Þ administraciÓn justicia. bop 66 de 6.4.17.pdf · este documento incorpora firma electrónica...

36
Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958 Edita: Excma. Diputación Provincial Administración: Diputación de Huelva. Avda, Martín Alonso Pinzón, 9 21003 Huelva. Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 - Fax: 959 494 700 Edición digital: www.diphuelva.es TARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P. “ LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDEN- TE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CORRESPONDIENTE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN PROVINCIAL O INDICANDO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA” Continúa…… ADMINISTRACIÓN LOCAL – Excma. Diputación Provincial de Huelva Aprob. inicial del expte. de modificación de créditos extraordinarios nº 1 de Pleno, dentro del presupuesto del ejercicio 2017. ....................................................... 1245 – Ayuntamiento de Almonaster la Real Convocatoria de subasta para la enajenación de vivienda en C/ Iglesia nº 3 de Almonaster la Real ... 1245 Aprob. definitiva de la rectificación de error material del presupuesto general para el ejercicio 2017 .......... 1246 – Ayuntamiento de Aracena Aprob. inicial de solicitud de modificación del contenido de la ficha del Catálogo de bienes protegidos del Plan especial de protección, reforma interior de Aracena de finca urbana en C/ Cabezo nº 5 de Aracena ...... 1246 – Ayuntamiento de Bonares Aprob. definitiva del convenio urbanístico de gestión que afecta al desarrollo urbanístico del área de reforma interior-estudio de detalle ARI-ED-7 ............. 1246 – Ayuntamiento de Higuera de la Sierra Aprob. del expte. de contratación para la concesión administrativa del uso privativo del puesto nº 7 del Mercado Municipal de Abastos por adjudicación directa a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A. ...... 1248 Aprob. inicial de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas de emergencia social ......................... 1248 Aprob. defintiva de la Ordenanza fical reguladora de la tasa por la utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales................................. 1248 Jueves, 6 de Abril de 2017 Número 66 Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09 ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 1 / 36

Upload: others

Post on 27-Sep-2020

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958

Edita: Excma. Diputación ProvincialAdministración: Diputación de Huelva. Avda, Martín Alonso Pinzón, 9 21003 Huelva.Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 - Fax: 959 494 700Edición digital: www.diphuelva.esTARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P.

“ LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDEN-TE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PRO VIN CIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CO RRES PON DIEN TE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN PROVINCIAL O IN DI CAN DO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA”

Continúa……

ADMINISTRACIÓN LOCAL– Excma. Diputación Provincial de Huelva

Aprob. inicial del expte. de modifi cación de créditos extraordinarios nº 1 de Pleno, dentro del presupuestodel ejercicio 2017. ....................................................... 1245

– Ayuntamiento de Almonaster la RealConvocatoria de subasta para la enajenación de vivienda en C/ Iglesia nº 3 de Almonaster la Real ... 1245Aprob. defi nitiva de la rectifi cación de error materialdel presupuesto general para el ejercicio 2017 .......... 1246

– Ayuntamiento de AracenaAprob. inicial de solicitud de modifi cación del contenidode la fi cha del Catálogo de bienes protegidos del Plan especial de protección, reforma interior de Aracenade fi nca urbana en C/ Cabezo nº 5 de Aracena ...... 1246

– Ayuntamiento de BonaresAprob. defi nitiva del convenio urbanístico de gestiónque afecta al desarrollo urbanístico del área de reforma interior-estudio de detalle ARI-ED-7 ............. 1246

– Ayuntamiento de Higuera de la SierraAprob. del expte. de contratación para la concesión administrativa del uso privativo del puesto nº 7 del Mercado Municipal de Abastos por adjudicación directaa la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A. ...... 1248Aprob. inicial de la Ordenanza municipal reguladorade las ayudas de emergencia social ......................... 1248Aprob. defi ntiva de la Ordenanza fi cal reguladora dela tasa por la utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales ................................. 1248

Jueves, 6 de Abril de 2017 Número 66

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 1 / 36

Page 2: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

– Ayuntamiento de Rosal de la FronteraAprob. defi nitiva de la Ordenanza reguladora del usode los medios electrónicos en el Ayuntamiento ......... 1250

– Ayuntamiento de Santa Ana la RealInformación pública de estudio de detalle denominadoAldea de la Corte nº 4 ............................................... 1262

– Ayuntamiento de Santa Olalla del CalaLicitación para adjudicación mediante subasta de underecho de superfi cie sobre parcela municipal en carretera Sevilla-Gijón, nacional 630 S/N .................. 1262

– Mancomunidad Lepe-Isla CristinaConcesión de autorizaciones para la explotación deservicios de temporada en la playa de Islantilla 2017 1264

ADMINISTRACIÓN JUSTICIA– Juzgados de lo Social

Huelva número dos - Autos nº 81/2014 .................... 1267Huelva número dos - Autos nº 328/2015 .................. 1267Huelva número dos - Autos nº 329/2015 .................. 1268Huelva número dos - Autos nº 331/2015 .................. 1269Huelva número dos - Autos nº 398/2015 .................. 1269Huelva número dos - Autos nº 412/2015 .................. 1270Huelva número dos - Autos nº 413/2015 .................. 1271Huelva número dos - Autos nº 502/2015 .................. 1271Huelva número dos - Autos nº 857/2015 .................. 1272Huelva número dos - Autos nº 92/2016 .................... 1272Huelva número dos - Autos nº 139/2016 .................. 1273Huelva número dos - Autos nº 167/2016 .................. 1273Huelva número dos - Autos nº 169/2016 .................. 1274Huelva número dos - Autos nº 231/2016 .................. 1275Huelva número dos - Autos nº 283/2016 .................. 1275Huelva número dos - Autos nº 388/2016 .................. 1276Huelva número dos - Autos nº 453/2016 .................. 1276Huelva número dos - Autos nº 14/2017 .................... 1277Huelva número dos - Autos nº 43/2017 .................... 1277

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 2 / 36

Page 3: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1245

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVAANUNCIO

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de Abril de 2017, aprobó inicialmente, y de modo defi nitivo si no se presentaran reclamaciones, el ex-pediente de Modifi cación de Créditos extraordinarios, nº 1 de Pleno, dentro del Presupuesto del actual ejercicio 2017.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público dicho expediente por plazo de quince días hábiles en la Intervención Provincial, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

Huelva, 5 de Abril 2017.- EL PRESIDENTE

AYUNTAMIENTOSALMONASTER LA REAL

ANUNCIO

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 4/04/2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta para la enajenación conforme a los siguientes datos:

1. Datos generales y para la obtención de la información:

a) Organismo: Alcaldía

b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación Administrativa.

c) Obtención de documentación e información: Plaza de la Constitución nº 1, 21350 Almonaster la Real; Teléfono: 959143003; Fax: 959143085; Correo electrónico: [email protected]; Perfi l de Contratante: www.almonasterlareal.es;

d) Fecha límite de obtención de documentación e información: 26 días naturales desde la pu-blicación del presente.

e) Número de expediente: 282/2017

2. Objeto del contrato.

a) Descripción: vivienda de propiedad municipal sita en en Calle Iglesia nº 3 de Almonaster la Real, con referencia catastral 4843804PB9944S0001TW, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Aracena como Finca nº 579 de Almonaster la Real, Tomo 1584, Libro 95, Fo-lio 191, Inscripción 17 de fecha 06/06/2014, Suelo Urbano Consolidado Uso Residencial y compatibles Dentro de la Delimitación del Conjunto Histórico de Almonaster la Real, dentro del Catálogo de Bienes Protegidos como 11b2. El espacio libre posterior, hacia la Carretera se califi ca como C4 “Huerto o Jardín Privado”, que habrán de conservar el uso actual, y califi cado como bien patrimonial no perteneciente al patrimonio municipal del suelo.

b) Admisión de Prórroga: NO

c) Uso al que se condiciona la enajenación: Uso turístico hotelero durante 15 años. Plazo de apertura dos años, prorrogable 1 año.

3. Tramitación y procedimiento: ordinaria y abierto

4. Importe del Contrato: 187.232,43 €

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 3 / 36

Page 4: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1246 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

5. Fianza : Provisional no. Defi nitiva 5% hasta la apertura de la actividad.

6. Requisitos específi cos del contratista: Solvencia económica y fi nanciera

7. Presentación de ofertas:

a) Fecha límite de presentación: 26 días naturales desde la publicación del presente anuncio.

b) Lugar de presentación y apertura de ofertas: Plaza de la Constitución nº 1, 21350 Almonaster la Real

En Almonaster la Real. El Alcalde-Presidente, Jacinto José Vázquez López.

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVAAprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 20/02/2017,

rectifi cación de error material del Presupuesto General para 2017, consistente en corrección del número de programa o clasifi cación funcional del capítulo V del Presupuesto de Gastos que regula el fondo de contingencias, publicado en el BOP nº 45 de fecha 08/03/2017 y no habiéndose presentado alegaciones en el periodo de información pública,con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, así como el acuerdo de aprobación inicial, queda dicho acuerdo aprobado defi nitivamente con fecha 30/03/2017.

En Almonaster la Real, a 31 de marzo de 2017. Alcalde-Presidente. Jacinto José Vázquez López.

ARACENADON MANUEL GUERRA GONZÁLEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE ESTA CIUDAD DE ARACENA. HUEVA.HACE SABER: Que la Junta de Gobierno Local, reunida en sesión ordinaria el día 27 de marzo

de 2.017, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar la admisión a trámite e inicialmente la solicitud for-mulada por DON JUAN MANUEL SÁNCHEZ TORRES, sobre propuesta de modifi cación del contenido de la Ficha del Catálogo de Bienes Protegidos del Plan Especial de Protección, Reforma Interior y Ca-tálogo de Bienes Protegidos de Aracena, correspondiente a la fi nca urbana de su propiedad, en la calle Cabezo, n.º 5 de esta Ciudad de Aracena, fi rmada por el Arquitecto DON ALBERTO MILLARES PRATS. Expediente que se expone al público, por el plazo de UN MES, a contar del siguiente a la publicación del edicto correspondiente en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Huelva, en un periódico de ámbito provincial y en el Tablón de Anuncios digital Municipal, para que todas aquellas personas interesadas en el mismo, presenten las alegaciones que consideren a su derecho.

Lo que se hace público, para general conocimiento, en esta Ciudad de Aracena a veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.

BONARES

Por Resolución de Alcaldía de fecha 22 de marzo de 2017, se aprobó defi nitivamente el Convenio urbanístico de gestión del Área de Reforma Interior-Estudio de Detalle ARI-ED-7, para el desarrollo urbanístico de esa Área, Convenio que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalo-gados, de conformidad con el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los Registros Administrativos de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 4 / 36

Page 5: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1247

A continuación se transcribe íntegramente el contenido de la Resolución.

“Visto que, con fecha 31 de enero de 2017, se negoció y suscribió el texto inicial del Con-venio urbanístico de gestión del Área de Reforma Interior-Estudio de Detalle ARI-ED-7, para llevar a cabo el desarrollo urbanístico de esa Área, por D. Juan Antonio García García, Alcalde del Ayuntamiento, y por Dª. Guadalupe Velo Prieto, Dª. María Dolores Velo Prieto, Dª. María del Rocío Velo Prieto, D. Antonio Florido González, Dª. Sebastiana Moro Martín, Dª. María Rocío Auxiliadora Guardia Carrasco, D. Antonio Guardia Carrasco y Dª. María Dolores Carrasco Gómez, propietarios del terreno afectado por el Convenio.

Visto que, con fecha 16 de febrero de 2016, por Providencia de Alcaldía, se sometió a in-formación pública durante el plazo de veinte días mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, nº 32, de fecha 16 de febrero de 2017.

Visto que, durante el plazo citado no se ha presentado alegación de clase alguna en contra del el texto inicial del Convenio urbanístico de gestión del Área de Reforma Interior-Estudio de Detalle ARI-ED-7, por lo que no cabe más que elevar a defi nitivo el texto inicial.

Examinada la documentación que obra en el expediente de su razón, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el texto defi nitivo del Convenio urbanístico de gestión que afecta al desarro-llo urbanístico del Área de Reforma Interior-Estudio de Detalle ARI-ED-7, por D. Juan Antonio García García, Alcalde del Ayuntamiento, y por Dª. Guadalupe Velo Prieto, Dª. María Dolores Velo Prieto, Dª. María del Rocío Velo Prieto, D. Antonio Florido González, Dª. Sebastiana Moro Martín, Dª. María Rocío Auxiliadora Guardia Carrasco, D. Antonio Guardia Carrasco y Dª. María Dolores Carrasco Gómez, propietarios del terreno afectado por el Convenio, y cuyo plazo de vigencia es de 18 meses desde la aprobación defi nitiva del proyecto de reparcelación.

El ámbito de actuación se defi ne en la planimetría del PGOU nº OC-3, y que se extiende en la Avda. Rociana del Condado, interior de manzana entre Avda. Rociana del Condado y Calle San Sebastián, sobre las siguientes parcelas catastrales:

Ref. catastral Superfi cie según catastro Superfi cie según datos topográfi cos

PARCELA 15 -5735015QB0353N0001KJ 2.085M2 2.051,80M2PARCELA 16 -5735016QB0353N0001RJ 1.688M2 1.631,01M2PARCELA 36 -5735036QB0353N0001GL 741M2 789,50M2PARCELA 37 -5735037QB0353N0001QJ 361M2 375,96M2

Total superfi cie 4.909M2 4.848,27M2

La superfi cie total afectada por el ARI-ED-7 según catastro es de 4.909m2, según el PGOU la super-fi cie aproximada es de 5.089m2, y según reciente levantamiento topográfi co, la superfi cie real es de 4.848,27m2.

SEGUNDO. Depositar el presente Acuerdo junto con un ejemplar completo del texto defi nitivo del Convenio urbanístico y de su documentación anexa en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Ofi cial de la Provincia.”

Contra la presente Resolución, que pone fi n a la vía administrativa, puede interponer alternativa-mente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedi-

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 5 / 36

Page 6: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1248 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín ofi cial de la Provincia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Bonares, a 23 de Marzo de 2.017.- El Alcalde. Fdo.: Juan Antonio García García.

HIGUERA DE LA SIERRAANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento de Higuera de la Sierra, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de Marzo de 2017, acordó la aprobación del expediente de contratación para la concesión administrativa del uso privativo del Puesto N.° 7 del Mercado Municipal de Abastos por adjudicación directa a la SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A., aprobando así mismo el informe-proyecto redactado por los Servicios Técnicos Municipales así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por tanto se someten los mismos a información pública mediante el presente anuncio por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Ofi cial de la Provincia.

Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependen-cias municipales a fi n de que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Higuera de la Sierra, a 21 de marzo de 2017.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Enrique Garzón Álvarez.

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

El Pleno del Ayuntamiento de Higuera de la Sierra, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de Marzo de 2017, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de las Ayudas de Emergencia Social, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la Inserción de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado de-fi nitivamente dicho Acuerdo.

En Higuera de la Sierra, a 21 de marzo de 2017.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Enrique Garzón Álvarez.

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a defi nitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Higuera de la Sierra sobre imposición de la tasa por utilización de las instalaciones y servicios deportivos

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 6 / 36

Page 7: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1249

municipales, así como la Ordenanza fi scal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace pú-blico en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES.

Artículo 1°.- Fundamento y Naturaleza.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el

art. 106 de la Ley 7/1 985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de con-formidad con lo dispuesto en los artículos 15 al 19 y 20 apartados 1, 2 y 4 o) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora, de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INS-TALACIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES, que se regirá por la presente ordenanza Fiscal, cuyas normas atiende a lo prevenido en el artículo 57 del citado RDL 2/2004.

Artículo 2º.- Hecho imponible.Constituye el hecho imponible de la Tasa, la utilización de cualquiera de las instalaciones de-

portivas municipales, y la prestación de diversos servicios ofertados en ellas.

Artículo 3º.- Sujeto pasivo.Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes los solicitantes de la utilización de las

instalaciones deportivas municipales o de la prestación de los servicios ofertados en las mismas.

Artículo 4º.- Responsables.1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas o

jurídicas a que se refi ere el artículo 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

2. Serán responsables subsidiarlos las personas o entidades enumeradas en el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Artículo 5°.- Tarifas.Las tarifas a exigir por la utilización de las instalaciones deportivas municipales y por la pres-

tación de los servicios deportivos ofertados en las mismas, serán las siguientes:

1. USO DE INSTALACIONES PERIODOPISTA DE FÚTBOL SALA 1 HORAPISTA DE BÁDMINTON 1 HORAGIMNASIO MUNICIPAL 1 MES

2. ACTIVIDADES MUNICIPALES ORDINARIAS DIRIGIDAS PERIODOESCUELAS DEPORTIVAS 3 HORAS SEMANALES

GIMNASIA RÍTMICA 3 HORAS SEMANALESGIMNASIA DE MANTENIMIENTO 2 HORAS SEMANALES

TALLER JÓVENES ACTIVAS 2 HORAS SEMANALES3. PISCINA MUNICIPAL PERIODO L-V S-D BONO 15 BAÑOS BONO 30 BAÑOS

ADULTOS 1 DÍA 2 EUROS 3 EUROS 23 EUROS 40 EUROSNIÑOS DE 3 A 14 AÑOS 1 DÍA 1,5 EUROS 2 EUROS 15 EUROS 25 EUROS

30 EUROS POR TEMPORADA30 EUROS POR TEMPORADA30 EUROS POR TEMPORADA30 EUROS POR TEMPORADA

IMPORTE

BONO 10 HIMPORTE60 EUROS30 EUROS

10 EUROS

IMPORTE8 EUROS4 EUROS

Artículo 6°.- ExencionesNo podrán reconocerse exenciones u otros benefi cios fi scales, salvo los expresamente previstos

en norma con rango de Ley o derivados de la aplicación de Tratados Internacionales.

Artículo 7º.- Devengo.Las Tasas se devengarán en el momento de la reserva o, en todo caso, desde que se inicie

la utilización de las Instalaciones deportivas o la realización de la actividad.

Artículo 8°.- Gestión y Cobro.1. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación.

2. Cuando se produzcan solicitudes para la prestación de servicios deportivos y/o utilización de

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 7 / 36

Page 8: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1250 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

instalaciones deportivas que no coincidan con el inicio del periodo de devengo señalado en el artículo 2° "Tarifas", se podrá acceder a la incorporación al mismo por la parte proporcional de la Tasa correspondiente.

3. Las bajas causadas en cualquiera de los servicios recogidos en la presente ordenanza que sean imputables al solicitante, surtirán efecto al fi nalizar el periodo concertado, y en ningún caso dará derecho al reintegro de las cuotas satisfechas.

4. Cuando por causa de fuerza mayor, debidamente justifi cada, la prestación del servicio o utilización de la instalación no se produzca, procederá la devolución del importe correspondiente.

Artículo 9°.- Infracciones y sanciones.En todo lo relativo a la califi cación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las

mismas corresponde en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 191 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza Fiscal reguladora de la TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES, comenzará a aplicarse a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Ofi cial de la Provincia».

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En Higuera de la Sierra, a 21 de marzo de 2017.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Enrique Garzón Álvarez.

ROSAL DE LA FRONTERAANUNCIO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáti-camente elevado a defi nitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal reguladora del uso de los medios electrónicos en el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL AYUNTAMIENTO DE ROSAL DE LA FRONTERA (Huelva)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLey 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (en

adelante LAECSP) reconoce el derecho de la ciudadanía a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando asimismo los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, tanto en las relaciones entre las Administraciones Públicas como en las relaciones de la ciudadanía con las mismas. La presente ordenanza pretende facilitar en el ámbito del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera la efectiva realización de los derechos reconocidos en la LAECSP, cuyo desarrollo normativo se ha realizado mediante el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre(en adelante RDLAECSP) así como por los Reales Decretos 3/2010 y 4/2010, de 8 de enero, que regulan respectivamente el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante ENS) y el Esquema Nacional de Interoperabilidad (en adelante ENI) en el ámbito de la Administración Electrónica.

La citada Ley, entre otras importantes innovaciones, acomete en sus artículos 24, 25 y 26 una nueva regulación de los registros electrónicos, que deroga los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 8 / 36

Page 9: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1251

Administrativo Común, sobre esta materia y amplía notablemente los derechos de los ciudadanos, estableciendo junto con la obligación para todas las Administraciones Públicas de la creación de registros electrónicos, la obligatoriedad de que exista al menos, un sistema de registros electró-nicos sufi ciente para recibir todo tipo de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a dichas Administraciones Públicas.

Conforme al art. 25 de la LAECSP, la creación de los registros electrónicos se debe hacer mediante disposiciones normativas, obligación que el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera pretende cumplir con la aprobación de la presente ordenanza.

Por otro lado, en cuanto a las formas de identifi cación y autenticación en la Admnististración Electrónica, el artículo 13 de la LAECSP, establece en el apartado 2 que, ”los ciudadanos podrán utilizar los siguientes sistemas de fi rma electrónica para relacionarse con las Administraciones Públi-cas, de acuerdo con lo que cada Administración determine:

a) En todo caso, los sistemas de fi rma electrónica incorporados al Documento Nacional de Iden-tidad, para personas físicas.

b) Sistemas de fi rma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certifi cado electrónico re-conocido, admitidos por las Administraciones Públicas.

c) Otros sistemas de fi rma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográfi cos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.”

Así mismo, la Ley LAECSP establece como principio general de aplicación en las relaciones electrónicas con los ciudadanos el principio de proporcionalidad, en cuya virtud, sólo se exigirán las garantías y medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza y circunstancias de los distintos trámites y actuaciones.

De conformidad con el citado principio, se considera que procede permitir la opción de auten-ticación y fi rma mediante otros sistemas de fi rma electrónico distintos a los sistemas de fi rma elec-trónica recogidos en el DNIe y los sistemas de fi rma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certifi cado electrónico reconocido, para determinados trámites y actuaciones en los que concurran circunstancias que lo aconsejen, tales como las circunstancias que se describen a continuación.

Los sistemas de autenticación que se detallan en esta Ordenanza son alternativos a las opcio-nes de autenticación y fi rma mediante los sistemas de fi rma electrónica recogidos en el DNIe y la fi rma electrónica avanzada, proporcionan gran facilidad de uso y cuentan con las garantías jurídicas exigidas en la normativa aplicable en relación a la interoperabilidad, seguridad y protección de datos.

La presente normativa se ocupa pues de la Sede Electrónica creada en la LAECSP, que la defi ne en su artículo 10.1 como la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una adminis-tración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de su competencia.

Se trata, además, de establecer un marco lo más fl exible posible en la implantación de las tecnologías de la información en toda la actividad administrativa del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, cuidando los niveles de seguridad y protección de derechos e intereses previstos tanto en la propia LAECSP como en la legislación administrativa en general, y permitiendo en el futuro la adaptación al estado del desarrollo tecnológico y la posibilidad de incorporación de nuevas solucio-nes y servicios.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1. Objeto.

1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular el uso de los medios electrónicos en el ámbito de la administración del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, y que se concreta en los siguientes aspectos:

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 9 / 36

Page 10: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1252 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

a) La creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

b) La creación y regulación del registro electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, así como la regulación de los registros auxiliares del Registro General que se creen.

Articulo 2. Ámbito de aplicación.

1.- Las disposiciones de la presente Ordenanza serán de aplicación:

a) A la actividad de los órganos administrativos integrantes del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

b) A las personas físicas y jurídicas cuando utilicen medios electrónicos en sus relaciones con el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

Artículo 3. Derechos de los ciudadanos en el ámbito de la Administración Electrónica.

1.- En el ámbito de la Administración Electrónica, los ciudadanos tendrán los derechos reconocidos en el artículo 6.1 y concordantes de la LAECSP, cuyo ejercicio se realizará en los términos previstos en la citada ley y su normativa de desarrollo, así como en la presente ordenanza.

2.- A fi n de hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a obtener la información prevista en el artículo 6.3 de la LAECSP, y realizar los trámites y procedimientos necesarios para acceder a las actividades de servicios y para su ejercicio, de conformidad con lo establecido en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejer-cicio, el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera suscribirá convenios de colaboración con otras entidades para la implantación de la ventanilla única.

Artículo 4. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas.

1.- Cuando los ciudadanos ejerzan el derecho a no aportar datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas, reconocido en el artículo 6.2.b) de la LAECSP, ante los órganos administrativos incluidos en el ámbito de aplicación de esta ordenanza, se seguirán las reglas establecidas en el artículo 2 del RDLAECSP, así como lo preceptuado en los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad.

A fi n de dar cumplimiento a la exigencia del artículo 9 de la LAECSP, sobre transmisión de datos entre Administraciones públicas, para un efi caz ejercicio del derecho reconocido en su artículo 6.2.b), el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera promoverá la celebración de acuerdos o convenios con las restantes Administraciones Públicas para facilitar el ejercicio de este de-recho por los ciudadanos. En dichos acuerdos o convenios se establecerán, en particular, los procedimientos que permitan a la entidad cedente comprobar el efectivo ejercicio del derecho respecto de los datos o documentos cuyo acceso hubiera sido solicitado.

2.- Los documentos electrónicos y los datos que el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera transmi-ta a otras Administraciones Públicas en entornos cerrados de comunicaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la citada LAECSP, serán considerados válidos a efectos de autenticación e identifi cación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en el citado precepto y en esta ordenanza, así como en los acuerdos y convenios que los regulen.

CAPÍTULO II

RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Sección 1ª. De la sede electrónica.

Articulo 5.- Sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

1.- Mediante esta Ordenanza se crea y regula la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera que se corresponde con la dirección electrónica de referencia https:// iph.diphuelva.es

Esta sede electrónica abarca la totalidad de las Áreas y Organismos asociados del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, al cual corresponde su titularidad.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 10 / 36

Page 11: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1253

2.- La sede electrónica está disponible para todos los ciudadanos de forma permanente y gratuita.

3.- La fecha y hora ofi cial de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera corres-ponde a la de la España peninsular conforme a lo establecido en el ENI.

4.- El Ayuntamiento de Rosal de la Frontera responderá de la integridad, veracidad y actualización de la información y de los servicios del Ayuntamiento a los que se pueda acceder a través de la sede electrónica, en los términos del artículo 7 del RDLAECSP.

5.- La gestión de las infraestructuras y aplicaciones corresponderá al Área que tenga atribuida la competencia según la normativa de organización del Ayuntamiento, pudiendo ser cedidas a la Diputación de Huelva, en virtud de encomienda de gestión aprobada para tal fi n.

6.- La sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera estará dotada de las medidas de seguridad que garanticen la autenticidad e integridad de sus contenidos, así como el acceso permanente a los mismos, con sujeción a las prescripciones establecidas en el ENS.

7.- La identifi cación de la sede electrónica se llevará a cabo mediante certifi cado de sede, consistente en certifi cado del servidor donde se aloja la información o cualquier otro certifi cado de dispositivo seguro o medio equivalente conforme a las características y requisitos establecidos en el ENS. El sistema de verifi cación de los certifi cados de la sede estará accesible de forma directa y gratuita.

Artículo 6. Contenido y servicios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

1.- La sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera dispondrá del contenido mínimo y de los servicios a disposición de los ciudadanos previstos expresamente en el artículo 6 del RDLAECSP.

2.- Además, la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera incluirá el siguiente contenido:

a) Normas generales de la entidad, y en particular, la presente ordenanza.

b) Identifi cación de la sede así como del órgano titular, servicios disponibles, relación de los sis-temas de fi rma electrónica adminitidos y utilizados en la sede, indicación de la fecha y hora ofi cial y la relación de los días declarados inhábiles.

c) Registro electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, con información detallada del calendario de días inhábiles a efectos de la presentación de documentos electrónicos, en los términos del artículo 18 de esta ordenanza.

d) Acceso a la información relativa a los procedimientos de contratación del Ayuntamiento a través del Perfi l del contratante, conforme a las previsiones de la ley reguladora de la contratación pública, así como a los sistemas electrónicos que puedan habilitarse para facilitar la presen-tación de proposiciones y ofertas y la participación, en su caso, en las subastas electrónicas, respetando los requerimientos establecidos en la normativa antes citada.

e) Acceso al Boletín Ofi cial de la Provincia de Huelva, donde estará accesible la ofi cina virtual del boletín, así como los servicios de base de datos, de difusión selectiva y los demás establecidos en la ordenanza reguladora del Boletín Ofi cial de la Provincia de Huelva.

f) Acceso electrónico por los interesados al contenido de las actuaciones administrativas con los efectos propios de la notifi cación por comparecencia, a través de un enlace directo al que éste podrá acceder en nombre propio o en representación de otra persona física o jurídica, previa acreditación de su identidad utilizando alguno de los sistemas que esta ordenanza reconoce.

g) Relación de documentos electrónicos normalizados del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, con identifi cación de los trámites y procedimientos a que se refi eren, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 de esta ordenanza.

h) Tablón de anuncios electrónico, regulado en el artículo 8 de esta ordenanza.

i) Verifi cación de los sellos electrónicos de los órganos, organismos y demás entidades que abarca la sede.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 11 / 36

Page 12: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1254 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

j) Información necesaria para la correcta utilización de la sede, incluyendo un mapa de la sede elec-trónica o información equivalente, así como la relacionada con la propiedad intelectual.

Artículo 7. Canales de acceso.

1.- El Ayuntamiento de Rosal de la Frontera garantiza el acceso a los servicios disponibles en la Sede Electrónica a través, al menos, de los siguientes canales:

a) Acceso electrónico, a través de la sede electrónica.

b) Atención presencial, en las ofi cinas del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, conforme a las competencias defi nidas en las normas sobre organización administrativa, que pondrán a disposición de los ciudadanos, de forma gratuita, los medios e instrumentos precisos, debiendo contar con la asistencia necesaria para su utilización bien a cargo del personal de las ofi cinas o bien por sistemas incorporados al propio medio o instrumento.

c) Atención telefónica, que en la medida en que los criterios de seguridad y las posibilidades técnicas lo permitan, faciliten a los ciudadanos el acceso a las informaciones y servicios electrónicos a los que se refi eren los artículos anteriores.

A medida que las posibilidades técnicas y presupuestarias del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera lo permitan, se facilitarán servicios de atención con otras tecnologías disponibles que pongan a dis-posición de los ciudadanos nuevos canales de acceso, a su elección, que se publicarán en la sede electrónica.

2.- En la sede electrónica se expresarán los números de teléfono y las ofi cinas a través de los cuales pueden accederse a los servicios disponibles en la sede.

3.- Para la formulación de quejas y sugerencias la sede electrónica dispondrá de una o varias direcciones electrónicas y formularios adecuados a tal propósito.

Artículo 8. Tablón de anuncios electrónico.

1.- Los actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, se hubieran de publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, podrán ser publicados en el tablón de anuncios electrónico debiéndose indicar el carácter sustitutivo o complementario de la publicación física.

2.- El acceso al tablón de anuncios electrónico no requerirá ningún mecanismo especial de acreditación de la identidad del ciudadano.

3.- El tablón de anuncios dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la disponibilidad del contenido, en los términos previstos en la LAECSP, y se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento.

4.- El tablón de anuncios electrónico estará disponible todos los días del año durante las veinticuatro horas del día. Cuando por razones técnicas se prevea que el tablón puede no estar operativo se deberá anunciar a los usuarios con la máxima antelación posible indicando los medios alternativos disponibles.

Sección 2ª. De los sistemas de identifi cación, autenticación y fi rma de los ciudadanos, y de la identifi cación y acreditación del Ayuntamiento

Artículo 9.- Identifi cación y autenticación electrónica.

1.- Se podrán utilizar como métodos de identifi cación y autenticación los siguientes sistemas:

a) Sistemas de fi rma electrónica incorporadas al DNIe, mediante https (authserver) utilizando el Do-cumento Nacional de Identidad (DNI-e) ó certifi cados electrónicos reconocidos.

b) Otros sistemas de identifi cación y autenticación que resulten proporcionales y seguros para la identifi cación y autenticación de los ciudadanos.

2.- Los ciudadanos podrán utilizar sistemas de identifi cación y fi rma no basados en el uso de certifi cados electrónicos reconocidos en las actuaciones administrativas que resulten proporcio-nales y seguros teniendo en cuenta los intereses afectados, atendiendo a lo establecido en el

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 12 / 36

Page 13: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1255

Esquema Nacional de Seguridad en cuanto a la proporcionalidad en el ámbito de la administra-ción electrónica.

3.- La autenticación mediante https se basa en la implementación de un socket SSL con autenticación de cliente obligatoria, por lo que al acceder al servicio de authserver se solicita la clave pública del certifi cado cliente. Esta clave pública del certifi cado la aporta el navegador (por selección del usuario) y se valida contra @fi rma a través de los servicios Oasis DSS para validar su validez (no caducado, no revocado y PSC reconocido).

4.- Se habilitan como métodos alternativos para la autenticación, identifi cación y fi rma los sistemas de identifi cación a través de usuario/contraseña concertadas en un registro previo como usuario, descrito en el artículo 10 de esta ordenanza.

5.- Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán utilizar sistemas de fi rma electrónica de persona física que las representen. Los certifi cados de persona jurídica sólo se utilizarán cuando los sistemas del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera puedan aceptarlos, sin perjuicio de los costes que, en su caso, proceda repercutir al usuario.

6.- El uso de la fi rma electrónica no excluye la obligación de incluir en el documento o comunicación electrónicos los datos de identifi cación que sean necesarios conforme a la legislación aplicable.

El uso por los particulares de sistemas de fi rma electrónica implicará que el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera puede tratar los datos personales consignados, a los solos efectos de verifi -cación de la fi rma.

Artículo 10.- Sistema de autenticación e identifi cación mediante clave concertada en un registro previo como usuario y procedimiento de obtención

1.- De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, tendrá carácter voluntario. El consentimiento de los interesados para el uso del sistema de autenticación e identifi cación, se producirá mediante un registro previo como usuario.

2.- La obtención de la clave y usuario como sistema de autenticación e identifi cación se obtendrá mediante dos vías:

a) si el ciudadano dispone de DNIe ó certifi cado electrónico reconocido, podrá acceder al registro de usuario y clave en la Sede, donde se precargarán los datos personales obtenidos del DNIe ó certifi cado, según si el ciudadano se ha autenticado con uno u otro. El interesado deberá especifi car el usuario y la clave de uso. La validación de estas credenciales se realizará de forma automática ya que el ciudadano ha accedido al sistema mediante un método reconocido.

b) si el ciudadano no dispone de DNIe ó certifi cado electrónico reconocido, accederá al registro de alta de usuario y clave en la Sede, y deberá cumplimentar todos los datos que se le so-liciten. El interesado deberá especifi car el usuario y la clave de uso. La validación de estas credenciales no se podrá realizar de forma automática y el interesado deberá personarse en la Entidad Local correspondiente, donde un técnico del Ayuntamiento validará la identidad del ciudadano.

Artículo 11.- Garantías de funcionamiento del sistema de autenticación e identifi cación mediante clave concertada en un registro previo como usuario.

1.- El sistema cuenta con las garantías de seguridad en cuanto a su funcionamiento de acuerdo con los criterios de seguridad, integridad y no repudio previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónica de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

2.- La confi dencialidad, autenticidad y no repudio se garantiza mediante el conocimiento exclusivo por parte del ciudadano y del Ayuntamiento, de la clave o número de referencia y, en su caso, resto de información requerida. El conocimiento exclusivo de la clave de referencia por parte del ciudadano se garantiza mediante la comunicación del mismo a través de un canal seguro, ya sea por vía electrónica, postal, presencial o telemática.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 13 / 36

Page 14: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1256 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

3.- En caso de bloqueo de la clave de un usuario, el ciudadano podrá regenerar la clave personán-dose en las ofi cinas de la Entidad Local correspondiente.

Artículo 12.- Sistemas de fi rma electrónica

1.- De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se aprueba el uso de la fi rma en servidor utilizando el sello electrónico de Administración Pública basado en certifi cado electrónico reconocido, incluyendo metadatos identifi cativos del ciudadano que realiza el trámite.

2.- En el proceso de adición de metadatos se agrega en la fi rma servidor un metadato con la informa-ción del interesado (solicitante) de la fi rma. Este metadato se incluye en el atributo <ClaimedRole> perteneciente a los atributos fi rmantes según la especifi cación XAdES. Este atributo es parte de la fi rma y por tanto garantiza la consistencia y no repudio del dato, en caso de modifi cación la fi rma queda invalidada.

Artículo 13. Identifi cación y acreditación de la voluntad del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

1.- De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la LAECSP, el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera podrá utilizar los siguientes sistemas para su identifi cación electrónica y para la autenticación de los documentos electrónicos que produzca:

a) En actuaciones administrativas automatizadas el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera deter-minará en la sede electrónica, los supuestos de utilización de los sistemas de fi rma electrónica mediante sello electrónico y sistemas de código seguro de verifi cación de documentos, siguien-do las prescripciones establecidas en los artículos 19 y 20 del RDLAECSP, los artículos 18 y siguientes del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, y de acuerdo con la política de fi rma elec-trónica y de certifi cados del Ayuntamiento a que se refi ere el apartado 2º del presente artículo.

b) El personal al servicio del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera utilizarán los siguientes sis-temas de fi rma electrónica:

• La fi rma electrónica basada en el Documento Nacional de Identidad.

• La fi rma electrónica establecida en la “Plataforma @FIRMA”, o en los sistemas que pudieran sustituirlo o completarlo.

• La fi rma electrónica basada en certifi cado de empleado público al servicio del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera en los términos establecidos en los artículos 21 y 22 del RDLAECSP.

c) El intercambio electrónico de datos transmitidos en entornos cerrados de comunicación será válido a efectos de autenticación e identifi cación de los emisores y receptores de conformidad con las condiciones y garantías que se determinen en los convenios que los regulen que, en todo caso, deberán garantizar la seguridad del entorno y la protección de los datos que se transmitan, conforme al artículo 4 de esta ordenanza.

2.- El Ayuntamiento de Rosal de la Frontera aprobará, incluirá y publicará en la sede electrónica su política de fi rma y de certifi cados partiendo de la norma técnica establecida a tal efecto en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, y conforme a las determi-naciones establecidas en los artículos 18 y siguientes del mismo.

3.- La seguridad y la interoperabilidad de la sede y la del registro electrónico, así como la del ac-ceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se regirán por lo establecido en los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad.

Sección 3ª. Del registro y las comunicaciones y notifi caciones electrónicas.

Artículo 14. Registro electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

1.- Mediante esta Ordenanza se crea y regula el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, accesible en su sede electrónica para la recepción y remisión de solicitudes, escritos

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 14 / 36

Page 15: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1257

y comunicaciones, en la forma y con el alcance y funciones previstos en los artículos 24 y 25 de la LAECSP, y 26 31 del RDLAECSP.

2.- El Registro Electrónico se integrará a todos los efectos en el Registro General del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, y tendrá carácter voluntario para los ciudadanos, salvo en los supuestos previstos en esta ordenanza y en los que se establezca, mediante resolución particular, la obliga-toriedad del uso de los medios electrónicos para relacionarse con del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.6 de la LAECSP.

3.- La existencia del Registro General, en el que se integra el registro electrónico, se entiende sin perjuicio de su organización desconcentrada en los registros auxiliares que se establezcan.

4.- El acceso al Registro electrónico se podrá hacer durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. A los efectos de cómputo de plazos, la recepción de documentos en día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente.

5.- El Registro electrónico tendrá la fecha y hora ofi cial correspondiente a la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, que será la ofi cial peninsular conforme a lo que establece el ENI. El calendario de días inhábiles a efectos de este registro electrónico será el que corres-ponde al municipio de Rosal de la Frontera, localidad donde está domiciliado el titular de la sede electrónica.

6.- En ningún caso tendrán la condición de Registro electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera los buzones de correo electrónico corporativo asignados a los empleados públicos o a las distintas unidades y órganos.

7.- Tampoco tendrán la consideración de registro electrónico los dispositivos de recepción de fax, salvo aquellos supuestos expresamente previstos en el ordenamiento jurídico.

Artículo 15. Gestión del Registro.

1.- Es responsable de la gestión del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera el Área que tenga atribuida la competencia en las normas sobre organización, bajo la dirección de la Secretaria General del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

2.- Corresponde al pleno del Ayuntamiento la aprobación y modifi cación de la relación de documen-tos electrónicos normalizados, que sean del ámbito de competencia del Registro. Asimismo le corresponde, a propuesta de las Áreas correspondientes, de la Secretaría General o a iniciativa propia, la aprobación y modifi cación de los formularios correspondientes, con especifi cación de los campos de los mismos de obligada cumplimentación y de los criterios de congruencia de los datos a consignar en el formulario. Los propios formularios deberán marcar de forma precisa los campos obligatorios.

Artículo 16. Documentos admisibles.

1.- El Registro Electrónico admitirá, a través de las aplicaciones informáticas que se habiliten al efecto:

a) Documentos electrónicos normalizados o formularios correspondientes a servicios, procedimientos y trámites que se especifi quen en la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera.

b) Cualquier documento electrónico distinto de los mencionados en el apartado anterior dirigido al Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, cuya presentación se efectuará adjuntándose a un formulario General que estará disponible en la aplicación del Registro Electrónico.

2.- Mediante el correspondiente convenio de colaboración, el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera podrá admitir solicitudes, escritos y comunicaciones del ámbito competencial de la Administración Pública con la que se acuerde, o recibir solicitudes, escritos y comunicaciones presentados en esta última de la competencia del Ayuntamiento.

3.- La presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones en el Registro electrónico tendrá los mismos efectos que la presentación efectuada por el resto de medios admitidos por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 15 / 36

Page 16: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1258 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

4.- El Registro Electrónico rechazará de forma automática las solicitudes, escritos y comunicaciones a que se refi ere el primer apartado del artículo 29 del RDLAECSP, realizando en la misma sesión la información y advertencias a que alude el apartado 2 del citado artículo, y dando opción al interesado para solicitar el justifi cante del intento de presentación a que se refi ere este mismo precepto, salvo que la información sobre el intento conste en la visualización de la pantalla de forma imprimible o descargable por el interesado.

5.- Cuando concurriendo las circunstancias previstas para el rechazo automático, éste no se hubiera producido, se requerirá al interesado la subsanación, advirtiéndole que, de no ser atendido el requerimiento, la presentación del documento electrónico carecerá de validez o efi cacia.

Artículo 17. Presentación de documentación complementaria.

1.- Cuando se presenten documentos normalizados o formularios incluidos en la relación a que se refi ere el artículo 15.2 de esta ordenanza, las aplicaciones gestoras correspondientes podrán, de acuerdo con las normas que regulen el respectivo procedimiento, admitir o requerir la presenta-ción de documentos electrónicos anejos al mismo. La posibilidad de esta presentación existirá en todo caso cuando se trate de una presentación electrónica no sujeta a formulario específi co.

2.- Cuando el ciudadano hubiera optado por la presentación electrónica y deba acompañar docu-mentos no disponibles en formato electrónico y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de aportación utilizando el procedimiento de copia digitalizada previsto en el artículo 35.2 de la LAECSP, podrá aportar los mismos por vía no electrónica, indicando la información a que se refi ere el apartado 4 siguiente.

3.- Si en un momento posterior a la presentación de un formulario electrónico, el interesado, por propia iniciativa en trámite de subsanación, debiese aportar documentos complementarios omitidos en la presentación de dicho formulario, lo podrá presentar también por vía electrónica, utilizando, si lo hubiere, un formulario específi co para tal propósito.

4.- Cuando el sistema de presentación electrónica no permita determinar de forma automática la comunicación, escrito o solicitud del que sea complementaria la documentación aportada o el procedimiento o expediente con el que se relaciona, el interesado deberá aportar la informa-ción que permita identifi car el expediente en el que haya de surtir efectos, el número o, en su defecto, el código de registro individualizado al que se refi ere el artículo 17 de esta ordenanza.

5.- De acuerdo con la capacidad de los instrumentos informáticos y vías de comunicación disponi-bles, podrá limitarse mediante publicación en la Sede Electrónica, la extensión máxima de los documentos complementarios posibilitando su presentación fraccionada.

Artículo 18. Cómputo de plazos.

1.- El Registro Electrónico permitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año, durante las veinticuatro horas del día, sin perjuicio de las interrupciones justi-fi cadas de mantenimiento técnico u operativo, que se anunciarán con la antelación que resulte posible en la sede electrónica.

2.- En supuestos de interrupción no planifi cada en el funcionamiento del registro electrónico, y siempre que sea posible, se dispondrán las medidas para que el usuario resulte informado de esta circunstancia así como de los efectos de la suspensión, con indicación expresa, en su caso, de la prórroga de los plazos de inminente vencimiento.

3.- Conforme a lo establecido en el artículo 26.1 de la LAECSP, la fecha y hora a computar en las anotaciones del Registro Electrónico será la ofi cial de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, que fi gurará visible al usuario.

4.- El cómputo de plazos se realizará conforme a lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 26 de la LAECSP.

5.- Determinado el día de presentación del documento, el cómputo del plazo respectivo del procedimiento atenderá al calendario aplicable conforme a la normativa de procedimiento administrativo común.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 16 / 36

Page 17: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1259

Artículo 19. Anotaciones de los asientos en el Registro Electrónico

1.- La recepción y la remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones dará lugar a los asientos correspondientes en el Registro Electrónico, utilizándose medios electrónicos seguros para la realización de los asientos y la recuperación de los datos de inscripción.

2.- El sistema de información que soporte el Registro Electrónico garantizará la constancia de cada asiento de entrada o de salida que se practique y de su contenido, estableciéndose un registro por asiento en el que se identifique la documentación presentada o remitida, que se asociará al número de asiento correspondiente.

3. - Cada asiento en el Registro Electrónico se identificará con los siguientes datos:

a) Un código de registro individualizado.

b) La identidad del presentador o destinatario y, en su caso, del representado, mediante nombre y apellidos, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, número de identificación de extranjero, pasaporte o equivalente. En el caso de entida-des, denominación y NIF. Asimismo, podrá hacerse constar la dirección a efectos de notificaciones, postal o electrónica.

c) La fecha y hora de presentación o remisión.

d) En su caso, la identidad del órgano al que se dirige el documento electrónico.

e) Procedimiento o trámite con el que se relaciona.

f) Extracto del contenido del documento electrónico.

g) Fichero adjunto con el informe de solicitud.

Artículo 20. Recibo de presentación.

1.- El registro electrónico emitirá automáticamente por el mismo medio un recibo firmado electrónicamente por el Ayuntamiento, con el siguiente contenido:

a) El número o código de registro individualizado.

b) La fecha y hora de presentación.

d En su caso, la enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado, seguida de la huella electrónica de cada uno de ellos. A estos efectos se entiende por la huella electrónica el resumen que se obtiene como resultado de aplicar un algoritmo matemático de resumen «hash» a la información de que se trate. El acuse de recibo mencionará el algoritmo utilizado en la elaboración de la huella electrónica.

2.- El traslado a los interesados del recibo de presentación de los escritos que deban motivar anotación en el Registro Electrónico se realizará, siempre que resulte posible, en la misma sesión en la que se realice la presentación, de forma tal que se garanticen plenamente la autenticidad, la integridad y el no repudio por el Ayuntamiento del contenido de los for-mularios presentados así como de los documentos anejos a los mismos, proporcionando a los ciudadanos los elementos probatorios plenos del hecho de la presentación y del contenido de la documentación presentada.

Artículo 21. Notificaciones electrónicas.

1.- Las notificaciones se efectuarán por medios electrónicos cuando así haya sido solicitado o consentido expresamente por el interesado o cuando haya sido establecida como obli-gatoria conforme a lo dispuesto en el artículo 27.6 de la LAECSP.

2.- Las notificaciones electrónicas de resoluciones y actos administrativos se realizarán de forma que cumplan las exigencias técnicas establecidas en el artículo 32 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, que regula el ENS.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 17 / 36

Page 18: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1260 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

3.- La solicitud deberá manifestar la voluntad de recibir las notifi caciones por alguna de las formas elec-trónicas reconocidas, e indicar un medio de notifi cación electrónica válido conforme a lo establecido en la presente ordenanza.

Tanto la indicación de la preferencia en el uso de medios electrónicos como el consentimiento podrán emitirse y recabarse por medios electrónicos.

4.- Cuando la notifi cación deba admitirse obligatoriamente por medios electrónicos, el interesado podrá elegir entre las distintas formas disponibles salvo que la normativa que establece la notifi cación elec-trónica obligatoria señale una forma específi ca.

5.- Cuando, como consecuencia de la utilización en el mismo procedimiento de distintos medios, electrónicos o no electrónicos, se practiquen varias notifi caciones de un mismo acto administrativo, se entenderán producidos todos los efectos jurídicos derivados de la notifi cación, incluido el inicio del plazo para la interposición de los recursos que procedan, a partir de la primera de las notifi caciones correctamente practicada. El Ayuntamiento podrá advertirlo de este modo en el contenido de la propia notifi cación.

6.- Se entenderá consentida la práctica de la notifi cación por medios electrónicos respecto de una deter-minada actuación administrativa cuando, tras haber sido realizada por una de las formas válidamente reconocidas para ello, el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notifi cación. La notifi cación surtirá efecto a partir de la fecha en que el interesado realice dichas actuaciones.

7.- Para facilitar la práctica de las notifi caciones electrónicas, el Ayuntamiento podrá poner a disposición de los interesados sistemas de consulta que les faciliten el conocimiento de las notifi caciones electrónicas que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 28 de la LAECSP, pudieran fi gurar como rechaza-das por haber transcurrido diez días naturales sin haber accedido a su contenido. Esta circunstancia no afectará al cómputo de los plazos de notifi cación producidos. A estos efectos el contenido de las notifi caciones estará disponible para los interesados en tanto se encuentren abiertos los plazos de recurso contra el acto notifi cado.

8.- En los casos previstos en el artículo 28.3 de la LAECSP, cuando la notifi cación no haya podido prac-ticarse por imposibilidad técnica o material del acceso, esto es, por razones, debidamente acreditadas, imputables a circunstancias estrictamente objetivas y específi camente relacionadas con el servidor de correo electrónico o con el prestador de servicios de certifi cación que interviene en el proceso de notifi cación, se repetirá la notifi cación abriéndose un nuevo plazo de 10 días desde la puesta a disposición a los efectos previstos en el citado precepto.

Artículo 22. Medios de notifi cación electrónica.

1.- El Ayuntamiento de Rosal de la Frontera, habilitará sistemas de notifi cación electrónica de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 35 a 40 del RDLAECSP y en la presente ordenanza.

2.- La práctica de notifi caciones por medios electrónicos podrá efectuarse, de alguna de las formas si-guientes:

a) Mediante la dirección electrónica habilitada que se establezca, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 38.1 del RDLAECSP. Los ciudadanos podrán solicitar la apertura de esta dirección electrónica, que tendrá vigencia indefi nida, excepto en los supuestos en que se solicite su revoca-ción por el titular, por fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica, que una resolución administrativa o judicial así lo ordene o por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de notifi caciones, supuesto en el cual se inhabilitará esta dirección electrónica, comunicándose así al interesado.

b) Mediante sistemas de correo electrónico siempre que se genere automáticamente y con indepen-dencia de la voluntad del destinatario un acuse de recibo que deje constancia de su recepción y que se origine en el momento del acceso al contenido de la notifi cación.

c) Mediante comparecencia electrónica en la sede, consistente en el acceso por el interesado, de-bidamente identifi cado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la Sede Electrónica, cuando se den las siguientes condiciones:

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 18 / 36

Page 19: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1261

- Que, con carácter previo al acceso a su contenido, el interesado pueda visualizar un aviso del carácter de notifi cación de la actuación administrativa que tendrá dicho acceso. Asi-mismo para facilitar el conocimiento por los interesados de que se ha puesto a su dispo-sición una notifi cación en la sede electrónica se utilizarán sistemas de aviso consistentes, preferentemente, en el envío de mensajes SMS al número de teléfono móvil que a estos efectos hayan designado, u otros sistemas sustitutivos o complementarios tales como correo electrónico a la dirección indicada u otros que se habiliten en la Red Provincial de Telecomunicaciones.

- Que el sistema de información correspondiente deje constancia de dicho acceso con indi-cación de fecha y hora.

d) Otros medios de notifi cación electrónica que puedan establecerse, siempre que quede cons-tancia de la recepción por el interesado en el plazo y en las condiciones que se establezcan en su regulación específi ca.

Disposición adicional primera. Creación de otras sedes electrónicas.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 de esta Ordenanza, los organismos autónomos dependientes del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera podrán crear sus propias sedes electrónicas para el ejercicio de sus competencias, para lo que se requerirá la adopción del correspondiente acuerdo del Pleno de la Corporación.

Mediante acuerdo de Pleno se podrán crear una o varias sedes electrónicas derivadas de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rosal de la Frontera y estarán dotadas de idénticas medidas de seguridad y se sujetarán a las mismas determinaciones de la sede principal. Las sedes electró-nicas derivadas, o subsedes, deberán resultar accesibles desde la dirección electrónica de la sede principal, sin perjuicio de que sea posible el acceso electrónico directo. Su ámbito de aplicación se corresponderá, al menos, con el de un Área funcional.

Disposición adicional segunda. Creación de otros registros electrónicos.

La creación de registros electrónicos para los organismos autónomos dependientes o vin-culados al Ayuntamiento de Rosal de la Frontera y para las demás entidades mencionadas en el artículo 2 de esta ordenanza, requerirá la previa aprobación de la disposición de carácter general que lo regule.

Disposición Transitoria única. Régimen transitorio.

Esta Ordenanza no se aplicará a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.

El Ayuntamiento de Rosal de la Frontera adecuará, en la medida de sus posibilidades, las herramientas tecnológicas y sus aplicaciones y medios informáticos para que las previsiones con-tenidas en esta ordenanza sean aplicables desde su entrada en vigor.

Disposición Final primera. Habilitación normativaSe autoriza a la Alcaldía de este Ayuntamiento para que dicte cuantas resoluciones sean necesarias

para el desarrollo y ejecución de lo previsto en esta ordenanza y pueda disponer la modifi cación de los aspectos técnicos que sean convenientes por motivos de normalización, interoperabilidad o, en general, adaptación al desarrollo tecnológico, dando cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que éste celebre.

Disposición Final segunda. Entrada en vigor1.- En todo lo no regulado, en la presente Ordenanza, se estará a lo que determina la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, a sustituir a su entrada en vigor por Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la ley 11/2007, de 22 de junio, el RDLAECSP 1671/2009, de 22 de junio, el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero y el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero y demás legislación que resulte aplicable.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 19 / 36

Page 20: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1262 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

2.- La presente ordenanza entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Disposición fi nal tercera.- Disposición Derogatoria.La presente Ordenanza sustituye expresamente a cualquier otra que en esta materia pudiera existir.

Las referencias realizadas por la presente orden a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se entenderán realizadas a los correspondientes artículos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra-ciones Públicas a su entrada en vigor.

Rosal de la Frontera, 25 de julio de 2017.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Antonio Carlos Vázquez.

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/201998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Rosal de la Frontera, 17 de marzo de 2017.

SANTA ANA LA REALANUNCIO

Redactado a instancia de parte el proyecto de Estudio de Detalle denominado Aldea de la Corte número 4, que afecta a Aldea de la Corte, que completa o adapta las determinaciones y previsiones del Plan General de Ordenación Urbanística con el objeto de nueva ordenación de volúmenes, reajuste de la alineación y completa la red de comunicación de las edifi caciones, aprobado inicialmente con fecha 15 de marzo de 2017.

En cumplimiento de la Resolución de Alcaldía de fecha 15 de marzo de 2017 y del artículo 32.1.2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el expediente a información pública por plazo de 20 días, contados desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.

Durante el período de información pública, quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.

En Santa Ana La Real, a 15 de marzo de 2017.- EL ALCALDE. Fdo.: José Antonio Ramos Blázquez.

SANTA OLALLA DEL CALAANUNCIO

De conformidad con el Acuerdo Plenario de fecha 24 03-2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento de adjudicación mediante subasta de la constitución de un derecho de superfi cie sobre parcela municipal, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria-Intervención

c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Secretaria-Intervención

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 20 / 36

Page 21: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1263

2) Domicilio: Plaza de la Constitución nº 2

3) Localidad y código postal. C.P. 21260

4) Teléfono: 959 190 175

5) Telefax: 959 190 132

6) Dirección de Internet del perfi l del contratante.: https://santaolladelcala.sedelectronica.es.

7) Número de expediente: 328/2017

2. Objeto del Contrato:

a) Tipo. Contrato privado

b) Descripción. Constitución de un derecho de superfi cie sobre un bien patrimonial, parcela con edifi cación en construcción, sito en Carretera Sevilla-Gijón, Nacional 630 s/n, de Santa Olalla del Cala con una superfi cie de 434,89 m2 para ser destinado a la fi nalización de la construcción, equipamiento y explotación de un tanatorio

c) División por lotes y número de lotes: No

d) Duración: 50 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro de la Propiedad de la escritura pública de constitución y cesión del citado derecho por el Ayuntamiento a favor del adjudicatario.

e) Admisión de prórroga. Si, hasta 99 años.

f) Plazo para la fi nalización de la ejecución de obras: 2 años a partir de la constitución del derecho de superfi cie.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Procedimiento: Subasta

b) Criterios de adjudicación: Mejor precio

4. Presupuesto base de licitación:

a) Importe neto: 383.000,00 euros. Importe total con IVA: 463.430,00 euros.

5. Garantías exigidas.

Garantía: 5% del valor de tasación del bien (precio del contrato)

6. Requisitos específi cos del adjudicatario:

a) Solvencia económica y fi nanciera y solvencia técnica y profesional:

La solvencia económica y fi nanciera se acreditará por el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 200.000,00 euros.

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario es-tuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro ofi cial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de las principales obras similares y actividades funerarias efectuadas durante los cinco últimos años, indi-cando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Dichas obras y actividades efectuadas se acreditarán mediante certifi cados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 21 / 36

Page 22: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1264 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

el destinatario sea un comprador privado, mediante un certifi cado expedido por éste o, a falta de este certifi cado, mediante una declaración del empresario. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato.

7. Presentación de proposiciones:

a) Fecha límite de presentación. 15 días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio en el B.O.P. de Huelva y en el Perfi l del Contratante.

b) Modalidad de presentación: Según pliego de condiciones.

c) Lugar de presentación:

1) Dependencia: Ofi cina de Registro de documentación del Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala.

2) Domicilio: Plaza de la Constitución nº 2

3) Localidad y código postal: Santa Olalla del Cala C.P. 21260

8. Apertura de ofertas:

a) Descripción: Se realizará el quinto día hábil posterior al último día del plazo de quince días hábiles para la presentación de las ofertas de los candidatos seleccionados.

b) Domicilio: Plaza de la Constitución nº 2.

c) Localidad y código postal: Santa Olalla del Cala C.P. 21260

9. Gastos de publicidad:

A cuenta del adjudicatario.

En Santa Olalla del Cala, a 3 de abril de 2017.- El Alcalde. Fdo.: Antonio Plaza Barrero.

MANCOMUNIDAD LEPE-ISLA CRISTINAANUNCIO DE LICITACIÓN

CONCESIÓN DE AUTORIZACIONES PARA LA EXPLOTACIÓN DE SERVICIOS DE TEMPORADA EN LA PLAYA DE ISLANTILLA 2017.

1.- Entidad Concesionaria:

a) Organismo: Mancomunidad de Islantilla (Lepe-Isla Cristina).

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicios Administrativos.

c) N° de expediente: 3/17.

2.- Objeto de la concesión:

a) Descripción del objeto: Concesión de autorizaciones para la explotación de los siguientes servicios de temporada en la Playa de Islantilla:

* UN ESTABLECIMIENTO desmontable dedicado a la venta de bebidas y pequeños tentempiés envasados, con una superfi cie máxima de 20 m2, a ocupar con un módulo prefabricado que constituye el propio establecimiento y un espacio abierto destinado a uso de terraza, situado en la zona de Poniente.

* DOS ZONAS DE ATRACCIONES RECREATIVAS INFANTILES, junto al paseo marítimo, ocu-pando el espacio de parque litoral no cerrado por el vallado de protección, con las siguientes condiciones:

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 22 / 36

Page 23: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1265

A) Zona Central: Situada a poniente del acceso a la playa situado frente al Paseo de La Redondela, ocupando una superfi cie no superior a 300 m2.

B) Zona de Levante: Situada a levante del acceso a la playa frente a la parcela de uso náutico UET-15, ocupando una superfi cie no superior a 100 m2.

En estas atracciones, solo se concederá una explotación por adjudicatario.

* CINCO ZONAS PARA SOMBRILLAS Y HAMACAS, con las siguientes superfi cies:

ZONA A: 760 m/2

ZONA B: 400 m/2

ZONA E: 500 m/2

ZONA F: 750 m/2

ZONA G: 378 m/2

* UN PARQUE ACUÁTICO, a ubicar en la zona de Levante, con las siguientes condiciones:

- La superfi cie de arena a ocupar será como máximo de 30m2, en los que se incluirá los espacios ocupados por la embarcación o embarcaciones de salvamento exigidas por Capitanía Marítima, y el remolque para depósito de material de seguridad necesario para los usuarios de las instalaciones.

- En cuanto a la superfi cie de agua a ocupar por la atracción, quedará limitada a un máximo de 500m2.

* UNA ZONA DE MASAJES, a ubicar junto al acceso situado frente al Paseo de Levante, con una superfi cie máxima de ocupación de 12 m2 y estará protegida mediante una estructura que de soporte a un toldo o vela de sombreo.

b) Duración de la licencia:

• 1 año (2017), para la actividad de CHIRINGUITO, ampliable hasta un total de 2.

• 4 años (2017/2020 ambos inclusive) para ACTIVIDADES RECREATIVAS INFANTILES; PARQUE ACUÁTICO Y SOMBRILLAS Y HAMACAS, ampliables a 2 años.

• 1 año (2017), para zona MASAJES, ampliable a 3 años.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Oferta económicamente mas ventajosa, varios criterios de adjudicación.

4.- Tipos de licitación: Para la temporada de 2017:

• CHIRINGUITO: 325,00 euros m/2 de ocupación con módulo prefabricado y 162,50 euros m/2 de espacio abierto destinado a uso de terraza.

• PARQUE ACUÁTICO: 1.170,00 euros.

• ATRACCIONES INFANTILES:

- Zona Centro: 2.700,00 euros.

- Zona Levante: 900,00 euros.

• SOMBRILLAS Y HAMACAS:

- ZONA A.- 760 m/2: 2.903,00 euros

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 23 / 36

Page 24: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1266 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

- ZONA B.- 400 m/2: 1.528,00 euros

- ZONA E.- 500 m/2: 1.910,00 euros

- ZONA F.- 750 m/2: 2.865,00 euros

- ZONA G.- 378 m/2: 1.444,00 euros

• CARPA MASAJES: 300,00 €

5.- Garantías: Provisional: 3 por 100 del tipo de licitación.

Defi nitiva: 5 por 100 del importe de la adjudicación.

6.- Obtención de la documentación e información:

a) Entidad: Mancomunidad de Islantilla.

b) Domicilio: Avd. de Islantilla, s/n. ISLANTILLA.

c) Localidad y código postal: Isla Cristina. 21410

d) Teléfono: 959/48.63.19

e) Telefax: 959/48.60.27

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: El día anterior al de fi nalización del plazo de presentación de ofertas.

7.- Presentación de proposiciones:

a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas, durante el plazo de VEINTE DÍAS NA-TURALES siguientes al de la publicación del presente anuncio en el B.O.P. de Huelva. En el caso de que el mencionado plazo concluyera en inhábil, se prorrogará hasta las 14 horas del siguiente día hábil.

b) Documentación a presentar: La establecida en el artículo X del Pliego de Cláusulas Admi-nistrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1. Entidad: MANCOMUNIDAD DE ISLANTILLA

2. Domicilio: Avd. de Islantilla, s/n. ISLANTILLA.

3. Localidad y código postal: Isla Cristina. 21410

8.- Criterios de Valoración de las Ofertas:

* Oferta económica 2,50 puntos

* Proyecto de instalaciones y su explotación 3 puntos

* Experiencia en la zona 3 puntos.

* Periodo de funcionamiento 0,75 puntos.

* Certifi cados de Calidad 0,75 puntos.

9.- Apertura de las ofertas:

a) Entidad: MANCOMUNIDAD DE ISLANTILLA

b) Domicilio: Avd. de Islantilla, s/n.

c) Localidad: CP. 21410 Isla Cristina. ISLANTILLA.

d) Fecha: Tercer día hábil siguiente a la fi nalización del plazo de presentación de proposiciones.

e) Hora: 12:00

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 24 / 36

Page 25: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1267

10.- Gastos de anuncios: Por cuenta de los adjudicatarios.

11.- Perfi l de contratante donde fi gura la información relativa a la convocatoria v donde puede obte-nerse el Pliego: www.islantilla.es/contratante.

En Islantilla, a 15 de marzo de 2017 EL PRESIDENTE, P.D. Decreto 31.07.2015, EL DIRECTOR GENERAL, Fdo.: Carlos Barbosa Gómez.

JUZGADOS DE LO SOCIALHUELVA

NÚMERO DOS

EDICTO

D/Dª CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 81/2014 a instan-cia de la parte actora D/Dª. HEREDEROS DE D. JUAN GONZÁLEZ GÓMEZ contra MELHUSA S.A y FOGASA sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado SENTENCIA de fecha 13/03/2017 del tenor literal siguiente:

FALLO: Que apreciando la caducidad de la acción de despido ejercitada mediante demanda promotora de los autos 81/14 formulada por Dª. María del Carmen y D. Juan Carlos González Do-mínguez, como herederos de D. Juan González, frente a Melhusa S.A., la administración concursal de Melhusa S.A. y el FOGASA se absuelve a los demandados de las peticiones efectuadas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que contra dicha resolución y de conformidad con el artículo 190 y siguientes de la LJS cabe interponer recurso de SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en SEVILLA, anunciándolo ante este Juzgado en los CINCO días hábiles siguientes a la notifi cación de la sentencia.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y fi rmo.

Y para que sirva de notifi cación al demandado MELHUSA S.A actualmente en paradero desco-nocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notifi caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a quince de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 328/2015 a ins-tancia de la parte actora D/Dª. MARÍA AMADA FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ contra EL PARAÍSO DE HUELVA S.L.L, CATERING, HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN RODRÍGUEZ S.L. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 20/03/2017 del tenor literal siguiente:

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 25 / 36

Page 26: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1268 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

Que estimando la demanda iniciadora de los autos 328/15, condeno a Catering, Hoste-lería y Restauración Rodríguez S.L. y a El Paraíso de Punta Umbría a que abonen solida-riamente a Dª. María Amada Fernández Rodríguez la suma de SIETE MIL CIENTO OCHO CON TREINTA Y TRES EUROS (7.108,33 €) más intereses moratorios en la cuantía de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON CUATRO EUROS (1.272,04 €).

Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas con indicación de que contra misma y de conformidad con los arts, 190 y ss LJS cabe interponer recurso de SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, sede en Sevilla, anunciándolo ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado EL PARAÍSO DE HUELVA S.L.L. ac-tualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notifica-ciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MARQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 329/2015 a instancia de la parte actora D/Dª. JOAQUÍN RODRÍGUEZ REGO contra CATERING HOSTE-LERÍA Y RESTAURACIÓN RODRÍGUEZ S.L. y EL PARAÍSO DE HUELVA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 20/03/2017 del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda iniciadora de los autos 329/15, condeno a Catering, Hos-telería y Restauración Rodríguez S.L. y El Paraíso de Punta Umbría a que abonen solida-riamente a D. Joaquín Rodríguez Regó la suma de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS CON CUARENTA Y OCHO EUROS (3.322,48 €) más intereses moratorios en la cuantía de SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON DIECINUEVE EUROS (661,19 €). sin pronunciamiento respecto del FOGASA a salvo lo dispuesto en el art 33 ET. Notifíquese la presente senten-cia a las partes interesadas con indicación de que contra misma y de conformidad con los arts. 190 y ss LJS cabe interponer recurso de SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, sede en Sevilla, anunciándolo ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y fi rmo.

Y para que sirva de notifi cación al demandado EL PARAÍSO DE HUELVA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notifi caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 26 / 36

Page 27: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1269

EDICTO

D/Dª SONIA MARQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 331/2015 a instancia de la parte actora D/Dª. AGUSTÍN ARENAS MAIRENA contra CATERING, HOSTELE-RÍA Y RESTAURACIÓN RODRÍGUEZ S.L, EL PARAÍSO DE PUNTA UMBRÍA S.L, EL PARAÍSO DE LA DEHESA S.L y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 20/03/2017 del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda iniciadora de los autos 331/15, condeno a Catering, Hostelería y Restauración Rodríguez S.L., El Paraíso de la Dehesa S.L. y El Paraíso de Punta Umbría a que abonen solidariamente a D. Agustín Arenas Mairena la suma de SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS (6.572 €) más intereses moratorios en la cuantía de MIL TRESCIEN-TOS VEINTISIETE EUROS (1.327 €).

Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas con indicación de que contra misma y de conformidad con los arts. 190 y ss LJS cabe interponer recurso de SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, sede en Sevilla, anun-ciándolo ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado EL PARAÍSO DE PUNTA UMBRÍA S.L y EL PARAÍSO DE LA DEHESA S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue autos núm. 398/2015, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de ROBERTO RUBIO MONGE contra ESPAÑOLA DE MONTAJES METÁLICOS S.A y MINAS DE AGUAS TEÑIDAS S.A., en la que con fecha 20/03/2017 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

AUTO

En HUELVA, a veinte de marzo de dos mil diecisiete.

Dada cuenta y;

HECHOS

ÚNICO: En resolución de fecha 10/02/17 se concedió a la parte actora el plazo de cuatro días para ampliar frente a la administración concursal y FOGASA, habiéndose recibido acuse de recibo firmado con fecha 13/02/17, sin que se haya cumplimentado el requerimiento efectuado.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 27 / 36

Page 28: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1270 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO: El artículo 81 de la Ley de Procedimiento Laboral establece el archivo de las ac-tuaciones cuando transcurriera el plazo de cuatro días sin haberse producido la subsanación a que se refi ere , sentado el artículo 43 párrafo 3° del mismo cuerpo legal el carácter perentorio e improrrogable de los plazos judiciales.

Visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª DECIDE: Proceder al archivo de las actuaciones por no haberse cumplimentado el re-querimiento efectuado a la parte demandante.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a partir de su notifi cación si a su derecho conviniere.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y fi rma el Iltma. Sra. Dña. INMACULADA LIÑAN ROJO, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA. Doy fe.

LA MAGISTRADO LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notifi cación en forma a ESPAÑOLA DE MONTAJES METÁLICOS S.A, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Ofi cial de la provincia de HUELVA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notifi cadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 412/2015 seguidos a instancias de SEBASTIÁN DOMINGUEZ FERNANDEZ contra SUROESTE PANADERA Y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a SUROESTE PANADERA como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 9 DE MAYO DE 2017, A LAS 11:55 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustifi cada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a SUROESTE PANADERA para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a diecisiete de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 28 / 36

Page 29: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1271

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA en los autos número 413/2015 seguidos a instancias de MANUEL JESÚS BENÍTEZ BRITO contra SUROESTE PANADERA sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a SUROESTE PANADERA como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día NUEVE de MAYO-2017 a las DOCE horas. para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VAZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a SUROESTE PANADERA para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a diecisiete de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LI-ÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA en los autos número 502/2015 seguidos a instancias de MANUEL VARGAS MAESTRE contra MINAS DE AGUAS TEÑIDAS, S.A. (MATSA), ESPAÑOLA DE MONTAJES METÁLICOS, S.A. (EMMSA), LUGAR ABOGADOS & ASOCIADOS S.L.P. y FOGASA sobre Procedí miento Ordinario, se ha acordado citar a ESPAÑOLA DE MONTAJES METÁLICOS, S.A. (EMMSA) como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca tal día VEINTICINCO de ABRIL-2017 a las ONCE Y CINCUENTA horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convoca-toria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a ESPAÑOLA DE MONTAJES METÁLICOS, S.A. (EMM-SA) para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 29 / 36

Page 30: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1272 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de resolución dictada en los autos número 857/2015 seguidos a instancias de FERNANDA JOAQUINA DOMINGUES contra I.N.S.S. Y T.G.S.S. y INICIATIVAS LUSCA SCP sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha acordado citar a INICIATIVAS LUSCA SCP como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 9-MAYO-17 a las 10:30 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 de hiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con lo; medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a INICIATIVAS LUSCA SCP para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MARQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 92/2016 a instancia de la parte actora D/Dª. MARÍA TERESA LOZANO GONZÁLEZ contra FOGASA y AUTOESCUELA ODIEL S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 21/03/2017 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Rectifico la parte dispositiva del decreto de fecha 27/01/2017 donde dice "declarar a los ejecutado AUTOESCUELA ODIEL S.L en situación de INSOLVENCIA TOTAL por impor-te de euros” ,debe decir “declarar al ejecutado AUTOESCUELA ODIEL S.L en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 13.396,72 euros” manteniéndose dicha resolución en todo lo demás.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito .que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 187 y 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observa-ciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 30 / 36

Page 31: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1273

Y para que sirva de notificación al demandado AUTOESCUELA ODIEL S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 139/2016 a instancia de la parte actora D/Dª. PILAR GONZÁLEZ ROMERO contra AUXISERVI ONUBA S.L y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 03/03/16 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA: S.Sª. lltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la Sentencia de fecha 23/09/2015 y Auto de fecha 07/11/2016 por la suma de 18.470,46 € en concepto de principal, (4.467,17 € en concepto de indemnización más 14.003,29 € en concepto de sa-larios de tramitación) más la de 3.694,09 € calculadas para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr/Sra. D./Dña. INMACULADA LIÑAN ROJO, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado AUXISERVI ONUBA S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estra-dos, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a diez de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 167/2016 a instancia de la parte actora D/Da. FRANCISCO JOSÉ VILLASEÑOR PINERO contra FRUTAS

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 31 / 36

Page 32: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1274 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

Y VERDURAS DEL GUADIANA S.L y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 18/05/2016 del tenor literal siguiente:

ACUERDO: Declarar al/a los ejecutado/s FRUTAS Y VERDURAS DEL GUADIANA S.L en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 7.572,45 € euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y fogasa.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S.

Y para que sirva de notificación al demandado FRUTAS Y VERDURAS DEL GUADIANA S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notifica-ciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 169/2016 seguidos a instancias de ANA DEL ROCÍO RODRÍGUEZ ROMERO contra LIMPIEZAS MARSOL S.L. sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a LIMPIEZAS MARSOL S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 3 de OCUTBRE de 2017 a las 11:15 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Ponién-dose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a LIMPIEZAS MARSOL S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a veintidós de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 32 / 36

Page 33: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1275

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 231/2016 seguidos a instancias de VIDA MENSAH MENSAH contra VALDEFLORES FRUIT S.L. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a VALDEFLORES FRUIT S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día SIETE de NOVIEMBRE-2017 a las DOCE Y VEINTICINCO horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado silo en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que este legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a VALDEFLORES FRUIT S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta Fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 283/2016 seguidos a instancias de BELÉN BERRAL CORTÉS contra ASE-SORAMIENTO E INTERMEDIACIÓN TURÍSTICA S.L. y FOGASA sobre Procedimiento Or-dinario, se ha acordado citar a ASESORAMIENTO E INTERMEDIACIÓN TURÍSTICA S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 25 DE ABRIL DE 2017. A LAS 12:35 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ Nº 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los me-dios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a ASESORAMIENTO E INTERMEDIACIÓN TURÍSTICA S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 33 / 36

Page 34: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1276 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el llmo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA, en los autos número 388/2016 seguidos a instancias de PEDRO MANUEL GARCÍA MARTÍN contra ANDALUZA DE CONTROL Y SERVICIOS AUXILIARES, S.L. (ACSA) sobre Despido Objetivo Individual, se ha acordado citar a ANDALUZA DE CONTROL Y SERVICIOS AUXILIARES, S.L. (ACSA) como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 30-MAYO-2017 a las 09:00 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los me-dios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a ANDALUZA DE CONTROL Y SERVICIOS AUXILIARES, S.L. (ACSA) para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente célula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a veinte de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el limo. Sr/Sra. INMACULADA LIÑAN ROJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA en los autos número 453/2016 seguidos a instancias de RAFAEL CULEBRAS POVEDAD contra LIMPIEZAS MARSOL S.L., LIMACON S.L., FOGASA y PEDRO LÓPEZ LÓPEZ sobre Des-pido Objetivo Individual, se ha acordado citar a LIMPIEZAS MARSOL S.L, y LIMACON S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día ONCE de JULIO-2017 a las OCHO y CINCUENTA horas. para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado silo en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ N° 19 C.P. 21071 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a LIMPIEZAS MARSOL S.L. y LIMACON S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En HUELVA, a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 34 / 36

Page 35: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66 6 de Abril de 2017 1277

EDICTO

D/Dª SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 14/2017 a instancia de la parte actora D/Dª. EDGAR RENE GOMEZ AJILA contra MATADERO IN-DUSTRIAL ONUBENSE S.L, y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 23/03/2017 del tenor literal siguiente:

Declarar al los ejecutado MATADERO INDUSTRIAL ONUBENSE S.L en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 12.895,52 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros corres-pondientes

Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de re-visión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósi-to para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observa-ciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado MATADERO INDUSTRIAL ONUBENSE S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

EDICTO

D/Dª SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 43/2017 a instancia de la parte actora D/Dª. ALBERTO PEÑA ROMERO contra HOSTELERÍA DEL PIEDRA, S.A. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 04/03/16 del tenor literal siguiente:

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 35 / 36

Page 36: Þ ADMINISTRACIÓN JUSTICIA. BOP 66 de 6.4.17.pdf · Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

1278 6 de Abril de 2017 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 66

PARTE DISPOSITIVA: S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 4.131,34 € en concepto de principal, más la de 400 € calculadas para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr/Sra. D./Dña. INMACULADA LIÑAN ROJO, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado HOSTELERÍA DEL PIEDRA, S.A. ac-tualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En HUELVA, a veinte de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Código Seguro de verificación: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: https://verifirma.diphuelva.es

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firmaelectrónica.

FIRMADO POR: DIPUTACION DE HUELVA FECHA: 06/04/2017 - 00:00:09

ID.FIRMA: DPHxsmIJc9aMTRLoo4WdOsrFCtg== PÁGINA: 36 / 36