculares adscritos a e/la."

.:. El Estatuto Académico, en artículo 14, Literal h.), expresa como una de las funciones de lasUnidades Académicas la de: "Aprobar los Planes de Estudios de los Proyectos Curricularesadscritos a ellas e infonnar al Consejo Académico sobre los mismos."

El máximo organismo de dirección académica de la Universidad SOLICITA a losDecanos:

1

fI!~~

2.

Informar al Consejo Académico de la Universidad, cuando los Consejos de Facultad apruebencualquier modificación a los Planes de Estudios (Cambio de pensum, intensidad horaria,asignaturas, horario, etc), de los Programas Académicos adscritos a las respectivas UnidadesAcadémicas.Tener en cuenta que ningún programa académico recien creado por el Consejo SuperiorUniversitario de la Universidad, no debe funcionar hasta tanto no se tenga la parte concerniente ainfraestructura tisica, aspectos presupuesta les, acondicionamiento de laboratorios y delcorrespondiente registro del programa ante eIICFES.

¡MODALIDADES DE GRA~

.:. El Acuerdo 004 de Febrero 26 de 1996 (Estatuto Académico), en el artículo 24, Literal b.),señala como una de las funciones de los Consejos Curriculares la de: "Reglamentar losprocedimientos en las diversas modaHdades de grado."

El máximo organismo de dirección académica de la Universidad SOLICITA a losDecanos:

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~

Consejo AcadémicoActa 012

.4bril 30 de 2002. Página 16

R.evisar las Actas de los Con.ejos de Facultad y Consejos Cun1culares acerca de fas direc&1cesen cada una de Unidades Académicas respectiV8S, lo 8Stab/ecido sobre /as diversas modalidadesde grado.- -L

Por último, el Dr. Marco Antonio Pinzón Castiblanco solicita a la Oficina Asesora dePlaneación y Control de la Universidad, realizar un cuadro comparativo sobre ¿Cuánto lecuesta a la Universidad un profesor de vinculación especial TCO Vs un profesor decarrera de tiempo completo?, que permitan establecer los efectos del nuevo Decreto2912 de 2001 y de sustentar nuevas convocatorias de docentes en las diferentesFacultades.

El maestro Umberto Giangrandi, Director Operativo de la Academia Superior de Artes deBogotá, informa a este cuerpo colegiado que en reunión del día de ayer el Consejo deAcademia de la ASAB, abordó el tema sobre un sinnúmero de estudiantes activos que seencuentran adelantando estudios en esa Escuela, que no tienen al momento losdocumentos completos; toda vez que, la secretaria académica de la época era flexible conlos estudiantes, otorgando un plazo para que éstos entregaran el resto de ladocumentación.

~

Se ha establecido que muchos de estos estudiantes carecen de la afiliación a una EPS yel Consejo de Academia ha considerado marginarlos de sus estudios, hasta tantoentreguen la respectiva afiliaciÓn a una EPS.

Manifiestan varios consejeros que la responsabilidad recae en el funcionario público quefue laxo con estos estudiantes y mal haría la Academia con marginarlos.

Considera el Dr. Carlos Javier Mosquera Suárez que esta situación no es causal deexpulsión. dado que esta situación no está tipificada dentro de los estatutos ynormatividad vigente en la Universidad corno motivo para marginarlos.

¡fir') El Consejo Académico APRUEBA enviar una nota a través de la Oficina Jurídica de laUniversidad a los estudiantes que no han legalizado su inscripción a una EPS,indicándoles sobre la necesidad cumplir con este requisito exigible, dentro delprocedimiento de inscripción y admisión como estudiante; recomendando a su vez, se lefacilite las alternativas que den solución al impase sin perjudicar a los estudiantes que deforma irresponsable no han definido su inscripción a una Empresa Promotora de Salud.

Se sugiere de forma inmediata se afilien a una EPS y de ser posible con COMPENSARcon quien la Universidad tiene afiliados a la mayoría de sus servidores públicos.

Se levanta la sesión siendo las 12:35 p.m

La presente Acta fue aprobada en sesión N° 014 de Mayo 28 de 2002

/,.."

PACHÓNHERNANDO,~

ANTONIO ~~

Presidf~Secretario